martes, 8 de febrero de 2022

PROGRAMA ANUAL DE TRABAJO DE LA UNIÓN EUROPEA SOBRE NORMALIZACIÓN EUROPEA.

 Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho
Université de Montpellier I Francia.

RESUMEN

El Artículo 1 Objeto del REGLAMENTO (UE) No 1025/2012 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO del de 25 de octubre de 2012 sobre la normalización europea:  

establece normas relativas a la cooperación entre las organizaciones europeas de normalización, los organismos nacionales de normalización, los Estados miembros y la Comisión, el establecimiento de normas europeas y de documentos europeos de normalización para productos y servicios en apoyo de la legislación y las políticas de la Unión, la identificación de las especificaciones técnicas de las TIC admisibles a efectos de referenciación, la financiación de la normalización europea y la participación de las partes interesadas en la normalización europea.

El Artículo 8 del mismo REGLAMENTO (UE) No 1025/2012 se refiere al: Programa anual de trabajo de la Unión sobre normalización europea.

1.   La Comisión adoptará un programa de trabajo anual de la Unión sobre normalización europea en el que se identificarán las prioridades estratégicas para la normalización europea, teniendo en cuenta las estrategias para el crecimiento a largo plazo de la Unión. En él se indicarán las normas europeas y los documentos europeos de normalización que la Comisión tenga previsto pedir a las organizaciones europeas de normalización de acuerdo con el artículo 10.

2.   En el programa de trabajo anual de la Unión sobre normalización europea se definirán los objetivos y las políticas en relación con las normas europeas y los documentos europeos de normalización que la Comisión tenga previsto pedir a las organizaciones europeas de normalización de acuerdo con el artículo 10. En casos de urgencia, la Comisión podrá introducir peticiones sin indicación previa.

3.   El programa de trabajo anual de la Unión sobre normalización europea incluirá asimismo objetivos en favor de la dimensión internacional de la normalización europea, en apoyo de la legislación y las políticas de la Unión.

4.   El programa de trabajo anual de la Unión sobre normalización europea se adoptará tras una amplia consulta a las partes interesadas pertinentes, incluidas las organizaciones europeas de normalización y las organizaciones de partes interesadas europeas que reciban financiación de la Unión de conformidad con el presente Reglamento, y los Estados miembros a través del comité a que se hace referencia en el artículo 22 del presente Reglamento.

5.   Tras su adopción, la Comisión publicará en su sitio web el programa de trabajo anual de la Unión sobre normalización europea.

Acorde con estas normas, la Comisión Europea ha adoptado el Programa de Trabajo anual sobre normalización europea en el que se identifican las prioridades estratégicas, se definen los objetivos y políticas, los objetivos en favor de la dimensión internacional, tras una amplia consulta de las partes interesadas y se ha publicado en su sitio web, este ocho de febrero de 2022.

_____________________________________________________________

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN

Programa de trabajo anual de la Unión sobre normalización europea para 2022

(2022/C 66/01)

En virtud del artículo 8 del Reglamento (UE) n.o 1025/2012, sobre la normalización europea (1), la Comisión debe adoptar un «programa de trabajo anual de la Unión sobre normalización europea».

La presente comunicación de la Comisión define las normas europeas y los documentos europeos de normalización que la Comisión tiene previsto pedir para el año 2022, así como los objetivos y las políticas específicos en relación con dichas normas y documentos (véase el anexo).

Esta acción en materia de normalización de la UE está integrada en sus políticas. Apoya la aplicación de políticas en ámbitos como los siguientes:

la doble transición ecológica y digital;

el mercado único;

el mercado único digital;

el mercado interior de servicios;

el programa espacial;

los mercados interiores de gases renovables y naturales e hidrógeno;

la eficiencia energética y el clima; y

el comercio internacional.

Las normas apoyan estas políticas para garantizar que los productos y servicios de la UE sean competitivos en todo el mundo y reflejen las consideraciones más recientes en materia de seguridad, protección, salud y medio ambiente, así como la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

La Comisión adopta la presente Comunicación junto con otra sobre la estrategia de normalización.

La Comunicación identifica las prioridades de normalización («cuestiones urgentes»). En estos ámbitos existe una necesidad acuciante de normas y documentos de normalización para alcanzar los objetivos políticos de la UE de lograr un mercado único ecológico, digital y resiliente. El programa de trabajo anual de la UE cubre dichas prioridades de normalización, entre las que se encuentran:

el análisis de las normas vigentes para determinar la necesidad de llevar a cabo revisiones o desarrollar nuevas normas para cumplir con los objetivos del Pacto Verde Europeo y la década digital de Europa, así como para apoyar la resiliencia del mercado único de la UE;

la producción de medicamentos y vacunas contra la COVID-19;

las materias primas fundamentales para las pilas y baterías y sus residuos;

la resiliencia climática de las infraestructuras y el cemento de bajas emisiones de carbono;

las tecnologías y los componentes basados en el hidrógeno;

el transporte y almacenamiento de hidrógeno;

las normas de certificación de la seguridad, autenticidad y fiabilidad de los chips;

los contratos inteligentes para espacios de datos.

Además de las cuestiones urgentes que se establecen en la Comunicación sobre la estrategia de normalización, el anexo de dicha Comunicación presenta medidas para el desarrollo y la revisión de las normas europeas o los documentos europeos de normalización que son necesarias y adecuadas para apoyar la legislación y las políticas de la Unión.

A escala internacional, la Comisión continuará su cooperación en materia de normalización con los Estados Unidos a través del Grupo de Trabajo 1: Normas Tecnológicas del Consejo UE-EE. UU. de Comercio y Tecnología y colaborará en materia de normas técnicas dentro del «Grupo de los Siete», el G7. La Comisión también apoya el trabajo de la Plataforma Multilateral sobre las TIC en su labor de identificación de las necesidades de normalización a través del Plan evolutivo para la normalización de las TIC (2).

La Comisión también respaldará la normalización como parte esencial del capítulo sobre obstáculos técnicos al comercio de cada acuerdo de libre comercio que negocie.


(1)  Reglamento (UE) n.o 1025/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre la normalización europea, por el que se modifican las Directivas 89/686/CEE y 93/15/CEE del Consejo y las Directivas 94/9/CE, 94/25/CE, 95/16/CE, 97/23/CE, 98/34/CE, 2004/22/CE, 2007/23/CE, 2009/23/CE y 2009/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y por el que se deroga la Decisión 87/95/CEE del Consejo y la Decisión n.o 1673/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 316 de 14.11.2012, p. 12).

(2)  https://joinup.ec.europa.eu/collection/rolling-plan-ict-standardisation/rolling-plan-2021


ANEXO

Cuestiones urgentes en materia de normalización establecidas en la Comunicación sobre la estrategia de normalización

Ref.

Título

Referencia

Normas europeas / documentos europeos de normalización

Objetivos y políticas específicos en relación con las normas europeas / los documentos de normalización europeos

1

Revisar las normas vigentes para identificar las necesidades de llevar a cabo revisiones o desarrollar nuevas normas para cumplir con los objetivos del Pacto Verde Europeo y la década digital de Europa y apoyar la resiliencia del mercado único de la UE.

Pacto Verde Europeo; COM/2019/640 final.

Brújula Digital 2030:el enfoque de Europa para el Decenio Digital; COM/2021/118 final.

Actualización del nuevo modelo de industria de 2020:Creación de un mercado único más sólido para la recuperación de Europa; COM/2021/350 final.

Desarrollar una metodología, un primer ejercicio de análisis y una muestra de las normas vigentes a fin de revisarlas a la luz de los objetivos establecidos en relación con el Pacto Verde Europeo, la década digital de Europa y un mercado único resiliente.

Contribuir a los objetivos de la Comisión Europea, por ejemplo, la no emisión neta de gases de efecto invernadero para 2050 o permitir que el 75 % de las empresas de la UE utilicen herramientas digitales, como la nube, la inteligencia artificial o la inteligencia de datos.

2

Producción de vacunas y medicamentos contra la COVID-19

Comunicación de la Comisión «Un frente común para derrotar a la COVID-19»;

COM/2021/35 final.

Desarrollar normas europeas para establecer un conjunto normalizado de datos que deberá incluirse en el documento de los resultados de las pruebas de detección de la COVID-19. Explorar la viabilidad de establecer normas para los artículos de un solo uso necesarios para la producción de vacunas y productos terapéuticos, con el fin de mejorar la interoperabilidad de los componentes clave para la producción y minimizar el riesgo de que esta se interrumpa en caso de escasez de dichos materiales.

Aumentar la producción y el suministro de vacunas y medicamentos contra la COVID-19, así como la información que se facilita al respecto.

3

Materias primas fundamentales para las pilas y baterías y sus residuos

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a las pilas y baterías y sus residuos y por el que se deroga la Directiva 2006/66/CE y se modifica el Reglamento (UE) 2019/1020; COM(2020) 798 final y 2020/0353(COD).

Revisar las normas europeas existentes y desarrollar nuevas normas europeas relativas a los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos y a los residuos de pilas y baterías.

La revisión abarcará: el reciclaje de alta calidad y eficiente desde el punto de vista de los materiales, así como la preparación para reutilizar flujos de residuos clave (residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, incluidos los paneles fotovoltaicos), los residuos de pilas y baterías, los vehículos al final de su vida útil y los residuos de turbinas eólicas;

los requisitos de calidad aplicables a las materias primas secundarias a escala de la UE.

Las normas contribuirán a valorizar las materias primas de los residuos mediante el reciclado —por ejemplo, de las pilas y baterías— y la disminución de la necesidad de nuevas materias primas para aplicaciones de vital importancia. Esto reviste especial importancia a la hora de reforzar la resiliencia de la UE mediante la reducción del riesgo de suministro de materias primas.

4

Infraestructuras resilientes al clima y cemento bajo en carbono

COM(2021) 82 «Forjar una Europa resiliente al cambio climático — La nueva estrategia de adaptación al cambio climático de la UE», apartado 2.3.2, y y COM(2020) 662 «Oleada de renovación para Europa: ecologizar nuestros edificios, crear empleo y mejorar vidas».

Revisar una gama más amplia de normas para los activos (especialmente los que no son infraestructuras) que, de acuerdo con los conocimientos más avanzados, sean vulnerables ante el cambio climático, con el fin de mejorar su resiliencia frente a este.

Desarrollar normas que promuevan soluciones técnicas en materia de adaptación al cambio climático, con objeto de facilitar y acelerar su implantación en la UE.

Mejorar la resiliencia al clima de las infraestructuras existentes y de los nuevos proyectos de infraestructuras importantes.

Dado que el cemento es uno de los componentes esenciales del sector de la construcción, se llevará a cabo una evaluación en cuanto a las posibilidades de que se convierta en un producto para la construcción con bajas emisiones de carbono, de manera que cumpla plenamente el principio de neutralidad tecnológica.

5

Tecnologías y componentes de hidrógeno

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los mercados interiores de gases renovables y naturales e hidrógeno (refundición);

COM/2021/804 final.

Desarrollar normas europeas en materia de calidad, tecnología y seguridad para fomentar el desarrollo de un mercado único del hidrógeno.

Mejorar la oferta de puntos de carga y su mantenimiento.

6

Transporte y almacenamiento de hidrógeno

Propuesta de Directiva por la que se modifica la Directiva (UE) 2018/2001 en lo que respecta a la promoción de la energía procedente de fuentes renovables;

COM/2021/557 final.

Propuesta de Reglamento relativo a las orientaciones sobre las infraestructuras energéticas transeuropeas y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 347/2013;

COM/2020/824 final.

Directiva (UE) 2019/692, por la que se modifica la Directiva 2009/73/CE sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural.

Reglamento (UE) 2018/1999, sobre la gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima.

Revisar las normas europeas vigentes o desarrollar otras nuevas para garantizar la calidad y seguridad del gas, que sean relevantes para la inyección en la red de gas y otros usos finales, así como para garantizar la calidad de los combustibles a base de hidrógeno.

Permitir y promocionar la ampliación de los métodos de transporte y almacenamiento de hidrógeno, a la vez que se garantiza la seguridad y eficacia operativa de las redes de gas y se evitan obstáculos involuntarios.

7

Normas para la certificación de la seguridad, autenticidad y fiabilidad de los chips

«La década digital de Europa: metas digitales para 2030».

«Brújula Digital 2030: el enfoque de Europa para el Decenio Digital.

Desarrollar normas para apoyar la certificación de chips a fin de asegurar que sean seguros, auténticos y fiables.

Garantizar que los futuros dispositivos, sistemas y plataformas de conectividad inteligentes basados en la electrónica avanzada y que dependan en gran medida de las características de la tecnología subyacente cumplan ciertos requisitos de confianza y ciberseguridad.

Las normas apoyarán la certificación de estos chips en aras de la confianza y la seguridad, y abarcarán la cadena de valor hasta la integración en los productos finales.

8

Contratos inteligentes para los espacios de datos

Ley de datos (en particular, revisar la Directiva 96/9/CE sobre la protección jurídica de las bases de datos).

Reglamento que establezca un marco para el uso de datos en la UE.

Véanse las iniciativas publicadas en: https://ec.europa.eu/info/law/better-regulation/have-your-say/initiatives/13045-Ley-de-datos-y-modificacion-de-las-normas-sobre-la-proteccion-juridica-de-las-bases-de-datos_es

Desarrollar normas que reúnan determinados requisitos esenciales para los contratos inteligentes, conforme a lo establecido en la futura Ley de datos.

Se debe suponer que un contrato inteligente de conformidad con la norma cumpla los requisitos esenciales.

Garantizar que los contratos inteligentes utilizados para el intercambio de datos sean fiables e interoperables, de forma que puedan utilizarse para promover el intercambio y la puesta en común de datos.

En Europa, los datos no se concentran en grandes plataformas tecnológicas, sino que siguen estando repartidos por muchos lugares. Gracias a su Estrategia Europea de Datos, la UE ayuda a las empresas a poner en común datos, por ejemplo, para crear algoritmos de aprendizaje automático y aplicaciones en los ámbitos de la asistencia sanitaria, el transporte y la energía.


Acciones para la elaboración y la revisión de normas europeas o de documentos europeos de normalización que sean necesarios y adecuados para apoyar la legislación y las políticas de la Unión

Ref.

Título

Referencia

Normas europeas / documentos europeos de normalización

Objetivos y políticas específicos para las normas europeas / los documentos europeos de normalización

9

Servicios de fabricación avanzada

Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior —para la legislación sectorial pertinente— y COM(2020) 66 «Una Estrategia Europea de Datos».

Desarrollar normas europeas que promuevan la prestación de servicios y datos relacionados con los robots, la gestión de la cadena de suministro industrial y el mantenimiento predictivo de la maquinaria en la red.

Mejorar la prestación de servicios transfronterizos en el mercado único y apoyar la transparencia de las transacciones en la cadena de suministro.

10

Servicios de construcción

Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los servicios en el mercado interior.

Desarrollar normas europeas que promuevan la prestación de servicios transfronterizos en ámbitos relacionados con la construcción, por ejemplo, servicios de arquitectura e ingeniería, así como servicios relacionados con la eficiencia energética de los edificios.

Mejorar la prestación de servicios transfronterizos en el mercado interior.

11

Servicios postales

Directiva 97/67/CE, relativa a las normas comunes para el desarrollo del mercado interior de los servicios postales de la Comunidad y la mejora de la calidad del servicio; Directiva 2002/39/CE, relativa a proseguir la apertura a la competencia de los servicios postales de la Comunidad; Directiva 2008/6/CE, en relación con la plena realización del mercado interior de servicios postales comunitarios; y Reglamento (UE) 2018/644, sobre los servicios de paquetería transfronterizos

Revisar las normas europeas vigentes o desarrollar otras nuevas, o bien documentos europeos de normalización en ámbitos como los de la calidad de los servicios y la digitalización.

Mejorar la calidad del servicio y fomentar la interoperabilidad entre las redes nacionales y un servicio universal eficaz dentro del mercado interior.

12

Requisitos de accesibilidad para los productos y servicios, en particular las TIC

Directiva (UE) 2019/882 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre los requisitos de accesibilidad de los productos y servicios y Directiva (UE) 2016/2102, sobre la accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles de los organismos del sector público.

Desarrollar normas para los requisitos de accesibilidad de los productos establecidos en el anexo I de la Directiva (UE) 2019/882, por ejemplo:

requisitos relativos al suministro de información;

interfaz de usuario y diseño de funcionalidad; servicios de apoyo; el embalaje o envase del producto;

las instrucciones de instalación y mantenimiento, almacenamiento y eliminación del producto;

garantizar la accesibilidad de los productos usados para la prestación del servicio;

facilitar el uso de dichos servicios por las personas con discapacidad proporcionando información sobre el funcionamiento del servicio, mediante la prestación de servicios que las personas con discapacidad puedan utilizar de manera óptima y mediante la definición de criterios de rendimiento funcional a tal fin.

Desarrollar normas armonizadas en relación con los servicios incluidos en el ámbito de aplicación de la Directiva, así como con los lugares donde se prestan dichos servicios.

Facilitar el uso de productos y servicios de las tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC) —como terminales de autoservicio, aplicaciones, sitios web / plataformas, servicios en línea y comunicación en línea con servicios de emergencia y otros servicios dentro del ámbito de la Directiva— por parte de las personas con discapacidad.

13

Gestión del tráfico espacial y adopción de datos espaciales por parte del mercado

Reglamento (UE) 2021/696, por el que se crean el Programa Espacial de la Unión y la Agencia de la Unión Europea para el Programa Espacial.

Desarrollar normas europeas para gestionar el tráfico espacial.

Desarrollar normas europeas para promover el uso y la adopción por parte del mercado y de los usuarios de datos espaciales, así como de los servicios prestados por el Programa Espacial de la UE [Galileo, sistema europeo de navegación por complemento geoestacionario (EGNOS), Copernicus, conocimiento del medio espacial (SSA), comunicación gubernamental por satélite (Govsatcom)].

Objetivos:

1)

reducir los riesgos operativos actuales y futuros, así como proteger la infraestructura del espacio europeo;

2)

aumentar la adopción de datos y servicios espaciales por parte de los usuarios y el mercado facilitando su integración en diversos sectores.

Entre ellos se encuentran los vehículos autónomos y conectados, el ferrocarril, la aviación, las aeronaves no tripuladas y los equipos de usuario especializados.

14

Calidad del aire ambiente: rendimiento de los sistemas basados en sensores que miden la contaminación atmosférica

Artículos 6 y 7 y anexo I de la Directiva 2008/50/CE, relativa a la calidad del aire ambiente.

Desarrollar normas en relación con pruebas validadas para evaluar el rendimiento de los sistemas basados en sensores que miden la contaminación atmosférica.

La norma evaluará si los sistemas basados en sensores cumplen con los objetivos en materia de calidad de los datos establecidos en la Directiva 2008/50/CE.

Mejorar las evaluaciones de la calidad del aire ambiente evaluando en qué medida los sistemas basados en sensores cumplen con los objetivos en materia de calidad de los datos establecidos en la Directiva 2008/50/CE.

La(s) norma(s) también permitirá(n) un mayor uso de este método de control y, por consiguiente, mejorará(n) la evaluación de la calidad del aire.

15

Calidad del aire ambiente: evaluaciones basadas en técnicas de modelización

Artículos 6 y 7 y anexo I de la Directiva 2008/50/CE

Desarrollar normas que garanticen que las evaluaciones de la calidad del aire basadas en técnicas de modelización sean objetivas, fiables y comparables y de calidad suficiente para generar información fiable sobre las concentraciones de contaminantes atmosféricos en el aire ambiente.

Asegurarse de que la información recabada sobre la contaminación atmosférica sea suficientemente representativa y comparable en toda la UE.

16

Calidad del aire ambiente: métodos de medición para controlar la presencia de hidrocarburos aromáticos policíclicos en el ambiente

Artículo 4, apartados 1, 8 y 13, y anexo V de la Directiva 2004/107/CE, relativa al arsénico, el cadmio, el mercurio, el níquel y los hidrocarburos aromáticos policíclicos en el aire ambiente.

Desarrollar normas para los métodos de referencia empleados para medir las concentraciones de hidrocarburos aromáticos policíclicos en el aire ambiente.

Garantizar que el análisis de hidrocarburos aromáticos policíclicos en el aire ambiente sea lo suficientemente preciso, fiable y comparable en todos los Estados miembros de la UE.

17

Emisiones industriales

Directiva 2010/75/UE, sobre las emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación).

Desarrollar normas europeas para garantizar el muestreo y análisis de las sustancias contaminantes pertinentes y las medidas de los parámetros del proceso, así como la garantía de calidad de los sistemas de medición automáticos y los métodos de medición de referencia para calibrar dichos sistemas.

Reducir y eliminar, en la medida de lo posible, la contaminación derivada de las actividades industriales.

18

Clasificación de los residuos de plástico y los plásticos reciclados

Las medidas que se recogen en el anexo I de la estrategia europea para el plástico en una economía circular; COM(2018) 28.Las acciones para impulsar el contenido reciclado:elaboración de normas de calidad para clasificar los residuos de plástico y los plásticos reciclados en cooperación con el Comité Europeo de Normalización.

Elaborar nuevas normas europeas y documentos europeos de normalización, así como revisar las normas europeas vigentes para subsanar los problemas relativos a los procesos e infraestructuras para el reciclado de plástico, con el fin de mejorar la calidad de la cadena de valor del reciclado del plástico.

Estas normas deben establecer requisitos en relación con la reciclabilidad de los productos de plástico, la calidad de los residuos de plástico clasificados y la calidad del plástico reciclado, teniendo en cuenta su aplicación prevista en productos después del reciclado.

Ofrecer plástico reciclado que satisfaga las necesidades de las marcas y fabricantes de productos para conseguir una oferta de materiales fiable y de gran volumen con especificaciones de calidad constantes.

19

Materiales en contacto con agua potable

DIRECTIVA (UE) 2020/2184 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 16 de diciembre de 2020, relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano (versión refundida).

Desarrollar normas europeas nuevas con respecto a los métodos analíticos por los que se determina la migración de sustancias de los materiales y a los métodos de ensayo a los que se somete a los materiales finales que están en contacto con agua potable.

Proteger la calidad del agua potable y la salud pública.

Los materiales que están en contacto con el agua potable pueden afectar a su calidad (por ejemplo, pueden filtrar sustancias).

Deben desarrollarse métodos analíticos y de ensayo para garantizar que los materiales finales que están en contacto con agua potable sean seguros.

20

Tratamiento de las aguas residuales

Directiva del Consejo sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas (91/271/CEE) Reglamento (UE) n.o 305/2011, por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción, modificado por el Reglamento Delegado (UE) n.o 568/2014 de la Comisión; Reglamento Delegado (UE) n.o 574/2014 de la Comisión y Reglamento (UE) 2019/1020.

Revisar la norma vigente UNE-EN 12566: Pequeñas instalaciones de depuración de aguas residuales para poblaciones de hasta 50 habitantes equivalentes, que consta de siete partes.

Mejorar la protección del medio ambiente y reducir los riesgos para la salud.

21

Refrigerantes naturales

Reglamento (UE) n.o 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre los gases fluorados de efecto invernadero y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 842/2006.

Desarrollar una nueva norma sobre los requisitos y el proceso de análisis de riesgos para los sistemas de refrigeración que funcionan mediante refrigerantes inflamables que se usan en el transporte por carretera de productos sensibles a la temperatura.

Revisar las normas UNE-EN 378-1, UNE-EN 378-2 y UNE-EN 378-3 y crear una «parte 5» completamente nueva que contenga una clasificación de seguridad e información acerca de los refrigerantes.

Garantizar una adopción más fácil y a mayor escala de los refrigerantes naturales en el sector de la refrigeración y el aire acondicionado, que reduciría el impacto medioambiental de estos aparatos.

De forma indirecta, esto puede aumentar la competitividad de las empresas de la Unión pertenecientes a este sector.

22

Productos fertilizantes

Reglamento (UE) 2019/1009, por el que se establecen disposiciones relativas a la puesta a disposición en el mercado de los productos fertilizantes UE y Commission Implementing Decision C(2020) 612 on a standardisation request to the European Committee for Standardisation as regards the EU fertilising products in support of Regulation (EU) 2019/1009 [«Decisión de Ejecución C(2020) 612 de la Comisión, sobre una solicitud de normalización presentada al Comité Europeo de Normalización en relación con los productos fertilizantes UE como complemento al Reglamento (UE) 2019/1009», documento en inglés].

Desarrollar normas europeas nuevas, actualizar los documentos de normalización existentes y adaptar el programa de trabajo de la Comisión de manera que se aplique la Decisión de Ejecución C(2020) 612 para lograr normas avanzadas y oportunas.

Ofrecer fertilizantes en el mercado interior y establecer condiciones uniformes para que los fertilizantes fabricados a partir de materia orgánica o materiales reciclados estén disponibles en todo el mercado interior.

23

Seguridad alimentaria: nutrición animal

Reglamento (UE) 2017/625, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios.

Desarrollar normas europeas nuevas en relación con los métodos analíticos utilizados en el ámbito de la nutrición animal con respecto a:

aditivos prohibidos;

contaminantes (metales, toxinas vegetales, micotoxinas);

aditivos autorizados;

radioactividad;

materiales de envases y embalaje.

Establecer métodos analíticos normalizados es de vital importancia para garantizar: i) una aplicación y control uniformes de la legislación europea en todos los Estados miembros de la UE; y ii) un alto nivel de seguridad de los alimentos y los piensos.

24

Salud alimentaria: contaminantes en los alimentos

Reglamento (UE) 2017/625, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios.

Desarrollar nuevas normas europeas relativas a los métodos analíticos en el ámbito de la legislación en materia de seguridad alimentaria por lo que respecta a los contaminantes de procesamiento (como acrilamida, perclorato, furanos, 3-monocloropropanodiol y ésteres glicidílicos) en los alimentos.

Establecer métodos analíticos normalizados es de vital importancia para garantizar: i) una aplicación y control uniformes de la legislación europea en todos los Estados miembros de la UE; y ii) un alto nivel de seguridad alimentaria.

25

Salud alimentaria: metales en los alimentos

Reglamento (UE) 2017/625, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios.

Desarrollar normas europeas nuevas en relación con los métodos analíticos en el ámbito de la legislación en materia de seguridad alimentaria por lo que respecta a los metales (como el níquel o el cromo VI) en los alimentos.

Establecer métodos analíticos normalizados es de vital importancia para garantizar: i) una aplicación y control uniformes de la legislación europea en todos los Estados miembros de la UE; y ii) un alto nivel de seguridad alimentaria.

26

Seguridad alimentaria: micotoxinas y toxinas vegetales en los alimentos

Reglamento (UE) 2017/625, relativo a los controles y otras actividades oficiales realizados para garantizar la aplicación de la legislación sobre alimentos y piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, sanidad vegetal y productos fitosanitarios.

Desarrollar normas europeas nuevas en relación con métodos analíticos en el ámbito de la legislación en materia de seguridad alimentaria por lo que respecta a las micotoxinas y las toxinas vegetales en alimentos.

Establecer métodos analíticos normalizados es de vital importancia para garantizar: i) una aplicación y control uniformes de la legislación europea en todos los Estados miembros de la UE; y ii) un alto nivel de seguridad alimentaria.

27

Protección de buques que transportan gases licuados a granel y buques propulsados por gas

Directiva 2014/90/UE, sobre equipos marinos.

Desarrollar una nueva norma europea para realizar ensayos sobre dispositivos fijos de extinción de polvo químico seco para la protección de buques que transporten gases licuados a granel y buques que utilicen gas como propulsor.

Mejorar la seguridad marítima.

La Organización Marítima Internacional va a revisar sus directrices para la aprobación de dispositivos fijos de extinción de polvo químico seco para la protección de buques que transporten gases licuados a granel.

Sin embargo, hasta ahora no existe un ensayo normalizado validado para ensayos de extinción de dardos de fuego o de incendios de soportes de cables. El desarrollo de dicha norma, en estrecha coordinación con la Organización Internacional de Normalización (ISO), mejoraría la seguridad marítima no solo para los buques cisterna gaseros, sino también para los buques de pasajeros propulsados por gas.

28

Datos relativos al clima

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones «Forjar una Europa resiliente al cambio climático — La nueva estrategia de adaptación al cambio climático de la UE»;COM/2021/82 final y COM(2020) 66 «Una Estrategia Europea de Datos».

Desarrollar normas que garanticen que los datos pertenecientes tanto al sector público como al privado se registren, recopilen y compartan de manera exhaustiva y armonizada.

Mejorar la precisión de las evaluaciones de riesgos climáticos aportando datos que cuantifiquen las pérdidas por desastres naturales.

29

Evaluación dinámica del ciclo de vida para estimar la eliminación de carbono en los productos de construcción

COM(2021) 572 Nueva Estrategia de la UE en favor de los Bosques para 2030, apartado 2.1 y COM(2021) 800: Ciclos de carbono sostenibles, apartado 3.1.

Desarrollar un marco estandarizado de evaluación dinámica del ciclo de vida para contabilizar con mayor precisión las eliminaciones de carbono asociadas al almacenamiento de carbono en los productos de construcción.

El objetivo principal es reflejar los progresos realizados en la evaluación dinámica del ciclo de vida para reconocer mejor el almacenamiento de carbono en las normas para productos de construcción, principalmente cuando se utilizan factores de caracterización dependientes del tiempo aplicados a un inventario dinámico del ciclo de vida.

30

Diseño ecológico y etiquetado energético de los ordenadores

Reglamento (UE) n.o 617/2013 de la Comisión, de 26 de junio de 2013, por el que se desarrolla la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los ordenadores y servidores informáticos.

Revisar las normas vigentes para ordenadores y servidores y desarrollar otras nuevas, mediante métodos fiables, precisos y reproducibles, que tengan en cuenta las técnicas reconocidas más avanzadas.

Reducir el consumo de electricidad de los ordenadores y servidores.

31

Diseño ecológico y etiquetado energético de los aparatos de cocina

Reglamento (UE) n.o 66/2014 de la Comisión, de 14 de enero de 2014, por el que se aplica la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los hornos, las placas de cocina y las campanas extractoras de uso doméstico

Revisar las normas vigentes y desarrollar otras nuevas para los aparatos domésticos para cocina.

Reducir el consumo energético de los aparatos domésticos para cocina.

32

Diseño ecológico y etiquetado energético de las pantallas electrónicas

Reglamento (UE) 2019/2021 de la Comisión, de 1 de octubre de 2019, por el que se establecen requisitos de diseño ecológico aplicables a las pantallas electrónicas con arreglo a la Directiva 2009/125/CE y Reglamento Delegado (UE) 2019/2013 de la Comisión, de 11 de marzo de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) 2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de las pantallas electrónicas.

Revisar las normas vigentes y desarrollar otras nuevas relativas a las pantallas electrónicas con función de codificación del alto rango dinámico (HDR) y niveles de resolución superiores a 4K (o HD), que establezcan un método de ensayo específico para los comportamientos del control automático de brillo (ABC) y adapten los métodos de verificación del contenido de aditivos plásticos.

Reducir el consumo energético de las pantallas electrónicas (televisores, monitores) con función de codificación del alto rango dinámico (HDR) y niveles de resolución superiores a 4K (o HD), mediante el establecimiento de un método de ensayo específico para los comportamientos del ABC y la adaptación de los métodos de verificación del contenido de aditivos plásticos.

33

Diseño ecológico y etiquetado energético de las fuentes luminosas

Reglamento (UE) 2019/2020 de la Comisión, de 1 de octubre de 2019, por el que se establecen requisitos de diseño ecológico para las fuentes luminosas y los mecanismos de control independientes con arreglo a la Directiva 2009/125/CE y Reglamento Delegado (UE) 2019/2015 de la Comisión, de 11 de marzo de 2019, por el que se complementa el Reglamento (UE) 2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de las fuentes luminosas.

Revisar las normas vigentes y desarrollar otras nuevas que aborden los métodos y procedimientos para medir los parámetros necesarios para:

lámparas de descarga fluorescentes y de alta intensidad;

balastos que puedan funcionar con dichas lámparas;

luminarias que puedan funcionar con dichas lámparas;

luminarias para iluminación de oficinas;

luminarias para alumbrado público.

Reducir el consumo de energía final de las fuentes luminosas, de forma que se consiga un ahorro total estimado de 41,9 TWh anuales en 2030.

34

Diseño ecológico y etiquetado energético de los aparatos de calefacción local

Reglamento (UE) 2015/1188 de la Comisión, de 28 de abril de 2015, por el que se aplica la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los aparatos de calefacción local y Reglamento Delegado (UE) 2015/1186 de la Comisión, de 24 de abril de 2015, por el que se complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de los aparatos de calefacción local.

Revisar las normas vigentes y desarrollar otras nuevas para los aparatos de calefacción local.

Reducir el consumo energético y limitar más el impacto ambiental de los aparatos de calefacción local.

35

Diseño ecológico y etiquetado energético de los aparatos de refrigeración

Reglamento (UE) 2019/2019 de la Comisión, de 1 de octubre de 2019, por el que se establecen los requisitos de diseño ecológico aplicables a los aparatos de refrigeración de conformidad con la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se deroga el Reglamento (CE) n.o 643/2009 de la Comisión.

Revisar las normas vigentes y desarrollar otras nuevas en relación con los aparatos de refrigeración, con el fin de promover la medición de los parámetros de los productos pertinentes mediante métodos fiables, precisos y reproducibles, que tengan en cuenta los métodos de medición reconocidos más avanzados.

Reducir el consumo de energía de los aparatos de refrigeración, de forma que se consiga un ahorro de energía final anual estimado de 10 TWh en 2030.

36

Diseño ecológico y etiquetado energético de los aparatos de refrigeración con función de venta directa

Reglamento (UE) 2019/2024 de la Comisión por el que se establecen requisitos de diseño ecológico para los aparatos de refrigeración con función de venta directa con arreglo a la Directiva 2009/125/CE y Reglamento Delegado (UE) 2019/2018 de la Comisión, de 11 de marzo de 2019, por el que se complementa el Reglamento (UE) 2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de los aparatos de refrigeración con función de venta directa.

Revisar las normas vigentes y desarrollo de nuevas normas relativas a los aparatos de refrigeración con función de venta directa que abarquen métodos y cálculos de medición de los parámetros requeridos.

El objetivo principal es reducir el consumo de energía de los aparatos de refrigeración con función de venta directa, consiguiendo un ahorro total de energía final estimado de 48 TWh anuales en 2030.

37

Diseño ecológico y etiquetado energético de las aspiradoras

Reglamento (UE) n.o 666/2013 de la Comisión, de 8 de julio de 2013, por el que se aplica la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico para aspiradoras.

Revisar las normas existentes y desarrollar otras nuevas en relación con las aspiradoras, con el fin de promover la medición de los parámetros de los productos pertinentes mediante métodos fiables, precisos y reproducibles, que tengan en cuenta los métodos de medición reconocidos más avanzados.

Reducir el consumo de energía de las aspiradoras durante su fase de utilización.

38

Diseño ecológico y etiquetado energético de los aparatos de calefacción

Reglamento (UE) n.o 813/2013 de la Comisión, de 2 de agosto de 2013, por el que se desarrolla la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto de los requisitos de diseño ecológico aplicables a los aparatos de calefacción y a los calefactores combinados y Reglamento Delegado (UE) n.o 811/2013 de la Comisión, en lo relativo al etiquetado energético de aparatos de calefacción, calefactores combinados, equipos combinados de aparato de calefacción, control de temperatura y dispositivo solar y equipos combinados de calefactor combinado, control de temperatura y dispositivo solar.

Revisar las normas existentes y desarrollar otras nuevas para los aparatos de calefacción y los calefactores combinados con el fin de promover la medición de parámetros de los productos en cuestión

mediante métodos de medición fiables, precisos y replicables que tengan en cuenta los métodos de medición reconocidos más avanzados.

Normalizar los requisitos relativos al consumo energético, al nivel de potencia acústica y a las emisiones de óxido nítrico para los aparatos de calefacción y los calefactores combinados en toda la UE.

Esto contribuiría a un mejor funcionamiento del mercado interior y a la mejora del rendimiento medioambiental de estos productos.

39

Diseño ecológico y etiquetado energético de los calentadores de agua

Reglamento (UE) n.o 814/2013 de la Comisión, de 2 de agosto de 2013, por el que se aplica la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico para calentadores de agua y depósitos de agua caliente, modificado por el Reglamento (UE) 2016/2282 de la Comisión, de 30 de noviembre de 2016, y Reglamento Delegado (UE) n.o 812/2013 de la Comisión, de 18 de febrero de 2013, por el que se complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al etiquetado energético de los calentadores de agua, los depósitos de agua caliente y los equipos combinados de calentador de agua y dispositivo solar.

Revisar las normas existentes y desarrollar otras nuevas en relación con los calentadores de agua y depósitos de agua caliente, con el fin de promover la medición de los parámetros de los productos en cuestión mediante métodos fiables, precisos y reproducibles, que tengan en cuenta los métodos de medición reconocidos más avanzados.

Normalizar los requisitos relativos al consumo energético, al nivel de potencia acústica y a las emisiones de óxido nítrico para los calentadores de agua y depósitos de agua caliente, así como los requisitos para las pérdidas estáticas procedentes de depósitos de agua caliente en toda la UE.

Esto contribuiría a un mejor funcionamiento del mercado interior y a la mejora del rendimiento medioambiental de estos productos.

40

Diseño ecológico y etiquetado energético de teléfonos inteligentes y tabletas

PLAN 2020/9213: Reglamento de la Comisión por el que se aplica la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los teléfonos inteligentes y las tabletas y PLAN 2020/9217: Reglamento Delegado de la Comisión por el que se complementa el Reglamento (UE) 2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de los teléfonos inteligentes y las tabletas.

Desarrollar normas nuevas para los teléfonos inteligentes y las tabletas, con el fin de promover la medición y el cálculo de los parámetros de los productos en cuestión mediante métodos fiables, precisos y reproducibles, que tengan en cuenta los métodos de medición reconocidos más avanzados.

Reducir el impacto ambiental asociado a los teléfonos inteligentes y las tabletas.

41

Diseño ecológico y etiquetado energético de los productos fotovoltaicos (módulos, inversores y sistemas)

PLAN 2020/7002: Reglamento de la Comisión por el que se aplica la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos fotovoltaicos (módulos, inversores y sistemas) y PLAN 2020/7007: Reglamento Delegado de la Comisión por el que se complementa el Reglamento (UE) 2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de los productos fotovoltaicos (módulos, inversores y sistemas).

Desarrollar normas nuevas para los productos fotovoltaicos (módulos, inversores y sistemas), con el fin de promover la medición y el cálculo de los parámetros de los productos en cuestión mediante métodos fiables, precisos y reproducibles, que tengan en cuenta los métodos de medición reconocidos más avanzados.

Reducir el impacto ambiental asociado a los productos fotovoltaicos (módulos, inversores y sistemas).

42

Diseño ecológico de acondicionadores de aire y bombas de calor

Reglamento (UE) n.o 206/2012 de la Comisión, de 6 de marzo de 2012, por el que se desarrolla la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo respecto de los requisitos de diseño ecológico aplicables a los acondicionadores de aire y a los ventiladores, modificado por el Reglamento (UE) 2016/2282 de la Comisión, de 30 de noviembre de 2016.

Revisar las normas existentes y desarrollar otras nuevas para los acondicionadores de aire y las bombas de calor, mediante métodos fiables, precisos y reproducibles, que tengan en cuenta las técnicas reconocidas más avanzadas.

Reducir el consumo energético de los acondicionadores de aire y las bombas de calor durante su fase de utilización, así como su nivel de potencia acústica.

43

Diseño ecológico de motores eléctricos

Reglamento (UE) 2019/1781 de la Comisión, de 1 de octubre de 2019, por el que se establecen requisitos de diseño ecológico para los motores eléctricos y los variadores de velocidad de conformidad con la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, se modifica el Reglamento (CE) n.o 641/2009 en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los circuladores sin prensaestopas independientes y a los circuladores sin prensaestopas integrados en productos y se deroga el Reglamento (CE) n.o 640/2009 de la Comisión

Revisar las normas vigentes junto con los siguientes elementos:

1)

establecer requisitos de uso eficiente de los recursos, en particular la identificación y reutilización de tierra rara en motores de imán permanente;

2)

el nivel de las tolerancias de verificación;

3)

el método y los tipos de energía para los motores con una tensión nominal superior a 1 000  V;

4)

las combinaciones de motores y variadores de velocidad introducidos en el mercado conjuntamente, así como para los variadores de velocidad integrados (motores compactos);

5)

añadir otros tipos de motores al ámbito de aplicación, como los de imán permanente.

Establecer métodos de ensayo repetibles, reproducibles, rentables y relevantes en la práctica para medir el consumo energético de los motores eléctricos,

con vistas a reducir su tasa de pérdida de energía y contribuir así al funcionamiento del mercado interior y al ahorro energético.

44

Diseño ecológico de equipos eléctricos y electrónicos domésticos y de oficina

Draft proposal for a Commission Regulation (EU) …/… laying down ecodesign requirements for off mode, standby, and networked standby energy consumption of electrical and electronic household and office equipment pursuant to Directive 2009/125/EC of the European Parliament and of the Council and repealing Commission Regulations (EC) n.o 1275/2008 [«Proyecto de propuesta de Reglamento (UE) …/… de la Comisión, por el que se establecen requisitos de diseño ecológico aplicables al consumo de energía en los modos desactivado y preparado, así como en el modo preparado en red, de los equipos eléctricos y electrónicos domésticos y de oficina con arreglo a la Directiva 2008/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1275/2008 de la Comisión»], PLAN/2016/444.

Revisar las normas existentes y desarrollar otras nuevas para los equipos eléctricos y electrónicos domésticos y de oficina.

Reducir el consumo energético en modo de espera apagado y en modo de espera en red de los equipos eléctricos y electrónicos domésticos y de oficina.

45

Diseño ecológico de fuentes de alimentación externas

Reglamento (UE) 2019/1782 de la Comisión, de 1 de octubre de 2019, por el que se establecen requisitos de diseño ecológico para las fuentes de alimentación externas de conformidad con la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se deroga el Reglamento (CE) n.o 278/2009 de la Comisión.

Revisar las normas existentes y desarrollar otras nuevas para las fuentes de alimentación externas, con el fin de promover la medición de los parámetros pertinentes de los productos

mediante métodos de medición fiables, precisos y replicables, que tengan en cuenta los métodos de medición reconocidos más avanzados.

El principal objetivo es normalizar el consumo energético de las fuentes de alimentación externas, contribuyendo así al funcionamiento del mercado interior y al ahorro energético.

46

Diseño ecológico de ventiladores industriales

Reglamento (UE) n.o 327/2011 de la Comisión, de 30 de marzo de 2011, por el que se aplica la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico para los ventiladores de motor con una potencia eléctrica de entrada comprendida entre 125 W y 500 kW, modificado por el Reglamento (UE) n.o 666/2013 de la Comisión, de 8 de julio de 2013 y por el Reglamento (UE) 2016/2282 de la Comisión, de 30 de noviembre de 2016.

Revisar las normas vigentes y desarrollar otras nuevas para permitir un enfoque de producto ampliado, especialmente a través de la definición de un número suficiente de puntos de funcionamiento y de un método de interpolación o cálculo o una curva característica.

Complementar los métodos de medición directa con métodos de cálculo/interpolación adecuados y cuantificar su validez.

Métodos para los ventiladores de circulación y los grandes ventiladores de confort y para los grandes ventiladores, por ejemplo, mediante la extrapolación de modelos a escala.

Establecer métodos de ensayo repetibles, reproducibles, rentables y relevantes en la práctica para medir el consumo energético de los ventiladores industriales,

con vistas a reducir su tasa de pérdida de energía y contribuir así al funcionamiento del mercado interior y al ahorro energético.

47

Diseño ecológico de variadores de velocidad

Reglamento (UE) 2019/1781 de la Comisión, de 1 de octubre de 2019, por el que se establecen requisitos de diseño ecológico para los motores eléctricos y los variadores de velocidad de conformidad con la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, se modifica el Reglamento (CE) n.o 641/2009 en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los circuladores sin prensaestopas independientes y a los circuladores sin prensaestopas integrados en productos y se deroga el Reglamento (CE) n.o 640/2009 de la Comisión.

Revisar las normas vigentes, junto con los siguientes elementos:

1)

subsanar las pérdidas del sistema directamente vinculadas a los variadores de velocidad, especialmente aquellas que se producen en posiciones anteriores de la red cuando la corriente de entrada no es sinusoidal y las pérdidas armónicas que se producen en posiciones posteriores en el motor;

2)

el nivel de las tolerancias de verificación;

3)

si procede, añadir clases de energía para fomentar los motores más eficientes;

4)

establecer requisitos para combinaciones de motores y variadores de velocidad introducidos en el mercado conjuntamente, así como para los variadores de velocidad integrados (motores compactos);

5)

añadir otros tipos de variadores de velocidad al ámbito de aplicación.

Establecer métodos de ensayo repetibles, reproducibles, rentables y relevantes en la práctica para medir el consumo energético o las pérdidas de los variadores de velocidad,

con vistas a reducir su tasa de pérdida de energía y contribuir así al funcionamiento del mercado interior y al ahorro energético.

48

Interoperabilidad del sistema ferroviario

Directiva (UE) 2016/797 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016, sobre la interoperabilidad del sistema ferroviario dentro de la Unión Europea (versión refundida) y COM(2020) 66 «Una Estrategia Europea de Datos».

Actualizar las normas europeas existentes y desarrollar otras nuevas relacionadas —en particular, pero no exclusivamente— con:

el transporte de mercancías en cuanto a aspectos generales de la cadena de valor logística;

los sistemas de comunicación tren-tierra;

la digitalización y automatización, la movilidad y el carácter multimodal como servicio;

la ciberseguridad;

el sistema de gestión del tráfico ferroviario europeo y la conducción automática de los trenes (basada en el 5G);

los acopladores automáticos digitales para vagones de mercancías y las soluciones innovadoras para el transporte intermodal y combinado;

la certificación virtual;

el mantenimiento basado en condiciones;

el uso de nuevos materiales y combustibles alternativos.

Considerar la conexión de los datos con los datos de movilidad europeos mediante la puesta en común y el intercambio de datos procedentes de bases de datos sobre transporte y movilidad ya existentes y futuras.

Promover las especificaciones técnicas para la interoperabilidad y la arquitectura del sistema ferroviario, en particular la digitalización (para conseguir una conducción eficaz de los trenes y beneficios para los usuarios), la automatización y la ciberseguridad.

49

Productos sanitarios y productos sanitarios para diagnóstico in vitro

Reglamento (UE) 2017/745, sobre los productos sanitarios.

Reglamento (UE) 2017/746, sobre los productos sanitarios para diagnóstico in vitro.

Revisar las normas europeas existentes y desarrollar otras nuevas que abarquen el diseño y la fabricación de:

los productos sanitarios a los que se aplica el Reglamento (UE) 2017/745;

los productos sanitarios para diagnóstico in vitro a los que se aplica el Reglamento (UE) 2017/746.

Las normas se aplicarán al diseño y la fabricación, la gestión de riesgos y las obligaciones de los patrocinadores y operadores económicos, en particular a aquellas relacionadas con:

sistemas de gestión de la calidad;

gestión de riesgos;

investigaciones clínicas y estudios de rendimiento;

evaluación clínica;

datos clínicos.

Garantizar el correcto funcionamiento del mercado interior en lo que se refiere a los productos sanitarios, mediante el establecimiento de normas rigurosas en materia de calidad y seguridad para los productos sanitarios en general y para los productos sanitarios para diagnóstico in vitro en particular.

Estas deben subsanar los problemas de seguridad comunes en cuanto a dichos productos, de forma que garanticen un alto nivel de protección de la salud y la seguridad a los pacientes, usuarios y otras personas.

50

Seguridad de las operaciones realizadas por sistemas de aeronaves no tripuladas

Reglamento Delegado (UE) 2020/1058 de la Comisión, de 27 de abril de 2020, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2019/945 en lo que respecta a la introducción de dos nuevas clases de sistemas de aeronaves no tripuladas.

Desarrollar nuevas normas europeas que abarquen los requisitos relativos al riesgo que plantea la utilización de sistemas de aeronaves no tripuladas.

Estos tienen que ver con características específicas y funcionalidades necesarias para mitigar los riesgos relacionados con la seguridad del vuelo, la privacidad y la protección de datos personales, de la seguridad o del medio ambiente.

Garantizar que el funcionamiento de los sistemas de aeronaves no tripuladas es seguro y entraña un riesgo reducido, de forma que no tengan que someterse a los procedimientos estándar de conformidad aeronáutica.

51

Seguridad de los juguetes

Directiva 2009/48/CE, sobre la seguridad de los juguetes.

Revisar las normas europeas existentes o desarrollar otras nuevas para promover la tecnología punta en relación con la seguridad de los juguetes y las sustancias químicas utilizadas en estos.

Abordar los avances tecnológicos en el mercado de los juguetes que han planteado problemas en cuanto a la seguridad y suscitado mayor preocupación en los consumidores.

52

Requisitos de seguridad para determinados productos infantiles

Directiva 2001/95/CE, relativa a la seguridad general de los productos.

Revisar las normas europeas existentes y desarrollar otras nuevas para garantizar la seguridad de determinados productos para niños (excepto los juguetes), que reflejen los últimos avances.

Proporcionar un nivel de protección del consumidor importante para reforzar la seguridad de los productos, teniendo en cuenta los últimos avances tecnológicos y los requisitos impuestos por la legislación.

53

Sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas

Directiva 2014/34/UE, sobre aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas (ATEX)

Revisar las normas europeas existentes y desarrollar otras nuevas para garantizar la salud y la seguridad en la utilización de los aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas. Los requisitos figuran en el anexo II de la Directiva 2014/34/UE.

Asegurarse de que la maquinaria y otros aparatos que cuenten con su propia fuente potencial de ignición y que esté previsto instalar en zonas explosivas tengan protección suficiente frente al riesgo de causar una explosión, o, de no ser así, que se mitigue lo suficiente cualquier posible explosión.

54

Artículos pirotécnicos

Directiva 2013/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de comercialización de artículos pirotécnicos (versión refundida).

Trabajos de normalización para aumentar la seguridad de los artículos pirotécnicos: actualizar las normas vigentes sobre artículos pirotécnicos con el fin de reflejar los requisitos de la actual Directiva 2013/29/UE y los últimos avances tecnológicos.

Aumentar la seguridad de los artículos pirotécnicos y la calidad de las evaluaciones de la conformidad de dichos artículos, armonizando las normas existentes en este ámbito con los requisitos legislativos y de seguridad vigentes, así como con los últimos avances tecnológicos.

55

Instalaciones de transporte por cable

Reglamento (UE) 2016/424 relativo a las instalaciones de transporte por cable.

Revisar las normas existentes y desarrollar otras nuevas para establecer especificaciones técnicas detalladas para: i) el diseño y la construcción de instalaciones de transporte por cable, su infraestructura, sus subsistemas y sus componentes de seguridad; y ii) el funcionamiento de instalaciones de transporte por cable.

Mejorar la seguridad de las instalaciones de transporte por cable.

56

Productos de construcción

Reglamento (UE) n.o 305/2011, sobre productos de construcción y COM(2020) 662 «Oleada de renovación para Europa: ecologizar nuestros edificios, crear empleo y mejorar vidas».

Desarrollar nuevas normas europeas en relación con los métodos y criterios de evaluación de los productos de construcción —en particular, los que apoyen la renovación de los edificios— para que se utilicen como especificaciones técnicas normalizadas de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 305/2011.

Asegurar el buen funcionamiento del mercado único de productos de construcción y la ecologización de nuestros edificios.

57

Ascensores y componentes de seguridad para ascensores

Directiva 2014/33/UE sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de ascensores y componentes de seguridad para ascensores, Decisión de Ejecución (UE) 2021/76 de la Comisión y Decisión de Ejecución (UE) 2021/1220 de la Comisión.

Desarrollar normas europeas nuevas, actualizar los documentos de normalización existentes y adaptar el programa de trabajo de la Comisión de manera que se aplique la Decisión de Ejecución (UE) 2021/76 y la Decisión (UE) 2021/1220 para lograr normas avanzadas y oportunas.

Garantizar un nivel elevado de protección de la salud y la seguridad y, cuando proceda, seguridad para la propiedad, y garantizar la competencia leal en el mercado de la Unión.

58

Equipos de pesaje a bordo

Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1213 de la Comisión, de 12 de julio de 2019, por el que se establecen disposiciones detalladas para garantizar unas condiciones uniformes a efectos de aplicar la interoperabilidad y la compatibilidad de los equipos de pesaje a bordo.

Desarrollar una norma para la transmisión de información de los equipos de pesaje a bordo entre la cabina del camión y el remolque, a través de un vínculo establecido mediante un sistema de transporte inteligente cooperativo.

La nueva norma debe desarrollar el nivel de aplicación de la comunicación entre los distintos vehículos con los que se puede combinar la cabina del camión, partiendo de un vínculo inalámbrico establecido entre las estaciones de los sistemas de transporte inteligentes cooperativos del vehículo de motor y los de los remolques o semirremolques, de acuerdo con las normas EN 302 663, EN 302 636-4-1 y EN 302 636-5.

Promover el uso de un método normalizado para comprobar la posible sobrecarga en vehículos o combinaciones de vehículos, de cara a prevenir daños excesivos en las carreteras y garantizar la maniobrabilidad.

59

Equipos a presión

Directiva 2014/68/UE, de 15 de mayo de 2014, relativa a la armonización de las legislaciones de los Estados miembros sobre la comercialización de equipos a presión.

Revisar las normas existentes y desarrollar otras nuevas para equipos a presión o conjuntos.

Mejorar la seguridad y facilitar el acceso al mercado para las pequeñas y medianas empresas. Esto aumentará la competitividad de las empresas de la UE en un mercado global.

60

Aparatos de gas

Reglamento (UE) 2016/426, sobre los aparatos que queman combustibles gaseosos.

Revisar las normas europeas existentes o desarrollar otras nuevas para promover el uso de tecnología punta en el ámbito de los aparatos que queman combustibles gaseosos.

Este trabajo responderá a:

los cambios introducidos en los requisitos esenciales;

los avances en relación con los combustibles gaseosos obtenidos a partir de fuentes renovables;

un aumento previsto del uso de hidrógeno;

las nuevas tecnologías disponibles (por ejemplo, los aparatos con pilas de combustible).

Garantizar la salud y la seguridad, así como un uso racional de la energía (eficiencia energética), en la utilización de los aparatos que queman combustibles gaseosos.

61

Recipientes a presión simples

Directiva 2014/29/UE. sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de comercialización de los recipientes a presión simples.

Revisar las normas existentes en el conjunto de normas UNE-EN 286 y desarrollar otras nuevas.

Mejorar la seguridad y facilitar el acceso al mercado para las pequeñas y medianas empresas. Esto aumentará la competitividad de las empresas de la UE en un mercado global.

62

Instrumentos de ensayo y medición

Directiva 2014/31/UE, sobre comercialización de instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático.

Directiva 2014/32/UE, sobre comercialización de instrumentos de medida.

Revisar las normas europeas existentes o desarrollar otras nuevas para promover el uso de tecnología punta en el ámbito de los instrumentos de pesaje y medida.

i)

proteger al público frente a los resultados incorrectos de las operaciones de pesaje mediante instrumentos de pesaje no automáticos cuando se recurra a estas operaciones para determinadas categorías de solicitud;

ii)

promover los instrumentos de medida correctos y que permitan la trazabilidad, que puedan usarse para diversas tareas de medición que afectan directa e indirectamente a la vida cotidiana de las personas de muchas maneras.

Estas tareas se llevan a cabo en aras del interés público, la salud pública, la seguridad y el orden, la protección del medio ambiente, la protección del consumidor, la recaudación de impuestos y tasas y el comercio justo.

Esto puede requerir el uso de instrumentos de medida controlados legalmente.

63

Sistemas de inteligencia artificial seguros y fiables

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial (Ley de inteligencia artificial) y se modifican determinados actos legislativos de la Unión

https://op.europa.eu/es/publication-detail/-/publication/e4c43528-ccfc-11ea-adf7-01aa75ed71a1

Establecer normas para la comercialización, puesta en servicio y uso de los sistemas de inteligencia artificial en la UE, abordando los requisitos relacionados con su seguridad y fiabilidad, incluida la gestión de riesgos, la calidad de los datos, la transparencia, la supervisión humana, la precisión, la solidez y la ciberseguridad.

Garantizar que los sistemas de inteligencia artificial son seguros y fiables, se supervisan adecuadamente a lo largo de su ciclo de vida, respetan los valores fundamentales y los derechos humanos reconocidos en Europa y aumentan la competitividad europea.

64

Contratación pública

Directiva 2014/24/UE, sobre contratación pública, artículo 22 y COM(2020) 66 «Una Estrategia Europea de Datos».

Desarrollar documentos de normalización para la totalidad del proceso de contratación pública electrónica, a fin de garantizar la interoperabilidad transfronteriza y apoyar los espacios comunes europeos de datos para las administraciones públicas.

La finalidad de las normas es facilitar la interoperabilidad entre los organismos de contratación y los proveedores en el ámbito de la contratación pública, especialmente a escala transfronteriza.

La interoperabilidad es esencial para crear el mercado interior en Europa.

65

Ciberseguridad de los equipos radioeléctricos

Directiva 2014/53/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, relativa a la armonización de las legislaciones de los Estados miembros sobre la comercialización de equipos radioeléctricos.

Desarrollar normas nuevas que promuevan el establecimiento de ciertos requisitos de ciberseguridad para equipos radioeléctricos concretos.

Mejorar la ciberseguridad de determinados equipos radioeléctricos.

66

Facturación electrónica

Directiva 2014/55/UE relativa a la facturación electrónica, artículo 3, y Decisión de Ejecución (UE) 2017/1870 de la Comisión, de 16 de octubre de 2017.

Revisar o actualizar las normas europeas relativas a la facturación electrónica, para tener en cuenta los avances tecnológicos y garantizar una interoperabilidad plena y constante de la facturación electrónica en la contratación pública.

Promover la adopción de la facturación electrónica en la contratación pública y complementar las iniciativas emprendidas para ello.

67

Pasaportes digitales de productos y servicios

Iniciativa legislativa relativa a la política de productos sostenibles.

Desarrollar normas europeas que establezcan requisitos en relación con la fiabilidad, seguridad y transparencia de los pasaportes digitales de productos y servicios.

El objetivo es proporcionar una base que garantice un alto rendimiento medioambiental de todos los productos y, en la medida de lo posible y cuando sea pertinente, también de los servicios ofrecidos en el mercado de la UE, mediante la mejora de los flujos de información que aportan los pasaportes digitales.

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Código de respuesta rápida para pagos instantáneos en el punto de interacción

COM(2020) 592, sobre una Estrategia de Pagos Minoristas para la UE.

Desarrollar código de respuesta rápida normalizado que permita iniciar y aceptar pagos instantáneos (tanto dentro de un Estado miembro como en zonas transfronterizas), utilizando un dispositivo electrónico (por ejemplo, un teléfono móvil), en diversas situaciones, como en tiendas físicas, en el comercio electrónico, entre particulares, entre empresas, de empresas a consumidores, facturas, etc.

Apoyar la interoperabilidad transfronteriza de las soluciones de pago instantáneo y la aparición de soluciones de pago instantáneo paneuropeas, así como su adopción.

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Normas de apoyo a la infraestructura de servicios de cadena de bloques

«La década digital de Europa: metas digitales para 2030».

«Brújula Digital 2030: el enfoque de Europa para el Decenio Digital.

Desarrollar normas que apoyen el despliegue general de la infraestructura de servicios de cadena de bloques y de las tecnologías de libro mayor distribuido en toda la UE.

Para apoyar que la Infraestructura Europea de Servicios de cadena bloques sea ecológica, segura y plenamente acorde con los valores de la UE y el marco jurídico de la UE, haciendo que la prestación de servicios públicos transfronterizos y nacionales y locales sea más eficiente y fiable y promueva nuevos modelos de negocio.


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