Por: Carlos A. FERREYROS SOTO
Doctor en Derecho
Universidad de Montpellier I Francia.
Resumen
Entre otros conceptos, el concepto esencial de los principios rectores para la valorización del conocimiento debe definirse de la siguiente manera:
La “valorización del conocimiento” es el proceso de creación de valor social y económico a partir del conocimiento mediante la vinculación de diferentes áreas y sectores y mediante la transformación de datos, conocimientos y resultados de investigación en productos, servicios, soluciones y políticas basadas en el conocimiento sostenibles que beneficien a la sociedad. Centrarse en la valorización del conocimiento hace necesario ampliar el alcance de la Recomendación 2008/416/CE para abarcar todo el ecosistema de I+i y su gama cada vez más diversa de actores.
La valorización del conocimiento es un cambio de paradigma, que aporta nuevos aspectos que maximizarán el valor de la I+I existente y futura y de los activos de conocimiento, incluido el conocimiento tácito, siendo el conocimiento tácito cualquier conocimiento que no se puede codificar y transmitir como información a través de documentación, trabajos académicos, conferencias, conferencias u otros canales de comunicación. Dicho conocimiento se transfiere de manera más efectiva entre individuos con un contexto social común y proximidad física
El Consejo Europeo Recomienda sobre la valorización del conocimiento que los Estados miembros y la Comisión Europea apliquen los siguientes principios rectores para la valorización del conocimiento:
1. Valorización del conocimiento en la política
de investigación e innovación
2. Habilidades y capacidades
3. Sistema de incentivos
4. Gestión de activos intelectuales
5. Relevancia en esquemas de financiamiento
público
6. Aprendizaje entre pares
7. Métricas, seguimiento y evaluación
A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados ayudados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico : cferreyros@hotmail.com
_________________________________________________________
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO (UE) 2022/2415
del 2 de diciembre de 2022
sobre los principios rectores para la valorización del
conocimiento
EL
CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto
el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo
182, apartado 5, y su artículo 292, frases primera y segunda,
Vista
la propuesta de la Comisión Europea,
Mientras:
(1) El
10 de abril de 2008, la Comisión adoptó la Recomendación 2008/416/CE ( 1 ) relativa a la gestión de la propiedad intelectual (PI) en
las actividades de transferencia de conocimientos y un Código de buenas
prácticas para universidades y otros organismos públicos de investigación. El
Consejo acogió con satisfacción y apoyó esa Recomendación y Código de buenas
prácticas en su Resolución de 30 de mayo de 2008 ( 2 ). Juntos, esa Recomendación y el Código de práctica
dieron impulso a muchos productores de conocimiento financiados con fondos
públicos. Algunos Estados miembros han realizado inversiones estratégicas en
infraestructuras y servicios de transferencia de conocimientos, como oficinas
de transferencia de tecnología y otros intermediarios, y algunos han aplicado
políticas específicas de PI. Se han desarrollado otras actividades que
promueven la transferencia de conocimientos a nivel de la Unión como parte de
la Unión por la innovación (2010).
(2) Las
Conclusiones del Consejo de 29 de mayo de 2018 sobre «Acelerar la circulación
del conocimiento en la UE» consideraron que la Unión debe aprovechar al máximo
los conocimientos científicos y tecnológicos pertinentes que produce y
garantizar una transferencia más eficaz de los resultados de los proyectos de
investigación e innovación (I+i). a la sociedad y la industria para maximizar
el impacto de la inversión en I+i. El Consejo también invitó a los Estados
miembros a redoblar sus esfuerzos para examinar y compartir las mejores
prácticas sobre la transferencia de conocimientos y pidió a la Comisión que
desarrollara y aplicara una estrategia para la difusión y explotación de los
resultados de los proyectos de I+i con el fin de aumentar aún más su disponibilidad
y uso y para acelerar su absorción potencial.
(3) La
comunicación de la Comisión del 10 de marzo de 2020 titulada "Una nueva
estrategia industrial para Europa" y su actualización de 2021 subrayaron
la importancia de la gestión de la PI, en particular, sensibilizando a la
comunidad investigadora sobre la PI, y anunciaron una estrategia de
normalización para apoyar una postura más asertiva con respecto a intereses
sindicales. Las prioridades clave del Plan de acción de PI de la Unión de 25 de
noviembre de 2020 ( 3 ) para apoyar la recuperación y resiliencia de la Unión
incluyen promover el uso y despliegue efectivos de la PI y garantizar un acceso
más fácil a los activos protegidos por PI y el intercambio de estos en tiempos
de crisis.
(4) La
Estrategia de normalización de la Unión hace hincapié en la importancia de
aumentar la conciencia estratégica sobre la normalización entre los
investigadores e innovadores y de involucrar a la comunidad de I+D desde el
principio en la normalización, como una forma de desarrollar la experiencia y
las habilidades pertinentes. Esa estrategia también establece que la Comisión
desarrollará un código de práctica para investigadores sobre normalización para
fortalecer el vínculo entre la normalización y la I+D.
(5) Las
Conclusiones del Consejo del 1 de diciembre de 2020 sobre «El nuevo espacio
europeo de investigación» reconocieron que se necesitan esfuerzos adicionales
para traducir los activos intelectuales y científicos de la Unión en nuevos
productos y servicios que satisfagan las demandas de la sociedad. El Consejo
acogió con satisfacción la iniciativa de la Comisión de revisar la
Recomendación 2008/416/CE de conformidad con la Nueva Estrategia Industrial
para Europa.
(6) Las
conclusiones del Consejo de 28 de mayo de 2021 sobre «Profundizar en el Espacio
Europeo de Investigación: Proporcionar a los investigadores carreras y
condiciones de trabajo atractivas y sostenibles y hacer realidad la circulación
de cerebros» destacaron la importancia de apoyar las reformas en los sistemas
nacionales de investigación para garantizar el atractivo de las carreras de
investigación. y abordar la divergencia en los niveles de remuneración mientras
se mejoran los sistemas de recompensa y evaluación.
(7) La
Recomendación (UE) 2021/2122 del Consejo
( 4 ) sobre «Un pacto para la investigación y la innovación en
Europa» identifica la valorización del conocimiento como una de las áreas
prioritarias para la acción conjunta en apoyo del Espacio Europeo de
Investigación (EEI). Ese Pacto también reconoce la creación de valor y el
impacto social y económico como parte del conjunto común de valores y
principios para la I+D+i en la Unión que los Estados miembros deben tener en
cuenta al desarrollar sus sistemas de I+D+i.
(8) La
agenda política de la ERA para 2022-2024 anexa a las conclusiones del Consejo
del 26 de noviembre de 2021 sobre la 'Gobernanza futura del Espacio Europeo de
Investigación' incluye una acción para 'Actualizar la guía de la UE para una
mejor valorización del conocimiento'. El primer resultado de esa acción será
'Desarrollar y respaldar principios rectores para la valorización del
conocimiento'. Esa acción también incluye el desarrollo de un Código de
prácticas para el uso inteligente de la PI y un Código de prácticas para
investigadores sobre normalización, que proporcionarán una guía más detallada
sobre cómo implementar ciertos aspectos de la valorización del conocimiento.
(9) La
Ciencia Abierta, que es un enfoque del proceso científico basado en el trabajo
cooperativo abierto, las herramientas y la difusión del conocimiento, tal como
se define en el Reglamento (UE) 2021/695 del Parlamento Europeo y del Consejo (
5 ), es un método estándar para trabajar en el marco de los programas marco de la Unión para
I+i y se identifica como otra área prioritaria para la acción conjunta en la
Recomendación (UE) 2021/2122. La Recomendación (UE) 2018/790 de la Comisión ( 6 ) anima a los Estados miembros a establecer y aplicar
políticas nacionales para la difusión y el acceso abierto a las publicaciones
científicas y para la gestión de los datos de investigación, en particular a
través de la Nube Europea de la Ciencia Abierta. El informe final de la
Plataforma de Políticas Científicas Abiertas
( 7) enumera la sensibilización sobre el valor de la PI y la
gestión de los activos de PI entre los elementos que debe incluir un sistema de
investigación compartida para la innovación. Las conclusiones del Consejo del
10 de junio de 2022 sobre "Evaluación de la investigación e implementación
de la ciencia abierta" sugieren que la evolución de los sistemas de
evaluación de la investigación en Europa debería tener en cuenta, entre otras
cosas, la valorización del conocimiento.
(10) La
Comunicación de la Comisión de 19 de febrero de 2020 titulada "Una
estrategia europea para los datos" insta al sector público y a las
empresas a aprovechar la oportunidad que presentan los datos para el bien
social y económico y considera que el potencial de los datos debe ponerse a
trabajar para abordar las necesidades de las personas y creando así valor para
la economía y la sociedad. La innovación basada en datos puede traer enormes
beneficios para los ciudadanos, por ejemplo, a través de una medicina
personalizada mejorada, nueva movilidad y a través de su contribución al Pacto
Verde Europeo.
(11) La
Comunicación de la Comisión de 29 de abril de 2021 titulada 'Legislar mejor:
unir fuerzas para hacer mejores leyes' subraya que la evidencia científica es
una de las piedras angulares de la mejora de la legislación, vital para
establecer una descripción precisa del problema, una comprensión real de la
causalidad y, por lo tanto, la intervención. lógica y evaluar el impacto. La
investigación de alta calidad no se puede realizar en un período de tiempo muy
corto, por lo que garantizar que la evidencia pertinente esté disponible cuando
sea necesario requiere una mejor anticipación y coordinación de las necesidades
de evidencia. También significa una mejor movilización y participación de la
comunidad investigadora en el proceso regulatorio.
(12) El
fomento de capacidades transversales como el espíritu empresarial, la
creatividad, el pensamiento crítico y el compromiso cívico se encuentran entre
los objetivos de las comunicaciones de la Comisión "sobre la consecución
del Espacio Europeo de Educación para 2025", "la estrategia europea
para las universidades" y "la Agenda Europea de Capacidades para una
competitividad sostenible, equidad social y resiliencia'. El marco estratégico
del Espacio Europeo de Educación (EEE) promueve la colaboración y el aprendizaje
entre pares entre los Estados miembros y las principales partes interesadas,
por ejemplo, en forma de grupos de trabajo.
(13) El
ecosistema de I+i ha cambiado profundamente desde la Recomendación 2008/416/CE,
que estaba dirigida principalmente a las organizaciones públicas de
investigación ( 8 ) . Se necesita una actualización para centrarse en maximizar
el valor de todos los activos de conocimiento generados por diferentes tipos de
actores en un ecosistema de I+D dinámico. Deben abordarse los nuevos desafíos y
desarrollos, como las cadenas de valor del conocimiento cada vez más complejas,
las nuevas oportunidades de mercado creadas por las tecnologías emergentes, las
nuevas formas de colaboración entre la industria y la academia y entre el
sector público y la academia, la participación de los ciudadanos, así como la
interferencia extranjera de I + I. y reciprocidad en la gestión de activos
intelectuales en el contexto de la cooperación internacional en I+D+i.
(14) La
diversidad de canales y herramientas de valorización del conocimiento ( 9 ) debe reflejarse para abordar la sostenibilidad, los desafíos
sociales y otras prioridades de política sectorial y para fomentar
colaboraciones multidisciplinarias, no solo dentro del dominio tradicional de
la transferencia de conocimiento en áreas tecnológicas, sino también en
disciplinas como las ciencias sociales, las humanidades y las artes, incluido
el análisis de los vínculos entre las políticas sociales, ambientales y
económicas.
(15) El
objetivo de los principios rectores para la valorización del conocimiento debe
ser adoptar una línea común sobre medidas e iniciativas políticas para mejorar
la valorización del conocimiento en la Unión, en particular: (a) ampliando el
alcance de los actores y actividades en comparación con la Recomendación
2008/416/ CE; (b) implicando un enfoque en todo el ecosistema de I + I y sus
conexiones, en la co-creación entre actores y en la creación de valor social; (c)
ampliar su alcance para incluir la gestión de activos intelectuales y enfatizar
la importancia de desarrollar una cultura, prácticas y habilidades
empresariales; y (d) enfatizar las nuevas necesidades para aumentar el impacto
de la I+i, como abordar los desafíos políticos nuevos y persistentes, mejorar
la participación ciudadana y compartir las mejores prácticas entre varios
actores de la I+i.
(16) Los conceptos
principales de los principios rectores para la valorización del conocimiento
deben definirse de la siguiente manera:
La “valorización del conocimiento” es el proceso de creación de valor
social y económico a partir del conocimiento mediante la vinculación de
diferentes áreas y sectores y mediante la transformación de datos,
conocimientos y resultados de investigación en productos, servicios, soluciones
y políticas basadas en el conocimiento sostenibles que beneficien a la
sociedad. Centrarse en la valorización del conocimiento hace necesario ampliar
el alcance de la Recomendación 2008/416/CE para abarcar todo el ecosistema de
I+i y su gama cada vez más diversa de actores.
La valorización del conocimiento es un cambio de paradigma, que aporta
nuevos aspectos que maximizarán el valor de la I+I existente y futura y de los
activos de conocimiento, incluido el conocimiento tácito, siendo el
conocimiento tácito cualquier conocimiento que no se puede codificar y
transmitir como información a través de documentación, trabajos académicos,
conferencias, conferencias u otros canales de comunicación. Dicho conocimiento
se transfiere de manera más efectiva entre individuos con un contexto social
común y proximidad física ( 10 ). La valorización del conocimiento generará
beneficios para la formulación de políticas y nuevas formas de monitorear y
evaluar la I+i a través del desarrollo de indicadores y herramientas de
medición. Afectará a la financiación de la I+i y añadirá valor a la ciencia y
la investigación y sus resultados. La valorización del conocimiento requiere la
participación de los actores del ecosistema de I+i y de los
usuarios/beneficiarios del conocimiento y la innovación, con especial énfasis
en el uso, reutilización y fertilización cruzada del conocimiento entre
diferentes sectores en beneficio de la sociedad. Como tal, es un concepto más
amplio que la difusión, que implica dar a conocer y hacer accesibles los
conocimientos y los resultados. Finalmente, se espera que la valorización del
conocimiento contribuya a la implementación de los Objetivos de Desarrollo
Sostenible de las Naciones Unidas ( 11 )y el Pacto Verde Europeo.
Se considera que los "activos
intelectuales" cubren cualquier resultado, servicio o producto generado
por cualquier actividad de I + I, como patentes, derechos de autor, marcas
registradas, publicaciones, datos, conocimientos, prototipos, procesos,
prácticas, tecnologías, invenciones, software o modelos comerciales. . Ampliar
el alcance de un enfoque limitado a la gestión y protección de los derechos de
propiedad intelectual también ampliará las oportunidades de creación de valor. Aprovechar
el valor total de los activos intelectuales generados por las actividades de
I+i requiere que las organizaciones que realizan actividades de I+i gestionen
los activos intelectuales en un sentido amplio, tanto aquellos que pueden
protegerse legalmente, como patentes, derechos de autor y marcas comerciales y
otros activos intelectuales que podrían utilizarse en la valorización.
actividades. Esto requiere el desarrollo de estrategias de gestión y promoción
de habilidades específicas y transversales para aprovechar todo el valor de los
activos intelectuales generados. La gestión eficiente de los activos
intelectuales es crucial para la valorización del conocimiento.
(17) La
apertura como principio respalda la creación de valor, y el uso de herramientas
de gestión de activos intelectuales puede conducir a un mejor uso de los
resultados, contribuir positivamente a la innovación y aumentar el valor
agregado general de los resultados científicos
( 12 ) . Sujeto al respeto de las normas de PI, con el principio de
'tan abierto como sea posible y tan cerrado como sea necesario', es importante
reconocer que tanto la Ciencia Abierta como la Innovación Abierta, siendo la
premisa básica de esta última abrir el proceso de innovación a todos los
actores activos para que el conocimiento pueda circular más libremente y se
transforme en productos y servicios que creen nuevos mercados fomentando así
una cultura empresarial más fuerte ( 13 ), utilizar y aprovechar las herramientas para la
gestión de activos intelectuales. El uso sensato de los resultados de la
investigación para crear beneficios socioeconómicos también aumentará el valor
general y la importancia de la investigación científica para la sociedad.
(18) Las
prácticas, los procesos, las competencias y las habilidades empresariales, y
aquellas que facilitan el compromiso con los ciudadanos, la sociedad civil y
los responsables políticos, son componentes necesarios para el éxito de las
iniciativas de valorización del conocimiento. Convertir el conocimiento en
valor novedoso, independientemente de si se trata de innovaciones incrementales
o disruptivas, formulación de políticas basadas en evidencia o bienestar de los
ciudadanos, requiere actitudes, prácticas o culturas proactivas/emprendedoras y
de co-creación/compromiso intersectorial, combinadas con esfuerzos
emprendedores, en todo momento. algunas o todas las etapas del proceso de
valorización. De esa manera, el proceso de valorización podría inspirar ajustes
en los sistemas educativos y las carreras de los investigadores para que
atiendan mejor las habilidades, competencias y comportamientos que conducirían
a una mayor creatividad y creación de valor social.
(19) Los
procesos y métodos empresariales son descubrimientos basados en experimentos
y acciones co-creadas, que trascienden las fronteras organizacionales e
involucran muchas competencias complementarias. En este contexto, el proceso
empresarial se ve como un método impulsado por el descubrimiento para abordar
los desafíos y oportunidades relacionados con el mercado y la sociedad mediante
el desarrollo experimental y la explotación de activos intelectuales en valores
novedosos y útiles (innovaciones) para un conjunto determinado de partes
interesadas. Dichos procesos y métodos requieren las habilidades y capacidades
sociales y empresariales necesarias para facilitar la difusión del conocimiento
social más allá de la comercialización. El uso de un método abierto de
coordinación de redes, herramientas e instrumentos de la ERA y el marco
estratégico de la AEMA estimulará la valorización del conocimiento y el
desarrollo de habilidades relacionadas.
(20) Por
lo tanto, los principios rectores deben cubrir el desarrollo, uso y gestión de
prácticas, procesos y habilidades empresariales en todos los niveles de la
sociedad en los sectores público y privado involucrados en la valorización del
conocimiento. Ese nuevo alcance requiere que los formuladores de políticas
alineen sus objetivos políticos en consecuencia y establezcan los nuevos
enfoques necesarios para la valorización del conocimiento. Esos principios
rectores tienen por objeto ayudar a los responsables políticos de los Estados
miembros a cumplir dichos requisitos.
(21) Por lo tanto, los principios
rectores de esta Recomendación deben referirse a iniciativas políticas
dirigidas a todas las categorías de actores del ecosistema involucrados en
actividades de I+D, tales como:
— instituciones académicas, universidades y otras instituciones de educación superior, organizaciones de investigación, innovación y tecnología y otras organizaciones públicas de investigación, academias y sociedades científicas, e iniciativas y redes intergubernamentales, como Eureka;
— organizaciones de la sociedad civil, incluidas organizaciones ciudadanas y no gubernamentales;
— inversores privados y organizaciones de financiación e inversión, incluidas fundaciones y organizaciones benéficas;
— individuos, como innovadores, empresarios, investigadores, científicos, profesores y estudiantes;
— la industria, incluidas las pequeñas y medianas empresas (PYME), las empresas emergentes, las derivadas, las ampliadas y las empresas sociales;
— intermediarios, como profesionales de la transferencia de conocimientos y tecnología, incubadoras, parques científicos, centros o agrupaciones de innovación de la Unión, nacionales y regionales, expertos en PI, consultores y profesionales de apoyo a la innovación, equipos de comunicación científica y compromiso político, conocimiento para organizaciones de asesoramiento político/científico y ciudadanos profesionales del compromiso;
— autoridades y formuladores de políticas nacionales, regionales y locales;
— organizaciones privadas de investigación, proveedores de servicios públicos y privados como hospitales, proveedores de transporte público y proveedores de energía;
— infraestructuras de investigación, infraestructuras tecnológicas y otras instalaciones y redes de apoyo a las actividades de I+i;
— organismos de normalización.
(22) Los
principios rectores deben formularse para que sean aplicables a todas o la
mayoría de las categorías enumeradas en el considerando 21. La implementación
de los principios rectores debe adaptarse a los actores objetivo a través de
los documentos del Código de prácticas, es decir, un Código de prácticas para
el uso inteligente de la PI. y un Código de prácticas para investigadores sobre
normalización. Si es necesario, se podrían crear conjuntamente con las partes
interesadas otros documentos pertinentes del Código de prácticas.
(23) Los
principios rectores no deben ser vinculantes. Su aplicación debe respetar la
legislación internacional, de la Unión y nacional y deben tenerse en cuenta en
los esfuerzos por hacer que el marco jurídico de la Unión apoye la valorización
del conocimiento. Los principios rectores deben aplicarse con la intención de
lograr el uso social más amplio posible, incluida la contribución a una
sociedad sostenible, de conformidad con las Directrices de la Unión para
abordar la injerencia extranjera en I+D ( 14 ). Siempre que sea posible y según el contexto, las
actividades de valorización deben tener en cuenta las necesidades y los
beneficios de la sociedad, además de los generadores de beneficios
tradicionales. Un ejemplo es la concesión de licencias socialmente
responsables, donde la concesión de licencias de activos intelectuales debe
garantizar que la fijación de precios de los productos y servicios finales no
socave la accesibilidad. Los principios rectores deben centrarse en maximizar
el valor de las inversiones en I+D más allá de la transferencia de
conocimientos tradicionales y en involucrar a todos los actores en el
ecosistema de I+D.
(24) La
valorización del conocimiento es un proceso complejo que requiere recursos
significativos para garantizar que se desarrolle y mantenga en la Unión la gama
necesaria de habilidades y capacidad escalable. Requerirá una inversión
continua y ampliada en el desarrollo de profesionales y facilitadores de
transferencia e intermediación de conocimientos que actúen como intermediarios
entre los actores relevantes de I + I. Es especialmente importante alentar a
las pymes a participar a través de ecosistemas de innovación nacionales y
regionales sólidos. Además, se debe alentar la proactividad en las empresas
emergentes y en expansión de todos los tamaños y se debe persuadir a los socios
industriales para que estén abiertos a asumir riesgos.
POR
LA PRESENTE RECOMIENDA:
que
los Estados miembros y la Comisión Europea apliquen los siguientes principios
rectores para la valorización del conocimiento:
1. Valorización del
conocimiento en la política de investigación e innovación
(a) Garantizar que existen estructuras de apoyo de la Unión, nacionales y regionales para ayudar a las organizaciones a tomar conciencia del alcance de la presente Recomendación sobre la valorización del conocimiento, evaluar sus implicaciones para ellas, movilizar, cuando corresponda, recursos financieros y no financieros para poner en práctica esta Recomendación y desarrollar las estrategias y prácticas necesarias para implementarlo y difundirlo.
(b) Asegúrese de que las políticas y prácticas de creación de valor se definan, implementen, compartan y publiquen en el nivel organizacional relevante.
(C) Garantizar que las actividades de I+D financiadas con fondos públicos consideren el uso y la valorización social más amplios posibles de los activos intelectuales generados por las actividades de I+D, teniendo en cuenta las cuestiones de soberanía e involucrando a todos los actores del ecosistema.
(d) Fortalecer estructuras, procesos y prácticas en el uso de los resultados de la investigación y el conocimiento científico para el diseño e implementación de políticas públicas y el desarrollo y revisión de normas.
(mi) Promover la igualdad, la diversidad y la inclusión, así como evitar el sesgo de género en los objetivos y actividades de valorización del conocimiento y las personas involucradas en dichas actividades, por ejemplo, a través de diversos equipos de investigación y contenidos de I+D que reflejen las perspectivas, los comportamientos y las necesidades de los diversos grupos de la sociedad.
2. Habilidades y capacidades
(a) Promover el desarrollo de las competencias, habilidades y capacidades necesarias para apoyar las operaciones de valorización del conocimiento que involucren a todas las partes interesadas, desde estudiantes, investigadores e inventores hasta empresarios e intermediarios profesionales, y desde usuarios del conocimiento hasta responsables políticos.
(b) Garantizar que existan planes de movilidad entre el mundo académico, la industria y el sector público para facilitar el desarrollo de habilidades y el intercambio de competencias, cultura y prácticas, también como un proceso de aprendizaje permanente, entre los agentes de valorización del conocimiento a nivel de la Unión, nacional y regional. .
(C) Asegurar que el conocimiento tácito de quienes generan los activos intelectuales sea reconocido como uno de los elementos del proceso de valorización. Es importante promover enfoques de colaboración participativa que permitan incluir talentos, habilidades y conocimientos tácitos en la innovación y la valorización.
(d) Fomentar y facilitar la colaboración multidisciplinar e interdisciplinar que vaya más allá de las áreas tecnológicas e involucre disciplinas como las ciencias sociales, las humanidades y las artes, así como los enfoques co-creativos.
3. Sistema de incentivos
(a) Desarrollar y poner en marcha un sistema relevante y justo para incentivar a todos los actores del ecosistema de I+D, en particular investigadores, innovadores, estudiantes y personal de universidades y organizaciones públicas de investigación, para aprender, aplicar y practicar la valorización del conocimiento, así como para atraer y retener talento.
(b) Proporcionar medidas para que las empresas, en particular las PYME, la sociedad civil, los ciudadanos, los usuarios finales y las autoridades públicas sean socios activos en la creación conjunta de innovación de valor añadido, mejorando así el acceso y el uso del conocimiento, aumentando la adquisición de habilidades y fomentando la experimentación conjunta.
(c) Alentar, apoyar e incentivar a las organizaciones que emprenden la valorización del conocimiento para recopilar, compartir y utilizar métricas que mejoren el aprendizaje y el desempeño de los actores de la valorización del conocimiento en la Unión.
4. Gestión de activos
intelectuales
(a) Garantizar que las políticas y prácticas para la gestión de activos intelectuales se definan, implementen, compartan, divulguen y promuevan en todas las organizaciones involucradas en la valorización del conocimiento.
(b) Sensibilizar a universidades, organizaciones de investigación, autoridades públicas y empresas sobre la importancia de gestionar los activos intelectuales en un entorno internacional, teniendo en cuenta las cuestiones de soberanía.
(C) Garantizar que los activos intelectuales desarrollados por actividades de I+i financiadas con fondos públicos en la Unión se gestionen y controlen de forma que se tenga en cuenta y se maximicen los beneficios socioeconómicos, incluida la contribución a la sostenibilidad de la Unión en su conjunto.
(d) Aumentar la conciencia y la adopción de prácticas y herramientas de gestión de activos intelectuales en Open Science, así como en Open Innovation para facilitar el uso de resultados y datos para la innovación.
(e) Aumentar la gestión eficiente de los activos intelectuales, por ejemplo, apoyando la creación activa de carteras y promoviendo plataformas que vinculen la oferta y la demanda de activos intelectuales, con el fin de maximizar la creación de valor para todos los involucrados.
5. Relevancia en esquemas de
financiamiento público
(a) Considere cómo fortalecer la aplicación de los principios de valorización del conocimiento en la investigación financiada con fondos públicos.
(b) Considerar planes de financiación específicos para complementar la financiación de la investigación con el fin de garantizar que la valorización del conocimiento se incentive desde el principio de la investigación, incluido el apoyo a los intermediarios.
6. aprendizaje entre pares
(a) Promover y apoyar procesos y prácticas nacionales y transnacionales de aprendizaje entre pares para difundir y fomentar el intercambio de mejores prácticas ( 15 ) , estudios de casos, modelos a seguir y lecciones aprendidas y para desarrollar especificaciones comunes para la valorización del conocimiento.
(b) Comparar organizaciones, ecosistemas e iniciativas exitosas de valorización del conocimiento para desarrollar y promover conceptos, modelos e incentivos comunes que sirvan como guía para evaluar e implementar la gestión y los procesos de valorización del conocimiento. Además, utilice la experiencia, las redes y las lecciones aprendidas de organizaciones relevantes, como la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea, la Oficina Europea de Patentes, Enterprise Europe Network, el Instituto Europeo de Innovación y Tecnología y sus comunidades de conocimiento e innovación y otras comunidades internacionales y europeas. , organizaciones nacionales o regionales.
(c) Alentar a las universidades y organizaciones públicas de investigación a unir sus recursos, experiencia, datos e infraestructura en todas las disciplinas, países y regiones para promover más prácticas de aprendizaje entre pares.
7. Métricas, seguimiento y
evaluación
(a) Promover esfuerzos de colaboración para adoptar definiciones, métricas e indicadores comunes acordados, que abarquen la variedad de canales de valorización, para ayudar a mejorar el rendimiento de la valorización del conocimiento de la Unión, teniendo en cuenta las diferencias contextuales entre los Estados miembros y los actores de la valorización del conocimiento y las especificidades de los diferentes sectores.
(b) Garantizar que las prácticas de seguimiento y evaluación utilizadas para valorar y evaluar las operaciones de valorización del conocimiento estén alineadas con el marco de seguimiento más amplio del EEI y minimicen la carga administrativa de los Estados miembros y las partes interesadas, al mismo tiempo que se desarrollan sinergias con otras acciones políticas pertinentes del EEI.
La
Recomendación 2008/416/CE se sustituye por la presente Recomendación.
Hecho en Bruselas, el 2 de diciembre de 2022.
para el Consejo
El presidente
J. SIKELA
( 1 ) Recomendación 2008/416/CE de la Comisión, de
10 de abril de 2008, sobre la gestión de la propiedad intelectual en las
actividades de transferencia de conocimientos y Código de buenas prácticas para
las universidades y otros organismos públicos de investigación (DO L 146 de 5.6.2008, p. 19 ).
( 2 ) Resolución del Consejo sobre la gestión de
la propiedad intelectual en las actividades de transferencia de conocimientos y
sobre un Código de buenas prácticas para las universidades y otros organismos
públicos de investigación.
( 3 ) Aprovechar al máximo el potencial innovador
de la UE. Un plan de acción de propiedad intelectual para apoyar la recuperación
y resiliencia de la UE.
( 4 ) Recomendación (UE) 2021/2122 del Consejo, de
26 de noviembre de 2021, relativa a un Pacto por la investigación y la
innovación en Europa ( DO L 431 de 2.12.2021, p. 1 ).
( 5 ) Reglamento (UE) 2021/695 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 28 de abril de 2021, por el que se establece
Horizonte Europa – Programa Marco de Investigación e Innovación, se establecen
sus normas de participación y difusión y se derogan los Reglamentos (UE) n.
1290/2013 y (UE) n.º 1291/2013 ( DO L 170 de 12.5.2021, p. 1 ).
( 6 ) Recomendación (UE) 2018/790 de la Comisión,
de 25 de abril de 2018, sobre el acceso a la información científica y su
conservación ( DO L 134 de 31.5.2018, p. 12 ).
( 7 ) Comisión Europea, Dirección General de
Investigación e Innovación, Méndez, E., Progreso de la ciencia abierta: hacia
un sistema compartido de conocimiento de la investigación: informe final de la
plataforma de política científica abierta, Lawrence, R. (editor), Oficina de
Publicaciones , 2020.
( 8 ) El término «organización pública de
investigación» incluye tanto las organizaciones especializadas en investigación
tecnológica como las instituciones de educación superior que realizan
actividades de investigación y desarrollo y de formación en investigación (RDT)
con un apoyo financiero sustancial de entidades públicas y cuasipúblicas (por
ejemplo, organizaciones benéficas y sin ánimo de lucro organización).
( 9 ) Comisión Europea, Dirección General de
Investigación e Innovación, Canales y herramientas de valorización de la
investigación y la innovación: impulsar la transformación del conocimiento en
nuevas soluciones sostenibles, Oficina de Publicaciones, 2020.
( 10 ) Informe de la OCDE Competencia mundial por
el talento: movilidad de los altamente cualificados.
( 11 ) Resolución de las Naciones Unidas adoptada
por la Asamblea General el 25 de septiembre de 2015, Transformar nuestro mundo:
la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible (A/RES/70/1).
( 12 ) Comisión Europea, Dirección General de
Investigación e Innovación, Ciencia abierta y derechos de propiedad
intelectual: ¿cómo pueden interactuar mejor?: estado del arte y reflexiones:
resumen ejecutivo, Oficina de Publicaciones, 2022.
( 13 ) Comisión Europea, Dirección General de
Investigación e Innovación, Innovación abierta, ciencia abierta, abierta al
mundo: una visión de Europa, Oficina de Publicaciones, 2016, p. 13
( 14 ) Comisión Europea, Dirección General de
Investigación e Innovación, Tackling R&I Foreign Interference: Staff Working
Document, Oficina de Publicaciones, 2022.
( 15 ) Hay disponible un repositorio de ejemplos de mejores prácticas en la plataforma de valorización del conocimiento de la Comisión Europea, que está continuamente abierta a la presentación de nuevos ejemplos de mejores pr
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