Por: Carlos A. FERREYROS SOTO
Doctor en Derecho
Universidad de Montpellier I Francia.
RESUMEN
Después del derecho de acceso en 2024, el derecho a la supresión ha sido elegido por la CNIL y sus homólogos europeos como tema de investigación a nivel europeo para el año 2025.
El derecho de
supresión en el Perú se manifiesta en el Art. 2 Definiciones, de la Ley
N° 29733, en las nociones de Tratamiento: 19. Tratamiento de datos personales; Artículo 20. Derecho de actualización, inclusión, rectificación y
supresión; Artículo 22. Derecho de
oposición. "En caso de
oposición justificada, el titular o el encargado de tratamiento de datos
personales, según corresponda, debe proceder a su supresión, conforme a
ley”; Artículo 27. Limitaciones (a los derechos) "por
razones fundadas en la protección de derechos e intereses de terceros o cuando
ello pueda obstaculizar actuaciones judiciales o administrativas,…"
Y en el nuevo Reglamento,
el concepto de supresión se asocia a las nociones de Bloqueo y Cancelación.
Esta última es considerada equivalente a supresión. Sin embargo, conforme al
tercer párrafo del Artículo 20 de la Ley:
"Dicho bloqueo no es aplicable a las entidades públicas que requieren de tal información para el adecuado ejercicio de sus competencias, según ley, las que deben informar que se encuentra en trámite cualquiera de los mencionados procesos".
3. "Cancelación: Es la acción o medida que en la Ley se describe como supresión, cuando se refiere a datos personales, que consiste en eliminar o suprimir los datos".
A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico:cferreyros@hotmail.com
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17 de marzo de 2025
Después del derecho de acceso en 2024, el derecho a la
supresión ha sido elegido por la CNIL y sus homólogos europeos como tema de investigación
a nivel europeo para el año 2025.ño de la fuen
Por cuarto año consecutivo, la CNIL y varios de sus homólogos europeos
participan a una acción coordinada ( marco de aplicación coordinada ) del Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) .
Luego de realizar investigaciones sobre la nube en 2022, la designación y la función de los delegados de
protección de datos (DPD) en 2023 y el respeto del derecho de acceso en 2024, la CNIL procederá a
realizar controles en 2025 sobre el respeto al derecho de supresión.
El derecho de supresión es uno de los derechos más
frecuentemente ejercidos y ha sido objeto de una proporción muy significativa
de reclamaciones recibidas
por la CNIL (37% en 2024) y, más ampliamente, por sus homólogos europeos.
El ejercicio de este derecho permite a una persona solicitar a un organismo
la eliminación de sus datos personales en las condiciones previstas en el
artículo 17 del RGPD. El constituye un medio para que los interesados controlen sus
datos.
Como recordatorio, los responsables del tratamiento de
datos están obligados a responder a las solicitudes de derecho de supresión de
las personas físicas (artículos 12 y 17 del RGPD).
Los controles de la CNIL tendrán como objetivo verificar la manera de cómo
se ejerce el derecho de supresión por parte de los organismos, algunos de los
cuales son objeto de una denuncia recibida ante la CNIL.
Los resultados de estas investigaciones se compartirán con los homólogos
europeos de la CNIL. La CNIL podrá entonces decidir enseguida, de manera
autónoma las medidas que deben adoptarse, adoptando medidas correctivas, por
ejemplo, requerimientos o sanciones, si se detectan infracciones. El SEPD
publicará un informe sobre los resultados de esta campaña una vez finalizadas
las acciones.
Texto de referencia
Para profundizar
·
Webmasters
o administradores de sitios: cómo responder a las solicitudes de eliminación de
datos
·
CEF
2025: Lanzamiento de una implementación coordinada del derecho a la supresión -
CEPD
Texto de referencia
Texto de referencia
·
Artículo
17 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) – Derecho de supresión
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#Controles #CEPD #Derecho a la supresión
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