jueves, 16 de enero de 2025

ORIENTACION DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL LUEGO DE LA APROBACION DE SU REGLAMENTO - DICTAMEN DEL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO.

  Por: Carlos A. Ferreyros Soto

 Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

cferreyros@hotmail.com

RESUMEN

El Comité Económico y Social Europeo (CESE) ha emitido un Dictamen explorando aspectos claves relacionados con la Inteligencia Artificial (IA) en la Unión Europea, desde una doble perspectiva: a.- Inteligencia artificial de uso general y b.- Una tecnología segura para el futuro

a.- Inteligencia artificial de uso general. El CESE orienta el camino a seguir tras la aprobación del Reglamento de Inteligencia Artificial. Este Reglamento establece un marco jurídico uniforme para el desarrollo, la introducción en el mercado y el uso de sistemas de IA en la UE

Los puntos principales incluyen la:

  • Promoción de una IA fiable y centrada en el ser humano
  • Protección de la salud y la seguridad fundamentales.
  • Apoyo a la innovación y prevención de efectos legales
  • Garantía de la libre circulación de bienes y servicios basada en IA

b.- Una tecnología segura para el futuro. El CESE también examinó cómo garantizar que la IA sea una tecnología segura para el futuro. Los aspectos analizados comprenden la:

  • Aplicación de la normativa de la UE
  • Protección de las personas, las empresas, la democracia y la protección del medio ambiente
  • Impulsar la innovación y el empleo
  • Posicionamiento de la UE como líder en IA fiable
  • El dictamen subraya la importancia de establecer estándares armonizados para los sistemas de IA de alto riesgo, en consonancia con el marco legislativo vigente

Además, se satisface con la necesidad de:

  • Reforzar la eficacia y resiliación existentes
  • Establecer requisitos específicos de transparencia y documentación técnica.
  • Equilibrar la innovación con la protección de los intereses públicos

El CESE reconoce la IA como un conjunto de tecnologías en rápida evolución con diversos beneficios económicos, ambientales y sociales pero que su competitividad depende de su inversión en una conectividad segura, infraestructura troncal y cadena de suministro resiliente. Por ello, el Dictamen busca promover una integración europea de la IA que sea ética, segura y digna de confianza a nivel mundial, ajustándose  a los valores y necesidades europeas.

A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico: cferreyros@hotmail.com

________________________________________________________

European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2025/113

10.1.2025

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo

a) Inteligencia artificial de uso general:

el camino por recorrer tras el Reglamento de Inteligencia Artificial

(Dictamen exploratorio solicitado por la Comisión Europea)

b) Una tecnología segura para el futuro: la inteligencia artificial

(Dictamen exploratorio solicitado por la Presidencia húngara)

INT/1055

(C/2025/113)

Ponente:

Sandra PARTHIE

Asesora

Vera DEMARY (por la ponente)

Consultas

a)

Comisión Europea, 11.12.2023

b)

Presidencia húngara del Consejo de la Unión Europea, 14.3.2024

Base jurídica

Artículo 304, letras a) y b), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Sección competente

Mercado Único, Producción y Consumo

Aprobado en sección

1.10.2024

Aprobado en el pleno

23.10.2024

Pleno n.o

591

Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones)

186/2/2

1. Conclusiones y recomendaciones

 1.1. Para ser competitiva en inteligencia artificial (IA) de uso general, Europa debe invertir en una conectividad segura y una infraestructura troncal resiliente, así como en una cadena de suministro resiliente, para garantizar que los efectos de la IA generativa puedan aprovecharse para los agentes europeos y ajustarse a los valores y necesidades europeos.

 

 1.2. El CESE subraya que la IA constituye un ámbito muy dinámico, por lo que el Reglamento de Inteligencia Artificial tendrá que actualizarse de forma igualmente flexible y dinámica para cumplir su objetivo de crear un ecosistema fiable que respete los derechos y valores fundamentales de la UE. Aunque los modelos de AI de uso general son muy técnicos y están presentes sobre todo en el contexto de las relaciones entre empresas (B2B), tienen una repercusión indirecta en los trabajadores y los consumidores. Para disipar temores y aumentar la sensibilización, el CESE recomienda organizar diálogos con las partes interesadas, incluidos los interlocutores sociales, sobre los códigos de prácticas en los lugares de trabajo y los derechos de los trabajadores en el contexto de la AI de uso general.

 

 1.3. Para luchar contra una concentración del mercado dominado por grandes empresas digitales, a menudo no europeas, el Comité Económico y Social Europeo (CESE) considera esencial movilizar los instrumentos de la política de competencia, como la evaluación del posible abuso de posición dominante de una empresa o el control de las concentraciones, a fin de prevenir, detectar y abordar comportamientos y situaciones críticos. Es necesaria una inversión europea y nacional en innovación coordinada para ayudar a desarrollar las cadenas de valor de la UE y la creación de valor en la IA.

 

 1.4. Los códigos de prácticas voluntarios previstos con respecto al Reglamento de IA facilitarán a las empresas el cumplimiento de la normativa. El CESE espera que proporcionen a los usuarios, los desarrolladores y otras partes interesadas en la IA directrices, buenas prácticas para la aplicación del Reglamento, plantillas, información sobre umbrales y normas y listas de verificación fáciles de utilizar.

 

 1.5. La Oficina de IA desempeñará un papel vital en la aplicación y el cumplimiento de las disposiciones del Reglamento de IA, en particular proporcionando orientaciones, estableciendo códigos de conducta, fomentando la cooperación internacional en materia de IA, promoviendo normas a escala europea y haciendo que las empresas europeas y no europeas activas en la UE cumplan la normativa de la Unión. La Oficina de IA y las autoridades nacionales deben disponer de los recursos necesarios para supervisar, evaluar y hacer cumplir las disposiciones de la legislación, garantizando el cumplimiento y la protección de los derechos de los consumidores.

 

 1.6. El CESE es consciente de la preocupación que tienen en la actualidad diversas categorías de creadores de contenidos en relación con el uso de la IA generativa. Es de suma importancia garantizar que la IA se desarrolle respetando las normas en materia de patentes, derechos de autor y propiedad intelectual.

 

 1.7. La IA puede aumentar la eficiencia energética y de los recursos al mejorar los procesos y ofrecer soluciones que permitan ensayos virtuales, gemelos digitales y otras opciones que reduzcan el uso de materiales. Los sistemas y modelos de IA y su desarrollo también tienen un impacto en el medio ambiente y el uso de la energía, que debe medirse con exactitud y tenerse en cuenta.

2. Observaciones generales

 2.1. Tras la entrada en vigor del Reglamento de IA, la atención se centra ahora en su aplicación con respecto a la IA de uso general y en la producción en Europa de una IA competitiva. La IA es un ámbito muy dinámico, por lo que el Reglamento de IA tendrá que actualizarse de forma constante para cumplir su objetivo de crear un ecosistema fiable que respete los derechos y valores fundamentales de la UE.

 

 2.2. Dado que dicho Reglamento es muy exhaustivo, el presente Dictamen se centra en los aspectos clave de la IA de uso general a la que se está entrenando con datos no personales y que se aplica en un entorno entre empresas (B2B) o entre empresas y administración pública (B2G), por ejemplo, en dispositivos de internet de las cosas. Su objetivo es dirigirse a los proveedores e implementadores, así como abordar las cuestiones relacionadas con la innovación, la inversión en todas las partes de la cadena de valor de la IA, la promoción de los casos de uso, el acceso a los datos y el futuro sistema de gobernanza relacionado con la IA de uso general.

 

 2.3. Con arreglo al Reglamento de IA, el concepto de IA de uso general designa un modelo de IA «que presenta un grado considerable de generalidad y es capaz de realizar de manera competente una gran variedad de tareas distintas, independientemente de la manera en que el modelo se introduzca en el mercado, y que puede integrarse en diversos sistemas o aplicaciones posteriores» (1). Por tanto, los sistemas de IA de uso general pueden desempeñar muchas tareas, incluidas algunas para las que no hayan sido entrenados inicialmente. Esta definición de IA de uso general incluye, como término genérico, los modelos fundacionales y los grandes modelos lingüísticos, haciendo de la IA generativa un tipo de modelo fundacional y, por ende, también un sistema de IA de uso general.

 

 2.4. El Reglamento de IA aborda exhaustivamente los riesgos aparejados al desarrollo y la utilización de la IA de uso general y tiene por objeto implantar un marco para la gestión segura de la tecnología. En este contexto, el CESE apoya la aplicación por parte de la Comisión del Pacto sobre la IA y destaca que las lecciones que se extraigan de ello, por ejemplo por usuarios pioneros, podrían ser aprovechadas por microempresas y pymes, por lo que deberían presentarse en un formato que facilite su acceso por este tipo de empresas.

 

 2.5. El CESE lamenta que el Reglamento de IA no aborde el riesgo que supone no desarrollar y utilizar la IA de uso general, el cual radica sobre todo en una disminución de la competitividad entre las empresas europeas y, posiblemente, en una caída de las ventas, pérdida de empleos, estancamiento económico y pobreza. Aunque el CESE está de acuerdo con la necesidad de regular la IA y los riesgos que plantea su desarrollo y uso, también pide que se supervisen estrechamente los efectos del Reglamento de IA y que se tengan en cuenta los ajustes en caso de que el Reglamento tenga un efecto negativo en la capacidad de innovación de las empresas europeas centradas en la IA. En concreto, esto puede ocurrir si las empresas tienen dudas sobre el modo en que se les aplica el Reglamento, lo aplican de manera equivocada o, en general, deciden que el Reglamento es demasiado complejo para que les compense invertir e innovar en el mercado europeo.

 

 2.6. El CESE es consciente de que son agentes al margen de la jurisdicción de la UE los que están llevando a cabo los principales avances en materia de AI de uso general. Sin embargo, los valores europeos —en particular la sostenibilidad, los derechos sociales y el respeto de los derechos humanos y el medio ambiente—, la protección de datos y la transparencia deben ser criterios clave para todos los desarrolladores y proveedores, así como para los usuarios de la IA, especialmente en lo que respecta a las aplicaciones de alto riesgo. En otros casos de uso de la IA, debe informarse a los usuarios y los consumidores acerca de la tecnología. Además, los agentes no europeos que operen en el mercado europeo o que utilicen datos europeos deben cumplir estos requisitos.

3. Observaciones específicas

3.1. Gobernanza

 3.1.1. Los códigos de prácticas previstos con respecto a la IA de uso general facilitarán a las empresas el cumplimiento de la normativa. El CESE espera que proporcionen a los usuarios, los desarrolladores y otras partes interesadas en la IA directrices, buenas prácticas para la aplicación del Reglamento, plantillas, información sobre umbrales y normas y listas de verificación fáciles de utilizar. La calidad de las plantillas que proporcione la Oficina de IA determinará la calidad de la información que los proveedores de IA de uso general tendrán que facilitar.

 

 3.1.2. El CESE recomienda encarecidamente organizar diálogos con las partes interesadas, incluidos los interlocutores sociales, sobre los códigos de buenas prácticas en los lugares de trabajo, ya que estos facilitarán a los proveedores y usuarios el cumplimiento de la normativa y contribuirán a generar confianza en la IA, incluida la IA de uso general. El CESE subraya que siempre deben garantizarse el respeto de los derechos laborales y el cumplimiento de los requisitos de seguridad en el lugar de trabajo, en particular velando por que los trabajadores comprendan la IA y la utilicen de manera responsable. En este contexto, el CESE aboga por ofrecer una formación adecuada, mejorar la alfabetización digital general y sensibilizar a la ciudadanía (2).

 

 3.1.3. La Oficina de IA desempeñará un papel vital en la aplicación y el cumplimiento de las disposiciones del Reglamento de IA, en particular proporcionando orientaciones, estableciendo códigos de conducta, fomentando la cooperación internacional en materia de IA, promoviendo normas a escala europea y haciendo que las empresas europeas y no europeas activas en la UE cumplan la normativa de la Unión. El CESE subraya que la Oficina Europea de Inteligencia Artificial debe poder evaluar los procedimientos de entrenamiento de los modelos y ofrecer la posibilidad de realizar auditorías independientes. Deben establecer mecanismos de reclamación eficaces para la ciudadanía y los usuarios en relación con la IA de uso general y coordinar las investigaciones transfronterizas.

 

 3.1.4. Para el desarrollo de modelos y casos de uso de IA es crucial contar con normas para los sistemas de IA, que regulen por ejemplo su solidez y fiabilidad en el ámbito médico o en el de la contratación. El CESE considera que el establecimiento y la aplicación rápidos de normas para la evaluación de los sistemas de IA de uso general revisten un interés mundial y que estas normas deberían armonizarse al menos a escala de la UE, pero preferentemente a escala mundial.

 

 3.1.5. Para que el Reglamento de IA logre los efectos previstos a medio plazo, es fundamental evaluar de forma constante dichos efectos en la IA de uso general en la UE. A diferencia de la postura que mantienen los Estados Unidos, la visión de la UE, que el CESE respalda, incluye la prohibición de las formas más invasivas de tecnología y unas normas estrictas que exigen que las empresas de hiperescala sean más transparentes acerca de la forma en que diseñan productos basados en IA.

 

 3.1.6. El CESE es consciente de la preocupación que tienen en la actualidad diversas categorías de creadores de contenidos en relación con el uso de la IA generativa. Es de suma importancia garantizar que la IA se desarrolle respetando las normas en materia de patentes, derechos de autor y propiedad intelectual. Los creadores (por ejemplo, de obras literarias o artísticas) deben conservar la capacidad de conceder o denegar el permiso para el uso de sus obras, incluido el que hagan los modelos de IA de uso general.

 

 3.1.7. El CESE pide a la Oficina de IA que ayude a las partes interesadas a comprender otros marcos internacionales (como el de la OCDE (3)) y normativas en la materia (como la de China o la de Estados Unidos), y a entender cómo se interrelacionan con el Reglamento de IA de la UE, también en asuntos como los modelos «abiertos» frente a los «basados en licencias». La Oficina de IA también debe cooperar con otras autoridades de la UE y de los Estados miembros encargadas del acceso a los datos por parte de las empresas, a fin de que los datos sean más accesibles, en especial para microempresas y pymes. Asimismo, el CESE pide a la Comisión, al Servicio Europeo de Acción Exterior y a los Estados miembros que adopten un «enfoque multilateral» en relación con los esfuerzos para crear un mecanismo de gobernanza mundial de la IA, como el decreto de Estados Unidos sobre la IA (4) y las medidas del Gobierno chino para la gestión de la IA de uso general (5). Este enfoque también podría implicar diálogos políticos internacionales e inclusivos periódicos sobre la gobernanza de la IA para evitar la fragmentación en diferentes regiones.

 

 3.1.8. El CESE pide a la Comisión Europea y a las autoridades nacionales pertinentes que faciliten una financiación suficiente para aplicar eficazmente el Reglamento de IA y que cooperen estrechamente con la Oficina de IA para que pueda alcanzar los objetivos declarados. De lo contrario, esta Oficina no podrá atraer y mantener a las personas con talento y a los expertos en IA necesarios para llevar a cabo las tareas mencionadas.

 

 3.1.9. La UE ha adoptado recientemente el Reglamento de Datos para mejorar el intercambio de datos y el acceso a los mismos. Su estrategia de datos y el Reglamento de Gobernanza de Datos siguen la misma línea. Estos Reglamentos deben ahora aplicarse en la práctica. Su impacto debe ser objeto de un atento seguimiento y evaluación antes de considerar cualquier otro intento normativo de fomentar el acceso a los datos.

 

 3.1.10. Los espacios controlados de pruebas se incluyen en las disposiciones del Reglamento de IA a nivel nacional, brindando un espacio para que los recién llegados experimenten. En opinión del CESE, resulta fundamental racionalizar los esfuerzos y los objetivos de estos espacios controlados de pruebas y que los Estados miembros y los participantes compartan entre sí las lecciones aprendidas.

3.2. Innovación e inversiones

 3.2.1. El Reglamento de IA tiene por objeto fomentar un ecosistema de IA seguro y fiable. Dado que los usuarios y los consumidores pueden beneficiarse de la innovación en materia de IA a través del uso de productos y servicios más avanzados y eficientes en sectores como la salud o la energía sostenible, es importante que la aplicación de dicho Reglamento no obstaculice dicha innovación.

 

 3.2.2. El futuro de la IA de uso general hecha en Europa depende de la capacidad informática, los circuitos integrados, la capacidad en la nube y los datos, todo lo cual requiere una inversión considerable en terrenos, energía y equipos de centros de datos. La inversión, al igual que otros incentivos con el mismo fin, debe centrarse en la conectividad segura y en una infraestructura troncal resiliente, ya que ambos aspectos revisten una importancia fundamental para que Europa alcance la soberanía digital. El CESE señala en particular al IMEC, el principal centro independiente del mundo dedicado a la I+D en nanoelectrónica, situado en Bélgica, como centro de excelencia en Europa y elemento clave de la cadena de valor de la IA, que debe seguir desarrollándose y servir de modelo.

 

 3.2.2.1. Los anfitriones en la nube tienen un poder sin precedentes para supervisar, detectar y reprimir a los competidores. En el contexto actual, los proveedores europeos más pequeños se ven limitados a ajustar los modelos estadounidenses a modelos personalizados o sistemas específicos para cada ámbito que requieren menos capacidad informática, datos y mano de obra. Como consecuencia, los desarrolladores e implementadores en fases posteriores dependen de unos proveedores de modelos en fases anteriores de mayor tamaño. Los proveedores europeos de servicios en nube pueden formar parte de una solución que satisfaga las exigencias de respeto de los valores europeos y las necesidades de seguridad y deben promoverse, por ejemplo, mediante el uso de sus servicios en proyectos de contratación pública de la UE.

 

 3.2.3. El mercado de circuitos integrados de IA que pueden ejecutar modelos durante su fase de entrenamiento y atender las consultas de los usuarios está muy concentrado y dominado por un número muy reducido de empresas, en particulares taiwaneses y estadounidenses. Se estima que se necesitan inversiones por valor de entre 5 y 7 billones USD para crear en la UE una capacidad soberana de fabricación de circuitos integrados de la misma envergadura. La creación de asociaciones estratégicas con varios aliados fiables en este ámbito podría ser una alternativa viable y menos costosa.

 

 3.2.4. La IA generativa afectará a los sectores farmacéutico, manufacturero, mediático, automovilístico, aeroespacial, de la defensa, médico, electrónico y energético y al sector servicios, entre otros, al aumentar los procesos básicos con modelos de IA. Repercutirá en la comercialización, el diseño, las comunicaciones corporativas, la formación y la ingeniería de software, al aumentar los procesos de apoyo llevados a cabo en muchas organizaciones.

3.3. Promoción de casos de uso

 3.3.1. La IA de uso general sustituirá en gran medida el trabajo cognitivo e inteligente por la automatización basada en IA. Las empresas, independientemente de su tamaño, necesitan conocimientos técnicos y apoyo para adaptarse al nuevo entorno de IA, desplegarlo de manera útil y cumplir el marco regulador correspondiente, que posiblemente evolucionará de forma rápida. Del mismo modo, los efectos que esta transición podría tener en el mercado laboral y los trabajadores deben abordarse adaptando los programas educativos y los planes de estudios, el reciclaje profesional y la mejora de las capacidades de los trabajadores y apoyando en esos procesos a los menos capaces de adaptarse a los cambios.

 

 3.3.2. El CESE considera que, en el futuro, se descubrirán sistemáticamente nuevos materiales, medicamentos y servicios utilizando técnicas de IA generativa. La IA generativa puede reducir los costes y el tiempo necesarios para descubrir nuevos tratamientos y crear diseños optimizados para cumplir objetivos y superar limitaciones específicos, acelerando el proceso de diseño. Europa debe situarse a la vanguardia de estos avances para poder beneficiarse de ellos. La UE ya dispone de varios centros de supercomputación. El CESE pide a la Comisión que vele por que las capacidades ofrecidas sean suficientes para permitir el funcionamiento de estos proyectos en Europa, y que sensibilice a las partes interesadas sobre esta oferta y sobre las posibilidades de colaboración entre la universidad y la industria.

 

 3.3.3. Para aumentar el acceso a los sistemas de IA de uso general y su utilización, esos sistemas deben ser explicables. La transparencia podría contribuir, por ejemplo, a reforzar la eficiencia de la automatización, facilitar la toma de decisiones, evitar errores en las tareas repetitivas, detectar errores en los procesos con mayor rapidez y aumentar la productividad. El aumento de la eficiencia tanto energética como de los recursos, a través de mejores procesos y soluciones que permitan ensayos virtuales, gemelos digitales y otras opciones que reduzcan el uso de materiales, debe ponderarse con el impacto de los sistemas de IA de uso general en el medio ambiente y el uso de la energía.

 

 3.3.4. El CESE es consciente de la preocupación que tienen en la actualidad diversas categorías de creadores de contenidos en relación con el uso de la IA generativa. El marco de derechos de autor de la UE establece normas clave para proteger a los creadores de contenidos cuando los desarrolladores de IA utilizan su trabajo. Las excepciones a la minería de textos y datos introducidas por la Directiva (UE) 2019/790 (6) proporcionan un marco pertinente en relación con el uso de contenidos protegidos para entrenar a la IA. En particular, la excepción a la minería de textos y datos del artículo 4 se aplica a condición de que los derechos sobre los contenidos utilizados para dicha minería no hayan sido expresamente reservados por sus titulares. Los titulares de derechos pueden aprovechar este mecanismo de exclusión voluntaria para negociar licencias comerciales con desarrolladores de IA para el uso de sus contenidos. El CESE pide a la Comisión y a la futura Oficina de IA que velen por que todos los desarrolladores y usuarios de aplicaciones basadas en IA de uso general cumplan las normas.

3.4. Competitividad de la IA en la UE

 3.4.1. El CESE pide a la Comisión que promueva la competencia en el ámbito de la IA asegurando la coherencia con el Reglamento de Mercados Digitales de la UE para adaptarlo a la estructura de la cadena de valor de la IA y proporcionando un marco favorable para la investigación, el desarrollo y la expansión de los modelos europeos de IA, con los valores europeos como principios rectores.

 

 3.4.2. Para luchar contra una concentración del mercado dominado por grandes empresas digitales, a menudo no europeas, el CESE considera esencial movilizar los instrumentos de la política de competencia, como la evaluación del posible abuso de posición dominante de una empresa o el control de las concentraciones, a fin de prevenir, detectar y abordar comportamientos y situaciones críticos. Es necesaria una inversión europea y nacional en innovación coordinada para ayudar a desarrollar las cadenas de valor de la UE y la creación de valor en la IA.

 

 3.4.3. Las autoridades de competencia de la UE deben aprovechar sus capacidades y garantizar que los denominados hiperescaladores no abusen de su posición en el mercado B2B o B2G. Dichas autoridades necesitan con carácter urgente personal cualificado para hacer un seguimiento de la aplicación de las políticas de la UE, como el Reglamento de Mercados Digitales. Deben aplicarse y ampliarse a otras partes interesadas acuerdos como los celebrados entre la UE y Estados Unidos sobre la colaboración en materia de semiconductores con vistas a garantizar la transparencia en materia de subvenciones y proporcionar un sistema de alerta temprana en caso de perturbación.

 

 3.4.4. Es importante ayudar a las empresas y a las microempresas y pymes europeas a acceder a los recursos necesarios para desarrollar modelos de IA, como instalaciones de investigación, capacidad informática, datos y trabajadores cualificados, de modo que no solo puedan ser usuarios de soluciones de IA, sino también desarrolladores y que puedan desarrollar modelos de IA de uso general basados en sus propias necesidades y productos. El acceso a la capacidad de supercomputación debe ser completo, ya que es necesaria una disponibilidad a largo plazo de capacidad informática para entrenar modelos.

 

 3.4.5. Una vez desarrolladas soluciones europeas, la UE debe aspirar a promoverlas y difundirlas a través de organismos como el G7, el G20 y otros foros internacionales y organizaciones normativas.

 

 3.4.6. Aunque el Reglamento de IA es detallado en lo que respecta a la regulación de la IA de uso general, los datos estadísticos sobre la situación de estos modelos en Europa, su desarrollo y su impacto son escasos. Para mejorar este aspecto, este tema debería abordarse en la encuesta de Eurostat sobre las TIC. Los datos recogidos bien podrían utilizarse para la mencionada evaluación constante del Reglamento de IA.

Bruselas, 23 de octubre de 2024.

El Presidente

del Comité Económico y Social Europeo

Oliver RÖPKE


(1)  Artículo 3, punto 63.

(2)  Véanse también los dictámenes actuales y próximos del CESE centrados específicamente en el uso de la IA en el lugar de trabajo y el uso de la IA para lograr sociedades más igualitarias e inclusivas.

(3)   https://legalinstruments.oecd.org/en/instruments/OECD-LEGAL-0449.

(4)   www.whitehouse.gov/briefing-room/presidential-actions/2023/10/30/executive-order-on-the-safe-secure-and-trustworthy-development-and-use-of-artificial-intelligence/

(5)  Medidas provisionales para la gestión de los servicios de inteligencia artificial generativa.

(6)  Directiva (UE) 2019/790 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital y por la que se modifican las Directivas 96/9/CE y 2001/29/CE (Texto pertinente a efectos del EEE.) ( DO L 130 de 17.5.2019, p. 92).


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/113/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)

miércoles, 15 de enero de 2025

INDUSTRIA 5.0: CÓMO HACERLA REALIDAD - DICTAMEN DEL COMITE ECONOMICO Y SOCIAL EUROPEO.

 Por: Carlos A. Ferreyros Soto

 Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

cferreyros@hotmail.com

RESUMEN

El Comité Económico y Social Europeo (CESE) ha emitido un Dictamen sobre la Industria 5.0, cuyo objetivo supone un nuevo nivel en el avance hacia un impacto más profundo de las tecnologías digitales en la producción, el rol central del ser humano, la resiliencia económica y la sostenibilidad debido a la necesidad de una recuperación económica de la pospandemia, acelerar la convergencia y transacciones verdes y digitales y el imperativo de mantener la competitividad industrial europea.

Las principales Conclusiones de la industria 5.0 se relacionan con su Rol transformador (La industria debe convertirse en un catalizador de cambio e innovación, no sólo en términos económicos sino también sociales, medioambientales); el Uso de las Tecnologías digitales (optimizar la interacción hombre-máquina y fomentar la innovación radical en el centro de trabajo); Sostenibilidad (la industria europea debe liderar la implementación del Pacto Verde en Europa) y su Impacto social de transformación de la sociedad).

Entre las Recomendaciones, el CESE propone implementar eficazmente la Industria 5.0, vía un nuevo Pacto Industrial  basado en los logros del modelo social europeo, basado en:

  • Condiciones de inversión estables
  • Sociedad inclusiva
  • Mano de obra comprometida y bien formada.
  • Servicios públicos idóneos
  • Negociación colectiva y diálogo social.

Finalmente, el Dictamen del CESE para la Industria 5.0 propone un enfoque integral de equilibrio, entre el progreso tecnológico con las necesidades humanas y ambientales, apuntando a las bases para una industria europea más competitiva, sostenible y socialmente responsable.

A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico: cferreyros@hotmail.com

________________________________________________________ 

European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2025/108

10.1.2025

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo

Industria 5.0: cómo hacerla realidad

(Dictamen de iniciativa)

(C/2025/108)

Ponente:

Giuseppe GUERINI

Coponente:

Guido NELISSEN

Asesor

Paolo MANFREDI (por el ponente – Grupo III)

Decisión de la Asamblea

18.1.2024

Base jurídica

Artículo 52, apartado 2, del Reglamento interno

Órgano competente

Comisión Consultiva de las Transformaciones Industriales (CCMI)

Aprobado en sección

24.9.2024

Aprobado en el pleno

23.10.2024

Pleno n.o

591

Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones)

248/1/4

1. Conclusiones y recomendaciones

 1.1. La industria 5.0 supone un nuevo nivel en el avance hacia un impacto más profundo de las tecnologías digitales en la fabricación, ya que también incluye la posición central del ser humano, la resiliencia económica y la sostenibilidad. Debe considerarse una continuación de la actual revolución industrial digital, pero abordando las deficiencias de la industria 4.0 al potenciar valores sociales y ecológicos que actualmente son prioritarios. La industria 5.0 permite a las empresas y a la industria adoptar una perspectiva más amplia y aportar soluciones a los retos sociales emergentes.

 

 1.2. Las instituciones de la UE deben fomentar la creación de un ecosistema industrial europeo propicio, que tiene que estar preparado para el futuro y mejorar su competitividad como primera economía del mundo centrada en el ser humano.

 

 1.3. El CESE opina que se debe seguir profundizando en el concepto de industria 5.0 con el fin de definir mejor sus consecuencias económicas, sociales, políticas, jurídicas y tecnológicas, disociando al mismo tiempo los hechos de las propuestas de venta. Ante todo y sobre todo, es importante evaluar los resultados de la industria 4.0, que aún se encuentra en proceso de despliegue y dista mucho de haberse implantado a gran escala.

 

 1.4. El CESE apoya a las autoridades y a los interlocutores sociales en el desarrollo de un marco conceptual, económico y reglamentario más claro y de planes de acción para la adopción generalizada de los principios de la industria 5.0, teniendo en cuenta al hacerlo los posibles costes sociales. Esto significa invertir en innovación en el lugar de trabajo para fomentar la competitividad de las empresas europeas, procurando mantener niveles de empleo elevados y mejorar la calidad de los puestos de trabajo. Para garantizar una transición tecnológica ordenada, se requiere una mayor participación de los trabajadores y un diálogo social consolidado que implique a todas las partes interesadas pertinentes y a la sociedad civil organizada.

 

 1.5. El despliegue de la industria 5.0 también debe contar con el apoyo de plataformas descentralizadas de partes interesadas y asociaciones público-privadas, que tendrán que desarrollar herramientas de aprendizaje, establecer programas o actividades empresariales, promover la asimilación e intercambiar o difundir buenas prácticas. Debe garantizarse y respaldarse un amplio acceso a estos programas (entre otros, para las pymes, los empresarios y los empleados de todos los niveles, así como para las regiones remotas) como políticas esenciales para la innovación y el desarrollo.

 

 1.6. Asimismo, la industria 5.0 debe convertirse en una herramienta con la que aumentar el atractivo del sector manufacturero para la juventud, con el fin de abordar el creciente problema de la falta de capital humano cualificado, conservando los conocimientos especializados, manteniendo a los trabajadores comprometidos ante los retos y aprovechando el potencial de innovación de las generaciones jóvenes.

 

 1.7. Desde el punto de vista de la política industrial, el CESE considera importante:

— fundamentar la visión de la industria 5.0 en las políticas europeas existentes, como el Pacto Verde, la Estrategia Industrial de la UE, la Ley de Inteligencia Artificial, la Década Digital, el pilar europeo de derechos sociales y la Agenda de Capacidades. Al mismo tiempo, estas políticas deben actualizarse con el fin de integrar también los principios de la industria 5.0;

 

— integrar los principios de la industria 5.0 en el diseño de las vías de transformación para los ecosistemas industriales y los programas existentes, como la asociación «Made in Europe»;

 

— expandir el conocimiento del potencial de las tecnologías digitales entre las empresas manufactureras, en especial las pymes. Esto requiere un apoyo adecuado para que las empresas comprendan el potencial de la innovación en su negocio, definan sus objetivos digitales, ecológicos y de resiliencia y elaboren y apliquen planes estratégicos transformadores;

 

— prestar apoyo continuo y suficiente a las costosas inversiones de 360° necesarias para actualizar las empresas a fin de adecuarlas a la industria 5.0;

 

— centrarse en cadenas de valor y ecosistemas completos y en procesos de producción circulares para lograr la integración de los objetivos sociales en el desarrollo económico;

 

— invertir en programas de I+D e innovación, tanto públicos como privados, para desarrollar nuevos modelos económicos, sistemas de producción y mercados sostenibles, resilientes y centrados en el ser humano;

 

— emplear la industria 5.0 como palanca para respaldar las estrategias de transformación regional, combinando la reconversión económica con políticas de transición justa y cadenas de valor circulares, resilientes y sostenibles.

 

 

 1.8. El CESE desea llamar la atención de los responsables de la toma de decisiones sobre la necesidad de desarrollar un enfoque exhaustivo de la innovación digital de nuestros sistemas y sociedades productivos, en una época de cambios bruscos, con el fin de mejorar los perfiles normativos orientados desde el punto de vista ético por los valores democráticos, la equidad social, la competencia leal y la competitividad inclusiva.

 

 1.9. El CESE considera que integrar las tecnologías digitales de forma centrada en el ser humano y convertir las empresas en «organizaciones de aprendizaje permanente» mejorará la competitividad de la UE.

2. Contexto de la propuesta

 2.1. El presente Dictamen aborda el concepto emergente de «industria 5.0», que tiene por objeto hacer frente a las preocupaciones sociales asociadas a la transformación digital en curso de la industria, considerando tanto el sector manufacturero como el de los servicios y velando, al mismo tiempo, por mantener la productividad y la competitividad de la industria de la UE.

 

 2.2. La ambición de la industria 5.0 es integrar las cuestiones sociales y medioambientales en los procesos empresariales, ya que la industria 4.0 no las aborda de manera adecuada por estar orientada principalmente a la digitalización y la automatización. La súbita aparición en los últimos años de nuevos escollos y preocupaciones también está teniendo un profundo impacto en las estrategias empresariales y suscitando cada vez más inquietud en torno a la amplitud del concepto de las responsabilidades sociales y medioambientales de las empresas.

 

 2.3. La industria 5.0 actualiza y amplía los conceptos de la industria 4.0, centrándose en lo que se ha dado en llamar las «tres P»: las personas, el planeta y la prosperidad. Esta actualización se debe a tres factores principales: los cambios tecnológicos que han acaecido; las crecientes cuestiones sociales y políticas que han surgido desde el desarrollo de la idea; y el cambiante paradigma geopolítico, que está afectando en profundidad al modo en que se organiza espacialmente la fabricación.

 

 2.4. Al integrar tecnologías destinadas a afrontar mejor los nuevos retos mundiales, como el cambio climático, la escasez de recursos, la eficiencia energética, la nueva y compleja geoeconomía así como la necesidad de un desarrollo más justo desde el punto de vista social, la industria 5.0 brinda la oportunidad de desarrollar un paradigma industrial que vaya más allá de un enfoque centrado meramente en la tecnología y orientado al crecimiento.

3. De la industria 4.0 a la industria 5.0: ¿revolución o evolución?

 3.1. La industria 4.0 se desarrolló inicialmente como estrategia nacional para introducir a la industria manufacturera alemana en la era digital y se convirtió en un nuevo paradigma para la innovación digital en la industria. Se caracterizó por la adopción generalizada de múltiples tecnologías de automatización, como la computación en la nube, los macrodatos, el aprendizaje automático, las tecnologías de automatización, los robots y la internet de las cosas (en lo sucesivo, IdC), que permitía la comunicación entre dispositivos no supervisada por humanos. Gracias a una potencia computacional cada vez mayor y a redes más rápidas, los sistemas de fabricación pueden gestionarse en tiempo real y prepararse para tomar decisiones basadas en datos, lo cual aumenta de forma drástica la flexibilidad y la eficiencia y permite un alto grado de personalización, incluso en la producción en serie. Las «fábricas inteligentes» resultantes harán que la industria esté «preparada para el futuro», vinculando máquinas, productos, sistemas y personas, y fusionando los mundos físico y virtual por medio de sistemas ciberfísicos.

 

 3.2. La industria 4.0 se ha implantado en distintos contextos productivos, incluidas las pymes. Su desarrollo, en una época geopolítica y económica turbulenta, ha suscitado no obstante algunas inquietudes en cuanto a las repercusiones sociales (seguridad laboral, obsolescencia de las capacidades) de una automatización tan masiva de los procesos productivos, al tiempo que nuevos retos se colaban entre las prioridades de las agendas de los dirigentes mundiales. El objetivo de la industria 4.0 era digitalizar la fabricación partiendo de su situación en 2011, organizada como estaba en cadenas de valor mundiales en apariencia sin fisuras y con una preocupación mucho menor por sus consecuencias medioambientales y sociales.

 

 3.3. Después de años de desarrollo y experimentación en todo el mundo, ha quedado patente que el énfasis de la industria 4.0 en la automatización ha relegado a un segundo plano sus consecuencias sobre el capital humano, desde la falta de las capacidades necesarias para hacer frente a la creciente complejidad de las tecnologías digitales hasta el riesgo de intensificación del trabajo, pasando por el problema cada vez mayor de la integración de los trabajadores de edad avanzada en un entorno en constante cambio.

 

 3.4. Además, debe prestarse más atención a la «datificación», es decir, la tendencia hacia una dependencia total de los datos y el control algorítmico de los procesos de producción, lo cual tiene la virtud de lograr unos procesos de producción cada vez más precisos, pero también puede menoscabar la creatividad que aportan las competencias humanas.

 

 3.5. La industria 4.0 ha subestimado el factor humano como principal contribuyente al éxito del proceso de producción, en especial en las sociedades abiertas y democráticas. También ha prestado menos atención a algunas dimensiones clave de la producción industrial que van más allá de la productividad y que desde entonces se han convertido en prioridades políticas de primer orden, como la necesidad de garantizar que la industria tenga una huella mucho menor en el medio ambiente mediante la reducción de los residuos, el fomento de la circularidad y la resiliencia económica, así como el consumo de menos energía y más ecológica.

 

 3.6. De todo lo anterior se desprende la necesidad de replantear en profundidad la visión y los objetivos de la industria 4.0, lo que se ha dado en llamar «industria 5.0». A este respecto, el CESE apoya la visión de la DG Investigación e Innovación (1), cuyo objetivo es dotar de una nueva dimensión a la profundización de las tecnologías digitales en la industria integrando las facetas de la sostenibilidad, la posición central del ser humano y la resiliencia. La industria 5.0 no puede considerarse una nueva revolución industrial sino más bien una continuación de la actual transición industrial digital, que potencia también los valores sociales y ecológicos. Además, su implantación a gran escala aún no ha comenzado.

 

 3.7. La industria 5.0 encuentra su inspiración en la «sociedad 5.0», un concepto desarrollado en Japón en 2017 con vistas a transformar digitalmente la sociedad y que, por tanto, va mucho más allá de la fabricación. El origen japonés de la industria 5.0 no es casual, puesto que Japón ha sido el primer país desarrollado en experimentar los problemas sociales y de productividad que han obligado a adoptar un enfoque más prospectivo y global de la tecnología, no como una herramienta para quienes ya se encuentran en posición de ventaja, sino como un medio necesario para superar retos crecientes, como el envejecimiento de la sociedad y una economía menos productiva y competitiva. Aplicado a la industria, significa combinar la innovación tecnológica de la industria 4.0 con la preocupación por el bienestar general de la sociedad y del medioambiente, integrando tres nuevas facetas: la posición central del ser humano, la sostenibilidad y la resiliencia.

La posición central del ser humano y el capital humano

 3.8. La visión de la industria 5.0 invita a las empresas a adoptar una perspectiva más amplia basada en valores y a tomar en consideración el impacto de la producción en general, así como a elaborar una definición mucho más general de la creación de valor. Las empresas deben asignar nuevas prioridades a los objetivos sociales que vayan más allá del crecimiento para convertirse en proveedores de prosperidad resilientes. Fruto de este compromiso, deben implantar modelos de producción e innovación responsables, respetar y empoderar a su capital humano, reconsiderar sus objetivos medioambientales y sociales e ir más allá de un enfoque orientado a los beneficios a corto plazo, al tiempo que persiguen activamente la doble transición.

 

 3.9. La industria 5.0 vuelve a situar al ser humano en el centro de la producción, considerando que su experiencia, sus conocimientos y sus capacidades son recursos fundamentales para obtener ventajas competitivas duraderas. Equilibra las ventajas de la automatización en términos de productividad con la creatividad y la artesanía, que se consideran únicamente humanas, incluyendo también los casos en los que la participación de los trabajadores es intrínseca a la propia naturaleza de la empresa, como es el caso de las cooperativas.

 

 3.10. Al centrarse en el fomento de la fabricación digital como objetivo principal en sí mismo, la industria 4.0 ignoró en cierto modo el impacto que supone la automatización repentina y generalizada para el capital humano y las sociedades, tanto por la amenaza que supone para las tasas de empleo como por la infravaloración de la contribución única que los seres humanos pueden aportar a la producción de calidad. Mientras que las máquinas solo pueden hacer aquello para lo que han sido programadas, las personas aportan innovación y creatividad al proceso de producción. Por tanto, es importante tender puentes entre las personas y las máquinas en todas las actividades de la fábrica de que se trate, con máquinas inteligentes que apoyen y potencien el trabajo humano (por ejemplo, «cobots» que automaticen las partes repetitivas, extenuantes y peligrosas de la producción), permitiendo a los trabajadores centrarse en el diseño de procesos y productos, la resolución de problemas, la organización, la planificación y los servicios al cliente. Por último, la posición central del ser humano también significa prestar más atención a la salud y la seguridad de los trabajadores en general, incluso con una preocupación mucho mayor para los trabajadores que, independientemente de las precauciones que se tomen, se están viendo o se verán desplazados por la automatización.

Sostenibilidad

 3.11. La industria 5.0 pretende contribuir a alcanzar los objetivos climáticos de Europa. Aspira a romper el modelo económico lineal de «extraer-fabricar-desechar» sustituyéndolo por una economía circular y regenerativa basada en la reutilización, la refabricación, un enfoque circular desde el diseño y procesos de producción que eviten la generación de residuos. La industria 5.0 tiene como prioridad fundamental aprovechar las tecnologías digitales para controlar el consumo de energía, optimizar la eficiencia de los recursos, desarrollar procesos circulares o reducir los flujos de residuos mediante el seguimiento digital (una economía circular digitalizada).

Resiliencia

 3.12. Las crecientes tensiones geoeconómicas han provocado un necesario aumento de la atención dedicada a la gestión de riesgos, dado que las incertidumbres de todo tipo han pasado a ser un elemento constante de la actividad empresarial. La industria 5.0 pretende desarrollar estrategias de resiliencia basadas en la diversificación de las cadenas de suministro, una capacidad de producción más adaptable o modular y descentralizada y sistemas de producción flexibles con el fin de superar toda una serie de amenazas a la producción, desde tensiones geopolíticas hasta crisis energéticas y de materias primas, pasando por catástrofes relacionadas con el clima o pandemias. La resiliencia también implica una mayor atención a la ciberseguridad, ya que los sistemas de automatización a gran escala podrían colapsar por completo a causa de ciberataques. A este respecto, la industria 5.0 puede contribuir no solo a apoyar la competitividad de las empresas europeas, sino también a consolidar la autonomía estratégica de la UE.

4. Habilitadores clave para la transición a la industria 5.0

 4.1. Los componentes principales de la industria 5.0 son los procesos de fabricación basados en la IdC industrial, la comunicación inalámbrica de alta velocidad, la robótica avanzada, el análisis de macrodatos, la inteligencia artificial y la computación en la nube. La esencia de estas tecnologías ya estaba presente en la industria 4.0, mientras que en los años posteriores a 2011 se ha producido una considerable expansión de sus ámbitos de aplicación, además de abaratarse y volverse más accesibles. En concreto, algunas tecnologías, como la IA generativa, han adquirido cada vez más relevancia desde entonces.

 

 4.2. De acuerdo con los objetivos mencionados, la industria 5.0 está redirigiendo la atención hacia tecnologías destinadas a fomentar la colaboración entre humanos y software o máquinas, como los «cobots» (robots colaborativos), que interactúan con los humanos y mejoran la gestión de la energía y el ciclo de vida de los productos. Esta visión de ecosistema industrial hiperconectado está encaminada a desarrollar productos inteligentes, destinados a clientes y consumidores inteligentes y a través de cadenas de suministro inteligentes, cerrando al mismo tiempo el ciclo ecológico mediante la gestión del ciclo de vida de los productos.

 

 4.3. La participación de los trabajadores y el diálogo social resultan esenciales para aprovechar las oportunidades que brinda la introducción de la industria 5.0, ya que ello requiere el compromiso de todos los empleados a todos los niveles. Por consiguiente, la información y la consulta deben tener lugar en una fase temprana con vistas a: i) garantizar que las soluciones digitales apoyen y empoderen al capital humano, en lugar de sustituirlo; ii) mitigar los posibles costes sociales y establecer redes de seguridad para los trabajadores que pasan de un empleo a otro, con soluciones a medida previstas para los trabajadores que no puedan reciclarse; iii) garantizar una redistribución equitativa de los beneficios subyacentes; y iv) entablar en diferentes niveles y sectores un diálogo social que suponga una mayor implicación de la sociedad civil organizada.

5. Organización del trabajo

 5.1. Al centrarse en reafirmar el papel del capital humano en entornos productivos altamente automatizados, la industria 5.0 concibe un entorno laboral más gratificante y atractivo, basado en una interacción sólida, creativa y significativa entre humanos y máquinas, Esto debe ser posible entendiendo que la tecnología complementa al ser humano y que la colaboración entre humanos y máquinas debe plantearse desde una perspectiva de aprendizaje. Mediante el uso de la tecnología, el ser humano debería aprender a mejorarla.

 

 5.2. La innovación tecnológica está reescribiendo en profundidad el panorama laboral actual, al tiempo que requiere nuevos conjuntos de capacidades. Esta situación dará pie a la necesidad de redefinir los puestos de trabajo y de adaptar en consecuencia los programas de formación, al tiempo que suscitará la preocupación de que los trabajadores resulten más vulnerables a la obsolescencia de sus capacidades y a ser sustituidos mediante la automatización de sus tareas. A fin de liberar el pleno potencial de la industria 5.0, se requiere una amplia gama de conjuntos de capacidades nuevos o actualizados. Además de las capacidades digitales y técnicas relacionadas con los procesos, también serán muy necesarias las aptitudes interpersonales. Esta mejora de las capacidades y este reciclaje profesional a gran escala revestirán la máxima importancia, no solo en el presente, sino aún más para el futuro.

 

 5.3. A medida que la industria 5.0 propicia una planificación de la producción más precisa y unos flujos de trabajo más eficientes, también podría reducir la autonomía de los trabajadores, ya que su papel puede verse reconfigurado y disminuido, por ejemplo obligándoles a seguir instrucciones de sistemas digitalizados, como ya ocurre en la logística altamente automatizada, o limitando sus tareas a supervisar los resultados de tecnologías que se están perfeccionando, como ocurre con los textos y traducciones generados por IA.

 

 5.4. Una organización del trabajo más eficiente y digitalizada también podría conllevar un aumento de la intensidad del trabajo —al ser las tecnologías las que marquen el ritmo que los seres humanos tratarán de seguir—, así como un agravamiento de las desigualdades. En un extremo se situarían los trabajadores altamente cualificados, extremadamente demandados y bien remunerados que diseñan, implementan y mantienen las tecnologías digitales; en el otro, trabajadores poco cualificados que realizan tareas monótonas cuya sustitución tecnológica sería demasiado costosa o que se limitan a supervisar máquinas que hacen el trabajo, o falsos autónomos de la economía por encargo en plataformas digitales. Este ámbito también es susceptible de seguir ampliándose a los empleos de carácter intelectual, anteriormente considerados parte de una élite e inmunes a la sustitución tecnológica, cuyas tareas están llamadas a ser sustituidas, o marginadas, por tecnologías como la IA.

6. Capacidades

 6.1. Las capacidades digitales están cobrando cada vez más importancia, por lo que debe garantizarse el acceso a la educación y la formación digitales a todos los niveles, y abordarse la exclusión digital (acceso a equipos informáticos, a una conectividad rápida a internet y a capacidades digitales básicas para todas las personas). En el marco del paradigma «industria 5.0», las capacidades digitales también deben ir acompañadas de competencias ecológicas generalizadas y conectadas, ya que ámbitos como la reducción de residuos, la gestión de residuos y de energía, la recuperación y el reciclado de materiales secundarios y la consecución de ciclos de vida más eficientes exigen cada vez más aptitudes.

 

 6.2. La digitalización de la educación y la formación ha de promoverse. El recurso generalizado a las tecnologías digitales en el ámbito de la enseñanza y la formación ampliará el acceso a oportunidades de aprendizaje que sitúan al ser humano en primera línea de la toma de decisiones.

 

 6.3. En todas las empresas deben establecerse itinerarios de formación para todos los trabajadores, incluidos los más mayores y los menos formados. En especial en las pymes, estos itinerarios deben incluir también a los empresarios, ya que son ellos quienes lideran las decisiones de inversión, y se les debe concienciar sobre la necesidad de perseguir la doble transición digital y ecológica.

 

 6.4. Dado que es importante aprovechar al máximo la experiencia de los trabajadores, las empresas deben desarrollar una base de conocimiento colectivo que permita a los empleados intercambiar experiencias, trabajar mejor juntos, resolver problemas con mayor eficacia e impulsar una toma de decisiones responsable y resiliente.

 

 6.5. Las empresas de la economía social, y en particular las cooperativas, han demostrado, incluso en los sectores industriales, que saben cómo combinar eficazmente la democracia en el lugar de trabajo, la participación de los trabajadores y la implicación de las comunidades locales, creando ecosistemas de proximidad económica capaces de promover el desarrollo sostenible. Por esta razón es importante incluir la capacidad de cooperación entre las competencias interpersonales necesarias para la industria del futuro.

 

 6.6. Para poder integrar las tecnologías digitales de forma centrada en el ser humano, las empresas deben convertirse en «organizaciones de aprendizaje», creando una cultura del aprendizaje que aproveche al máximo las capacidades de los trabajadores en cuanto al uso de la tecnología.

 

 6.7. A fin de reducir la brecha digital por motivos de género y de edad y la polarización de los mercados laborales, y de garantizar la calidad de los puestos de trabajo existentes, resulta esencial organizar procesos continuos de mejora de las capacidades y reciclaje profesional para los trabajadores.

 

 6.8. Debe prestarse atención a la prevención de los nuevos riesgos laborales, que conciernan ya sea la seguridad y la ergonomía derivadas de la interacción entre las personas y los robots o a la falta de privacidad y autodeterminación del trabajo como consecuencia de las prácticas de vigilancia y control digitalizados.

Bruselas, 23 de octubre de 2024.

El Presidente

del Comité Económico y Social Europeo

Oliver RÖPKE

(1)  Comisión Europea, DG Investigación e Innovación, Breque M., De Nul L., Petridis A: Industry 5.0 - Towards a sustainable, human-centric and resilient European industry https://op.europa.eu/es/publication-detail/-/publication/468a892a-5097-11eb-b59f-01aa75ed71a1.


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2025/108/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)