Por: Carlos A. FERREYROS SOTO
Doctor en Derecho
Universidad de Montpellier I Francia.
Resumen
Esta convocatoria está dirigida a los científicos con ciudadanía de un Estado miembro de la Union Europea, la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) o de un país Candidato a la UE, incluyendo expertos de terceros países que deseen ser considerados para ser miembros del Comité Científico (SC) o de uno de los diez (10) Paneles Científicos de la EFSA, a saber: Salud y Bienestar Animal (AHAW), Riesgos Biológicos (BIOHAZ), Contaminantes en el Cadena Alimentaria (CONTAM), Aditivos y Productos o Sustancias Utilizados en la Alimentación Animal (FEEDAP), Organismos Genéticamente Modificados (OGM), Nutrición, Nuevos Alimentos y Alérgenos Alimentarios (NDA), Sanidad Vegetal (PLH), Productos Fitosanitarios y sus Residuos ( PPR), aditivos alimentarios y saborizantes (FAF), materiales en contacto con alimentos, enzimas y coadyuvantes de procesamiento (CEP).
La Autoridad Europea
de Seguridad Alimentaria, EFSA
es una Agencia de la Unión Europea (UE) y una parte integral del sistema de seguridad
alimentaria de la UE. Ella convoca a los científicos que deseen ser considerados
para ser miembros del Comité Científico (SC) o de uno de los diez (10) Paneles Científicos
de la EFSA, a saber: Salud y Bienestar Animal (AHAW), Riesgos Biológicos (BIOHAZ),
Contaminantes en el Cadena Alimentaria (CONTAM), Aditivos y Productos o Sustancias
Utilizados en la Alimentación Animal (FEEDAP), Organismos Genéticamente Modificados
(OGM), Nutrición, Nuevos Alimentos y Alérgenos Alimentarios (NDA), Sanidad Vegetal
(PLH), Productos Fitosanitarios y sus Residuos ( PPR), aditivos alimentarios y saborizantes
(FAF), materiales en contacto con alimentos, enzimas y coadyuvantes de procesamiento
(CEP).
Los candidatos deben cumplir los siguientes requisitos:
1. Ciudadanía de un Estado Miembro de
la Unión Europea (UE), o de un país de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC)
o de un país Candidato a la UE. Los expertos de terceros países también pueden
postularse y serán considerados para ser miembros de los paneles/comités científicos
si el nivel de experiencia requerido no se puede encontrar entre los nacionales
de la UE, la AELC o los países candidatos a la UE.
2. Amplio conocimiento del idioma inglés
(
3. Un nivel de educación que corresponda
a estudios universitarios completos de al menos cuatro (4) años avalados por un
diploma[1].
4. Al menos siete (7) años de experiencia
profesional, obtenidos después de obtener el diploma de educación solicitado.
5. Producción científica activa , comprobada por autoría/contribución, durante los últimos cinco (5) años.
A fin de acceder a similares normas y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privadas interesadas en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico: cferreyros@hotmail.com
[1] En uno de los
siguientes campos: agricultura, bioquímica, bioinformática, biología,
biometría, biotecnología, química, exposición dietética, ciencias ambientales ,
epidemiología, ciencia de los alimentos, tecnología de los alimentos, genética,
salud y seguridad alimentaria, medicina humana, ciencias de la vida,
matemáticas, microbiología, biología molecular, ciencias naturales, nutrición,
farmacia, salud pública, estadística, toxicología, medicina veterinaria o áreas
afines
____________________________________________________________
Convocatoria de manifestaciones de interés para ser miembro de los Paneles Científicos y del Comité Científico de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria 2023 – Parma, Italia (EFSA/E/2023/01)
(2023/C 39 A/01)
Fecha límite de envío de solicitudes: 3 de abril de 2023 a las 23:59 (hora local).
El texto de esta convocatoria está disponible en todos los idiomas oficiales de la UE en el Diario Oficial de la Unión Europea .
¿Es usted un científico motivado que busca marcar la diferencia y contribuir a proteger la salud pública en Europa? ¿Le gustaría aprovechar su pasión por la ciencia trabajando para la piedra angular de la evaluación de riesgos de seguridad alimentaria en Europa?
La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) brinda asesoramiento científico independiente y transparente a los responsables políticos para garantizar la seguridad en toda la cadena alimentaria, desde la granja hasta la mesa. El asesoramiento científico de la EFSA se logra a través del trabajo de nuestros expertos y en cooperación con socios nacionales e internacionales, así como un diálogo abierto con la sociedad. Contribuye a la protección de la salud humana, animal y vegetal, así como del medio ambiente.
Ser miembro de uno de los Paneles Científicos o del Comité Científico de la EFSA significa trabajar junto a algunos de los mejores expertos de Europa, desarrollando su carrera científica y su red. Su asesoramiento científico puede marcar la diferencia en la salud de los consumidores europeos y el futuro de Europa.
Esta convocatoria está dirigida a los científicos que deseen ser considerados para ser miembros del Comité Científico (SC) o de uno de los diez (10) Paneles Científicos de la EFSA, a saber: Salud y Bienestar Animal (AHAW), Riesgos Biológicos (BIOHAZ), Contaminantes en el Cadena Alimentaria (CONTAM), Aditivos y Productos o Sustancias Utilizados en la Alimentación Animal (FEEDAP), Organismos Genéticamente Modificados (OGM), Nutrición, Nuevos Alimentos y Alérgenos Alimentarios (NDA), Sanidad Vegetal (PLH), Productos Fitosanitarios y sus Residuos ( PPR), aditivos alimentarios y saborizantes (FAF), materiales en contacto con alimentos, enzimas y coadyuvantes de procesamiento (CEP).
AUTORIDAD EUROPEA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA
EFSA es una Agencia de la Unión Europea (UE) y una parte integral del sistema de seguridad alimentaria de la UE.
La seguridad en la cadena alimentaria desde la granja hasta la mesa es el núcleo de la EFSA. La EFSA contribuye a proteger la salud humana, teniendo en cuenta la salud y el bienestar animal, la sanidad vegetal y el medio ambiente.
EFSA defiende los siguientes valores en todas sus actividades:
— | Excelencia |
— | Independencia |
— | Franqueza |
— | Responsabilidad |
— | Cooperación. |
En 2021 entró en vigor una modificación del Reglamento de base de la EFSA ( 1 ) , el denominado Reglamento de transparencia, que aumentó las responsabilidades de la EFSA hacia los ciudadanos de la UE. Los desarrollos de políticas en toda la UE, como las acciones del Acuerdo Verde y, en particular, la Estrategia de la granja a la mesa, la Estrategia de productos químicos para la sostenibilidad y la Estrategia de biodiversidad darán forma al enfoque de las actividades de la EFSA en los próximos años. El importante papel de comunicación de riesgos de la EFSA se ha profundizado aún más, lo que implicará adaptaciones en la forma en que la EFSA comunica los riesgos en los próximos años. Asimismo, la pandemia mundial del SARS-CoV-2 ha obligado a la EFSA a adaptarse a nuevas formas de trabajo.
Teniendo en cuenta estos antecedentes, en junio de 2021 la EFSA ha elaborado su Estrategia 2027 ( 2 ) . Establece cómo la EFSA pretende responder al entorno cambiante (como la digitalización, la capacidad para satisfacer las necesidades emergentes y el apoyo coordinado a la agenda de sostenibilidad de la CE), describiendo el valor añadido que propone a sus clientes, socios, partes interesadas y el público en grande.
Los objetivos estratégicos de la EFSA establecidos en la Estrategia 2027 de la EFSA son:
1. | Brinde asesoramiento científico confiable y comunicación de riesgos de la granja a la mesa. |
2. | Garantizar la preparación para futuras necesidades de análisis de riesgos. |
3. | Empoderar a las personas y garantizar la agilidad organizacional. |
Obtenga más información sobre la EFSA en https://www.efsa.europa.eu
LOS PANELES CIENTÍFICOS Y EL COMITÉ CIENTÍFICO DE LA EFSA
El Comité Científico y los Paneles Científicos son responsables de producir los dictámenes y dictámenes científicos de la EFSA que apoyen a los gestores de riesgos en la toma de decisiones y proporcionen una base sólida para las políticas europeas. Estos resultados científicos se publican en el EFSA Journal , una publicación mensual indexada en bases de datos bibliográficas (p. ej., CAB Abstracts, Food Science and Technology Abstracts, ISI Web of Knowledge) relevantes para el trabajo de la EFSA.
Los miembros del Comité Científico y de los Paneles Científicos de la EFSA son designados por un período de cinco (5) años.
Consulte el ANEXO I ( 3 ) publicado en el sitio web de la EFSA para consultar la descripción detallada del mandato del Comité Científico y los Paneles Científicos.
MIEMBROS DE LOS PANELES CIENTÍFICOS DE LA EFSA Y DEL COMITÉ CIENTÍFICO
La EFSA reúne a los mejores expertos disponibles de Europa en evaluación de riesgos en el campo de la seguridad de los alimentos y los piensos, la salud y el bienestar animal, la sanidad vegetal y el medio ambiente, que actúan con capacidad independiente para proporcionar a las instituciones de la Unión Europea y a los Estados miembros asesoramiento científico de la estándar más alto.
Los miembros del Comité Científico y los Paneles Científicos se seleccionan y nombran de acuerdo con el Reglamento Fundacional de la EFSA y las normas relacionadas ( 4 ) . Estas bases detallan la organización, calendario y criterios de los procedimientos de selección y nombramiento y pueden ser consultadas por los candidatos para ampliar la información de las mismas.
Cada panel científico incluye entre 11 y 21 expertos científicos, según la carga de trabajo planificada y la experiencia requerida para el mandato correspondiente. El Comité Científico está compuesto por los Presidentes de los diez (10) Paneles Científicos y otros seis (6) expertos científicos que no pertenecen a ninguno de los Paneles Científicos. Todos estos expertos cooperan con la EFSA independientemente de cualquier influencia externa y no representarán la opinión de un Estado miembro, de sus empleadores o de cualquier otra organización.
Grupos de trabajo
Cada panel científico cuenta con el apoyo de una variedad de grupos de trabajo que se establecen para llevar a cabo el trabajo preparatorio necesario para mandatos específicos o áreas de productos regulados. Los grupos de trabajo generalmente están presididos por expertos del panel y comúnmente contienen expertos en temas específicos, así como expertos en audiencia para garantizar que la experiencia científica adecuada esté disponible para realizar este trabajo preparatorio que luego es revisado por el Panel científico.
Responsabilidades
El Comité Científico y cada Panel Científico tienen mandatos específicos (ver ANEXO I) que influirán en la naturaleza de su trabajo. En general, a los miembros del Comité Científico y de los Paneles Científicos se les confían las siguientes responsabilidades principales:
— | Preparación, discusión y adopción oportunas de opiniones científicas, documentos de orientación y declaraciones del Panel o Paneles Científicos y/o el Comité Científico, y actividades relacionadas de los grupos de trabajo. |
— | Garantizar la coherencia de los enfoques de evaluación científica de la EFSA, trabajando en estrecha colaboración con los demás Paneles Científicos y el Comité Científico. |
— | Garantizar el cumplimiento de los documentos de orientación horizontales y específicos de la EFSA y la legislación pertinente de la UE. |
— | Contribución a la armonización de las evaluaciones científicas dentro de las organizaciones pertinentes de la UE y los Estados miembros. |
El alcance de la contribución requerida por parte de los miembros del Panel varía según la complejidad de los resultados científicos que se produzcan. Cuando los grupos de trabajo, el personal de la EFSA o la subcontratación han llevado a cabo un extenso trabajo preparatorio, la función de los Paneles es revisar los proyectos de resultados y adoptarlos.
Se espera que los miembros de los Paneles Científicos/Comité Científico trabajen en cooperación, tengan un alto grado de ética profesional e integridad y fomenten la innovación en la producción de evaluación de riesgos de la EFSA.
Los miembros del Comité Científico y los Paneles Científicos pueden ser elegidos como Presidente, Vicepresidente del Comité Científico/Paneles Científicos o sus grupos de trabajo o designados como relatores de los grupos de trabajo.
Condiciones de trabajo y compensaciones
Se solicitará a los miembros de un panel científico y del comité científico que asistan a alrededor de seis (6) a diez (10) reuniones plenarias por año, para un total de alrededor de diez (10) a veinte (20) días de reuniones por año.
Alrededor de un tercio de las reuniones en un año se organizan presencialmente ( 5 ) , principalmente en las instalaciones de la EFSA, Parma, Italia. Alrededor de dos tercios de las reuniones se organizarán en línea.
Las reuniones se llevan a cabo en inglés y los documentos de trabajo están en inglés, el idioma de trabajo de la EFSA.
Como parte del compromiso de la EFSA con la apertura y la transparencia, algunas reuniones plenarias de los Paneles Científicos/Comité Científico están abiertas a observadores y/o se transmiten por Internet.
Se espera que los miembros asistan y contribuyan de manera activa y oportuna a las reuniones de los Paneles Científicos/Comité Científico donde se revisan, discuten y adoptan opiniones, declaraciones o documentos de orientación.
La asistencia y contribución activa a las reuniones de los Paneles Científicos/Comité Científico requiere un trabajo preparatorio, incluyendo la lectura previa, revisión y, en algunos casos, redacción de documentos. Se espera que el trabajo preparatorio consista en al menos un (1) día de trabajo por un (1) día de reunión.
La EFSA controlará, documentará y evaluará la participación y contribución de los miembros de los Paneles Científicos/Comité Científico.
A los miembros de los Paneles Científicos/Comité Científico se les ofrecerán módulos de formación y tutoriales sobre las metodologías de evaluación de riesgos, los documentos de orientación y las prácticas de la EFSA.
De acuerdo con sus reglas financieras, la EFSA compensará a los expertos por el trabajo incurrido proporcionando indemnizaciones que cubrirían la preparación y la participación en las reuniones (tanto presenciales como en línea). La EFSA también se hará cargo de los gastos de viaje, alojamiento y dietas de los expertos cuando se desplacen a las instalaciones de la EFSA. Se proporciona información detallada en la guía de compensación de expertos de la EFSA ( 6 ) .
SOLICITUD
Se solicita a los candidatos que completen y envíen su solicitud en línea utilizando el sitio de Carreras de la EFSA en https://careers.efsa.europa.eu/Expert
Para presentar una solicitud, los candidatos deben crear una cuenta en el sitio de Carreras de la EFSA, a menos que ya tengan una. Los expertos que ya trabajan para la EFSA deben usar su cuenta y credenciales existentes de la EFSA para presentar su solicitud.
Los candidatos deben indicar en el formulario de solicitud, el panel científico y/o el comité científico al que desean postularse, que mejor se adapte a sus áreas de especialización (consulte el ANEXO I). Un solicitante puede indicar un Panel Científico/Comité Científico adicional como segunda opción, en los casos en que sus áreas de especialización cubran el mandato de más de un Panel Científico y/o el Comité Científico.
Se invita a los candidatos a completar su formulario de solicitud en inglés y deben considerar detenidamente los criterios y la experiencia necesarios al preparar sus solicitudes.
El formulario de solicitud contiene secciones y preguntas específicas destinadas a evaluar la idoneidad del candidato para el puesto. Los candidatos deberán cumplimentar obligatoriamente todos los apartados del formulario de solicitud, aportando la información y las pruebas necesarias, ya que esto constituirá la base de su evaluación.
El sitio de carreras en línea de la EFSA ( 7 ) es la única forma de presentar solicitudes. Una vez enviada la solicitud, los candidatos reciben automáticamente un acuse de recibo en el correo electrónico proporcionado en el formulario de solicitud. Se solicita a los candidatos que se aseguren de proporcionar una dirección de correo electrónico correcta en su formulario de solicitud, ya que este será el único canal de comunicación para la correspondencia relacionada con el procedimiento de selección. Después de enviar la solicitud, los candidatos pueden acceder y modificarla hasta la fecha límite.
Las solicitudes se considerarán válidas solo si se envía al sistema un formulario de solicitud en línea debidamente completado dentro del plazo. No se tendrán en cuenta los borradores de solicitudes que no se presenten a través del sistema en la fecha límite o la presentación de un perfil general en lugar del formulario de solicitud específico.
Se recomienda encarecidamente a los candidatos que no esperen hasta los últimos días antes de la fecha límite para la presentación de solicitudes, ya que el tráfico intenso de Internet o los problemas con la conexión a Internet podrían hacer que no puedan enviar la solicitud a tiempo.
Todos los candidatos serán informados por correo electrónico sobre el resultado del proceso de selección.
La EFSA se reserva el derecho de realizar en cualquier etapa una entrevista en línea y verificar las solicitudes de los candidatos considerados para la membresía con la prueba de documentos y certificados para confirmar la exactitud y la veracidad de la solicitud.
La información personal que la EFSA solicita a los candidatos y cualquier otro dato personal de los candidatos se tratará de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 8 ) .
La finalidad del tratamiento de datos es gestionar las solicitudes de adhesión a los Paneles Científicos y al Comité Científico de la EFSA.
Un Aviso de Protección de Datos relativo a los procesos de selección y contratación de talento de la EFSA está disponible en el sitio web:
https://www.efsa.europa.eu/sites/default/files/TMTdataprocessing.pdf
Contactos
Si tiene preguntas técnicas o cuestiones relacionadas con el formulario de solicitud, póngase en contacto con el servicio de atención al cliente de la EFSA en servicedesk@efsa.europa.eu
Si tiene preguntas relacionadas con el proceso de selección y nombramiento, póngase en contacto con EFSA Talent Selection en selection.experts@efsa.europa.eu
SELECCIÓN Y NOMBRAMIENTO
La EFSA aplica los principios de transparencia, equidad y no discriminación en sus procedimientos de selección.
EFSA se reserva el derecho de consultar a terceros sobre la experiencia profesional de los candidatos y sobre la veracidad de la información declarada por los candidatos en el contexto de su candidatura.
Criterio de elegibilidad
Los candidatos deben cumplir los siguientes requisitos en la fecha límite para la presentación de la solicitud:
1. | Ciudadanía de un Estado Miembro de la Unión Europea (UE), o de un país de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) o de un país Candidato a la UE. Los expertos de terceros países también pueden postularse y serán considerados para ser miembros de los paneles/comités científicos si el nivel de experiencia requerido no se puede encontrar entre los nacionales de la UE, la AELC o los países candidatos a la UE. |
2. | Amplio conocimiento del idioma inglés (equivalente a un nivel C1 o superior, según MCER: Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas ( 9 ) ). |
3. | Un nivel de educación que corresponda a estudios universitarios completos de al menos cuatro (4) años avalados por un diploma en uno de los siguientes campos: agricultura, bioquímica, bioinformática, biología, biometría, biotecnología, química, exposición dietética, ciencias ambientales , epidemiología, ciencia de los alimentos, tecnología de los alimentos, genética, salud y seguridad alimentaria, medicina humana, ciencias de la vida, matemáticas, microbiología, biología molecular, ciencias naturales, nutrición, farmacia, salud pública, estadística, toxicología, medicina veterinaria o áreas afines. |
4. | Al menos siete (7) años de experiencia profesional ( 10 ) relevante para el mandato de cualquier Panel Científico/Comité Científico de la EFSA, obtenidos después de obtener el diploma de educación solicitado. |
5. | Producción científica activa , comprobada por autoría/contribución, durante los últimos cinco (5) años, en al menos cinco (5) de los siguientes tipos de documentos científicos:
|
Criteria de selección
Para evaluar su nivel de experiencia científica, las solicitudes que cumplan con los requisitos de elegibilidad serán admitidas a una evaluación comparativa realizada sobre la base de los criterios de selección que se indican a continuación.
Cada solicitud elegible será evaluada contra los siguientes 3 criterios de selección en relación con su primer panel científico/comité científico de elección. Los candidatos también pueden ser evaluados en relación con su segundo panel científico/comité científico de elección u otros paneles, según sea necesario. El umbral mínimo acumulativo para superar esta evaluación es de 50 puntos (sobre 100).
1. | Experiencia en evaluación científica : Experiencia en la realización de evaluación científica en campos relacionados con la seguridad de la cadena alimentaria, en las áreas de competencia y experiencia del Panel Científico/Comité Científico preferido. (40 puntos máximo sobre 100) |
2. | Excelencia científica : Excelencia científica en uno o varios campos vinculados al área cubierta por el Panel Científico/Comité Científico preferido y probado a través de publicaciones científicas en revistas revisadas por pares publicadas en inglés. (40 puntos máximo sobre 100) |
3. | Experiencia en la revisión de trabajos científicos : Experiencia en la revisión de trabajos científicos y capacidad para analizar información compleja en las áreas cubiertas por el Panel Científico/Comité Científico preferido. (20 puntos máximo sobre 100) |
Proyecto de lista de candidatos idóneos
El Director Ejecutivo de la EFSA elabora una lista preliminar de candidatos que incluye las solicitudes que hayan obtenido al menos 50 puntos en la evaluación de los criterios de selección.
El Director Ejecutivo evaluará la experiencia multidisciplinar específica necesaria en el Comité Científico y cada Panel Científico, con el fin de indicar su composición y el número de miembros de cada Panel Científico y el Comité Científico.
Con este fin, las solicitudes insertadas en el borrador de la lista mencionada anteriormente se analizarán y mapearán más para la evidencia de áreas de experiencia/conocimiento multidisciplinarios (la experiencia multidisciplinaria específica de cada panel científico y el comité científico se describen en el ANEXO I), así como en relación con las competencias consideradas como activos: gestión de proyectos, comunicación de riesgos y presidencia de reuniones científicas.
Como resultado de la evaluación anterior, el Director Ejecutivo finalizará el borrador de la lista de candidatos y se la entregará al Consejo de Administración de la EFSA, junto con una propuesta para los miembros de cada Panel Científico/Comité Científico, incluida la indicación de la experiencia multidisciplinaria específica necesaria para cada uno de ellos. La propuesta también deberá incluir consideraciones sobre el equilibrio de género y distribución geográfica.
Los científicos deben tener en cuenta que la inclusión en el borrador de la lista de candidatos no garantiza el nombramiento como miembro de un Panel Científico/Comité Científico, que sigue siendo una prerrogativa del Consejo de Administración de la EFSA, y que la puntuación obtenida no determina un orden de prioridad para la consideración del nombramiento. .
Declaración de interés
Solo los expertos con una Declaración de Intereses (DoI) compatible con la política y las reglas de Independencia de la EFSA serán considerados para la fase posterior de la designación. A los candidatos incluidos en la lista preliminar y que tengan la combinación más adecuada de competencias y experiencia en relación con un panel científico determinado o con el Comité científico se les pedirá que presenten un DoI, que será evaluado por la EFSA de acuerdo con la política de independencia de la EFSA y con sus normas sobre gestión de intereses concurrentes ( 12 ) , vigentes en el momento en que tenga lugar la proyección.
Los candidatos que no presenten un DoI no serán considerados para el nombramiento como miembros de un panel científico/comité científico. Los candidatos pueden ser contactados para obtener más aclaraciones sobre su DoI.
Vea a continuación un ejemplo de lo que se considera un Conflicto de Interés.
Ejemplo: No se permite la pertenencia a Paneles Científicos a candidatos que, en el momento de presentar su DoI, sean empleados o actúen en una función de consultoría para cualquier persona física o jurídica que realice alguna de las actividades en las que impactan directamente los resultados científicos de la EFSA. o indirectamente, como la producción, el procesamiento y la distribución de alimentos, la agricultura o la ganadería. Esto incluye cualquier forma de ocupación o negocio habitual, a tiempo parcial o completo, remunerado o no remunerado, incluido el trabajo por cuenta propia (por ejemplo, consultoría) en beneficio de los operadores comerciales mencionados anteriormente.
Si tiene preguntas relacionadas con la Declaración de intereses, póngase en contacto con la Gestión de intereses de la EFSA en interestmanagement@efsa.europa.eu
Cita
Los miembros del Comité Científico que no sean miembros de los Paneles Científicos y los miembros de los Paneles Científicos serán designados por el Consejo de Administración, previa propuesta del Director Ejecutivo, por un período de cinco (5) años ( 13 ) Termino de oficina.
Cuando los candidatos tengan conocimientos científicos equivalentes, el Consejo de Administración de la EFSA se asegurará de que se logre la distribución geográfica más amplia posible en los nombramientos. Además, el Consejo de Administración de la EFSA se esforzará por lograr un equilibrio de género en los nombramientos.
Un experto que haya sido anteriormente miembro de una entidad científica (Comité Científico/Panel Científico de la EFSA) se considera elegible para ser nombrado miembro de una entidad científica siempre que, en el momento de la renovación (el comienzo del mandato), la pertenencia anterior del experto a la misma entidad científica interesada no ha cumplido los diez (10) años. Como consecuencia:
— | Los expertos que al momento de la renovación hayan servido menos de diez (10) años como miembros de una determinada entidad científica son elegibles para ser nombrados para la misma entidad científica o para una diferente; |
— | Los expertos que en el momento de la renovación hayan servido diez (10) años o más como miembros de una determinada entidad científica son elegibles para ser nombrados para una entidad científica diferente únicamente. |
Lista de reserva
El Consejo de Administración elaborará una lista de reserva formada por los candidatos del proyecto de lista que no hayan sido designados. La lista de reserva servirá para futuras necesidades de nombramiento de miembros del Comité Científico, Paneles Científicos y Grupos de Trabajo y permanecerá vigente hasta el final del mandato de los miembros designados.
Procedimientos de apelación
— | Los candidatos podrán interponer recurso contra cualquier decisión que afecte a su situación jurídica de conformidad con el artículo 263 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Esto deberá hacerse dentro de los dos meses siguientes a la recepción o notificación de la resolución impugnada. El recurso debe interponerse contra la EFSA ante el Tribunal General de la Unión Europea:
|
— | Como alternativa, los candidatos pueden presentar una queja sobre supuesta mala administración en las instituciones y órganos de la Unión Europea ante el Defensor del Pueblo Europeo. Entre otros requisitos, la denuncia debe presentarse dentro de los dos años siguientes a la fecha en que se conocieron los hechos en que se funda la denuncia. Antes de ponerse en contacto con el Defensor del Pueblo Europeo y dar este paso, los reclamantes ya deben haberse puesto en contacto con la EFSA para exponer sus preocupaciones.
|
( 1 ) Reglamento (CE) n.º 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se establecen procedimientos en materia de seguridad alimentaria ( DO L 31 de 1.2.2002, p. 1 ), cuya última modificación la constituye el Reglamento (UE) 2019/1381 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre la transparencia y sostenibilidad de la evaluación de riesgos de la UE en la cadena alimentaria y por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 178/2002, (CE) nº 1829/2003, (CE) nº 1831/2003, (CE) nº 2065/2003, (CE) nº 1935/2004, (CE) nº 1331/2008 , (CE) n.º 1107/2009, (UE) 2015/2283 y Directiva 2001/18/CE ( DO L 231 de 6.9.2019, p. 1 ).
( 2 ) https://op.europa.eu/webpub/efsa/strategy-2027/en/#chapter0
( 3 ) https://www.efsa.europa.eu/sites/default/files/documents/calls/EFSA_SP-SC_Renewal_Call_2023_ANNEX_I.pdf
( 4 ) Norma de Ejecución del Consejo de Administración de la EFSA por la que se establecen las normas sobre la selección, nombramiento y funcionamiento del Comité Científico, los Paneles Científicos y sus Grupos de Trabajo:
https://www.efsa.europa.eu/sites/default/files/paneloperation.pdf
( 5 ) A los expertos que no puedan unirse a la reunión en presencia por razones justificadas se les puede ofrecer la opción de unirse a la reunión en línea.
( 6 ) Guía de compensación de expertos de la EFSA:
http://www.efsa.europa.eu/sites/default/files/Experts_compensation_guide.pdf
( 7 ) https://careers.efsa.europa.eu/Expert
( 8 ) Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por parte de las instituciones, órganos y organismos de la Unión y de la libre movimiento de dichos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.º 45/2001 y la Decisión n.º 1247/2002/CE ( DO L 295 de 21.11.2018, p. 39 ).
( 9 ) https://www.coe.int/en/web/common-european-framework-reference-languages/table-1-cefr-3.3-common-reference-levels-global-scale
( 10 ) La experiencia profesional se tendrá en cuenta a partir de la fecha en que la persona cumpla los requisitos mínimos de educación para ser elegible. Un período determinado puede contarse solo una vez (para que se calcule como elegible, los años de estudios o experiencia profesional a tener en cuenta no se superpondrán con otros períodos de estudios o experiencia profesional). Las actividades profesionales realizadas a tiempo parcial se calcularán a prorrata sobre la base del porcentaje certificado de horas trabajadas a tiempo completo. Las prácticas remuneradas se contabilizan como experiencia laboral. Los doctorados en curso/completados en un campo relevante para el mandato de la EFSA se pueden contar como experiencia profesional.
( 11 ) Evaluación científica = asesoramiento científico, evaluación de riesgos, evaluación de expedientes para la aprobación de productos o desarrollo de orientación científica, realizada a nivel internacional/nacional, previa solicitud de las autoridades y/o centros de referencia.
( 12 ) Para obtener más información, consulte el sitio web de la EFSA en http://www.efsa.europa.eu/en/topics/topic/independence
( 13 ) El mandato de los miembros designados en una fecha posterior a la de los designados en el momento de la renovación terminará al mismo tiempo que el mandato de estos últimos miembros.
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