jueves, 5 de diciembre de 2024

PAQUETE DE CONECTIVIDAD SOBRE REDES E INFRAESTRUCTURAS DIGITALES - DICTAMEN DEL COMITE ECONOMICO Y SOCIAL EUROPEO

 Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

cferreyros@hotmail.com

RESUMEN

El Dictamen del Comité Económico y Social Europeo, CESE se manifiesta sobre un paquete de recursos para impulsar la conectividad de las redes y las infraestructuras digitales presentado en la Unión Europea. El paquete de conexión presentado por la Comisión Europea tiene como objetivo principal reforzar la posición de Europa en el entorno digital, mejorar la competitividad de su economía y proporcionar a los ciudadanos y empresas europeas acceso a infraestructuras digitales avanzadas, seguras y eficientes.


Los objetivos específicos de la propuesta se refieren a: Fomentar la innovación en infraestructura digital, Mejorar la seguridad de las redes y sistemas digitales, Incrementar la resiliencia de la infraestructura digital europea, Aumentar y ampliar las velocidades en gigabit de forma más rápida y eficiente, Mejorar la infraestructura de conectividad de nueva generación, Avanzar hacia un verdadero mercado único digital en la Unión Europea, Reforzar la coordinación en gobernanza y financiación de infraestructuras críticas, como cables submarinos, Desarrollar un ecosistema de infraestructuras digitales interoperables en computación cuántica, de proximidad, de alto rendimiento y en la nube, y en gestión avanzada de datos, y Armonizar las normas en materiales de conexión para apuntalar los servicios transeuropeos.


Entre las Conclusiones y Recomendaciones del Dictamen, el CESE destaca la importancia de la economía digital para la economía de la UE y los beneficios de la interconectividad para los hogares, el transporte público, la salud y las relaciones personales. En el nuevo contexto tecnológico y de mercado, es esencial equilibrar las condiciones de competencia entre todos los agentes del ecosistema digital y garantizar que los consumidores estén protegidos de la misma manera, independientemente del proveedor. Entre las propuestas del CESE figuran Mejorar la armonización de la conectividad en Europa, Impulsar la inversión de capital riesgo, Invertir en infraestructuras de apoyo al uso de la inteligencia artificial y Asegurar la infraestructura crítica de Europa, particularmente de la cíberseguridad para entidades reguladas.

 A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico: cferreyros@hotmail.com

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European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2024/6865

28.11.2024

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo

Paquete de conectividad sobre redes e infraestructuras digitales

(Dictamen de iniciativa)

(C/2024/6865)

Ponente:

Isabel CAÑO AGUILAR

Coponente:

Maurizio MENSI

Asesores

Sergio SANTILLÁN (por la ponente)

Federico MARINI BALESTRA (por el coponente)

Decisión de la Asamblea

15.2.2024

Base jurídica

Artículo 52, apartado 2, del Reglamento interno

Sección competente

Transportes, Energía, Infraestructuras y Sociedad de la Información

Aprobado en sección

18.7.2024

Aprobado en el pleno

18.9.2024

Pleno n.o

590

Resultado de la votación

(a favor/en contra/abstenciones)

169/0/0

1.   Conclusiones y recomendaciones

1.1. El CESE destaca la importancia de la economía digital para la economía de la UE y los beneficios de la interconectividad para los hogares, el transporte público, la salud y las relaciones personales.

 

1.2. La UE ha adoptado nuevos Reglamentos sobre la economía digital y también ha adaptado su política industrial. Sin embargo, son necesarias nuevas decisiones a fin de promover un sector que resulta clave para el progreso social y económico. El Libro Blanco sobre la gestión de las necesidades de infraestructura digital de Europa debe servir para alcanzar este objetivo. En el nuevo contexto tecnológico y de mercado, es esencial igualar las condiciones de competencia entre todos los agentes del ecosistema digital y garantizar que los consumidores estén protegidos de la misma manera, independientemente del proveedor.

 

1.3. La UE se enfrenta a múltiples retos:

—   en el ámbito de la tecnología;

 

—  en lo que respecta a la inversión, ya que requiere una inversión sustancial y coordinada de más de 200 000 millones EUR de los sectores público y privado;

 

—  en pro de un mercado único más integrado en el ámbito de las telecomunicaciones;

 

—   en lo que respecta a la necesidad de superar un enfoque fragmentado de la gestión del espectro radioeléctrico;

 

—   en cuanto al establecimiento de un marco normativo que garantice la igualdad de condiciones para los operadores digitales;

 

—  a fin de superar la dependencia excesiva de grandes proveedores procedentes de terceros países;

 

—  en lo que respecta a la necesidad de mejorar la innovación y las capacidades industriales en toda la cadena de valor de las telecomunicaciones;

 

—  en el ámbito de la sostenibilidad;

 

—  en cuanto a la seguridad y resiliencia de las redes de comunicación, incluidos los cables submarinos.

 1.4.  La fragmentación se deriva no solo de que las autoridades de ejecución sean distintas, sino también de las diferencias entre los Estados miembros en la transposición de las Directivas, por lo que el CESE propone:

—  priorizar los Reglamentos como instrumento legislativo, cuando sea posible;

 

—   aplicar el principio de autoridad única previsto en las normas europeas;

 

—   acelerar el proceso de certificación, que actualmente puede demorarse doce o incluso veinticuatro meses;

 

— aplicar el principio del país de origen en lugar del régimen de autorización general nacional;

 

—  publicar directrices adecuadas sobre la calificación y la normativa aplicable en virtud del Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas;

 

—   fijar un plazo realista para la desconexión del cobre;

 

—   acelerar la implantación de la red de próxima generación;

 

—   armonizar la normativa aplicable a los recursos de numeración.

1.5.  El CESE aboga por la creación de operadores fuertes en la economía de mercado que promuevan el empleo y el diálogo social en consonancia con los valores europeos.

 

1.6.  El camino que hay que seguir: propuestas del CESE

—   Conectividad. Mejorar la armonización del espectro en Europa.

 

—   Impulsar la inversión de capital riesgo.

 

— Invertir en infraestructuras que puedan apoyar un uso más amplio de la inteligencia artificial

 

— Asegurar la infraestructura crítica de Europa: ciberseguridad para entidades reguladas.

 2.   Introducción

2.1.  Las tecnologías digitales tienen un profundo impacto en la competitividad de la economía de la UE, al impulsar la eficiencia y la innovación.

 

2.2.  La interconectividad favorece a la ciudadanía en varios aspectos, como:

—   unos lugares de trabajo más seguros y con mayor eficiencia energética;

 

—   un transporte público más barato y limpio;

 

—   la posibilidad de aumentar la eficiencia de los sistemas sanitarios, bancarios, tributarios y de seguridad social, así como de usar la inteligencia artificial de modo más generalizado.

 2.3. Para conservar el liderazgo industrial, la UE necesita alcanzar un papel de liderazgo en tecnologías digitales clave «verticales», desde la inteligencia artificial hasta la computación cuántica, la microelectrónica y la realidad virtual, y desplegar infraestructuras digitales, desde la ciberseguridad y el 5G hasta la computación en la nube y los datos.

 

2.4. En la legislatura que termina se han publicado nuevos Reglamentos, como el Reglamento de Servicios Digitales, el Reglamento de Mercados Digitales, la Ley de Inteligencia Artificial, el Reglamento de Datos y el Reglamento de Gobernanza de Datos. Además de la normativa, la UE también actualizó su política industrial en 2021 con el objetivo de organizar los pilares digital y ecológico por medio de varias iniciativas y, en particular, a través de los proyectos importantes de interés común europeo. Hasta la fecha, estos proyectos no han tenido el impacto esperado.

 

2.5. Los objetivos de la Década Digital para 2030 comprenden:

—  conectividad: gigabits para todos;

 

— semiconductores de vanguardia: duplicar la cuota de la UE en la producción mundial;

 

—   datos industriales, computación periférica y en la nube: diez mil nodos de proximidad con un alto grado de seguridad y neutros desde el punto de vista climático;

 

— tecnología de la información: primer ordenador con aceleración cuántica.

 3.   Retos para la UE

 3.1. La Comisión Europea y los agentes de la economía digital coinciden en señalar los múltiples retos que la Unión debe superar:

 

3.1.1. Retos tecnológicos: la rápida evolución de las tecnologías informáticas y de comunicaciones está dando lugar a nuevos modelos de negocio y aplicaciones en red, que exigen un aumento exponencial continuo del volumen de tratamiento, almacenamiento y transmisión de datos, pero también de la capacidad tecnológica.

 

3.1.2. Necesidades de inversión: Europa precisa una inversión sustancial y coordinada de más de 200 000 millones EUR de los sectores público y privado para garantizar el despliegue de redes digitales de alta capacidad, lo que contribuirá al cumplimiento de los objetivos establecidos en el Programa Estratégico de la Década Digital para 2030. Además, conseguir que los principales operadores de telecomunicaciones se transformen en proveedores de redes y servicios en nube requerirá importantes capacidades de inversión adicionales. Es necesaria una estrategia de inversión prudente que tenga en cuenta la ubicación y la densidad de población. También debe abordarse la necesidad de mantenimiento y mejora de la infraestructura. La vida útil de los cables submarinos es de veinticinco años, pero no existe ninguna estrategia para una gestión proactiva del ciclo de vida.

 

3.1.3. El marco normativo de la UE ha desempeñado un papel fundamental en la promoción de la liberalización y la inversión durante los últimos veinticinco años. A este respecto, la UE y los Estados miembros deben mejorar su capacidad de apoyo a la colaboración horizontal y la investigación en la evolución tecnológica y acelerar los procedimientos, mediante una regulación más flexible y unos procedimientos más racionalizados.

 

3.1.4. La extensión de servicios móviles y de fibra baratos e innovadores de que goza la UE es mucho mayor que la de otros agentes. El marco normativo vigente, basado en la escalera de inversión y en la cláusula de extinción normativa, debe mantenerse y completarse cuando sea necesario para tener en cuenta los nuevos servicios y agentes. Habida cuenta del desarrollo de los servicios de máquina a máquina, deben superarse las posibles diferencias entre los planes de numeración y los regímenes de autorización nacionales, a ser posible mediante el establecimiento de regímenes paneuropeos ad hoc para estos servicios de naturaleza intrínsecamente transnacional. Es fundamental que los escenarios políticos y normativos expuestos por la Comisión en el Libro Blanco se apliquen rápidamente a través de acciones concretas destinadas a apoyar las inversiones necesarias para alcanzar los objetivos de la Década Digital de la UE y a mantenerse al día con las demás economías mundiales principales, asegurándose de que los consumidores europeos no se queden rezagados en términos de disponibilidad y calidad de los servicios.

 

3.1.5. Enfoque fragmentado de la gestión del espectro radioeléctrico: los intentos del pasado de coordinar mejor en la UE la gestión del espectro no alcanzaron todos sus objetivos y, en paralelo, se han observado discrepancias y retrasos en los plazos de asignación de espectro radioeléctrico y en la implantación de la infraestructura de red en los distintos Estados miembros. A este respecto, el CESE acoge favorablemente la propuesta de la Comisión de armonizar mejor la liberación y concesión de licencias del espectro radioeléctrico para los servicios móviles.

 

3.1.6. Desigualdad en las condiciones de competencia: en la actualidad, en el nuevo contexto tecnológico y de mercado, es esencial igualar las condiciones de competencia entre todos los agentes del ecosistema digital y garantizar el mismo grado de protección de los consumidores, independientemente del proveedor. El marco regulador vigente de la UE para las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas no refleja la convergencia entre los proveedores de servicios en la nube y de telecomunicaciones y no garantiza derechos y obligaciones equivalentes para todos los agentes y usuarios finales de las redes digitales, tanto públicos como privados. El Libro Blanco describe acertadamente un ecosistema en el que las fronteras entre las funciones de los distintos agentes se están volviendo cada vez más difusas y se caracterizan por un abanico de relaciones diferentes. Por lo tanto, ya no está justificado un trato normativo asimétrico para los proveedores de comunicaciones electrónicas «tradicionales», por una parte, y los proveedores de servicios en la nube o digitales, por otra. Esto es aún más cierto en un contexto en el que los mercados y servicios digitales están muy concentrados, y unas pocas grandes plataformas de automatización de la comunicación (plataformas en línea de muy gran tamaño o guardianes de acceso) tienen un poder de mercado significativo y afianzado y suministran contenidos o aplicaciones «indispensables» a los usuarios finales.

El CESE valora positivamente que la Comisión declare en el Libro Blanco que «la base estable de cualquier futura regulación debe ser la Declaración Europea sobre los Derechos Digitales», confirmando así su compromiso de «desarrollar marcos adecuados para que todos los agentes del mercado que se beneficien de la transformación digital asuman sus responsabilidades sociales y contribuyan de forma justa y proporcionada a los costes de los bienes, servicios e infraestructuras públicos, en beneficio de todas las personas que viven en la UE».

 

3.1.7. Los centros basados en la nube de los grandes agentes están frecuentemente conectados con redes que, con arreglo a la normativa vigente, pueden no haber sido clasificadas ni como públicas ni privadas y, por tanto, adolecer de inseguridad normativa.


3.1.8. Necesidad de aumentar la innovación y las capacidades industriales en toda la cadena de valor de las telecomunicaciones: para garantizar la seguridad económica de sus infraestructuras de red, la UE podría impulsar un entorno de cooperación multidisciplinar y mejorar el acceso a la financiación por parte de los agentes de la UE, fomentando una cooperación más estrecha entre las estrategias de inversión públicas y privadas.

 

3.1.9. Sostenibilidad: el sector de las tecnologías de la información y de la comunicación representa entre el 7 % y el 9 % del consumo mundial de electricidad, cerca del 3 % de las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero y un volumen creciente de residuos electrónicos. Los beneficios de la tecnología digital, si esta se utiliza adecuadamente, puede compensar sus emisiones y contribuir a reducir las que se producen a escala mundial, pero esto exige nuevas inversiones por parte de los operadores.

 

3.1.10. Seguridad: en un entorno geopolítico cada vez más marcado por las tensiones y los conflictos, la ciberseguridad y la seguridad y resiliencia de las infraestructuras críticas deberían fundamentarse en proveedores fiables, en el desarrollo de normas de seguridad para la conectividad de extremo a extremo y en un mayor grado de resiliencia e integración en todos los niveles, es decir, en las redes terrestres y no terrestres, las redes básicas y de acceso y también en las infraestructuras de cables submarinos.

4.   Necesidad de un mercado único digital

4.1. El CESE no cree que sea necesario introducir cambios de gran calado en el marco de regulación de las telecomunicaciones. El modelo actual sigue siendo adecuado para abrir los mercados y evitar su concentración, habitualmente perjudicial para los clientes en términos de precios e innovación.

 

4.2. Además de promover la competencia en el sector de la banda ultra ancha, el marco normativo debe centrarse en abordar nuevas cuestiones, como el tratamiento normativo de los servicios de máquina a máquina o del internet de las cosas que tengan naturaleza transnacional.

 

4.3. En algunos casos, podría ser necesario garantizar el acceso a los enlaces que conectan los centros de datos o la interconexión entre dichos enlaces con el fin de reducir el coste de la creación de nuevos centros de datos en la nube, que pueden convertirse en el próximo cuello de botella. La posible regulación de estas redes debe seguir el procedimiento «tradicional» de tres fases, que permite a las autoridades nacionales de regulación, bajo la supervisión de la Comisión Europea, establecer requisitos en nuevos mercados.

5.   Para competir en los mercados mundiales en términos de soberanía digital y tecnológica, la UE necesita puestos de trabajo de alta calidad

5.1. Desde 2015 se ha observado un cambio importante en los tipos de empleo en el sector de las telecomunicaciones. La transición en los tipos de empleo debe llevarse a cabo en cooperación con las partes interesadas locales, garantizando oportunidades de reciclaje profesional y un número de efectivos suficiente para mejorar el futuro del sector de las infraestructuras de redes digitales.

 

5.2. El principio de «mismo servicio, misma norma» podría utilizarse para establecer un nuevo marco para todos los agentes digitales mediante la racionalización de las normas, la ampliación del ámbito de aplicación del marco actual y la aplicación de las mismas normas a servicios análogos, garantizando así derechos y obligaciones equivalentes para todos los agentes y usuarios finales de las redes digitales.

 

5.3. El CESE anima a que los operadores que inviertan en nuevas redes puedan beneficiarse de un contrato de arrendamiento como parte del Reglamento que les obliga a compartir sus redes con otros operadores. Es importante garantizar un reparto equitativo de los costes entre los operadores.

 

5.4. El CESE aboga por la creación de operadores fuertes en la economía de mercado que promuevan el empleo y el diálogo social en consonancia con los valores europeos.

6. Armonizar las normas, reformar la gobernanza, simplificar los informes

6.1. La fragmentación se deriva no solo de que la aplicación corresponda a diferentes autoridades, sino también de las diferencias existentes entre los Estados miembros en la transposición de las Directivas. Existen, incluso, diferencias de criterio dentro de un mismo Estado miembro cuando las competencias están compartidas entre diferentes entes regionales, lo que da lugar a un laberinto normativo que obliga a la contratación de expertos legales y demora la toma de decisiones.

 

6.2. Por ende, esta situación requiere:

 

 6.2.1. Priorizar los Reglamentos como instrumento legislativo en la medida de lo posible.

 

6.2.2. Aplicar el principio de autoridad única previsto en las normas europeas.

 

6.2.3. Acelerar el proceso de certificación, que actualmente puede demorarse doce o incluso veinticuatro meses. Armonizar, en la medida de lo posible, las normas y los costes relativos a la asignación del espectro. Algunos Estados miembros han asignado frecuencias a los operadores a costes muy elevados, lo que puede ralentizar las inversiones en las nuevas redes.


6.2.4. Aplicar, con respecto a los servicios específicos, más virtuales y típicamente transnacionales (por ejemplo, los servicios de máquina a máquina y los del internet de las cosas), el principio del país de origen en lugar del régimen de autorización general nacional.

 

6.2.5. Publicar directrices sobre la calificación y la normativa aplicables en virtud del Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas a los servicios o redes privados de comunicaciones electrónicas y a los servicios electrónicos independientes de la numeración que siguen dependiendo de un número de teléfono para identificar al usuario final.

 

6.2.6.  Fijar un plazo realista para la desconexión del cobre, habida cuenta también de las diferentes situaciones en los Estados miembros, tanto en términos geográficos y de población como en cuanto a la longitud del último tramo, con la consecuencia de que en algunas zonas puede tener sentido permitir durante más tiempo el uso de tecnologías híbridas, como la fibra hasta la acera (FTTC), la vectorización u otras.

 

6.2.7. Acelerar el despliegue de la red de próxima generación impone un conjunto de obligaciones horizontales (simétricas) a todas las partes interesadas propietarias de infraestructuras civiles que puedan utilizarse para la instalación de cables y antenas.


6.2.8. Armonizar la normativa aplicable a los recursos de numeración que, como consecuencia de la digitalización y la virtualización de los servicios y las redes, los usuarios profesionales utilizan cada vez más a través de las fronteras.

7.   Actuación futura

7.1.  Conectividad. Reforzar la armonización del espectro en Europa:

—   Los Estados miembros y la Comisión deben mejorar la coordinación de las decisiones vinculantes a escala europea para aumentar el impacto de la inversión privada.

 

—   Implantar de manera uniforme una ambiciosa Ley de la Infraestructura de Gigabit en toda la UE con fácil acceso a la infraestructura pública y un punto de contacto único en cada Estado miembro.

 

—  Publicar orientaciones inequívocas sobre la conformidad de los servicios especializados en el marco del Reglamento sobre la internet abierta.

 7.2.  Liberar la inversión de capital riesgo:

 

7.2.1. Acelerar la creación de vehículos de inversión en fase avanzada; posibilitar la transición hacia un conjunto de normas de la UE para todos los mercados nacionales de capitales, respaldada por una mayor cooperación entre los entes locales y las autoridades de la UE.

 

7.3.   Aumentar la investigación sobre redes inteligentes y reducir la latencia:

 

7.3.1. Los productos sanitarios y los diagnósticos a distancia son muy vulnerables a la latencia en las redes digitales. La capacidad de mejorar los diagnósticos sanitarios en zonas remotas y las opciones de asistencia mediante inteligencia artificial en este ámbito depende en gran medida de una infraestructura de redes digitales rápida y fiable.

 

7.3.2. Las redes inteligentes pueden reducir las emisiones, crear lugares de trabajo y hogares más eficientes desde el punto de vista energético y proporcionar una forma dinámica de garantizar un transporte público más eficiente desde el punto de vista de la carga.

 

7.3.3. Seguir el principio de «solo una vez» aprobado por la Comisión e informar a una única autoridad designada.

 

7.4.  Economía de los datos:

— Aclarar que las empresas están sujetas a una única autoridad competente principal en virtud del Reglamento de Datos.

 

— Reconocer la primacía del Reglamento de Datos como marco de regulación del intercambio de datos entre las empresas y la administración pública a efectos de estadísticas oficiales de la UE.

 

—   En el ámbito de la asistencia sanitaria, garantizar un marco armonizado para los datos sanitarios, la protección de datos y la privacidad y también la armonización y la coherencia entre el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y el futuro espacio europeo de datos sanitarios (EEDS).

7.5. Asegurar la infraestructura crítica de Europa: ciberseguridad para entidades reguladas:

— Publicar orientaciones que aclaren la interacción entre la Directiva sobre Ciberseguridad (SRI 2) y el Reglamento de Ciberresiliencia en lo que respecta a los servicios de tratamiento de datos a distancia.

 

— Seguir el principio de «solo una vez» aprobado por la Comisión e informar a una única autoridad designada.

 

—  Consolidar las entidades de ciberseguridad para mejorar la eficiencia operativa y sustentar mejor la resiliencia de las infraestructuras críticas, como las redes de energía.

 

—  Acordar un calendario claro para la elaboración y la aprobación de los esquemas europeos de certificación y velar por que estos se estructuren exclusivamente en torno a procedimientos técnicos de salvaguardia de la ciberseguridad.

7.6. Armonizar los protocolos de comunicación de los programas informáticos.

 

 7.7. Establecer algunos requisitos básicos para todos los programas informáticos de comunicación, por ejemplo que todas las transferencias de datos deben estar cifradas.

 

  7.8.      Contratación pública de servicios digitales:

 

7.8.1. Convertir la Directiva sobre contratación pública en un Reglamento y promover criterios armonizados de adjudicación de contratos, valorando la ciberseguridad y la sostenibilidad por igual que el coste. En el corto plazo, emitir directrices con arreglo a la Directiva para la adquisición de programas informáticos.

Bruselas, 18 de septiembre de 2024.

El Presidente

del Comité Económico y Social Europeo

                                                Oliver RÖPKE


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/6865/oj

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