lunes, 14 de junio de 2021

CONCLUSIONES DEL CONSEJO EUROPEO SOBRE LA INICIATIVA "UNIVERSIDADES EUROPEAS" Y SU RELACION CON LAS TICs.

 Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

        Doctor en Derecho
        Université de Montpellier I Francia.
        M. Sc. Institut Agronomique Méditerranéen
        cferreyros@hotmail.com

SINTESIS

 

Entre las Conclusiones del Consejo de la Unión Europea sobre la Iniciativa «Universidades Europeas» — Tender puentes entre la educación superior, la investigación, la innovación y la sociedad vinculadas a las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones, TICs, sobresalen los siguientes numerales:

18. Las universidades europeas pueden ser decisivas para adaptar la educación, la formación y la investigación a la era digital, en consonancia con el Plan de Acción de Educación Digital (2021-2027), el EEE y el EEI, mediante el desarrollo de campus interuniversitarios europeos. Esta iniciativa impulsará las sinergias entre la educación superior y la investigación, con la aplicación de modelos innovadores de aprendizaje y enseñanza digitales, a través de prácticas de ciencia abierta, educación abierta y datos abiertos. 

21. Las instituciones de educación superior han demostrado ser resilientes en la gestión de los efectos de la pandemia de COVID-19, pero la pandemia también ha puesto de manifiesto deficiencias en relación con el acceso equitativo y el apoyo a los estudiantes, el personal y los investigadores, en particular aquellos con menos oportunidades y competencias digitales, así como a la movilidad de los investigadores en la fase inicial de su carrera. Una encuesta ha mostrado que los miembros de las primeras diecisiete «Universidades Europeas» han considerado que el hecho de pertenecer a una alianza les ha ayudado a desenvolverse en la crisis y probablemente les permita recuperarse más rápidamente gracias a la puesta en común de sus recursos y puntos fuertes. 

22.  Los mercados laborales europeos están transformándose rápidamente debido al desarrollo tecnológico, las transiciones digital y ecológica y la reestructuración de la economía, pero también se ven influidos por la pandemia de COVID-19. Hacen falta oportunidades y formatos de aprendizaje flexibles en todas las etapas de la vida y en todas las disciplinas y sectores. Supone una ocasión propicia para que las instituciones de educación superior desarrollen planes y programas de estudios innovadores, soluciones educativas flexibles e itinerarios de aprendizaje alternativos, con el fin de mejorar la calidad, la inclusión y la igualdad de género en la educación superior, además de desarrollar programas educativos y de investigación que respondan a las transiciones digital y ecológica y a los retos socioeconómicos clave, sin dejar de prestar atención a su compromiso con la excelencia.

28.  La Iniciativa «Universidades Europeas» tiene por objeto contribuir a una Europa más unida, innovadora, digital, conectada y ecológica, abierta al mundo de manera más amplia mediante el aumento de la resiliencia, la excelencia, el atractivo y la competitividad internacional de las instituciones europeas de educación superior, así como de su inclusión geográfica y social y de la igualdad de género. 

31.  En consonancia con la visión de un Espacio Europeo de Educación y su consecución de aquí a 2025, el EEI, y teniendo en cuenta el Comunicado ministerial de Roma, la Iniciativa «Universidades Europeas» —respetando plenamente las competencias de los Estados miembros y el principio de subsidiariedad, la autonomía institucional y la libertad académica, en función de las circunstancias nacionales y regionales y en estrecha cooperación con las autoridades competentes en materia de educación superior de los Estados miembros— deben orientarse hacia:

f)  La gestión de los retos sociales y de las necesidades en materia de capacidades en Europa mediante el trabajo en forma de asociación y la creación de equipos europeos generadores de conocimiento, transnacionales y transdisciplinarios, compuestos por estudiantes, personal docente e investigador, también por personal del mundo empresarial, de la innovación y de comunidades más amplias. Las instituciones de educación superior, en cooperación con los ecosistemas circundantes de innovación, preparan a los estudiantes, graduados e investigadores noveles para que maximicen su empleabilidad, aprovechen las oportunidades que se les ofrezcan y se conviertan en agentes del cambio hacia la doble transición ecológica y digital; también amplían y extienden los programas de formación de doctorado y postdoctorado más allá del contexto académico para incluir competencias transversales valiosas para otros sectores, cuando proceda.

 

36.  Aprovechen plenamente las medidas de apoyo, como la iniciativa del carné europeo de estudiante, el reconocimiento mutuo automático de las cualificaciones y los períodos de movilidad en los programas de estudio y formación, también por medios digitales, con el fin de eliminar los obstáculos a la movilidad y al desarrollo de la carrera profesional.

45.  Fomenten el desarrollo y la utilización de prácticas de aprendizaje, enseñanza, ciencia abierta y educación abierta, innovadoras, eficaces e inclusivas, así como de procedimientos administrativos simplificados, apoyando a las «Universidades Europeas» en el desarrollo y la aplicación de estrategias para infraestructuras digitales y herramientas informáticas.

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Conclusiones del Consejo

sobre la Iniciativa «Universidades Europeas» — Tender puentes entre la educación superior, la investigación, la innovación y la sociedad: allanar el camino para una nueva dimensión en la educación superior europea

(2021/C 221/03)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

RECORDANDO los antecedentes políticos de este asunto, recogidos en el anexo de las presentes Conclusiones.

Conclusiones del Consejo sobre la Iniciativa «Universidades Europeas» - Tender puentes entre la educación superior, la investigación, la innovación y la sociedad: allanar el camino para una nueva dimensión en la educación superior europea

(2021/C 221/03)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

RECORDANDO los antecedentes políticos de este asunto, recogidos en el anexo de las presentes Conclusiones.

DESTACANDO QUE:

   1.      en las Conclusiones del Consejo Europeo de 14 de diciembre de 2017 se instaba a los Estados miembros, el Consejo y la Comisión Europea a impulsar los trabajos para reforzar en toda la UE las asociaciones estratégicas entre instituciones de educación superior y promover la constitución, de aquí a 2024, de una veintena de «Universidades Europeas», que serían redes de instituciones de educación superior de toda la UE creadas desde la base, lo cual permitirá a los estudiantes graduarse combinando periodos de estudio en varios países de la UE y contribuirá a la competitividad internacional de las universidades europeas;

 

   2.      en sus Conclusiones de 28 de junio de 2018, el Consejo Europeo pidió que se estimulara la cooperación entre la investigación, la innovación y la educación, en particular a través de la Iniciativa «Universidades Europeas»;

 

   3.      en las Conclusiones del Consejo de 22 de mayo de 2018 sobre la adquisición de una visión del Espacio Europeo de Educación (EEE) se reconocía además la función emblemática que podrían desempeñar las «Universidades Europeas» en la creación de un EEE en su totalidad;

 

   4.      en la Resolución del Consejo de 8 de noviembre de 2019 sobre un mayor desarrollo del EEE para apoyar unos sistemas de educación y formación orientados al futuro se respaldó la continuación del desarrollo de la Iniciativa «Universidades Europeas», considerando que podría suponer un paso decisivo en la cooperación interinstitucional al ofrecer diversas visiones, modelos y temas que pueden servir de inspiración para un futuro desarrollo del EEE acorde a las necesidades cambiantes de la sociedad;

 

   5.      en el primer debate de orientación conjunto mantenido el 8 de noviembre de 2019, los ministros de Hacienda y Educación subrayaron la necesidad de que aumente la inversión efectiva y eficaz, desde el punto de vista de la calidad, la cantidad, la inclusión y la equidad, en educación, formación, capacidades y competencias (1);

 

   6.      en la Resolución del Consejo de 27 de febrero de 2020 sobre educación y formación en el Semestre Europeo se reconocía además que la inversión en educación y formación es la inversión más importante que puede hacerse en las personas y en el futuro, y también se destacaban sus beneficios sociales y económicos en las personas, los empleadores y la sociedad en su conjunto;

 

   7.      en la Agenda de Capacidades Europea, adoptada por la Comisión el 30 de junio de 2020, se prevé que las «Universidades Europeas» establezcan normas para la transformación de las instituciones de educación superior en todo el EEE y en el Espacio Europeo de Investigación (EEI), haciendo también realidad el aprendizaje permanente y la circulación de talentos. Esto se conseguirá, en particular, poniendo en funcionamiento de forma plena la Iniciativa «Universidades Europeas» en el marco del programa Erasmus+ 2021-2027 y Horizonte Europa, así como desarrollando un marco europeo de competencias para los investigadores;

 

   8.      en las Conclusiones del Consejo de 1 de diciembre de 2020 sobre el nuevo EEI, el Consejo destacó la necesidad de sinergias e interconexiones más sólidas entre el EEI y los elementos del EEI relacionados con la educación superior, y señaló las transformaciones institucionales, las carreras de investigación, la educación científica, la formación, la cooperación internacional y la circulación del conocimiento como posibles ámbitos para cooperar con mayor determinación, y apoyó asimismo la continuación del desarrollo de las alianzas universitarias europeas como ejemplo emblemático de las instituciones modernas e inclusivas de educación superior del futuro en Europa;

 

   9.      en el Comunicado de Roma de 2020, adoptado el 19 de noviembre de 2020 en la Conferencia Ministerial del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), los ministros responsables de la educación superior afirmaron que las alianzas constituidas en el marco de la Iniciativa «Universidades Europeas» constituyen una forma importante de explorar una cooperación sistémica más profunda y a gran escala, lo que puede resultar útil para detectar y superar los obstáculos a una cooperación transnacional más estrecha por parte de las instituciones de educación superior en el futuro;

 

     10.  en la Resolución del Consejo relativa a un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación con miras al Espacio Europeo de Educación y más allá (2021-2030) se estableció como cuarta prioridad estratégica reforzar la educación superior europea, reconociendo que en la próxima década se alentará a las instituciones de educación superior a encontrar nuevas formas de cooperación más intensa, en concreto creando alianzas transnacionales, especialmente mediante la plena puesta en marcha de la Iniciativa «Universidades Europeas»;

 

     11.  ESPACIO RESERVADO: en sus Conclusiones de 28 de mayo de 2021 sobre El Espacio Europeo de Investigación: profundizar el EEI ofreciendo a los investigadores carreras de investigación y condiciones de trabajo atractivas y sostenibles:

CONSCIENTE DE QUE:

     12.  De conformidad con el principio de subsidiariedad, cada Estado miembro decide sus políticas en materia de educación superior, a escala nacional o regional.

 

     13.  Las instituciones de educación superior son autónomas. La libertad académica y científica es un principio fundamental de su misión y sus actividades. (2)

 

     14.  Las instituciones europeas de educación superior presentan una gran diversidad en lo relativo a su historia, sus estructuras organizativas y sus ámbitos de estudio, así como con las regiones en las que están situadas y con las que están conectadas.

 

     15.  Las «Universidades Europeas» se encuentran todavía en sus primeras fases y hacen falta más evaluaciones y más información basada en datos contrastados sobre los 41 proyectos piloto seleccionados y sus conclusiones para respaldar políticas consecuentes y con visión de futuro.

 

     16.  Las «Universidades Europeas» están abiertas a socios de todos los tipos de instituciones de educación superior y vinculan a socios universitarios y no universitarios con el mercado laboral, además de incluir de forma general una cooperación diversa con un amplio alcance geográfico en toda Europa.

 

     17.  Las «Universidades Europeas» contribuirán decisivamente a la consecución de la ambiciosa aspiración de unos EEE y EEI innovadores, competitivos a escala mundial y atractivos, en plena sinergia con el EEES, gracias a la ayuda para impulsar la dimensión de excelencia de la educación superior, la investigación y la innovación, promoviendo también la igualdad de género, la inclusión y la equidad, permitiendo una cooperación transnacional sin trabas y ambiciosa entre las instituciones de educación superior en Europa y estimulando la transformación de la educación superior.

 

     18.  Las universidades europeas pueden ser decisivas para adaptar la educación, la formación y la investigación a la era digital, en consonancia con el Plan de Acción de Educación Digital (2021-2027), el EEE y el EEI, mediante el desarrollo de campus interuniversitarios europeos. Esta iniciativa impulsará las sinergias entre la educación superior y la investigación, con la aplicación de modelos innovadores de aprendizaje y enseñanza digitales, a través de prácticas de ciencia abierta, educación abierta y datos abiertos (3).

OBSERVA QUE:

     19.  Tras dos convocatorias de propuestas de Erasmus+, complementadas por el apoyo de Horizonte 2020, hay en estos momentos 41 alianzas piloto de «Universidades Europeas» en las que participan más de 280 instituciones de educación superior, que cubren el 5 % de todas las instituciones de educación superior de toda Europa, y que tienen la capacidad de involucrar al 20 % de los estudiantes europeos, trabajando en pro de su visión compartida y un cambio institucional, con el objetivo de lograr un efecto estructural, sistémico y sostenible en la educación y la formación, la investigación y la innovación, así como de prestar un servicio a la sociedad.

 

     20.  Las dos primeras convocatorias se esforzaron, por una parte, por alcanzar el equilibrio adecuado entre calidad y excelencia, y por otra, una cobertura geográfica inclusiva y equitativa, apoyando la educación innovadora, la transferencia de conocimientos, la investigación y la innovación, con el objetivo de alcanzar los objetivos de la iniciativa, como la cohesión y la competitividad europeas y, al mismo tiempo, fomentar los valores europeos y reforzar la identidad europea.

 

     21.  Las instituciones de educación superior han demostrado ser resilientes en la gestión de los efectos de la pandemia de COVID-19, pero la pandemia también ha puesto de manifiesto deficiencias en relación con el acceso equitativo y el apoyo a los estudiantes, el personal y los investigadores, en particular aquellos con menos oportunidades y competencias digitales, así como a la movilidad de los investigadores en la fase inicial de su carrera. Una encuesta (4) ha mostrado que los miembros de las primeras diecisiete «Universidades Europeas» han considerado que el hecho de pertenecer a una alianza les ha ayudado a desenvolverse en la crisis y probablemente les permita recuperarse más rápidamente gracias a la puesta en común de sus recursos y puntos fuertes.

 

     22.  Los mercados laborales europeos están transformándose rápidamente debido al desarrollo tecnológico, las transiciones digital y ecológica y la reestructuración de la economía, pero también se ven influidos por la pandemia de COVID-19. Hacen falta oportunidades y formatos de aprendizaje flexibles en todas las etapas de la vida y en todas las disciplinas y sectores. Supone una ocasión propicia para que las instituciones de educación superior desarrollen planes y programas de estudios innovadores, soluciones educativas flexibles e itinerarios de aprendizaje alternativos, con el fin de mejorar la calidad, la inclusión y la igualdad de género en la educación superior, además de desarrollar programas educativos y de investigación que respondan a las transiciones digital y ecológica y a los retos socioeconómicos clave, sin dejar de prestar atención a su compromiso con la excelencia.

 

     23.  Las «Universidades Europeas» tienen la capacidad de cultivar el espíritu empresarial y las competencias transversales y fomentar la innovación a través de un flujo de talentos creativos para apoyar la creación y la expansión de empresas emergentes y pymes en Europa, en particular mediante la creación y el refuerzo de la transferencia de tecnología, o el intercambio de conocimientos y capacidades de transferencia de tecnología, apoyando así potencialmente el desarrollo de conceptos novedosos que puedan dar lugar a innovaciones de vanguardia o capaces de generar mercados.

 

     24.  Las «Universidades europeas» están desarrollando enfoques basados en retos para una educación, investigación e innovación compartidas a fin de mejorar la masa crítica interdisciplinaria; están compartiendo capacidades y poniendo en común recursos, reforzando el atractivo de las carreras académicas y de investigación, apoyando el cambio institucional, por ejemplo mediante planes inclusivos de igualdad de género, y reforzando la cooperación con los agentes de los ecosistemas circundantes; están trabajando en pro de la ciencia y la educación abiertas, colaborando con los ciudadanos para resolver los retos sociales y reforzar la excelencia en educación y la investigación para la competitividad mundial.

CELEBRA:

     25.  El hecho de que muchos miembros de la comunidad europea de la educación superior y muchas de sus partes interesadas hayan respondido positivamente a la iniciativa y, por tanto, hayan permitido los avances ya realizados.

 

     26.  La plena puesta en marcha de la Iniciativa «Universidades Europeas» en el marco del programa Erasmus+ 2021-2027 y Horizonte Europa y las sinergias previstas con otros programas, como parte del desarrollo de nuevas estrategias sostenibles conjuntas e integradas a largo plazo en materia de educación y formación, investigación, innovación y servicios a la sociedad, reforzando el cuadrado del conocimiento (5).

 

     27.  La Iniciativa «Universidades Europeas» se esfuerza por mejorar la calidad y lograr un nivel ambicioso de cooperación ampliada entre los centros de educación superior de toda Europa, aprovechando al mismo tiempo las sinergias, por ejemplo, con los títulos conjuntos de máster Erasmus Mundus, las asociaciones de cooperación y las alianzas para la innovación del programa Erasmus+, las comunidades de conocimiento e innovación del Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (CCI-EIT), el Consejo Europeo de Innovación (CEI), las acciones Marie Skłodowska Curie de Horizonte Europa o las asociaciones estratégicas de los programas nacionales regionales y europeos, y otros modelos eficaces regionales y regionales existentes.

RECONOCE QUE:

     28.  La Iniciativa «Universidades Europeas» tiene por objeto contribuir a una Europa más unida, innovadora, digital, conectada y ecológica, abierta al mundo de manera más amplia mediante el aumento de la resiliencia, la excelencia, el atractivo y la competitividad internacional de las instituciones europeas de educación superior, así como de su inclusión geográfica y social y de la igualdad de género.

 

     29.  La Iniciativa tiene también por objeto contribuir a la calidad de la cooperación transnacional a través de estrategias interinstitucionales que combinen el aprendizaje y la enseñanza, la investigación, la innovación y la transferencia de conocimientos a la economía y la sociedad, y que contribuyan al cambio político y social.

 

     30.  Dichas «Universidades Europeas» pueden ser importantes catalizadores para transformar los métodos de aprendizaje y enseñanza e introducir innovaciones en estos. Asimismo, constituyen importantes plataformas para seguir desarrollando las dimensiones investigadora e innovadora en las instituciones de educación superior que necesiten acometer un aprendizaje basado en la investigación, así como unas carreras de investigación y docencia flexibles y atractivas a largo plazo.

 

            31.       En consonancia con la visión de un Espacio Europeo de Educación y su consecución de aquí a 2025, el EEI, y teniendo en cuenta el Comunicado ministerial de Roma, la Iniciativa «Universidades Europeas» —respetando plenamente las competencias de los Estados miembros y el principio de subsidiariedad, la autonomía institucional y la libertad académica, en función de las circunstancias nacionales y regionales y en estrecha cooperación con las autoridades competentes en materia de educación superior de los Estados miembros— deben orientarse hacia:

a)         La promoción de una visión europea común —también de unos valores académicos fundamentales que contribuyan a reforzar la identidad europea— entre todos los estudiantes, docentes, investigadores y miembros del personal, al dotarlos de los conocimientos, capacidades y competencias necesarios para impulsar la transformación hacia una Europa más sostenible, resiliente e inclusiva, y para que cooperen y generen conjuntamente conocimientos en el marco de las diferentes culturas de Europa y del mundo, en diferentes idiomas y a través de las fronteras, los sectores y las disciplinas académicas.

 

b)         La creación de campus interuniversitarios europeos, basados en la inclusión, la equidad, la igualdad de género y la excelencia en el aprendizaje, la enseñanza, la investigación y la innovación, que tengan un amplio alcance geográfico y lleguen a toda Europa.

 

c)         La aportación a estrategias integradas a largo plazo y compartidas en los ámbitos de la educación y formación, la investigación e innovación y los servicios a la sociedad, a fin de aumentar la calidad, el atractivo, la competitividad y la pertinencia de las instituciones europeas de educación superior y reforzar el cuadrado del conocimiento. Las instituciones de educación superior ponen en común, de forma presencial o en línea, recursos, formación, conocimientos especializados, personal, datos e infraestructuras, a fin de aprovechar sus puntos fuertes y aumentar la resiliencia.

 

d)        La exploración de formas nuevas y atractivas de contratación, retribución, evaluación y profesionalización de los docentes, los miembros del personal y los investigadores, velando por que los logros obtenidos en materia de educación, investigación, gestión y emprendimiento gocen de un mayor reconocimiento y haya un equilibrio entre ellos, de manera que se fomenten las mejores prácticas en materia de contratación y desarrollo profesional —con respeto de la conciliación de la vida laboral y la vida privada— y se generen formas renovadas de evaluación y valoración de los resultados.

 

e)         La creación de alianzas cada vez más sólidas mediante el estudio de la viabilidad de la matriculación conjunta de estudiantes y la contratación conjunta de personal docente e investigador, en el marco de los diferentes regímenes nacionales, para que sus carreras en la educación y la investigación sean más atractivas, sostenibles y flexibles dentro de las alianzas.

 

f)         La gestión de los retos sociales y de las necesidades en materia de capacidades en Europa mediante el trabajo en forma de asociación y la creación de equipos europeos generadores de conocimiento, transnacionales y transdisciplinarios, compuestos por estudiantes, personal docente e investigador, también por personal del mundo empresarial, de la innovación y de comunidades más amplias. Las instituciones de educación superior, en cooperación con los ecosistemas circundantes de innovación, preparan a los estudiantes, graduados e investigadores noveles para que maximicen su empleabilidad, aprovechen las oportunidades que se les ofrezcan y se conviertan en agentes del cambio hacia la doble transición ecológica y digital; también amplían y extienden los programas de formación de doctorado y postdoctorado más allá del contexto académico para incluir competencias transversales valiosas para otros sectores, cuando proceda.

 

g)         El avance hacia la integración de la educación para el desarrollo sostenible en todos los niveles y disciplinas, impulsada por la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, promoviendo el enfoque CTIAM (6) y logrando así que los ámbitos de la ciencia, la tecnología, la ingeniería y las matemáticas (CTIM) y las carreras académicas y de investigación sean más atractivos, también para las mujeres.

 

h)         La integración de modalidades combinadas de sus titulaciones previas o su procedencia, al promocionar oportunidades de readaptación de movilidad —es decir, la formación presencial, que debe seguir siendo el formato principal, combinada (7) o virtual (8)— en los planes de estudio, con el fin de aumentar la movilidad de los estudiantes y graduados en todos los niveles y conseguir que la internacionalización interna sea una realidad, con arreglo a las normas de calidad europeas y de los Estados miembros (9).

 

i)          La consecución del aprendizaje permanente como una realidad en la educación superior mediante la oferta de diversas oportunidades educativas y la introducción de pedagogías innovadoras y centradas en el estudiante, impartidas conjuntamente en los campus interuniversitarios europeos, con las que una población estudiantil heterogénea pueda crear itinerarios de aprendizaje flexibles en todos los niveles de sus estudios y durante su carrera profesional. Sin desviarse ni socavar el principio básico de los programas de titulación completa, las microcredenciales (10) podrían contribuir a ampliar las oportunidades de aprendizaje para dar cabida a los estudiantes atípicos y a la demanda de nuevas capacidades en el mercado laboral, hacer que la experiencia de aprendizaje fuese más flexible y modular, facilitar el acceso a la educación superior y motivar a los alumnos, independientemente profesional y formación complementaria, sin dejar de garantizar una educación de calidad.

 

j)          La promoción de la experiencia de forma práctica o en el centro de trabajo con el apoyo de tutores externos, a fin de fomentar la iniciativa empresarial y desarrollar la participación ciudadana.

 

k)         El empeño por que haya una movilidad equilibrada de los estudiantes, movilidad del personal y circulación de cerebros dentro de las alianzas.

 

l)          La creación de entornos de aprendizaje nuevos, más inclusivos e innovadores que lleguen a todos los aprendientes, incluidos los alumnos desfavorecidos y los estudiantes atípicos, y contribuyan a reforzar la calidad y la dimensión social de los sistemas de educación superior europeos.

 

m)        La contribución al refuerzo de las dimensiones investigadora e innovadora en las instituciones de educación superior en Europa mediante el desarrollo de un programa común de actuación, de infraestructuras y recursos compartidos, el fomento de la masa crítica, la consolidación del capital humano y la participación de agentes no pertenecientes al mundo académico en la docencia y la investigación, conectando así con los ecosistemas circundantes de innovación, con los ciudadanos y con la sociedad.

 

n)         El fomento de las «Universidades Europeas» como bancos de pruebas para una enseñanza e investigación innovadoras, también para la evaluación de la carrera académica y de sistemas de retribución que tengan en cuenta, entre otras cosas, las prácticas de ciencia abierta, la calidad de la enseñanza, la transferencia de conocimientos y el acercamiento; la mejora de los sistemas de desempeño de puestos con posibilidad de nombramiento como titular y de la gestión y diversificación de la carrera profesional; y la adopción de principios y prácticas de ciencia abierta, entre ellos la Nube Europea de la Ciencia Abierta y las infraestructuras de publicación de acceso abierto, el intercambio de conocimientos y datos, así como la colaboración abierta.

 

o)         La promoción del refrendo de la «Carta Europea del Investigador» y del «Código de conducta para la contratación de investigadores» (11) y de sus mecanismos de aplicación, entre ellos la Estrategia de Recursos Humanos para Investigadores (HRS4R) y EURAXESS, las Conclusiones del Consejo sobre la profundización del Espacio Europeo de Investigación, así como la futura Plataforma de Talento del EEI, respectivamente,] que tienen por objeto fomentar unas prácticas europeas de desarrollo profesional en la investigación, aplicadas a múltiples trayectorias profesionales.

 

p)         El fomento de un aprovechamiento pleno de la capacidad excelente de investigación e innovación de la UE en los sectores de la educación superior y la investigación, mediante el apoyo a investigadores europeos competitivos y altamente cualificados, el aumento de la excelencia en la investigación y el refuerzo de la transferencia de conocimientos y de la capacidad de innovación en Europa, estableciendo vínculos más estrechos con Horizonte Europa, así como el fomento de la operatividad de la carrera profesional a través de las fronteras, disciplinas y sectores.

 

q)         La colaboración en la determinación de los obstáculos al pleno empleo de la Iniciativa «Universidad Europeas» en todo su potencial y, en la medida de lo posible, la propuesta de soluciones que puedan beneficiar a todo el sistema de educación superior, que se adoptarán en el nivel de toma de decisiones que legalmente corresponda.

 

r)         La actuación como modelos de transformación de la educación superior europea, para que continúen cumpliéndose los compromisos clave de Bolonia, entre ellos el reconocimiento automático de cualificaciones y los periodos de movilidad en el extranjero, y tiendan puentes entre el EEE y el EEI, en plena sinergia con el EEES.

 

s)         La contribución a un aumento de la excelencia en la investigación y en la calidad de la educación, también en el contexto internacional, para así contribuir a la competitividad del sector europeo de la enseñanza superior en el contexto de la carrera mundial por el talento, en concreto a través de la internacionalización de las instituciones de educación superior, la cooperación para resolver los desafíos globales, la promoción de los valores académicos fundamentales y de los valores europeos comunes, la cooperación para luchar contra la injerencia extranjera, la reforma de las carreras y de los sistemas de evaluación de la investigación y la protección de los resultados de la investigación y de los activos intelectuales de conformidad con los principios de acceso abierto y de datos abiertos a escala de la UE.

 

EXHORTA A LOS ESTADOS MIEMBROS A QUE, RESPETANDO PLENAMENTE EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD, AUTONOMÍA INSTITUCIONAL Y LIBERTAD ACADÉMICA Y DE CONFORMIDAD CON LAS CIRCUNSTANCIAS NACIONALES:

     32.  Aprovechen plenamente el potencial de todos los mecanismos de financiación regionales, nacionales y de la UE disponibles, incluidas las nuevas oportunidades que brindan el marco del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, Horizonte Europa e InvestEU, para reforzar los vínculos entre educación y formación, investigación e innovación, a fin de apoyar la iniciativa «Universidades Europeas».

 

     33.  Se esfuercen por encontrar, en la medida de lo posible, mecanismos de cofinanciación para las instituciones de educación superior que participen en la iniciativa «Universidades Europeas», sobre la base de su financiación básica y basada en los resultados o de programas de financiación específicos, o de fondos estratégicos.

 

     34.  Apoyen el desarrollo de capacidades para las regiones con menor intensidad de investigación e innovación, contribuyendo así en última instancia a reducir la brecha en materia de investigación e innovación, así como las disparidades regionales en el acceso a la educación superior, reforzando la excelencia y fomentando una participación más equilibrada de las instituciones de educación superior también en futuras alianzas.

 

     35.  Trabajen juntos a nivel internacional, nacional y regional, así como entre gobiernos e instituciones, para identificar y eliminar, cuando sea necesario, los obstáculos a unos sistemas de educación superior más compatibles y unas alianzas estratégicas más estrechas de las instituciones de educación superior, basándose en el amplio trabajo que ya se ha desarrollado a través del EEE, el EEES y el EEI.

 

     36.  Aprovechen plenamente las medidas de apoyo, como la iniciativa del carné europeo de estudiante, el reconocimiento mutuo automático (12) de las cualificaciones y los períodos de movilidad en los programas de estudio y formación, también por medios digitales, con el fin de eliminar los obstáculos a la movilidad y al desarrollo de la carrera profesional.

 

     37.  Identifiquen y eliminen, cuando sea necesario, los obstáculos al Planteamiento Europeo para la Garantía de la Calidad de los Programas Conjuntos, reforzando los vínculos institucionales y los procedimientos entre las agencias de evaluación, acreditación y garantía de la calidad registradas en el EQAR, a fin de encontrar modalidades de reconocimiento mutuo automático, así como facilitando la aplicación de procedimientos de aseguramiento de la calidad y fomentando la evaluación y acreditación conjuntas de los programas de estudio.

 

     38.  Defiendan y promuevan la libertad académica y la autonomía institucional como principio fundamental de un sistema de educación superior dinámico y de calidad que funcione correctamente, en consonancia con los compromisos asumidos por los ministros responsables de la educación superior del EEES y los ministros de Investigación (13).

EXHORTA A LA COMISIÓN Y A LOS ESTADOS MIEMBROS A QUE, EN CONSONANCIA CON SUS COMPETENCIAS RESPECTIVAS Y RESPETANDO PLENAMENTE EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD:

     39.  Sigan impulsando el establecimiento de modelos de alianzas de excelencia, flexibles, diversos, generalmente equilibrados desde el punto de vista geográfico y sostenibles, vinculados a los ecosistemas locales y regionales, que fomenten la educación, la investigación, la innovación y la creatividad, y el desarrollo de buenas prácticas de cooperación que puedan servir de inspiración a otras instituciones de educación superior, con el objetivo de lograr una movilidad estudiantil equilibrada y sin fisuras, la movilidad de profesores y del personal y la circulación de cerebros, así como una contratación abierta y unas condiciones de carrera y de trabajo más atractivas para los investigadores y el personal.

 

     40.  Garanticen la expansión de la iniciativa, entre otras cosas, permitiendo que las «Universidades Europeas» compartan sus buenas prácticas y experiencias con todas las instituciones de educación superior de Europa, velando por que las reformas, los resultados y las innovaciones impulsados por las «Universidades Europeas» sean plenamente accesibles para aquellos que no participan en estas alianzas y valorando al mismo tiempo las experiencias de otras iniciativas internacionales de colaboración.

 

     41.  Exploren conjuntamente las medidas necesarias para poner a prueba el uso de microcredenciales en la enseñanza superior con el fin de contribuir a ampliar las oportunidades de aprendizaje y de reforzar el papel de las instituciones de educación superior en el aprendizaje permanente.

 

     42.  Apoyen a las «Universidades Europeas», dentro del respeto de su autonomía institucional, a fin de crear la capacidad y los entornos adecuados para fomentar infraestructuras y trayectorias profesionales modernas y sostenibles, así como unas condiciones laborales atractivas, y promover la circulación de cerebros entre todos los socios.

 

     43.  Creen sinergias más sólidas entre la dimensión de la educación superior del EEE, el EEI y el EEES. Las «Universidades Europeas» pueden ser decisivas a la hora de crear importantes puentes con sus enfoques de aprendizaje y enseñanza basados en la investigación y los retos.

 

     44.  Tomen en consideración instrumentos de financiación más sostenibles para las «Universidades Europeas», en particular aprovechando las sinergias de los regímenes regionales y nacionales con los europeos, de modo que puedan cumplir su ambiciosa estrategia, que requiere cambios estructurales e institucionales. Para alcanzar los ambiciosos objetivos de la iniciativa, será necesaria una financiación adecuada para cada alianza, también para las alianzas ya seleccionadas, teniendo en cuenta al mismo tiempo la diversidad de los modelos de cooperación y la variedad de los sistemas de financiación nacionales y regionales.

 

     45.  Fomenten el desarrollo y la utilización de prácticas de aprendizaje, enseñanza, ciencia abierta y educación abierta, innovadoras, eficaces e inclusivas, así como de procedimientos administrativos simplificados, apoyando a las «Universidades Europeas» en el desarrollo y la aplicación de estrategias para infraestructuras digitales y herramientas informáticas.

 

     46.  Apoyen a las «Universidades Europeas» en la consecución del ambicioso objetivo de un 50 % de estudiantes móviles (14) , centrándose en sistemas equilibrados de movilidad física, virtual o combinada y en la circulación de cerebros, y reconociendo que la movilidad física es una prioridad y no puede ser sustituida por otras formas de movilidad, que desempeñan funciones complementarias.

 

     47.  Garanticen que la iniciativa se base en la inclusión y la excelencia y esté abierta a todos los tipos de instituciones de educación superior y a todos los estudiantes, profesores, personal e investigadores que promuevan el uso de infraestructuras, equipos e instalaciones comunes y compartidos.

 

     48.  Hagan un seguimiento periódico y conjunto (15) de la situación de las 41 alianzas de la iniciativa de «Universidades Europeas», así como de otras posibles, en estrecha cooperación con las «Universidades Europeas» y todas las partes interesadas pertinentes, para documentar los resultados obtenidos y el impacto logrado en las dimensiones de la educación y la investigación, así como en la sociedad, y para identificar obstáculos, deficiencias, retos y posibles soluciones, a fin de garantizar el buen funcionamiento y la ejecución de sus actividades transnacionales.

 

     49.  Organicen intercambios continuos entre la Comisión Europea, los Estados miembros, las «Universidades Europeas» y el grupo de expertos ad hoc compuesto por expertos de los Estados miembros y otras partes interesadas pertinentes, con el fin de supervisar los avances, debatir y abordar los obstáculos existentes a la cooperación, desarrollar soluciones y ponerlas en marcha.

 

     50.  Animen a las instituciones de educación superior a que acepten una transformación continua para aprovechar al máximo sus misiones de educación, investigación, innovación y servicios a la sociedad en el EEE y el EEI en plena sinergia con el EEES.

 

     51.  Apoyen una cooperación sostenible entre las instituciones de educación superior a nivel europeo que cumpla los objetivos del EEE, el EEI y el EEES y refuerce la competitividad de las «Universidades Europeas» en el contexto internacional y la carrera mundial para atraer y retener el talento, así como para permitirles conectarse con los ecosistemas locales y regionales.

 

     52.  Apoyen y animen a las «Universidades Europeas» a aumentar la participación de los estudiantes y del personal en las alianzas, lo cual es esencial para el éxito, el desarrollo y la ejecución de la iniciativa, en particular incluyéndolos en las respectivas estructuras de gobernanza.

 

     53.  En el contexto del EEE y respetando plenamente los sistemas nacionales y regionales de educación superior, elaboren propuestas claras, a partir de 2022, junto con las autoridades nacionales y regionales, las instituciones de educación superior y las partes interesadas pertinentes en materia de educación superior, para ayudar a eliminar, cuando sea necesario, los obstáculos a la cooperación a escala europea, estudiando, por ejemplo, la necesidad y viabilidad de titulaciones europeas conjuntas dentro de las alianzas de «Universidades Europeas», y promoviendo una mayor cooperación europea en materia de garantía de calidad y reconocimiento mutuo automático en la educación superior.

EXHORTA A LA COMISIÓN, EN CONSONANCIA CON SUS COMPETENCIAS Y TENIENDO DEBIDAMENTE EN CUENTA EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD, A QUE:

     54.  Informe antes de finales de 2021 sobre los principales resultados de la revisión intermedia de las primeras alianzas, con vistas a que continúe evolucionando la Iniciativa «Universidades Europeas» y todo el ambicioso potencial de estas redes.

 

     55.  Respalde el desarrollo de las «Universidades Europeas» como bancos de pruebas de la interoperabilidad y promoción de la cooperación entre los Estados miembros en lo que refiere a las prácticas europeas en materia de investigación, enseñanza y desarrollo profesional, también de la viabilidad de un planteamiento progresivo hacia unos programas conjuntos de contratación que sirvan a la circulación eficaz de cerebros y a la libre circulación de conocimientos en toda Europa y que aspiren a aumentar el atractivo de las carreras académicas y de investigación europeas, teniendo en cuenta el principio de subsidiariedad, la autonomía de los instituciones de educación superior y el respeto de las diferencias en los regímenes del mercado laboral a escala nacional y regional.

 

     56.  Elabore directrices sobre las modalidades con que los programas, fondos e instrumentos financieros de la UE, en función de sus objetivos, permitirían complementar el apoyo a las «Universidades Europeas» y a otros tipos de alianza entre las instituciones de educación superior, de una manera simplificada y racionalizada, con un presupuesto sólido y durante un periodo prolongado determinado, sin dejar de fomentar las sinergias correspondientes.

 

     57.  Mantenga los acertados planteamientos ascendentes, inclusivos, basados en la excelencia y equilibrados desde el punto de vista geográfico del programa Erasmus+ para 2021-2027, con el apoyo de Horizonte Europa, para que se dé a todo tipo de instituciones de educación superior —también a las cooperaciones transfronterizas y demás iniciativas internacionales de colaboración— la oportunidad de desarrollar unas «Universidades Europeas» ambiciosas, experimentar con diferentes modalidades de cooperación y ser temáticamente abiertos.

 

     58.  Aliente a las «Universidades Europeas» a aprovechar al máximo las políticas e iniciativas que las ayuden a ser más innovadoras y emprendedoras, como por ejemplo HEInnovate e InvestEU, y promueva la colaboración con Horizonte Europa, a fin de crear sinergias y evitar duplicaciones.

 

     59.  Sustente sistemas de intercambio activo entre el mundo académico y la industria, ya que el contacto directo entre estos aportaría valor añadido y respondería mejor a las necesidades del mercado laboral.

 

     60.  Considere recurrir a las plataformas en línea existentes para la promoción y apoyo de las «Universidades Europeas», y para que se facilite el intercambio de mejores prácticas y experiencias.

 

     61.  Prosiga su cooperación estrecha con los Estados miembros e informe periódicamente al Consejo sobre los avances del proceso de creación conjunta y ulterior desarrollo de la Iniciativa «Universidades Europeas», en concreto a través del comité del programa Erasmus+ y del comité del programa Horizonte Europa que incluye el componente «Ampliar la participación y fortalecer el EEI», así como a través del grupo de expertos ad hoc y del Foro del EEI para la Transición.


(1)  Tal y como se puso de relieve en la Resolución del Consejo sobre educación y formación en el Semestre Europeo: garantizar debates fundamentados sobre las reformas y las inversiones, disponible en: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32020G0227(01)

(2)  Tal y como se subrayó en la Declaración de Libertad Académica aneja al Comunicado de Roma adoptado el 19 de noviembre de 2020 en la Conferencia Ministerial del Espacio Europeo de Educación Superior, así como en la Declaración de Bonn de 20 de octubre de 2020.

(3)  La ciencia abierta es un cambio de sistema que permite mejorar la ciencia mediante formas abiertas y colaborativas de producir y compartir conocimientos y datos lo antes posible en el proceso de investigación, así como de comunicar y compartir los resultados: https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/research_and_innovation/knowledge_publications_tools_and_data/documents/ec_rtd_factsheet-open-science_2019.pdf

La educación abierta es una forma de impartir conocimientos, a menudo utilizando tecnologías digitales. Su objetivo es ampliar el acceso y la participación de todos eliminando barreras y haciendo que el aprendizaje sea accesible, rico y personalizable para todos. Ofrece múltiples maneras de enseñar y aprender, creando conocimientos y compartiéndolos. También ofrece multitud de vías de acceso a la educación formal y no formal, y conecta las dos (Opening up Education: A Support Framework for Higher Education Institutions [Abrir la educación. Marco de apoyo a las instituciones de educación superior], 2016, disponible solo en inglés).

Por general, se entiende por datos abiertos los datos en formatos abiertos que puede utilizar, reutilizar y compartir libremente cualquier persona con cualquier fin. (Directiva (UE) 2019/1024 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a los datos abiertos y la reutilización de la información del sector público).

(4)  Encuesta de la Iniciativa «Universidades Europeas» sobre el efecto de la COVID-19 en las universidades europeas. Puede consultarse en inglés en la dirección: https://ec.europa.eu/programmes/erasmus-plus/resources/documents/coronavirus-european-universities-initiative-impact-survey-results_en

(5)  Un concepto entendido como la intersección de cuatro ámbitos principales: educación, investigación, innovación y servicio a la sociedad. (Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones relativa a la consecución del Espacio Europeo de Educación de aquí a 2025).

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/HTML/?uri=CELEX:52020DC0625&rid=4

(6)  CTIAM: siglas correspondientes a ciencia, tecnología, ingeniería, artes y matemáticas.

El enfoque CTIAM de aprendizaje y enseñanza conecta las CTIM con otros ámbitos de estudio. Promueve capacidades transversales como las competencias digitales, el pensamiento crítico, la resolución de problemas, las capacidades de gestión y emprendimiento, así como la cooperación con asociados no pertenecientes al mundo académico, y responde a los retos económicos, medioambientales, políticos y sociales. CTIAM fomenta la combinación de conocimientos necesaria en el mundo real y la curiosidad natural. La definición procede de la Actividad de Aprendizaje entre Iguales en torno a la educación CTIM, Viena, marzo de 2020 (https://ec.europa.eu/education/sites/default/files/document-library-docs/et-2020-newsletter-may-2020.pdf).

[Véase también el documento de trabajo de la Comisión COM(2020) 625, página 20.]

(7)  Combinación de movilidad física con un componente virtual que facilita el intercambio educativo colaborativo en línea y el trabajo en equipo. Comisión Europea: Guía del programa ERASMUS+ (versión 1 de 25.3.2021), disponible en: https://ec.europa.eu/programmes/erasmus-plus/resources/programme-guide_es

(8)  La movilidad virtual es un conjunto de actividades respaldadas por las tecnologías de la información y de las comunicaciones, incluido el aprendizaje electrónico, que hacen realidad o facilitan experiencias colaborativas internacionales en un contexto docente, de formación o de aprendizaje. Comisión Europea: Guía del programa ERASMUS+ (versión 1 de 25.3.2021), disponible en: https://ec.europa.eu/programmes/erasmus-plus/resources/programme-guide_es

(9)  Es decir, las Normas y Directrices Europeas en materia de Garantía de la Calidad.

(10)  Una microcredencial es una prueba de los resultados del aprendizaje que ha adquirido una persona tras una experiencia de aprendizaje breve. (Definición provisional del grupo de consulta ad hoc para la versión definitiva del informe final, con expertos en educación superior: «A European approach to micro-credentials - output of the micro-credentials higher education consultation group» («Un enfoque europeo de las microcredenciales: aportes del grupo de consulta sobre las microcredenciales en la educación superior») https://ec.europa.eu/education/sites/default/files/document-library-docs/european-approach-micro-credentials-higher-education-consultation-group-output-final-report.pdf).

(11)  Documento 2005/251/CE.

(12)  En consonancia con la Recomendación del Consejo de 26 de noviembre de 2018 relativa a la promoción del reconocimiento mutuo automáticode las cualificaciones de educación superior y de educación secundaria postobligatoria, y de los resultados de los períodos de aprendizaje en el extranjero (DO C 444 de 10.12.2018, p. 1), y en consonancia con los principios del Convenio de Reconocimiento de Lisboa.

(13)  Declaración de Libertad Académica aneja al Comunicado de Roma adoptado el 19 de noviembre de 2020 en la Conferencia Ministerial del Espacio Europeo de Educación Superior, así como en la Declaración de Bonn de 20 de octubre de 2020.

(14)  Comisión Europea. (2020). Guía del Programa Erasmus+. Versión 3 (2020): 25/08/2020, p. 132, disponible en: https://ec.europa.eu/programmes/erasmus-plus/sites/default/files/erasmus_programme_guide_2020_v3_es.pdf

(15)  Estados miembros, Comisión Europea (DG EAC y DG RTD).


ANEXO

Contexto político

ANEXO

Contexto político

1. Conclusiones del Consejo sobre una agenda renovada de la UE para la educación superior (20 de noviembre de 2017).

2. Conclusiones del Consejo Europeo (14 de diciembre de 2017).

3. Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones sobre el Plan de Acción de Educación Digital (17 de enero de 2018).

4. Conclusiones del Consejo sobre la adquisición de una visión del Espacio Europeo de Educación (22 de mayo de 2018).

5. Conclusiones del Consejo Europeo (28 de junio de 2018).

6. Recomendación del Consejo relativa a la promoción del reconocimiento mutuo automático de las cualificaciones de educación superior y de educación secundaria postobligatoria, y de los resultados de los períodos de aprendizaje en el extranjero (26 de noviembre de 2018).

7. Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones titulada «Plan Coordinado sobre la Inteligencia Artificial» (7 de diciembre de 2018).

8. Conclusiones del Consejo tituladas «Hacia una Unión cada vez más sostenible para 2030» (9 de abril de 2019).

9. Conclusiones del Consejo sobre el futuro de una Europa altamente digitalizada más allá de 2020: «Impulsar la competitividad digital y económica en toda la Unión y la cohesión digital» (7 de junio de 2019).

10. Consejo Europeo: Una nueva Agenda Estratégica para 2019-2024 (20 de junio de 2019).

11. Conclusiones del Consejo sobre la función esencial que desempeña el aprendizaje permanente para empoderar a las sociedades de modo que puedan afrontar la transición tecnológica y ecológica apoyando un crecimiento inclusivo y sostenible (8 de noviembre de 2019).

12. Resolución del Consejo sobre un mayor desarrollo del Espacio Europeo de Educación para apoyar unos sistemas de educación y formación orientados al futuro (8 de noviembre de 2019).

13. Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada «El Pacto Verde Europeo» (11 de diciembre de 2019).

14. Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada «Una Europa social fuerte para unas transiciones justas» (14 de enero de 2020)

15. Resolución del Consejo sobre educación y formación en el Semestre Europeo: garantizar debates fundamentados sobre las reformas y las inversiones (27 de febrero de 2020)

16. Conclusiones del Consejo sobre la lucha contra la crisis de la COVID-19 en el ámbito de la educación y la formación (16 de junio de 2020).

17. Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada «Agenda de Capacidades Europea para la competitividad sostenible, la equidad social y la resiliencia» (1 de julio de 2020).

18. Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada «Plan de Acción de Educación Digital 2021-2027 – Adaptar la educación y la formación a la era digital» (30 de septiembre de 2020).

19. Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones relativa a la consecución del Espacio Europeo de Educación de aquí a 2025 (30 de septiembre de 2020).

20. Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada «Un nuevo EEI para la investigación y la innovación» (1 de octubre de 2020).

21. Comunicado de Roma adoptado en la Conferencia Ministerial del Espacio Europeo de Educación Superior (19 de noviembre de 2020).

22. Conclusiones del Consejo sobre la educación digital en las sociedades europeas del conocimiento (24 de noviembre de 2020).

23. Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada «Plan de Acción en materia de Integración e Inclusión para 2021-2027» (24 de noviembre de 2020).

24. Conclusiones del Consejo sobre el nuevo Espacio Europeo de Investigación (1 de diciembre de 2020).

25. Resolución del Consejo relativa a un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación con miras al Espacio Europeo de Educación y más allá (2021-2030) (18 de febrero de 2021).

26. Conclusiones del Consejo sobre la profundización del Espacio Europeo de Investigación: ofrecer a los investigadores carreras profesionales y condiciones laborales atractivas y sostenibles y hacer realidad la circulación de cerebros (28 de mayo de 2021).]

 


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