Por: Carlos A. FERREYROS SOTO
Université de Montpellier I Francia.
M. Sc. Institut Agronomique Méditerranéen
PROLOGO
El REGLAMENTO (UE) 2018/1488 DEL CONSEJO de 28 de septiembre de 2018 por el que se crea la Empresa Común de Informática de Alto Rendimiento Europea propone algunas consideraciones que han sido tomadas en cuenta por el Comité Económico y Social Europeo para emitir su Dictamen sobre la «Propuesta de Reglamento del Consejo por el que se crea la Empresa Común de Informática de Alto Rendimiento Europea», confirmando la validez de esta iniciativa estratégica y el valor añadido de una Empresa Común de Informática de Alto Rendimiento Europea (Empresa Común EuroHPC) por considerarla un paso tangible que está en consonancia con la estrategia en la nube de la Unión Europea y forma parte integrante de una estrategia más amplia de la UE (que engloba, entre otras cosas, la ciberseguridad, el mercado único digital, la sociedad europea del Gigabit, la ciencia abierta, EU4Health y Resc-UE).
Estos fueron algunos de los
Considerandos:
Las asociaciones público-privadas en forma de iniciativas tecnológicas conjuntas se establecieron por primera vez en la Decisión n. 1982/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo.
El Reglamento (UE) n.o 1291/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo establece el programa Horizonte 2020, Programa Marco de Investigación e Innovación (2014-2020). Tuvo por objetivo lograr un mayor impacto en la investigación y la innovación combinando los fondos de Horizonte 2020 y del sector privado dentro de asociaciones público-privadas en áreas en las que el ámbito de aplicación y la escala de los recursos de la investigación y la innovación están justificados con miras a alcanzar los objetivos generales de competitividad de la Unión, apalancar inversión privada y ayudar a afrontar los retos de la sociedad en un número limitado de casos que presentan un claro valor añadido europeo. Su gobernanza y su funcionamiento deben ser abiertos, transparentes, efectivos eficientes e inclusivos, al dar la posibilidad de participar a una amplia gama de partes interesadas activas en sus ámbitos específicos.
El Reglamento (UE) n. 1316/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo estableció el Mecanismo «Conectar Europa» (MCE). El MCE debe permitir la preparación y ejecución de proyectos de interés común en el marco de la política de las redes transeuropeas, en los sectores del transporte, las telecomunicaciones y la energía.
El Reglamento (UE) n. 283/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo estableció las orientaciones para las redes transeuropeas en el ámbito de las infraestructuras de telecomunicaciones y dispuso las condiciones específicas para el sector de las telecomunicaciones.
La informática de alto rendimiento se cataloga como un proyecto de interés común en el ámbito de las infraestructuras de servicios digitales que pueden optar a financiación con arreglo al artículo 6, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 283/2014, a saber el acceso a la información del sector público reutilizable, a tenor del punto 3, letra d), del anexo de dicho Reglamento.
La Comunicación de la Comisión titulada «EUROPA 2020 hace hincapié en la necesidad de desarrollar condiciones que favorezcan la inversión en el conocimiento y la innovación con miras a lograr un crecimiento inteligente, sostenible e inclusivo en la Unión.
La Comunicación de la Comisión de 19 de abril de 2016 titulada «Iniciativa Europea de Computación en la Nube: construir en Europa una economía competitiva de los datos y del conocimiento» hace un llamamiento al establecimiento de una infraestructura de datos europea basada en capacidades de informática de alto rendimiento de vanguardia y el desarrollo de un completo ecosistema en informática de alto rendimiento europea capaz de desarrollar nuevas tecnologías europeas y hacer realidad los superordenadores a exaescala. La relevancia de este ámbito y los retos a los que se enfrentan las partes interesadas de la Unión exigen que se actúe a fin de reunir los recursos y las capacidades necesarios, incluidos los existentes como, por ejemplo, los superordenadores y los centros de supercomputación nacionales, para cerrar el bucle que lleva de la investigación y el desarrollo a la entrega y la explotación de sistemas de informática de alto rendimiento a exaescala. Por consiguiente, debe crearse un mecanismo a nivel de la Unión que combine y concentre la prestación de apoyo para el establecimiento de una infraestructura de informática de alto rendimiento europea de primer orden y para la investigación y la innovación en informática de alto rendimiento por parte de los Estados miembros, la Unión y el sector privado. Esta infraestructura ha de brindar acceso a los usuarios del sector público, los usuarios industriales, incluidas las pequeñas y medianas empresas (pymes), y los usuarios del ámbito universitario, incluidas las comunidades científicas de la incipiente Nube Europea de la Ciencia Abierta.
La Comunicación de la Comisión de 10 de mayo de 2017 relativa a la revisión intermedia de la aplicación de la «Estrategia para el Mercado Único Digital. Un mercado único digital conectado para todos» ve en la informática de alto rendimiento un elemento decisivo para la digitalización de la industria y la economía de los datos. Se requiere una inversión significativa para desarrollar, adquirir y explotar superordenadores que se sitúen entre los tres mejores del mundo, y ningún país europeo dispone de recursos para desarrollar por sí solo un completo ecosistema en informática de alto rendimiento. Es por lo tanto necesario que los Estados miembros, la Unión y el sector privado coordinen sus esfuerzos y compartir sus recursos a fin de satisfacer la demanda creciente de informática de alto rendimiento y crear en toda la Unión un ecosistema en informática de alto rendimiento sólido e innovador en lo científico e industrial. La Comunicación propone que se establezca un instrumento jurídico que proporcione un marco de contratación para una infraestructura de supercomputación y datos a exaescala integrada.
A fin de dotar a la Unión del rendimiento informático necesario para que su investigación se mantenga a la vanguardia, es preciso coordinar la inversión de los Estados miembros en la informática de alto rendimiento y reforzar la incorporación de esta tecnología por parte de la industria y el mercado tanto en el sector público como en el privado. La Unión ha de ser más eficaz a la hora de transformar los adelantos tecnológicos en sistemas de informática de alto rendimiento europeos que estén orientados a la demanda y a la aplicación, que sean competitivos en el mercado, de manera que se cree un vínculo efectivo entre el suministro de tecnología, el diseño conjunto con los usuarios y una contratación conjunta de sistemas de primer orden, y se forme un ecosistema competitivo a nivel mundial en tecnologías y aplicaciones de informática de alto rendimiento. Al mismo tiempo, la Unión debe ofrecer a su industria suministradora la posibilidad de aprovechar dichas inversiones, a fin de que las incorpore en campos de aplicación a gran escala y emergentes como la medicina personalizada, la conducción conectada y automatizada u otros mercados pioneros apoyados en la inteligencia artificial, la tecnología de cadena de bloques, la computación en el borde o, más generalmente, en la digitalización de la industria de la Unión.
Una empresa común es el mejor instrumento para alcanzar las metas de la estrategia de informática de alto rendimiento europea, según se establece en la Iniciativa Europea de Computación en la Nube, de superar las limitaciones actuales, al mismo tiempo que se generan las repercusiones económicas, sociales y ambientales más idóneas y se vela por los intereses de la Unión de la mejor manera posible. Además, permite la puesta en común de los recursos procedentes de la Unión, los Estados miembros y el sector privado. Por otra parte, ofrece la posibilidad de introducir un marco de contratación conjunta y explotar sistemas de informática de alto rendimiento de primer orden a través del fomento de la tecnología, en particular si es tecnología europea competitiva. Puede, asimismo, iniciar programas de investigación e innovación para el desarrollo de tecnologías europeas y su posterior integración en sistemas de supercomputación a exaescala, así como contribuir al desarrollo de una industria europea competitiva de suministro de tecnología.
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Dictamen del Comité
Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Consejo por el
que se crea la Empresa Común de Informática de Alto Rendimiento Europea»
[COM(2020) 569 final —
2020/260 NLE]
(2021/C 123/02)
Ponente: |
Louise GRABO |
Consulta |
Consejo de la Unión Europea, 26.10.2020 |
Fundamento jurídico |
Artículo 187 y artículo 188, primer párrafo, del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea |
Sección competente |
Mercado Único, Producción y Consumo |
Aprobado en sección |
11.12.2020 |
Aprobado en el pleno |
27.1.2021 |
Pleno n.o |
557 |
Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) |
240/0/5 |
1. Conclusiones y recomendaciones
1.1 El CESE confirma la validez de esta iniciativa estratégica y el valor añadido de una Empresa Común de Informática de Alto Rendimiento Europea (Empresa Común EuroHPC) por considerarla un paso tangible que está en consonancia con la estrategia en la nube de la Unión Europea y forma parte integrante de una estrategia más amplia de la UE (que engloba, entre otras cosas, la ciberseguridad, el mercado único digital, la sociedad europea del Gigabit, la ciencia abierta, EU4Health y Resc-UE).
1.2 El CESE estima que las inversiones que la UE ha realizado en los últimos años — e incluso después de iniciarse la pandemia de COVID-19 — para la adquisición y explotación de superordenadores de categoría mundial siguen sin alcanzar un nivel óptimo, si se comparan con las de sus competidores (Estados Unidos, China y otros países). Se requieren recursos e inversiones adicionales, también por parte de los Estados miembros de la UE, en particular de aquellos menos avanzados o que participan en menor grado en este ámbito. Es fundamental que estos recursos se combinen con programas coherentes de investigación e innovación de la UE y el próximo MFP 2021-2027, incluido el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, si se quiere que la Unión Europa pueda competir en aplicaciones de informática de alto rendimiento (HPC, por sus siglas en inglés) a escala mundial.
1.3 El CESE respalda el enfoque industrial — en el marco de una estrategia industrial renovada de la UE con un componente para las pymes — a fin de desarrollar la próxima generación de microchips de bajo consumo en Europa, hacer que la UE sea menos dependiente de las importaciones y garantizar el acceso a tecnologías y conocimientos técnicos de HPC de gran calidad.
1.4 El CESE pide a la Comisión que redoble sus esfuerzos para elaborar una «hoja de ruta plurianual» que pueda concitar la aprobación de la sociedad civil de la UE y aportar una contribución práctica a los correspondientes niveles de gobernanza de la Empresa Común en sectores estratégicos (prevención de la salud, sistemas de alerta rápida, preparación, programas piloto de formación sobre reducción del riesgo de desastre y ciberseguridad). A tal fin, además de los centros de competencias de informática de alto rendimiento y los centros de innovación digital en funcionamiento, urge integrar el valor añadido y el impacto multiplicador de un diálogo permanente con la sociedad civil en los grupos consultivos de las empresas comunes que ya existen. El CESE, por su propia naturaleza, sería el socio ideal para celebrar, con carácter anual, un foro de diálogo de la UE abierto Empresa Común EuroHPC, junto con campañas de sensibilización educativa en las que participen activamente redes científicas y de conocimiento, interlocutores sociales y económicos, organizaciones de la sociedad civil y medios de comunicación.
1.5 El CESE juzga necesario recabar la opinión de la sociedad civil de la UE a fin de que las instituciones de la Unión y los Estados miembros supervisen, expliquen y promuevan de forma más eficaz el valor añadido a corto y medio plazo de la Empresa Común EuroHPC y las ventajas y oportunidades que brinda para diversos sectores como instrumento jurídico y estratégico. La Empresa Común EuroHPC debería no solo beneficiar a las comunidades científicas y de investigación sino también garantizar un mayor grado de aprobación y participación de los intermediarios interesados como las instituciones públicas, los interlocutores sociales y las organizaciones de la sociedad civil de la UE, las organizaciones representativas de las empresas industriales y de las pequeñas y medianas empresas (pymes) y los agentes de la cadena de valor en el desarrollo de aplicaciones informáticas, proporcionando acceso a las infraestructuras —algo de importancia capital para los países más pequeños— e incrementando las contribuciones en especie a la Empresa Común EuroHPC.
1.6 El CESE celebra que dos de los socios de la Comisión en la asociación público-privada contractual puedan convertirse en los primeros miembros privados, lo cual resulta esencial para la participación, desde las primeras fases, de las industrias de la UE en la Empresa Común. Este es el caso, en particular, de las microempresas y las pymes, que ofrecen soluciones competitivas o adaptabilidad pero que corren el riesgo de ser excluidas o penalizadas en los procedimientos de contratación pública si no están adecuadamente cubiertas por un capítulo jurídico específico o por los formularios de consorcio de empresas existentes. El CESE subraya la importancia de modernizar el formato de determinados procedimientos de contratación pública y de los criterios de adjudicación a fin de facilitar la participación de las «agrupaciones de pymes» existentes o nuevas en este Reglamento específico de la UE relativo a una empresa común (1) que abarca los superordenadores y las aplicaciones informáticas clásicas de HPC, pero también la adquisición de simuladores y ordenadores cuánticos.
1.7 Acoge favorablemente la posibilidad de que se sumen más socios, pero también insiste en que se aplique el requisito de reciprocidad por cada nuevo socio, en particular si es de fuera de la UE.
1.8 La UE debería aprovechar al máximo la oportunidad
que brinda el desarrollo de la tecnología de la Empresa Común EuroHPC para
desarrollar los sectores industriales europeos pertinentes, de modo que puedan
abarcar toda la cadena de producción (diseño, fabricación, despliegue y
aplicación).
1.9 La UE debería fijarse como objetivo a medio plazo
lograr la capacidad de planificar y producir informática de alto rendimiento
utilizando tecnología europea.
2. Observaciones generales
2.1 El 10 de marzo de 2020, la Comisión Europea adoptó la Comunicación «Un nuevo modelo de industria para Europa», en la que se establece una estrategia industrial ambiciosa para que Europa acometa la doble transición hacia la neutralidad climática y el liderazgo digital. En su Comunicación, la Comisión subraya la necesidad de reforzar el desarrollo de tecnologías facilitadoras esenciales que revisten una importancia estratégica para el futuro industrial de Europa, incluidas la informática de alto rendimiento y las tecnologías cuánticas. En una Comunicación posterior, de 27 de mayo de 2020, titulada «El momento de Europa: reparar los daños y preparar el futuro para la próxima generación» (2), las aplicaciones de la informática de alto rendimiento se citaban como una capacidad digital estratégica que constituirá una prioridad en las fuentes de inversión destinadas a la recuperación de Europa, por ejemplo el Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia, InvestEU y el Instrumento de Inversión Estratégica.
2.2 Las aplicaciones de la Empresa Común EuroHPC, que utilizan sistemas informáticos (conocidos como «superordenadores») con una capacidad de cálculo extremadamente alta, pueden resolver problemas muy complejos y exigentes. Hoy en día, constituyen un factor clave para el liderazgo mundial en estrategias de riesgo científico, industrial y biológico y de riesgo de ciberterrorismo, por lo que resultan fundamentales para la seguridad nacional, la defensa y los retos geopolíticos y, más en general, para la transformación digital y ecológica de nuestra sociedad. Estas aplicaciones son también el motor que impulsa la economía de los datos, con la capacidad de permitir que tecnologías clave como la inteligencia artificial (IA), el análisis de datos y la ciberseguridad aprovechen el enorme potencial de los macrodatos.
2.3 Además, la HPC también se está convirtiendo en una herramienta cada vez más importante a escala mundial para apoyar la toma de decisiones públicas ya que permite simular diferentes escenarios y apoyar redes comunes mundiales y regionales de preparación, respuesta y conocimiento que centran su labor en las catástrofes naturales (por ejemplo, tsunamis, inundaciones, incendios, terremotos, etc.) y antropogénicas (por ejemplo, riesgos industriales). En este marco, los sistemas de la Empresa Común EuroHPC podrían desplegar e incrementar su valor añadido cuando concurran múltiples riesgos que puedan tener un impacto negativo significativo en las sociedades.
2.4 La Empresa Común EuroHPC está asociando a varios sectores industriales con el fin de innovar y avanzar hacia productos y servicios de mayor valor que se comercializarán en los mercados interior y mundial, lo que abrirá el camino a nuevas aplicaciones industriales en combinación con otras tecnologías digitales avanzadas.
2.5 Las aplicaciones e infraestructuras de la HPC son esenciales en casi todos los campos de la investigación, desde la física fundamental hasta la biomedicina, a fin de lograr unos conocimientos y unos avances científicos más profundos.
2.6 La HPC se utiliza en relación con la pandemia de COVID-19, a menudo en combinación con la inteligencia artificial, para acelerar el descubrimiento de nuevos fármacos, prever la propagación del virus, planificar y distribuir recursos médicos escasos y anticipar la eficacia de las medidas de contención y los escenarios posteriores a la epidemia.
2.7 La HPC es también una herramienta esencial para que los investigadores y los responsables políticos hagan frente a los principales retos sociales, desde el cambio climático, la migración, el desarrollo inteligente y ecológico y la agricultura sostenible, hasta la medicina personalizada y la gestión de las crisis en la UE, en colaboración con terceros países y con los países de la vecindad.
2.8 En el Documento de trabajo de los servicios de la Comisión (SWD) (3) se afirma que Europa ha sido, y sigue siendo, un líder mundial en aplicaciones de informática de alto rendimiento pero que su infraestructura de supercomputación se está quedando rezagada en la clasificación mundial.
2.9 Un indicador de los resultados de la competitividad regional ampliamente aceptado en la HPC es el número de sistemas que figuran en las listas de los diez mayores o los quinientos mayores superordenadores mundiales en cada región del mundo.
2.10 La hipótesis de partida, tal y como se define en la evaluación de impacto de la Empresa Común EuroHPC (4), es la siguiente: «Problema n.o 1: La UE no dispone de los mejores superordenadores del mundo (…). En la actualidad, ninguno de los diez superordenadores más importantes del mundo se encuentra en la UE. En su conjunto, la UE y los Estados miembros están invirtiendo significativamente menos en infraestructuras y suministro de tecnología HPC que Estados Unidos, China o Japón».
2.11 En los próximos años, el liderazgo de Europa en la economía de los datos, su excelencia científica y su competitividad industrial dependerán cada vez más de su capacidad para desarrollar tecnologías clave de HPC, proporcionar acceso a infraestructuras de supercomputación y datos de categoría mundial y mantener su actual excelencia en aplicaciones de informática de alto rendimiento. Para ello, es fundamental desarrollar un enfoque estratégico paneuropeo a través de empresas comunes.
2.12 La primera Empresa Común EuroHPC fue creada en octubre de 2018 como marco jurídico y financiero para compartir recursos de la UE, treinta y dos países y dos miembros privados: la Plataforma Tecnológica Europea para la Informática de Alto Rendimiento (ETP4HPC) y la asociación Big Data Value (BDVA).
2.13 Hasta la fecha, la Empresa Común ha utilizado fondos del marco financiero plurianual (MFP) 2014-2020 para sus inversiones estratégicas. Tras veinte meses de funcionamiento, ha aumentado significativamente el conjunto de las inversiones en HPC a escala europea y ha comenzado a obtener resultados en su mandato de recuperar la posición de Europa como potencia líder en HPC. De aquí a finales de 2020, implantará una infraestructura de supercomputación y datos de primera categoría, accesible a los usuarios públicos y privados de toda Europa. Sus inversiones también respaldan los centros de competencias de HPC en toda Europa, que garantizan que la HPC esté ampliamente disponible en la Unión y proporcionan servicios y recursos específicos para la innovación industrial (en especial las pymes) y el desarrollo de aptitudes en HPC, así como la investigación y la innovación en tecnologías y aplicaciones clave de hardware y software de HPC. Con ello, aumentará la capacidad de la UE para producir tecnología de HPC innovadora.
2.14 El Reglamento del Consejo por el que se creó en 2018 la Empresa Común EuroHPC (5) fija el próximo horizonte en la supercomputación: el rendimiento a exaescala. Véase el preámbulo, apartado 12: «La Empresa Común ha de establecerse y entrar en funcionamiento a más tardar a principios de 2019 para lograr el objetivo de dotar a la Unión de una infraestructura a prexaescala como máximo en 2020, y desarrollar las tecnologías y aplicaciones necesarias para alcanzar la capacidad a exaescala en torno a 2023 o 2025». Este aumento de la potencia informática también procederá de la implantación de ordenadores cuánticos y de la transición a las tecnologías de postexaescala.
2.15 El Reglamento propuesto es, en definitiva, una continuación de la iniciativa establecida en virtud del Reglamento (UE) 2018/1488 del Consejo, que introduce modificaciones para adaptarlo a los programas del próximo marco financiero plurianual (MFP), así como para reflejar las prioridades de la Comisión y permitir que la Empresa Común utilice la financiación de los nuevos programas del MFP para el período 2021-2027.
2.16 El Documento de trabajo de los servicios de la Comisión Europea [SWD(2020) 179 final] analiza la evolución de los principales factores socioeconómicos y tecnológicos y de las necesidades de los usuarios que repercuten en la evolución futura de las infraestructuras, las tecnologías y las aplicaciones de HPC y de datos en la UE y el resto del mundo, teniendo en cuenta las prioridades políticas de la Unión para 2020-2025.
2.17 La HPC se utiliza en más de ochocientas aplicaciones científicas, industriales y del sector público que desempeñan un papel importante en el fomento de la capacidad de innovación de la industria, el progreso de la ciencia y la mejora de la calidad de vida de las personas. Europa es hoy líder en aplicaciones de HPC en una amplia gama de ámbitos como la medicina personalizada, las previsiones meteorológicas, el diseño de nuevos aviones, automóviles, materiales y fármacos, y la energía, la ingeniería y la fabricación.
2.18 La gobernanza y la asignación de los derechos de voto de la Empresa Común propuesta siguen siendo idénticas a las definidas en el Reglamento (UE) 2018/1488. La Empresa Común EuroHPC continuará ejecutando la hoja de ruta estratégica de HPC definida en las agendas estratégicas plurianuales de investigación e innovación elaboradas por el Grupo consultivo sobre investigación e innovación (RIAG) y el Grupo consultivo sobre infraestructuras de la Empresa Común EuroHPC (INFRAG), complementadas por la agenda estratégica de investigación de los miembros privados de la Empresa Común EuroHPC para crear un ecosistema de HPC. La contribución financiera de la Unión a la Empresa Común en el marco del MFP 2021-2027 será de [XXX] EUR, a los que se sumará como mínimo un importe equivalente de contribución total de los Estados participantes y de los miembros privados de la Empresa Común EuroHPC. La Empresa Común usará estos fondos principalmente para llevar a cabo las actividades que se enmarcan en los cinco pilares descritos.
2.19 Los principales resultados de la Empresa Común
EuroHPC propuesta previstos para la próxima década incluyen:
— una
infraestructura europea de HPC y datos federada, segura e hiperconectada, con
superordenadores de gama media y al menos dos sistemas de exaescala de clase
superior y dos sistemas de postexaescala de clase superior (de los cuales, uno
de cada categoría, como mínimo, fabricado con tecnología europea);
— infraestructuras
informáticas híbridas que compongan sistemas informáticos avanzados;
— simuladores
cuánticos y ordenadores cuánticos, en infraestructuras de HPC;
— una
infraestructura de HPC y datos basada en la nube y segura para los usuarios
privados de Europa;
— capacidades y
servicios impulsados por la HPC y basados en los espacios europeos públicos de
datos para la ciencia, la industria y el sector público;
— componentes
tecnológicos de próxima generación (hardware y software) y su incorporación a
arquitecturas de HPC innovadoras para sistemas de exaescala y postexaescala;
— centros de
excelencia de las aplicaciones de HPC e industrialización de los software de
HPC, con algoritmos, códigos y herramientas innovadores y optimizados para las
futuras generaciones de superordenadores;
— bancos de pruebas
y plataformas piloto industriales de gran escala para las aplicaciones y los
servicios de datos y HPC en sectores industriales clave;
— centros
nacionales de competencia en informática de alto rendimiento, que garanticen
una amplia cobertura de la HPC en la UE, y ofrezcan servicios y recursos
específicos para la innovación industrial (incluidas las pymes);
— un aumento
significativo de la mano de obra europea con competencias y conocimientos
técnicos en HPC;
— un mejor
almacenamiento de datos y mejores capacidades de tratamiento, así como nuevos
servicios, en sectores de interés público en todos los Estados miembros.
2.20 Principales logros de las empresas comunes:
— La Empresa Común
EuroHPC ha aumentado sustancialmente el nivel y la calidad de las inversiones
en HPC a escala europea en un esfuerzo único y coordinado con los Estados
miembros.
— A finales de
2020, la Empresa Común EuroHPC proporcionará a la UE los mejores
superordenadores del mundo.
— La Empresa Común
EuroHPC constituirá una fuente europea de tecnologías clave.
— Oferta y mercado
europeos de tecnología HPC.
— La estrategia la
Empresa Común EuroHPC y su impacto en la cadena de valor de la HPC.
3. Tendencias del mercado y principales conclusiones extraídas
3.1 El Documento de trabajo de los servicios de la Comisión presenta las últimas cifras de mercado de la Empresa Común EuroHPC y recoge un esquema de las principales conclusiones extraídas de las actividades de la Empresa Común hasta la fecha.
3.2 Conclusiones extraídas de la gobernanza y la
administración: la Empresa Común EuroHPC ya ha adquirido una sólida experiencia
de trabajo y ha llevado a cabo debates amplios con las partes interesadas sobre
la gobernanza, la administración y otros aspectos de su funcionamiento. Entre
los ejemplos, cabe citar:
— las trece
reuniones del Consejo de Administración de la Empresa Común EuroHPC, con la
participación regular de delegados de la Comisión Europea y de los 32 Estados
participantes;
— los grupos
consultivos de la Empresa Común (RIAG e INFRAG) ya han celebrado numerosas
reuniones en las que han contado con la participación activa de los dos
miembros privados (ETP4HPC y BDVA);
— la selección de las ocho entidades anfitrionas y la puesta en marcha del procedimiento de contratación pública para los ocho superordenadores de la Empresa Común EuroHPC, así como la puesta en marcha de las convocatorias de 2019 y 2020 de la Empresa Común.
3.3 Existen veintidós aspectos de aplicación y las
principales conclusiones extraídas sobre ellos hasta la fecha pueden resumirse
como sigue:
— simplificación del régimen de
cofinanciación;
— es necesario
simplificar y optimizar la combinación de fondos nacionales y de fondos de la
UE en las distintas actividades de la Empresa Común EuroHPC;
— las
recomendaciones incluyen un conjunto único de criterios de admisibilidad para
la participación (en lugar de 32 criterios de admisibilidad nacionales
diferentes);
— ejecución de una
gestión central de todas las contribuciones financieras (excepto en casos
debidamente justificados), de conformidad con el artículo 8, apartado 1, letra c),
de la propuesta de Reglamento por el que se crea el Programa Marco «Horizonte
Europa», y flexibilidad a la hora de introducir distintos porcentajes de
financiación nacional y de la UE para financiar a los participantes en
actividades de I+D;
— mayor
flexibilidad en la contribución de los miembros privados y otros agentes
privados a las actividades de la Empresa Común EuroHPC, en particular mediante
la inclusión de nuevas formas de cooperación, por ejemplo la cofinanciación de
infraestructuras específicas de HPC para uso industrial.
4.1 La mayoría de los socios de proyectos proceden de
organizaciones de investigación (el 75 % de la financiación total de los
proyectos de tecnologías emergentes y futuras), cuya prioridad principal no es
la industrialización de los resultados obtenidos. Reforzar y apoyar
permanentemente las medidas de formación también será un factor importante para
aprovechar al máximo no solo los próximos superordenadores de prexaescala y
exaescala financiados por la Empresa Común EuroHPC, sino también las futuras
generaciones informáticas. Pasar de la HPC centrada en la simulación a la
integración de la HPC en una continuidad completa de infraestructura
informática, desde la computación en el borde (Edge computing) hasta la HPC,
constituye un reto importante, que requeriría desarrollar una estrecha relación
entre la comunidad de HPC y otros ecosistemas, como los macrodatos, la
inteligencia artificial y el internet de las cosas. Europa puede convertirse en
un líder mundial si imprime continuidad al impulso generado por Horizonte 2020.
Bruselas, 27 de enero de 2021.
La Presidenta del
Comité Económico y Social Europeo
Christa SCHWENG
(1) Reglamento (UE) 2018/1488 del Consejo, de 28 de
septiembre de 2018, por el que se crea la Empresa Común de Informática de Alto
Rendimiento Europea (DO L 252 de
8.10.2018, p. 1).
(2) El momento de Europa: reparar los daños y
preparar el futuro para la próxima generación — COM(2020) 456 final.
(3) Equipping Europe for world-class High
Performance Computing in the next decade (Equipar a Europa para una
informática de alto rendimiento de primera categoría en la próxima década) —
SWD/2020/179 final.
(4) Equipping Europe for world-class High
Performance Computing in the next decade (Equipar a Europa para una
informática de alto rendimiento de primera categoría en la próxima década) —
SWD/2020/179 final.
(5) Reglamento (UE) 2018/1488 del Consejo, de 28 de
septiembre de 2018, por el que se crea la Empresa Común de Informática de Alto
Rendimiento Europea.
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