jueves, 5 de septiembre de 2024

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA EUROPEO - TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES - TUTOR CALIFICA COMO RESPONSABLE DE TRATAMIENTO. ALEMANIA.

 Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

 

cferreyros@hotmail.com

RESUMEN

Procedimiento prejudicial: Petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Hannover – Alemania.

Protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales - Reglamento (UE) 2016/679 - Artículo 2, apartado 2, letra c) - Ámbito de aplicación - Exclusiones - Actividad exclusivamente personal o doméstica - Artículo 4, punto 7 - Responsable del tratamiento - Lengua de procedimiento: alemán Protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales - Reglamento (UE) 2016/679 - Artículo 2, apartado 2, letra c) - Ámbito de aplicación - Exclusiones - Actividad exclusivamente personal o doméstica - Artículo 4, punto 7 - Responsable del tratamiento -

Órgano jurisdiccional remitente: Landgericht Hannover

Partes en el procedimiento principal:

Partes Demandantes: MK

Parte Demandada: WB

Fallo del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 11 de julio de 2024, publicado en el Diario Oficial el 02.09.2024. El artículo 4, punto 7, del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos),

debe interpretarse en el sentido de que:

un antiguo curador que ha ejercido sus funciones a título profesional respecto de una persona sujeta a su curatela debe calificarse de «responsable del tratamiento», en el sentido de dicha disposición, de los datos personales en su posesión relativos a esa persona y de que dicho tratamiento debe respetar todas las disposiciones del mencionado Reglamento, en particular su artículo 15.

A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico:cferreyros@hotmail.com

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European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2024/5194

2.9.2024

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 11 de julio de 2024 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Hannover – Alemania) – MK / WB

[Asunto C-461/22,  (1) MK (Curador profesional)]

(Procedimiento prejudicial - Protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales - Reglamento (UE) 2016/679 - Artículo 2, apartado 2, letra c) - Ámbito de aplicación - Exclusiones - Actividad exclusivamente personal o doméstica Protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales - Reglamento (UE) 2016/679 - Artículo 2, apartado 2, letra c) - Ámbito de aplicación - Exclusiones - Actividad exclusivamente personal o doméstica - Artículo 4, punto 7 - Responsable del tratamiento - 

(C/2024/5194)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Landgericht Hannover

Partes en el procedimiento principal

Demandante: MK

Demandada: WB

Fallo

El artículo 4, punto 7, del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos),

debe interpretarse en el sentido de que

un antiguo curador que ha ejercido sus funciones a título profesional respecto de una persona sujeta a su curatela debe calificarse de «responsable del tratamiento», en el sentido de dicha disposición, de los datos personales en su posesión relativos a esa persona y de que dicho tratamiento debe respetar todas las disposiciones del mencionado Reglamento, en particular su artículo 15.


(1)   DO C 398 de 17.10.2022.


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/5194/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)


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