sábado, 27 de marzo de 2021

PROPUESTA DE RECOMENDACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO SOBRE APOYO AL EMPLEO JUVENIL: UN PUENTE HACIA EL EMPLEO PARA LA PRÓXIMA GENERACIÓN

 Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

        Doctor en Derecho
        Université de Montpellier I Francia.
        M. Sc. Institut Agronomique Méditerranéen
        cferreyros@hotmail.com

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Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Apoyo al empleo juvenil: un puente hacia el empleo para la próxima generación — Refuerzo de la Garantía Juvenil

(2021/C 106/03)

Ponente:

Romy KARIER (LU/PPE), concejala de Clervaux.

Documentos de referencia:

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Apoyo al empleo juvenil: un puente hacia el empleo para la próxima generación

COM(2020) 276 final

Propuesta de Recomendación del Consejo — Un puente hacia el empleo: refuerzo de la Garantía Juvenil que sustituye a la Recomendación del Consejo, de 22 de abril de 2013, sobre el establecimiento de la Garantía Juvenil

COM(2020) 277 final

RECOMENDACIONES POLÍTICAS

EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES

1.

acoge con satisfacción la propuesta de Recomendación del Consejo relativa al refuerzo de la Garantía Juvenil, que se basa en las lecciones aprendidas desde la adopción de la Garantía Juvenil original el 22 de abril de 2013, introduciendo así importantes mejoras en el instrumento, como una estructura nueva y más coherente dividida en cuatro fases, una mayor concentración en los jóvenes que ni estudian, ni trabajan, ni siguen una formación («ninis») de larga duración y la mejora de los elementos integradores del instrumento. La propuesta es especialmente significativa en el contexto de la crisis de la pandemia de COVID-19, que está teniendo un efecto desproporcionado en los jóvenes;

2.

valora positivamente la propuesta de la Comisión de ampliar el tramo de edad de los beneficiarios de la Garantía Juvenil de modo que incluya a los jóvenes de 25 a 29 años, llegando con ello a un mayor número de jóvenes. Esto hace que la propuesta sea más coherente con las normas de ejecución aplicadas en la mayoría de los Estados miembros, pero también más inclusiva, ya que reconoce que, durante la recesión económica debida a la pandemia, el desempleo entre los jóvenes de 15 a 29 años seguirá aumentando drásticamente y estos requerirán servicios de apoyo (1); destaca que, después de que se haya hecho una oferta de empleo o una vez transcurrido el período de cuatro meses para hacer la oferta de empleo, se deberá seguir prestando apoyo a las personas jóvenes, asegurando un refuerzo continuado de su motivación, capacidades y habilidades, en especial para las personas jóvenes más vulnerables que pueden necesitar apoyo a más largo plazo para integrarse con éxito en el mercado de trabajo;

3.

destaca el importante papel de los entes locales y regionales en los ámbitos de las políticas de empleo, formación, educación y juventud, y sugiere que las asociaciones en todas las fases de la Garantía Juvenil incluyan a dichos entes. Es el caso, en particular, de las fases de inventario y divulgación, en las que los entes locales y regionales podrían constituir un puente entre diferentes partes interesadas, como los interlocutores sociales, las instituciones educativas, las organizaciones juveniles, los servicios públicos de empleo y el sector empresarial local y regional;

4.

acoge con satisfacción la sugerencia de la Comisión de que los entes locales y regionales sean la fuerza motriz de la formación de aprendices en el entorno empresarial local, reconociendo así el papel crucial que desempeñan en el fomento del desarrollo económico mediante asociaciones y reconociendo las posiciones anteriores del Comité de las Regiones sobre este asunto (2). La formación de aprendices debe fomentarse como un instrumento importante en la lucha contra el desempleo juvenil, mediante la combinación de las capacidades intelectuales y técnicas con la experiencia profesional. Por tanto, es importante impulsar la oferta y la calidad de este tipo de formación, incidiendo de manera especial en la formación digital;

5.

indica que los entes locales desempeñan un papel importante a la hora de dar a conocer la Garantía Juvenil entre los jóvenes y lograr su difusión asegurando, por ejemplo, la visibilidad del sistema en los servicios públicos de empleo y aplicando un enfoque asociativo con todas las partes interesadas que trabajan con jóvenes;

6.

señala la importancia de los servicios sociales, sanitarios, de empleo y de juventud de entidades locales y regionales como partes de los sistemas de alerta temprana y destaca sus capacidades de rastreo para determinar qué jóvenes corren el riesgo de convertirse en ninis, contribuyendo al mismo tiempo a prevenir el abandono prematuro de la educación y la formación; especialmente en aquellas regiones con las tasas más altas de abandono escolar de la UE;

7.

acoge con satisfacción el relieve que concede la Comisión a las medidas de divulgación, en especial las relativas a los ninis de larga duración, pero subraya la importancia de recomendar el uso de las tecnologías que utilizan los propios jóvenes, así como objetivos que puedan medirse, incentivando así a los proveedores de la Garantía Juvenil a aumentar la eficacia y eficiencia de sus estrategias de divulgación; considera, además, que los jóvenes que se benefician de este sistema deben ser conscientes de que se trata de una iniciativa europea, algo que desconocen muchos de los beneficiarios actuales;

8.

apoya la idea de promover capacidades pertinentes para el mercado laboral y está de acuerdo con el énfasis en las competencias digitales, las aptitudes de gestión, el emprendimiento y la autonomía y las capacidades pertinentes para la transición ecológica; insiste, no obstante, en la necesidad de promover las competencias lingüísticas como una prioridad para aumentar las posibilidades de los jóvenes de integrarse en el mercado laboral, en especial en aquellos territorios en los que las competencias lingüísticas son particularmente importantes como las regiones transfronterizas y las regiones cuyas economías dependen en un alto porcentaje del turismo, y considera lamentable que esto no se haya incluido en la nueva propuesta;

9.

considera esencial definir criterios vinculantes claros y precisos en relación con la calidad de las ofertas de empleo, educación, formación y formación de aprendices de la Garantía Juvenil. Esto podría lograrse evaluando el nivel de correspondencia entre lo que se ofrece y el perfil del participante asegurando que se respetan los derechos sociales y de empleo de los jóvenes, garantizando la probabilidad de que la oferta permita una integración sostenible en el mercado laboral e incluyendo la calidad de las ofertas en los procedimientos de seguimiento y recogida de datos de la Garantía Juvenil (3);

10.

subraya la importancia de promover la movilidad laboral a través de la Garantía Juvenil reforzada, entre Estados miembros y entre regiones, dado el importante papel que desempeña la migración en la conformación de las oportunidades del mercado laboral; por tanto, considera lamentable que esta disposición, que existía en la Garantía Juvenil original, no se haya mantenido en la nueva propuesta, aunque muchos países hayan complementado sus Garantías Juveniles con programas de movilidad regionales o internacionales; aboga asimismo por la vinculación de la Garantía Juvenil a los periodos de prácticas de calidad y al Cuerpo Europeo de Solidaridad;

11.

comparte la idea de que debe prestarse especial atención a las especificidades del mercado laboral regional y a las barreras a las que se enfrentan los jóvenes que viven en zonas rurales, remotas, ultraperiféricas o urbanas desfavorecidas, regiones menos desarrolladas y comunidades lingüísticas minoritarias durante la fase de inventario. No obstante, este enfoque también debe incluir medidas de apoyo específicas en el marco de la Garantía Juvenil reforzada, con el fin de garantizar que los jóvenes residentes en tales regiones tengan acceso a las mismas oportunidades y servicios que en cualquier otra región;

12.

recomienda promover el diálogo social a escala regional y local a fin de generar mejores resultados para los jóvenes desempleados, fomentando así un crecimiento económico más integrador, en especial en zonas remotas y alejadas, y crear estrategias eficaces para planes de transición justa a escala local y regional;

13.

considera lamentable que en el período de programación 2021-2027 del Fondo Social Europeo+ la proporción que se asignará para apoyar la Garantía Juvenil no se haya incrementado sustancialmente a pesar del contexto crítico de la pandemia de COVID-19, en el que el desempleo juvenil ya ha aumentado de forma drástica en toda la Unión, por tanto, insiste en la necesidad de aumentar significativamente el apoyo financiero a los Estados miembros y las regiones —en particular las que registran elevados niveles de desempleo y pobreza como las regiones menos desarrolladas, las regiones desindustrializadas, y las regiones periféricas y ultraperiféricas— que, además de registrar unas elevadas tasas de desempleo juvenil, se encuentran en la actualidad sujetos a severas restricciones presupuestarias, con el fin de abordar la desigual eficacia de la Garantía Juvenil en toda la Unión Europea; lamenta que la financiación del desempleo juvenil en la UE ya no pueda orientarse a nivel regional a través de la iniciativa de Empleo Juvenil e insiste en que los gobiernos nacionales han de asignar fondos regionales para el empleo juvenil allí donde más se necesitan, evitando al mismo tiempo que los fondos de la UE sustituyan la financiación nacional de las medidas en favor del empleo juvenil;

14.

piensa que los entes locales y regionales desempeñan un papel fundamental en las fases de divulgación e inventario de la Garantía Juvenil reforzada y, por consiguiente, necesitan que se inviertan los recursos financieros adecuados de los presupuestos nacionales y de la UE para lograr la integración real de los jóvenes vulnerables en un mercado laboral en rápida transformación. Asimismo, se necesita un compromiso firme de los gobiernos nacionales para implicar a los entes locales y regionales en la aplicación de las medidas políticas. El FSE+ debe desempeñar un papel clave en el apoyo a la creación de nuevos empleos de calidad y en la promoción de la inclusión social y la innovación social. No obstante, la asignación de suficientes recursos nacionales para la ejecución de las medidas políticas en el marco de la Garantía Juvenil reforzada y las sinergias con la política de cohesión en el próximo MFP también son cruciales para lograr la máxima eficacia;

15.

acoge con satisfacción la conexión entre la Garantía Juvenil reforzada y el pilar europeo de derechos sociales. La Garantía Juvenil reforzada debe garantizar el acceso universal de los jóvenes participantes a la protección social, con el fin de evitar el aumento del riesgo de pobreza y trabajo precario;

16.

cree que muchos entes locales y regionales no son plenamente conscientes de todos los canales en los que se apoya la UE para luchar contra el desempleo juvenil; solicita por tanto a la Comisión Europea que, en colaboración con el CDR, organice una sesión informativa para poner remedio a esta situación. Los resultados de este ejercicio podrían publicarse en el sitio web del CDR para que todas las partes interesadas pudieran acceder a ellos;

17.

considera que los contratos en prácticas y la formación de aprendices deberían proporcionar principalmente una experiencia de aprendizaje para los jóvenes, que les pueda ayudar a tomar decisiones sobre su futura carrera y a desarrollar sus competencias a fin de acceder a un empleo fijo. Destaca que los periodos de prácticas y la formación de aprendices realizados como parte de los planes de estudios o de la EFP deben incluir objetivos de aprendizaje claros, contenidos de aprendizaje de calidad y tutoría profesional. Subraya que, además de estos criterios de aprendizaje, se necesitan más normas para garantizar unas buenas condiciones de trabajo para los periodos de prácticas y la formación de aprendices en el mercado laboral abierto y como parte de las políticas activas del mercado laboral; destaca que la práctica de realizar periodos de prácticas y la formación de aprendices no remunerados en el marco de las políticas activas del mercado laboral o en el mercado de trabajo abierto puede llevar a la sustitución de puestos de trabajo estándar y constituye una forma de explotación que viola los derechos de las personas jóvenes y reduce las oportunidades para los jóvenes procedentes de entornos socioeconómicos más desfavorecidos; apoya, por lo tanto, al Parlamento Europeo en sus esfuerzos por imponer una remuneración justa y una acceso a la protección social para los periodos en prácticas y la formación de aprendices en el mercado laboral abierto y en las políticas activas del mercado laboral a fin de garantizar a las personas jóvenes el acceso a oportunidades de calidad;

18.

considera que los proveedores locales de la Garantía juvenil podrían incluir en sus sistemas a jóvenes que estén realizando cursos de formación de corta duración o que trabajen a tiempo parcial mientras buscan un trabajo de jornada completa, con lo que se reconocería que estos jóvenes carecen de un fuerte vínculo con el mercado laboral y se beneficiarían de un apoyo y de una oferta formal en el marco de la Garantía juvenil;

19.

acoge favorablemente que la Comisión Europea haga hincapié en la necesidad de considerar la educación, el perfeccionamiento, el reciclaje profesional y la formación en materia de emprendimiento, así como la mejora de los conocimientos y las capacidades empresariales, como un medio de aumentar las oportunidades de empleo para los jóvenes; no obstante, opina que la función positiva del emprendimiento social, y de la economía social en general, en la reducción del desempleo juvenil también podría reconocerse legítimamente en la Garantía Juvenil reforzada;

20.

coincide en la necesidad de que la nueva propuesta distinga entre ninis de larga y de corta duración, habida cuenta del resultado tan decepcionante que la Garantía Juvenil ha dado al primer grupo. No obstante, la distinción podría reforzarse aún más en las medidas recomendadas para las cuatro fases de la Garantía Juvenil reforzada, a fin de destacar mejor las medidas de apoyo dirigidas específicamente a los ninis de larga duración desempleados;

21.

acoge con satisfacción que la Comisión Europea haga hincapié en la inclusividad. La nueva propuesta es más inclusiva que el sistema actual en cuestiones como la discapacidad, el nivel social y el origen étnico, y presta especial atención a la dimensión de género, reconociendo así que la brecha de género entre los ninis se ha ampliado en los últimos años. Sin embargo, la propuesta podría ser aún más firme en su denuncia de otros tipos de discriminación en el mercado laboral, como la basada en el origen étnico, la raza, la orientación sexual o la discriminación contra los migrantes;

22.

acoge favorablemente la importancia otorgada a la intervención temprana en el cambio de las perspectivas de los jóvenes de mayor riesgo, y sugiere que las nuevas propuestas podrían incluir recomendaciones y prioridades más precisas para los servicios de empleo y educación, con el fin de identificar mejor a los ninis no inscritos, y de motivarles y animarles a regresar a la educación, el empleo o la formación, el perfeccionamiento y el reciclaje profesional; subraya la importancia de inventariar a la población juvenil en el ámbito local y regional a fin de determinar las características de los jóvenes locales y el apoyo que necesitan;

23.

coincide en que el punto de partida para ofrecer la Garantía Juvenil a un joven debe ser su inscripción en un servicio de empleo, pero para los ninis a los que no se llega fácilmente y no es probable que se inscriban en un servicio de empleo, la propuesta debe contemplar la posibilidad de definir otros puntos de acceso para ofrecer la Garantía Juvenil en el mismo plazo de cuatro meses. Es igualmente importante reducir la carga administrativa para los jóvenes solicitantes de empleo y mantener el número mínimo de puntos de contacto. A tal efecto, la propuesta debería recomendar que la inscripción en línea a través de plataformas electrónicas específicas de la Garantía Juvenil sea el procedimiento normalizado. Las autoridades han de asegurar entre tanto que aquellos grupos a los que no se puede acceder por vía digital obtengan el apoyo adecuado, y que se realicen esfuerzos por registrar de manera proactiva a aquellos jóvenes que reúnen los requisitos para optar a la Garantía Juvenil. También se debe dar a conocer mejor el sistema entre los jóvenes que ya están estudiando o formándose. En el mismo sentido, para facilitar la participación de las personas jóvenes en las ofertas formativas de la Garantía Juvenil, los agentes de educación y formación deberían poder señalar a los servicios públicos de empleo a los jóvenes vulnerables que puedan necesitar apoyo adicional para acceder al empleo después de abandonar la educación, además de un intercambio de información más automático entre los servicios de educación y los servicios públicos de empleo para remitir e inscribir proactivamente en la Garantía Juvenil a las personas jóvenes que abandonan la educación;

24.

está de acuerdo con las recomendaciones de la Comisión Europea en relación con los jóvenes que abandonan los estudios y los jóvenes poco cualificados, y más concretamente con la necesidad de crear itinerarios flexibles para reincorporarse a programas de educación y formación o de educación de segunda oportunidad que proporcionen entornos de aprendizaje que respondan a sus necesidades específicas y les permitan obtener las cualificaciones que no tienen; no obstante, insiste en la necesidad de hacer más hincapié en los beneficios de la orientación profesional como medio útil a este respecto;

25.

considera que las medidas adoptadas en el marco del sistema de Garantía Juvenil deben dirigirse a potenciar las capacidades y competencias que aborden los desajustes existentes entre la oferta y la demanda de cualificaciones en el mercado laboral, especialmente en los ámbitos vinculados a la digitalización y el Pacto Verde de la UE; reconoce asimismo el beneficio añadido que genera la mejora de las capacidades sociales, como las técnicas para mejorar la comunicación y la confianza en uno mismo;

26.

está de acuerdo con las recomendaciones de la Comisión Europea en relación con la reducción de los costes laborales no salariales, como subsidios salariales y de contratación bien diseñados y orientados a objetivos concretos, créditos fiscales y prestaciones por discapacidad para animar a los empleadores a crear nuevas oportunidades para los jóvenes o a retener a los que ya están empleados. Los incentivos para la creación de empresas, especialmente en el sector de las tecnologías digitales, también son muy importantes en un contexto dado, en el que la digitalización se está acelerando y, por tanto, podrían subrayarse en la propuesta;

27.

recomienda que se haga pleno uso de las posibilidades del nuevo Programa para el Cambio y la Innovación Sociales, a fin de reunir ejemplos de buenas prácticas en materia de sistemas de Garantía Juvenil a escala nacional, regional y local;

28.

recomienda mejorar la evaluación de todas las medidas adoptadas en el marco de los sistemas de Garantía Juvenil, de manera que puedan desarrollarse más políticas y medidas basadas en datos contrastados sobre la base de qué funciona, dónde y por qué, garantizando así un uso eficaz y eficiente de los recursos;

29.

considera que, una vez alcanzada la fase cuatro y aceptada una oferta, la Garantía Juvenil debe proporcionar orientación e información dirigida a facilitar el perfeccionamiento y el reciclaje profesionales de aquellos jóvenes que corren mayor riesgo de volver al paro. Esto garantizará asimismo que los jóvenes tengan la posibilidad de ascender en la escala profesional, aunque empiecen su carrera trabajando en puestos de baja cualificación y subordinados;

30.

considera que la aplicación efectiva de la Garantía Juvenil debe dar lugar a puestos de trabajo estables y sostenibles. Esto también puede lograrse mediante sólidas asociaciones, solidaridad y coordinación entre los servicios públicos de empleo, que son los principales proveedores de la Garantía Juvenil, y todas las demás partes interesadas, incluidos los entes locales y regionales;

31.

subraya que, para abordar eficazmente el empleo juvenil a la luz de la pandemia, la Garantía Juvenil reforzada deberá complementarse con la prolongación y ampliación de SURE (Instrumento Europeo de Apoyo Temporal para Mitigar los Riesgos de Desempleo en una Emergencia), con la inclusión en los planes nacionales de recuperación y resiliencia de las medidas en materia de empleo juvenil —y, en particular, la creación de oportunidades de empleo de calidad para los jóvenes—, y con una referencia explícita a una mejor cobertura de la protección social para los jóvenes y a la lucha contra el empleo juvenil precario en el próximo plan de acción para la aplicación del pilar europeo de derechos sociales, a la vez que advierte contra las políticas que tratan de promover el empleo juvenil socavando los derechos de los jóvenes a una remuneración justa y al acceso a la protección social como parte de la recuperación.

Bruselas, 5 de febrero de 2021.

El Presidente del Comité Europeo de las Regiones

Apostolos TZITZIKOSTAS


(1)  https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A52012XR2562.

(2)  https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=CELEX:52012AR1186 y https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=celex:52013AR0789.

(3)  https://www.eca.europa.eu/Lists/ECADocuments/SR17_5/SR_YOUTH_GUARANTEE_ES.pdf.


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