Por: Carlos A. FERREYROS SOTO
Doctor en Derecho
Universidad de Montpellier I Francia.
RESUMEN
Procedimiento prejudicial: Petición de decisión prejudicial planteada por la Addiko Bank d.d. Croacia.
Lengua de procedimiento: croata
Órgano jurisdiccional remitente: Upravni sud u Zagrebu
Partes en el procedimiento principal:
Demandante: Addiko Bank d.d.
Demandada: Agencija za zaštitu osobnih podataka
Fallo del Tribunal de Justicia (Sala Sexta)
de 27de mayo de 2024, publicado en el Diario Oficial el 22.7.2024.
15, apartado 3, primera frase, del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general
de protección de datos),
1) El artículo
15, apartado 3, primera frase, del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general
de protección de datos),
debe interpretarse en el sentido de que
el derecho del interesado a obtener una copia de los datos personales que le
conciernen y que son objeto de tratamiento implica que se le entregue una reproducción
fiel e inteligible de todos esos datos. Este derecho conlleva el de obtener una
copia íntegra de los documentos que contengan, entre otros, dichos datos, si la
entrega de tal copia es necesaria para permitir al interesado verificar su exactitud
y exhaustividad así como para garantizar su inteligibilidad.
2) El artículo 15, apartados 1 y 3, del
Reglamento 2016/679,
debe interpretarse en el sentido de que
se impone al responsable del tratamiento la obligación de facilitar al interesado que presentó la solicitud una copia de los datos personales que le conciernen y que son objeto de tratamiento, aunque dicha solicitud esté motivada por un fin ajeno a los mencionados en el considerando 63, primera frase, de ese Reglamento.
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Diario Oficial | ES Serie C |
C/2024/4439 | 22.7.2024 |
Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 27 de mayo de 2024 (petición de decisión prejudicial planteada por el Upravni sud u Zagrebu – Croacia) – Addiko Bank d.d. / Agencija za zaštitu osobnih podataka
(Asunto C-312/23, (1) Addiko Bank)
(Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia (Sexta Sala)- Respuesta que puede deducirse claramente de la jurisprudencia - Protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos - Reglamento (UE) 2016/679 - Artículo 15 - Derecho de acceso del interesado a los datos personales que le conciernen y que son objeto de tratamiento - Derecho a obtener una copia de estos datos - Concepto de «copia» - Motivos de la solicitud de acceso a los citados datos - Utilización de los datos para entablar una acción judicial)
(C/2024/4439)
Lengua de procedimiento: croata
Órgano jurisdiccional remitente
Upravni sud u Zagrebu
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Addiko Bank d.d.
Demandada: Agencija za zaštitu osobnih podataka
Fallo
1) | El artículo 15, apartado 3, primera frase, del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), debe interpretarse en el sentido de que el derecho del interesado a obtener una copia de los datos personales que le conciernen y que son objeto de tratamiento implica que se le entregue una reproducción fiel e inteligible de todos esos datos. Este derecho conlleva el de obtener una copia íntegra de los documentos que contengan, entre otros, dichos datos, si la entrega de tal copia es necesaria para permitir al interesado verificar su exactitud y exhaustividad así como para garantizar su inteligibilidad. |
2) | El artículo 15, apartados 1 y 3, del Reglamento 2016/679, debe interpretarse en el sentido de que se impone al responsable del tratamiento la obligación de facilitar al interesado que presentó la solicitud una copia de los datos personales que le conciernen y que son objeto de tratamiento, aunque dicha solicitud esté motivada por un fin ajeno a los mencionados en el considerando 63, primera frase, de ese Reglamento. |
(1) Fecha de presentación: 22.5.2023.
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/4439/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)
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