lunes, 26 de septiembre de 2022

DECLARACIÓN EUROPEA SOBRE LOS DERECHOS Y PRINCIPIOS DIGITALES PARA LA DÉCADA DIGITAL - DICTAMEN DEL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO

 Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho
Universidad de Montpellier I Francia.

cferreyros@hotmail.com   

Resumen   

El Dictamen del Comité Económico y Social Europeo, CESE,  sobre a) Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones «Formulación de una Declaración Europea sobre los Derechos y Principios Digitales para la Década Digital», se organiza en base a las rúbricas siguientes:

1.   Conclusiones y recomendaciones

2.   Contexto general

3.   Observaciones generales

4.   Observaciones específicas

Las tres principales Conclusiones y recomendaciones del CESE, destacan:

· El estrecho vínculo existente entre el itinerario hacia la Década Digital y la Declaración sobre los Derechos y Principios Digitales: en el primero se hace hincapié en los objetivos cuantitativos y en la segunda, en objetivos cualitativos principalmente. El CESE considera que ambos son pertinentes para facilitar la transformación digital de la sociedad y la economía.

· A juicio del CESE, la Declaración debe funcionar en favor de un desarrollo sostenible integral. El éxito de la transformación digital consiste en una combinación de beneficios económicos, sociales y medioambientales que se derivan de su contribución a aumentar la competitividad, la prosperidad, el empleo y el bienestar y de la transición hacia una economía circular y sin emisiones, acompañada de la prevención y minimización de los riesgos indeseables que pudiera entrañar para la sociedad.

· El CESE estima que centrarse en las capacidades digitales, las infraestructuras digitales, las empresas digitales y los servicios públicos digitales es fundamental para apoyar la recuperación económica y el crecimiento en Europa, garantizando al mismo tiempo que se logren avances en el respeto de los derechos fundamentales de manera centrada en el ser humano e inclusiva, sin dejar a nadie atrás. 

Si desea mayor información sobre estos temas,  consúltenos al correo electrónico:  cferreyros@hotmail.com

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Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre a) Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones «Formulación de una Declaración Europea sobre los Derechos y Principios Digitales para la Década Digital»

[COM(2022) 27 final]

y sobre b) «Derechos y principios digitales»

(Dictamen exploratorio)

(2022/C 365/03)

Ponente:

Philip VON BROCKDORFF

Coponente:

Violeta JELIĆ

Consulta

a)

Comisión Europea, 2.5.2022

b)

Presidencia checa, 26.1.2022

Base jurídica

a)

Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

b)

Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Sección competente

Mercado Único, Producción y Consumo

Aprobación en sección

1.6.2022

Aprobación en el pleno

15.6.2022

Pleno n.o

570

Resultado de la votación

(a favor/en contra/abstenciones)

181/0/2

1.   Conclusiones y recomendaciones

     1.1.        El CESE destaca el estrecho vínculo existente entre el Itinerario hacia la Década Digital y la Declaración sobre los Derechos y Principios Digitales: en el primero se hace hincapié en los objetivos cuantitativos y en la segunda, en objetivos cualitativos principalmente. El CESE considera que ambos son muy pertinentes para facilitar la transformación digital de la sociedad y la economía.

 

     1.2.        A juicio del CESE, la Declaración debe funcionar en favor de un desarrollo sostenible integral. El éxito de la transformación digital consiste en una combinación de beneficios económicos, sociales y medioambientales que se derivan de su contribución a aumentar la competitividad, la prosperidad, el empleo y el bienestar y de la transición hacia una economía circular y sin emisiones, acompañada de la prevención y minimización de los riesgos indeseables que pudiera entrañar para la sociedad.

 

     1.3.        El CESE estima que centrarse en las capacidades digitales, las infraestructuras digitales, las empresas digitales y los servicios públicos digitales es fundamental para apoyar la recuperación económica y el crecimiento en Europa, garantizando al mismo tiempo que se logren avances en el respeto de los derechos fundamentales de manera centrada en el ser humano e inclusiva, sin dejar a nadie atrás. El CESE también recomienda que se tengan en cuenta las conclusiones de la Conferencia sobre el Futuro de Europa en relación con la transformación digital.

 

     1.4.        Aunque concebida para servir como un compromiso político sólido, la Declaración no afectará a los derechos jurídicos vigentes. El CESE considera que los derechos digitales se derivan de los derechos fundamentales actuales y deben definirse en el marco de estos, dado que forman parte del conjunto de valores y principios de la UE, en el que coexisten diversos derechos y libertades y en el que los valores también establecen límites entre sí.

 

     1.5.        Los diferentes principios y derechos descritos en el proyecto de Declaración se solapan en muchos aspectos, y el hecho de mezclar principios y derechos dificulta la percepción de la esencia del contenido. Por lo tanto, es absolutamente necesario promover la comprensión del significado concreto de los principios por parte de las empresas, los trabajadores, los consumidores y la población en general.

 

     1.6.        Los valores y los derechos fundamentales de la UE revisten gran importancia tanto para las personas como para las empresas. Por consiguiente, la Declaración debería reconocer que, a la hora de adaptarse al mundo digital, la mayor parte de las empresas, en particular las pymes, se enfrentan más o menos a los mismos retos que la población en general. El CESE también quiere destacar el reto que plantea evitar que se cree una brecha digital en el acceso a los servicios públicos y privados por parte de la población de mayor edad y de la población rural.

 

     1.7.        El CESE subraya la importancia de los principios relacionados con la conectividad, las capacidades y la seguridad, que son esenciales tanto para las personas como para las empresas, así como para el desarrollo económico y social general. La guerra entre Rusia y Ucrania ha hecho que esta cuestión adquiera cada vez más visibilidad y ha reforzado la necesidad de desarrollar las capacidades de las personas y los recursos para reconocer y combatir la desinformación.

 

     1.8.        El CESE hace hincapié en la importancia de medir y supervisar el progreso digital y recomienda que no se multipliquen los instrumentos en este ámbito. Los objetivos de la Declaración deben medirse mediante indicadores concretos en el marco del Itinerario hacia la Década Digital, y el informe anual sobre el estado de la Década Digital debe incorporarse al Semestre Europeo.

 

     1.9.        Un mercado único justo que funcione correctamente desempeña un papel clave en el desarrollo digital de la UE. Por consiguiente, el CESE considera que debe protegerse plenamente la propia esencia de las libertades del mercado único. La libre circulación y la propiedad de los datos revisten una importancia cada vez mayor, ya que no solo afectan al mercado único de datos como tal, sino que también están intrínsecamente vinculadas a los mercados de capitales, bienes y servicios. En la Declaración deberían reconocerse, asimismo, los principios relacionados con la innovación, la propiedad intelectual y la libertad de empresa.

 

       1.10.    El mercado único es igualmente un trampolín que permite a la UE aumentar el recurso a los mercados y las cadenas de suministro exteriores y convertirse en un agente influyente y poderoso a escala mundial. Por lo tanto, la Declaración deberá promoverse activamente en un contexto internacional recurriendo a una amplia gama de instrumentos, que van desde los acuerdos globales establecidos por los interlocutores sociales en las multinacionales hasta la acción diplomática y la cooperación en materia de innovación, los acuerdos comerciales y de inversión y las condiciones de financiación.

2.   Contexto general

     2.1.        En el último discurso sobre el estado de la Unión, la Comisión Europea presentó el «Itinerario hacia la Década Digital» (1). El objetivo de este plan es digitalizar las capacidades, las infraestructuras, las empresas y los servicios públicos a fin de llevar a cabo la transformación digital de nuestra sociedad y nuestra economía de aquí a 2030.

 

     2.2.        Simultáneamente, la Comisión está trabajando para finalizar la propuesta de Declaración conjunta del Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre los Principios Digitales, cuyo objetivo es garantizar que los valores y derechos europeos se tengan en cuenta en el espacio digital. Esto permitirá a todo el mundo beneficiarse de las posibilidades que ofrece la tecnología digital, por ejemplo, un acceso universal a internet, algoritmos que, mediante una auditoría periódica llevada a cabo por terceros independientes, respeten los derechos fundamentales, y un entorno en línea seguro y fiable.

 

     2.3.        Para garantizar que Europa avance rápidamente hacia los objetivos de la Década Digital, el marco de gobernanza propuesto prevé un sistema de seguimiento basado en un Índice de la Economía y la Sociedad Digitales (DESI) mejorado, y el informe sobre el estado de la Década Digital servirá como evaluación anual de la transformación digital en Europa. En particular, el informe: i) determinará los ámbitos en los que es necesario adoptar nuevas medidas; ii) analizará las carencias en materia de inversión o de otros recursos y señalará qué medidas son necesarias para aumentar la soberanía digital de la UE; y iii) evaluará la aplicación de las propuestas reglamentarias pertinentes y las acciones emprendidas en el plano de la UE y de los Estados miembros. También brindará la oportunidad de hacer balance sobre el nivel de adhesión a los principios digitales que se establecerán en la futura Declaración.

3.   Observaciones generales

     3.1.        El CESE considera que el Itinerario hacia la Década Digital constituye un avance importante para apoyar la transformación digital en la UE, ya que tiene en cuenta la aceleración de las tendencias y las crecientes necesidades de la digitalización, que la pandemia también ha puesto de manifiesto. La necesidad de colmar las carencias de las capacidades digitales de Europa sigue siendo un motivo de preocupación, al igual que la de adoptar un enfoque más unificado e invertir en proyectos digitales a gran escala para aprovechar los beneficios que aporta la digitalización.

 

     3.2.        El CESE considera que prestar atención a las capacidades digitales, las infraestructuras digitales, las empresas digitales y los servicios públicos digitales es fundamental para apoyar la recuperación económica y el crecimiento en Europa: se trata de una cuestión vital para mejorar los ingresos, el nivel de vida y las condiciones de trabajo. Debe prestarse especial atención a la población de mayor edad y a la población rural de la UE para garantizar que no se queden rezagadas en la transformación digital.

 

     3.3.        Por otro lado, el éxito de la transformación digital situará a Europa en la vanguardia de las tendencias mundiales, le permitirá consolidar su competitividad y facilitará el establecimiento de normas universales. Además, las tecnologías digitales son una pieza fundamental para que la UE alcance los objetivos de sostenibilidad de su Pacto Verde.

 

     3.4.        El CESE valora positivamente que la Comisión y los Estados miembros colaboren de modo estrecho para alcanzar las metas y los objetivos de la Década Digital. Como primer paso, poco después de la entrada en vigor de la Decisión por la que se establece el Itinerario hacia la Década Digital, estos determinarán de manera conjunta las trayectorias de la UE previstas para cada uno de los objetivos. Estas trayectorias permitirán evaluar los avances en la consecución de los objetivos.

 

     3.5.        El CESE reconoce que es responsabilidad de los Estados miembros incluir sus trayectorias nacionales en las hojas de ruta estratégicas digitales, así como cualquier política o instrumento actual o previsto que los Estados miembros tengan intención de utilizar. Es obvio que no todos los objetivos de la Década Digital requieren esfuerzos idénticos en todos los Estados miembros. Algunos de ellos, de hecho, han realizado progresos considerables. Por otra parte, varios objetivos requerirán esfuerzos específicos por parte de determinados Estados miembros. El CESE reconoce que la contribución potencial de los Estados miembros a la consecución de las metas fijadas a nivel de la UE varía considerablemente en algunos casos, factor que también debe tenerse en cuenta. A este respecto, el CESE pide que se establezcan indicadores clave de rendimiento concretos a nivel nacional con el fin de supervisar los avances y garantizar la consecución de los objetivos.

 

     3.6.        El CESE espera que estas consideraciones se incluyan en el informe anual de la Comisión sobre el estado de la Década Digital. En este sentido, valora positivamente el compromiso asumido de que, en los cinco meses siguientes a la publicación del informe, la Comisión y los Estados miembros cooperarán estrechamente para determinar los ámbitos en los que los avances sean insuficientes y acordarán medidas para garantizar la consecución de los objetivos. Una vez más, corresponderá a los Estados miembros adaptar sus hojas de ruta estratégicas nacionales para tener en cuenta las recomendaciones formuladas en el informe. Es esencial que estos se comprometan a aplicar medidas correctoras o a emprender proyectos como los proyectos plurinacionales.

 

     3.7.        El CESE también acoge con satisfacción todos los instrumentos de decisión propuestos para garantizar que las medidas adoptadas por los Estados miembros sean suficientes para permitir avanzar hacia los objetivos de la Década Digital. Estos instrumentos, que incluyen una revisión entre iguales, recomendaciones de la Comisión, posibles medidas adicionales a escala de la UE y un diálogo específico, parecen ser muy prometedores en términos de eficacia, suponiendo, obviamente, que se sigan todas las recomendaciones.

 

     3.8.        Por lo que respecta a los informes, el CESE destaca la importancia de vincular los objetivos de la Década Digital al Semestre Europeo. Los aspectos digitales en el Semestre Europeo y el seguimiento de los avances en materia de transformación digital en la UE son cuestiones que revisten una importancia crucial, y el CESE apoya la propuesta de que el informe anual sobre el estado de la Década Digital se incorpore al Semestre Europeo. La consecución de los objetivos de la Declaración debe supervisarse con indicadores concretos que midan, por ejemplo, los avances en las competencias digitales profesionales y las capacidades para detectar información falsa en línea, así como la reducción de la brecha digital y el apoyo a las personas sin acceso a servicios en línea. En este sentido, también deberán tenerse en cuenta los aspectos relacionados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

 

     3.9.        El CESE reitera la posición favorable que ha adoptado en un Dictamen conexo sobre los proyectos plurinacionales, que son proyectos a gran escala que apoyan los objetivos de transformación digital de la UE. El planteamiento de canalizar las inversiones coordinadas en las que participen al menos tres Estados miembros y, en su caso, otras partes interesadas públicas o privadas es pertinente (2).

 

       3.10.    Estos proyectos favorecen la productividad y la resiliencia de la economía europea y, por lo tanto, es necesario formular directrices claras sobre cómo pueden ponerse fondos a disposición de los proyectos plurinacionales. Entre las posibles fuentes de financiación cabe citar una combinación de financiación de la UE y de los Estados miembros. Por el lado de la Unión Europea, puede mencionarse el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, el Programa Europa Digital, el Mecanismo «Conectar Europa», el Programa InvestEU, Horizonte Europa, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Fondo de Cohesión. No obstante, se anima encarecidamente a los Estados miembros a que contribuyan a proyectos plurinacionales que el CESE considera vitales para una transformación digital europea más eficaz y coordinada.

 

       3.11.    El CESE estima que la viabilidad de los proyectos plurinacionales debe evaluarse de forma periódica y acoge favorablemente la propuesta de que la Comisión asesore y proporcione las orientaciones pertinentes, cuando corresponda, para apoyar la ejecución de este tipo de proyectos.

4.   Observaciones específicas

     4.1.        Las propuestas de la Comisión sientan una base y aportan la argumentación para que el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión elaboren y firmen una Declaración conjunta. Según el CESE, una Declaración que reúna en un único documento diferentes principios relacionados con la transformación digital proporcionaría una referencia útil a la hora de aplicar la Brújula Digital y el Itinerario hacia la Década Digital. En el mejor de los casos, la Declaración aumentará la confianza entre las personas y las empresas. Para ello es necesario contar con un texto y una Comunicación claros y fácilmente comprensibles.

 

     4.2.        Aunque la Declaración tendrá carácter político y no será jurídicamente vinculante como tal, servirá de referencia y guía firme para la adopción de futuras medidas políticas. Como se indica en la Comunicación, la Declaración no afectaría a los derechos jurídicos vigentes. Por lo tanto, cualquier nueva medida basada en ella deberá tener debidamente en cuenta los actos jurídicos en vigor y otros instrumentos.

 

     4.3.        También es importante reforzar una amplia variedad de instrumentos y medidas que contribuyen a la aplicación de la Declaración. Por ejemplo, es absolutamente necesario aumentar la sensibilización y fomentar la comprensión del significado concreto de los principios por parte de las empresas, los trabajadores, los consumidores y la población en general.

 

     4.4.        Es razonable utilizar los mecanismos existentes para supervisar cómo se aplicarán y cómo se aplican en estos momentos los principios. El mecanismo de gobernanza propuesto para el Itinerario hacia la Década Digital, con sus objetivos generales, es el más pertinente a este respecto. Además, será útil hacer un seguimiento de la evolución de la percepción de la población mediante la realización de encuestas del Eurobarómetro.

 

     4.5.        En varios Dictámenes anteriores el CESE ha destacado la importancia de que la transformación digital se lleve a cabo de manera centrada en el ser humano, inclusiva y sostenible, y la Declaración proporcionaría una referencia fundamental a tal propósito. Los objetivos correspondientes también se han incorporado en el Itinerario hacia la Década Digital y, a juicio del CESE, estos aportan un marco cualitativo para las metas cuantitativas establecidas en la Brújula y el Itinerario Digitales (3).

 

     4.6.        Los diferentes principios y derechos descritos en el proyecto de Declaración se solapan en muchos casos y cada uno de ellos engloba aspectos diferentes, algunos de manera bastante pormenorizada. Por consiguiente, es difícil percibir cuál es la esencia del contenido. La combinación de principios y derechos difumina aún más este contenido. El conjunto original de principios digitales presentados por la Comisión para consulta era más claro y fácil de comprender y, por lo tanto, hubiera constituido un enfoque preferible, ya que al mismo tiempo utilizaba la enriquecedora aportación de la consulta.

 

     4.7.        El CESE considera que los derechos digitales se derivan de los derechos fundamentales actuales y se definen en el marco de estos. Forman parte de los valores y principios de la UE, que constituyen un todo multinivel y multidimensional, en el que coexisten diferentes derechos y libertades y en el que los valores también establecen límites recíprocos y garantizan un equilibrio adecuado. Este es el caso, por ejemplo, de los principios de libertad de expresión y no discriminación en el contexto del discurso de odio, que es un fenómeno cada vez más extendido en el mundo en línea.

 

     4.8.        El CESE considera que los principios digitales deben funcionar en favor de todo lo que se entiende por desarrollo sostenible. Sin embargo, el principio de sostenibilidad incluido en el proyecto de Declaración parece referirse principalmente a la sostenibilidad medioambiental, mientras que los otros cinco se centran sobre todo en la sostenibilidad social. El CESE considera que, a la hora de desarrollar y usar las tecnologías digitales, la sostenibilidad debe tenerse en cuenta de dos maneras: mediante la minimización del impacto perjudicial de las tecnologías y la maximización de su impacto positivo en la economía y la sociedad. El éxito de la transformación digital consistirá, por tanto, en una combinación de beneficios económicos, sociales y medioambientales que se derivan de su contribución a aumentar la competitividad, la prosperidad, el empleo y el bienestar y de la transición hacia una economía circular y sin emisiones.

 

     4.9.        Los valores y los derechos fundamentales de la UE revisten gran importancia tanto para las personas como para las empresas. La mayoría de los aspectos incluidos en el proyecto son pertinentes no solo para las personas, sino también para los emprendedores, incluidas las empresas de la economía social, y las organizaciones de la sociedad civil. Por consiguiente, la Declaración debería reconocer que, a la hora de adaptarse al mundo digital, la mayor parte de las empresas, en particular las pymes, se enfrentan más o menos a los mismos retos que la población en general.

 

       4.10.    El CESE considera que también debe hacerse más hincapié en cómo mejorar los beneficios de la transformación digital, incluida la prosperidad económica. Esto subraya la importancia de los principios relacionados con la conectividad, las capacidades y la seguridad, que son esenciales para el desarrollo socioeconómico. Aparte de los incluidos en el proyecto de Declaración, los principios relacionados con la innovación, la propiedad intelectual y la libertad de empresa son claves para las empresas del mundo digital y deberían reconocerse en la Declaración.

 

       4.11.    La guerra entre Rusia y Ucrania ha puesto de manifiesto la importancia del buen funcionamiento de las conexiones digitales y la ciberseguridad en todos los niveles y sectores de la sociedad, así como en las conexiones internacionales. También ha reforzado la necesidad de desarrollar capacidades y recursos para reconocer y combatir la desinformación.

 

       4.12.    El CESE ya ha destacado la importancia de la soberanía digital como pilar fundamental del desarrollo económico, social y medioambiental de Europa y ha subrayado que esta soberanía debe basarse en la competitividad mundial y apoyarse en una sólida cooperación entre los Estados miembros. Se trata de una condición previa esencial para que la UE se convierta en un punto de referencia en la escena internacional, también en lo que respecta a la fiabilidad de las tecnologías digitales. Por lo que se refiere, en particular, al almacenamiento de datos de los europeos, el CESE subraya la necesidad de completar el proyecto de nube pública GAIA-X, que reforzaría la confianza de la población europea y fomentaría así el flujo de datos (4).

 

       4.13.    El funcionamiento armonioso y equitativo del mercado único desempeña un papel clave en el desarrollo digital de la UE. Por consiguiente, el CESE considera que debe protegerse plenamente la propia esencia de las libertades del mercado único. La libre circulación y la propiedad de los datos revisten una importancia cada vez mayor, ya que no solo afectan al mercado único de datos como tal, sino que también están intrínsecamente vinculadas a los mercados de capitales, bienes y servicios.

 

       4.14.    Además, el mercado único es un punto de partida y un trampolín que permite a la UE aumentar el recurso a los mercados y las cadenas de suministro exteriores y convertirse en un agente influyente y poderoso a escala mundial. Por lo tanto, la Declaración debe promoverse activamente en un contexto internacional. Aunque los valores no pueden «exportarse», la UE tiene el potencial de ejercer influencia en el plano mundial recurriendo a una amplia gama de instrumentos que van desde los acuerdos mundiales establecidos por los interlocutores sociales en las multinacionales hasta la acción diplomática, la cooperación en materia de innovación, los acuerdos comerciales y de inversión y las condiciones de financiación. Esto se aplica a las relaciones exteriores tanto bilaterales como multilaterales.

Bruselas, 15 de junio de 2022.

La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo

Christa SCHWENG


(1)  COM(2021) 574 final.

(2)  Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el programa de política «Itinerario hacia la Década Digital» para 2030 (DO C 194 de 12.5.2022, p. 87).

(3)  Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el programa de política «Itinerario hacia la Década Digital» para 2030 (DO C 194 de 12.5.2022, p. 87).

(4)  Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el programa de política «Itinerario hacia la Década Digital» para 2030 (DO C 194 de 12.5.2022, p. 87).

 


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