lunes, 18 de julio de 2022

DICTAMEN DEL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO SOBRE LA PROPUESTA DE RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO SOBRE UN PACTO DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN EN EUROPA

 Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho
Universidad de Montpellier I Francia.

cferreyros@hotmail.com   

Resumen 

El Dictamen del CESE se organiza en base a dos rúbricas:

1. Conclusiones y Recomendaciones y

2. Disposiciones Generales

En las 1. Conclusiones y Recomendaciones, el CESE acoge favorablemente que el Pacto de Investigación e Innovación en Europa establezca valores y principios comunes en materia de I+i y defina, a nivel global y general, los ámbitos en los que los Estados miembros desarrollarán conjuntamente acciones prioritarias, promoviendo el Pacto el nuevo Espacio Europeo de Investigación (EEI), sin olvidar que la investigación y la innovación son en gran medida competencias nacionales.

El Consejo divide las recomendaciones, abordando las secciones siguientes:

1) valores y principios;

2) ámbitos prioritarios de actuación conjunta;

3) inversiones en I+D;

4) coordinación y seguimiento de las políticas y elaboración de informes.

Cuanto a las 2. Disposiciones Generales, en marzo de 2021, el CESE publicó un Dictamen sobre el tema «Un nuevo EEI para la investigación y la innovación». Muchas de las conclusiones, recomendaciones y observaciones generales contenidas en dicho Dictamen del CESE también son válidas para el Pacto, y algunas de ellas se reproducen en este documento.

 

Reunir estos elementos de investigación e innovación en un único acto jurídico reafirmará el compromiso político de los Estados miembros de movilizar sus políticas de I+i con miras a abordar los desafíos a los que se enfrenta Europa hoy en día, que son:

a)    La doble transición (transición digital y Pacto Verde)

 

b) La recuperación tras la pandemia

 

c)    La competencia global cada vez más feroz en materia de ITI, especialmente en Asia (China, Corea, etc.).

Todos estos retos deben abordarse de manera justa y equitativa, sin dejar a nadie atrás, especialmente a los ciudadanos vulnerables de la UE.

Para mayor información o análisis sobre el presente Dictamen, antecedentes, referencias legislativas, perspectivas de investigación así como sus implicancias y efectos en América Latina, consúltenos al correo electrónico:  cferreyros@hotmail.com

____________________________________________________________ 

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta de Recomendación del Consejo sobre un Pacto de Investigación e Innovación en Europa

[COM(2021) 407 final – final 2021/230 (NLE)]

(2022/C 275/04)

Ponente:

Paul RÜBIG

Coponente:

Panagiotis GKOFAS

Consulta

Comisión Europea, 2.5.2022

Base jurídica

Artículo 182 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Sección competente

Mercado Único, Producción y Consumo

Aprobado en sección

3.2.2022

Aprobado en el pleno

23.2.2022

Pleno n.o

567

Resultado de la votación

(a favor/en contra/abstenciones)

219/0/2

 1.   Conclusiones y recomendaciones

      1.1.           El CESE acoge favorablemente que el Pacto de Investigación e Innovación en Europa establezca valores y principios comunes en materia de I+i y defina, a nivel global y general, los ámbitos en los que los Estados miembros desarrollarán conjuntamente acciones prioritarias. Así pues, el Pacto promueve el nuevo Espacio Europeo de Investigación (EEI), sin olvidar que la investigación y la innovación son en gran medida competencias nacionales.

 

1.2.      La recomendación del Consejo se divide en grandes partes, que se abordan en las secciones siguientes:

1)           valores y principios;

 

2)           ámbitos prioritarios de actuación conjunta;

 

3)           inversiones en I+D;

 

4)           coordinación y seguimiento de las políticas y elaboración de informes.

 

      1.3.           En el futuro, Europa debería crear valor y empleos de calidad y hacer negocio a partir de los resultados de I+D de Europa. Una herramienta muy importante para hacer negocio, crear beneficio y empleo para Europa a partir de los resultados de I+D en Europa son los derechos de propiedad intelectual e industrial (DPII). La gran importancia de los DPII debería incluirse en el apartado relativo a la creación de valor, y debería desarrollarse una estrategia clara en la materia para Europa en el marco del Pacto del nuevo EEI. Esta política y estrategia de patentes activas y pasivas de la UE debería ir acompañada de una estrategia de licencias activas y pasivas y de un sistema de supervisión transparente para el balance neto mundial de patentes y licencias.

 

      1.4.           El CESE acoge con satisfacción el claro llamamiento del Pacto a profundizar el EEI, es decir, pasar de la coordinación de las políticas nacionales a una mayor integración de estas políticas, así como su llamamiento a acelerar la doble transición ecológica y digital. Hasta la fecha, en la EU-27 la I+i sigue llevándose a cabo fundamentalmente en silos de trabajo paralelos. Ahora hay que conectar estos silos mediante enormes «conductos de comunicación», algo que el CESE considera debe ser uno de los principales objetivos del Pacto.

 

      1.5.           El CESE considera que, habida cuenta de las enormes inversiones en investigación, tecnología e innovación (ITI) en Asia (China, Corea del Sur, etc.), la Unión debe intensificar de forma sustancial sus esfuerzos en I+i, especialmente en lo que respecta a la rápida transformación de los resultados de I+D en productos y servicios innovadores, ya que Europa está por detrás en este ámbito, como se señala claramente en la COM(2020) 628.

 

      1.6.           El CESE desea señalar que hay que acelerar la I+i en la UE y realizar rápidamente la transición digital. Un informe publicado recientemente por la Comisión Europea, el cuadro de indicadores sobre la inversión industrial en I+D en la UE de 2021, muestra que, entre 2020 y 2021, China ha aumentado sus inversiones en I+D en un 18,1 %, y los Estados Unidos en un 9,1 %, mientras que la EU-27 ha reducido sus inversiones en este ámbito en un 2,2 %. Estos procesos de transición deben ser justos y equitativos, sin dejar atrás a ningún grupo de la sociedad civil, y en particular los ciudadanos vulnerables, los ciudadanos europeos que viven en regiones remotas o a los interlocutores sociales.

 

      1.7.           Como se indica en el nuevo EEI, así como en el Pacto, la Unión realmente necesita una nueva visión, es decir, un «Nuevo Pacto» para el EEI de la Unión. Limitándose a «más de lo mismo» que en su antigua estrategia de ITI, la Unión seguirá a la zaga de Estados Unidos y Asia (China, Corea, etc.) en I+i.

 

      1.8.           Hasta la fecha, solo una parte limitada de la población de la Unión (exclusivamente los «sospechosos habituales en I+i») ha participado en las políticas de I+i de la Unión. Sin embargo, la investigación socioeconómica moderna subraya la gran importancia de la tríada ciencia-tecnología-sociedad (CTS) si se quieren obtener buenos resultados en I+i. Para contribuir de forma concreta al objetivo de una UE más fuerte en el mundo, el CESE pide que se incluya de forma adecuada a las organizaciones de la sociedad civil y a los interlocutores sociales y económicos a nivel de la UE y nacional —y en particular, a las organizaciones que representan a las pymes— en el seguimiento por parte de la Comisión Europea de las acciones puestas ya en marcha en 2022 por el nuevo Foro del EEI y las iniciativas conexas, como los nuevos paneles europeos de ciudadanos, en el marco de la Conferencia sobre el Futuro de Europa. El llamado triángulo del conocimiento (educación superior, investigación básica y aplicada y comercialización de nuevas tecnologías por parte de la industria), cuya mención en el Pacto de I+i de la Comisión también resulta motivo de satisfacción, es un concepto importante si se quiere impulsar la I+i. Dentro de este concepto de participación de la sociedad civil de la Unión, también es importante garantizar que se incluye a los trabajadores a nivel de la producción, así como a los ciudadanos vulnerables de la UE.

 

      1.9.           En el marco del nuevo Pacto de I+i, Europa debe preparar el terreno para una cultura más emprendedora que fomente las empresas que asuman riesgos y sean innovadoras, tanto pymes como empresas emergentes. El conocido eslogan «sin riesgo no hay diversión» se traduce, en el ámbito de la innovación, en «sin riesgo no se crea negocio ni empleo de calidad».

 

        1.10.       Existen numerosos documentos y programas de la Comisión sobre investigación e innovación. Por consiguiente, el CESE agradecería que la Comisión aclarara las interrelaciones entre todos sus documentos sobre I+i, incluido el Pacto de I+i, el nuevo EEI, las misiones europeas, el Plan de recuperación y resiliencia de la Unión y Horizonte Europa en general.

 

        1.11.       Por último, pero no por ello menos importante, el CESE desea señalar que el Pacto de I+i de la Unión y su nuevo EEI deberían diseñarse y aplicarse con arreglo a los diecisiete Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas, cuyo objetivo es que para 2030 todos podamos vivir una vida digna en un planeta saludable.

2.   Observaciones generales

      2.1.           El documento básico de la Comisión sobre el que se basa el Pacto y al que este se refiere, es COM(2020) 628-Un nuevo EEI para la investigación y la innovación.

 

      2.2.           En marzo de 2021, el CESE publicó un Dictamen (1) sobre el tema «Un nuevo EEI para la investigación y la innovación» (2). Muchas de las conclusiones, recomendaciones y observaciones generales contenidas en dicho Dictamen del CESE también son válidas para el Pacto, y algunas de ellas se reproducen en este documento.

 

2.3.      Reunir estos elementos de investigación e innovación en un único acto jurídico reafirmará el compromiso político de los Estados miembros de movilizar sus políticas de I+i con miras a abordar los desafíos a los que se enfrenta Europa hoy en día, que son:

a)           La doble transición (transición digital y Pacto Verde)

 

b)           La recuperación tras la pandemia

 

c)           La competencia global cada vez más feroz en materia de ITI, especialmente en Asia (China, Corea, etc.).

Todos estos retos deben abordarse de manera justa y equitativa, sin dejar a nadie atrás, especialmente a los ciudadanos de vulnerables de la UE.

 

      2.4.           Las clasificaciones globales y los estudios sobre ITI demuestran que, en términos de competencia global, la EU-27 va a la zaga con respecto a EE. UU. y Asia, especialmente China y Corea, por lo que respecta a la ITI, especialmente en términos de Tecnologías Facilitadoras Esenciales (TFE), por ejemplo, inteligencia artificial, aprendizaje automático, robótica, modelos de negocio digitales, etc. Los desafíos a) y b) figuran en la comunicación de la Comisión COM(2021) 407. El CESE ha añadido intencionadamente el desafío c) «la competencia mundial en ITI, especialmente de Asia (China, Corea, etc.)», porque considera que si la Unión no aborda este reto con éxito, perderá millones de puestos de trabajo cualificados que irán a Asia y, con ello, los europeos perderán riqueza y calidad de vida. La ITI es el principal generador de futuros empleos de calidad. Si el liderazgo tecnológico en muchos sectores se traslada a Asia, los empleos de calidad también se trasladarán a Asia.

 

      2.5.           El Consejo Europeo de Investigación (CEI) también ha emitido ya un dictamen sobre el Pacto y el nuevo EEI. El CEI también subraya muy claramente que la Unión se está quedando atrás en comparación con Asia, sobre todo China, en lo que respecta a ITI, y afirma que «el pacto de I+i puede ser la última oportunidad de la Unión para cumplir finalmente los objetivos del EEI original de consolidar la posición de Europa como líder en investigación e innovación» (3).

 

      2.6.           China no solo ha superado a la Unión en cuanto a producción en I+D y producción de patentes, sino que, desde hace unos cinco años, también ha asumido de manera muy agresiva el liderazgo mundial en el establecimiento de las normas de la industria tecnológica. Durante muchas décadas, Estados Unidos y Europa han monopolizado el establecimiento de las normas de la industria. Establecer las normas de la industria tecnológica es algo muy importante para la ITI mundial, lo que significa que el país que establece estas normas cuenta con una ventaja competitiva. Por consiguiente, el CESE recomienda encarecidamente que la Comisión establezca medidas claras en el Pacto para que Europa mantenga su posición sólida en cuanto al establecimiento de normas de la industria tecnológica.

 

      2.7.           El CESE considera que, habida cuenta de las enormes inversiones en investigación, tecnología e innovación (ITI) en Asia (China, Corea del Sur, etc.), la Unión debe intensificar de forma sustancial sus esfuerzos en I+i, especialmente en lo que respecta a la rápida transformación de los resultados de I+D en productos y servicios innovadores. Un informe publicado recientemente por la Comisión Europea, el cuadro de indicadores sobre la inversión industrial en I+D en la UE de 2021, muestra que, entre 2020 y 2021, China ha aumentado sus inversiones en I+D en un 18,1 %, y los Estados Unidos en un 9,1 %, mientras que la EU-27 ha reducido sus inversiones en este ámbito en un 2,2 %. Las medidas de la UE para acelerar la I+i deben estar dirigidas a las multinacionales con sede en la UE, así como a las pymes, ya que las pymes también se ven amenazadas por la competencia de Asia, y porque la mayor parte del crecimiento del empleo en Europa procede de las pymes y de las empresas emergentes, no de las grandes empresas.

 

      2.8.           El CESE acoge con satisfacción el claro llamamiento del Pacto a profundizar el EEI, es decir, pasar de la coordinación de las políticas nacionales a una mayor integración de estas políticas, así como el llamamiento a acelerar la transición ecológica y digital. Hasta la fecha, la I+i en la EU-27 sigue llevándose a cabo fundamentalmente en silos de trabajo paralelos. Ahora hay que conectar estos silos mediante enormes «conductos de comunicación», algo que, en opinión del CESE, debe ser uno de los principales objetivos del Pacto. La comunicación y la cooperación son motores de crecimiento clave para la I+i.

 

      2.9.           Como se indica en el nuevo EEI, así como en el Pacto, la Unión realmente necesita una nueva visión, es decir, un «Nuevo Pacto» para el EEI de la Unión. Limitándose a «más de lo mismo» que en su antigua estrategia de ITI la Unión seguirá a la zaga de Estados Unidos y Asia (China, Corea, etc.) en I+i.

 

        2.10.       Muchos estudios concluyen que la transferencia de conocimientos en I+i se da principalmente a través de la circulación de talentos, es decir, mediante la rotación de puestos de trabajo entre organizaciones de I+i, así como entre los Estados miembros de la UE a escala masiva. El CESE recomienda aumentar masivamente y a gran escala la transferencia de conocimientos a través de la rotación laboral —también de directivos— y de programas de movilidad de investigadores dentro de la EU-27. La transferencia de conocimientos en I+D no se produce elaborando extensos documentos: no se puede transferir el conocimiento del trabajo en I+D de cinco años de ningún investigador mediante un informe de I+D de quinientas páginas.

 

        2.11.       El Pacto hace referencia a las hojas de ruta tecnológicas del EEI. Según consta actualmente al CESE, se dispone de una hoja de ruta del EEI para 2015-2020, pero el CESE desconoce si existe alguna hoja de ruta tecnológica del EEI que vaya más allá de 2020. Deben definirse estrategias tecnológicas a largo plazo, ya que las nuevas tecnologías no aparecen de la noche a la mañana. Las hojas de ruta tecnológicas necesitan elaborarse con una antelación de al menos diez años. Por consiguiente, el CESE insta a la Comisión a elaborar hojas de ruta tecnológicas a medio (2020-2030) y a largo plazo (2020-2050) tras la publicación del nuevo EEI.

 

        2.12.       El CESE acoge con satisfacción la referencia a la gran importancia del «triángulo del conocimiento» (educación superior, investigación básica y aplicada, comercialización de nuevas tecnologías por la industria) (4).

 

        2.13.       El CESE considera que, si bien es cierto que la investigación y la educación (superior) son motores clave de la creación de conocimiento, no lo son de la innovación. La innovación, por definición, significa la conversión de los resultados de I+D en productos y negocios innovadores. No es tarea de las universidades ni de los institutos de investigación desarrollar productos y negocios innovadores. En este apartado falta mencionar a las empresas —especialmente las empresas emergentes— y los emprendedores, y debe añadirse aquí su importante papel en el proceso de innovación. En este sentido, el Consejo Europeo de Innovación, las comunidades de conocimiento e innovación del Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (CCI EIT), y otros programas de innovación desempeñan un papel importante.

 

        2.14.       Según el famoso diagrama del profesor Ansoff, solo una pequeña parte de los proyectos de I+D (menos del 25 % aproximadamente) terminan en productos técnicos con éxito en el mercado. Por lo tanto, uno de los principales objetivos del Pacto y la estrategia de I+i de la Unión debe ser la eficacia y la eficiencia de la I+i. Si, con medios inteligentes para garantizar la eficacia y eficiencia de la I+i, el índice de éxito puede incrementarse del 25 % al 28 %, por ejemplo, sería un enorme éxito para Europa. La eficacia y la eficiencia de la de la I+i, sin dejar de mantener la firme pretensión de la UE de la excelencia en la investigación, también podría acelerar sustancialmente la I+i de Europa, algo que es urgentemente necesario.

 

        2.15.       En cuanto a los valores y principios, el CESE concuerda en que los valores indicados en este capítulo son importantes, pero, si se quiere evitar que la Unión se quede atrás respecto a los Estados Unidos y Asia en la competencia mundial en materia de I+i, se necesitan principios adicionales. El nuevo EEI establece que la Unión debe acelerar la conversión de los resultados de I+D en productos y servicios innovadores para los mercados mundiales. Esta aceleración requiere, entre otros valores y competencias, espíritu empresarial. Numerosos estudios globales indican que la Unión se está quedando considerablemente atrás en comparación con los Estados Unidos y Asia en lo que respecta al espíritu empresarial (por ejemplo, en cuanto a modelos de negocio digitales innovadores).

 

        2.16.       Por lo que atañe a la creación de valor, el CESE está plenamente de acuerdo en que es muy importante transformar el «conocimiento» (es decir, los resultados de I+D) en productos y servicios innovadores y sostenibles. El pacto se refiere al importante papel de la investigación básica para la generación de descubrimientos y conocimientos revolucionarios. Sin embargo, para crear «valor para Europa» se necesita algo más que generar descubrimientos revolucionarios: lamentablemente, hay muchos ejemplos en los que los investigadores europeos son los que generan los descubrimientos revolucionarios, y los empresarios y las empresas innovadoras de EE. UU. y Asia las que hacen negocio y obtienen beneficios a partir de los resultados de I+D de Europa, con los puestos de trabajo pasando de Europa a EE. UU. y Asia. Europa no debería dejar que esto vuelva a suceder.

 

        2.17.       En el futuro, Europa debería crear valor y empleos de calidad y hacer negocio a partir de los resultados de I+D de Europa. Una herramienta muy importante para hacer negocio, crear beneficio y empleo para Europa a partir de los resultados de I+D en Europa son las patentes. La gran importancia de los DPII (derechos de propiedad intelectual e industrial) debería incluirse en el apartado relativo a la creación de valor, y debería desarrollarse una estrategia clara en la materia para Europa en el marco del Pacto del nuevo EEI. Esta política y estrategia de patentes activas y pasivas de la UE debería ir acompañada de una estrategia de licencias activas y pasivas y de un sistema de supervisión transparente para el balance neto mundial de patentes y licencias.

 

       2.18.    En el punto 2 de la propuesta de Recomendación del Consejo (5) se indican los ámbitos prioritarios para la I+i de la UE. En la COM (2020) 628 también se establecen los siguientes ámbitos prioritarios para los temas de I+i:

— inteligencia artificial;

 

— microelectrónica;

 

— computación cuántica;

 

— 5G;

 

— energía renovable;

 

— tecnologías de hidrógeno;

 

— movilidad inteligente y sin emisiones.

 

       2.19.    El CESE desea reiterar que, aunque está de acuerdo en que estos siete ámbitos prioritarios (6) son muy importantes, deben añadirse las siguientes tecnologías y sectores clave:

— tecnologías espaciales;

 

— agua limpia y saneamiento;

 

— materiales nuevos y de alta tecnología con un elevado potencial futuro para la UE, como por ejemplo el grafeno;

 

— tecnologías para fabricar bienes y alimentos;

 

— investigación clínica, sector farmacéutico y de biotecnología;

 

— modelos empresariales digitales en general;

 

— tecnologías (hardware y software) para la preparación ante emergencias (apagones, interrupción de las comunicaciones digitales, por ejemplo mediante delitos cibernéticos, etc.).

 

       2.20.    Desgraciadamente, la EU-27 registra una importante fuga de cerebros de investigadores de excelencia hacia los Estados Unidos y, cada vez más, hacia Asia. Hay que detener esta fuga de cerebros y convertirla en una ganancia de cerebros. Entre otros, los siguientes principios son muy importantes si se quiere alcanzar de una ITI de alto rendimiento, ágil y líder a escala mundial:

— Reconocer y remunerar de forma justa a los investigadores de excelencia en la EU-27, y en particular a las investigadoras de excelencia (véase el escaso equilibrio de género que presenta la EU-27 en el ámbito de la ITI).

 

— Comunicar, colaborar y cooperar de forma eficiente (¡las tres «C» importantes de la innovación!).

 

— Aumentar la financiación de la Unión y nacional para los centros de investigación y las universidades, sobre la base de procesos de licitación, garantizando así que «los mejores entre los mejores» investigadores reciben los fondos (en lugar de ofrecer financiación indiscriminadamente a todos los centros de investigación).

 

       2.21.       Uno de los principales objetivos del nuevo EEI de la Unión es la creación de valor. Por ello, el CESE considera muy importante el apartado «Valorización del conocimiento». En este apartado se destaca la importancia de la cooperación y las interrelaciones entre todos los actores de la I+i. Esto es importante, pero no suficiente para la «valorización del conocimiento».

 

            2.22.    Algunas cuestiones que son igualmente importantes para la creación de valor en Europa son:

— un compromiso con la rápida conversión de los resultados de I+D en productos y servicios innovadores y, en última instancia, en valor, negocio y empleos de calidad. Esto requiere, entre otras cosas, una cultura mucho más emprendedora en Europa, así como una actitud positiva hacia la asunción de riesgos: el rápido lanzamiento de productos innovadores siempre conlleva riesgos.

El conocido eslogan «sin riesgo no hay diversión» se traduce, en el ámbito de la innovación, en «sin riesgo no se hace negocio ni se crea empleo».

 

— una hoja de ruta tecnológica clara, especialmente en lo que respecta a las TFE (tecnologías facilitadoras esenciales) y las FET (siglas en inglés de «tecnologías futuras emergentes»);

 

— una estrategia clara en materia de DPII para el nuevo EEI.

 

        2.23.       En cuanto al epígrafe relativo a «Fortalecer un mercado interior para el conocimiento realmente funcional», el conocimiento, sin duda alguna, es muy importante, ya que el siglo XXI es el siglo del conocimiento. Sin embargo, también es muy importante dar un nuevo impulso a la producción de todo tipo de material informático en Europa. Hace veinte años, la UE pensaba que la producción de bienes podía trasladarse a Asia manteniendo en Europa la I+D asociada a la producción, Esto resultó ser un error. La I+D siempre sigue a la producción, tarde o temprano. Por lo tanto, para recuperar al menos una parte de la producción —y el empleo que lleva asociado— de Asia a Europa, la Unión debe realizar grandes esfuerzos. Esto también contribuiría en buena medida a resolver el problema de desempleo, que es especialmente grave en algunos países de Europa meridional.

 

        2.24.       Otra lección que Europa ha aprendido de la pandemia de coronavirus: la producción de casi todos los medicamentos y vacunas básicos se ha trasladado de Europa a Asia en los últimos veinte o treinta años. Europa ha perdido su soberanía en muchos productos y medicamentos importantes. Los microchips son otro ejemplo de que la industria europea, especialmente la del automóvil, está sufriendo enormemente en estos momentos. Otros ejemplos que muestran como Europa, por desgracia, depende casi plenamente de Asia son las baterías para vehículos eléctricos o las tecnologías de hidrógeno. (Mientras que los fabricantes europeos de automóviles siguen experimentando con prototipos de coches impulsados por hidrógeno, Toyota, Honda y Hyundai ya los fabrican en serie y los venden regularmente). Asia también es, con diferencia, la líder en tecnologías ópticas, tecnologías de comunicación 5G, inteligencia artificial, aprendizaje automático, robótica y muchas otras tecnologías facilitadoras esenciales y emergentes. En el Pacto de I+i, Europa debe establecer como prioridad clara la recuperación de la soberanía en tecnologías esenciales.

 

        2.25.       Europa se enfrenta, por una parte, al reto del elevado desempleo juvenil, sobre todo en algunos países del sur de Europa, y, por otra, al de la escasez de titulados altamente cualificados en CTIM (ciencias, tecnologías, ingenierías y matemáticas), en particular una grave escasez de ingenieros en todos los ámbitos de las TIC y la digitalización, la electromovilidad y las tecnologías relacionadas con las energías renovables. A menudo se olvida que son principalmente los ingenieros quienes convierten los resultados de I+D obtenidos por los investigadores en productos técnicos. Debido a los cambios demográficos (el envejecimiento de nuestra sociedad) y al hecho de que la mayoría de los países europeos no están consiguiendo atraer a más mujeres estudiantes a las carreras de ingeniería, este problema aumentará en un futuro próximo. Por supuesto, deben aumentarse a gran escala las medidas para atraer a más estudiantes a las carreras de ingeniería en la Unión. Además, el Pacto de I+i debe generar programas inteligentes para atraer a ingenieros altamente cualificados de países no miembros de la Unión. La competencia global en materia de ITI se convertirá cada vez más en una guerra mundial de talentos, y hasta ahora, la Unión ha salido perdiendo en esta guerra mundial de talentos en comparación con los Estados Unidos, por ejemplo.

 

        2.26.       Por último, pero no por ello menos importante, el CESE desea señalar que el Pacto de I+i de la Unión y su nuevo EEI deberían diseñarse y aplicarse de acuerdo con los diecisiete Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, cuyo objetivo es que para 2030 todos podamos vivir una vida digna en un planeta saludable.

Bruselas, 23 de febrero de 2022.

La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo

Christa SCHWENG


(1)  Dictamen del CESE sobre el tema «Un nuevo EEI para la investigación y la innovación», DO C 220 de 9.6.2021, p. 79.

(2)  COM(2020) 628.

(3)  Fuente: https://erc.europa.eu/news/pact-research-innovation-foundations-european-research-area-still-valid-and-unavoidable.

(4)  Tal y como se destaca en el punto 2, letra h), de la propuesta de Recomendación del Consejo [COM (2021) 407]. La letra h) se formula como sigue: «La investigación y la innovación, así como la educación (superior), son motores clave de la innovación y de la creación, la difusión y el uso del conocimiento».

(5)  COM(2021) 407.

(6)  Tal como se recogen en la COM(2020) 628.



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