miércoles, 24 de abril de 2024

«HACIA UNA ESTRATEGIA GLOBAL PARA LA INDUSTRIA MADERERA DE LA UE» DICTAMEN DEL COMITE ECONOMICO Y SOCIAL EUROPEO.

  Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

 

cferreyros@hotmail.com

RESUMEN

La industria maderera de la UE compite con productos de la madera más baratos procedentes de otras regiones, y su competitividad depende del avance en sus procesos, productividad, eficacia y calidad. Es necesario un apoyo específico a la investigación y desarrollo (I+D), tanto a escala nacional como de la UE, para desarrollar productos de madera tecnológica, biocompuestos y otras soluciones de valor añadido que aporten un mejor rendimiento y beneficios medioambientales. El Comité Económico y Social Europeo (CESE) pide a las autoridades públicas nacionales y de la UE que den prioridad a la competitividad internacional de la industria maderera europea, velen por su acceso a los mercados, aborden los retos a los que se enfrentan en materia de costes y prácticas comerciales desleales y aseguren condiciones de competencia equitativas en el mercado.

 

Impulsar modelos de negocio sostenibles en la industria maderera es esencial garantizar la disponibilidad de materias primas primarias y establecer un mercado de materias primas secundarias que funcione correctamente. El CESE aboga por que se complete la cadena de suministro y se resuelvan los obstáculos técnicos que impiden el reciclado completo de los residuos de madera, e insta a que se imponga una prohibición de la eliminación de la madera en vertederos.

A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico:cferreyros@hotmail.com

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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2024/2480

23.4.2024

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Hacia una estrategia global para la industria maderera de la UE»

(Dictamen de iniciativa)

(C/2024/2480)

Ponente:

Anastasis YIAPANIS

Coponente:

Rolf GEHRING

Decisión de la Asamblea

25.1.2023

Base jurídica

Artículo 52, apartado 2, del Reglamento interno

 

Dictamen de iniciativa

Sección competente

Comisión Consultiva de las Transformaciones Industriales

Aprobado en sección

22.1.2024

Aprobado en el pleno

14.2.2024

Pleno n.o

585

Resultado de la votación

(a favor/en contra/abstenciones)

156/0/1

1.   Conclusiones y recomendaciones

       1.1. La industria maderera de la UE compite con productos de la madera más baratos procedentes de otras regiones, y su competitividad depende de que avance en sus procesos, productividad, eficacia y calidad. Es necesario un apoyo específico a la investigación y desarrollo (I+D), tanto a escala nacional como de la UE, para desarrollar productos de madera tecnológica, biocompuestos y otras soluciones de valor añadido que aporten un mejor rendimiento y beneficios medioambientales. El Comité Económico y Social Europeo (CESE) pide a las autoridades públicas nacionales y de la UE que den prioridad a la competitividad internacional de la industria maderera europea, velen por su acceso a los mercados, aborden los retos a los que se enfrentan en materia de costes y prácticas comerciales desleales y aseguren unas condiciones de competencia equitativas en el mercado.

 

       1.2. Para impulsar modelos de negocio sostenibles en la industria maderera, es esencial garantizar la disponibilidad de materias primas primarias y establecer un mercado de materias primas secundarias que funcione correctamente. El CESE aboga por que se complete la cadena de suministro y se resuelvan los obstáculos técnicos que impiden el reciclado completo de los residuos de madera, e insta a que se imponga una prohibición de la eliminación de la madera en vertederos. Se requieren urgentemente infraestructuras mejoradas que incorporen capacidades de transporte, almacenamiento y transformación, a fin de garantizar la eficiencia de las cadenas de suministro y la entrega de los productos.

 

       1.3. Dado que, según los pronósticos, el 75 % de la población mundial se habrá mudado a zonas urbanas de aquí a 2050, el carácter ineludible del desarrollo urbano sostenible acentúa la relevancia de utilizar en la construcción materiales de madera renovables y respetuosos con el medio ambiente que reduzcan la huella de carbono e impulsen el crecimiento bioeconómico de la UE. El CESE aboga por dar prioridad a los materiales naturales, como la madera, el papel y los productos a base de fibra, frente a los basados en combustibles fósiles. Pide a todas las instituciones de la UE que reconozcan debidamente la contribución de los materiales renovables a la sostenibilidad, la economía circular y la neutralidad climática, y que además reconozcan el gran valor de la madera como recurso circular y materia prima. Es fundamental mejorar la comunicación para que los consumidores estén informados sobre los beneficios medioambientales de elegir productos de la madera obtenidos de fuentes sostenibles.

 

       1.4. La industria maderera debe comprometerse a minimizar los residuos, fomentar el reciclado y la reutilización de los productos de la madera y adoptar el concepto de mantenimiento constante desde la fase de diseño, para ajustarse así a los objetivos de sostenibilidad, utilizar los recursos de manera eficiente y extender el ciclo de vida de los productos.

 

       1.5. El CESE hace hincapié en la complejidad y el coste asociados al cumplimiento de las normas medioambientales, de procedencia de la madera y de calidad, especialmente para las pequeñas empresas, y pide a la UE que garantice una legislación coordinada en todos los Estados miembros e instrumentos de apoyo financieros y no financieros para las pymes del sector.

 

       1.6. El CESE subraya la importancia de establecer normas mínimas para las emisiones de carbono a lo largo del ciclo de vida en la construcción y el requisito de notificación de dichas emisiones en la industria. Es primordial que todos los profesionales de la construcción, entre ellos los responsables de la planificación, arquitectos, ingenieros, técnicos, expertos informáticos y obreros, reciban la formación adecuada y puedan desarrollar las capacidades necesarias en materia de técnicas y materiales de construcción sostenibles.

 

       1.7. La explotación forestal ilegal supone una amenaza crítica para el sector, habida cuenta de que los sistemas de certificación vigentes son inadecuados para hacer frente a la corrupción y la detección de actividades fraudulentas resulta insuficiente. Por estos motivos, el CESE pide que se adopten medidas más estrictas y de manera más proactiva para luchar contra las prácticas ilícitas de explotación forestal, la deforestación y el comercio ilegal de la madera.

 

       1.8. El Comité reconoce el desequilibrio existente entre las sanciones por explotación forestal ilegal y el valor de los productos de la madera, y pide por ello a los Estados miembros que endurezcan dichas sanciones, apoyen el uso de la tecnología con fines policiales e informen de la importancia de combatir esta actividad ilícita por medio de campañas de concienciación pública y mecanismos de denuncia para la ciudadanía.

 

       1.9. La industria maderera afronta un déficit de mano de obra debido al envejecimiento de su personal cualificado y a la percepción de que trabajar en ella exige grandes esfuerzos físicos. El CESE insta a la elaboración de una estrategia de la UE para atraer a jóvenes talentos, retenerlos en el sector y lograr que este sea más atractivo para la juventud y las mujeres, garantizando así la disponibilidad de mano de obra cualificada. Asimismo, los Estados miembros deberían asignar financiación y ofrecer incentivos a las instituciones formativas para que elaboren programas centrados en la industria maderera, fomentar las asociaciones con centros educativos para ofertar cursos relativos al ámbito de la madera y promover la colaboración entre la industria, el mundo académico y las autoridades públicas.

 

         1.10.          El Comité hace hincapié en la importancia de defender el pilar europeo de derechos sociales en el seno de la industria maderera de la UE, a fin de garantizar un entorno laboral justo e inclusivo que valore el bienestar y la dignidad de los trabajadores. Deben establecerse mecanismos de seguimiento para informar sobre las condiciones y los derechos laborales y la inclusión social, y auditorías periódicas que refuercen el cumplimiento de los principios del pilar europeo de derechos sociales.

 

         1.11.          El CESE recomienda apoyar a los propietarios forestales con ayudas financieras, formación, talleres, incentivos fiscales y otras medidas que mejoren sus capacidades de llevar a cabo una gestión forestal eficaz y sostenible. Los interlocutores sociales y la sociedad civil deberían participar activamente en la vigilancia de la reducción de la deforestación con la incorporación del CESE y del Comité Europeo de las Regiones (CDR) a la plataforma multilateral de la Comisión Europea. El CESE pide a la UE que financie a las organizaciones nacionales implicadas en la repoblación forestal de terrenos públicos quemados o con escasa vegetación.

 

         1.12.          El CESE insta a la aplicación coherente del Reglamento sobre diseño ecológico para productos sostenibles, para hacer de los productos sostenibles la norma y mantener la competencia leal en las importaciones. Además, debe invitarse a los interlocutores sociales del sector maderero de la UE a participar en el Foro Consultivo sobre Diseño Ecológico.

2.   Antecedentes y observaciones preliminares

       2.1. La industria maderera de la UE abarca diferentes subsectores dentro de la categoría 16 de la nomenclatura estadística de actividades económicas (NACE), como el aserrado, la fabricación de madera chapada y tableros de madera, el ensamblaje de suelos de madera, la carpintería y ebanistería o la producción de envases y embalajes de madera y otros productos de madera. Estos subsectores tienen necesidades e intereses diferentes, a menudo complementarios entre sí, pero opuestos en otras ocasiones. Debido a las limitaciones de espacio, el presente Dictamen se centrará en los aspectos comunes de dichos subsectores y no profundizará en las especificidades de cada uno de ellos.

 

       2.2. Aproximadamente el 45 % del territorio de la UE está cubierto por bosques y otras superficies arboladas, en total cerca de 180 millones de hectáreas. De ellas, en torno al 60 % son de titularidad privada, y la mayoría pertenecen a pequeñas explotaciones familiares, lo que supone la presencia de unos 15 millones de propietarios forestales en la UE. El 40 % restante es de propiedad pública y se explota a mayor escala (1). La superficie forestal europea está aumentando, pero cuenta con muy pocos bosques primarios.

 

       2.3. Los bosques desempeñan un papel crucial para el medio ambiente, la economía y el bienestar social tanto de las comunidades locales como de la población mundial. Contribuyen entre otras cosas a la conservación de la biodiversidad y de los suelos, la mitigación del cambio climático, la absorción de CO2, la gestión del ciclo hidrológico, el control de la erosión y la calidad del aire, y aportan numerosos beneficios ecológicos, económicos y culturales tanto a las comunidades locales como a la población mundial. El CESE pide a la UE que financie a las organizaciones nacionales implicadas en la repoblación forestal de terrenos públicos quemados o con escasa vegetación.

 

       2.4. La madera es el material circular por excelencia, eficiente desde el punto de vista energético y respetuoso con el medio ambiente, con un largo ciclo de vida y un elevado potencial de reutilización, refabricación y reciclado. Si se gestiona con acierto, la madera puede contribuir de forma sustancial a los objetivos de la política climática europea. En primer lugar, las estructuras de madera permiten una mayor retención de carbono, extendiendo así la función de sumidero de carbono que ya aportan los bosques. En segundo lugar, al remplazar a los materiales con un uso parcialmente intensivo de energía, como el acero, el hormigón, el yeso o el plástico, la madera contribuye a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en el sector de la construcción.

 

       2.5. A la vista de la previsión de que el 75 % de la población mundial residirá en zonas urbanas de aquí a 2050 (2), la necesidad de que las ciudades apuesten por la sostenibilidad es innegablemente acuciante. Para ello se requiere un cambio de paradigma que dé la bienvenida a los materiales de construcción procedentes de madera sostenible. La propagación de la incorporación de materiales renovables y reciclables, especialmente en el sector de la construcción de la UE, desempeñará un papel decisivo a la hora de reducir la huella de carbono de las infraestructuras urbanas e impulsará el crecimiento de la bioeconomía.

3.   Observaciones generales

       3.1. En noviembre de 2021, los Estados miembros de la UE pusieron de relieve la necesidad de encontrar un equilibrio entre los aspectos medioambientales, sociales y económicos de la gestión forestal sostenible (3). Destacaron la importancia de mantener la diversidad de los bosques y de promover las diversas prácticas de gestión forestal sostenible de las distintas regiones, con pleno respeto de las competencias y potestades nacionales en este ámbito.

 

       3.2. Las industrias madereras de la UE han abogado por un mayor reconocimiento de su capacidad para facilitar la sostenibilidad en importantes políticas de la UE, como la Estrategia Industrial de la UE, el Pacto Verde Europeo y la Estrategia de Sostenibilidad para las Sustancias Químicas. Además, para fomentar una transformación justa del sector, es fundamental dotar a la mano de obra europea de la formación y la mejora de las capacidades que requieran para participar eficazmente en el desarrollo de cadenas de valor de base biológica y mantener la calidad del empleo. Sin embargo, para responder a las exigencias de la sostenibilidad ambiental mediante la diversificación de las cadenas de valor de base biológica se requieren unas políticas con un enfoque más integral en las industrias, como se indica en el informe de situación de 2022 relativo a la Estrategia de Bioeconomía de la UE (4).

 

       3.3. La industria maderera de la UE necesita infraestructuras mejoradas y más avanzadas, por ejemplo en su red de transporte y en las instalaciones de almacenamiento y transformación, para garantizar así unas cadenas de suministro eficientes y la entrega puntual de los productos. Tradicionalmente, las industrias forestales han sido muy innovadoras. Sin embargo, ante un panorama económico mundial más complejo y diversificado, el sector precisa un mayor apoyo a los procesos de investigación e innovación, en particular a través de programas coordinados a escala de la UE, como Horizonte Europa.

 

       3.4. La industria maderera está sujeta a diversas regulaciones y normas en materia de protección del medio ambiente, procedencia legal de la madera y calidad de los productos. El cumplimiento de dichas obligaciones puede ser complejo y costoso, en especial para las empresas más pequeñas, que habitualmente no disponen de los recursos necesarios para transitar eficazmente la esfera normativa. En un entorno regulatorio tan complejo, la UE debe garantizar una aplicación coordinada y eficiente de la legislación en todos los Estados miembros y velar por el apoyo financiero y no financiero a las pymes del sector.

 

       3.5. La deforestación genera un 20 % de las emisiones mundiales de CO2 y está vinculada al riesgo de extinción de muchas especies animales debido a la pérdida de hábitats. Según estimaciones de Europol, los delitos contra el medio ambiente generan beneficios comparables a los del tráfico ilegal de estupefacientes, si bien los infractores se benefician de unas probabilidades significativamente inferiores de ser detectados y responder de sus actos (5).

 

       3.6. Los grandes incendios forestales son motivo de una cada vez mayor preocupación en Europa, ya que pueden mermar la disponibilidad de madera y las emisiones de CO2 que originan socavan los esfuerzos por reducir las emisiones. Para contrarrestar esta tendencia, urgen una gestión forestal eficaz y una mejora de la coordinación y el equipamiento de los servicios nacionales y europeos de lucha contra incendios. El uso de tecnologías modernas (como la localización por satélite y la utilización de drones) contribuirá significativamente a prevenir futuros incendios en la UE.

 

       3.7. Se considera imperativo crear más parques de bomberos regionales a escala europea y nacional, y dotar a las comunidades locales, especialmente a las de los Estados miembros mediterráneos, con vehículos pequeños de bomberos.

 

       3.8. Para algunos Estados miembros, la explotación forestal ilegal supone un grave problema en diferentes áreas, con importantes consecuencias negativas. Sus repercusiones han sido especialmente nefastas para zonas valiosas como las de la Red Natura 2000 y para los bosques primarios y antiguos, y tiene la capacidad de provocar la extinción de especies y la pérdida de hábitats. A este respecto, los sistemas de certificación vigentes no afrontan ni gestionan adecuadamente las actuales prácticas de corrupción, y siguen sin aplicarse adecuadamente en toda la Unión unos mecanismos de control que detecten las actividades fraudulentas. El CESE exige una acción más firme y medidas proactivas para detener la explotación forestal ilegal, así como un plan de acción eficaz para impedir el tráfico de madera y productos madereros obtenidos de manera ilícita. La promoción de prácticas forestales responsables es fundamental para asegurar los avances en este ámbito.

 

       3.9. El Comité lamenta que exista un desequilibrio entre las sanciones por explotación forestal ilegal y el valor de los productos de la madera, que a menudo da lugar a que se impongan sanciones mínimas a los infractores, como amonestaciones o multas administrativas de escasa cuantía. El CESE insta a los Estados miembros a que endurezcan las sanciones y velen por su ejecución por parte de las autoridades forestales nacionales, así como por un posible aumento de la dotación de cuerpos y fuerzas de seguridad y un mejor uso de las tecnologías modernas (como el seguimiento por satélite) para impedir estas actividades ilícitas. Esta cuestión debe transmitirse eficazmente al público en general a través de campañas de información específica y deben, además, ponerse mecanismos de denuncia a disposición de la ciudadanía de la UE.

 

         3.10.          Son igualmente necesarias mejores campañas de comunicación para sensibilizar a los consumidores sobre el impacto medioambiental positivo de seleccionar productos de madera procedente de bosques gestionados de forma sostenible. Por todo ello, el CESE pide que se tomen medidas para alentar decisiones de consumo respetuosas con el medio ambiente y promover la madera como recurso renovable y sostenible, haciendo hincapié en que los productos madereros respetan el medio ambiente.

4.   Observaciones específicas

       4.1. La industria maderera de la UE afronta la competencia de los productos de la madera importados de otros países, entre ellos regiones con costes de producción más bajos. La competitividad de la industria maderera depende de sus constantes avances tecnológicos en relación con los procesos que mejoren la productividad, la eficacia y la calidad. El CESE considera que debe prestarse un apoyo específico a la I+D, que incluya la puesta a disposición de la financiación necesaria tanto a escala nacional como de la UE, para facilitar el desarrollo de productos de madera tecnológica, biocompuestos y otras soluciones de valor añadido que aporten un mejor rendimiento y beneficios medioambientales. Las pymes deben disponer de herramientas específicas de acceso e información.

 

       4.2. Muchos empleados cualificados de la industria maderera se acercan a la edad de jubilación, lo que dará lugar a un déficit de personal cualificado disponible. A esto se suma la percepción general de que se trata de un sector con gran intensidad de mano de obra y físicamente exigente, lo que disuade a las personas de emprender carreras profesionales en este ámbito, especialmente a las generaciones más jóvenes y a las mujeres. El CESE pide una estrategia clara para invertir esta tendencia y asegurar la disponibilidad de mano de obra cualificada y la conservación de puestos de trabajo de calidad en la industria maderera, sin dejar de procurar que este sector (y el de la artesanía en general) resulte más atractivo para la juventud y las mujeres.

 

       4.3. Para garantizar un entorno justo y competitivo en las industrias forestales, el CESE aboga por el establecimiento de relaciones laborales sólidas, con una negociación colectiva de cobertura amplia a través de sindicatos y organizaciones patronales, al objeto de hacer del sector un lugar de trabajo más atractivo tanto para el personal actual como para las mujeres y la juventud en busca de oportunidades de aprendizaje.

 

       4.4. El CESE hace hincapié en la importancia de establecer normas mínimas para las emisiones de carbono a lo largo del ciclo de vida de las construcciones y para la demanda asociada de notificación de dichas emisiones en el ámbito de la construcción. A fin de utilizar nuevas técnicas y materiales de construcción sostenibles, una formación adecuada y el desarrollo de capacidades por medio de la educación y formación profesional inicial (EFP-I) y continua (EFPC) son indispensables para todas las partes interesadas de la cadena de la construcción, entre ellas los responsables de la planificación, arquitectos, ingenieros, técnicos, expertos informáticos y obreros.

 

       4.5. Es necesario fomentar unas prácticas de gestión forestal proactivas y sostenibles en la UE para aumentar el recurso a la madera en el sector de la construcción y reducir así las emisiones de CO2. El CESE ya ha manifestado que «la madera absorbe y almacena CO2 de la atmósfera durante su fase de crecimiento. Así pues, cuando se utiliza como material de construcción, se convierte en un material de construcción ecológico y contribuye a la reducción global de los gases de efecto invernadero» (6). El CESE insta a todas las instituciones de la UE a que reconozcan adecuadamente el papel de los materiales renovables, entre ellos la madera, en la promoción de la sostenibilidad, el avance de la economía circular y la consecución de la neutralidad climática.

 

       4.6. Para aumentar la presencia de madera de origen sostenible en la construcción, es vital subrayar el requisito de una gestión forestal sostenible como recurso de base. El CESE insta a que se apoye a los propietarios forestales por medio de ayudas financieras, programas de formación, talleres y seminarios, a fin de dotarlos de las capacidades y conocimientos necesarios para que gestionen sus bosques de manera eficaz y sostenible; también, por ejemplo, con iniciativas para reforzar sus competencias administrativas y organizativas, incentivos como desgravaciones fiscales o compensaciones económicas por la adopción y el mantenimiento de prácticas de gestión forestal sostenible, y programas específicos de apoyo a los nuevos propietarios o propietarios forestales jóvenes. El Comité ya ha mencionado que «los interlocutores sociales y la sociedad civil deben desempeñar un papel tangible en la supervisión de la eficacia en la reducción de la deforestación» y que el CESE y el CDR «deberían formar parte de la plataforma multilateral de la Comisión Europea» (7).

 

       4.7. Las oportunidades de educación, formación y continua mejora de las capacidades deben ser más accesibles y funcionales para la ciudadanía de la UE interesada en trabajar en la industria maderera. Los Estados miembros deben aportar financiación e incentivos para que las instituciones formativas elaboren y oferten programas centrados en la industria maderera que alienten a los aspirantes a elegir una carrera profesional en el sector maderero. El CESE recomienda también que se establezcan asociaciones con escuelas, institutos y universidades para que integren cursos relacionados con la industria maderera en sus planes de estudios. Asimismo, la colaboración entre las partes interesadas de la industria, el mundo académico y las entidades públicas es crucial para aplicar satisfactoriamente estas estrategias y conseguir una industria maderera competitiva en la UE.

 

       4.8. En cuanto al personal presente en el sector, el Comité destaca la necesidad de ofertar programas de mejora de las capacidades, a través de la EFP-I y la EFPC, para que pueda adaptarse a las nuevas tecnologías y a una demanda en constante evolución. Además, es necesaria una estrecha colaboración con las empresas de la industria maderera y las asociaciones de interlocutores sociales, a fin de diseñar programas de formación en consonancia con la evolución de las necesidades del sector.

 

       4.9. El Comité destaca el papel del pilar europeo de derechos sociales a la hora de crear un entorno laboral equitativo, justo e inclusivo en la industria maderera de la UE que valore el bienestar y la dignidad de todos sus trabajadores. Dado que las condiciones de trabajo en los sectores de la madera se perciben a menudo como peligrosas, resulta crucial para aumentar el atractivo de estos puestos que se prioricen la salud y seguridad en el trabajo y unas buenas condiciones laborales en general. Además, para que un sector o un lugar de trabajo resulten atrayentes, es cada vez más importante que se promuevan la participación de los trabajadores y unas trayectorias profesionales bien definidas. Más concretamente, es fundamental establecer mecanismos para supervisar el cumplimiento de los principios del pilar europeo de derechos sociales, por ejemplo la realización de auditorías e informes periódicos sobre las condiciones laborales, los derechos de los trabajadores y los indicadores de inclusión social.

 

         4.10.          El CESE destaca la atención creciente que se presta a la economía circular y a la importancia de reducir los residuos en el sector. La industria maderera debe encontrar maneras de disminuir sus residuos y promover el reciclado, la reutilización y la reconversión de sus productos, para ajustarse así a los objetivos de sostenibilidad, extender el ciclo de vida de los materiales de madera y cumplir con el principio de «uso en cascada» relativo a la utilización eficiente de los recursos. En este contexto, desempeña un papel decisivo el concepto de mantenimiento constante, que debe aplicarse desde el principio de la fase de diseño.

 

         4.11.          Con el fin de fomentar modelos de negocio sostenibles en la industria maderera, es crucial garantizar la disponibilidad de materias primas primarias y desarrollar un mercado de materias primas secundarias que funcione correctamente: que abarque los materiales recuperados a partir de residuos pero que también exija el reciclado. El CESE exhorta a que esto se cumpla en todos los niveles de la cadena de suministro (la clasificación, la recogida y el reciclado) y a que se aborden los obstáculos técnicos y las normas que impiden el reciclado completo de los residuos de madera. La legislación de la UE dirigida a la industria maderera debe amparar medidas para la consecución de un mercado interior de la UE plenamente operativo para los productos de la madera —también el papel y el cartón—, a través del fomento de sistemas eficaces y eficientes de recogida y clasificación para el reciclado a escala. Asimismo, el Comité pide que se adopten medidas para ejecutar en todos los Estados miembros la prohibición de depositar madera en los vertederos.

 

         4.12.          La industria europea debe centrarse en sus ventajas competitivas y recibir apoyo para poder destacar en un mercado internacional muy competitivo, sobre todo teniendo en cuenta que los costes de los materiales, la energía y la mano de obra son significativamente superiores a los de muchos competidores internacionales. Por todo ello, deben intensificarse los esfuerzos por promover los productos madereros de la UE y garantizar su acceso a los mercados internacionales, velando al mismo tiempo por la igualdad de condiciones en el mercado interior.

 

         4.13.          El CESE pide una aplicación coherente del Reglamento sobre diseño ecológico para productos sostenibles, de manera que los productos sostenibles sean la norma y se garantice una competencia equitativa con los bienes importados. Por último, los interlocutores sociales pertinentes del sector maderero de la UE deben participar activamente en las deliberaciones sobre la adopción de actos delegados a través del Foro Consultivo sobre Diseño Ecológico.

Bruselas, 14 de febrero de 2024.

El Presidente del Comité Económico y Social Europeo

Oliver RÖPKE


(1)  Confederación de las industrias papeleras europeas (CEPI): Circular Choices for a competitive EU bioeconomy.

(2)  Ritchie, H. y Roser, M.: «Urbanization», Our World in Data, 2018.

(3)  Conclusiones del Consejo sobre la Nueva Estrategia de la UE en favor de los Bosques para 2030.

(4)  Informe de situación de la Estrategia de Bioeconomía de la UE — Política europea de bioeconomía: balance y evolución futura [COM(2022) 283 final].

(5)  Europol: Environmental Crime.

(6)  Dictamen del CESE «Construcción en madera para reducir el CO2 en el sector de la construcción» (DO C 184 de 25.5.2023, p. 18).

(7)  Dictamen del CESE «Minimizar el riesgo de deforestación y degradación forestal asociado a los productos comercializados en la UE» (DO C 275 de 18.7.2022, p. 88).


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/2480/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)

martes, 23 de abril de 2024

«FISCALIDAD DE LOS TELETRABAJADORES TRANSFRONTERIZOS EN TODO EL MUNDO E IMPACTO EN LA UE» -DICTAMEN DE INICIATIVA.

  Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

 

cferreyros@hotmail.com

RESUMEN

A lo largo de la última década, la globalización y la digitalización han abierto nuevas oportunidades para trabajar a distancia. La pandemia de COVID-19 trajo consigo un cambio sin precedentes en la vida de los trabajadores y las empresas, lo que dio lugar a un aumento exponencial del teletrabajo.

 

Con las nuevas tecnologías es posible realizar exactamente el mismo trabajo sin necesidad de estar físicamente presente, lo que también significa que muchas más personas pueden trabajar a distancia allende las fronteras y que el número de teletrabajadores transfronterizos ha aumentado drásticamente.

 

Las normas actuales se centran en el impuesto de sociedades y en la fiscalidad del trabajo. Durante muchas décadas, la OCDE se ha esforzado por establecer principios fiscales internacionales comúnmente aceptados en su Modelo de Convenio Tributario sobre la Renta y sobre el Patrimonio. Estas normas y acuerdos han sido aplicados por los Estados miembros de la UE y han constituido la base de las normas del Modelo sobre la Doble Tributación de las Naciones Unidas.

En cuanto a la imposición de los beneficios de las sociedades, existe el riesgo de que los teletrabajadores internacionales hagan surgir involuntariamente un establecimiento permanente de la empresa en un país distinto del de su sede. En caso de implantarse un establecimiento permanente en otro país, la empresa, además de plantearse cómo gravar los rendimientos del trabajo vinculados al teletrabajo transfronterizo, se vería obligada a desglosar con precisión sus ingresos entre las dos ubicaciones y, por lo tanto, estaría sujeta a obligaciones de declaración y deudas tributarias diferentes.

A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico:cferreyros@hotmail.com

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de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2024/2479

23.4.2024

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Fiscalidad de los teletrabajadores transfronterizos en todo el mundo e impacto en la UE»

(Dictamen de iniciativa)

(C/2024/2479)

Ponente:

Krister ANDERSSON

Decisión del Pleno

25.1.2023

Base jurídica

Artículo 52, apartado 2, del Reglamento interno

Sección competente

unión económica y monetaria y Cohesión Económica y Social

Aprobado en sección

2.2.2024

Aprobado en el pleno

14.2.2024

Pleno n.o

585

Resultado de la votación

(a favor/en contra/abstenciones)

202/2/4

1.   Conclusiones y recomendaciones

       1.1. A lo largo de la última década, la globalización y la digitalización han abierto nuevas oportunidades para trabajar a distancia. La pandemia de COVID-19 trajo consigo un cambio sin precedentes en la vida de los trabajadores y las empresas, lo que dio lugar a un aumento exponencial del teletrabajo.

 

       1.2. Con las nuevas tecnologías es posible realizar exactamente el mismo trabajo sin necesidad de estar físicamente presente, lo que también significa que muchas más personas pueden trabajar a distancia allende las fronteras y que el número de teletrabajadores transfronterizos ha aumentado drásticamente.

 

       1.3. Las normas actuales se centran en el impuesto de sociedades y en la fiscalidad del trabajo. Durante muchas décadas, la OCDE se ha esforzado por establecer principios fiscales internacionales comúnmente aceptados en su Modelo de Convenio Tributario sobre la Renta y sobre el Patrimonio. Estas normas y acuerdos han sido aplicados por los Estados miembros de la UE y han constituido la base de las normas del Modelo sobre la Doble Tributación de las Naciones Unidas.

 

       1.4. Durante la pandemia, la secretaría de la OCDE publicó directrices que estipulaban que un trabajador transfronterizo que no pudiera desplazarse al país del empleador debía estar sujeto a imposición en el país del empleador, aunque el trabajo se hubiera realizado a distancia. El número de días permitidos para este tipo de trabajo a distancia se limita a menudo a unos veinte días al año. En su Dictamen «Fiscalidad de los teletrabajadores transfronterizos y sus empleadores» (1) el Comité Económico y Social Europeo (CESE) recomendó que el límite se ampliara a dos días a la semana, o a noventa y seis días al año, sin consecuencias fiscales.

 

       1.5. Para simplificar, según las normas actuales el principio acordado de los derechos de imposición se basa en que el país en el que se realiza el trabajo tiene derecho de gravar la renta del trabajo. Si, gracias al uso de medios electrónicos, el trabajo puede realizarse ahora a distancia, una posible solución podría consistir en que el país de residencia del empleador tuviera, en principio, derecho de gravar. Sin embargo, un teletrabajador no debe sufrir ningún trato fiscal discriminatorio en comparación con los trabajadores transfronterizos que realizan su trabajo en el país del empleador.

 

       1.6. Otra posibilidad sería gravar al trabajador por cuenta ajena en su país de residencia del mismo modo que los trabajadores por cuenta propia. Sin embargo, un argumento en contra de tal régimen es que, dado que el trabajo sigue realizándose para el empleador en el país B, el derecho a gravar la renta del empleado debe permanecer en el país B, es decir, en el país del empleador. Después de todo, los costes salariales son deducibles para el cálculo del impuesto de sociedades adeudado en el país B (2).

 

       1.7. Por lo tanto, el CESE considera que la mejor opción es la imposición de los ingresos de los trabajadores como ingresos salariales en el país de residencia del empleador. Un régimen de este tipo simplificaría las cosas para los trabajadores y también podría resultar atractivo para los empleadores. Seguramente sería necesario un mecanismo de reparto de ingresos para compensar la pérdida de ingresos en el país de residencia del trabajador.

 

       1.8. El CESE propone que las autoridades tributarias puedan dividir los ingresos entre los países basándose en los datos sobre la presencia individual real en los Estados de que se trate (datos que el empleador, actuando como ventanilla única, comunica a la autoridad fiscal de su país de residencia) o utilizando algún índice agregado macroeconómico.

2.   Observaciones generales

       2.1. A lo largo de la última década, la globalización y la digitalización han abierto nuevas oportunidades para trabajar a distancia. La pandemia de COVID-19 ha traído consigo un cambio sin precedentes en la vida de los trabajadores y las empresas y ha dado lugar a un aumento exponencial del teletrabajo.

 

       2.2. Durante la pandemia, las empresas y los empleados hicieron grandes esfuerzos por digitalizar sus actividades cotidianas (por ejemplo, herramientas de reunión en línea), lo que ha acelerado un proceso de digitalización que ya estaba en curso y que conduce a un nuevo panorama laboral. Los cambios observados han sido acometidos tanto por el sector privado como por el sector público (3).

 

       2.3. Con las nuevas tecnologías es posible realizar exactamente el mismo trabajo sin necesidad de estar físicamente presente, lo que también significa que muchas más personas pueden trabajar a distancia allende las fronteras y que el número de teletrabajadores transfronterizos ha aumentado drásticamente. Las estimaciones actuales sobre el teletrabajo parecen indicar que alrededor del 22 % de la mano de obra de la UE realiza algún tipo de teletrabajo (4).

 

       2.4. El trabajo a distancia ha demostrado ser eficaz para los trabajadores y los empleadores (5). Por lo tanto, la posibilidad de trabajar fuera de la oficina durante varios días a la semana, o incluso de forma estable, es ahora una realidad consolidada y en rápido crecimiento.

 

       2.5. En unos pocos años, cientos de millones de personas en todo el mundo podrán trabajar a distancia y muchas de ellas de modo transfronterizo desde sus países de origen, o incluso desde una serie de terceros países (los llamados nómadas digitales).

 

       2.6. Facilitar el trabajo a distancia no solo ha mejorado la calidad de vida y el equilibrio entre la vida profesional y la vida privada de millones de trabajadores (6), sino que también puede contribuir a reducir el impacto medioambiental de millones de trabajadores, en consonancia con los objetivos de la UE. Por lo tanto, es probable que esta tendencia continúe y siga evolucionando en el futuro.

 

       2.7. Como se ha demostrado, hay muchos aspectos positivos del trabajo a distancia. Sin embargo, la tendencia a que cada vez más personas trabajen a distancia también presenta importantes retos desde el punto de vista fiscal. Es necesario actualizar las normas fiscales para que reflejen cómo se lleva a cabo el trabajo en el actual entorno laboral y cómo es probable que se lleve a cabo en el futuro. También es importante reconocer que de la elección del lugar de residencia de una persona se deriva el derecho a beneficiarse del gasto público, que se sufraga principalmente con los impuestos. La imposición fiscal y la representación en la elaboración de políticas es un principio consolidado que debe respetarse.

 

       2.8. Es probable que tratar la cuestión de la fiscalidad del teletrabajo transfronterizo haga necesario revisar los acuerdos bilaterales y multilaterales. Recientemente se ha actualizado un acuerdo de este tipo entre Suiza y Francia para los trabajadores fronterizos del cantón de Ginebra (Suiza) que viven en Francia. En virtud del acuerdo, el teletrabajo transfronterizo que no supere el 40 % del tiempo de trabajo total no afectará a la situación fiscal de los trabajadores. Los trabajadores fronterizos que residan en Francia y trabajen en Ginebra seguirán estando sujetos a tributación en Ginebra en forma de impuestos salariales retenidos en origen. Para compensar la pérdida de ingresos en Francia, el acuerdo implica un mecanismo de reparto de los ingresos, en virtud del cual Ginebra pagará a Francia una compensación del 3,5 % de los ingresos fiscales.

 

       2.9. En la audiencia pública del CESE sobre «Fiscalidad de los teletrabajadores transfronterizos: posibles soluciones», celebrada en Tallin el 4 de julio de 2023, se presentó un acuerdo multilateral que se está debatiendo en el seno del Consejo Nórdico. En este acuerdo se describe cómo el empleador principal presenta un formulario nórdico de retención para un residente nórdico que trabaja en tres países nórdicos y también describe un mecanismo de reparto de ingresos entre los países nórdicos (7).

      2.10. Naturalmente, es beneficioso encontrar soluciones específicas para cada país a fin de permitir el teletrabajo transfronterizo a distancia, pero sería deseable contar con acuerdos basados en principios generalmente aceptados. De no ser así, es probable que surja un complejo conjunto de normas y aplicaciones internacionales, lo que dará lugar a una fragmentación.

 

         2.11.          Durante muchas décadas, la OCDE se ha esforzado por establecer principios fiscales internacionales comúnmente aceptados en su Modelo de Convenio Tributario sobre la Renta y sobre el Patrimonio. Estas normas y acuerdos han sido aplicados por los Estados miembros de la UE y han constituido la base de las normas del Modelo sobre la Doble Tributación de las Naciones Unidas.

 

         2.12.          Las normas actuales se centran en el impuesto de sociedades y en la fiscalidad del trabajo. En cuanto a la imposición de los beneficios de las sociedades, existe el riesgo de que los teletrabajadores internacionales hagan surgir involuntariamente un establecimiento permanente de la empresa en un país distinto del de su sede. En caso de implantarse un establecimiento permanente en otro país, la empresa, además de plantearse cómo gravar los rendimientos del trabajo vinculados al teletrabajo transfronterizo, se vería obligada a desglosar con precisión sus ingresos entre las dos ubicaciones y, por lo tanto, estaría sujeta a obligaciones de declaración y deudas tributarias diferentes.


lunes, 22 de abril de 2024

LIBRO BLANCO: ¿CÓMO GESTIONAR LAS NECESIDADES DE INFRAESTRUCTURA DIGITAL DE EUROPA?

 Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

 

cferreyros@hotmail.com

RESUMEN

Con este Libro Blanco, la Comisión Europea pone en marcha una amplia consulta a los Estados miembros, la sociedad civil, la industria y el mundo académico para recabar sus puntos de vista sobre los escenarios descritos en el presente Libro Blanco y darles la oportunidad de contribuir a las futuras propuestas de la Comisión en este ámbito.



El Libro Blanco titulado «¿Cómo dominar las necesidades de infraestructura digital de Europa?» esboza escenarios y busca aportes para fundamentar futuras propuestas de la Comisión en el ámbito de las infraestructuras digitales.

Se reproduce en este artículo el Indice y la Introducción al Libro. El enlace al texto íntegro se encuentra en: https://op.europa.eu/es/publication-detail/-/publication/b118623e-d178-11ee-b9d9-01aa75ed71a1/language-es/format-PDF/source-316184539

A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico:cferreyros@hotmail.com

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COMISIÓN EUROPEA

Bruselas, 21.2.2024

COM(2024) 81 final

LIBRO BLANCO

¿Cómo gestionar las necesidades de infraestructura digital de Europa?

1. INTRODUCCIÓN 3

2. TENDENCIAS Y DESAFÍOS EN EL SECTOR DE LAS INFRAESTRUCTURAS DIGITALES

2.1. Desafíos de las infraestructuras de conectividad en Europa

2.2. Desafíos tecnológicos

2.3. Los desafíos de alcanzar una escala suficiente en los servicios de conectividad de la UE

2.3.1. Las necesidades de inversión

2.3.2. Situación financiera del sector de las comunicaciones electrónicas de la UE

2.3.3. Ausencia de un mercado único

2.3.4. Convergencia e igualdad de condiciones

2.3.5. Los desafíos de sostenibilidad

2.4. Requisitos de seguridad en el suministro y el funcionamiento de las redes

2.4.1. El desafío de los proveedores fiables

2.4.2. Normas de seguridad de la conectividad de extremo a extremo

2.4.3. Infraestructuras de cables submarinos seguras y resilientes

3. GESTIÓN DE LA TRANSICIÓN A LAS REDES DIGITALES DEL FUTURO: PROBLEMAS ESTRATÉGICOS Y POSIBLES SOLUCIONES

3.1. Primer pilar: Crear la «red 3C». La computación colaborativa y conectada

3.1.1. La creación de capacidades mediante la innovación abierta y las capacidades tecnológicas

3.1.2. Perspectivas

3.1.3. Resumen de los escenarios posibles

3.2. Segundo pilar: Completar el mercado único digital

3.2.1. Objetivos

3.2.2. Ámbito de aplicación

3.2.3. Autorización

3.2.4. Abordar los obstáculos para la centralización de las redes principales

3.2.5. El espectro radioeléctrico

3.2.6. Desconexión de las líneas de cobre

3.2.7. La política de acceso en un entorno de fibra únicamente

3.2.8. El servicio universal y la asequibilidad de la infraestructura digital

3.2.9. Sostenibilidad

3.2.10. Resumen de los posibles escenarios

3.3. Pilar III: Infraestructuras seguras y resilientes para Europa

3.3.1. Hacia la seguridad de las comunicaciones mediante las tecnologías cuánticas y postcuánticas

3.3.2. Hacia la seguridad y resiliencia de las infraestructuras de cables submarinos

3.3.3. Resumen de los posibles escenarios

4. CONCLUSIÓN

 

1. INTRODUCCIÓN

Una infraestructura de redes digitales innovadora es la base de una economía y una sociedad digitales prósperas. Las infraestructuras digitales seguras y sostenibles son uno de los cuatro puntos cardinales del Programa Estratégico de la Década Digital para 2030, una de las principales prioridades de la Comisión actual. Estas infraestructuras revisten también un interés fundamental para los ciudadanos, que formularon numerosas propuestas en torno a la digitalización en el marco de la Conferencia sobre el Futuro de Europa. Sin infraestructuras de redes digitales avanzadas, las aplicaciones no podrán hacernos la vida más fácil y los consumidores no podrán disfrutar de las ventajas de las tecnologías avanzadas. Solo cuando estas infraestructuras alcancen su máximo rendimiento, será posible que los médicos atiendan a los pacientes a distancia de manera rápida y segura, que los drones mejoren las cosechas y reduzcan el uso de agua y pesticidas, o que los sensores de humedad y temperatura conectados permitan la supervisión en tiempo real de las condiciones en las que se almacenan los alimentos frescos y se transportan al consumidor.

Existen otros numerosos ejemplos en toda la economía de la necesidad que tienen las empresas de conectividad e infraestructuras informáticas avanzadas para el tratamiento de datos más cerca de sus operaciones y de sus clientes, a fin de utilizar u ofrecer aplicaciones y servicios innovadores. Este hecho resulta especialmente importante en el caso de las aplicaciones que requieren un tratamiento de datos en tiempo real, como los dispositivos del internet de las cosas, los vehículos autónomos o las redes inteligentes, así como para reducir la latencia en las aplicaciones de mantenimiento predictivo, de seguimiento en tiempo real o de automatización, lo que conlleva operaciones más eficaces y rentables. Los servicios e infraestructuras de redes digitales avanzados se convertirán en un catalizador fundamental de los servicios y las tecnologías digitales transformadoras, tales como la inteligencia artificial (IA), los mundos virtuales o la web 4.0, y en un elemento clave para abordar desafíos sociales como los existentes en los sectores de la energía, el transporte, la atención sanitaria, o para respaldar la innovación en el sector creativo.

La competitividad futura de todos los ámbitos de la economía europea depende de estos servicios e infraestructuras de redes digitales avanzados Dichos servicios e infraestructuras aportan entre uno y dos billones EUR al crecimiento mundial del PIB1 y constituyen la base de la transición ecológica y digital de la sociedad y la economía. De acuerdo con numerosas fuentes, existe un estrecho vínculo entre la mayor implantación de la banda ancha fija y móvil y el desarrollo económico2. La demanda de conectividad es fundamental para estimular la economía. La mayor velocidad y las nuevas generaciones de redes móviles tienen un impacto positivo en el PIB3. Igualmente, existen estudios que muestran cómo una infraestructura matriz resiliente formada por cables submarinos protegidos puede mejorar el PIB4 . Teniendo en cuenta las tendencias demográficas actuales, la competitividad europea necesita disponer de tecnologías que incrementen la productividad, y las infraestructuras y servicios digitales resultan fundamentales a tal efecto.

Paralelamente, las redes digitales están experimentando una transformación, y la infraestructura de conectividad está convergiendo con las capacidades de computación en la nube y computación periférica. A fin de aprovechar las ventajas de esta transformación, el sector de las comunicaciones electrónicas necesita expandirse desde el mercado tradicional de internet para los consumidores hasta los servicios digitales en sectores económicos clave, como por ejemplo, el internet industrial de las cosas. Además, el sector de los equipos también se enfrenta a transformaciones informáticas importantes, en relación con la tendencia hacia los programas informáticos, las redes en la nube y las arquitecturas abiertas. La convergencia de las comunicaciones electrónicas y de los ecosistemas informáticos ofrece oportunidades de servicios innovadores a un menor coste, pero también presenta el riesgo de nuevos cuellos de botella o nuevas dependencias en el ámbito de los servicios y las infraestructuras en la nube o de las plataformas de chips más punteras5. A fin de ofrecer seguridad económica, resulta por tanto fundamental dar continuidad a la innovación en estos sectores dentro de la Unión y hacer que su industria la lidere. Para alcanzar esta meta, en el contexto geopolítico actual, la Unión debe hacer uso de su peso en el mercado de suministro de equipos de red, en el que dos de los tres proveedores mundiales son europeos.

Desde el punto de vista social, el acceso a la conectividad de gran calidad, fiable y segura para todo el mundo y en todos los rincones de la Unión, incluidas las zonas rurales y remotas, resulta indispensable6. Las inversiones necesarias son enormes7. Para que Europa disponga de las comunicaciones y la infraestructura informática avanzada y segura que requiere, resulta imprescindible un marco regulador moderno que fomente la transición de las obsoletas redes de cobre a las redes de fibra, el desarrollo de la 5G, de otras redes inalámbricas y de infraestructuras en la nube y el incremento de operadores en el mercado único, y que tenga en cuenta las tecnologías emergentes, como las comunicaciones cuánticas. De lo contrario, la UE corre el riesgo de incumplir sus metas digitales para 2030 y de quedarse a la zaga de otras regiones pioneras en lo que respecta a la competitividad y el crecimiento económico y las consiguientes ventajas para los usuarios.

Por último, los acontecimientos geopolíticos recientes han puesto de relieve la importancia de la seguridad y la resiliencia de las infraestructuras frente a los peligros naturales y antropogénicos, así como el papel complementario de las soluciones de conectividad terrestre, por satélite y submarinas para obtener un servicio ininterrumpido en cualquier circunstancia. Ante un panorama de seguridad en constante evolución, de cara a la seguridad económica de la UE resulta clave un planteamiento estratégico a escala de la Unión en torno a la seguridad y la resiliencia de las infraestructuras digitales críticas que se fundamente en el sólido marco legislativo existente, especialmente la Directiva SRI 28, la Directiva relativa a la resiliencia de las entidades críticas9 y la Recomendación del Consejo relativa a un enfoque coordinado en toda la Unión para reforzar la resiliencia de las infraestructuras críticas10,11..

En esta coyuntura, el presente Libro Blanco determina los desafíos existentes y analiza los distintos escenarios posibles para las políticas públicas (como la eventual futura Ley de Redes Digitales) que tienen por objeto fomentar la creación de las redes digitales del futuro, controlar la transición hacia las nuevas tecnologías y modelos de negocio, responder a las necesidades de conectividad futuras de todos los usuarios finales, respaldar la competitividad de nuestra economía, ofrecer infraestructuras protegidas y resilientes y velar por la seguridad económica de la Unión, tal como se refleja en los compromisos compartidos por los Estados miembros de la UE en el Programa Estratégico de la Década Digital para 203012.

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1 Connected World: An evolution in connectivity beyond the 5G evolution [Un mundo conectado: la evolución de la conectividad más allá de la evolución de la 5G], McKinsey 2020, disponible en https://www.mckinsey.com/industries/technology-media-and-telecommunications/our-insights/connectedworld-an-evolution-in-connectivity-beyond-the-5g-revolution

2 Véase Analyzing the Economic Impacts of Telecommunications. Exploring the Relationship Between Broadband and Economic Growth [Análisis del impacto económico de las telecomunicaciones. Estudio de la relación entre la banda ancha y el crecimiento económico], documento de referencia preparado para el informe sobre desarrollo mundial de 2016: Dividendos digitales, Michael Minges, 2015; Europe’s internet ecosystem: socio-economic benefits of a fairer balance between tech giants and telecom operators [El ecosistema de internet europeo: los beneficios socioeconómicos del mayor equilibrio entre los gigantes tecnológicos y los operadores de telecomunicaciones], Axon Partners Group, May 2022; Kongaut, Chatchai; Bohlin, Erik (2014): El impacto de la velocidad de la banda ancha en los resultados económicos: Estudio empírico de los países de la CODE; 25.ª Conferencia Regional Europea de la Sociedad Internacional de las Telecomunicaciones Disruptive Innovation in the ICT Industries: Challenges for European Policy and Business [La innovación rompedora en las industrias TIC: desafíos para la política y las empresas europeas], Bruselas, Bélgica, 22 a 25 de junio de 2014, Sociedad Internacional de las Telecomunicaciones, Calgari.

3 En concreto, el impacto de la conectividad básica de las redes móviles aumenta en aproximadamente un 15 % cuando las conexiones se actualizan con la 3G. En lo que se refiere a las conexiones con una mejora de 2G a 4G, el impacto aumenta en aproximadamente el 25 %, de acuerdo con Mobile technology: two decades driving economic growth [Tecnología móvil: dos décadas a la vanguardia del crecimiento económico] (gsmaintelligence.com)

4 https://copenhageneconomics.com/publication/the-economic-impact-of-the-forthcoming-equiano-subseacable-in-portugal/

5 Informe sobre la ciberseguridad de las redes abiertas de acceso radioeléctrico, Grupo de cooperación SRI, mayo de 2022.

6 El Programa Estratégico de la Década Digital para 2030 [Decisión (UE) 2022/2481 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2022, por la que se establece el programa estratégico de la Década Digital para 2030 (DO L 323 de 19.12.2022, p. 4)] también reconocía este hecho. De acuerdo con su artículo 4, apartado 2, letra a), de aquí a 2030, todos los usuarios finales en una ubicación fija deben estar cubiertos por una red de gigabit hasta el punto de terminación de la red, y todas las zonas pobladas deben estar cubiertas por redes inalámbricas de alta velocidad de próxima generación con un rendimiento equivalente, como mínimo, al de la 5G, de conformidad con el principio de neutralidad tecnológica.

7 https://digital-strategy.ec.europa.eu/es/library/investment-and-funding-needs-digital-decade-connectivitytargets.

8 Directiva (UE) 2022/2555 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2022, relativa a las medidas destinadas a garantizar un elevado nivel común de ciberseguridad en toda la Unión, por la que se modifican el Reglamento (UE) n.º 910/2014 y la Directiva (UE) 2018/1972 y por la que se deroga la Directiva (UE) 2016/1148 (Directiva SRI 2) (DO L 333 de 27.12.2022, p. 80).

9 Directiva (UE) 2022/2557 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2022, relativa a la resiliencia de las entidades críticas y por la que se deroga la Directiva 2008/114/CE del Consejo (DO L 333 de 27.12.2022, p. 164).

10 Recomendación del Consejo, de 8 de diciembre de 2022, sobre un enfoque coordinado en toda la Unión para reforzar la resiliencia de las infraestructuras críticas (2023/C 20/01, DO C 20 de 20.1.2023, p. 1).

11 Este planteamiento también debe incorporar los desafíos y las oportunidades correspondientes a las políticas de ampliación de la UE.

12 Decisión (UE) 2022/2481 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2022, por la que se establece el programa estratégico de la Década Digital para 2030 (DO L 323 de 19.12.2022, p. 4).