lunes, 7 de diciembre de 2020

PLAN DE TRABAJO DE LA UNIÓN EUROPEA PARA EL DEPORTE (1 DE ENERO DE 2021 - 30 DE JUNIO DE 2024)

Por: Carlos A. FERREYROS SOTO
        Doctor en Derecho
        Université de Montpellier I Francia.
        M. Sc. Institut Agronomique Méditerranéen

        cferreyros@hotmail.com

 PROLOGO

El deporte es un ámbito de actuación europea cuyos objetivos son de:

  • apoyar, coordinar, complementar las acciones de los Estados miembros;
  • fomentar los aspectos europeos del deporte, teniendo en cuenta sus características específicas, sus estructuras basadas en el voluntariado y su función social y educativa;
  • contribuir a la consecución de las prioridades políticas generales de la UE y, en particular de los objetivos de otros varios ámbitos de actuación, como la educación, la sanidad, la juventud, los asuntos sociales, la inclusión, la igualdad, la igualdad de género, el desarrollo urbano y rural, el transporte, el medio ambiente, el turismo, el empleo, la innovación, la sostenibilidad, la digitalización y la economía; y que estos ámbitos de actuación podrían apoyar la promoción del deporte sobre la base de la cooperación intersectorial;

Acogiendo satisfactoriamente  los resultados del Plan de Trabajo de la UE para el Deporte 2017-2020, así como el informe de la Comisión sobre su aplicación y pertinencia, establecen un Plan de Trabajo de la Unión Europea para el Deporte para el Período comprendido entre el 01 de enero de 2021 y el 30 de junio de 2024. 

El enlace al recurso original obra en: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/HTML/?uri=CELEX:42020Y1204(01)&from=ES

 

_______________________________________________________________

Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativa al Plan de Trabajo de la Unión Europea para el Deporte (1 de enero de 2021 - 30 de junio de 2024)

(2020/C 419/01)

EL CONSEJO Y LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS, REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO,

1.

RECORDANDO el artículo 6 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, según el cual el deporte es un ámbito en el que la actuación a escala de la UE debe apoyar, coordinar y complementar las acciones de los Estados miembros;

2.

RECORDANDO que la Unión contribuirá a fomentar los aspectos europeos del deporte, teniendo en cuenta sus características específicas, sus estructuras basadas en el voluntariado y su función social y educativa (1);

3.

RECORDANDO que la acción de la Unión se encaminará a desarrollar la dimensión europea del deporte promoviendo la equidad y la apertura en las competiciones deportivas y la cooperación entre los organismos responsables del deporte, y protegiendo la integridad física y moral de los deportistas, especialmente la de los más jóvenes (2);

4.

RECONOCIENDO que el deporte podría contribuir a la consecución de las prioridades políticas generales de la UE y, en particular de los objetivos de otros varios ámbitos de actuación, como la educación, la sanidad, la juventud, los asuntos sociales, la inclusión, la igualdad, la igualdad de género, el desarrollo urbano y rural, el transporte, el medio ambiente, el turismo, el empleo, la innovación, la sostenibilidad, la digitalización y la economía; y que estos ámbitos de actuación podrían apoyar la promoción del deporte sobre la base de la cooperación intersectorial;

5.

SUBRAYANDO que, de conformidad con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, el deporte es otro importante facilitador del desarrollo sostenible (3) y, por tanto, puede ayudar a alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS);

6.

RECORDANDO la Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativa a los Planes de Trabajo de la Unión Europea para el Deporte para 2011-2014 (4), 2014-2017 (5) y 2017-2020 (6);

7.

ACOGIENDO CON SATISFACCIÓN los resultados de la aplicación del Plan de Trabajo de la UE para el Deporte 2017-2020, así como el informe de la Comisión sobre su aplicación y pertinencia (7);

8.

RECONOCIENDO la necesidad de una cooperación adecuada con el mundo del deporte y otras partes interesadas pertinentes y con las organizaciones internacionales gubernamentales y no gubernamentales competentes, como el Consejo de Europa, la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y la Agencia Mundial Antidopaje (AMA),

ESTABLECEN UN PLAN DE TRABAJO DE LA UNIÓN EUROPEA PARA EL DEPORTE PARA EL PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE ENERO DE 2021 Y EL 30 DE JUNIO DE 2024:

9.

Los OBJETIVOS POR LOS QUE SE RIGE este Plan de Trabajo de la Unión Europea para el Deporte (en lo sucesivo, «el Plan de Trabajo de la UE») son los siguientes:

Reforzar un deporte fundamentado en la integridad y los valores en la UE.

Reforzar la recuperación del sector del deporte y su resiliencia ante las crisis durante la pandemia de COVID-19 y en el período posterior.

Apoyar una política deportiva sostenible y contrastada empíricamente.

Aumentar la participación en el deporte y la actividad física beneficiosa para la salud con el fin de promover un estilo de vida activo y respetuoso con el medio ambiente, la cohesión social y la ciudadanía activa.

Garantizar, a través de la cooperación intersectorial, la sensibilización de otros ámbitos de actuación de la UE sobre la importante contribución que el deporte puede aportar al crecimiento sostenible desde el punto de vista social y medioambiental de Europa, a la digitalización, así como a la recuperación de la pandemia de COVID-19 y a la resiliencia futura, así como a la consecución de los ODS.

Reforzar la dimensión internacional de la política deportiva de la UE, especialmente a través de los intercambios y la colaboración con Gobiernos y partes interesadas fuera de la UE.

Proporcionar una continuidad a los tres anteriores planes de trabajo de la UE para el deporte y a otros documentos de la UE relacionados con el deporte, como las Conclusiones y las Resoluciones del Consejo.

Proseguir el intercambio de conocimientos y experiencias entre los Estados miembros de la UE y la Comisión.

Intensificar el diálogo y la cooperación a escala de la UE con el mundo del deporte y otras partes interesadas e instituciones pertinentes, tanto dentro como fuera del ámbito del deporte y la actividad física.

Apoyar, según proceda, la aplicación del capítulo dedicado al deporte del programa Erasmus+.

10.

El Plan de Trabajo de la UE aborda los siguientes ámbitos prioritarios:

la protección de la integridad y los valores en el deporte,

las dimensiones socioeconómica y medioambiental del deporte,

la promoción de la participación en el deporte y en una actividad física beneficiosa para la salud.

En los anexos I y II del presente documento se exponen y explican las cuestiones clave, los temas, los objetivos, las modalidades de trabajo, los posibles resultados, las fechas límite y las responsabilidades concretas.

11.

El presente Plan de Trabajo de la UE es un instrumento flexible. Puede que resulte necesario introducir posteriormente cambios o modificaciones para responder oportunamente a acontecimientos futuros o imprevistos y a cuestiones apremiantes en el ámbito del deporte y la actividad física, teniendo en cuenta al mismo tiempo las prioridades de las futuras Presidencias del Consejo.

INVITAN A LOS ESTADOS MIEMBROS A QUE:

12.

Participen en la aplicación de este Plan de Trabajo de la UE y, cuando sea necesario, contribuyan con sus conocimientos y experiencia a las diversas modalidades de trabajo.

13.

Consideren la posibilidad de tener en cuenta los conocimientos adquiridos y los resultados logrados en la aplicación del presente Plan de Trabajo de la UE a la hora de desarrollar el deporte u otras políticas pertinentes a nivel nacional y subnacional, respetando al mismo tiempo el principio de subsidiariedad y la autonomía del deporte.

14.

Informen y, cuando proceda, consulten al mundo del deporte nacional y a otras partes interesadas pertinentes sobre la aplicación del presente Plan de Trabajo de la UE y difundan los conocimientos y los resultados, a fin de facilitar la pertinencia práctica y la visibilidad de las actividades.

INVITAN A LAS PRESIDENCIAS DEL CONSEJO A:

15.

Tener en cuenta este Plan de Trabajo de la UE a la hora de elaborar su programa y basarse en los resultados ya alcanzados.

16.

Considerar la organización de reuniones de trabajo con los representantes pertinentes del mundo del deporte y otras partes interesadas en este ámbito, entre otras cosas, para intercambiar información sobre la aplicación del presente Plan de Trabajo de la UE, estudiar ambiciones comunes y facilitar información sobre las prioridades previstas de las próximas Presidencias del Consejo (8).

17.

Al final del plazo que abarca la presente Resolución, y sobre la base de un informe que elaborará la Comisión, proponer un nuevo proyecto de Plan de Trabajo de la UE para el período siguiente, si procede.

EXHORTAN A LA COMISIÓN A QUE:

18.

Participe, junto con los Estados miembros, el mundo del deporte y otras partes interesadas pertinentes, en la aplicación del presente Plan de Trabajo de la UE y apoye a los Estados miembros con sus conocimientos y experiencia de todos los ámbitos de actuación pertinentes, de conformidad con los anexos I y II de la presente Resolución.

19.

Contribuya a políticas basadas en datos contrastados en la UE y sus Estados miembros, en particular mediante estudios y encuestas.

20.

Siga informando a los Estados miembros, al mundo del deporte y a otras partes interesadas que corresponda sobre las iniciativas en curso y previstas y las posibilidades de financiación en el ámbito del deporte, así como en otros ámbitos de actuación de la UE que sean pertinentes para el deporte y, cuando sea oportuno, consulte previamente a los Estados miembros, mediante los órganos preparatorios y canales pertinentes del Consejo (9), sobre la aplicación de las iniciativas concretas del Plan de Trabajo de la UE.

21.

Promueva la integración del deporte y la actividad física en otros ámbitos de actuación de la UE.

22.

Difunda los conocimientos y los resultados obtenidos en la aplicación del presente Plan de Trabajo de la UE a fin de garantizar la pertinencia práctica y la visibilidad de las actividades.

23.

Considere la posibilidad de ofrecer una plataforma en línea para almacenar e intercambiar informes, mejores prácticas o documentos pertinentes a fin de facilitar el intercambio de información entre los Estados miembros.

24.

Presente, durante el segundo semestre de 2023 y a partir de las contribuciones voluntarias de los Estados miembros, un informe sobre la ejecución y la pertinencia del presente Plan de Trabajo. Dicho informe servirá como base para preparar un posible Plan de Trabajo de la UE posterior durante el primer semestre de 2024.

INVITA AL MUNDO DEL DEPORTE Y A OTROS ACTORES RELACIONADOS A:

25.

Colaborar con los Estados miembros y la Comisión en la aplicación de este Plan de Trabajo de la UE, y contribuir con sus conocimientos y experiencia a las distintas modalidades de trabajo.

26.

Considerar la difusión de los conocimientos adquiridos y los resultados logrados en la aplicación de este Plan de Trabajo de la UE, y tenerlos en cuenta en sus propias actividades.

(1)  Véase el artículo 165, apartado 1, párrafo segundo, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

(2)  Véase el artículo 165, apartado 2, del TFUE.

(3)  Enlace: https://www.un.org/ga/search/view_doc.asp?symbol=A/RES/70/1&Lang=S; véase el apartado 37.

(4)  DO C 162 de 1.6.2011, p. 1.

(5)  DO C 183 de 14.6.2014, p. 12.

(6)  DO C 189 de 15.6.2017, p. 5.

(7)  Documento 9469/20 + ADD 1.

(8)  Esta reunión podría celebrarse, por ejemplo, en paralelo con el Foro Europeo del Deporte anual. Por parte de la UE, los participantes en esta reunión podrían ser los representantes del Trío de Presidencias actual, el Trío de Presidencias entrante y la Comisión.

(9)  En particular, el Grupo «Deporte» del Consejo.


ANEXO I DEL ANEXO

Ámbito prioritario: protección de la integridad y los valores en el deporte

Cuestión clave

Tema

Objetivo

Modalidad de trabajo

(si ha lugar) Resultados/fecha límite

Responsable(s)

Entorno seguro en el deporte (1)

Prevención del acoso, los abusos y la violencia, incluida la violencia sexual y cualquier forma de discriminación

Sensibilización

Intercambio de mejores prácticas

Desarrollo de conocimientos

Actuación consecutiva a las Recomendaciones del Grupo de Expertos en Buena Gobernanza sobre la protección de los deportistas jóvenes y la salvaguardia de los derechos de los niños en el deporte (2016) (2) y de las Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de os Estados miembros reunidos en el seno del Consejo sobre la protección de los niños en el deporte (2019) (3)

Consejo y órganos preparatorios

(si ha lugar) Conclusiones del Consejo o debate de orientación

Segundo semestre de 2023

Presidencia ES

Antidopaje (4)

Garantizar la coordinación y el intercambio de información, en particular en el contexto de las reuniones de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) y el Comité Europeo ad hoc para la Agencia Mundial Antidopaje (CAHAMA)

Preparación de las posiciones de la UE y sus Estados miembros para las reuniones del Comité Europeo ad hoc de la Agencia Mundial Antidopaje (CAHAMA) y de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), de conformidad con la Resolución de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre la representación de los Estados miembros de la UE en el Consejo Fundacional de la AMA y la coordinación de las posiciones de los Estados miembros con anterioridad a las reuniones de la AMA (5) (o cualquier documento posterior relacionado con ellas)

Intercambio de mejores prácticas

Desarrollo de conocimientos

Consejo y sus órganos preparatorios (con el apoyo, cuando sea necesario, de los expertos)

(si ha lugar) Coordinación y posición de la UE

(2021 - 2024)

Presidencias, Comisión

Deporte y educación

El deporte como marco para las capacidades personales, sociales y de aprendizaje y el fomento de la tolerancia, la solidaridad, la inclusión y otros valores deportivos y valores de la UE (6)

Sensibilización

Intercambio de mejores prácticas

Desarrollo de conocimientos

Actuación consecutiva a las Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre el fomento de los valores comunes de la UE por medio del deporte (7)

Grupo de Estados miembros interesados (actividad de aprendizaje entre iguales)

2021 - 2022

DE

Conferencia sobre el papel y los efectos del deporte en la vida de los niños

Primer semestre de 2022

Presidencia FR

Reunión de directores generales (prestando especial atención a los deportistas profesionales y a los movimientos deportivos como modelos de referencia)

Segundo semestre de 2022

Presidencia CZ

Capacidades y cualificaciones en el deporte: deportistas y personal, en particular entrenadores

Conferencia

2021 - 2023

Comisión

 

Carreras duales de los deportistas

Sensibilización

Intercambio de mejores prácticas

Actuación consecutiva a las Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre la doble carrera de los deportistas (8)

Consejo y órganos preparatorios

Debate de orientación

(Segundo semestre de 2021)

Presidencia SI

Igualdad de género

Aumentar la proporción de mujeres, especialmente entre los entrenadores y los puestos de liderazgo en organizaciones deportivas y clubes deportivos

Igualdad de condiciones (incluida la remuneración) de deportistas, entrenadores, funcionarios, personal, etc., mujeres y hombres

Aumentar la cobertura mediática de las competiciones deportivas femeninas, luchar contra los estereotipos, etc.

Intercambio de mejores prácticas

Desarrollo de conocimientos

Actuación consecutiva a las Conclusiones del Consejo, de 21 de mayo de 2014, sobre igualdad de género en el deporte (9) y a las Recomendaciones del Grupo de Expertos en Buena Gobernanza sobre la Igualdad de Género en el Deporte (2016) (10)

Conferencia

2022 - 2023

Comisión

Consejo y órganos preparatorios

(si ha lugar) Conclusiones del Consejo (segundo semestre de 2023)

Presidencia ES

Diplomacia deportiva

Diplomacia deportiva en el contexto de las relaciones exteriores de la UE

Intercambio de mejores prácticas

Desarrollo de conocimientos

Actuación consecutiva a las Conclusiones del Consejo sobre la diplomacia deportiva (2016) (11)

Conferencia

Primer semestre de 2021

Presidencia PT

Grupo de Estados miembros interesados

Primer semestre de 2023

HR

Modelo Europeo de Deporte

Repercusión de las ligas cerradas en el sistema de deporte organizado, teniendo en cuenta la especificidad del deporte

Posibles retos para las organizaciones y federaciones deportivas europeas (título provisional)

Desarrollo de conocimientos

Análisis de la situación de hecho y de derecho

Sensibilización

Consejo y órganos preparatorios

(si ha lugar) Conclusiones del Consejo (segundo semestre de 2021)

Presidencia SI

(si ha lugar) Estudio

2022

Comisión

Derechos de los deportistas

Derechos de los deportistas y condiciones de trabajo, en particular en relación con la participación en manifestaciones deportivas (entre otros, derechos de comercialización, libertad de expresión, protección jurídica o no discriminación)

Sensibilización

Desarrollo de conocimientos

Análisis de la situación de hecho y de derecho

Seminario

2023

Comisión

(si ha lugar) Estudio

 

Comisión

Desarrollo y promoción de la buena gobernanza en el deporte

Determinación de los obstáculos relacionados con la gobernanza que hay que abordar en el ámbito deportivo

Intercambio de mejores prácticas

Evaluación comparativa

Conferencia

2022 - 2023

BG

SE

Lucha contra la manipulación de competiciones deportivas

Convenio del Consejo de Europa sobre Manipulación de Competiciones Deportivas («Convenio Macolin»)

Estudiar, junto con la Comisión, los medios para resolver el bloqueo con respecto al Convenio con vistas a permitir que la UE y todos sus Estados miembros finalicen sus respectivos procesos de ratificación y se adhieran al Convenio

Actuación consecutiva a las Conclusiones del Consejo y de los Representantes de llos Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo relativas a la lucha contra la corrupción en el deporte (12)

Consejo y órganos preparatorios

2021 - 2022

Presidencias

Comisión

Ámbito prioritario: dimensiones socioeconómica y medioambiental del deporte

Cuestión clave

Tema

Objetivo

Modalidad de trabajo

(si ha lugar) Resultados/fecha límite

Responsable(s)

Innovación y digitalización

Innovación en el deporte en todas las dimensiones y en todos los niveles del sector del deporte (incluidos los clubes deportivos locales)

Intercambio de mejores prácticas

Desarrollo de conocimientos

Actuación consecutiva a las Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre el deporte como motor de la innovación y del crecimiento económico (13)

Consejo y órganos preparatorios

(si ha lugar) Conclusiones del Consejo sobre innovación en el deporte

(Primer semestre de 2021)

Presidencia PT

Seminario

Primer semestre de 2021

Presidencia PT

Grupo de Estados miembros interesados

Primer semestre de 2021

BG

Grupo de Estados miembros interesados (prestando especial atención al uso de herramientas digitales en la educación de los entrenadores (14))

2021 - 2022

DE

HR

Seminario

Segundo semestre de 2023

BE

Deporte ecológico

Educación para un deporte sostenible

Prácticas, instalaciones y manifestaciones deportivas respetuosas del medio ambiente

Evolución del deporte y su práctica a la luz del cambio climático

Intercambio de mejores prácticas

Desarrollo de conocimientos

Sensibilización

Elaboración de una propuesta de marco común con compromisos comunes, teniendo en cuenta el Pacto Europeo sobre el Clima

Grupo de expertos

2021 - 2023

Comisión

Grupo de Estados miembros interesados

2021 - primer semestre de 2022

Presidencia FR

 

 

NL

Consejo y órganos preparatorios

(si ha lugar) Resolución del Consejo sobre un pacto verde a favor del deporte, en su caso acompañado por una declaración de las distintas partes interesadas

(Primer semestre de 2022)

Presidencia FR

Instalaciones deportivas

Planificación, construcción y mantenimiento sostenibles

Intercambio de mejores prácticas

Desarrollo de conocimientos

Sensibilización

Grupo de Estados miembros interesados (actividad de aprendizaje entre iguales)

2021

DE

Conferencia

Segundo semestre de 2022

Presidencia CZ

Consejo y órganos preparatorios

(si ha lugar) Conclusiones del Consejo sobre infraestructuras deportivas sostenibles y accesibles (segundo semestre de 2022)

CZ

Presidencia

Grandes manifestaciones deportivas

El futuro de Europa como lugar de acogida de grandes manifestaciones deportivas

Coorganización de grandes manifestaciones deportivas por varios países

Planificación y realización sostenibles

Legados positivos para las ciudades o regiones de acogida (incluida la implicación de los jóvenes)

Intercambio de mejores prácticas

Actuación consecutiva a las Conclusiones del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre la potenciación de la integridad, la transparencia y la buena gobernanza en los grandes acontecimientos deportivos (15) y a las Recomendaciones del Grupo de Expertos en Dimensión Económica del Deporte sobre grandes acontecimientos deportivos, en particular sobre aspectos relacionados con su legado, centrándose en su sostenibilidad social, económica y medioambiental (2016) (16)

Actuación consecutiva a la declaración firmada durante la reunión ministerial informal celebrada el 31 de mayo de 2018 en París (17)

Grupo de Estados miembros interesados o Conferencia

Segundo semestre de 2021

FI

 

2022 - 2023

NL

 

2024

ES

Perspectiva del deporte de la UE en relación con los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de 2024

Reunión de directores generales

Primer semestre de 2022

Presidencia FR

Inversiones en deporte y actividad física

Contribución del deporte al desarrollo regional

Posibilidades de utilización de los programas de financiación de la UE (Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), REACT-UE, los Fondos Estructurales y otros programas de financiación de la UE)

Análisis de la situación

Intercambio de mejores prácticas

Desarrollo de conocimientos

Actuación consecutiva a las Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo sobre la dimensión económica del deporte y sus beneficios socioeconómicos (18)

Actuación consecutiva a las Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativas a las repercusiones de la pandemia de COVID-19 y la recuperación del sector del deporte (19)

Grupo de Estados miembros interesados

2021

IT

Reunión de agrupaciones específicas

2022

Comisión

Reforzar la recuperación del sector del deporte y su resiliencia ante las crisis durante la pandemia de COVID-19 y en el período posterior

Consecuencias a medio y largo plazo de la pandemia para el deporte profesional, de alto nivel y de base.

Posible necesidad de introducir modificaciones estructurales en el sistema deportivo

Papel de las administraciones públicas

Posibilidades de financiación

Análisis de la situación

Intercambio de mejores prácticas

Desarrollo de la estrategia

Actuación consecutiva a las Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativas a las repercusiones de la pandemia de COVID-19 y la recuperación del sector del deporte (20)

Conferencia

2021

ES

Grupo de expertos

2021 - 2023

Comisión

Ámbito prioritario: la promoción de la participación en el deporte y en la actividad física beneficiosa para la salud.

Cuestión clave

Tema

Objetivo

Modalidad de trabajo

Resultados/fecha límite

Responsable(s)

Creación de oportunidades adecuadas para que todas las generaciones practiquen deporte y desarrollen actividad física

Desarrollo estratégico del deporte y la actividad física a nivel local

Intercambio de mejores prácticas

Desarrollo de conocimientos

Actuación consecutiva a las Conclusiones del Consejo sobre la promoción de habilidades motrices y actividades físicas y deportivas para niños (2015) (21).

Grupo de Estados miembros interesados

2021 - 2022

DE

Desarrollo del papel y los efectos del deporte en la vida de los niños

Conferencia

Primer semestre de 2022

Presidencia FR

Consejo y órganos preparatorios

(si ha lugar) Conclusiones del Consejo (primer semestre de 2022)

Presidencia FR

Fomento de la actividad física

Observación de la actividad física a lo largo de toda la vida

Cooperación intersectorial con las entidades pertinentes (entre otras, con los centros educativos)

Papel de los medios de comunicación

Sensibilización

Desarrollo de conocimientos

Intercambio de mejores prácticas

Conferencia

Segundo semestre de 2021

Presidencia SI

Consejo y órganos preparatorios

(si ha lugar) Conclusiones del Consejo (segundo semestre de 2021)

Presidencia SI


(1)  Artículo 165, apartado 2, del TFUE: «La acción de la Unión se encaminará a [...] desarrollar la dimensión europea en el deporte, [...] protegiendo la integridad física y moral de los deportistas, especialmente la de los más jóvenes.».

(2)  https://ec.europa.eu/transparency/regexpert/index.cfm?do=groupDetail.groupDetailDoc&id=25000&no=1

(3)  DO C 419 de 12.12.2019, p. 1.

(4)  Artículo 165, apartado 2, del TFUE: «La acción de la Unión se encaminará a [...] desarrollar la dimensión europea del deporte, promoviendo la equidad y la apertura en las competiciones deportivas [...].».

(5)  DO C 192 de 7.6.2019, p. 1.

(6)  Artículo 165, apartado 1, del TFUE: «La Unión contribuirá a fomentar los aspectos europeos del deporte, teniendo en cuenta [...] su función social y educativa.».

(7)  DO C 196 de 8.6.2018, p. 23.

(8)  DO C 168 de 14.6.2013, p. 10.

(9)  DO C 183 de 14.6.2014, p. 39.

(10)  https://ec.europa.eu/assets/eac/sport/library/policy_documents/expert-group-gender-equality_en.pdf

(11)  DO C 467 de 15.12.2016, p. 12.

(12)  DO C 416 de 11.12.2019, p. 3, véase el apartado 26.

(13)  DO C 436 de 5.12.2014, p. 2.

(14)  Actuación consecutiva a las Conclusiones del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre el papel de los entrenadores en la sociedad (DO C 423 de 9.12.2017, p. 6) y a las Conclusiones del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo sobre «Mejorar la preparación de los entrenadores ampliando las posibilidades de adquisición de capacidades y competencias» (DO C 196 de 11.6.2020, p. 1).

(15)  DO C 212 de 14.6.2016 p. 14.

(16)  https://ec.europa.eu/transparency/regexpert/index.cfm?do=groupDetail.groupDetailDoc&id=23271&no=1

(17)  https://www.sports.gouv.fr/IMG/pdf/declarationjop2024_europe_en.pdf

(18)  DO C 449 de 13.12.2018, p. 1.

(19)  DO C 214 I de 29.6.2020, p. 1.

(20)  Véase la nota 28.

(21)  DO C 417 de 15.12.2015, p. 46.


ANEXO II DEL ANEXO

Principios relacionados con las modalidades de trabajo y la presentación de informes

1.   

 

El Plan de Trabajo de la UE para el Deporte se ejecutará, en particular, a través de grupos de expertos, grupos de Estados miembros interesados (esto es, para las actividades de aprendizaje entre iguales), reuniones de agrupaciones específicas, Conclusiones del Consejo, conferencias y estudios.

2.   

 Los grupos de expertos están concebidos para que pueda haber una mayor participación de los Estados miembros, con la intervención del mundo del deporte y otras partes interesadas adecuadas a escala de la UE. La participación está abierta a todos los Estados miembros en todo momento. Los Estados miembros podrían considerar (también) el nombramiento, en los casos apropiados, de representantes de su mundo deportivo nacional para que formen parte de un grupo de expertos.

Los grupos de expertos los preside la Comisión de conformidad con lo dispuesto en la Decisión C(2016) 3301 (1). A la hora de seleccionar a los representantes del mundo deportivo y otras partes interesadas en el deporte, se pide a la Comisión que tenga en cuenta, en particular, la pertinencia de la entidad de que se trate y la pericia en la materia de los representantes específicamente designados.

3.   

 Uno o varios Estados miembros organizarán grupos de Estados miembros interesados, entre otras cosas, para intercambiar información más detallada sobre temas y asuntos específicos. La participación en grupos de Estados miembros interesados está abierta a todos los Estados miembros. También podrían participar representantes del mundo del deporte u otras partes interesadas pertinentes. Los Estados miembros también tienen libertad para formar grupos de Estados miembros interesados sobre temas no enumerados en el anexo I.

Los grupos de Estados miembros interesados podrán, si lo consideran necesario, definir sus propios procedimientos y estructuras de trabajo, en función de sus necesidades específicas y de los resultados. La Comisión estará asociada a los trabajos de estos grupos y, si se cumplen las condiciones presupuestarias, podrá prestar apoyo financiero al trabajo de los grupos de Estados miembros interesados (como las actividades de aprendizaje entre iguales).

4.   

 

La Comisión organizará reuniones de agrupaciones específicas sobre un tema concreto para presentar el trabajo y los resultados de los proyectos pertinentes financiados a través del capítulo dedicado al deporte de Erasmus+ u otros programas de financiación de la UE.

5.   

 

La participación de los Estados miembros en la ejecución del Plan de Trabajo es voluntaria.

6.   

 

Las reuniones de grupos de expertos, grupos de Estados miembros interesados, conferencias y reuniones de agrupaciones específicas también podrán celebrarse de forma virtual en los casos apropiados.

7.   

 

La Comisión informará al Grupo «Deporte» sobre la marcha de los trabajos de los grupos de expertos y sobre las conferencias, las reuniones de las agrupaciones específicas y los estudios, y presentará sus respectivos resultados. Las Presidencias del Consejo harán lo mismo en relación con los actos que organicen. Los grupos de Estados miembros interesados designarán representantes que hagan lo propio.

8.   

 

Los órdenes del día y los informes de todos los grupos se pondrán a disposición de todos los Estados miembros, con independencia de su nivel de participación en un ámbito determinado. Los resultados de los grupos se publicarán y difundirán a escala nacional y de la UE a través de las vías adecuadas.


(1)  Decisión de la Comisión, de 30 de mayo de 2016, por la que se establecen normas horizontales sobre la creación y el funcionamiento de los grupos de expertos de la Comisión [C(2016) 3301 final]. Enlace: https://ec.europa.eu/transparency/regdoc/rep/3/2016/EN/3-2016-3301-EN-F1-1.PDF

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