miércoles, 30 de noviembre de 2022

APLICACIONES MOVILES: PLAN DE ACCION DE LA CNIL PARA PROTEGER LA PRIVACIDAD.

 Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho
Universidad de Montpellier I Francia.

cferreyros@hotmail.com   

Resumen  

La Comisión Nacional de Informática y Libertades, CNIL, en su Lettre d'information N°11 - del 24 de Noviembre de 2022, publicó el presente artículo .La nota fue publicada en francés y ha sido traducida al castellano por el suscrito con el auxilio de Google Traduction. Contiene el enlace al artículo original https://www.cnil.fr/fr/applications-mobiles-la-cnil-presente-son-plan-daction-pour-proteger-votre-vie-privee además de enlaces a otros recursos, incluyendo algunos textos para profundizar el tema y algunas palabras claves.

El Pan de Acción se articula en tres Etapas:  Etapa 1: Vigilia y diálogo para entender mejor el sector; Etapa 2: Acompañamiento y comunicación dedicados y Etapa 3: Controles y sanciones acordes con los desafíos 

La Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales de Perú, entidad que debe cumplir y hacer cumplir la normatividad vigente en materia de protección de datos personales en el Perú, debiera interesarse y reflexionar sobre la validez de este Plan de Acción, así como, eventualmente, al establecimiento de cooperación que permita el acceso a los trabajos e investigaciones desarrolladas por la CNIL, tanto como sus homólogos en América Latina. 

A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados ayudados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico  : cferreyros@hotmail.com 

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Aplicaciones móviles: la CNIL presenta su plan de acción para proteger su privacidad

24 de noviembre de 2022


Las aplicaciones móviles son uno de los principales medios de acceso a los contenidos y servicios digitales. La CNIL ha establecido un plan de acción para los próximos años con el fin de acompañar su cumplimiento y de proteger la privacidad de los usuarios.

El contexto

En el cuarto trimestre de 2021, los franceses utilizaron aplicaciones móviles durante 170 millones de horas, casi el doble del tiempo empleado en el primer trimestre de 2018 (fuente: "State of Mobile 2022", App Annie). Este fuerte aumento revela una rápida evolución de los usos, el smartphone se convierte cada día un poco más en el primer vector de acceso a lo digital.

La oferta de aplicaciones móviles también está creciendo e involucra a muchos actores: desarrolladores de aplicaciones, proveedores de sistemas operativos, administradores de tiendas de aplicaciones, editores de kits de desarrollo de software ( software development kits o SDK) relacionados con redes sociales o de funcionalidades técnicas, etc. En la práctica, las transferencias de datos a menudo tienen lugar entre estos diferentes actores, a veces con responsabilidades compartidas mal definidas. Si los principios y obligaciones en materia de protección de datos son bien conocidos de los operadores de sitios web y son objeto de recomendaciones de la CNIL, su implementación en el contexto de las aplicaciones móviles puede aún ser aclarada.

Por el lado del usuario, el smartphone, terminal personal por definición, se inscribe en el ámbito privado e íntimo. Es esencial para cada cual de poder controlar los datos a los que tienen acceso las aplicaciones móviles. Sin embargo, en la actualidad, los tratamientos de datos pueden resultar opacos. En particular, las informaciones sobre la existencia de colecta de datos y las razones por las cuales estos son colectados suele ser poco claras. Asimismo, el usuario puede tener dificultades para comprender la naturaleza de las autorizaciones que se le solicitan, lo que complica la expresión de sus elecciones. Finalmente, los teléfonos inteligentes incorporan muchos sensores más o menos conocidos por los usuarios (cámara, GPS, base de datos de contactos, acelerómetro, etc.) y que pueden permitir que las aplicaciones accedan a datos cuya recopilación puede ser muy intrusiva.

Dadas las importantes cuestiones de protección de la privacidad relacionadas con el uso de teléfonos inteligentes, la CNIL ha decidido actuar de manera prioritaria en estos temas.

Áreas de trabajo

La CNIL tiene la intención de seguir un plan de acción de tres etapas. En primer lugar, la CNIL continuará sus trabajos para tener un dominio completo del tema, en particular técnico. Luego, utilizará los conocimientos adquiridos para apoyar a los profesionales e informar a los ciudadanos, por ejemplo, en forma de guías y recomendaciones. Por último, realizará controles selectivos y, en su caso, ejercerá acciones represivas contra las organizaciones que no cumplan con sus obligaciones.

Etapa 1: vigilia y diálogo para entender mejor el sector

Con el fin de identificar las palancas de acción más eficaces para mejorar la protección de la privacidad, la CNIL organizó, durante los meses de septiembre y octubre, una serie de reuniones con varios actores que representan el ecosistema (proveedores de sistemas operativos, desarrolladores de aplicaciones, proveedores de SDK, etc. pero también actores de la sociedad civil y de la investigación que estudian las prácticas del ecosistema móvil).

Este enfoque debería permitir a la CNIL de asegurarse de una buena comprensión del sector. Ella completa así los trabajos ya realizado: por ejemplo, la cuestión de las aplicaciones móviles ha sido abordada durante la Jornada de Investigación sobre la Privacidad que la CNIL organizó el 28 de junio. El  Prix CNIL-Inria atribuido en 2021 también se centró en este tema.

El LINC, el Laboratorio de Innovación Digital de la CNIL, también ha comenzado a trabajar en ciertos datos particularmente "sensibles" (aunque no lo sean necesariamente en el sentido del RGPD ), en particular con un estudio sobre los datos de geolocalización obtenidos a través de aplicaciones móviles , que permiten de tener una mejor comprensión de los riesgos asociados a la colecta de este tipo de datos.

Etapa 2: acompañamiento y comunicación dedicados

Sobre la base en estos trabajos, la CNIL publicará recomendaciones sobre el tema de las aplicaciones móviles para que cada actor tenga una buena comprensión de sus obligaciones y para facilitar su cumplimiento.

Herramientas prácticas (ficha o guía práctica, checklist de autoevaluación, etc.) destinados a los usuarios podrán igualmente ser publicados para sensibilizarlos a los riesgos e impactos reales que representa el tratamiento de sus datos a través de las aplicaciones móviles destinadas a los usuarios para concienciarlos sobre los riesgos e impactos reales que representa el tratamiento de sus datos a través de aplicaciones móviles. En particular, serán objeto de trabajo específico las cuestiones relacionadas con las aplicaciones dirigidas a públicos vulnerables o el tratamiento de datos sensibles (aplicaciones médicas o aplicaciones destinadas a niños, mujeres embarazadas, etc.) o la colecta de datos provenientes de los sensores de los smartphones.

Etapa 3: controles y sanciones acordes con los desafíos

En función de las observaciones de campo realizadas durante el trabajo realizado para aclarar el marco legal, la CNIL puede decidir implementar un plan de control a implementar un plan de control a gran escala, como esto había sido llevado a cabo en el contexto de acciones relacionadas con los cookies y otros rastreadores. En particular, podría concentrarse sobre el tratamiento susceptibles de crear riesgos específicos importantes para las personas, por ejemplo,  porque ellos se dirigen a grupos vulnerables o que ellos colectan datos de una manera particularmente intrusiva.

Estas acciones complementarían los controles ya llevados a cabo regularmente sobre la base de denuncias y destinados a garantizar el cumplimiento de los principios fundamentales del RGPD por parte de los editores de aplicaciones móviles.

Al final de estos controles, dependiendo de la naturaleza y del alcance de las infracciones observadas, la CNIL puede tomar medidas correctivas, en particular sanciones pecuniarias.

La implementación de los diversos pasos antes mencionados permite a la CNIL de proceder a una regulación equilibrada que tome en cuenta las realidades operativas, económicas y técnicas de un sector, al mismo tiempo que garantiza una protección efectiva de los derechos y libertades de los usuarios.

Palabras clave asociadas con este artículo

·         #Aplicaciones

·         #teléfono inteligente

 


lunes, 28 de noviembre de 2022

PROPUESTA DE REGLAMENTO RELATIVO A LA NORMA DE CALIDAD Y SEGURIDAD DE LAS SUSTANCAIAS DE ORIGEN HUMANO DESTINADAS A LA APLICACION HUMANA - RESUMEN DEL SUPERVISOR EUROPEO DE DATOS PERSONALES.

 Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho
Universidad de Montpellier I Francia.

cferreyros@hotmail.com   

Resumen  

La Propuesta de Reglamento tiene como objetivo regular los estándares de calidad y seguridad para las sustancias de origen humano destinadas a la aplicación humana ('SoHO') al garantizar la seguridad y la calidad de los pacientes tratados con terapias de Sustancias de origen Humano y protegerlos completamente de los riesgos evitables relacionados con los SoHO. Garantizar la seguridad y la calidad para los donantes de SoHO y para los niños nacidos de óvulos, esperma o embriones donados, fortalecer y permitir la armonización de las prácticas de supervisión entre los Estados miembros, facilitar el desarrollo de terapias SoHO innovadoras seguras y eficaces y mejorar la resiliencia del sector, mitigar riesgo de escasez.

El SEPD acoge con satisfacción que la Propuesta pretenda tener un impacto positivo en los derechos fundamentales de los ciudadanos, como la protección de la salud, la no discriminación, la privacidad y el consentimiento informado, al tiempo que señala positivamente que los programas que promuevan la donación de SoHO deben basarse en los principios de voluntariado y donación no remunerada, altruismo del donante y solidaridad entre donante y receptor. 

Sobre ello, el SEPD propone en su Conclusiones algunas recomendaciones. 

El texto completo de este Dictamen se encuentra en inglés, francés y alemán en el sitio web del SEPD https://edps.europa.eu

A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados ayudados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico  : cferreyros@hotmail.com  

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Resumen de la Opinión del Supervisor Europeo de Protección de Datos sobre la Propuesta de Reglamento relativo a las normas de calidad y seguridad de las sustancias de origen humano destinadas a la aplicación humana y por el que se derogan las Directivas 2002/98/CE y 2004/23/CE

(2022/C 450/06)

(El texto completo de este Dictamen se encuentra en inglés, francés y alemán en el sitio web del SEPD https://edps.europa.eu)

El 14 de julio de 2022, la Comisión Europea emitió una Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a las normas de calidad y seguridad de las sustancias de origen humano destinadas a la aplicación humana y por el que se derogan las Directivas 2002/98/CE y 2004/23/ EC  ( 1 ) ('la Propuesta').

La Propuesta tiene como objetivo regular los estándares de calidad y seguridad para las sustancias de origen humano destinadas a la aplicación humana ('SoHO') al garantizar la seguridad y la calidad de los pacientes tratados con terapias de Sustancias de origen humano y protegerlos completamente de los riesgos evitables relacionados con los SoHO. Garantizar la seguridad y la calidad para los donantes de SoHO y para los niños nacidos de óvulos, esperma o embriones donados, fortalecer y permitir la armonización de las prácticas de supervisión entre los Estados miembros, facilitar el desarrollo de terapias SoHO innovadoras seguras y eficaces y mejorar la resiliencia del sector, mitigar riesgo de escasez.

El SEPD acoge con satisfacción que la Propuesta pretenda tener un impacto positivo en los derechos fundamentales de los ciudadanos, como la protección de la salud, la no discriminación, la privacidad y el consentimiento informado, al tiempo que señala positivamente que los programas que promuevan la donación de SoHO deben basarse en el principio de voluntariado y donación no remunerada, altruismo del donante y solidaridad entre donante y receptor. En este sentido, el SEPD acoge con satisfacción las referencias a principios específicos de protección de datos en el contexto de la Plataforma SoHO, en particular las disposiciones que dan efecto a los principios de limitación de la finalidad, minimización de datos, así como los requisitos de necesidad y proporcionalidad.

El SEPD acoge con satisfacción que la Propuesta exija que se dé libremente el consentimiento informado para la donación y que se informe a los donantes o a sus representantes sobre el uso previsto del material donado. Al mismo tiempo, el SEPD recuerda que el consentimiento informado del donante para la donación de material en virtud del Reglamento SoHO, si bien es un requisito ético y legal esencial, no es lo mismo que el consentimiento al que se refiere el RGPD como una de las bases legales para el procesamiento de datos personales.

Sobre la reutilización de datos, si bien el SEPD acoge con satisfacción la identificación explícita de todas las categorías de datos personales enumeradas en la Propuesta y la finalidad específica para la que se procesarán, también considera que la finalidad específica para la que se reutilizarían los datos debería ser claramente identificados en los términos de la Propuesta.

Por último, el SEPD recomienda que el colegislador defina claramente en la Propuesta la duración máxima durante la cual se pueden almacenar los datos personales.

1.    INTRODUCCIÓN

   1.    El 14 de julio de 2022, la Comisión Europea emitió una Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a las normas de calidad y seguridad de las sustancias de origen humano destinadas a la aplicación humana y por el que se derogan las Directivas 2002/98/CE y 2004/23/ CE.

 

2. La Propuesta incluye medidas que tienen como objetivo:

— garantizar la seguridad y la calidad de los pacientes tratados con terapias de Sustancias de Origen Humano ('SoHO') y protegerlos completamente de los riesgos evitables relacionados con las SoHO;

— garantizar la seguridad y la calidad de los donantes del SoHO y de los niños nacidos de óvulos, esperma o embriones donados;

— fortalecer y permitir la armonización de las prácticas de supervisión entre los Estados Miembros;

— facilitar el desarrollo de terapias SoHO innovadoras seguras y eficaces;

— mejorar la resiliencia del sector, mitigando el riesgo de desabastecimiento  ( 2 ) .

 

 

 

 

 

   3.    La propuesta es parte de la ambición de la UE de construir una Unión Europea de la Salud más fuerte, con el fin de: (1) proteger mejor la salud de nuestros ciudadanos (incluidos pacientes, donantes y descendientes); (2) equipar a la UE y a sus Estados miembros para prevenir y abordar mejor futuras pandemias (vigilancia, análisis de datos, evaluación de riesgos, alerta temprana y respuesta) y (3) mejorar la resiliencia de los sistemas sanitarios de la UE  ( 3 ) .

 

   4.    El presente dictamen del SEPD se emite en respuesta a una consulta realizada por la Comisión Europea el 14 de julio de 2022, de conformidad con el artículo 42, apartado 1, del Reglamento Europeo de Protección de Datos. El SEPD acoge con satisfacción la referencia a esta consulta en el Considerando 51 de la Propuesta. A este respecto, el SEPD también observa positivamente que ya se le consultó informalmente con anterioridad de conformidad con el considerando 60 de la EUDPR.

4.    CONCLUSIONES

30      A la luz de lo anterior, el SEPD hace las siguientes recomendaciones:

(1) aclarar que el consentimiento informado para la donación de material en virtud del Reglamento SoHO no es lo mismo que el consentimiento mencionado en el RGPD como una de las bases legales para el procesamiento de datos personales;

(2) aclarar para qué fines específicos se prevé la reutilización de datos personales, si los hubiere, relacionados con donantes y receptores, y descendientes, de SoHO, teniendo en cuenta el principio ético y jurídico del consentimiento informado establecido en el artículo 3, apartado 2, de la Carta , y los elevados riesgos para las personas afectadas.

(3) aclarar en la Propuesta si el ECDC procesaría datos personales dentro de la Plataforma SoHO y, de ser así, identificar explícitamente su función en el sentido de la ley de protección de datos;

(4) identificar claramente en los términos de la Propuesta la finalidad específica para la que se reutilizarían dichos datos, teniendo especialmente en cuenta los altos riesgos para las personas afectadas y el principio clave de protección de datos de limitación de la finalidad;

(5)  aclarar en los artículos 44, 45 y 47 de la Propuesta si se estaría realizando algún tratamiento de datos personales y, en caso afirmativo, especificar la finalidad de dicho tratamiento en el artículo 76 de la propia Propuesta;

(6) definir claramente en la propia Propuesta la duración máxima durante la cual se pueden almacenar los datos personales;

(7) insertar una referencia a los riesgos derivados del tratamiento de datos personales tanto en el artículo 52 de la Propuesta, sobre los objetivos de protección del donante del SoHO, como en el artículo 57 de la Propuesta, sobre los objetivos de protección del receptor del SoHO y de su descendencia;

(8) aclarar explícitamente en el artículo 55(g) de la Propuesta la información a ser procesada en este contexto, así como también cómo se llevaría a cabo la evaluación de la necesidad y la proporcionalidad. 

 

 

 

 

 

 

 

Bruselas, 7 de septiembre de 2022.

Wojciech Rafał WIEWIÓROWSKI


( 1 )   COM (2022) 338 final.

( 2 )   COM (2022) 338 final, p. 6.

( 3 )   COM (2022) 338 final, pp. 2-3. 


DECISION DEL CONSEJO EUROPEO SOBRE PROYECTO «DESBLOQUEO DE LA INNOVACIÓN: TECNOLOGÍAS HABILITADORAS Y SEGURIDAD INTERNACIONAL»

 Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho
Universidad de Montpellier I Francia.

cferreyros@hotmail.com   

Resumen  

El artículo 1 de la presente Decisión del Consejo de la Unión Europea, aprueba el apoyo de la Unión Europea a la ejecución de un proyecto «Desbloqueo de la innovación: tecnologías habilitadoras y seguridad internacional».  Las actividades del proyecto tendrán el objetivo específico de apoyar el trabajo que el Instituto de las Naciones Unidas para la Investigación sobre el Desarme (UNIDIR) lleva a cabo dentro de su Programa de Seguridad y Tecnología (SECTEC. Las actividades del proyecto deberán, en particular:

(a) monitorear, identificar y mejorar la comprensión de las tecnologías nuevas y emergentes, así como las aplicaciones novedosas de tecnologías más establecidas,…

(b) tratar de mejorar la comprensión de cómo se podrían utilizar las nuevas tecnologías habilitadoras y qué efecto podrían lograr en contextos de seguridad.

(c) explorar si las nuevas tecnologías habilitadoras plantean nuevos desafíos de gobernanza y, de ser así, cómo se puede modernizar la caja de herramientas tradicional de control de armas para abordar tales desafíos.

En el Anexo adjunto se incluye una descripción detallada del proyecto. El enlace al texto original obra en: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=uriserv%3AOJ.L_.2022.307.01.0142.01.ENG&toc=OJ%3AL%3A2022%3A307%3ATOC

A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados ayudados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico  : cferreyros@hotmail.com  

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DECISIÓN DEL CONSEJO (PESC) 2022/2320

del 25 de noviembre de 2022

sobre el apoyo de la Unión a la ejecución de un proyecto «Desbloqueo de la innovación: tecnologías habilitadoras y seguridad internacional»

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 28, apartado 1, y su artículo 31, apartado 1,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Mientras:

(1)       La «Estrategia global para la política exterior y de seguridad de la Unión Europea» de 2016 hace hincapié en que la Unión intensificará su contribución a la seguridad colectiva.

 

(2)       La Estrategia de la Unión de 2018 contra las armas de fuego, las armas pequeñas y ligeras ilícitas (APAL) y sus municiones, titulada "Seguridad de las armas, protección de los ciudadanos", señaló que la Unión hará uso de los instrumentos pertinentes para apoyar la investigación y el desarrollo en el campo de la tecnología rentable para proteger las APAL y sus municiones y mitigar los riesgos de desvío. Además, el Consejo, en sus conclusiones sobre la adopción de esa Estrategia, señaló la evolución del contexto de seguridad, incluida la amenaza del terrorismo dentro de la Unión y los avances en el diseño y la tecnología de las armas pequeñas y ligeras que afectan a la capacidad de los gobiernos para hacer frente a esa amenaza.

 

(3)       La Comunicación de la Comisión de 2018 titulada "Inteligencia artificial para Europa" señala que el principio rector de todo apoyo a la investigación relacionada con la inteligencia artificial (IA) será el desarrollo de una "IA responsable". Señala además que, dado que la IA es fácilmente comercializable a través de las fronteras, solo las soluciones globales serán sostenibles en ese ámbito, y que la Unión promoverá el uso de la IA y las tecnologías en general para ayudar a resolver los desafíos globales, apoyar la implementación del Acuerdo de París Acuerdo y lograr los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas (ONU).

 

(4)       El Secretario General de la ONU señaló en el informe de 2021 "Desarrollos actuales en ciencia y tecnología y su impacto potencial en la seguridad internacional y los esfuerzos de desarme" las crecientes preocupaciones de que los desarrollos en ciencia y tecnología relevantes para la seguridad y el desarme están superando los marcos normativos y de gobernanza. para comprender y gestionar los riesgos.

 

(5)       La Unión desea contribuir a la seguridad colectiva y el potencial para beneficiarse de las oportunidades que presentan las nuevas tecnologías, así como abordar los desafíos que presentan, en particular para el sistema multilateral de desarme y control de armamentos.

 

(6)       La Unión debería apoyar la implementación de un proyecto, "Desbloqueo de la innovación: tecnologías habilitadoras y seguridad internacional",

HA ADOPTADO ESTA DECISIÓN:

Articulo 1

1. Con vistas a la aplicación de la «Estrategia global para la política exterior y de seguridad de la Unión Europea», y teniendo en cuenta la Estrategia de la Unión contra las armas de fuego, las armas pequeñas y ligeras ilícitas y sus municiones titulada «Seguridad de las armas, protección de los ciudadanos» además de la Comunicación de la Comisión titulada «Inteligencia artificial para Europa», la Unión apoyará la ejecución de un proyecto «Desbloqueo de la innovación: tecnologías habilitadoras y seguridad internacional».

2. Las actividades del proyecto que recibirá apoyo de la Unión tendrán el objetivo específico de apoyar el trabajo que el Instituto de las Naciones Unidas para la Investigación sobre el Desarme (UNIDIR) lleva a cabo dentro de su Programa de Seguridad y Tecnología (SECTEC) con miras a mejorar el conocimiento y la comprensión de tecnologías nuevas y emergentes con relevancia para la seguridad internacional.

3. Las actividades del proyecto deberán, en particular:

(a)        monitorear, identificar y mejorar la comprensión de las tecnologías nuevas y emergentes, así como las aplicaciones novedosas de tecnologías más establecidas, a fin de proporcionar a los encargados de formular políticas y tomar decisiones un conocimiento accesible sobre las áreas tecnológicas que se examinan, sobre la base de pruebas sólidas desde el punto de vista técnico y científico;

 

(b)       tratar de mejorar la comprensión de cómo se podrían utilizar las nuevas tecnologías habilitadoras y qué efecto podrían lograr en contextos de seguridad. El trabajo realizado bajo este pilar también se centrará en la creciente convergencia de diferentes tecnologías y sus aplicaciones entre dominios, y en particular en cómo los avances en las tecnologías habilitadoras darán forma al futuro del conflicto y del campo de batalla;

 

(C)       explorar si las nuevas tecnologías habilitadoras plantean nuevos desafíos de gobernanza y, de ser así, cómo se puede modernizar la caja de herramientas tradicional de control de armas para abordar tales desafíos. Además, el proyecto también explorará la complementariedad de las medidas tradicionales de control de armas con medidas más amplias de gobernanza tecnológica que puedan contribuir a lograr los mismos objetivos de seguridad, estabilidad, protección, reducción de riesgos y no proliferación.

4. En el Anexo se incluye una descripción detallada del proyecto.

Artículo 2

1. El Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (el «Alto Representante») será responsable de la ejecución de la presente Decisión.

2. La ejecución técnica del proyecto a que se refiere el artículo 1 estará a cargo del UNIDIR.

3. UNIDIR desempeñará su cometido bajo la responsabilidad del Alto Representante. A tal fin, el Alto Representante concertará los arreglos necesarios con UNIDIR.

Artículo 3

1. El importe de referencia financiera para la ejecución del proyecto financiado por la Unión a que se refiere el artículo 1 será de 1 234 011 EUR.

2. Los gastos financiados por el importe de referencia establecido en el apartado 1 se gestionarán de conformidad con los procedimientos y normas aplicables al presupuesto de la Unión.

3. La Comisión supervisará la correcta gestión de los gastos financiados por el importe de referencia establecido en el apartado 1. A tal fin, celebrará un acuerdo de contribución con UNIDIR. Dicho acuerdo de contribución estipulará que UNIDIR garantizará la visibilidad de la contribución de la Unión, adecuada a su tamaño.

4. La Comisión se esforzará por celebrar el acuerdo de contribución a que se refiere el apartado 3 lo antes posible tras la entrada en vigor de la presente Decisión. Informará al Consejo de cualquier dificultad en ese proceso y de la fecha de celebración de dicho acuerdo.

Artículo 4

1. El Alto Representante informará al Consejo sobre la aplicación de la presente Decisión sobre la base de los informes trimestrales del UNIDIR. Dichos informes constituirán la base de la evaluación realizada por el Consejo.

2. La Comisión facilitará información sobre los aspectos financieros de la ejecución del proyecto a que se refiere el artículo 1.

Artículo 5

La presente Decisión entrará en vigor en la fecha de su adopción.

Expirará 24 meses después de la celebración del acuerdo de contribución a que se refiere el artículo 3, apartado 3. No obstante, la presente Decisión expirará seis meses después de la fecha de su entrada en vigor si dicho acuerdo no se ha celebrado dentro de ese plazo.

Hecho en Bruselas, el 25 de noviembre de 2022.

para el Consejo

El presidente

J. SIKELA


ANEXO

DOCUMENTO DE PROYECTO

'Desbloqueo de la innovación: tecnologías habilitadoras y seguridad internacional'

Introducción

Los avances en ciencia y tecnología son facilitadores clave del desarrollo económico y social y de la prosperidad. Sin embargo, como indicó el Secretario General de la ONU en el informe de 2021 sobre " Desarrollos actuales en ciencia y tecnología y su impacto potencial en la seguridad internacional y los esfuerzos de desarme", existe una preocupación creciente de que "los avances en ciencia y tecnología relevantes para la seguridad y el desarme están superando la capacidad de los marcos normativos y de gobernanza para comprender y gestionar los riesgos'.

El Instituto de las Naciones Unidas para la Investigación sobre el Desarme (UNIDIR) es una institución autónoma dentro de las Naciones Unidas que lleva a cabo investigaciones independientes sobre el desarme y problemas relacionados, en particular cuestiones de seguridad internacional. Históricamente, UNIDIR ha jugado un papel de liderazgo en el apoyo a los esfuerzos para comprender y responder a las implicaciones de seguridad de los avances tecnológicos rápidos y transformadores. Hoy en día, este trabajo está dirigido por un programa dedicado de seguridad y tecnología de varios años (SECTEC), que es un proveedor clave de conocimientos y un constructor de puentes entre la comunidad diplomática internacional, el sector privado y la sociedad civil (más de 13 000 descargas de publicaciones). y más de 6 500 participantes en eventos solo en los últimos dos años).

El proyecto de 2 años propuesto titulado 'Desbloqueo de la innovación: tecnologías habilitadoras y seguridad internacional' se centrará en tecnologías habilitadoras clave seleccionadas y su impacto potencial en la seguridad internacional. El trabajo de este proyecto se organizará en tres líneas de trabajo, como se describe en detalle en la siguiente sección.

El proyecto se integrará completamente en el programa de trabajo más amplio de SECTEC, aprovechando los activos de conocimiento y las redes ya establecidas como parte del programa más amplio y contribuyendo al logro de sus objetivos generales que están estrechamente alineados con el mandato central del Instituto:

        Dar forma a las políticas y la toma de decisiones. La innovación tecnológica agrega nuevas capas de incertidumbre al entorno de seguridad global y desafía la comprensión tradicional del conflicto, así como los conceptos y respuestas de control de armas. La maquinaria de desarme multilateral, así como los mecanismos regionales y nacionales, deberán adaptar sus herramientas y procesos para desarrollar respuestas políticas eficaces a las nuevas tecnologías. El trabajo de la SECTEC buscará contribuir e informar el diseño de tales respuestas de política a través de la producción de conocimiento, la provisión de asesoramiento y la generación de ideas.

 

        Reducir la brecha de conocimiento sobre aspectos tecnológicos de la seguridad internacional. Muchos desafíos y oportunidades de las nuevas tecnologías tienen sus raíces en sus características técnicas, lo que dificulta la implementación de políticas o acciones regulatorias sin una comprensión adecuada de la tecnología en cuestión, incluidos los riesgos y oportunidades. Esto se ve agravado aún más por la naturaleza inherente de uso dual (o total) de muchas de tales innovaciones, que requieren una comprensión más amplia de los posibles efectos y dependencias entre dominios de cualquier política o acción regulatoria.

 

        Comunidades puente. En un momento de creciente inestabilidad y desconfianza global, con una expansión de actores, una mayor distribución de conocimientos y experiencia, y opciones más limitadas para las formas tradicionales de regulación, existe una necesidad urgente de que diferentes comunidades se reúnan y compartan ideas para informar. respectivas agendas. Esto se aplica a las comunidades que operan en diferentes sectores (por ejemplo, gobiernos, industria, sociedad civil), así como a comunidades dentro de la maquinaria multilateral que tradicionalmente operan en diferentes silos (por ejemplo, seguridad internacional, desarrollo, cooperación digital, crimen). SECTEC aprovechará la posición única de UNIDIR para trabajar a través de los silos tradicionales en un esfuerzo por conectar discursos cada vez más interdependientes, unir comunidades y consolidar el conocimiento.

PROYECTO

Responder a los desafíos y aprovechar las oportunidades que presentan los avances tecnológicos en el contexto de la paz y la seguridad es una tarea compleja. En términos generales, requiere ser capaz de comprender qué es la tecnología, cómo podría usarse y con qué efecto, y qué herramientas de gobernanza están disponibles para dirigir o controlar su desarrollo y uso. El proyecto propuesto 'Desbloqueo de la innovación: tecnologías habilitadoras y seguridad internacional ' tiene como objetivo explorar el desarrollo, la aplicación y la gobernanza de tecnologías habilitadoras clave seleccionadas y su relevancia para la paz y la seguridad internacionales a través de los tres flujos de trabajo que se describen a continuación.

A los efectos de este proyecto, las tecnologías habilitadoras se definen como aquellas que permiten o impulsan la innovación, el desarrollo de capacidades y un mayor impacto en otras áreas de aplicación dentro del alcance del trabajo SECTEC de UNIDIR, a saber, Cibernética, IA y Autonomía e Integración de Sistemas. Esto es coherente con la política de la UE sobre tecnologías habilitadoras clave que reconoce el papel fundamental que desempeñan estas tecnologías transversales como impulsoras de la innovación en todos los sectores y aplicaciones.

Este proyecto se centrará en las oportunidades y desafíos relacionados con cuatro tecnologías habilitadoras que se consideran de particular relevancia desde una perspectiva de seguridad: materiales avanzados (p. ej., semiconductores, micro y nanotecnologías), piezas y componentes (p. ej., microchips, sensores), infraestructura (p. ej., infraestructura de conectividad de última generación: 5G y 6G, internet de las cosas, nube, internet soberano) y procesamiento y computación (p. ej., computación en la nube, edge y cuántica).

1. Línea de trabajo 1: Monitoreo de tendencias y aumento de la conciencia sobre los avances en ciencia y tecnología

1.1. Objetivo

El propósito de este flujo de trabajo es identificar y comprender tecnologías nuevas y emergentes, así como aplicaciones novedosas de otras más establecidas. El trabajo en el marco de este flujo de trabajo se dedicará principalmente a proporcionar a los encargados de la formulación de políticas y la toma de decisiones conocimientos accesibles sobre las áreas tecnológicas que se examinan, basados ​​en pruebas sólidas desde el punto de vista técnico y científico.

1.2. Resultados previstos:

(a)        Mayor preparación de los encargados de formular políticas y tomar decisiones con respecto a los desafíos y oportunidades que plantean las tecnologías nuevas y emergentes.

 

(b) Mejor comprensión de los vínculos y convergencias entre diferentes tecnologías.

 

(C)       Mayor conciencia de los riesgos y beneficios potenciales de las nuevas tecnologías y provisión de capacidades de alerta temprana para los estados con capacidad limitada para realizar un escaneo del horizonte.

1.3. Descripción del flujo de trabajo

Este flujo de trabajo abarcará dos actividades principales. Primero, permitirá la configuración de una función de exploración continua del horizonte tecnológico para garantizar que los avances científicos y tecnológicos más relevantes se detecten, evalúen y analicen en las primeras etapas de desarrollo o aplicación. Esta actividad dará como resultado dos compendios anuales de las tendencias más relevantes en innovación tecnológica en relación con la paz y la seguridad internacionales. Los hallazgos de esta actividad complementarán y no duplicarán el trabajo realizado en procesos multilaterales oficiales como la CCW y su Grupo de Expertos Gubernamentales sobre tecnologías emergentes en el área de sistemas letales de armas autónomas , elGrupo de Trabajo de composición abierta sobre la seguridad de y en el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones , y se utilizará para contribuir a un conjunto más amplio de actividades multilaterales pertinentes, como el informe anual del Secretario General de las Naciones Unidas sobre el papel de la ciencia y la tecnología en el contexto de paz y seguridad internacionales, la Agenda Común, incluida la nueva agenda para la paz, y la Cumbre para el Futuro de 2023.

La segunda actividad bajo este flujo de trabajo incluirá la organización de ocho desayunos tecnológicos diseñados para ofrecer la oportunidad, trimestralmente, a la comunidad diplomática en Ginebra y Nueva York para aprender y discutir, en un ambiente informal y a través de un compromiso directo con expertos. , tecnologías habilitadoras específicas relevantes para la paz y la seguridad internacionales. Cada evento se llevará a cabo dos veces: la primera vez en persona en Ginebra y la segunda virtualmente para la comunidad de Nueva York.

2. Área de trabajo 2: Comprender el impacto de la ciencia y la tecnología en la paz y la seguridad internacionales

2.1. Objetivo

El propósito de este flujo de trabajo es comprender cómo se podrían usar las nuevas tecnologías habilitadoras y qué efecto podrían lograr en contextos de seguridad. El trabajo realizado bajo este pilar se centrará también en la creciente convergencia de diferentes tecnologías y sus aplicaciones entre dominios. En particular, este flujo de trabajo destacará cómo los avances en las tecnologías habilitadoras darán forma al futuro del conflicto y del campo de batalla.

2.2. Resultados previstos:

(a)        Mayor comprensión por parte de la comunidad de formulación de políticas del impacto en la paz y la seguridad de las tecnologías habilitadoras nuevas y emergentes.

 

(b)       Mayor capacidad para establecer vínculos y conexiones entre áreas de aplicación de diferentes tecnologías, lo que da como resultado discusiones de políticas mejor informadas en todos los dominios y procesos.

 

(C)       Mayor capacidad para identificar vías para intervenciones políticas destinadas a reducir los riesgos que plantean las nuevas tecnologías sin obstaculizar el progreso y la innovación.

2.3. Descripción del flujo de trabajo

Esta línea de trabajo incluirá la realización de cuatro estudios de investigación, uno para cada una de las subcategorías de tecnologías habilitadoras bajo consideración. Cada estudio de investigación tendrá como objetivo proporcionar una introducción a la tecnología en sí y un análisis de los impactos positivos y negativos que dicha tecnología podría tener en la paz y la seguridad internacionales. La metodología de investigación utilizada para realizar dichas evaluaciones de impacto considerará no solo las capacidades militares sino, cuando sea relevante y aplicable, los factores políticos, económicos, sociales, tecnológicos, legales y ambientales (análisis PESTLE). Estos estudios de investigación darán como resultado informes escritos con resúmenes ejecutivos disponibles en todos los idiomas oficiales de la ONU para respaldar un mayor alcance y accesibilidad (la traducción de los informes completos se realizará según la disponibilidad de tiempo y recursos).

Además, en reconocimiento del complejo ecosistema político, militar, legal y técnico en el que se desarrollan y despliegan tales tecnologías, este flujo de trabajo organizará cuatro diálogos de múltiples partes interesadas para complementar las actividades de investigación y fomentar el intercambio de puntos de vista y la transferencia de conocimientos entre diferentes comunidades de interesados. El formato de estas convocatorias será híbrido y programado para ser accesible a audiencias de todo el mundo.

3. Línea de trabajo 3: Modernización del control de armas y diseño de respuestas de gobernanza del siglo XXI

3.1. Objetivo

El propósito de este flujo de trabajo es explorar si las nuevas tecnologías habilitadoras plantean nuevos desafíos de gobernanza y, de ser así, cómo se puede modernizar la caja de herramientas tradicional de control de armas para abordarlos. Además, esta línea de trabajo también explorará la complementariedad de las medidas tradicionales de control de armas con medidas más amplias de gobernanza tecnológica que pueden contribuir a lograr los mismos objetivos de seguridad, estabilidad, protección, reducción de riesgos y no proliferación.

3.2. Resultados previstos

(a)        Mejor comprensión de las posibles fortalezas y limitaciones de la actual caja de herramientas de control de armas para hacer frente a las tecnologías nuevas y emergentes.

 

(b)       Mejor comprensión del conjunto más amplio de herramientas de gobernanza tecnológica (por ejemplo, estándares de la industria, mecanismos de autorregulación) y cómo la comunidad de seguridad internacional puede aprovechar dichas herramientas para lograr un mundo más pacífico, estable y seguro.

 

(C)       Fertilización cruzada de conocimientos entre sectores a través del intercambio informal, abierto a todos los Estados miembros de la ONU, la industria y la sociedad civil en general.

3.3. Descripción del flujo de trabajo

Esta línea de trabajo se basará en los hallazgos de la Línea de trabajo 2 para ampliar aún más el análisis de las tecnologías habilitadoras seleccionadas a través de cuatro estudios de investigación adicionales que se centren en los desafíos específicos de gobernanza y las posibles respuestas políticas. De manera similar, para el Workstream 2, cada estudio de investigación se complementará con un diálogo dedicado de múltiples partes interesadas que se llevará a cabo en un formato híbrido con el propósito de extraer lecciones identificadas en todos los sectores que puedan usarse para mejorar las respuestas de la política de seguridad internacional.

Además, este flujo de trabajo incluirá la conceptualización y el diseño inicial de una infografía interactiva que permita la identificación y el mapeo de herramientas e instrumentos relevantes para el control de armas y la gobernanza tecnológica más amplia a nivel regional e internacional para tecnologías habilitadoras seleccionadas. Esta actividad servirá para probar tanto la metodología para identificar y priorizar herramientas aplicables y relevantes como diferentes opciones para la visualización de datos. La infografía se cargará en una página web específica en la página web de UNIDIR.