Por: Carlos A. FERREYROS SOTO
Doctor en Derecho
Universidad de Montpellier I Francia.
RESUMEN
En el presente Dictamen el Comité Económico
y Social Europeo (CESE) manifiesta su preocupación por el alcance y la difusión
de las campañas de desinformación en toda la Unión Europea antes de las elecciones
de 2024. Se trata de la continuación de sus anteriores Dictámenes relativos al Plan
de Acción contra la Desinformación (1) (2).
Pide a las instituciones europeas que reflexionen
con carácter de urgencia sobre los factores que siguen haciendo posible que la desinformación
y la información errónea pongan en peligro la libertad de expresión pública y provoquen
un debate polarizado en el que el odio prevalece sobre la información fáctica.
Es necesaria una estrategia articulada que
incluya todos los diferentes peligros a los que nos enfrentamos en línea, esto es,
la desinformación, las amenazas híbridas y la cíberseguridad.
Propone que la Comisión Europea, el Consejo
y todos los Estados miembros se comprometan a poner en práctica una estrategia multifactorial
que refuerce todas las medidas anteriores de lucha contra la desinformación mediante
la consolidación de la normativa destinada a evitar el uso de plataformas digitales
por identidades falsas organizadas; que permita a la ciudadanía elegir cómo utiliza
las redes sociales y las plataformas digitales sin el actual monopolio de los métodos
del «capitalismo de la vigilancia» (3), y adopte medidas conjuntas a fin
de garantizar la calidad y el pluralismo que el periodismo necesita para actuar
como la primera línea de defensa contra la desinformación.
A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico:cferreyros@hotmail.com
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Diario Oficial | ES Serie C |
C/2024/4052 | 12.7.2024 |
Dictamen Comité Económico y Social Europeo
Proteger la democracia contra la desinformación
(Dictamen de iniciativa)
(C/2024/4052)
Ponentes: John COMER
Carlos Manuel TRINDADE
Asesores | Frank ALLEN (por el Sr. COMER) Paulo PENA (por el Sr. TRINDADE) |
Decisión de la Asamblea | 13.12.2023 |
Base jurídica | Artículo 52, apartado 2, del Reglamento interno |
Sección competente | Transportes, Energía, Infraestructuras y Sociedad de la Información |
Aprobado en sección | 4.4.2024 |
Aprobado en el pleno | 24.4.2024 |
Pleno n.o | 587 |
Resultado de la votación (a favor/en contra/abstenciones) | 161/0/2 |
1. Conclusiones y recomendaciones
1.1. En el presente Dictamen, el Comité
Económico y Social Europeo (CESE) manifiesta su preocupación por el alcance y la
difusión de las campañas de desinformación en toda la Unión Europea antes de las
elecciones de 2024. Se trata de la continuación de sus anteriores Dictámenes relativos
al Plan de Acción contra la Desinformación (1)
(2).
1.2. Pide a las instituciones europeas
que reflexionen con carácter de urgencia sobre los factores que siguen haciendo
posible que la desinformación y la información errónea pongan en peligro la libertad
de expresión pública y provoquen un debate polarizado en el que el odio prevalece
sobre la información fáctica.
1.3. Propone que la Comisión Europea,
el Consejo y todos los Estados miembros se comprometan a poner en práctica una estrategia
multifactorial que refuerce todas las medidas anteriores de lucha contra la desinformación
mediante la consolidación de la normativa destinada a evitar el uso de plataformas
digitales por identidades falsas organizadas; que permita a la ciudadanía elegir
cómo utiliza las redes sociales y las plataformas digitales sin el actual monopolio
de los métodos del «capitalismo de la vigilancia» (3),
y adopte medidas conjuntas a fin de garantizar la calidad y el pluralismo que el
periodismo necesita para actuar como la primera línea de defensa contra la desinformación.
1.4. Dado que se cuenta con todos los
medios tecnológicos para luchar contra la desinformación, es necesaria una estrategia
articulada que incluya todos los diferentes peligros a los que nos enfrentamos en
línea, esto es, la desinformación, las amenazas híbridas y la cíberseguridad. Esta
estrategia articulada debe adoptarse respetando plenamente nuestros valores democráticos
fundamentales, como la libertad de expresión. Los intereses privados no pueden superponerse
al interés público.
1.5. Pide a la Comisión Europea que garantice
que la información esté disponible con independencia de la crisis del modelo de
negocio que afecta a los medios de comunicación. Todos los estudios revelan que
Europa tiene un problema de pluralismo en los medios de comunicación (4).
Un primer paso imprescindible para garantizar que el pluralismo no dependa de normas
estrictas del mercado es catalogar el periodismo como bien público europeo, siguiendo
la propuesta de la UNESCO (5).
La libertad editorial de los periodistas, su seguridad y su derecho a acceder a
las fuentes de información son aspectos fundamentales.
1.6. Pide, tras un estudio exhaustivo
de las políticas públicas sobre la financiación de los medios de comunicación, que
se emprendan acciones legislativas que garanticen un sistema de medios de comunicación
de servicio público independiente y financiado de manera adecuada. Los derechos
de los medios de comunicación independientes también deben protegerse para garantizar
el pluralismo.
1.7. A este respecto, recomienda a la
Comisión que estudie la viabilidad de un canal de noticias público europeo, disponible
en diferentes plataformas y en todas las lenguas nacionales, con un compromiso editorial
independiente que permita a todos los ciudadanos y ciudadanas europeos acceder a
la información que necesitan para tomar decisiones con conocimiento de causa.
1.8. Pide a la Comisión Europea que elabore
un plan que garantice la calidad de la información local y regional.
1.9. Propone que se adopten instrumentos
que fomenten la cooperación entre los medios de comunicación nacionales, regionales
y locales en Europa.
1.10. Pide a la Comisión Europea que
evalúe el efecto de la normativa actual aplicada a las redes sociales y las plataformas
digitales en relación con la desinformación y que adopte las medidas legislativas
necesarias para que sea efectiva.
1.11. Considera esencial revisar las
normas vigentes en materia de publicidad dirigida, al tiempo que solicita una mayor
protección en relación con la recopilación de datos individuales. La recogida de
datos personales por parte de las redes sociales y las plataformas digitales, en
muchos casos sin el consentimiento informado de sus usuarios, debe abordarse en
las futuras revisiones de la legislación sobre protección de datos.
1.12. Solicita a la Comisión y al Parlamento
que pidan a las empresas digitales que publiquen su lista de todos los tipos de
datos de usuarios que recopilan en las redes o plataformas sociales. En caso de
que esta información no se obtenga por medio de un acto voluntario de las empresas,
la UE debería legislar para proteger a la ciudadanía.
1.13. Propone que la legislación de la
UE incluya un capítulo sobre la libertad de elección en relación con el diseño de
algoritmos. La ciudadanía también debería poder aceptar o rechazar características
de los algoritmos. A fin de equilibrar los derechos de propiedad intelectual de
las empresas y los derechos fundamentales de la ciudadanía, todas las redes sociales
y plataformas deberían dar a sus usuarios la posibilidad de elegir entre diversas
opciones algorítmicas. Se debe permitir a las instituciones de interés social proponer
a estas redes y plataformas diseños de algoritmos alternativos que puedan ofrecer
un modelo diferente de organización de los flujos de información, la publicidad
y la recopilación de datos.
1.14. Propone que la Comisión regule
el problema persistente de la manipulación de identidades en las plataformas digitales.
Identificar los bots de origen extranjero
y los bots que simulan ser personas debe
constituir un requisito legal.
1.15. Recomienda que la Comisión proponga
un conjunto de condiciones para acceder a las redes sociales y a las plataformas
digitales que restrinja el uso de identidades falsas, sin poner en peligro los derechos
al anonimato y a la protección de los denunciantes garantizados en la legislación
europea vigente, con vistas a un esfuerzo global por ofrecer herramientas de alfabetización
mediática, cultura y democracia, no solo en todos los niveles educativos, sino también
dirigidas a todos los grupos de edad y minorías. En Finlandia, las herramientas
para promover el pensamiento crítico forman parte integrante del sistema educativo,
desde la guardería hasta la universidad, lo que prepara a la juventud para luchar
contra todas las fuentes de desinformación. Un sistema similar debería aplicarse
en toda la UE.
1.16. Pide un estudio que recopile y
analice el nivel actual de monetización de la desinformación en las redes sociales
y las plataformas digitales. La legislación de la UE no debe permitir que la manipulación
y la incitación al odio se conviertan en fuente de ingresos.
1.17. Recuerda a la Comisión Europea
y al Consejo que la desinformación también es consecuencia de la desatención por
parte del estamento político. Desde hace décadas, se asiste a un aumento constante
de las desigualdades en materia de ingresos, riqueza y territorio, que ha dado lugar
a una ruptura de la sociedad y a la aparición de comunidades separadas cuyas convicciones
se ven reforzadas por el uso de sus propias redes que, a su vez, se apoyan en la
utilización de redes digitales específicas. Las personas vulnerables que salen perdiendo
como consecuencia de esta evolución son presa fácil de determinados tipos de desinformación.
El CESE recomienda que se refuercen todas las políticas de la UE para afrontar este
problema.
1.18. Advierte a las autoridades europeas
de la urgente necesidad de evaluar los riesgos de adicción que crean las redes sociales
y las plataformas digitales entre los grupos vulnerables de nuestras sociedades
y de regular el uso comercial de la IA y los algoritmos para que no incrementen
ese riesgo.
2. Introducción
2.1. La desinformación puede definirse
como información falsa, inexacta o engañosa creada y difundida deliberadamente para
engañar a la ciudadanía e influir en la opinión pública. La información errónea
puede definirse como información falsa o inexacta, incluidos los rumores y chismes
difundidos sin intención maliciosa.
2.2. La desinformación en línea representa
una amenaza sustancial para las democracias. Erosiona la confianza en las instituciones
y en los medios de comunicación y perjudica a los sistemas democráticos. La desinformación
en línea hace que algunas personas presten oídos a todo tipo de teorías de conspiración.
Asuntos emergentes
2.3. El auge de la inteligencia artificial
ha provocado el desarrollo de nuevas formas de desinformación e información errónea
mediante la producción, manipulación y modificación artificiales de datos y contenido
multimedia por medios automatizados, en especial algoritmos de inteligencia artificial,
para engañar o cambiar el significado original.
2.4. Las ultra falsificaciones utilizan
potentes técnicas derivadas del aprendizaje automático y de la inteligencia artificial
para manipular y generar contenido visual y sonoro con el potencial de engañar deliberadamente
a millones de personas mediante la difusión de noticias falsas, bulos y fraudes
financieros.
2.5. En ocasiones, las historias de desinformación
pueden clasificarse como noticias falsas empleadas con fines propagandísticos y
diseñados intencionalmente para engañar y subvertir las normas democráticas.
2.6. La desinformación se utiliza con
frecuencia para desacreditar puntos de vista opuestos mediante la tergiversación
deliberada y la promoción de falsas teorías de conspiración.
2.7. La forma más obvia en que la desinformación
distorsiona y socava el debate democrático es convenciendo a la gente para que crea
cosas que no son ciertas.
2.8. La desinformación y la información
errónea no son fenómenos nuevos. Las redes sociales han revolucionado su difusión.
2.9. La desinformación se utiliza para
socavar la integridad y la competencia de las sociedades democráticas, los gobiernos
y las figuras públicas.
Efectos políticos
2.10. La desinformación es una de las
herramientas esenciales para los defensores de los regímenes autocráticos en la
actual batalla política entre estos y los defensores de la democracia y la libertad.
En la historia de la guerra, uno de los contendientes siempre ha recurrido a la
producción de la llamada «contrainformación» para crear disensión, debilidad o duda
en la base de apoyo social de su oponente.
2.11. El proceso masivo de desinformación
que están atravesando actualmente los regímenes democráticos, en el que se utilizan
las tecnologías de comunicación más avanzadas, es parte de la misma lógica y persigue
el mismo objetivo: ganar la batalla entre los defensores de la democracia y los
de la autocracia.
2.12. Este proceso contra la democracia
lo llevan a cabo fuerzas de extrema derecha y otras formas de extremismo. El peligro
actual para las democracias está representado por quienes no respetan las democracias
liberales, las relaciones internacionales regidas por la Carta de las Naciones Unidas,
los derechos humanos, la integración europea, el Estado del bienestar y los convenios
de la Organización Internacional del Trabajo. De esta manera, estos agentes, en
ocasiones apoyados por Estados autocráticos, han intervenido en las elecciones democráticas,
con consecuencias negativas.
2.13. Por consiguiente, la lucha contra
la desinformación es uno de los frentes más importantes de la batalla más general
que se libra actualmente entre los defensores de la libertad y la democracia y las
fuerzas políticas autocráticas. En este contexto, para que la democracia gane esta
batalla fundamental se necesita una acción decisiva y una cantidad muy importante
de recursos.
Luchar contra la desinformación
2.14. Para poder combatir la amenaza
de la desinformación, los Estados democráticos deben apoyar firmemente las estrategias
de alfabetización mediática que puedan dotar a la ciudadanía, especialmente a la
juventud y a las personas mayores, de herramientas para discriminar entre la información
producida con un método de escepticismo empírico y las teorías de conspiración que
socavan la confianza pública.
2.15. Las democracias de todo el mundo
se enfrentan a un torrente de operaciones de desinformación e injerencia extranjera,
con potencial para desestabilizar las instituciones democráticas y exacerbar las
divisiones en la sociedad, minando la confianza de la ciudadanía en las instituciones
democráticas.
2.16. Los agentes malintencionados crean
una identidad falsa en las redes sociales para dirigirse a grupos específicos (por
ejemplo, grupos raciales concretos o personas de una orientación sexual particular)
con el fin de generar divisiones y conflictos sociales.
2.17. Los troles suelen utilizar la agresión
verbal y el discurso de odio, empleando un lenguaje racista o misógino para provocar
confusión y polarización deliberadas en el proceso democrático.
2.18. En una encuesta del Eurobarómetro
(2018), el 83 % de los encuestados declaró que las noticias falsas suponen un peligro
para la democracia y se mostraron especialmente preocupados por la desinformación
deliberada destinada a influir en las elecciones y la política migratoria.
2.19. En particular, la desinformación
relativa a todas las minorías representa un grave problema en muchos Estados miembros.
2.20. Gran parte de la desinformación
se dirige a personas y grupos con el objetivo de reforzar sus creencias ideológicas.
El seguimiento generalizado del historial de búsquedas en internet que realiza cada
persona permite a los proveedores de desinformación determinar sus preferencias
y creencias.
2.21. Los gobiernos también pueden ser
proveedores de campañas de desinformación. El Gobierno ruso emprendió una campaña
de desinformación en su guerra contra Ucrania. Las teorías conspirativas sobre la
pandemia de COVID-19 y la manipulación de la información durante el referéndum sobre
la salida del Reino Unido de la UE son ejemplos que demuestran las consecuencias
de la desinformación y los discursos falsos, que conducen a una erosión generalizada
de la confianza en las instituciones democráticas.
2.22. En Estados Unidos, la desinformación
promovida por Donald Trump para los comicios de 2020, cuando afirmó que le habían
robado las elecciones, provocó una grave disfunción del sistema político.
2.23. Las propias plataformas de redes
sociales y los diversos organismos reguladores no han logrado controlar la desinformación
ni la información errónea en línea. El CESE propone que la Comisión estudie soluciones
para abordar este problema, incluida la adopción de medidas legislativas.
3. Observaciones generales
3.1. La democracia en la UE se enfrenta
a grandes retos, que van desde el auge del extremismo y la interferencia electoral
hasta las amenazas híbridas.
3.2. El Observatorio Europeo de los Medios
de Comunicación Digitales (EDMO), que debe reforzarse, sirve como centro para verificadores
de datos, académicos y demás partes interesadas, y es independiente de las autoridades
públicas, incluida la Comisión. Su objetivo es mejorar la detección de la desinformación
en línea y capacitar a la ciudadanía para responder a la misma.
3.3. En 2020, la UE puso en marcha el
Plan de Acción para la Democracia Europea y, en 2023, siguió con un paquete de Defensa
de la Democracia.
3.4. El objetivo principal de estas propuestas
es desarrollar la capacidad de los Estados miembros para hacer frente a los riesgos
relacionados con las elecciones, la desinformación y las ciberamenazas.
3.5. El Reglamento de Servicios Digitales
se aplica a las plataformas de redes sociales de muy gran tamaño desde agosto de
2023 y se aplicará a todas las plataformas a partir de febrero de 2024. Esta legislación
protege a los consumidores y sus derechos fundamentales en línea mediante el establecimiento
de normas claras y proporcionadas. Su objetivo es mitigar los riesgos sistémicos,
como la manipulación de datos o la desinformación.
3.6. El Reglamento Europeo sobre la Libertad
de los Medios de Comunicación también representa un intento positivo de la Comisión
de regular el pluralismo de los medios de comunicación y la libertad de información
en un momento en que la crisis del modelo empresarial de los medios de comunicación
pone en peligro el periodismo y su método de verificación de datos. Defender la
libertad editorial de los periodistas, salvaguardar su derecho a acceder a las fuentes
de información, proteger su integridad y velar por su seguridad son aspectos esenciales
de la defensa de la libertad de información que la Unión Europea debe garantizar
en todo caso.
3.7. El periodismo libre e independiente
debe declararse un bien público europeo, en consideración de su importancia como
facilitador de un debate público libre y de decisiones individuales informadas.
3.8. El CESE considera que todas estas
propuestas son avances positivos en el esfuerzo para hacer frente a la desinformación,
pero cabe dudar de que vayan lo bastante lejos como para resolver el problema.
4. Observaciones particulares
4.1. Sobre unos medios de comunicación
de servicio público
4.1.1. La UE sigue careciendo de una
«opinión pública» común que encuadre el debate conjunto sobre las políticas que
afectan a todos los Estados miembros. Sin ella, el proyecto europeo es vulnerable
a los sesgos nacionalistas. Construir un debate público fuerte, conjunto y transparente
que evite estereotipos debería ser uno de nuestros objetivos para el futuro. Sopesar
la posibilidad de apoyar canales de información paneuropeos multilingües puede ser
un primer paso.
4.1.2. Los medios de comunicación de
servicio público son esenciales. Deben financiarse con fondos públicos y ser independiente
del gobierno del momento. Esto puede ser problemático en el caso de los regímenes
autoritarios. Asimismo, es necesario contar con medios de comunicación independientes
para garantizar el equilibrio en los comentarios públicos y las cuestiones políticas.
Los medios de comunicación tradicionales también deben desempeñar un papel al respecto.
4.2. Sobre la participación de la ciudadanía
y la sociedad civil en la lucha contra la desinformación
4.2.1. La información errónea y la desinformación
se dirigen en especial a las personas que se sienten alienadas de la sociedad. Tenemos
que construir una sociedad más justa y equilibrada en la que las personas se sientan
parte de una verdadera comunidad y reducir la brecha social y económica de nuestra
sociedad.
4.2.2. El CESE coincide con la Comisión
en que una respuesta integral a la desinformación requiere también la participación
activa de las organizaciones de la sociedad civil, incluido el CESE.
4.2.3. La desinformación tiene repercusiones
extremadamente negativas y devastadoras sobre la sociedad civil europea, por lo
que el CESE asumirá un rol permanente y activo en la lucha contra este fenómeno.
El CESE instará a los comités económicos y sociales de todos los Estados miembros
a sumarse a esta lucha en sus territorios en pro de la democracia y contra la desinformación.
4.3. Sobre las plataformas y los algoritmos
4.3.1. Las plataformas de redes sociales
no están tomando medidas suficientes para acabar con la desinformación. Existe una
serie de ámbitos normativos que deben tenerse en cuenta.
4.3.2. Las empresas de redes sociales
deben estar obligadas a publicar información precisa sobre los patrocinadores de
los anuncios. Además, se debe regular más la información dirigida.
4.3.3. Las redes sociales y las plataformas
deben obtener el consentimiento informado de sus usuarios con respecto a la recopilación
de datos. Las autoridades deben considerar que la recogida de datos personales por
parte de las redes sociales y las plataformas digitales sin el consentimiento informado
de sus usuarios constituye un problema jurídico. Las empresas digitales deben hacer
pública una lista de todos los tipos de datos de los usuarios recopilados por las
redes sociales y plataformas.
4.3.4. La ciudadanía también debería
poder aceptar o rechazar características de los algoritmos. A fin de equilibrar
los derechos de propiedad intelectual de las empresas y los derechos fundamentales
de la ciudadanía, todas las plataformas deberían dar a sus usuarios la posibilidad
de elegir entre diversas opciones algorítmicas. Se debe permitir a las instituciones
de interés social proponer a estas plataformas diseños de algoritmos alternativos
que puedan ofrecer un modelo diferente de organización de los flujos de información
y la recopilación de datos.
4.3.5. Identificar a los bots de origen extranjero y a los bots que simulan ser personas debe constituir
un requisito legal. Resulta esencial suprimir las cuentas no auténticas y de suplantadores.
4.3.6. No se deben permitir las cuentas
anónimas en línea, excepto en los casos en que garanticen derechos fundamentales
como la vida privada y la protección de los datos personales de conformidad con
la interpretación de la legislación europea mediante sentencia del Tribunal de Justicia
de la Unión Europea.
4.3.7. Los usuarios de plataformas digitales
solo deben tener derecho a utilizar perfiles anónimos en los casos previstos por
la legislación actual, como la Directiva sobre la protección de las personas que
denuncian irregularidades.
4.3.8. Como medida de transparencia,
se debe considerar la posibilidad de un sistema de inicio de sesión en línea para
acceder a una parte o a la totalidad de internet. Solo los seres humanos identificados
como tales deberían tener acceso a las cuentas de redes sociales.
4.3.9. Todas las plataformas digitales
deben establecer unas reglas de inicio de sesión seguras y transparentes para que
cada persona, organización o institución solo pueda tener un perfil.
4.4. Sobre las amenazas híbridas
4.4.1. Las amenazas híbridas son cada
vez más sofisticadas y difíciles de detectar, dado que utilizan diferentes tipos
de herramientas y acciones organizativas.
4.4.2. Según la Célula de Fusión de la
UE contra las Amenazas Híbridas (creada en 2016 en el SEAE), las que proceden de
Rusia constituyen el mayor peligro porque son sistemáticas, cuentan con abundantes
recursos y tienen una escala distinta a las de otros países.
4.4.3. La Brújula Estratégica, adoptada
en marzo de 2022 por la UE, establece un plan de acción para reforzar la política
de seguridad y defensa de la UE de aquí a 2030. Uno de sus aspectos es el desarrollo
de un conjunto de instrumentos para contrarrestar la manipulación de información
extranjera y las amenazas de injerencia.
4.5. Sobre la eficiencia en la lucha contra
la desinformación
4.5.1. La lucha contra la desinformación
es esencial para las democracias, el Estado de Derecho y la libertad de sufragio.
4.5.2. Sin embargo, existen diferencias
entre los intereses públicos y privados que están en juego. Ambos son esenciales
en esta lucha, pero los intereses privados no pueden superponerse al interés público
general.
4.5.3. Todos los medios tecnológicos
para luchar contra la desinformación ya están disponibles dentro de las empresas
que prestan servicios en línea y las redes sociales.
4.5.4. El CESE propone que la Comisión
y los Estados miembros establezcan una estrategia coherente, que salvaguarde la
libertad de expresión y el Estado de Derecho, para estructurar recursos y enfoques
eficientes en relación con las diferentes dimensiones del problema.
4.5.5. La desinformación, las amenazas
híbridas y la cíberseguridad tienen protocolos, salvaguardias y medios propios a
cada una de ellas. Sin embargo, es necesaria una estrategia articulada dentro de
la UE para lograr un resultado eficaz.
4.5.6. En Finlandia, las herramientas para promover el pensamiento crítico forman parte integrante del sistema educativo, desde la guardería hasta la universidad, lo que prepara a la juventud para luchar contra la desinformación venga de donde venga. Un sistema similar debería aplicarse en toda la UE.
Bruselas, 24 de abril de 2024.
El Presidente
del Comité Económico y
Social Europeo
Oliver RÖPKE
(1)
DO C 228 de 5.7.2019,
p. 89.
(2)
DO C 152 de 6.4.2022,
p. 72.
(3)
Shoshana Zuboff: La era del capitalismo de la vigilancia. La lucha de un futuro
humano frente a las nuevas fronteras del poder, Paidós, Barcelona, 2020.
(4)
https://cmpf.eui.eu/media-pluralism-monitor-2023/.
(5)
Los bienes públicos se definen generalmente como servicios o bienes a disposición
de toda la sociedad sin exclusiones. Entre ellos se incluyen la asistencia sanitaria
y la educación (y las instituciones de apoyo), las carreteras, el alumbrado público
y los parques. Toda la ciudadanía tiene acceso a bienes públicos o se beneficia
de ellos. En la mayoría de los casos, los bienes públicos son caros de producir
y ofrecen poco rendimiento financiero. Si bien el suministro de bienes públicos
accesibles no suele ser rentable desde el punto de vista financiero, la sociedad
en su conjunto reconoce y valora sus beneficios intrínsecos. https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000380618.
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/4052/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)
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