Por: Carlos A. FERREYROS SOTO
Doctor en Derecho
Universidad de Montpellier I Francia.
Resumen
La Comisión Nacional
de Informática y Libertades, CNIL, en su Lettre d'information N°13 - del 04 de
Enero de 2024, publicó un artículo sobre
"Juegos Olímpicos y
Paralímpicos 2024: la CNIL publica su dictamen sobre el proyecto de ley". Esta nota en francés ha sido traducida al castellano por el suscrito con el auxilio de Google
Traduction. Contiene algunos enlaces a otros recursos, incluyendo algunos
textos para profundizar el tema. y algunas palabras claves. El enlace original
y directo al recurso se encuentra en: https://www.cnil.fr/fr/jeux-olympiques-et-paralympiques-2024-la-cnil-publie-son-avis-sur-le-projet-de-loi
Algunas de las Recomendaciones se
refieren a :
· Un necesario cumplimiento del Código de Seguridad Interno (CSI) con el Reglamento General de Protección de Datos, RGPD
y la Directiva "Policía-justicia"
· Creación de un marco experimental sobre las cámaras "aumentadas"
para garantizar la seguridad de grandes eventos
· Los tests particularmente intrusivos de los exámenes de características
genéticas para análisis antidopajes se apartan de manera significativa de los
principios que actualmente enmarcan los análisis genéticos en el Código Civil
francés.
A fin de acceder a
similares normas y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y
privadas interesadas en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios,
evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo
electrónico: cferreyros@hotmail.com
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Juegos Olímpicos y Paralímpicos 2024: la CNIL publica su dictamen sobre el
proyecto de ley
04 de enero de 2023
La CNIL se pronunció el 8 de
diciembre de 2022 sobre el proyecto de ley relativo a los Juegos Olímpicos y
Paralímpicos de 2024, que presenta importantes desafíos en términos de
protección de datos personales y de privacidad. Este proyecto introduce, en
particular, la posibilidad de implementar, de forma experimental, las llamadas
cámaras “aumentadas”.
El proyecto de ley relativo a los
Juegos Olímpicos y Paralímpicos de 2024 contiene varias disposiciones que se
refieren directamente a la protección de datos personales:
- la autorización del examen de características
genéticas o la comparación de huellas genéticas para los análisis
antidopaje;
- la conformidad del Código de Seguridad Interno
(CSI) con el RGPD y la Directiva “Policía-Justicia”;
- el uso de procesamiento algorítmico de las
imágenes captadas por dispositivos de videoprotección o cámaras instaladas
en drones (también llamadas "cámaras aumentadas") con el fin de
detectar y reportar en tiempo real eventos predeterminados susceptibles de
amenazar la seguridad de las personas;
- la ampliación de los tipos de imágenes de
videoprotección que pueden visualizar los agentes de los servicios
internos de la SNCF y la RATP cuando están destinadas a las salas de
información y de comando atinente al Estado;
- la extensión del procedimiento de “selección”
previsto por el CSI a las fan zones y a los participantes en
grandes eventos;
- la posibilidad de instalar escáneres
corporales en la entrada de determinados eventos.
Problemas de protección de datos
En su opinión sobre el proyecto
de ley, la CNIL examinó todas estas disposiciones e identificó varios problemas
importantes para la protección de datos y la privacidad de las personas.
Un necesario
cumplimiento del Código de Seguridad Interno (CSI) con el RGPD y la Directiva
"Policía-justicia"
La CNIL ha recordado en repetidas
ocasiones que varias disposiciones de la CSI han devenido obsoletas desde la
evolución de la reglamentación en materia de protección de datos personales en
2018. El proyecto de ley prevé que las grabaciones visuales de videovigilancia respeten
las disposiciones aplicables en materia de protección de datos personales.
Sin embargo, será necesaria una
reforma más global del tratamiento de imágenes en espacios abiertos al público
para asegurar a los actores y regular los usos. Además, el CSI deberá ser completado
para prever un marco regulatorio a nivel reglamentario del conjunto de los
derechos de las personas concernidas.
Cámaras
"aumentadas" para garantizar la seguridad de grandes eventos:
creación de un marco experimental
El proyecto de ley crea un marco
experimental que permite el uso, bajo ciertas condiciones, a tratamientos algorítmicos
sobre las imágenes capturadas por dispositivos de videoprotección o drones. El
debe garantizar la seguridad de los acontecimientos deportivos, festivos o
culturales expuestos al riesgo de daños graves a la seguridad de las personas,
en particular de carácter terrorista.
Estos tratamientos incluyen
sistemas de inteligencia artificial (IA), llamados “cámaras aumentadas”. Ellos
tienen por objeto el análisis automático de las imágenes en tiempo real,
mediante algoritmos, para detectar eventos predeterminados, por ejemplo la
detección de movimientos de multitudes, de equipajes, gestos o comportamientos
sospechosos, etc.
El uso de estos dispositivos
plantea nuevos y sustanciales problemas en términos de privacidad: estas herramientas
de análisis de imágenes pueden dar lugar a una colecta masiva de datos
personales y permitir la vigilancia automatizada en tiempo real. El despliegue,
incluso experimental, de estos dispositivos constituye un punto de inflexión
que contribuirá a definir el rol general que se atribuirá a estas tecnologías
y, en general, a la inteligencia artificial. En su posición, publicada en
julio de 2022, la CNIL pidió que se establecieran líneas rojas para este tipo
de dispositivos y sugirió formas de establecer un marco apropiado si se
utilizaran para ciertos casos de uso.
Las garantías
previstas por el proyecto de ley permiten limitar los riesgos de violaciones de
datos y de la privacidad de las personas y van en sentido de las
recomendaciones formuladas por la CNIL en su documento de posicionamiento sobre cámaras aumentadas de julio de 2022
:
- un despliegue experimental;
- limitado en tiempo y
espacio;
- para determinadas finalidades
específicas y correspondientes a riesgos graves para las personas;
- la ausencia de procesamiento
de datos biométricos;
- la ausencia de interrelación
con otros archivos;
- la ausencia de decisión
automática: los algoritmos solo sirven para señalar situaciones
potencialmente problemáticas para las personas que proceden luego a un
análisis humano.
Examen de
características genéticas para análisis antidopaje
El artículo 4 del proyecto de ley
tiene como objetivo autorizar el examen de las características genéticas o la
comparación de impresiones genéticas del atleta al establecer nuevas derogaciones
al Código Civil, con fines de lucha contra el dopaje.
El gobierno desea, a través de
estas medidas, transponer las disposiciones del Código Mundial Antidopaje a la
legislación francesa, con vistas a la organización de los Juegos Olímpicos. Si
es necesaria la transposición del Código Mundial Antidopaje, la CNIL subrayó
que se trataría de tests particularmente intrusivos, que se apartan de manera
significativa de los principios que actualmente enmarcan los análisis genéticos
en el Código Civil.
La CNIL también hizo un llamado
al gobierno para que especifique los procedimientos para informar y obtener el
consentimiento del atleta.
La opinión de la CNIL y luego del Consejo de Estado
sobre este proyecto de ley llevó al gobierno a modificarlo: luego se presentó un nuevo texto en el Senado el 22
de diciembre de 2022. Cabe señalar que la CNIL no se ha pronunciado sobre
esta nueva versión del texto.
Texto de referencia
Opinión de la CNIL
Texto de referencia
Para profundizar
>
Despliegue de cámaras “aumentadas” en espacios públicos: la CNIL publica su
posición
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