lunes, 13 de septiembre de 2021

AGENDA DE LUCHA CONTRA EL TERRORISMO DE LA UE: ANTICIPAR, PREVENIR, PROTEGER, RESPONDER - DICTAMEN DEL COMITE ECONOMICO Y SOCIAL EUROPEO.

 Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

        Doctor en Derecho
        Université de Montpellier I Francia.
        M. Sc.
 Institut Agronomique Méditerranéen

        cferreyros@hotmail.com

SINTESIS

Las Principales Conclusiones y Recomendaciones relacionadas con el derecho y las tecnologías, son:

El Comité Económico y Social Europeo (CESE) acoge de forma favorable y apoya el programa estratégico dirigido a preservar la seguridad de los ciudadanos de la Unión Europea frente a los riesgos del terrorismo propuesto en el marco de la Estrategia de la UE para una Unión de la Seguridad, y reconoce la necesidad de una política de lucha contra el terrorismo fuerte y ambiciosa.

La consecución de este objetivo debe basarse en el reconocimiento y el pleno respeto de las bases jurídicas del Derecho internacional y europeo, que defienden y preservan nuestra sociedad pluralista, nuestros valores comunes y nuestro modo de vida europeo.

Resalta la importancia de utilizar herramientas tecnológicas modernas, pero insiste también en la necesidad de garantizar que se limite su uso en el contexto del Estado de Derecho y de los derechos fundamentales.

En lo que respecta a la prevención, el CESE reclama la pertinencia de una participación activa por parte de la sociedad civil y sus organizaciones - así como de los interlocutores sociales -, participación que hasta ahora se ha infrautilizado. En este sentido, considera que una inversión especialmente interesante en relación con la seguridad consiste en aprovechar las acciones concertadas, los programas de reducción de riesgos y los procesos de reconciliación emprendidos en el ámbito de las comunidades.

El CESE está convencido de la necesidad de luchar contra el terrorismo de manera eficaz e implacable, pero sin socavar los valores europeos y los derechos democráticos de los ciudadanos. De hecho, si se produjera una restricción sustancial de estos últimos, se podría considerar que los terroristas habrían logrado su propósito.

El Comité destaca que la legislación de la UE prohíbe la conservación general e indiferenciada de los datos y que esta práctica solo puede autorizarse si se adoptan garantías estrictas y perfectamente definidas en las leyes, respaldadas por medio de un control permanente del sistema.

En el marco del Programa de Seguimiento de la Financiación del Terrorismo (TFTP) se recopila gran cantidad de información. A este respecto, en especial cuando dicha información la utiliza una parte externa (por ejemplo, en el marco de la cooperación entre la UE y EE. UU.), las garantías destinadas a proteger la privacidad de los ciudadanos de la UE han de evaluarse de forma continua. Lo mismo ocurre con la ciberseguridad, el tratamiento de la información cifrada durante las investigaciones, la gestión de las pruebas electrónicas (sistema digital de intercambio de pruebas electrónicas, eEDES por sus siglas en inglés) y las encuestas digitales realizadas junto con socios internacionales. En todos los casos, debe otorgarse una consideración prioritaria a los intereses de los ciudadanos en materia de protección jurisdiccional.

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Dictamen Comité Económico y Social Europeo sobre la

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones sobre la Estrategia de la UE para una Unión de la Seguridad

[COM(2020) 605 final]

y sobre la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Agenda de lucha contra el terrorismo de la UE: anticipar, prevenir, proteger, responder

[COM(2020) 795 final]

(2021/C 341/11)

Ponente: Ákos TOPOLÁNSZKY

Consultas

Comisión Europea, 24.2.2021

Fundamento jurídico

Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

 

 

Sección competente

Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía

Aprobado en la sección

26.5.2021

Aprobado en el pleno

9.6.2021

Pleno n.o:

561

Resultado de la votación

(a favor/en contra/abstenciones)

234/1/3

1.   Conclusiones y recomendaciones

      1.1.            El Comité Económico y Social Europeo (CESE) acoge de forma favorable y apoya el programa estratégico dirigido a preservar la seguridad de los ciudadanos de la Unión Europea frente a los riesgos del terrorismo propuesto en el marco de la Estrategia de la UE para una Unión de la Seguridad (1), y reconoce la necesidad de una política de lucha contra el terrorismo fuerte y ambiciosa.

 

      1.2.            Al mismo tiempo, subraya que la consecución de este objetivo debe basarse en el reconocimiento y el pleno respeto de las bases jurídicas del Derecho internacional y europeo, que defienden y preservan nuestra sociedad pluralista, nuestros valores comunes y nuestro modo de vida europeo.

 

      1.3.            El CESE considera que el nuevo programa es importante y se presenta en el momento oportuno; del mismo modo, expresa su aprobación, en líneas generales, con respecto a los mecanismos que prevé y al énfasis que pone en el concepto de «resiliencia».

 

      1.4.            Resalta la importancia de utilizar herramientas tecnológicas modernas, pero insiste también en la necesidad de garantizar que se limite su uso en el contexto del Estado de Derecho y de los derechos fundamentales.

 

      1.5.            El Comité señala que, a su parecer, el programa establece un marco de acción coherente, dirigido sobre todo a las instituciones y autoridades que asumen tareas especializadas y esenciales para la prevención y lucha contra la amenaza terrorista; sin embargo considera que en el documento analizado no se hace adecuadamente partícipes de la resolución de este problema a los representantes de las comunidades locales, las asociaciones de ciudadanos y de víctimas, las organizaciones de la sociedad civil y los sindicatos, las comunidades religiosas, el mundo universitario y los interlocutores privados.

 

      1.6.            El CESE considera necesario, en primer lugar, prevenir y suprimir los riesgos y las tensiones en vez de abordar sus consecuencias indeseables a posteriori, con el elevado coste social específico que ello conlleva.

 

      1.7.            Insiste en la importancia de investigar y evaluar la amenaza para evitar que se introduzcan mecanismos susceptibles de vulnerar los derechos fundamentales de forma injustificada.

 

      1.8.            Llama la atención sobre el papel de los Estados miembros y la necesidad de que desarrollen sinergias con vistas a la ejecución a largo plazo del programa.

 

      1.9.            Desde el punto de vista de la eficacia en la respuesta ante el terrorismo, resulta primordial, en lugar de limitarse a mostrar reacciones de carácter exclusivamente político, comprender las causas individuales y sociales del terrorismo a través del conocimiento científico.

 

        1.10.        En lo que respecta a la prevención, el CESE reclama la pertinencia de una participación activa por parte de la sociedad civil y sus organizaciones —así como de los interlocutores sociales—, participación que hasta ahora se ha infrautilizado. En este sentido, considera que una inversión especialmente interesante en relación con la seguridad consiste en aprovechar las acciones concertadas, los programas de reducción de riesgos y los procesos de reconciliación emprendidos en el ámbito de las comunidades.

 

        1.11.        El CESE está convencido de la necesidad de luchar contra el terrorismo de manera eficaz e implacable, pero sin socavar los valores europeos y los derechos democráticos de los ciudadanos. De hecho, si se produjera una restricción sustancial de estos últimos, se podría considerar que los terroristas habrían logrado su propósito.

 

        1.12.        La protección de los espacios públicos se debe diseñar y poner en práctica con la participación de los agentes privados y los representantes de las comunidades locales con el objetivo de alcanzar un consenso. Es necesario establecer un diálogo permanente con los líderes religiosos, puesto que las religiones pueden contribuir de forma muy importante a reducir la radicalización y determinadas formas de amenaza, así como las tensiones comunitarias provocadas por el terrorismo.

 

        1.13.        El Comité destaca que la legislación de la UE prohíbe la conservación general e indiferenciada de los datos y que esta práctica solo puede autorizarse si se adoptan garantías estrictas y perfectamente definidas en las leyes, respaldadas por medio de un control permanente del sistema.

 

        1.14.        En el contexto de la utilización del Programa de Seguimiento de la Financiación del Terrorismo (TFTP) (2), se deben evaluar continuamente las garantías destinadas a proteger la intimidad de los ciudadanos de la Unión Europea.

2.   Observaciones preliminares (3)

      2.1.            El CESE acoge de forma favorable y apoya el programa estratégico para una acción eficaz y coordinada por medio de herramientas globales dirigido a preservar la seguridad de los ciudadanos de la Unión Europea frente a los riesgos del terrorismo propuesto en el marco de la Estrategia de la UE para una Unión de la Seguridad (4).

 

      2.2.            El CESE reconoce la necesidad de una política de lucha contra el terrorismo fuerte y ambiciosa, pero resalta que esta se debe sustentar en un análisis de riesgos basado en datos contrastados y en una evaluación rigurosa del impacto de las medidas que ya se han adoptado en la UE.

 

      2.3.            El CESE está plenamente comprometido con los valores universales de respeto a la vida y la dignidad humanas consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos. El CESE suscribe también la afirmación de que la democracia, el Estado de Derecho, el respeto de los derechos fundamentales, en particular el derecho a la intimidad, la libertad de expresión, la libertad religiosa y el respeto de la diversidad constituyen los cimientos de la Unión Europea y, por tanto, exigen una visión común decidida que proteja y defienda nuestra sociedad pluralista, nuestros valores comunes y nuestro modo de vida europeo. Estos valores fundamentales han de tenerse en cuenta de forma constante y sistemática a la hora de diseñar y poner en práctica las acciones de comunicación previstas.

 

      2.4.            En opinión del CESE, el nuevo programa es importante y se presenta en el momento oportuno; el mecanismo que prevé permite anticipar, prevenir, proteger y reaccionar, así como el aspecto transversal de la cooperación internacional proporcionan un marco y un planteamiento adecuados para la implantación de un plan de reacción global. El CESE también considera apropiado que la Comunicación haga especial hincapié en diversos aspectos, entre ellos la importancia de la resiliencia. De hecho, la resiliencia exige una mayor participación de la sociedad y, por consiguiente, de la sociedad civil y las comunidades de ciudadanos, en el proceso destinado a instaurar y garantizar la seguridad.

 

      2.5.            También cabe destacar el especial hincapié hecho en el uso de herramientas tecnológicas modernas, que sin duda permiten luchar con mayor eficacia contra las actividades terroristas y de apoyo al terrorismo. No obstante, es fundamental delimitar con precisión, de acuerdo con el Derecho de la Unión Europea, el recurso a todas estas herramientas nuevas —en particular las que permiten obtener y analizar datos de forma masiva— y de otras más antiguas, así como regular el uso y el almacenamiento de los datos recopilados y controlar el cumplimiento permanente y continuo de las normas.

 

      2.6.            El Comité señala que, a su parecer, el programa establece un marco de acción coherente, dirigido sobre todo a las instituciones y autoridades que asumen tareas especializadas y esenciales para la prevención y lucha contra la amenaza terrorista; sin embargo considera que en el documento analizado no se hace adecuadamente partícipes de la resolución de este problema a los representantes de las comunidades locales, las asociaciones de ciudadanos y de víctimas, las organizaciones de la sociedad civil y los sindicatos, las comunidades religiosas, el mundo universitario y los interlocutores privados. No será posible eliminar las raíces de la amenaza terrorista sin los esfuerzos que llevan a cabo los agentes sociales en el ámbito local para llegar a acuerdos concertados y con vocación de recabar apoyos con el objetivo de reducir el riesgo.

 

      2.7.            El CESE considera necesario, en primer lugar, prevenir y suprimir los riesgos y las tensiones en vez de abordar sus consecuencias indeseables a posteriori, con el elevado coste social específico que ello conlleva. El Comité considera importante que la implantación del programa no se base en percepciones sociales o reacciones políticas, sino que lo haga siempre en la realidad del terrorismo y en la amenaza real que representa, y que las medidas adoptadas para combatirlo se elaboren partiendo de esta base. Las medidas políticas deberían diseñarse también en consonancia.

 

      2.8.            El CESE llama la atención sobre el hecho de que la UE solo conseguirá combatir eficazmente la radicalización si también logra abordar con éxito la exclusión que afecta tanto a sus propias minorías autóctonas (por ejemplo, los gitanos) como a aquellas que han llegado recientemente a su territorio.

 

      2.9.            Para no perjudicar la inclusión social y asegurarse de que las respuestas sean proporcionadas, se debe procurar que la distancia entre la percepción de la amenaza terrorista en la sociedad y la dimensión real de dicha amenaza no sea excesiva, como ocurre en algunos Estados miembros. Así pues, la investigación y la evaluación de la amenaza son aspectos importantes para evitar que se introduzcan mecanismos capaces de socavar los derechos fundamentales de forma injustificada. Las políticas de seguridad solo pueden adaptarse tras llevar a cabo un examen basado en datos contrastados sobre las amenazas y los riesgos reales identificados.

 

        2.10.        El CESE también considera que el profundo compromiso del programa para combatir la radicalización representa un elemento positivo importante en la lucha antiterrorista. No obstante, además de atajar la presencia de contenidos radicales en internet, el Comité considera que es muy importante en este ámbito comprender y explorar los mecanismos de radicalización y desradicalización, estudiar las características y el proceso de radicalización y, partiendo de esta base, prevenirla. Los representantes de la sociedad civil y las comunidades pueden desempeñar un papel fundamental al respecto.

 

        2.11.        El CESE está convencido de la necesidad de luchar contra el terrorismo de manera eficaz e implacable, pero sin socavar los valores europeos y los derechos democráticos de los ciudadanos. De hecho, si se produjera una restricción sustancial de estos últimos, se podría considerar que los terroristas habrían logrado su propósito.

 

        2.12.        Incluso en los programas mejor diseñados y más asentados, el éxito depende en gran medida de la disposición que muestren los Estados miembros que participan en su implantación a cooperar entre sí, así como de la resiliencia de estos y de las decisiones políticas adoptadas para apoyar estos programas. En este sentido, la voluntad política es de vital importancia.

 

        2.13.        «El CESE considera que la puesta en marcha del programa debería haber ido acompañada de una evaluación rigurosa de la situación, en la que se indicasen los procesos a los que el programa debería dar una respuesta adecuada y los resultados obtenidos gracias a las iniciativas emprendidas hasta la fecha.

3.   Cuestiones de fondo

3.1.   Anticipar

         3.1.1.      Es esencial que el uso de la inteligencia artificial (IA) en la detección precoz y en la lucha contra el terrorismo en general sea transparente y verificable, que solo se aplique a aquellos contenidos y personas relevantes para la lucha antiterrorista y que se cumplan las siete exigencias básicas de la estrategia en materia de IA (5).

 

         3.1.2.      En lo que respecta a la protección de los espacios públicos, el programa se centra acertadamente en el uso de las nuevas tecnologías. El CESE lamenta, no obstante, que en el documento solo se aborde de manera implícita la preparación frente a atentados con vehículos ariete, pese a que estos ataques han sido muy frecuentes en los últimos años. Varios de los llamados «atentados terroristas estratégicos» (con un elevado número de víctimas, amplia cobertura mediática y capaces de generar un importante efecto atemorizante) se han cometido de esta manera.

 

         3.1.3.      Desde el punto de vista de la eficacia en la respuesta ante el terrorismo, resulta primordial comprender, a través de medios científicos, las causas individuales y sociales del terrorismo. Por tanto, en opinión del CESE, es importante prestar especial atención a este aspecto, puesto que los conocimientos adquiridos pueden reducir en la práctica los daños humanos y materiales.

3.2.   Prevenir

         3.2.1.      En lo que respecta a la prevención, el CESE llama especialmente la atención sobre el hecho de que es el ámbito de la lucha antiterrorista donde la sociedad civil puede desempeñar —y ya lo está haciendo— un papel importante, pertinente desde la perspectiva del contenido, que va desde el refuerzo de la sensación de seguridad en la sociedad hasta el apoyo y el seguimiento de las prácticas operativas de las instituciones que combaten el terrorismo, pasando por la detección y la prevención de la radicalización y la lucha contra este fenómeno. Por tanto, el programa debería examinar con mucho más detalle el marco y el contenido de las actividades de cooperación que se pueden promover en todos los niveles de la sociedad. La cooperación interpersonal o en el seno de grupos y comunidades puede producir efectos contrastados a largo plazo en la reducción de los riesgos y la promoción de una inclusión sostenible. El programa debería hacer más énfasis en este planteamiento basado en la acción y no solo en la reacción.

 

         3.2.2.      El programa examinado concede acertadamente una gran importancia a la lucha contra la promoción de las ideologías extremistas en internet. objeto de debate concede, con razón, una importancia considerable a la lucha contra la promoción de ideologías extremistas en línea, refiriéndose a la retransmisión en directo de actos terroristas por parte de terroristas. Sin embargo, no evoca un fenómeno mucho más frecuente —y cuya prevención resulta esencial a juicio del Comité—, a saber la difusión a través de los medios sociales de acciones terroristas por parte de los testigos de las mismas.

 

         3.2.3.      El programa, que reconoce el papel social que desempeñan los canales de comunicación más poderosos de internet, define también una serie de obligaciones dirigidas a estas plataformas. En este sentido, además de los elementos ya mencionados en el documento examinado, sería útil realizar evaluaciones periódicas de los riesgos sistémicos relacionados con los derechos fundamentales, las fracturas sociales y las técnicas de manipulación que dan lugar a la radicalización.

Resulta también necesario acometer una evaluación continua de los riesgos relacionados con los agentes industriales, económicos y comerciales, las pequeñas y medianas empresas y los representantes de la sociedad civil, y reforzar su papel como interlocutores en la prevención del terrorismo a través de sus organizaciones centrales.

         3.2.4.      En el ámbito de la prevención, cabe señalar que, además de la incitación al odio, la difusión de información falsa y de teorías conspirativas desempeña un papel predominante en la radicalización. Por tanto, combatir este fenómeno resulta esencial para el éxito de la lucha contra el terrorismo.

 

         3.2.5.      El CESE subraya la importancia de la comunicación estratégica no solo después de un atentado, sino también como herramienta de prevención, lo que supone igualmente integrar el mensaje elaborado por la sociedad civil para contrarrestar el atractivo del terrorismo y ofrecer propuestas alternativas.

 

         3.2.6.      El compromiso colectivo y la resiliencia de las ciudades y los municipios pueden contribuir de manera eficaz a proteger la comunidad. En el ámbito de la prevención, el CESE considera que una inversión especialmente interesante en relación con la seguridad es la de aprovechar las acciones concertadas, los programas de reducción de riesgos y los procesos de reconciliación emprendidos en el ámbito de las comunidades. Abordar, resolver y, con el tiempo, disipar las tensiones podría evitar la necesidad de intervenir en situaciones de riesgo, liberando de este modo un volumen considerable de recursos y aumentando el grado de inclusión social. Para ello se requiere comprender los orígenes y la naturaleza del terrorismo, y llevar a cabo un seguimiento continuo de las intervenciones.

 

         3.2.7.      Nuestras ciudades deben disponer de un mejor acceso a la financiación, el asesoramiento y la formación para poder afrontar los retos actuales y aumentar su resiliencia. El CESE apoya decididamente la ayuda que la Comisión ha prestado a las actividades de los coordinadores locales de prevención a través de la Red de la UE para la Sensibilización frente a la Radicalización. Considera que la iniciativa «Ciudades de la UE contra la Radicalización» y el diálogo estratégico entre ciudades son esenciales. El Comité opina que este diálogo también debería instaurarse de forma permanente en las aglomeraciones urbanas mediante la creación de foros adecuados.

 

         3.2.8.      Dado que la exclusión social real y percibida, la discriminación y la marginación pueden reforzar la sensibilidad a la propaganda radical y generar otro tipo de amenazas para la cohesión social, la Comisión Europea debería intensificar su actuación contra el racismo. Por ello, es necesario implantar políticas sociales adecuadas de reducción de riesgos y de refuerzo de la confianza, puesto que los actos terroristas también pueden interpretarse como manifestaciones extremas de tensiones sociales y desconfianza.

 

         3.2.9.      El Comité considera conveniente prestar a la revisión, al reconocimiento y a la prevención eficaz de los procesos de radicalización en las instituciones penitenciarias una atención mayor de la que han recibido hasta ahora. El CESE confía en que los programas de apoyo aplicados a partir de las evaluaciones realizadas en el período anterior sigan consolidándose en este contexto, y se muestra favorable a que así sea. Es necesario garantizar, por medio de estrategias bien diseñadas, que las prisiones no sean focos de radicalización, sino, en la medida de lo posible, lugares donde se aborde este problema.

3.3.   Proteger

         3.3.1.      El capítulo titulado «Privar a los terroristas de los medios para atacar» no analiza las medidas previstas para evitar los atentados con vehículos ariete. Dada la frecuencia con la que se ha producido este tipo de atentado en los últimos años, el programa debería incluir obligatoriamente esta cuestión.

 

         3.3.2.      El CESE también insta a que se siga trabajando para evitar el uso de vehículos alquilados y compartidos como herramientas para perpetrar atentados terroristas y a que se desarrollen prácticas de planificación urbana eficaces para prevenir los daños causados por los vehículos utilizados con este fin.

 

         3.3.3.      La protección de los espacios públicos debe diseñarse y ponerse en práctica con la participación de los agentes privados y los representantes de las comunidades locales con el objetivo de lograr un consenso, esforzándose por limitar lo menos posible su libre utilización. El CESE coincide en que es necesario instaurar una serie de normas mínimas para la protección de los lugares especialmente concurridos y provistos de un valor simbólico.

 

         3.3.4.      Es necesario establecer un diálogo permanente con los líderes religiosos, puesto que las religiones pueden contribuir de forma muy importante a reducir la radicalización y determinadas formas de amenaza, así como las tensiones comunitarias provocadas por el terrorismo. Este planteamiento debería complementarse por medio del diálogo entre religiones y, cuando sea necesario, mediante procesos de reconciliación.

3.4.   Reaccionar

         3.4.1.      Dado el carácter tan especializado de la respuesta antiterrorista, el CESE insiste en concreto en la necesidad y la importancia de informar periódicamente de los resultados.

 

         3.4.2.      El Comité destaca que la legislación de la UE prohíbe la conservación general e indiferenciada de los datos y que esta práctica solo puede autorizarse si se adoptan garantías estrictas y perfectamente definidas en las leyes, respaldadas por medio de un control permanente del sistema.

 

         3.4.3.      Las actividades del Centro de Asesoramiento de la UE para las Víctimas del Terrorismo, que actualmente tiene carácter de mero proyecto piloto, deberían continuar y ampliarse para evaluar el impacto de la lucha contra el terrorismo en la sociedad civil y los derechos fundamentales. Los mecanismos de asistencia a las víctimas en los Estados miembros también deberían revisarse y reforzarse en el contexto de la primera estrategia de la Unión Europea sobre los derechos de las víctimas (2020-2025) (6). Asimismo, es esencial que los puntos de contacto nacionales para las víctimas del terrorismo (7) funcionen adecuadamente.

 

         3.4.4.      En el marco del Programa de Seguimiento de la Financiación del Terrorismo (TFTP) se recopila gran cantidad de información (8). A este respecto, en especial cuando dicha información la utiliza una parte externa (por ejemplo, en el marco de la cooperación entre la UE y EE. UU.), las garantías destinadas a proteger la privacidad de los ciudadanos de la UE han de evaluarse de forma continua. Lo mismo ocurre con la ciberseguridad, el tratamiento de la información cifrada durante las investigaciones, la gestión de las pruebas electrónicas (sistema digital de intercambio de pruebas electrónicas, eEDES por sus siglas en inglés) y las encuestas digitales realizadas junto con socios internacionales. En todos los casos, debe otorgarse una consideración prioritaria a los intereses de los ciudadanos en materia de protección jurisdiccional.

Bruselas, 9 de junio de 2021.

La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo

Christa SCHWENG


(1)  COM(2020) 605 final.

(2)  DO L 195 de 27.7.2010, p. 3.

(3)  Habida cuenta de que el Comité respalda el contenido del programa y el carácter técnico del mismo, el presente Dictamen se centra principalmente en los aspectos relacionados con la sociedad civil, el Estado de Derecho y los derechos fundamentales, que constituyen algunos de los elementos centrales del mandato del CESE.

(4)  COM(2020) 605 final.

(5)  COM(2020) 65 final.

(6)  COM(2020) 258 final.

(7)  Según las Conclusiones del Consejo de 4 de junio de 2018 sobre las víctimas del terrorismo (9719/18).

(8)  DO L 195 de 27.7.2010, p. 3.


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