jueves, 12 de diciembre de 2024

ESTRATEGIA GLOBAL PARA LA BIODIVERSIDAD EN LA COP16 - DICTAMEN DEL COMITE ECONOMICO Y SOCIAL EUROPEO.

  Por: Carlos Ferreyros Soto

Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

cferreyros@hotmail.com

RESUMEN

El Comité Económico y Social Europeo (CESE) ha emitido un dictamen sobre  la propuesta de una Estrategia Global para la Biodiversidad en la COP16 del Convenio sobre Biodiversidad (CDB) de las Naciones Unidas. El CESE reconoce la importancia de la biodiversidad, considerada una reserva vital de genética variada y parte fundamental del patrimonio natural. El CESE cree que la biodiversidad es esencial para la existencia y prosperidad de la humanidad, su seguridad alimentaria a largo plazo, el mantenimiento de beneficios económicos sostenibles.

El CESE insiste en que la UE tiene un rol fundamental dentro de sus fronteras para proteger la biodiversidad, principalmente a través de la legislación, los balances de comercio, la regulación de la importación o exportación de productos y tecnologías no sostenibles.

Sus principales recomendaciones apuntan al establecimiento de Políticas coherentes, globales e integradas con otras agendas atinentes al clima, el medio ambiente y la seguridad alimentaria; apoyos financieros innovadores y eficaces, tanto público como privado;  cooperación científica y formación de empresas conjuntas; desarrollo de políticas integradas sobre clima y biodiversidad, tanto a nivel interno como internacional; apoyo para la creación de una comunidad global permanente de ciudadanos para trabajar en cuestiones de biodiversidad.

Según un Informe de la CEPAL, “América Latina y el Caribe debe de tomar el desafío de ser una de las regiones más biodiversas del planeta, que culturalmente se ha desarrollado en torno a sus recursos naturales, genéticos, conocimiento tradicional y paisajes, para generar incentivos positivos para la conservación y uso sostenible de la biodiversidad, como ampliar las cadenas de valor, los usos y servicios de sus recursos, los mercados regulados y priorizar actividades económicas sostenibles” Sin embargo, son incipientes aún los logros en la protección real de su biodiversidad, la cada más agresiva y frecuente biopiratería y los déficits en sus balances de comercio agroexportador primario.

A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico: cferreyros@hotmail.com

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European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2024/6880

28.11.2024

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo

Una estrategia global para la biodiversidad en la COP16: unir a todos los sectores para alcanzar un objetivo común

(Dictamen de iniciativa)

(C/2024/6880)

Ponente:

Arnaud SCHWARTZ

Asesor

Alexandros KASSAPIS (por el ponente)

 

 

Decisión de la Asamblea

18.1.2024

Base jurídica

Artículo 52, apartado 2, del Reglamento interno

Sección competente

Agricultura, Desarrollo Rural y Medio Ambiente

Aprobado en sección

3.9.2024

Aprobado en el pleno

19.9.2024

Pleno n.o

590

Resultado de la votación

(a favor/en contra/abstenciones)

158/2/7

1. Conclusiones y recomendaciones

 1.1. Con la vista puesta en la celebración de la COP16 del Convenio sobre la Biodiversidad Biológica (CDB) de las Naciones Unidas, el CESE desea formular las siguientes observaciones:

 

 1.2. La biodiversidad es una reserva de variedad genética, que constituye la parte más importante del patrimonio natural que la humanidad ha heredado de la madre naturaleza y es un requisito previo de la seguridad alimentaria a largo plazo y del bienestar económico sostenible. La existencia y la prosperidad de la humanidad dependerán de nuestra capacidad para cooperar y respetar los límites del planeta. La UE tiene un papel clave que desempeñar, tanto dentro como fuera de sus fronteras, en particular a través de su legislación y sus acuerdos comerciales, para evitar la importación o exportación de alimentos, productos y tecnologías no sostenibles desde el punto de vista medioambiental y social.

 

 1.3. Para ganar en eficacia, las políticas encaminadas a fomentar la biodiversidad han de ser más coherentes y globales en todos los sectores; estar mejor integradas con las agendas en materia de clima, medio ambiente y seguridad alimentaria de la UE y a escala mundial; englobar no solo la dimensión medioambiental, sino también la social y la económica; y contar con el apoyo financiero necesario.

 

 1.4. Ahora más que nunca se requiere apoyo financiero público, privado y mixto innovador y eficaz para las partes interesadas más esenciales y a veces vulnerables (incluidos los pequeños agricultores y pescadores, los pueblos indígenas, etc.); una arquitectura financiera mundial que cuente con un mecanismo de información normalizado y nuevos parámetros que respeten los límites del planeta; un reajuste de las inversiones al objeto de lograr economías hipocarbónicas y resilientes y ecosistemas prósperos, así como el apoyo de la UE a los países del Sur Global a la hora de proteger la biodiversidad.

 

 1.5. Los fondos específicos, un organismo mundial de normalización que supervise la integridad y transparencia de los instrumentos financieros destinados a la biodiversidad, así como retirar la financiación de «subvenciones perjudiciales para el medio ambiente» son elementos fundamentales para recompensar los servicios de biodiversidad y compensar de manera equitativa las pérdidas financieras que pudieran sufrir los usuarios de la tierra para aumentar la biodiversidad, que a largo plazo hará posible una producción más sostenible, resiliente y saludable.

 

 1.6. La salud de los ecosistemas, los animales y las personas son interdependientes, ya que forman parte del mismo ecosistema natural. Por ello, en Europa debe desarrollarse el enfoque de «Una sola salud».

 

 1.7. Las políticas medioambientales y climáticas no deben considerarse una carga en la recuperación de la crisis actual, sino más bien como parte de las soluciones necesarias a largo plazo para el futuro. Una diplomacia más sólida en materia de clima y biodiversidad también es clave para mejorar la cooperación internacional y conseguir, de manera conjunta, mantener nuestros ecosistemas, economías y sociedades.

 

 1.8. Al objeto de incorporar la biodiversidad en todas sus políticas y determinar acciones por el clima positivas para la naturaleza, la UE debe adoptar un enfoque integrado de múltiples niveles y partes interesadas que combine la investigación científica, el desarrollo de políticas, la implicación de las partes interesadas y campañas de sensibilización pública.

 

 1.9. La aplicación de acuerdos internacionales, como los relativos al clima y la biodiversidad, requerirá, en todos los niveles, un modelo de gobernanza multilateral más inclusivo, que integre la participación sistemática, deliberativa (1), temprana y coherente de la ciudadanía y las organizaciones de la sociedad civil, el público, incluida la juventud, el sector privado y el mundo académico, y que, al mismo tiempo, garantice los mecanismos de rendición de cuentas más eficaces y un acceso equitativo a la justicia y los datos. También será necesaria la consolidación del diálogo social y la negociación colectiva en la protección de la biodiversidad y una participación clara de los interlocutores sociales.

 

 1.10. Por último, el CESE manifiesta su preocupación por el hecho de que no se mencionen los ODS en las nuevas orientaciones políticas de la Comisión, y reitera su llamamiento en favor de una estrategia integrada y general con objetivos y planes ambiciosos a largo plazo — una Agenda 2050 de Desarrollo Sostenible de la UE —, que garantice una economía del bienestar que funcione dentro de los límites del planeta. En lugar de abordar los objetivos y metas por separado, la UE debe adoptar un enfoque sistémico, intersectorial y prospectivo que le permita reducir la complejidad de sus políticas y hacerlas más eficientes (2).

 

 1.11. En este sentido, podría ser útil el nombramiento de un comisario de las Generaciones Futuras, responsable de promover una reflexión a largo plazo, integral y sistémica así como de incorporar en todas las políticas unos indicadores de bienestar y biodiversidad que vayan más allá de los datos del PIB. Por esta razón, el CESE pide una declaración interinstitucional del Parlamento Europeo, el Consejo de la UE y la Comisión Europea, que brinde un marco sólido que garantice la protección y progresión de los derechos de las generaciones futuras. A tal fin, la Comisión debería crear una Vicepresidencia Ejecutiva para las Generaciones Futuras.

2. Antecedentes

 2.1. Habida cuenta de la triple crisis planetaria actual (cambio climático, contaminación y pérdida de biodiversidad), es cada vez más urgente replantearse nuestra relación con la naturaleza y proteger —y, en caso necesario, restaurar— los ecosistemas naturales de los que dependen los seres humanos y la mayoría de sus actividades económicas, incluidas la agricultura, la silvicultura y la pesca. Se calcula que más del 50 % del PIB mundial depende de la naturaleza (3) y que alrededor del 40 % de los puestos de trabajo a escala mundial dependen directamente de la presencia de ecosistemas sanos (4).

 

 2.2. En particular, aunque destaca la importancia de los bosques tropicales para la biodiversidad mundial, el CESE atribuye la misma relevancia a la biodiversidad de los sistemas acuáticos y los suelos y pone de manifiesto la relevancia que tiene la diversidad biológica en el sector agrícola, por ejemplo, la variedad en los tipos de cultivos, para una producción de alimentos resiliente.

 

 2.3. La Organización Mundial de la Salud (OMS) considera que la contaminación atmosférica y la degradación del medio ambiente constituyen un riesgo elevado para la salud humana (5). Un medio ambiente limpio, saludable y sostenible es un derecho humano fundamental (6). Afianzar el derecho a un medio ambiente saludable en la legislación de la UE (7) y desarrollar el enfoque de «Una sola salud» contribuiría a garantizar un futuro sostenible para la generación actual y las futuras.

 

 2.4. También ha quedado demostrado el riesgo desproporcionado de pérdida de biodiversidad y deterioro medioambiental al que están expuestas determinadas comunidades y grupos de personas, que puede afectar tanto a un país como a varios, algo que pone de relieve la necesidad de una transición justa (8).

 

 2.5. El Marco Mundial de Biodiversidad de Kunming-Montreal de 2022, también denominado Plan de Biodiversidad «Para la vida en la Tierra» (en adelante, Plan de Biodiversidad) (9), adoptado en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica (COP15), marcó un hito en la historia de la lucha contra la pérdida de biodiversidad. Sobre la base de la aplicación de los ODS, establece una vía ambiciosa para hacer realidad la visión global de un mundo que viva en armonía con la naturaleza de aquí a 2050. Entre los elementos clave del Plan de Biodiversidad figuran veintitrés metas mundiales para 2030 y cuatro objetivos mundiales para 2050.

 

 2.6. Sin embargo, las evaluaciones sobre la evolución de la situación demuestran que el mundo no está cumpliendo las promesas (10). Además, la UE también se está quedando atrás en la consecución de otros objetivos (por ejemplo, la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030 (11)). Las principales causas de la pérdida de biodiversidad siguen siendo el cambio climático, la pérdida de hábitats (debido al uso del suelo para la agricultura y la urbanización), la contaminación y la sobreexplotación de los recursos naturales.

 

 2.7. Los mecanismos de mercado, por sí mismos, no proporcionan bienes públicos ni dan lugar a un sistema económico mundial sostenible. Disponer de bienes públicos requiere gobernanza pública y dinero, y los mecanismos del mercado necesitan correcciones y una orientación por parte de las autoridades públicas para garantizar que contribuyan al bienestar social.

 

 2.8. Las políticas medioambientales (legislación, medidas, financiación) requieren solidaridad y una sólida cooperación internacional. Pese a los avances y éxitos de los convenios de las Naciones Unidas a la hora de fijar objetivos, la aplicación ha sido insuficiente debido a la falta de consenso político sobre las medidas y el reparto de la carga en todos los niveles institucionales (12). Esta circunstancia ha puesto en peligro la resiliencia ecológica del planeta, una tendencia que, si no se invierte, planteará enormes retos socioeconómicos y supondrá una carga desproporcionada para la juventud y las generaciones futuras, especialmente en el Sur Global.

 

 2.9. Las tensiones políticas y la desinformación (13) en torno al clima y la biodiversidad, la intensificación de los conflictos, la migración y el aumento del coste de la vida están poniendo en peligro los objetivos del Pacto Verde Europeo, el Plan de Biodiversidad, el Acuerdo de París y la Agenda 2030 de las Naciones Unidas. Pese a que estos problemas de diversa índole han puesto de manifiesto la fragilidad de nuestro sistema económico, también brindan una oportunidad para impulsar un cambio transformador en pro de una economía del bienestar y una nueva narrativa para las personas y el planeta (14).

 

 2.10. Ahora, tras las elecciones al Parlamento Europeo y la renovación de la Comisión, ha llegado el momento de dar prioridad a la biodiversidad y a la aplicación del acervo medioambiental en todas las políticas de la UE. Todos los argumentos apoyan que la UE asuma la responsabilidad por la biodiversidad mundial y elimine gradualmente las medidas que tienen impactos negativos en los ecosistemas y las comunidades de terceros países, especialmente en el Sur Global.

 

 2.11. Los objetivos del presente Dictamen de iniciativa son los siguientes:

— construir una nueva narrativa para las personas y el planeta, y hacer hincapié en la interconexión entre unos ecosistemas resilientes y la prosperidad;

 

— elaborar una estrategia integral en materia de biodiversidad que incluya las dimensiones medioambiental, económica y social y los vínculos con las agendas relacionadas con el clima, la protección del medio ambiente y «Una sola salud», así como con los sectores que dependen en mayor grado de la biodiversidad y repercuten en ella;

 

— determinar las necesidades y preocupaciones de estos sectores (en particular, agricultura, silvicultura, pesca y bioeconomía) y proponer soluciones para ayudarles a alcanzar los objetivos mundiales y de la UE en materia de biodiversidad;

 

— proponer recomendaciones concretas para la nueva agenda de la Comisión y la COP16 del CDB de las Naciones Unidas;

 

— aumentar las sinergias entre los convenios de las Naciones Unidas sobre biodiversidad, clima y desertificación (CDB de las Naciones Unidas, CMNUCC y CLD).

3. Financiación de la biodiversidad

 3.1. Las evaluaciones mundiales ponen de relieve la necesidad de movilizar recursos financieros sustanciales para la adaptación al cambio climático y su mitigación y para la conservación, preservación y restauración de la biodiversidad, en especial en el marco de la CMNUCC y del CDB de las Naciones Unidas (15). Reconociendo que las finanzas públicas no son suficientes, el CESE subraya la importancia de movilizar las inversiones del sector privado, también potencialmente a través de instrumentos financieros como los créditos de carbono, las permutas de deuda por biodiversidad y los bonos vinculados a los ODS. No obstante, el CESE advierte de que debe garantizarse estrictamente la integridad de estos instrumentos y que, en particular, las propuestas relacionadas con los denominados «mercados de biodiversidad» deben hacerse con suma atención. La UE debería promover en foros internacionales, como la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, la creación de una comisión mundial que garantice la transparencia e integridad de los instrumentos financieros para la conservación de la biodiversidad.

 

 3.2. Habida cuenta de la clara pérdida de biodiversidad en razón del cambio climático, el CESE aboga por una eliminación de las subvenciones a los combustibles fósiles, pero también acoge con satisfacción que se determinen las «subvenciones perjudiciales para el medio ambiente» y pide que se sigan detectando y eliminando progresivamente de manera planificada para garantizar que las inversiones obtengan beneficios netos que favorezcan la biodiversidad y el medio ambiente, en el marco de una transición ecológica justa.

 

 3.3. El CESE pide a la Comisión que anime a los Estados miembros a que sigan desarrollando, introduciendo y operando sistemas fiscales armonizados, ecológicos y sostenibles basados en el principio de que «quien contamina paga» de manera justa y no regresiva (16). Este principio debería aplicarse también a los municipios y demás entes regionales y locales, y los fondos recaudados por este medio pueden destinarse a la prevención de la contaminación.

 

 3.4. El CESE ha señalado en varios Dictámenes (17) que la protección de la biodiversidad no puede, desde el punto de vista económico, recaer en los agricultores, los pescadores y los propietarios de bosques. El suministro de valor y bienes públicos debe convertirse más bien en una provechosa oportunidad de ingresos para estos, por ejemplo, mediante el desarrollo de incentivos ecológicos. El CESE también ha criticado la infrafinanciación de las medidas de Natura 2000 y ha pedido la creación de un fondo europeo consagrado a la biodiversidad. Ahora, tanto la Comisión como los Estados miembros deben seguir estas recomendaciones.

 

 3.5. El CESE señala que, en interés del bien público, debe darse prioridad a los fondos públicos, incluido el marco financiero plurianual (MFP), y pide que se garantice la coherencia entre todos los ámbitos políticos (PAC, PPC, energía, transporte, políticas sociales, etc.), la financiación y las subvenciones que tengan repercusiones para la protección y la restauración de la biodiversidad. A este respecto, el CESE considera que la PAC posterior a 2027 debe aportar un marco político estable a largo plazo orientado a una producción sostenible de alimentos y a una autonomía estratégica abierta de la UE, que al mismo tiempo proteja la diversidad de cultivos y de tipos de agricultura de la UE y sus ecosistemas (18).

4. Promover la biodiversidad y las acciones por el clima positivas para la naturaleza: lo que se debe y lo que no se debe hacer

 4.1. El cambio climático es uno de los principales factores causantes de la pérdida de biodiversidad. Por lo tanto, la mayor parte de las políticas de lucha contra el cambio climático son también beneficiosas para la biodiversidad. No obstante, algunas soluciones tecnológicas y digitales para la acción por el clima (por ejemplo, la IA, la biotecnología, la energía nuclear, la captura y el almacenamiento de carbono) podrían perjudicar la biodiversidad y el medio ambiente. La UE debería ajustar su actuación al principio de precaución.

 

 4.2. Con el fin de promover la biodiversidad en el resto de las políticas y acciones por el clima positivas para la naturaleza, el CESE formula las recomendaciones siguientes:

 

 4.2.1. Cooperación entre científicos en diversos ámbitos (principalmente la biodiversidad y el clima), pero también entre responsables políticos y partes interesadas. El CESE pide que se organicen nuevos talleres copatrocinados por la Plataforma Intergubernamental sobre Diversidad Biológica y Servicios de los Ecosistemas (IPBES) y el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (GIECC) para orientar a la comunidad internacional sobre cómo impulsar esta cooperación tan necesaria (19). También solicita que se pongan en marcha acciones piloto de biodiversidad con múltiples partes interesadas en las misiones de la UE sobre el clima (por ejemplo, «Adaptación al cambio climático» y «Ciudades climáticamente neutras»).

 

 4.2.2. Integración de la biodiversidad en la acción por el clima y viceversa. El CESE pide a la Comisión que elabore, tanto a nivel interno como internacional, políticas climáticas y de biodiversidad integradas. Para ello, se necesitan evaluaciones de impacto de las soluciones climáticas y las medidas en materia de biodiversidad.

 

 4.2.3. Seguimiento de la aplicación de las Directivas sobre protección de la naturaleza y la Ley de Restauración de la Naturaleza y del cumplimiento de los compromisos vinculados al CDB de las Naciones Unidas.

 

 4.2.4. Soluciones basadas en la naturaleza y los ecosistemas que aborden simultáneamente el cambio climático y la pérdida de biodiversidad (20), como la protección de los hábitats naturales, la restauración de los ecosistemas, los bosques y los humedales, la gestión sostenible de las tierras y las prácticas agrícolas sostenibles, que presten servicios ecosistémicos al mismo tiempo que reducen las emisiones de gases de efecto invernadero y que respeten los derechos y la cultura de las personas afectadas, como los pueblos indígenas y las comunidades locales.

 

 4.2.5. Integración de la economía circular, que ofrece un marco para un cambio transformador hacia el uso sostenible de los recursos naturales y una economía del bienestar que funcione dentro de los límites del planeta. Los beneficios medioambientales y socioeconómicos de los enfoques circulares pueden convertirse en factores de éxito para la aplicación de las políticas en materia de biodiversidad y clima.

 

 4.2.6. Sensibilización pública y educación para todos, en especial entre los responsables políticos, los jóvenes y las empresas, sobre los vínculos que interconectan la biodiversidad, el cambio climático, la estabilidad de los ecosistemas y el bienestar humano.

 

 4.2.7. Mecanismos de incentivos para promover prácticas respetuosas con el medio ambiente y desalentar las actividades perjudiciales para la biodiversidad y el medio ambiente, que deben incluir regímenes de pago por servicios ecosistémicos (por ejemplo, a agricultores, silvicultores y pescadores), las contribuciones de la naturaleza a las personas (21) y programas de certificación ecológica. Además, y como último recurso, debe considerarse la introducción de un sistema de compensación ecológica basado en criterios claros. Por ejemplo, los proyectos de construcción que sean perjudiciales para la naturaleza podrían compensarse en otros lugares. También valdría la pena sopesar la creación de un mercado común de compensación ecológica.

 

 4.2.8. La diplomacia internacional social y ecológica para la financiación y las iniciativas de intercambio de conocimientos destinadas al Sur Global y a los pueblos indígenas deben complementar los esfuerzos internos de la UE y aumentar las sinergias entre el CDB de las Naciones Unidas y las COP de la CMNUCC y la CLD.

 

 4.3. El CESE también propone nombrar a un comisario de las Generaciones Futuras, responsable de promover una reflexión a largo plazo, integral y sistémica, que centre su labor en la introducción en todas las políticas de unos indicadores de bienestar y biodiversidad que vayan más allá de los datos del PIB.

5. Construir una narrativa positiva sobre la biodiversidad gracias a una participación destacada de la sociedad civil

 5.1. El aspecto intergeneracional de las políticas de biodiversidad y medio ambiente debe reflejarse en una participación destacada y significativa de la juventud en todas las fases de los procesos de toma de decisiones, desde el establecimiento de la agenda y la elaboración de propuestas legislativas hasta la aplicación, la supervisión y el seguimiento (22), de modo que se garantice que se tenga en cuenta el impacto de las políticas en las generaciones futuras (23).

 

 5.2. La participación de la sociedad civil en la gobernanza de la biodiversidad es fundamental para alcanzar los objetivos en materia de biodiversidad e integrar las necesidades y preocupaciones de todos los sectores, incluidos la agricultura, la silvicultura y la pesca. El CESE propone que esta participación se estructure a escala local, europea, internacional y transversal de la manera siguiente:

 

 5.2.1. A escala local y nacional

— Incluir la biodiversidad y la ecología en el aprendizaje permanente y en los sistemas de educación nacionales es de vital importancia para construir una actitud positiva hacia la biodiversidad (24). Los Estados miembros deben garantizar el acceso a los parques nacionales y las áreas naturales y poner en marcha programas de sensibilización en torno a ellos para fomentar la gestión y demostrar los beneficios que reporta acercar a las personas a la naturaleza. Deben apoyarse programas educativos como los organizados por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) y la Federación EUROPARC (25).

 

— Organizar talleres locales sobre biodiversidad con representantes de organizaciones de la sociedad civil, comunidades locales, juventud, pueblos indígenas, universidades, el sector financiero y otros sectores pertinentes como la agricultura, la silvicultura y la pesca.

 

— Facilitar procesos de toma de decisiones participativos que impliquen a las partes interesadas en el desarrollo, la aplicación y la supervisión de las acciones locales de conservación de la biodiversidad.

 

— Apoyar iniciativas de base y proyectos de conservación basados en la comunidad que capaciten a las comunidades locales para que asuman y gestionen las medidas de conservación de la biodiversidad e iniciar proyectos piloto de nuevos modelos de negocio para proteger la biodiversidad (por ejemplo, ecoturismo, agricultura ecológica y regenerativa, etc.).

 

 5.2.2. A escala de la UE

— Reforzar la representación de las organizaciones de la sociedad civil y los pueblos indígenas en los procesos de elaboración de políticas de biodiversidad de la UE mediante su participación efectiva en mecanismos de consulta, órganos consultivos y diálogos con las partes interesadas.

 

— Organizar talleres como los que se mencionan en el punto 5 y sistematizar las asociaciones multilaterales que faciliten la cooperación entre la sociedad civil, los organismos gubernamentales, las instituciones de investigación y las empresas, a fin de aplicar eficazmente las medidas de conservación de la biodiversidad.

 

 5.2.3. A escala internacional

— Abogar por una mejor inclusión de los representantes de la sociedad civil en los foros internacionales de gobernanza de la biodiversidad, como el CDB de las Naciones Unidas, la CMS (26) de las Naciones Unidas y las COP de la CMNUCC y la CLD.

 

— Reforzar el papel de las ONG y las organizaciones juveniles y de los pueblos indígenas y otros agentes de la sociedad civil en la elaboración de políticas y acuerdos mundiales en materia de biodiversidad, como el Plan de Biodiversidad.

 

— Facilitar el intercambio de conocimientos y la colaboración entre organizaciones de la sociedad civil de diferentes países y regiones para promover las mejores prácticas en materia de conservación de la biodiversidad, y organizar talleres como los descritos en el punto 5 en los que estas organizaciones puedan participar.

 

 5.2.4. Cuestiones transversales

— Fomentar el diálogo y la colaboración entre organizaciones de la sociedad civil, el mundo científico y sectores como la agricultura, la silvicultura y la pesca para desarrollar soluciones mutuamente beneficiosas.

 

— Apoyar iniciativas de investigación e innovación que examinen prácticas sostenibles y soluciones positivas para la naturaleza que permitan apoyar los medios de subsistencia con ingresos justos en estos sectores, al mismo tiempo que maximizan los efectos positivos en el clima.

 

— Aumentar el apoyo financiero y las oportunidades de desarrollo de capacidades para las organizaciones de la sociedad civil y las organizaciones juveniles que trabajan en el ámbito de la biodiversidad, incluidas las que centran su labor en apoyar la agricultura, la silvicultura y la pesca sostenibles, y las que trabajan en litigios de interés público en asuntos medioambientales, haciendo hincapié en las del Sur Global.

 

— Consolidar el diálogo social y la negociación colectiva en la protección de la biodiversidad y garantizar una participación clara de los interlocutores sociales.

 

 5.3. El CESE apoya además la creación de una asamblea mundial permanente de ciudadanos, tal y como ha propuesto la Fundación ISWE y han respaldado las Naciones Unidas, cuya creación se anunciará en la Cumbre del Futuro en septiembre de 2024 (27). El CESE también considera que esta asamblea debería trabajar en las cuestiones planteadas en el presente Dictamen. Sin embargo, señala que ello no constituye una solución suficiente para garantizar una representación adecuada de las partes interesadas en la toma de decisiones.

 

 5.4. El CESE apoya la correcta aplicación de los derechos medioambientales del Convenio de Aarhus por parte de los Estados miembros de la UE y el desarrollo adecuado de capacidades entre la sociedad civil para garantizar que sus miembros sepan cómo ejercerlos (28). También apoya la aplicación de vías legales para proteger la naturaleza, como los derechos de la naturaleza y el derecho a un medio ambiente saludable, para lo que deberá contarse con la orientación de la sociedad civil (29).

 

 5.5. Reforzar la participación de la sociedad civil es la mejor manera de integrar las necesidades y preocupaciones de todos los sectores a fin de crear una narrativa positiva sobre la biodiversidad, alcanzar nuestros objetivos en todos los niveles y abordar de manera eficaz una cuestión «sumamente enrevesada».

 

 5.6. A este respecto, y en consonancia con un informe (30) reciente del relator especial de las Naciones Unidas sobre los defensores del medio ambiente, el CESE reconoce los riesgos a los que estos se enfrentan y pide a los Estados miembros que respeten sus derechos, incluidos, entre otros, la libertad de expresión, de reunión pacífica y de asociación, y que aborden las causas profundas de la pérdida de biodiversidad.

Bruselas, 19 de septiembre de 2024.

El Presidente

del Comité Económico y Social Europeo

Oliver RÖPKE


(1)  La participación deliberativa es un concepto que procede de las teorías sobre la democracia deliberativa y se basa en la creencia de que las decisiones políticas deben ser el resultado de una discusión abierta y del debate entre la ciudadanía. Ejemplos de participación deliberativa, SALTO.

(2)  Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «La UE y la Agenda 2030: reforzar la aplicación de los ODS» (DO C, C/2024/876, 6.2.2024, ELI: https://eur-lex.europa.eu/eli/C/2024/876/oj?locale=es).

(3)   «Study for a methodological framework and assessment of potential financial risks associated with biodiversity loss and ecosystem degradation», Comisión Europea.

(4)   Perspectivas Sociales y del Empleo en el Mundo: Tendencias 2018, OIT.

(5)   «Estimating environmental health impacts», OMS.

(6)  Resolución «El derecho humano a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible», Asamblea General de las Naciones Unidas.

(7)  Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «El derecho a un medio ambiente saludable en la Unión Europea, especialmente en el contexto de la guerra de Ucrania» (DO C 228 de 29.6.2023, p. 10), Documento informativo del CESE «La protección del medio ambiente como requisito previo para el respeto de los derechos fundamentales».

(8)  NAT/933 – Hacia una propuesta legislativa para una transición justa e instrumentos políticos de la UE que propicien un Pacto Verde Europeo más social (en curso); Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre las «Medidas necesarias para impulsar el marco político de transición justa de la UE» (DO C, C/2024/1576, 5.3.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/1576/oj).

(9)   Plan de Biodiversidad «Para la vida en la Tierra».

(10)   Herramienta de información en línea sobre el CDB.

(11)   Cuadro de indicadores de la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030.

(12)  Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Programa General de Acción de la Unión en materia de Medio Ambiente hasta 2030 (DO C 123 de 9.4.2021, p. 76); Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones – Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030 – Reintegrar la naturaleza en nuestras vidas» (DO C 429 de 11.12.2020, p. 259); Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Un papel más constructivo para la sociedad civil en la aplicación de la legislación medioambiental» (DO C 47 de 11.2.2020, p. 50); Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Aplicación de la legislación medioambiental de la UE en materia de calidad del aire, agua y residuos» (DO C 110 de 22.3.2019, p. 33); Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones sobre las acciones de la UE para mejorar el cumplimiento y la gobernanza medioambiental [COM(2018) 10 final] (DO C 283 de 10.8.2018, p. 83).

(13)  Dictamen Comité Económico y Social Europeo — Proteger la democracia contra la desinformación ( DO C, C/2024/4052, 12.7.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/4052/oj ).

(14)  Dictamen - Comité Económico y Social Europeo - Plan general del Pacto Verde y Social Europeo basado en una economía del bienestar (DO C, C/2024/6879, 28.11.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/6879/oj); Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «La economía sostenible que necesitamos» (DO C 106 de 31.3.2020, p. 1).

(15)  Dictamen - Comité Económico y Social Europeo - Financiación de la lucha contra el cambio climático: una nueva hoja de ruta para fijar metas climáticas más ambiciosas y cumplir los ODS (DO C, C/2024/6881, 28.11.2024, ELI: http://data.europa.eu/C/2024/6881/oj).

(16)  Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Un papel más constructivo para la sociedad civil en la aplicación de la legislación medioambiental» (DO C 47 de 11.2.2020, p. 50).

(17)  Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la restauración de la naturaleza» (DO C 140 de 21.4.2023, p. 46); Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones – Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030 – Reintegrar la naturaleza en nuestras vidas» [COM(2020) 380 final] (DO C 429 de 11.12.2020, p. 259).

(18)  Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Promover una producción de alimentos autónoma y sostenible: estrategias de cara a la política agrícola común después de 2027» (DO C, C/2024/2099, 26.3.2024, ELI: https://eur-lex.europa.eu/eli/C/2024/2099/oj?locale=es).

(19)   «Biodiversity and Climate Change workshop report» (informe del taller copatrocinado por la IPBES y el GIECC).

(20)   Estándar Global de la UICN para soluciones basadas en la naturaleza: primera edición, UICN.

(21)   Contribuciones de la naturaleza a las personas, IPBES.

(22)  Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Hacia un compromiso estructurado de la juventud en favor del clima y la sostenibilidad en el proceso decisorio de la UE» (DO C 429 de 11.12.2020, p. 44).

(23)   Evaluación de la UE desde el punto de vista de los jóvenes«Fit for Future Generations».

(24)  Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Empoderar a la juventud para lograr un desarrollo sostenible a través de la educación» (DO C 100 de 16.3.2023, p. 38).

(25)   EUROPARC Federation.

(26)   Convención sobre la conservación de las especies migratorias de animales silvestres de las Naciones Unidas.

(27)   Global and permanent citizens’ assembly, Fundación de las Naciones Unidas.

(28)  Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) n.° 1367/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de septiembre de 2006, relativo a la aplicación, a las instituciones y a los organismos comunitarios, de las disposiciones del Convenio de Aarhus sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente [COM(2020) 642 final — 2020/0289 (COD)] (DO C 123 de 9.4.2021, p. 66).

(29)  Estudio «Hacia una Carta Europea sobre los Derechos Fundamentales de la Naturaleza» , CESE.

(30)   State repression of environmental protest and civil disobedience: a major threat to human rights and democracy , de Michel Forst, relator especial de las Naciones Unidas sobre los defensores del medio ambiente en virtud del Convenio de Aarhus.


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/6880/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)


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