lunes, 7 de diciembre de 2020

RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO EUROPEO: EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONALES (EFP) PARA LA COMPETITIVIDAD SOSTENIBLE, LA EQUIDAD SOCIAL Y LA RESILIENCIA

 

Por: Carlos A. FERREYROS SOTO
        Doctor en Derecho
        Université de Montpellier I Francia.
        M. Sc. Institut Agronomique Méditerranéen

        cferreyros@hotmail.com

 PROLOGO

La presente Recomendación del Consejo Europeo del 24 de noviembre último, según sus Considerandos, se basa en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea que reconoce la educación y el acceso a la formación profesional y continua como un derecho, mientras que los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas prevén, de aquí a 2030, el acceso igualitario de todos los hombres y las mujeres a una formación técnica, profesional y superior asequible y de calidad, incluida la enseñanza universitaria, y un aumento considerable del número de jóvenes y adultos que posean las capacidades necesarias, en particular técnicas y profesionales, para acceder al empleo, el trabajo digno y el emprendimiento.

 

Los sistemas de Educación y Formación Profesionales, EFP de alta calidad e innovadores proporcionan a las personas capacidades para el trabajo, el desarrollo personal y la ciudadanía, que les ayudan a adaptarse y contribuir a la doble transición ecológica y digital, con objeto de hacer frente a situaciones de emergencia y perturbaciones económicas, apoyando también el crecimiento económico y la cohesión social. Así, les proporcionan capacidades que las ayudan a conseguir o crear puestos de trabajo demandados en el mercado laboral.

En el futuro, disponer de una EFP atractiva y adecuada al mercado laboral, especialmente la formación de aprendices, puede desempeñar un papel aún más importante en relación con la Garantía Juvenil a fin de evitar que los jóvenes queden desempleados y prepararlos para futuras oportunidades en el mercado de trabajo, en particular como elemento de la doble transición ecológica y digital.

La Recomendación se sustenta igualmente, en una serie de iniciativas en el ámbito de la educación y la formación y de las capacidades que se han desarrollado a nivel europeo, como se resume en el anexo I, y contribuirá a la Agenda de Capacidades Europea para la competitividad sostenible, la equidad social y la resiliencia, el Plan de Acción de Educación Digital actualizado, al Espacio Europeo de Educación y al Marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación

El seguimiento hecho por el Cedefop de las prioridades acordadas en las Conclusiones de Riga, de 22 de junio de 2015, muestra una serie de ámbitos en los que los países han avanzado con la agenda de modernización de la EFP, en particular en relación con la formación de aprendices y la formación basada en el trabajo, la garantía de la calidad, el establecimiento de mecanismos de anticipación de capacidades y de órganos consultivos en los que participan los interlocutores sociales, el aumento de la permeabilidad y la flexibilidad y, recientemente, un mayor hincapié en las capacidades digitales.

Los programas de EFP están centrados en el alumnado, se imparten mediante una combinación adecuada de entornos de aprendizaje abiertos, presenciales, digitales o híbridos y participativos; permiten itinerarios flexibles y modulares basados en el reconocimiento de los resultados del aprendizaje no formal e informal, y abren perspectivas de carrera profesional y mejora de la formación. Incluidos en los lugares de trabajo propicios al aprendizaje, y cuentan con el apoyo de infraestructuras, equipos y tecnologías de última generación accesibles y con estrategias de digitalización y de pedagogías versátiles, por ejemplo simuladores, realidad virtual y realidad aumentada basados en las TIC, que mejoran la accesibilidad y la eficiencia de la formación, también en las pequeñas empresas. 

El personal docente, de formación y de otra índole de la EFP, tras una formación inicial, prosigue con su desarrollo profesional continuo a fin de: proporcionar una formación de alta calidad; fomentar las capacidades técnicas y digitales y métodos de formación eficaces innovadores, en particular la enseñanza en un entorno virtual; en consonancia con la pedagogía profesional y digital de vanguardia, trabajar con herramientas de aprendizaje digital y en entornos diversos y multiculturales.

Los programas de EFP son accesibles a través de plataformas de aprendizaje digital, apoyadas por herramientas, dispositivos y conexión a internet, en particular para los grupos vulnerables y las personas de zonas rurales o remotas.

La digitalización cualitativa y efectiva de la EFP que se imparte tanto en centros educativos como en el aprendizaje en el trabajo, apoya y fomenta el uso de los marcos de competencias europeos y las herramientas de autoevaluación.

Esta Recomendación pudiera ser igualmente válida para la Educación y Formación Profesionales de aprendices en Latinoamérica, luego de análisis y evaluación por las autoridades vinculadas a la Presidencia de Consejo de Ministros, los Ministerios de Ciencias y Tecnologías, Secretarias de Gobierno Digital, Ministerios de Educación, Ministerios de Trabajo, Sociedad Civil y Asociaciones de Padres de Familia.  

El enlace al texto original y dos anexos obra en: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv%3AOJ.C_.2020.417.01.0001.01.SPA&toc=OJ%3AC%3A2020%3A417%3ATOC

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RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO

de 24 de noviembre de 2020

sobre la educación y formación profesionales (EFP) para la competitividad sostenible, la equidad social y la resiliencia

(2020/C 417/01)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular sus artículos 166 y 165,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (1) reconoce la educación y el acceso a la formación profesional y continua como un derecho, mientras que los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas prevén, de aquí a 2030, el acceso igualitario de todos los hombres y las mujeres a una formación técnica, profesional y superior asequible y de calidad, incluida la enseñanza universitaria, y un aumento considerable del número de jóvenes y adultos que posean las capacidades necesarias, en particular técnicas y profesionales, para acceder al empleo, el trabajo digno y el emprendimiento.

(2)

El Pilar Europeo de Derechos Sociales (2), proclamado el 17 de noviembre de 2017, establece una serie de principios para apoyar mercados de trabajo y sistemas de protección social equitativos y que funcionen correctamente, entre ellos el principio 1 sobre el derecho a una educación, una formación y un aprendizaje permanente inclusivos y de calidad, y el principio 4, relativo al apoyo activo para el empleo.

(3)

Los sistemas de EFP de alta calidad e innovadores proporcionan a las personas capacidades para el trabajo, el desarrollo personal y la ciudadanía, que les ayudan a adaptarse y contribuir a la doble transición ecológica y digital, con objeto de hacer frente a situaciones de emergencia y perturbaciones económicas, apoyando también el crecimiento económico y la cohesión social. Así, les proporcionan capacidades que las ayudan a conseguir o crear puestos de trabajo demandados en el mercado laboral.

(4)

Resulta esencial disponer de políticas eficaces de EFP para alcanzar el objetivo de promover una mano de obra cualificada, formada y adaptable, y mercados laborales con capacidad de respuesta al cambio económico, tal y como establece el artículo 145 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

(5)

La Comunicación de la Comisión titulada «El Pacto Verde Europeo» (3) es la nueva estrategia de crecimiento de la Unión destinada a transformar su economía y su sociedad para situarlas en una senda más sostenible. Los centros educativos, las instituciones de formación y las universidades son foros idóneos para el diálogo con el alumnado, los padres y madres de alumnos, las empresas y el resto de la comunidad en torno a los cambios necesarios para el éxito de la transición. La mejora de las capacidades y el reciclaje profesional proactivos son necesarios para cosechar los beneficios de la transición ecológica.

(6)

La Comunicación de la Comisión titulada «Una Europa social para una transición justa» (4) destaca la necesidad de situar las capacidades, la empleabilidad y el capital humano en un lugar central, mediante la Agenda de Capacidades Europea para la competitividad sostenible, la equidad social y la resiliencia (5), y va acompañada de una propuesta de Recomendación del Consejo sobre la educación y formación profesionales (EFP). También anuncia ulteriores trabajos relacionados con el Espacio Europeo de Educación y un nuevo marco de cooperación con los Estados miembros en materia de educación y formación.

(7)

En la Comunicación de la Comisión titulada «Un nuevo modelo de industria para Europa» (6) se pide una actuación decisiva para hacer del aprendizaje permanente una realidad para todos y garantizar que la educación y la formación sigan el ritmo y ayuden a conseguir la doble transición. También se hace un llamamiento a que la educación superior y la EFP proporcionen al mercado laboral más personas especializadas en los ámbitos de la ciencia, la ingeniería y la técnica. El nuevo Plan de acción para la economía circular (7) y la Estrategia de la UE sobre Biodiversidad para 2030 (8) ponen de relieve el papel clave de las capacidades en la transición hacia una economía ecológica y limpia.

(8)

La Comunicación de la Comisión titulada «Una estrategia para las pymes en pro de una Europa sostenible y digital» (9) destaca que la disponibilidad de personal cualificado o directivo con experiencia es el problema más importante para una cuarta parte de las microempresas y de las pequeñas y medianas empresas (pymes) de la UE y que la falta de personal cualificado es el obstáculo más importante para las nuevas inversiones en toda la UE. La EFP es especialmente importante para que las pymes se aseguren de que su mano de obra posee las capacidades necesarias.

(9)

La Comunicación de la Comisión titulada «Una Unión de la igualdad: Estrategia para la Igualdad de Género 2020-2025» (10) destaca la importancia de la EFP para las mujeres y los hombres con el fin de garantizar el equilibrio de género en las profesiones en las que tradicionalmente predomina uno u otro sexo y de abordar la cuestión de los estereotipos de género.

(10)

La Comunicación de la Comisión titulada «El presupuesto de la UE: motor del plan de recuperación para Europa» (11) expone un plan audaz y exhaustivo para la recuperación europea, basado en un Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU») de emergencia y un marco financiero plurianual reforzado para 2021-2027. Este plan se asienta en la solidaridad y la equidad y está profundamente arraigado en los principios y valores comunes de la Unión. Además, establece el modo de relanzar la economía europea, de impulsar la doble transición ecológica y digital, y de hacer que esa economía sea más justa, más resiliente y más sostenible para las generaciones futuras.

(11)

Desde 2013, la Garantía Juvenil (12) ha ayudado a los jóvenes a incorporarse al mercado laboral ofreciéndoles una buena oferta de empleo, educación continua, formación de aprendices o períodos de prácticas en un plazo de cuatro meses tras quedar desempleados o acabar la educación formal. La EFP ha sido eficaz para facilitar la transición al mercado laboral de los jóvenes en riesgo de exclusión. En el futuro, disponer de una EFP atractiva y adecuada al mercado laboral, especialmente la formación de aprendices, puede desempeñar un papel aún más importante en relación con la Garantía Juvenil a fin de evitar que los jóvenes queden desempleados y prepararlos para futuras oportunidades en el mercado de trabajo, en particular como elemento de la doble transición ecológica y digital.

(12)

La propuesta de la Comisión de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) tiene por objeto garantizar una mejor adecuación de los sistemas de educación y formación al mercado laboral y la igualdad de acceso a las oportunidades de aprendizaje permanente para todos, mediante itinerarios de mejora de las capacidades y de reciclaje profesional.

(13)

La propuesta de la Comisión de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece Erasmus, el programa de la Unión para la educación, la formación, la juventud y el deporte, y se deroga el Reglamento (UE) n.o 1288/2013 establece que debe mantenerse la naturaleza integrada del programa de 2014-2020, que abarca el aprendizaje en todos los contextos —formal, no formal e informal, y en todas las etapas de la vida—, con objeto de impulsar itinerarios de aprendizaje flexibles que permitan a las personas desarrollar las competencias necesarias para hacer frente a los retos del siglo XXI.

(14)

La presente Recomendación se basa en una serie de iniciativas en el ámbito de la educación y la formación y de las capacidades que se han desarrollado a nivel europeo, como se resume en el anexo I, y contribuirá a la Agenda de Capacidades Europea para la competitividad sostenible, la equidad social y la resiliencia, el Plan de Acción de Educación Digital actualizado, al Espacio Europeo de Educación y al Marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación.

(15)

La presente Recomendación pretende cumplir los objetivos del Espacio Europeo de Educación consistentes en crear un auténtico espacio europeo de aprendizaje donde la educación y formación de alta calidad e inclusiva no se vea obstaculizada por las fronteras y cuyo objetivo sea eliminar los obstáculos para el reconocimiento de las cualificaciones de educación superior y de educación secundaria superior, y de los resultados de los períodos de aprendizaje en el extranjero, y en trabajar para facilitar la validación transfronteriza as de los resultados de formación y aprendizaje permanente.

(16)

Basándose en las prioridades de una cooperación reforzada europea en materia de EFP (el «Proceso de Copenhague»), que se adoptaron como Resolución del Consejoel 19 de diciembre de 2002 (13), los objetivos de alcanzar una EFP flexible de gran calidad y la movilidad transnacional siguieron ocupando un lugar destacado en el panorama general de la modernización de la EFP definida en 2010 en el Comunicado de Brujas por los ministros competentes.

(17)

En las Conclusiones de Riga, de 22 de junio de 2015, los ministros responsables de la EFP acordaron un conjunto de prioridades para apoyar la consecución de esta visión, tal como se recogió en el Informe conjunto de 2015 del Consejo y de la Comisión sobre la aplicación del marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (ET 2020) (14) y en la nueva Agenda de Capacidades para Europa de 2016 (15), que dio un nuevo impulso importante a la política de EFP de la Unión poniendo mayor énfasis en el atractivo y la calidad.

(18)

La Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2009, relativa al establecimiento de un Marco de Referencia Europeo de Garantía de la Calidad en la Educación y Formación Profesionales (EQAVET) (16) expuso un marco de referencia para ayudar a los Estados miembros a mejorar la calidad de sus sistemas de EFP y contribuir a una mayor transparencia de la evolución de las políticas en este ámbito entre los Estados miembros. Durante los diez años de su aplicación, el EQAVET ha estimulado la introducción de reformas en los sistemas nacionales de garantía de la calidad, pero no ha contribuido de manera significativa a mejorar la transparencia de los acuerdos de garantía de calidad. Además, se ha aplicado principalmente en la EFP inicial basada en la escuela. Por consiguiente, el marco EQAVET de 2009 debe integrarse en la presente Recomendación, a la que deben añadirse elementos que aborden las deficiencias de su aplicación relacionadas con la calidad de los resultados del aprendizaje, la certificación y la evaluación, la consulta con las partes interesadas, el papel de los docentes y formadores, el aprendizaje basado en el trabajo y la flexibilidad de la EFP. Con el fin de mejorar el aprendizaje mutuo, aumentar la transparencia y la coherencia de los acuerdos de garantía de calidad en la oferta de EFP, y reforzar la confianza mutua entre los Estados miembros de la UE, deben establecerse a escala de la Unión revisiones por pares de la garantía de la calidad del sistema.

(19)

La Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2009, relativa a la creación del Sistema Europeo de Créditos para la Educación y la Formación Profesionales (ECVET) (17) estableció el objetivo de mejorar el reconocimiento, la acumulación y la transferencia de los resultados del aprendizaje, y de apoyar la movilidad y el aprendizaje permanente, así como el establecimiento de un sistema de créditos de la UE en materia de EFP. Durante sus diez años de aplicación, el ECVET ha contribuido ampliamente al desarrollo de una experiencia de movilidad de mayor calidad mediante el uso y la documentación de unidades de resultados del aprendizaje. Sin embargo, en general no se ha aplicado el concepto de puntos del ECVET y este sistema no ha llevado a la creación de un sistema europeo de créditos en el ámbito de la EFP. Por lo tanto, la presente Recomendación del Consejo debe incluir los principios clave del ECVET (por ejemplo, unidades de resultados del aprendizaje) relacionados con la flexibilidad. Los instrumentos del ECVET (por ejemplo, el acuerdo de formación y el memorando de entendimiento), que respaldan la movilidad del alumnado de formación profesional, deben seguir desarrollándose en el marco de otros instrumentos de la UE, como los que reciben apoyo del programa Erasmus+. Para las cualificaciones profesionales de enseñanza postsecundaria y terciaria, podrá aplicarse el Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos, que ya se está utilizando.

(20)

La Recomendación del Consejo, de 15 de marzo de 2018, relativa al Marco Europeo para una formación de Aprendices de Calidad y Eficaz (18), establece catorce criterios clave que los Estados miembros y las partes interesadas deben utilizar para ofrecer una formación de aprendices cualitativa y eficaz que garantice tanto el desarrollo de las capacidades específicas del puesto de trabajo como el desarrollo personal de los aprendices.

(21)

El seguimiento hecho por el Cedefop de las prioridades acordadas en las Conclusiones de Riga, de 22 de junio de 2015, muestra una serie de ámbitos en los que los países han avanzado con la agenda de modernización de la EFP, en particular en relación con la formación de aprendices y la formación basada en el trabajo, la garantía de la calidad, el establecimiento de mecanismos de anticipación de capacidades y de órganos consultivos en los que participan los interlocutores sociales, el aumento de la permeabilidad y la flexibilidad y, recientemente, un mayor hincapié en las capacidades digitales. Sin embargo, en vista de la doble transición ecológica y digital, es necesario ampliar y mejorar significativamente la oferta de EFP, tanto en el caso de los jóvenes como de los adultos, aumentando al mismo tiempo el atractivo y la calidad en la EFP inicial.

(22)

Muchos países cuentan con iniciativas para promover la excelencia en la EFP y para conectarla mejor con los ecosistemas de la innovación y de las capacidades. Esos ejemplos sirven de base para experiencias piloto del concepto de Centros de Excelencia Profesional, con objeto de que lleguen a ser puntos de referencia de categoría mundial para la formación en ámbitos específicos, tanto en lo referente a la formación inicial como a la formación para la mejora de las capacidades y el reciclaje profesional.

(23)

En su dictamen sobre el futuro de la EFP, adoptado en diciembre de 2018, el Comité consultivo de formación profesional (CCFP, ACVT en sus siglas inglesas) plasmó la visión de una EFP de excelencia, inclusiva y permanente que cumpla los requisitos del futuro generados por los cambios económicos, tecnológicos y sociales. En dicho dictamen se invitó a la Comisión a preparar una propuesta, en forma de Recomendación general del Consejo, destinada a racionalizar y consolidar el marco para las políticas de la UE sobre la EFP, su gobernanza y los instrumentos existentes.

(24)

Dado su carácter no vinculante, la presente Recomendación respeta los principios de subsidiariedad y proporcionalidad y debe aplicarse de conformidad con el Derecho de la Unión y con la legislación y las prácticas nacionales. En particular, la presente Recomendación se entiende sin perjuicio de la Directiva 2005/36/CE (19), modificada por la Directiva 2013/55/UE (20), relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales, y del régimen de reconocimiento automático establecido en ella.

Teniendo en cuenta la siguiente definición de «educación y formación profesionales» (EFP):

A los efectos de la presente Recomendación, por educación y formación profesionales (EFP) debe entenderse la educación y formación que pretende dotar a los jóvenes y a los adultos de los conocimientos, las capacidades y las competencias que se requieran para ejercer profesiones concretas o, en un sentido más amplio, en el mercado de trabajo (21). Puede impartirse en contextos formales y no formales, y en todos los niveles del Marco Europeo de Cualificaciones (EQF en sus siglas inglesas), incluido el nivel terciario, en su caso.

RECOMIENDA A LOS ESTADOS MIEMBROS:

De conformidad con la legislación nacional y de la Unión, los recursos disponibles, las prioridades y circunstancias nacionales, en particular la situación socioeconómica y las características de los sistemas nacionales de EFP, y en estrecha cooperación con todas las partes interesadas pertinentes:

a)

Trabajar en la aplicación de una política en materia de EFP que:

dote a jóvenes y adultos de los conocimientos, las capacidades y las competencias necesarias para prosperar en un mercado laboral y una sociedad en evolución, y para gestionar la recuperación y la doble transición justa hacia la economía ecológica y digital en tiempos de cambio demográfico y a través de todos los ciclos de la economía;

fomente la inclusión y la igualdad de oportunidades y contribuya a alcanzar la resiliencia, la equidad social y la prosperidad para todos; y

promueva los sistemas europeos de EFP en un contexto internacional, de manera que sean una referencia mundial para el alumnado de formación profesional;

b)

Poner en marcha acciones e inversiones para llevar a cabo esta política, de conformidad con los principios definidos a continuación en los puntos 1 a 21.

c)

Trabajar para alcanzar, de aquí a 2025, los siguientes objetivos a escala de la UE (22), que forman parte de los marcos europeos de seguimiento aplicables, incluidos los relativos al ámbito de la educación y formación y a las políticas sociales y de empleo:

el porcentaje de titulados de EFP con empleo debe ser del 82 % como mínimo (23);

el 60 % de los titulados recientes en EFP debe haberse beneficiado del aprendizaje en el trabajo durante su EFP (24). Este objetivo se refiere a todas las formas de aprendizaje basado en el trabajo en un lugar de trabajo y, por tanto, contribuirá también a aumentar las oportunidades de formación de aprendices que pueden recibir apoyo de la Garantía Juvenil;

el 8 % del alumnado de EFP debe haberse beneficiado de una movilidad en el extranjero por motivos de aprendizaje (25).

La EFP se adapta con agilidad a los cambios del mercado laboral

(1)

Los programas de EFP ofrecen una combinación equilibrada de capacidades profesionales, incluidas las técnicas, bien adaptada a todos los ciclos de la economía, la evolución de los puestos y los métodos de trabajo y las competencias clave (26), incluidas las capacidades básicas sólidas y las capacidades digitales, transversales, ecológicas y otras capacidades para la vida que proporcionan unas bases firmes para la resiliencia, el aprendizaje permanente, la empleabilidad a lo largo de la vida, la inclusión social, la ciudadanía activa y el desarrollo personal.

(2)

Los planes de estudios, la oferta de programas y las cualificaciones de la EFP se actualizan periódicamente, como corresponda, a partir de información estratégica sobre las capacidades (es decir, sistemas de seguimiento de titulados y mecanismos de anticipación de capacidades, también a escala sectorial y regional).

(3)

Los proveedores de EFP tienen, según el contexto nacional, un grado de autonomía, flexibilidad, apoyo y financiación adecuado para adaptar su oferta de formación a las necesidades cambiantes de capacidades, la doble transición ecológica y digital, y los ciclos de la economía, garantizando la calidad.

(4)

Los programas de EFP a todos los niveles incluyen componentes de aprendizaje basado en el trabajo que se están ampliando también a la EFP continua; aumenta el desarrollo de los sistemas de formación de aprendices (27), para mejorar las ofertas de la Garantía Juvenil (28), que se complementan con el apoyo adecuado (29) y con medidas para estabilizar la oferta de formación de aprendices, y para abordar los retos específicos de las pequeñas empresas; para crear oportunidades de aprendizaje basado en el trabajo en distintos sectores de la economía, se podrían ofrecer incentivos a los empleadores, en función del contexto nacional.

La flexibilidad y las oportunidades de progresión constituyen el núcleo de la educación y formación profesionales

(5)

Los programas de EFP están centrados en el alumnado, ofrecen acceso al aprendizaje presencial, digital o híbrido, permiten itinerarios flexibles y modulares basados en el reconocimiento de los resultados del aprendizaje no formal e informal, y abren perspectivas de carrera profesional y mejora de la formación; los programas de formación profesional continua están diseñados para adaptarse a las necesidades del mercado laboral, sectoriales o de las personas en materia de mejora de las capacidades y de reciclaje profesional.

(6)

Los programas de EFP se basan en módulos o unidades de resultados del aprendizaje y existen mecanismos de validación que permiten la transferencia, el reconocimiento y la acumulación de los resultados del aprendizaje de las personas con vistas a obtener cualificaciones o cualificaciones parciales, según proceda en el contexto nacional (30). En la EFP inicial el principal objetivo es avanzar hacia una cualificación completa.

La EFP, motor para la innovación y el crecimiento, prepara para la doble transición ecológica y digital y para empleos muy demandados

(7)

La EFP es resiliente gracias a que forma parte de las estrategias económicas, industriales y de innovación, incluidas las relacionadas con la recuperación y la doble transición ecológica y digital. Como consecuencia de ello, la oferta de EFP debe ampliarse y adaptarse de forma considerable, especialmente para los adultos, fomentando la adquisición de capacidades empresariales, digitales y ecológicas.

(8)

Los Centros de Excelencia Profesional actúan como catalizadores de la inversión empresarial local, apoyan la recuperación, la doble transición ecológica y digital, la innovación europea y regional, y las estrategias de especialización inteligente, así como el desarrollo de la EFP, también en niveles de cualificación superiores (niveles 5 a 8 del MEC) de acuerdo con el contexto nacional, y ofrecen servicios innovadores, como agrupaciones empresariales y viveros de empresas emergentes, e innovación tecnológica para las pymes, además de soluciones innovadoras de reciclaje profesional para los trabajadores que corren el riesgo de despido.

(9)

Las instituciones de EFP tienen acceso a infraestructuras de última generación, cuentan con estrategias de digitalización (31) de acuerdo con el contexto nacional e integran la sostenibilidad medioambiental y social en sus programas y en la gestión organizativa, contribuyendo así a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas.

La EFP es una opción atractiva basada en la oferta moderna y digitalizada de formación y capacidades

(10)

La EFP inicial y continua forma parte del aprendizaje permanente. Existen itinerarios flexibles y permeables entre la EFP inicial y continua, la educación general y la educación superior.

(11)

Se desarrollan aún más los programas de EFP, en los niveles 5 a 8 del MEC, para dar respuesta a la necesidad creciente de mayores capacidades profesionales en función del contexto nacional.

(12)

Los programas de EFP se imparten mediante una combinación adecuada de entornos de aprendizaje abiertos, digitales y participativos, incluidos los lugares de trabajo propicios al aprendizaje, y cuentan con el apoyo de infraestructuras, equipos y tecnologías punteros y accesibles, y de pedagogías y herramientas versátiles, por ejemplo simuladores, realidad virtual y realidad aumentada basados en las TIC, que mejoran la accesibilidad y la eficiencia de la formación, también en las pequeñas empresas (32).

(13)

El personal docente, de formación y de otra índole de la EFP, tras una formación inicial, prosigue con su desarrollo profesional continuo a fin de: proporcionar una formación de alta calidad; fomentar las capacidades técnicas y digitales y unos métodos de formación eficaces innovadores, en particular la enseñanza en un entorno virtual; en consonancia con la pedagogía profesional y digital de vanguardia, trabajar con herramientas de aprendizaje digital y en entornos diversos y multiculturales. Sus trayectorias profesionales aumentan en atractivo gracias a enfoques de contratación más amplios, mejores oportunidades de carrera (33) y la cooperación reforzada de los docentes y formadores con las empresas y otros lugares de trabajo.

(14)

Las estrategias de internacionalización apoyan un enfoque estratégico de la cooperación internacional en materia de EFP, también en las regiones fronterizas de la UE; estas estrategias promueven el éxito de las prácticas nacionales en todo el mundo y pueden ponerse en marcha por diferentes medios, como la movilidad de los alumnos y los docentes y formadores, así como la preparación conjunta de concursos internacionales de capacidades profesionales y la participación en ellos.

(15)

Existen oportunidades de movilidad por motivos de aprendizaje para el alumnado y el personal de formación profesional, como la movilidad virtual, la movilidad a largo plazo y la movilidad hacia terceros países, que facilitan el uso y el reconocimiento de unidades de resultados del aprendizaje y de los instrumentos europeos pertinentes (34).

(16)

Se ofrece una información clara y de fácil comprensión sobre el aprendizaje y las oportunidades profesionales, y sobre las posibilidades de validación, en toda la UE mediante el aprendizaje permanente y unos servicios de orientación profesional de alta calidad, que utilizan plenamente Europass y otros servicios digitales.

La EFP promueve la igualdad de oportunidades

(17)

Los programas de EFP son inclusivos y accesibles para los grupos vulnerables, como las personas con discapacidad, las personas poco cualificadas o con un nivel bajo de capacidades, las minorías, las personas de origen migrante y aquellas con menos oportunidades por su localización geográfica o su situación socioeconómica desfavorecida. Las medidas específicas y los esquemas de formación flexible deben prevenir el abandono prematuro de la educación y la formación, y apoyar la transición de la escuela al trabajo.

(18)

Los programas de EFP son accesibles a través de plataformas de aprendizaje digital, apoyadas por herramientas, dispositivos y conexión a internet, en particular para los grupos vulnerables y las personas de zonas rurales o remotas.

(19)

Con medidas específicas se promueve el equilibrio de género en las profesiones tradicionalmente «masculinas» o «femeninas» y se abordan conjuntamente los estereotipos relacionados con el género y de otra índole.

La EFP se sustenta en una cultura de garantía de la calidad

(20)

El Marco de Referencia Europeo de Garantía de la Calidad (EQAVET), que se describe en el anexo II, se utiliza en los sistemas nacionales de garantía de la calidad, tanto para la EFP inicial como para la permanente; abarca la EFP en todos los entornos de aprendizaje (como los programas de formación en centros educativos o la formación en el trabajo, incluidos los sistemas de formación de aprendices) y en todos sus tipos (aprendizaje presencial, digital o combinado), impartida por proveedores tanto públicos como privados, y se sustenta en un conjunto de descriptores indicativos e indicadores de referencia comunes para la garantía de la calidad en la EFP, aplicados tanto a nivel de sistema como de proveedor, de acuerdo con el contexto nacional, que figuran en el anexo II.

(21)

Un punto de referencia nacional de garantía de la calidad para la EFP sigue reuniendo a todas las partes interesadas pertinentes a nivel nacional y regional a fin de:

adoptar iniciativas concretas para aplicar y seguir desarrollando el marco EQAVET,

informar y movilizar a una muy diversas partes interesadas, incluidos los Centros de Excelencia Profesional, para contribuir a la aplicación del marco EQAVET,

apoyar la autoevaluación como medio complementario y eficaz de garantía de la calidad que permite medir el éxito y delimitar los ámbitos con margen de mejora, entre otras cosas en relación con la preparación digital de los sistemas y las instituciones de EFP,

participar activamente en la red europea para la garantía de la calidad en la EFP,

facilitar una descripción actualizada de los acuerdos de garantía de la calidad nacionales basada en el marco EQAVET,

participar en revisiones por pares (35) de la garantía de la calidad a escala de la UE para mejorar la transparencia y la coherencia de los acuerdos de garantía de la calidad y para intensificar la confianza entre los Estados miembros.

Aplicación a nivel nacional

Se recomienda que los Estados miembros adopten medidas para aplicar esta política a escala nacional, junto con los interlocutores sociales y otras partes interesadas pertinentes. Para ello, deben:

(22)

Apoyar asociaciones sostenibles para la gobernanza de la EFP, de acuerdo con el contexto nacional y, cuando corresponda, mediante asociaciones público-privadas. Implicar a los interlocutores sociales y a todas las partes interesadas pertinentes, tales como las instituciones de EFP, los sectores y las empresas de todos los tamaños, los servicios de empleo públicos y privados, los docentes y formadores de EFP y sus representantes, los organismos intermediarios como las cámaras de industria, comercio y artesanía, las organizaciones profesionales y sectoriales, los coordinadores nacionales para la Garantía Juvenil, el FSE y otras iniciativas de la UE, el sector de las tecnologías de la información, los Centros de Excelencia Profesional, las agrupaciones, las asociaciones estudiantes y las asociaciones de padres y madres de alumnos, así como las autoridades locales, regionales y nacionales; además, deben promover estas asociaciones a escala regional y sectorial.

(23)

Aprovechar al máximo las herramientas europeas de transparencia, como el Marco Europeo de Cualificaciones, el Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos (ECTS), Europass y la Clasificación Europea de Capacidades, Competencias, Cualificaciones y Ocupaciones (ESCO), facilitar el reconocimiento mutuo automático de las cualificaciones y los resultados de los períodos de aprendizaje en el extranjero (36), permitir al alumnado utilizar las distintas prestaciones de Europass (por ejemplo, registrar su experiencia, sus capacidades y sus cualificaciones en un perfil en línea que sirva para la orientación profesional, la experiencia de movilidad, obtener credenciales firmadas digitalmente, recibir sugerencias y buscar oportunidades, cualificaciones, validación, reconocimiento, etc., de aprendizaje y empleo).

(24)

Hacer el mejor uso posible de los fondos e instrumentos de la Unión Europea para apoyar las reformas o la inversión en EFP, entre otras cosas en materia de digitalización y sostenibilidad medioambiental, como «Next Generation EU» (Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, REACT-UE), el Fondo Social Europeo+, el programa SURE, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, InvestEU, Erasmus+, Horizonte Europa, Interreg, Europa Digital, el Mecanismo para una Transición Justa y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, así como el Fondo de Modernización; además, deben estimular más inversiones de los sectores público y privado en la EFP.

(25)

Definir, a partir de los acuerdos y marcos financieros pertinentes que existen a escala nacional, las medidas que deben adoptarse para la aplicación de la presente Recomendación a nivel nacional en el plazo de 18 meses desde su adopción y hacer un seguimiento de la ejecución de esas medidas, en particular con la asignación de recursos nacionales que sean adecuados a nivel nacional y con una atención muy especial a incorporar la digitalización y la sostenibilidad medioambiental en todo el sector de la EFP, teniendo debidamente en cuenta la responsabilidad y la autonomía de las instituciones de educación y formación según el contexto nacional.

ACOGE CON SATISFACCIÓN LA INTENCIÓN DE LA COMISIÓN, DENTRO DEL RESPETO DE LA SUBSIDIARIEDAD, DE:

Llevar a cabo la política de EFP de la Unión apoyando la actuación de los Estados miembros, por los siguientes medios:

(26)

Garantizar una gobernanza eficaz de la política de la UE en materia de EFP a través del Comité consultivo de formación profesional (CCFP, ACVT en sus siglas inglesas), de carácter tripartito, a partir de un programa de trabajo continuo y en cooperación con los directores generales responsables de la EFP (37), los representantes del alumnado y los proveedores de EFP.

(27)

arantizar que la política de la Unión en materia de EFP quede reflejada íntegramente a la hora de impulsar el Plan de Recuperación de la UE, el Pacto Verde Europeo, la nueva Estrategia Industrial para Europa y la Estrategia para las Pymes en pro de una Europa Sostenible y Digital, y que sea una parte coherente de la Agenda de Capacidades Europea para la competitividad sostenible, la equidad social y la resiliencia, el Plan de Acción de Educación Digital, el marco general de cooperación europeo en el ámbito de la educación y la formación, y el Espacio Europeo de Educación.

(28)

Seguir apoyando las reformas estructurales en materia de formación de aprendices mediante el servicio de apoyo a la formación de aprendices y dando un nuevo impulso a la Alianza Europea para la Formación de Aprendices en sinergia con la Garantía Juvenil; ampliar gradualmente los servicios de apoyo a la EFP en cooperación con el Cedefop.

(29)

Explorar el concepto y el uso de microcredenciales, también en la EFP, junto con los Estados miembros y las partes interesadas pertinentes, en particular en el contexto del grupo consultivo para el MEC, tal como se propone en la Agenda de Capacidades Europea.

(30)

Respaldar el objetivo de establecer y desarrollar gradualmente plataformas europeas de Centros de Excelencia Profesional y estudiar los Perfiles Profesionales Esenciales Europeos, junto con los Estados miembros y las partes interesadas pertinentes, dentro de la plataforma Europass y con el complemento, en la medida de lo posible, de contenidos digitales de formación profesional desarrollados en el marco de las herramientas europeas de transparencia, con miras a facilitar la movilidad de los alumnos y los trabajadores y la transparencia y el reconocimiento de las cualificaciones.

(31)

Apoyar la digitalización cualitativa y efectiva de la EFP que se imparte tanto en centros educativos como en el aprendizaje en el trabajo, fomentando el uso de los marcos de competencias europeos (38) y las herramientas de autoevaluación (39) y analizando la viabilidad de una encuesta a escala de la Unión para los centros de EFP.

(32)

Reforzar la Alianza Europea para la Formación de Aprendices y la Coalición por las Capacidades y los Empleos Digitales, tal como se anunció en la Agenda de Capacidades Europea.

(33)

Promover los sistemas europeos de EFP en un contexto internacional, de manera que sean reconocidos como una referencia mundial para los alumnos de formación profesional, por ejemplo apoyando la internacionalización de los sistemas de EFP también en relación con los países candidatos a la UE y los países de la vecindad europea, en cooperación con la Fundación Europea de Formación (ETF en sus siglas inglesas), promoviendo competiciones de capacidades y campañas de comunicación para aumentar el atractivo y mejorar la imagen de la EFP, facilitando un acceso fácil a la información sobre la EFP y las oportunidades de empleo relacionadas, y creando y desarrollando las funciones de Europass.

(34)

Cooperar con organizaciones internacionales, en particular la OCDE, la OIT, la Unesco y el Banco Mundial, en el ámbito de la EFP.

(35)

Apoyar los esfuerzos de los Estados miembros para aplicar la presente Recomendación, potenciar la capacidad de las instituciones de EFP, lo que incluye su digitalización y sostenibilidad medioambiental, y promover la investigación en materia de EFP, tanto a escala nacional como de la UE, con la financiación de los fondos y programas de la Unión pertinentes («Next Generation EU» [Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y REACT-UE], Fondo Social Europeo Plus, programa SURE, Fondo Europeo de Desarrollo Regional, InvestEU, Erasmus+, Horizonte Europa, Interreg, Europa Digital, Mecanismo para una Transición Justa, Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y Fondo de Modernización).

(36)

Garantizar un seguimiento cualitativo y cuantitativo en consonancia con los objetivos comunes definidos en la presente Recomendación, así como otros datos pertinentes, como datos sobre las inversiones, e introducirlos en el Semestre Europeo y en otros marcos europeos de seguimiento e información pertinentes, e informar al Consejo sobre la aplicación de la Recomendación cada cinco años, a partir de los datos disponibles a nivel nacional y europeo y del seguimiento anual realizado por el Cedefop.

La presente Recomendación sustituye la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2009, relativa al establecimiento de un Marco de Referencia Europeo de Garantía de la Calidad en la Educación y Formación Profesionales (EQAVET) y la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2009, relativa a la creación del Sistema Europeo de Créditos para la Educación y la Formación Profesionales (ECVET).

Hecho en Bruselas, el 24 de noviembre de 2020.

Por el Consejo

El Presidente / La Presidenta

M. ROTH


(1)  DO C 326 de 26.10.2012, p. 391.

(2)  Documento 13129/17.

(3)  Documento COM(2019) 640 final.

(4)  Documento COM(2020) 14 final.

(5)  Documento COM(2020) 274 final.

(6)  Documento COM(2020) 102 final.

(7)  Documento COM(2020) 98 final.

(8)  Documento COM(2020) 380 final.

(9)  Documento COM(2020) 103 final.

(10)  Documento COM(2020) 152 final.

(11)  Documento COM(2020) 442 final.

(12)  Recomendación del Consejo, de 22 de abril de 2013, sobre el establecimiento de la Garantía Juvenil (DO C 120 de 26.4.2013, p. 1).

(13)  DO C 13 de 18.1.2003, p. 2.

(14)  DO C 417 de 15.12.2015, p. 25.

(15)  Documento COM(2016) 381 final.

(16)  DO C 155 de 8.7.2009, p. 1.

(17)  DO C 155 de 8.7.2009, p. 11.

(18)  DO C 153 de 2.5.2018, p. 1.

(19)  Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales (DO L 255 de 30.9.2005, p. 22).

(20)  Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013 , por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y el Reglamento (UE) n ° 1024/2012 relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior ( «Reglamento IMI» ) (DO L 354 de 28.12.2013, p. 132).

(21)  Basado en la definición del Cedefop: Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional. Terminología de la política europea de educación y formación, 2014.

(22)  Los objetivos se definen en valores medios de la UE que deben alcanzar colectivamente los Estados miembros. Al informar de los progresos realizados para alcanzar estos objetivos, en particular cuando sean pertinentes en el contexto del Semestre Europeo, la Comisión debe tener en cuenta las especificidades de los distintos sistemas y circunstancias nacionales. Los Estados miembros deben aprovechar plenamente las oportunidades de financiación de la Unión de acuerdo con sus circunstancias, prioridades y desafíos nacionales. Los tres objetivos cuantitativos no determinan de antemano el modo en que se apliquen los instrumentos de financiación de la Unión con arreglo al marco financiero plurianual 2021-2027 y al instrumento «Next Generation EU».

(23)  Abarcará el grupo de edad de entre 20 y 34 años que se ha graduado entre 1 y 3 años antes de la EFP secundaria superior y postsecundaria no terciaria.

(24)  Abarcará el grupo de edad de 20 a 34 años que hayan abandonado la educación y la formación entre 1 y 3 años antes. El indicador se basará en los datos que se recojan a partir de 2021 en la encuesta de población activa de la UE (EPA UE), tal como se define en el identificador de la variable «HATWORK» del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2240 de la Comisión. Ello se refiere a experiencias laborales en un lugar de trabajo en una unidad de mercado o no de mercado (es decir, una empresa, una institución pública o una organización sin ánimo de lucro) que formaban parte del plan de estudios del programa formal que dio lugar al nivel de educación más alto concluido exitosamente. Si un encuestado tiene varias experiencias laborales, debe tenerse en cuenta la duración acumulada de todas ellas. Las experiencias laborales deben expresarse en equivalentes a tiempo completo.

(25)  Se medirá como porcentaje del alumnado que haya hecho uso de la movilidad en un año natural, como proporción de una cohorte de titulados de EFP en el mismo año. El indicador se basará en los datos de movilidad obtenidos de Erasmus+ y en los datos de titulados en EFP extraídos de la Unesco-OCDE-Eurostat. Cuando estén disponibles y únicamente si los datos facilitados son comparables con los datos de Erasmus+, en particular la duración de la movilidad, también podrían utilizarse datos procedentes de los programas de movilidad de las autoridades nacionales para complementar los datos de Erasmus+. En caso de que se incluyan datos de las autoridades nacionales, deben mostrarse de manera transparente.

(26)  La Recomendación del Consejo, de 22 de mayo de 2018, relativa a las competencias clave para el aprendizaje permanente define las siguientes competencias clave: competencia en lectoescritura; competencia multilingüe; competencia matemática y competencia en ciencia, tecnología e ingeniería; competencia digital; competencia personal, social y de aprender a aprender; competencia ciudadana; competencia emprendedora y competencia en conciencia y expresión culturales.

(27)  Según se definen en la Recomendación del Consejo, de 15 de marzo de 2018, relativa al Marco Europeo para una Formación de Aprendices de Calidad y Eficaz.

(28)  Según se definen en la Recomendación del Consejo, de 22 de abril de 2013, sobre el establecimiento de la Garantía Juvenil.

(29)  Podría incluir centros de formación entre empresas.

(30)  De conformidad con la Recomendación del Consejo, de 20 de diciembre de 2012, sobre la validación del aprendizaje no formal e informal.

(31)  Por ejemplo, la herramienta de reflexión personal SELFIE apoya a las instituciones de EFP en el uso eficaz de las tecnologías digitales para la enseñanza y el aprendizaje, así como en la mejora de la cooperación con los empleadores en los sistemas de aprendizaje en el trabajo.

(32)  Pueden incluir también la enseñanza colaborativa, el aprendizaje interdisciplinar y basado en proyectos, y nuevos métodos organizativos en las instituciones y empresas de formación, así como la inteligencia artificial.

(33)  Puede incluir múltiples itinerarios para la evolución profesional, el reconocimiento de la experiencia profesional previa o docentes y formadores híbridos, de acuerdo con el contexto nacional.

(34)  Por ejemplo, plantillas para el memorando de entendimiento y el acuerdo de aprendizaje.

(35)  Una revisión por pares es un tipo de actividad de aprendizaje voluntario y mutuo con el objetivo de apoyar la mejora y la transparencia de los acuerdos de garantía de la calidad a nivel del sistema que no genera procedimientos de acreditación, conforme a una metodología específica elaborada por la red europea para la garantía de la calidad en la EFP (ENQA-VET en sus siglas inglesas).

(36)  Con arreglo a la Recomendación del Consejo, de 26 de noviembre de 2018, relativa a la promoción del reconocimiento mutuo automático de las cualificaciones de educación superior y de educación secundaria postobligatoria, y de los resultados de los períodos de aprendizaje en el extranjero.

(37)  Los directores generales responsables de la EFP son designados por los Estados miembros.

(38)  Como el Marco Común de Competencia Digital para los ciudadanos (DigComp), el Marco Europeo de Competencia Digital Docente (DigCompEdu) y el Marco de Competencia Digital para las Empresas (DigCompO).

(39)  Como SELFIE.


ANEXO I

Actos de la Unión aplicables en el ámbito de las capacidades, la educación y la formación

(1)   

 

Recomendación del Consejo, de 28 de junio de 2011, relativa a las políticas para reducir el abandono escolar prematuro (1).

(2)   

 

Recomendación del Consejo, de 20 de diciembre de 2012, sobre la validación del aprendizaje no formal e informal (2).

(3)   

 

Informe conjunto de 2015 del Consejo y de la Comisión sobre la aplicación del marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (ET 2020) — Nuevas prioridades para la cooperación europea en educación y formación (3).

(4)   

 

Recomendación del Consejo, de 19 de diciembre de 2016, relativa a Itinerarios de mejora de las capacidades: Nuevas oportunidades para adultos (4).

(5)   

 

Recomendación del Consejo, de 22 de mayo de 2017, relativa al Marco Europeo de Cualificaciones para el aprendizaje permanente y por la que se deroga la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, relativa a la creación del Marco Europeo de Cualificaciones para el aprendizaje permanente (5).

(6)   

 

Recomendación del Consejo, de 20 de noviembre de 2017, relativa al seguimiento de los titulados (6).

(7)   

 

Decisión (UE) 2018/646 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de abril de 2018, relativa a un marco común para prestar mejores servicios en materia de capacidades y cualificaciones (Europass) y por la que se deroga la Decisión n.° 2241/2004/CE (7).

(8)   

 

Recomendación del Consejo, de 22 de mayo de 2018, relativa a las competencias clave para el aprendizaje permanente (8).

(9)   

 

Conclusiones del Consejo sobre la adquisición de una visión del Espacio Europeo de Educación (9).

(10)   

 

Recomendación del Consejo, de 26 de noviembre de 2018, relativa a la promoción del reconocimiento mutuo automático de las cualificaciones de educación superior y de educación secundaria postobligatoria, y de los resultados de los períodos de aprendizaje en el extranjero (10).

(11)   

 

Conclusiones del Consejo sobre la aplicación de la Recomendación del Consejo relativa a Itinerarios de mejora de las capacidades: Nuevas oportunidades para adultos (11).

(12)   

 

Resolución del Consejo sobre un mayor desarrollo del Espacio Europeo de Educación para apoyar unos sistemas de educación y formación orientados al futuro (12).

(13)   

 

Conclusiones del Consejo sobre la economía del bienestar (13).

(14)   

 

Comunicación de la Comisión «Estrategia anual de crecimiento sostenible 2020» (14).


(1)  DO C 191 de 1.7.2011, p. 1.

(2)  DO C 398 de 22.12.2012, p. 1.

(3)  DO C 417 de 15.12.2015, p. 25.

(4)  DO C 484 de 24.12.2016, p. 1.

(5)  DO C 189 de 15.6.2017, p. 15.

(6)  DO C 423 de 9.12.2017, p. 1.

(7)  DO L 112 de 2.5.2018, p. 42.

(8)  DO C 189 de 4.6.2018, p. 1.

(9)  DO C 195 de 7.6.2018, p. 7.

(10)  DO C 444 de 10.12.2018, p. 1.

(11)  DO C 189 de 5.6.2019,p. 23.

(12)  DO C 389 de 18.11.2019, p. 1.

(13)  Documento 13432/19.

(14)  Documento COM(2019) 650 final.


ANEXO II

El marco EQAVET

Parte A. Descriptores indicativos del marco EQAVET

El presente anexo propone descriptores indicativos que tienen por objeto apoyar a los Estados miembros y a los proveedores de EFP, como estos estimen oportuno, a la hora de aplicar el marco EQAVET. Están estructurados por fases del ciclo de calidad: Planificación — Implantación — Evaluación — Revisión. Pueden aplicarse tanto a la EFP inicial como a la continua y son aplicables a todos los entornos de aprendizaje: enseñanza que se imparte en centros educativos y formación en el trabajo, incluidos los sistemas de aprendizaje profesional.

Criterios cualitativos

Descriptores indicativos relativos a sistemas de EFP

Descriptores indicativos relativos a proveedores de EFP

La planificación refleja una visión estratégica compartida por las partes interesadas pertinentes que incluye objetivos, acciones e indicadores explícitos.

Se han fijado objetivos de la EFP a medio y largo plazo, ligados a los Objetivos de Desarrollo Sostenible y a las metas de la UE, teniendo en cuenta las consideraciones medioambientales.

Los interlocutores sociales y todas las demás partes interesadas pertinentes participan en la fijación de los objetivos de la EFP en los distintos niveles.

Se fijan metas que son supervisadas mediante indicadores específicos (criterios de éxito).

Se han establecido mecanismos y procedimientos para determinar las necesidades de formación del mercado laboral y de la sociedad.

Los objetivos de las políticas de EFP europeas, nacionales y regionales se reflejan en las metas locales fijadas por los proveedores de EFP.

Se fijan y supervisan objetivos y metas explícitos, y se diseñan los programas para alcanzarlos.

Se lleva a cabo un proceso continuo de consulta con los interlocutores sociales y todas las demás partes interesadas pertinentes a fin de identificar necesidades locales o individuales concretas

Se han atribuido responsabilidades de gestión y desarrollo de la calidad de manera explícita.

El personal participa desde el principio en la planificación, particularmente en lo relativo a la mejora de la calidad.

 

Se ha diseñado una política de información para garantizar una divulgación adecuada de los resultados o logros en materia de calidad, con sujeción a los requisitos nacionales o regionales de protección de datos.

Se han definido normas y directrices para el reconocimiento, la validación y la certificación de competencias individuales.

Las cualificaciones de EFP se describen a partir de los resultados del aprendizaje.

Se establecen mecanismos para garantizar la calidad del diseño, la evaluación, la certificación y la revisión de las cualificaciones.

Los programas de EFP están diseñados para permitir itinerarios de aprendizaje flexibles y responder rápidamente a las necesidades cambiantes del mercado laboral.

Los proveedores proyectan iniciativas de cooperación con las partes interesadas pertinentes.

Las partes interesadas pertinentes participan en el proceso de analizar las necesidades locales.

Los proveedores de EFP tienen implantado un sistema de garantía de la calidad explícito y transparente.

Las medidas se diseñan garantizando el cumplimiento de las normas sobre protección de datos.

Los proyectos de implantación se preparan en consulta con las partes interesadas e incluyen principios explícitos.

Los proyectos de implantación se establecen en cooperación con los interlocutores sociales, los proveedores de EFP y otras partes interesadas pertinentes en los distintos niveles.

Los proyectos de implantación incluyen la consideración de los recursos requeridos, la capacidad de los usuarios y los instrumentos y directrices necesarios como respaldo.

Se han elaborado directrices y normas para su aplicación en distintos niveles. Estas directrices y normas incluyen la evaluación, la validación y la certificación de cualificaciones.

Los proyectos de implantación incluyen un apoyo específico para la formación de profesores y formadores, especialmente por lo que respecta a las capacidades digitales y la sostenibilidad medioambiental.

Los recursos se adecuan o asignan internamente para alcanzar las metas fijadas en los proyectos de implantación.

Se respaldan explícitamente las colaboraciones adecuadas e integradoras, especialmente entre profesores y formadores, para aplicar las acciones previstas.

El plan estratégico de desarrollo de las competencias del personal especifica las necesidades de formación de los profesores y formadores.

El personal recibe formación periódica y coopera con las partes interesadas externas pertinentes para respaldar el desarrollo de capacidades y la mejora de la calidad, así como aumentar el rendimiento.

 

Las responsabilidades de los proveedores de EFP en el proceso de implantación se describen explícitamente y se configuran de manera transparente.

Se ha elaborado un marco nacional o regional de garantía de la calidad que incluye directrices y estándares de calidad para los proveedores de EFP a fin de fomentar la mejora permanente y la autorregulación.

Los programas de los proveedores de EFP permiten al alumnado alcanzar los resultados del aprendizaje previstos y participar en el proceso de aprendizaje.

Los proveedores de EFP responden a las necesidades de aprendizaje de las personas utilizando un enfoque centrado en el alumnado que permite a este alcanzar los resultados del aprendizaje previstos.

Los proveedores de EFP promueven la innovación en los métodos de enseñanza y aprendizaje, ya sea en los centros educativos o ya se trate de formación en el trabajo, con el apoyo de las tecnologías digitales y las herramientas de aprendizaje vía internet.

Los proveedores de EFP utilizan métodos válidos, precisos y fiables para evaluar los resultados del aprendizaje de las personas.

Se evalúan con carácter periódico los resultados y los procesos

con ayuda de mediciones.

Se crea una metodología de evaluación que abarca la evaluación interna y externa.

Se acuerda y se describe con claridad la participación de las partes interesadas en el proceso de supervisión y evaluación.

Las normas y los procesos nacionales o regionales para la mejora y el aseguramiento de la calidad son pertinentes y proporcionales a las necesidades del sector.

Los sistemas se someten a autoevaluación, revisión interna y revisión externa, según proceda.

Se realiza una autoevaluación periódica con arreglo a reglamentaciones y marcos nacionales o regionales, o bien a iniciativa de los proveedores de EFP, que abarque también la preparación digital y la sostenibilidad medioambiental de las instituciones de EFP.

La evaluación y la revisión comprenden procesos y resultados o logros en materia de educación y formación que incluyen valorar la satisfacción del alumnado, así como el rendimiento y la satisfacción del personal.

 

Se aplican sistemas de alerta temprana.

Se aplican indicadores de rendimiento.

Se procede a una recogida de datos periódica, sistemática y coherente para medir el éxito y determinar los ámbitos en los que deben introducirse mejoras. Se han elaborado metodologías adecuadas para la recogida de datos, por ejemplo, cuestionarios e indicadores o criterios de medición.

La evaluación y la revisión incluyen la recopilación y el uso de datos, así como mecanismos adecuados y efectivos para implicar a las partes interesadas internas y externas.

Se aplican sistemas de alerta temprana.

Revisión

Se definen procedimientos, mecanismos e instrumentos para efectuar revisiones, que además se utilizan para mejorar la calidad de la prestación a todos los niveles.

Se evalúan periódicamente los procesos y se elaboran planes de acción para introducir cambios. Los sistemas se ajustan en consecuencia.

Se pone a disposición pública información sobre los resultados de las evaluaciones.

Se recaba información de retorno entre el alumnado sobre su experiencia de aprendizaje individual y acerca del entorno de enseñanza y de aprendizaje. Esta información, junto con las impresiones de los profesores, formadores y todas las demás partes interesadas pertinentes, se utiliza como fuente de inspiración para nuevas iniciativas.

La información sobre los resultados de la revisión se pone a disposición del público, dándosele una amplia difusión.

Los procedimientos sobre el suministro de información de retorno y la revisión forman parte de un proceso estratégico de aprendizaje en la organización, apoyan el desarrollo de una prestación de alta calidad y mejoran las oportunidades del alumnado.

Los resultados o logros del proceso de evaluación se debaten con las partes interesadas pertinentes, y se establecen planes de acción adecuados.

Parte B. Conjunto de indicadores de calidad de referencia del marco EQAVET

Esta sección propone un amplio conjunto de indicadores de calidad que pueden utilizarse para contribuir a la evaluación y la mejora de la calidad de los sistemas nacionales o regionales de EFP y de los proveedores de EFP al aplicar el marco EQAVET.

Indicador

Tipo de indicador

Objetivo de la medida

Indicadores generales de garantía de la calidad

Número 1

Pertinencia de los sistemas de garantía de calidad para los proveedores de EFP:

a)

proporción de proveedores que aplican sistemas internos de garantía de calidad definidos por ley o a iniciativa propia;

b)

porcentaje de proveedores de EFP acreditados.

Indicador de contexto o de base

Fomentar una cultura de mejora de la calidad en la EFP entre los proveedores

Elevar el grado de transparencia respecto a la calidad de la formación

Mejorar la confianza mutua en la prestación de formación

Número 2

Inversión en la formación de profesores y formadores:

a)

proporción de profesores y formadores que participan en programas de reciclaje profesional;

b)

importe de los fondos invertidos, incluidos los destinados mejorar las capacidades digitales.

Indicador de base o de proceso

Promover la implicación de los profesores y formadores en el proceso de desarrollo de calidad en la EFP

Mejorar la capacidad de respuesta de la EFP a la evolución de la demanda en el mercado laboral

Mejorar el desarrollo de capacidades individuales de aprendizaje

Mejorar los resultados del alumnado

Indicadores en apoyo de los objetivos de calidad de las políticas de la EFP

Número 3

Tasa de participación en los programas de EFP:

número de participantes en programas de EFP (1), según el tipo de programa y los criterios específicos (2)

Indicador de aportaciones/procesos/realizaciones

Obtener información básica a nivel de los sistemas y de los proveedores de EFP sobre el atractivo de la EFP

Respaldar las metas fijadas para mejorar el acceso a la EFP, en particular por lo que respecta a grupos desfavorecidos

Número 4

Tasa de finalización de programas de EFP:

número de personas que han finalizado con éxito/abandonado programas de EFP, según el tipo de programa y los criterios específicos

Indicador de procesos/realizaciones/logros

Obtener información básica sobre los logros educativos y la calidad de los procesos de formación

Determinar las tasas de abandono frente a la tasa de participación

Respaldar la finalización con éxito de los programas como uno de los objetivos principales de la calidad en la EFP

Apoyar la prestación de una formación adaptada, especialmente por lo que se refiere a los grupos desfavorecidos

Número 5

Tasa de colocación en el marco de los programas de EFP:

a)

destino del alumnado de EFP en algún momento fijado después de la finalización de la formación, según el tipo de programa y los criterios específicos (3)

b)

proporción de alumnos contratados en algún momento fijado después de la finalización de la formación, según el tipo de programa y los criterios específicos

Indicador de resultado

Apoyar la empleabilidad

Mejorar la capacidad de respuesta de la EFP a la evolución de la demanda en el mercado laboral

Apoyar la prestación de una formación adaptada, especialmente por lo que se refiere a los grupos desfavorecidos

Número 6

Utilización de las capacidades adquiridas en el puesto de trabajo:

a)

información sobre el empleo obtenido por el alumnado de la EFP tras la finalización de la formación, según el tipo de formación y los criterios específicos

b)

tasa de satisfacción de las personas contratadas y los empleadores respecto a las capacidades y competencias adquiridas

Indicador de resultado

(combinación de datos cualitativos y cuantitativos)

Aumentar la empleabilidad

Mejorar la capacidad de respuesta de la EFP a la evolución de la demanda en el mercado laboral

Apoyar la prestación de una formación adaptada, especialmente por lo que se refiere a los grupos desfavorecidos

Información de contexto

Número 7

Tasa de desempleo (4) según criterios específicos

Indicador de contexto

Proporcionar información de base para la toma de decisiones en los sistemas de EFP

Número 8

Prevalencia de grupos vulnerables:

a)

porcentaje de los participantes en programas de EFP clasificados como grupos desfavorecidos (en una región o zona de empleo determinada) por edad y por sexo

b)

tasa de éxito de los grupos desfavorecidos, por edad y por sexo.

Indicador de contexto

Proporcionar información de base para la toma de decisiones en los sistemas de EFP

Respaldar el acceso de grupos desfavorecidos a la EFP

Apoyar la prestación de una formación adaptada, especialmente a los grupos desfavorecidos

Número 9

Mecanismos para determinar las necesidades de formación en el mercado laboral:

a)

información sobre mecanismos fijados para determinar los cambios en la demanda en distintos niveles

b)

pruebas de la utilización de dichos mecanismos y de su eficacia.

Indicador de contexto/de base (información cualitativa)

Mejorar la capacidad de respuesta de la EFP a la evolución de la demanda en el mercado laboral

Apoyar la empleabilidad

Número 10

Sistemas utilizados para promover un acceso mejor a la EFP y proporcionar orientación al alumnado (potencial) de EFP:

a)

información sobre los sistemas existentes de distintos niveles

b)

pruebas de su eficacia

Indicador de proceso (información cualitativa)

Promover el acceso a la EFP, especialmente de los grupos desfavorecidos

Proporcionar orientación a alumnos (potenciales) de EFP

Apoyar la prestación de una formación adaptada


(1)  En el caso de la formación profesional inicial, se requiere un período de seis semanas de formación para que un alumno sea considerado como participante. En el caso del aprendizaje permanente, se contabiliza el porcentaje de la población que haya sido admitida en programas formales de EFP.

(2)  Aparte de la información básica sobre sexo y edad, pueden aplicarse otros criterios sociales, por ejemplo, abandono escolar, nivel educativo máximo, inmigrantes, personas con discapacidad, duración del desempleo, etc.

(3)  En el caso de la formación profesional inicial, debe incluirse información sobre el destino del alumnado que haya abandonado la formación.

(4)  Definición de la OIT: personas de entre 15 y 74 años sin trabajo, que buscan un empleo activamente y están disponibles para empezar a trabajar.

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