Por: Carlos A. FERREYROS SOTO
El Comité Europeo de las Regiones (CDR) acoge con
satisfacción la iniciativa sobre el Banco Europeo del Hidrógeno, tratándose de
un proyecto que coordina actividades y financiación para fomentar la producción
en la UE y la importación de hidrógeno renovable y para respaldar proyectos de hidrógeno
renovable.
Subraya
que la creación de una economía del hidrógeno renovable es un componente esencial
para alcanzar los objetivos del Pacto Verde y la neutralidad climática. Cumplir
los ambiciosos objetivos de REPowerEU
para la producción de hidrógeno renovable en sinergia con el Plan Industrial del
Pacto Verde debe garantizar el aumento de la capacidad industrial y la ventaja competitiva
de Europa.
Pide
a la Comisión Europea que acelere significativamente la notificación de los Proyectos
Importantes de Interés Común Europeo, PIICE,
en materia de hidrógeno, ya que las partes interesadas de los valles del hidrógeno
de las regiones europeas necesitan urgentemente certidumbre en cuanto a la inversión
y la planificación, y, en particular, insta a la tercera oleada de notificaciones
de proyectos de infraestructuras pendientes;
La
Comisión ha aprobado una ayuda pública de Estados miembros de la UE de 5400 millones
de euros para apoyar la investigación e innovación y la primera utilización industrial
en la cadena de valor de la tecnología del hidrógeno. El proyecto, llamado «PIICE
Hy2Tech», ha sido preparado y notificado conjuntamente por quince Estados miembros:
Alemania, Austria, Bélgica, Chequia, Dinamarca, Eslovaquia, España, Estonia, Finlandia,
Francia, Grecia, Italia, Países Bajos, Polonia y Portugal.
Los
41 proyectos que forman parte del PIICE son muy ambiciosos, ya que su objetivo es
desarrollar tecnologías y procesos que vayan más allá de lo que ofrece actualmente
el mercado y que facilitarán importantes mejoras desde el punto de vista del
rendimiento, la seguridad y la incidencia en el medio ambiente.
A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico:cferreyros@hotmail.com ___________________________________________________________________
Diario Oficial | ES Serie C |
C/2024/1047 | 9.2.2024 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — El Banco Europeo del Hidrógeno
(C/2024/1047)
|
RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL
COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES (CDR)
Marco
regulador y condiciones generales
1. acoge con satisfacción la Comunicación sobre
el Banco Europeo del Hidrógeno; señala, no obstante, que la denominación «Banco
Europeo del Hidrógeno» puede llevar a confusión, ya que no se trata de un banco,
sino de una iniciativa que coordina actividades y financiación para fomentar la
producción en la UE y la importación de hidrógeno renovable y para respaldar proyectos
de hidrógeno renovable;
2. subraya que la creación de una economía del
hidrógeno renovable es un componente esencial para alcanzar los objetivos del Pacto
Verde y la neutralidad climática. Cumplir los ambiciosos objetivos de REPowerEU
para la producción de hidrógeno renovable en sinergia con el Plan Industrial del
Pacto Verde debe garantizar el aumento de la capacidad industrial y la ventaja competitiva
de Europa;
3. pide a la Comisión Europea que acelere significativamente
la notificación de los PIICE (1)
en materia de hidrógeno, ya que las partes interesadas de los valles del hidrógeno
de las regiones europeas necesitan urgentemente certidumbre en cuanto a la inversión
y la planificación, y, en particular, insta a la tercera oleada de notificaciones
de proyectos de infraestructuras pendientes;
4. lamenta que la Comunicación no haga referencia
suficientemente a los entes locales y regionales y pide a la Comisión Europea que
reconsidere el papel de dichos entes en el futuro funcionamiento del Banco Europeo
del Hidrógeno, ya que desempeñarán una función importante en la ejecución de proyectos
en todos los territorios de la UE, tanto en lo que se refiere a las actividades
de programación y planificación energética como a las relacionadas con el proceso
de autorización; pide a la Comisión Europea que tenga en cuenta este aspecto en
su anunciada hoja de ruta sobre los valles del hidrógeno (2);
5. recuerda que la única forma de hidrógeno sostenible
compatible con las ambiciones del Pacto Verde es el hidrógeno renovable y subraya
que el objetivo del instrumento del Banco Europeo del Hidrógeno debe ser la reducción
de los costes de producción de hidrógeno renovable. Reconoce que otras fuentes de
hidrógeno con bajas emisiones de carbono podrían desempeñar un papel a corto plazo,
con vistas a garantizar una transición fluida al hidrógeno renovable lo más rápidamente
posible;
6. señala que los electrolizadores representan
menos del 4 % de la producción total de hidrógeno en la UE, y reconoce la urgente
necesidad de que la Unión aumente sus capacidades de fabricación de electrolizadores.
Al mismo tiempo, el CDR reconoce la importancia de importar hidrógeno renovable
desde países no miembros de la UE para alcanzar los objetivos de REPowerEU; destaca
que no deben socavarse los esfuerzos de esos países por alcanzar sus propios objetivos
energéticos y climáticos; pide a la Comisión Europea que cuente exclusivamente con
importaciones desde países vecinos de la UE que compartan sus valores y estén comprometidos
con la sostenibilidad y con no generar emisiones adicionales a lo largo de la cadena
de suministro. Recuerda que el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (MAFC)
se aplicará al hidrógeno y pide a la Comisión que presente un sistema de certificación
sólido para las importaciones de hidrógeno renovable basado en los mismos criterios
aplicados a la producción de la Unión; mantiene la cautela respecto a los posibles
riesgos de crear nuevas dependencias;
7. acoge con satisfacción que el Banco Europeo
del Hidrógeno se base en el instrumento «H2Global» ya implantado para las subastas
de importación de hidrógeno y pide, a este respecto, ayudas nacionales específicas
a la importación para complementar el instrumento de importación de hidrógeno del
Banco Europeo del Hidrógeno; considera que la importación de hidrógeno tiene un
gran potencial para convertir los puertos y las actuales terminales de GNL de las
regiones costeras en centros energéticos del futuro;
8. subraya la necesidad de impulsar la infraestructura
de la Unión para la producción, el almacenamiento, el transporte, la distribución
y el consumo de hidrógeno en toda la UE. Hace hincapié, además, en la necesidad
de una planificación integrada de las redes de electricidad, calefacción y gas para
garantizar una integración fluida de los sistemas energéticos. Se pueden organizar
subastas del Banco Europeo del Hidrógeno por sector (3)
que permitan mantener una igualdad de condiciones entre competidores con estructuras
de costes y requisitos similares;
9. reconoce que la primera convocatoria del Banco
Europeo del Hidrógeno representa un modelo para promover en mayor medida el hidrógeno
renovable con el fin de descarbonizar las actividades industriales, el suministro
de energía y el transporte pesado en la UE. Tras la primera convocatoria, deben
organizarse subastas para dar prioridad a la descarbonización de los sectores industriales
(incluida la industria de producción de energía) con el mayor potencial de reducción
de emisiones y que más necesitarán la cobertura delta de los precios. También debe
darse prioridad a los sectores en los que la electrificación no sea una opción técnica
y económicamente viable y, en particular, a las empresas de importancia estratégica
para cada país o región;
10. pide a los colegisladores que garanticen que el
marco regulador del hidrógeno renovable se establezca para apoyar la economía emergente
del hidrógeno renovable, con una protección adecuada de los clientes y unas inversiones
significativas. El paquete legislativo «Objetivo 55» y otras grandes iniciativas,
como la Ley sobre la industria de cero emisiones netas y la Ley de materias primas
fundamentales, deben adoptarse lo antes posible para permitir las subastas del Banco
Europeo del Hidrógeno de manera oportuna, teniendo en cuenta las perspectivas locales
y regionales;
11. celebra la dotación inicial de financiación prevista
para la primera subasta del Banco Europeo del Hidrógeno de 800 millones EUR y pide
a la Comisión que inicie rápidamente la realización y la evaluación de esta subasta
piloto. Pide, no obstante, a la Comisión Europea y a los Estados miembros que garanticen
que la financiación global disponible para las futuras subastas del Banco Europeo
del Hidrógeno se incremente, por ejemplo con recursos adicionales del Régimen de
Comercio de Derechos de Emisión (RCDE), europeos y nacionales. La Plataforma de
Tecnologías Estratégicas para Europa (STEP) recientemente introducida también podría
desempeñar un papel;
12. reitera la importancia del equilibrio geográfico
para permitir la producción y utilización de hidrógeno renovable en toda la UE;
insta a la Comisión a desarrollar subastas macrorregionales y, a tal fin, definir
macrorregiones que sean lo bastante amplias para asegurar una competencia adecuada,
garantizando al mismo tiempo el equilibrio geográfico; pide que la Comisión proponga
una clave de reparto con objeto de distribuir equitativamente la dotación financiera
entre las distintas regiones, en particular para contribuir a la transformación
de la industria europea con vistas a reforzar la competitividad mundial y la protección
del clima. Esta diferenciación regional debe tener en cuenta los retos específicos
a los que se enfrentan las regiones ultraperiféricas, las islas, las zonas montañosas
y las regiones periféricas, así como las ciudades y regiones caracterizadas por
la presencia de actividades industriales de gran consumo energético que tienen un
impacto significativo en el medio ambiente y la salud humana y son difíciles de
electrificar;
13. reconoce la importancia de las regiones que, mediante
de la importación y el transporte de hidrógeno, desempeñan un papel de relevancia
global a la hora de garantizar una distribución geográfica equilibrada del hidrógeno
en la Unión y pide a la Comisión que establezca un mecanismo de compensación para
estas regiones con el fin de resarcirlas por las dificultades particulares que esta
función de tránsito les acarrea;
Las regiones como catalizadoras del Banco
Europeo del Hidrógeno 14. subraya,
asimismo, en este contexto, que la infraestructura de hidrógeno debe desarrollarse
tanto a escala nacional como transnacional y transfronteriza, con el fin de suministrar
hidrógeno allí donde se necesite principalmente en los sectores industriales dentro
de la Unión;
15. subraya la debilidad inherente del sistema de subasta
elegido, representada por las insuficientes garantías contra el incumplimiento.
Una subasta entre un único proveedor y un único comprador aumenta el riesgo de que,
durante el período de ejecución operativa, que puede durar hasta diez años, uno
de los participantes incumpla el contrato, con consecuencias económicas potencialmente
desastrosas para todos los participantes. Por ello, el CDR recomienda encarecidamente
evaluar los instrumentos disponibles para mitigar este riesgo. Teniendo esto en
cuenta, es necesario que los productores y los compradores empleen métodos eficaces
y respaldados por el mercado. Para subastas posteriores, debería considerarse si
la elección de mecanismos de subasta alternativos (por ejemplo, subastas dobles,
como las de H2Global) podría minimizar tales riesgos.
16. señala que no será posible transportar eficazmente
hidrógeno mediante gasoductos por todo un país —y aún menos por toda Europa— de
aquí a 2027. Por lo tanto, se espera que en las primeras subastas de hidrógeno los
aspectos regionales desempeñen un papel más importante. El CDR señala que la Comisión
debe adoptar medidas de control eficaces para evitar acuerdos entre vendedores y
compradores que distorsionen los precios y descartar vínculos de propiedad entre
estas partes (por ejemplo, ventas de una empresa a sí misma, a sus filiales o a
otras empresas del mismo grupo).
17. considera que los entes locales y regionales actuarán
como facilitadores del desarrollo de la economía del hidrógeno, ya que sirven de
plataforma natural para crear conexiones sólidas entre los productores y los compradores
de hidrógeno. A fin de aprovechar plenamente este papel de facilitación, es necesario
establecer instrumentos de apoyo que proporcionen asistencia técnica adicional y
desarrollen las capacidades de los entes locales y regionales. También es importante
eliminar los obstáculos jurídicos que impiden que los propios entes locales y regionales
contribuyan a la producción y venta de hidrógeno. Pide a la Comisión Europea que
aborde esta cuestión en la hoja de ruta que ha anunciado para los valles de hidrógeno
(4);
18. pide a la Comisión Europea que haga participar
activamente a los entes locales y regionales para agregar la oferta y la demanda
y recopilar datos exactos sobre dónde se distribuirán en toda la UE los principales
puntos de producción y utilización del hidrógeno renovable, prestando atención a
los territorios que se enfrentan a obstáculos estructurales;
19. destaca la necesidad de descarbonizar las actividades
industriales de gran consumo de energía, los transportes pesados y las zonas urbanas,
dando prioridad a la reducción de emisiones y creando al mismo tiempo nuevas oportunidades
de empleo, especialmente en las regiones con altas emisiones de carbono y en las
ciudades. Las convocatorias del Banco Europeo del Hidrógeno deberían promover el
suministro de hidrógeno renovable para la descarbonización de las ciudades y los
procesos industriales, la sustitución de combustibles fósiles para la producción
de derivados (por ejemplo, amoníaco) o la inyección directa de hidrógeno para la
producción de acero, cuando la electrificación completa aún no sea posible;
20. invita a la Comisión Europea a promover futuras
subastas para la movilidad sin emisiones, especialmente para la movilidad de larga
distancia, como trenes, aviones, camiones y buques. Disponer de un gran suministro
de hidrógeno renovable contribuirá a la implantación de estaciones de repostaje
de hidrógeno en toda la UE, como se señala en el Reglamento sobre la infraestructura
para los combustibles alternativos;
21. destaca la importancia de las infraestructuras
de hidrógeno para apoyar la eficiencia de las convocatorias del Banco Europeo del
Hidrógeno, a fin de extender la producción y el uso de hidrógeno renovable subvencionado
en toda la Unión. Se ha demostrado que los gasoductos de hidrógeno son el vector
más barato para su transporte. Destaca, no obstante, la importancia de promover
la producción y utilización local y regional del hidrógeno renovable en la medida
de lo posible, también según el concepto de valles del hidrógeno;
22. recuerda que, aunque la producción de hidrógeno
mediante electrolisis requiere un volumen importante de agua de entre dieciocho
y veinticuatro kilogramos por kilogramo de hidrógeno (5),
aún puede permitir un enfoque sostenible de la utilización del agua si se compara
con otras industrias intensivas en agua. Pide, no obstante, a la Comisión y a los
Estados miembros que presten una atención específica a la eficiencia de los recursos
y a la Directiva marco sobre el agua (6),
en particular en las regiones con riesgo de sequía; evitar conflictos en la utilización
del agua debe ser un objetivo principal de las asociaciones con terceros países,
en particular los de regiones áridas; aboga por continuar la investigación sobre
tecnologías para la utilización eficiente de los recursos y la desalinización del
agua, así como sobre soluciones para la contaminación por salmuera, que minimicen
el consumo de energía y los impactos medioambientales;
Financiación
de la transición hacia el hidrógeno renovable — El Banco Europeo del Hidrógeno y
las acciones de apoyo
23. pide que se siga mejorando el presupuesto futuro,
con el fin de incentivar un mayor diferencial de mercado, permitir la participación
efectiva de las empresas más pequeñas y las pymes y apoyar mejor a los sectores
industriales en los que el coste de la transición será mayor;
24. pide a la Comisión Europea que asigne más recursos
del RCDE al presupuesto del Banco Europeo del Hidrógeno. El Fondo de Innovación
revisado, con una dotación mayor y nuevas categorías de proyectos subvencionables,
permitiría ampliar los plazos de las subastas del Banco Europeo del Hidrógeno y
aumentar los volúmenes subvencionados. En este escenario, podrían organizarse más
convocatorias por año, sector o macrorregión, lo que resultaría adecuado para poner
en marcha un mercado del hidrógeno renovable distribuido uniformemente en Europa;
25. pide encarecidamente a la Comisión Europea que
considere que no solo se necesitarían más recursos para las convocatorias del Banco
Europeo del Hidrógeno, sino también para su aplicación por parte de los entes locales
y regionales, en términos de capacidades relacionadas con conocimientos técnicos
o administrativos. Para ello, deben explorarse las sinergias con los instrumentos
existentes, como el instrumento de apoyo técnico o la Asistencia conjunta a los
proyectos en las regiones europeas (JASPERS) y, en cualquier caso, debe garantizarse
una formación especializada adecuada mediante cursos específicos financiados por
los Estados miembros;
26. pide a la Comisión Europea que reconsidere cómo
puede combinarse el apoyo del Banco Europeo del Hidrógeno con financiación a través
del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, el Fondo de Transición Justa y el programa
InvestEU, gestionado por el Banco Europeo de Inversiones (BEI), también con vistas
a apoyar la introducción del hidrógeno en el ciclo industrial de los sectores con
emisiones difíciles de reducir. Este tipo de apoyo mejorará en última instancia
el despliegue de las instalaciones de producción y sus infraestructuras, lo que
permitirá una captación más fácil de recursos públicos y privados;
27. reconoce que las regiones menos desarrolladas pueden
necesitar apoyo adicional para la ejecución y supervisión de proyectos de hidrógeno
renovable debido a sus necesidades y capacidades específicas. Anima a la Comisión
Europea a que colabore estrechamente con los entes locales y regionales de estas
regiones para desarrollar soluciones adaptadas, racionalizar los procedimientos
administrativos y prestar asistencia para sortear las complejidades normativas;
28. destaca que la primera subasta piloto en particular
debería aspirar a atraer también proyectos más pequeños y en desarrollo; pide, por
tanto, a la Comisión que alivie la carga administrativa y ajuste algunos de los
elementos del diseño del mecanismo, a saber, el requisito de la capacidad mínima
instalada de electrolizadores y la restricción de la magnitud de la oferta, con
el fin de facilitar la participación de las organizaciones pequeñas y medianas;
29. insta a la Comisión Europea a que aplique un criterio
de indexación para las primas fijas concedidas con el fin de salvaguardar la producción
de hidrógeno renovable frente a fluctuaciones inflacionistas imprevistas;
30. coincide con la Comisión Europea en que el apoyo
financiero de las subastas, con las excepciones previstas en los términos y condiciones
de cada subasta, no debe añadirse al apoyo público a nivel nacional; pide, no obstante,
a la Comisión Europea que evalúe los resultados de la primera subasta con vistas
a flexibilizar las normas de acumulación de ayudas para futuras subastas, en la
medida en que esto no provoque distorsiones de la competencia;
31. acoge con satisfacción la idea de la Comisión de
poner en marcha el concepto de las «subastas como un servicio»; considera que esto
podría reducir los costes administrativos de los Estados miembros; propone que se
haga una evaluación antes de ampliar este concepto a otras formas de apoyo;
Creación
de empleo y medidas transversales
32. destaca que los entes locales y regionales tienen
el mayor potencial para impulsar el desarrollo de capacidades y el reciclaje profesional
de la mano de obra, principalmente en comunidades difíciles de descarbonizar. Tanto
en el perfil técnico como en el administrativo, la proyección de empleo solo para
el sector de la producción de hidrógeno asciende a 249 000 de aquí a 2030 (7),
y se espera la creación de un millón de nuevos puestos de trabajo de aquí a 2030
(8)
para toda la cadena de valor del hidrógeno;
33. hace hincapié en que las subastas del Banco Europeo
del Hidrógeno, y su éxito, dependerán de cómo se diseñe la aplicación de los programas
en contextos locales y regionales. Los valles de hidrógeno y las infraestructuras
que llevan aparejadas desempeñarán un importante papel al agrupar todos los segmentos
de la cadena de valor del hidrógeno, estimular la innovación y contribuir al desarrollo
de la economía local; acoge con satisfacción la creación de los centros de excelencia
y las academias europeas propuestas por la Ley sobre la industria de cero emisiones
netas (9),
destinados también a la formación especializada —tanto técnica como administrativa—
del personal relevante;
34. pide a los Estados miembros y a los entes locales
y regionales que utilicen la contratación pública ecológica para favorecer los bienes
producidos con hidrógeno renovable, cuando no se disponga de opciones más sostenibles.
Esto promoverá el desarrollo de cadenas de valor europeas para la fabricación de
maquinaria y componentes relacionados con la producción de hidrógeno y, por lo tanto,
impulsará el desarrollo económico sostenible en toda la UE;
35. pide a la Comisión Europea que reconsidere el papel
esencial de los entes locales y regionales en la gobernanza del Banco del Hidrógeno
en su conjunto, ya que son los agentes clave en lo que respecta a los permisos para
el despliegue adicional de fuentes de energía renovables, la asignación de terrenos
a proyectos y las normas medioambientales —incluida su aplicación—, y pide a la
UE y los Estados miembros que creen un marco regulador propicio para la energía,
la industria y la protección de los recursos naturales que deje margen de maniobra
a los entes locales y regionales. En este contexto, los entes locales y regionales
desempeñarán un papel clave en relación con la definición de las salvaguardias medioambientales
en lo que respecta a las instalaciones de producción y sus infraestructuras correspondientes,
para lo cual los Estados miembros también podrán concederles una mayor autonomía
de decisión, con el fin de acelerar los procesos pertinentes;
36. destaca la importancia de limitar la fragmentación
de los organismos e iniciativas de la UE (por ejemplo, la Empresa Común para un
Hidrógeno Limpio, el Observatorio de las pilas de combustible y el hidrógeno o la
Alianza Europea por un Hidrógeno Limpio) que trabajan con el hidrógeno, sin reducir
la inversión pública en investigación, desarrollo e innovación;
37. si bien acoge favorablemente los esfuerzos de la
Comisión por aumentar la producción de hidrógeno renovable, es necesario no perder
de vista el principio de la economía circular a lo largo de todo el ciclo de vida
de la producción, en particular en los territorios en los que las características
morfológicas reducen la gama disponible de fuentes de energía renovables.
Bruselas,
30 de noviembre de 2023.
El
Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Vasco
ALVES CORDEIRO
(1) Reglamento (UE) 2021/1119 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de junio de 2021, por el que se establece el marco para lograr la neutralidad climática y se modifican los Reglamentos (CE) n.o 401/2009 y (UE) 2018/1999 («Legislación europea sobre el clima») (DO L 243 de 9.7.2021, p. 1). (2) Reglamento (UE) 2018/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, sobre la gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima, y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 663/2009 y (CE) n.o 715/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 94/22/CE, 98/70/CE, 2009/31/CE, 2009/73/CE, 2010/31/UE, 2012/27/UE y 2013/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo y las Directivas 2009/119/CE y (UE) 2015/652 del Consejo, y se deroga el Reglamento (UE) n.o 525/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 328 de 21.12.2018, p. 1).
(3) Harnessing Climate and SDGs Synergies, Departamento de Asuntos Económicos y Sociales (https://sdgs.un.org/climate-sdgs-synergies).
(4) Comunicación de la Comisión — Informe sobre prospectiva estratégica de 2023 [COM(2023) 376 final].
(5) https://www.who.int/health-topics/one-health#tab=tab_1
(6) Dictamen del Comité Europeo de las Regiones titulado «Un planeta limpio para todos — La visión estratégica europea a largo plazo de una economía próspera, moderna, competitiva y climáticamente neutra» (DO C 404 de 29.11.2019, p. 58) (ENVE-VI/037).
(7) Véase el informe «Measuring Progress towards Climate Neutrality», Ecologic Institute (https://www.ecologic.eu/18153). (8) https://environment.ec.europa.eu/events/zero-pollution-urban-and-regional-scoreboard-workshop-2023-04-25_es
(9) https://climateobservatory.eu/
(10) www.intelligentcitieschallenge.eu/news/local-green-deals-blueprint-action
(11) https://www.oecd.org/gov/pcsd/pcsd-country-profiles.htm
(12) Estudio del CDR «Los entes locales y regionales en la gobernanza de la Unión de la Energía», 2023.
(13) Véase Faber, Ricarda, D. Kocher y M. Duwe (2023) Progress on the implementation of national Multilevel Climate and Energy Dialogues: Assessing Member States’ own reporting. A preliminary assessment of the implementation of Article 11 of the EU’s Governance Regulation. 4i-TRACTION Procedural Governance Series. Ecologic Institute, Berlín.
(14) https://unhabitat.org/urban-climate-action-the-urban-content-of-the-ndcs-global-review-2022
(15) Este proyecto de la UE tiene por objeto facilitar los diálogos multinivel en seis Estados miembros (Bulgaria, Croacia, Italia, Francia, Portugal y Rumanía) mediante la creación de plataformas de diálogo multinivel (https://energy-cities.eu/project/life-necplatform/).
(16) Véase el Dictamen del del Comité Europeo de las Regiones sobre «Fomentar el potencial y las sinergias de las iniciativas del Pacto Verde Europeo para las regiones y ciudades» (DO C, C/2023/249, 26.10.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2023/249/oj) (CDR 229/2023).
(17) Tribunal de Cuentas Europeo «Informe Especial 18/2023: Objetivos climáticos y energéticos de la UE — Se han alcanzado los objetivos fijados para 2020, pero existen pocos indicios de que las acciones para lograr los establecidos para 2030 vayan a ser suficientes» (https://www.eca.europa.eu/es/publications/ssr-2023-18). (18) https://publications.jrc.ec.europa.eu/repository/handle/JRC133580
(19) DO C 243 de 27.6.2022, p. 35.
(20) Comunicación de la Comisión relativa a las orientaciones a los Estados miembros para la actualización de los planes nacionales de energía y clima para el período 2021-2030 (DO C 495 de 29.12.2022, p. 24).
(21) Reglamento (UE) 2023/955 del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de mayo de 2023 por el que se establece un Fondo Social para el Clima y se modifica el Reglamento (UE) 2021/1060 (DO L 130 de 16.5.2023, p. 1).
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/1046/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)
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