martes, 19 de marzo de 2019

FLEXIBILIZACION DE REGLAS DE IVA SOBRE EL eCOMERCIO EN LA UNION EUROPEA




INTRODUCCION

El Impuesto General a las Ventas (IGV), en el Perú, conocido internacionalmente como Impuesto al Valor Agregado o Añadido (IVA) o Tasa sobre el Valor Agregado (TVA), constituye una de las herramientas más eficaces de la política fiscal de los Estados.
Sobre éste, la Comisión Europea anunció en diciembre 2018, nuevas medidas que permitirán equilibrar su transición fluida hacia las nuevas normas previstas por la Unión Europea, UE, en materia de IVA aplicables al comercio electrónico, que entrarán en vigor en enero de 2021.
Las normas presentadas hoy establecen las medidas necesarias para garantizar que los mercados en línea puedan contribuir a la lucha contra el fraude fiscal y aligerar la carga administrativa de las empresas que ofrecen bienes y servicios en internet.
Las medidas anunciadas, que forman parte del Programa General de la UE para impedir el fraude del IVA y mejorar la recaudación de este impuesto en las ventas en Internet, deberían ayudar a los Estados miembros a recuperar los 5 000 millones de euros en ingresos fiscales que se pierden en el sector cada año, una cifra que se prevé que alcance los 7 000 millones de euros de aquí a 2021. 

Pierre Moscovici, Comisario de Asuntos Económicos y Financieros, Fiscalidad y Aduanas, ha declarado:
«La UE se está preparando para un nuevo sistema del IVA en 2021, gracias al cual las empresas podrán vender más fácilmente sus productos en línea y los Estados miembros podrán recuperar los ingresos perdidos procedentes del IVA. Las propuestas presentadas hoy permitirán prosperar a las empresas en línea, evitando al mismo tiempo que aquellas que no cumplan o las defraudadoras puedan ofrecer mejores precios. Para ello, es crucial contar con la contribución de los mercados electrónicos».

CONTEXTO
El 11 de diciembre de 2018, la Comisión Europea anunció una nueva propuesta de medidas más detalladas que permitirán una transición más  flexible a la aplicación de las nuevas reglas de IVA (Impuesto al Valor Agregado o Impuesto General a las Ventas, IGV en el Perú) sobre el comercio electrónico que entrarán en vigencia en enero de 2021.
La Comisión Europea apunta a simplificar las obligaciones en materia de IVA para las empresas que realizan ventas transfronterizas de bienes o servicios (principalmente en línea) a los consumidores finales y a garantizar que el IVA en estas transacciones sea abonado correctamente al Estado miembro del cliente conforme al principio impositivo en el Estado miembro de destino.
La Comisión ha propuesto una legislación europea  en este ámbito en dos etapas. Las primeras medidas entraron en vigor en 2015 y cubrían los servicios de telecomunicaciones, radio y televisión y los servicios electrónicos. El segundo paquete de medidas fue adoptado por el Consejo en diciembre de 2017 e incluía nuevas reglas para la venta a distancia de bienes, así como para cualquier tipo de servicio prestado a los clientes finales en la UE. Estas últimas medidas, conocidas también como " El paquete IVA sobre el comercio electrónico", se aplicará a partir de 2021.
1. La mini ventanilla única (MOSS)[2]
Desde 2015, se estableció un sistema simplificado para declarar y pagar el IVA sobre los servicios de telecomunicaciones, radio y televisión y servicios electrónicos (servicios TBE, o Telecommunication, Broadcasting and Electronic (TBE) services in the EU) entre empresas y consumidores (B2C) en la UE. La información detallada sobre el funcionamiento del MOSS se encuentra  disponible en el portal MOSS.
El paquete de IVA en el comercio electrónico era una de las prioridades de la estrategia del mercado único digital.
El 5 de diciembre de 2017, el Consejo adoptó el paquete de IVA de comercio electrónico que comprendía:

Preguntas y respuestas sobre el IVA aplicable al comercio electrónico.
Leer la ficha de información (EN) sobre la propuesta.

APRECIACIÓN GENERAL DEL PAQUETE
El paquete de IVA sobre el comercio electrónico facilitará el comercio transfronterizo, combatirá el fraude al IVA y garantizará una competencia más leal entre las empresas de la UE. Las nuevas reglas incluyen los siguientes aspectos:
• Mejorar la actual mini-ventanilla única (MOSS)
• Disposiciones especiales aplicables al suministro de bienes facilitados por interfaces electrónicas.
• Extensión del alcance del MOSS, convirtiéndolo en ventanilla única (MOSS), para la:
o  Provisión de servicios B2C diferentes de aquellos de telecomunicaciones, radio y televisión y servicios electrónicos (servicios "TBE")
o  Ventas a distancia intracomunitarias de bienes.
o  Ventas a distancia de bienes importados de terceros países y terceros territorios en los envíos con un valor intrínseco máximo de 150 EUR.

EL PAQUETE DE IVA EN EL COMERCIO ELECTRÓNICO Y EL CALENDARIO DE IMPLEMENTACIÓN
El paquete de IVA en el comercio electrónico se implementará progresivamente.
En 2019
Algunas mejoras del actual MOSS entrarán en vigencia el 1 de enero de 2019, especialmente aquellas que no tengan incidencia sobre las tecnologías de la información.
• Introducción de dos límites para simplificar las obligaciones de IVA para las Microempresas y Pymes. En primer lugar, fijar un umbral de facturación anual de 10 000 EUR para servicios de telecomunicaciones, radio y televisión y servicios electrónicos transfronterizos dentro de la UE (servicios TBE). Hasta 10 000 EUR, estas prestaciones siguen sujetas a las normas de IVA del Estado miembro del proveedor. En segundo lugar, fijar un umbral de facturación anual de 100 000 EUR para el cual el vendedor conserva solo un elemento de prueba (en lugar de dos) para identificar el Estado miembro del cliente.
• Para la facturación, se aplicarán las normas de identificación del proveedor de país de la UE en lugar de las normas de los Estados miembros de consumo (es decir, del cliente).
• Cerrar una brecha en la Mini-ventanilla única (MOSS) actual: una empresa no establecida en la UE pero que dispone de un registro de IVA en la UE (por ejemplo, para transacciones ocasionales) puede utilizar el servicio no comunitario UE (es decir, el régimen de sujetos pasivos no establecidos en la UE).
(Ver otros detalles en el portal de MOSS)

En 2021
La extensión de la Mini-ventanilla única (MOSS) y las disposiciones especiales relativas a las obligaciones de las interfaces electrónicas entrarán en vigencia a partir del 1 de enero de 2021, dada la necesidad de adaptar o desarrollar los sistemas informáticos necesarios.
• Las empresas que operan interfaces electrónicas, como los mercados o las plataformas, serán consideradas, para efectos del IVA, como proveedores de bienes vendidos a clientes en la UE por compañías que utilizan el mercado o la plataforma. Por lo tanto, tendrán que cobrar y pagar el IVA sobre esas ventas.
• Aprovechando el éxito de la Mini-ventanilla única (MOSS) para los servicios de telecomunicaciones, radiodifusión y televisión y servicios electrónicos (servicios TBE), este concepto se extenderá y se convertirá en una ventanilla única para:
o El régimen no comunitario UE para los servicios de telecomunicaciones, radio y televisión y servicios electrónicos (servicios TBE) provistos por sujetos pasivos no establecidos en la UE serán extendidos a todos los tipos de servicios transfronterizos para los consumidores finales en la UE;
o El régimen de la Unión para los servicios intra-UE de telecomunicaciones, radiodifusión y de televisión y servicios electrónicos dentro de la UE ("TBE") se extenderá a todos los tipos de servicios B2C, así como a los regímenes de ventas a distancia intra-UE de bienes. La extensión a las ventas de bienes a distancia intra-UE va de la mano con la supresión del umbral de venta a distancia actual conforme al compromiso de aplicar el principio de tributación en destino para el IVA.
o Se creará un régimen de importación para cubrir las ventas a distancia de bienes importados de terceros países o terceros territorios a clientes establecidos en la UE hasta por un monto de 150 EUR
Contrariamente a la práctica actual, cuando se utiliza el régimen de importación, el vendedor factura y percibe el IVA en el punto de venta a los clientes establecidos en la UE. Él declara y paga este IVA globalmente al Estado miembro de identificación a través del sistema de ventanilla única (OSS). Estos bienes beneficiarán enseguida de una exención del IVA a la importación, lo que permitirá un despacho de aduana acelerado.
La introducción del régimen de importación va de la mano con la supresión de la exoneración actual del IVA para los envíos pequeños de un valor máximo de 22 euros, lo que es igualmente conforme con el compromiso de aplicar el principio de destino para el IVA.
• Cuando no se utiliza el Sistema de ventanilla única (OSS) para la importación, se pondrá a disposición un segundo mecanismo de simplificación para las importaciones. El IVA sobre las importaciones puede ser cobrado a los consumidores por el declarante de aduanas (por ejemplo, operador postal, empresa de mensajería, agentes de aduanas), quien lo abonará a las autoridades aduaneras mediante un pago mensual.
¿QUIÉNES SERÁN LOS BENEFICIARIOS DE ESTA PROPUESTA?
• Las empresas se beneficiarán de una reducción significativa en los costos para el cumplimiento del IVA transfronterizo. Esto facilitará aún más el comercio transfronterizo.
• Las empresas de la UE podrán competir en igualdad de condiciones con las empresas establecidas en terceros países que no aplican el IVA.
• Los Estados miembros se beneficiarán de esto al aumentar los ingresos del IVA en aproximadamente 7 mil millones de € al año.

Francia, Invierno 2019


Carlos FERREYROS

Estudio Jurídico Ferreyros&Ferreyros
Calle Cuarenta 190 – San Isidro
Teléfono: 226 0325
cferreyros@ferreyros-ferreyros.com





[1] Algunos de los textos referidos en los enlaces se encuentran disponibles en diferentes idiomas.
[2] El IVA Mini One Stop Shop (MOSS) es un esquema opcional que permite contabilizar el IVA, normalmente en varios países de la UE, en un solo país de la UE.

martes, 5 de marzo de 2019

DECLARACIÓN DE LA COMISIÓN EUROPEA SOBRE EL CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS CONTRA LA DESINFORMACIÓN



La Comisión pide a las plataformas en línea que faciliten más detalles sobre los progresos realizados.
Contexto;
En abril de 2019 publiqué un articulo sobre la propuesta de un Proyecto de Ley francés relativo a la lucha contra las falsas informaciones ("Fake News"), en respuesta a la existencia de campañas masivas de difusión de  falsas informaciones  destinadas a modificar el curso normal del proceso electoral a través de los servicios de comunicación en línea. 

Agregando - que el trasfondo debiera sido más amplio -  el mismo debía enfrentar dos enfoques: uno, por el que se atribuye históricamente a los Estados e Instituciones Publicas, la producción de las falsas informaciones, a través de la desinformación, la propaganda y la fabricación de consensos; dos, en la producción de falsas informaciones por las personas físicas y  las empresas privadas, particularmente las plataformas en linea. Ambos enfoques son indiferentes al soporte en que se vehiculan las falsas informaciones, y privilegian el enfoque macro, y principalmente, vía las plataformas en linea. Sobre este articulo ver: https://derecho-ntic.blogspot.com/2018/04/proyecto-de-ley-frances-relativo-la_20.html

La Comisión Europea tomó nota de esta experiencia, y de las sospechas del rol jugado por la plataformas en linea en la elección del actual presidente de USA Donald Trump, para exigir a tres de las GAFAM, la elaboración de un Código de Buenas Prácticas contra la Desinformación.  Es en este contexto que la Comisión Europea emite la presente Declaración, ante la inminente justa electoral para el Parlamento Europeo en mayo próximo. la misma que ha sido adaptada en algunos de sus aspectos por el suscrito. 

Este artículo debiera interesar a los especialistas  de las Tecnologías de la Información y Comunicación, Informática, Derecho Constitucional, Derecho Electoral, Derecho de Prensa, Derecho Administrativo, Derecho de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, Economía Digital, Publicidad y Marketing Digital Electoral, Defensa y Seguridad Nacional.  

Y en particular a las siguientes instituciones públicas peruanas: Secretaria de Gobierno Electrónico de la PCM, ONPE, RENIEC, MTC, Ministerio de Defensa, Contraloría General de la República ; y entre las privadas,  aquellas vinculadas a los medios masivos de Comunicación, Prensa y Medios Digitales, Órganos de Encuestas y Sondeos, Plataformas Digitales, Empresas de Publicidad y Marketing Digital

Declaración

La Comisión Europea, CE, publicó en Bruselas, el 28 de febrero de 2019, sendos informes de Facebook, Google y Twitter sobre los progresos realizados en enero de 2019 en sus compromisos de lucha contra la desinformación. Estas tres plataformas en línea suscribieron el Código de buenas prácticas contra la desinformación y la CE les pidió informen mensualmente de las medidas tomadas, antes de las elecciones al Parlamento Europeo de mayo de 2019.

Concretamente, la CE pidió recibir información detallada para supervisar los avances en el control de la colocación de anuncios, la transparencia de la publicidad política, el cierre de cuentas falsas y los sistemas de marcado para los bots automáticos. El Vicepresidente responsable del mercado único digital, Andrus Ansip, la Comisaria de Justicia, Consumidores e Igualdad de Género, Věra Jourová, el Comisario responsable de la Unión de la Seguridad, Julian King, y la Comisaria responsable de la Economía y Sociedad Digitales, Mariya Gabriel, se manifestaron sobre el tema en una declaración conjunta:
«Las plataformas en línea, que han firmado el Código de buenas prácticas, están poniendo en práctica sus políticas en Europa para apoyar la integridad de las elecciones. Esto incluye un mejor control de la colocación de anuncios, instrumentos de transparencia para la publicidad política y medidas para detectar y bloquear los comportamientos inauténticos en sus servicios.
Sin embargo, necesitamos ver más avances en cuanto a los compromisos asumidos por las plataformas en línea para luchar contra la desinformación. Las plataformas no han facilitado suficientes detalles que muestren que las nuevas políticas y herramientas se están aplicando a su debido tiempo y con recursos suficientes en todos los Estados miembros de la UE. Los informes proporcionan una información demasiado escasa sobre los resultados reales de las medidas ya adoptadas.
Por último, las plataformas no han indicado parámetros de referencia específicos que permitan el seguimiento y la medición de los avances en la UE. La calidad de la información facilitada varía en función del firmante Código, dependiendo de los ámbitos de compromiso cubiertos por cada informe. Esto demuestra a las claras que hay margen de mejora para todos los firmantes.
Las campañas electorales previas a las elecciones europeas comenzarán en serio ya en marzo. Animamos a las plataformas a que redoblen sus esfuerzos, puesto que estamos preocupados por la situación. Instamos a Facebook, Google y Twitter a que hagan más en todos los Estados miembros para contribuir a garantizar la integridad de las elecciones al Parlamento Europeo de mayo de 2019.
También animamos a las plataformas a reforzar su cooperación con los verificadores de datos e investigadores universitarios para detectar las campañas de desinformación y hacer que los contenidos verificados sean más visibles y tengan mayor difusión».

La CE ha arribado a la principales conclusiones siguientes luego del análisis de los informes de los firmantes:

·         Facebook no ha informado sobre los resultados de las actividades emprendidas en enero en relación con el control de las prácticas de colocación de anuncios. Anteriormente había anunciado que, en marzo de 2019, estaría disponible un archivo dedicado a la publicidad en materia política y de cuestiones de interés general que abarcará la totalidad de la UE. El informe proporciona información actualizada sobre los casos de interferencias por parte de terceros países en los Estados miembros de la UE, pero no informa sobre el número de cuentas falsas eliminadas con motivo de actividades maliciosas dirigidas específicamente contra la Unión Europea. Ver el integro del Informe: https://ec.europa.eu/newsroom/dae/document.cfm?doc_id=57592
·        
          Google facilitó información sobre las medidas adoptadas en enero para mejorar el control de la colocación de anuncios en la UE, desglosados por Estado miembro. Sin embargo, los parámetros suministrados no son suficientemente específicos y no aclaran hasta qué punto las medidas se tomaron para hacer frente a la desinformación o por otros motivos (por ejemplo, publicidad engañosa). Google publicó una nueva política de anuncios electorales el 29 de enero, y empezará a publicar un Informe de Transparencia sobre Anuncios Políticos tan pronto como los anunciantes empiecen a publicar tales anuncios. Google no ha aportado pruebas de la aplicación concreta de sus políticas en materia de integridad de los servicios en el mes de enero. Ver el integro del Informe: https://ec.europa.eu/newsroom/dae/document.cfm?doc_id=57594

·         Twitter no facilitó parámetros sobre sus compromisos para la mejora del control de la colocación de anuncios. En cuanto a la transparencia de los anuncios políticos, contrariamente a lo anunciado en el informe de aplicación de enero, Twitter pospuso la decisión hasta el informe de febrero. En cuanto a la integridad de los servicios, Twitter añadió cinco nuevos conjuntos de cuentas —entre los que figuran numerosas cuentas en terceros países— a su Archivo de Posibles Operaciones Extranjeras, que están a disposición del público para su consulta y cuentan con función de búsqueda, pero no informó sobre los parámetros para medir el progreso.  Ver el integro del Informe: https://ec.europa.eu/newsroom/dae/document.cfm?doc_id=57593

Próximas etapas
Los informes a la fecha tratan de las medidas adoptadas por las empresas en línea en enero de 2019. El próximo informe mensual, correspondiente a las actividades realizadas en febrero, se publicará en marzo de 2019. Esto permitirá a la CE verificar que, antes de las elecciones europeas de mayo de 2019, se hayan implementado políticas eficaces para garantizar la integridad de los procesos electorales.
A finales de 2019, la CE llevará a cabo una evaluación exhaustiva del periodo inicial de aplicación del Código de doce meses. En caso de que los resultados no sean satisfactorios, podrá proponer nuevas medidas, incluso de carácter normativo.

Contexto

El seguimiento del Código de buenas prácticas forma parte del Plan de acción contra la desinformación, que la Unión Europea adoptó el pasado mes de diciembre con el fin de desarrollar las capacidades y reforzar la cooperación entre los Estados miembros y las instituciones de la UE para abordar de forma proactiva las amenazas que plantea la desinformación.

Los suscritos informantes se comprometieron a respetar el Código de buenas prácticas en octubre de 2018 de forma voluntaria. En enero de 2019, la CE publicó los primeros informes presentados por los firmantes del Código de buenas prácticas en materia de desinformación. El Código tiene por objeto alcanzar los objetivos establecidos en la Comunicación de la CE presentada en abril de 2018, fijando una amplia gama de compromisos articulados en torno a cinco áreas:

· Cercenar los ingresos publicitarios de las cuentas y los sitios web que tergiversen la información y proporcionar a los anunciantes las herramientas de seguridad adecuadas, así como datos sobre los sitios web que contengan desinformación.
· Permitir la identificación como tal de la propaganda política y esforzarse por divulgar publicidad sobre cuestiones de interés general.
· Disponer de una política clara y accesible al público en materia de identidad y bots en línea y adoptar medidas para cerrar las cuentas falsas.
· Ofrecer información y herramientas para ayudar a los ciudadanos a tomar decisiones con conocimiento de causa, y facilitar el acceso a diversos puntos de vista sobre temas de interés general, dando prioridad al mismo tiempo a fuentes fiables.
· Proporcionar a los investigadores acceso a datos que cumplan la normativa de privacidad para permitirles rastrear y comprender mejor la propagación y el impacto de la desinformación.
Entre enero y mayo de 2019, la CE llevará a cabo una supervisión intermedia mensual selectiva de las medidas de las plataformas firmantes para cumplir los compromisos más pertinentes y urgentes del Código para garantizar la integridad de las elecciones, a saber: control de la colocación de anuncios (compromiso 1); publicidad sobre cuestiones políticas y de interés general (compromisos 2 a 4); e integridad de los servicios (compromisos 5 y 6).
El Código también va asociado a la Recomendación incluida en el paquete electoral anunciado por el presidente Juncker en su Discurso sobre el estado de la Unión de 2018, con vistas a garantizar elecciones al Parlamento Europeo libres, justas y seguras. Las medidas incluyen una mayor transparencia en la publicidad política en línea y la posibilidad de imponer sanciones por el uso ilegal de los datos personales para influir deliberadamente en el resultado de las elecciones. Por consecuencia, los Estados miembros han creado una red nacional de cooperación electoral integrada por las autoridades pertinentes —como las autoridades electorales, de ciberseguridad, de protección de datos y policiales— y han designado un punto de contacto para que participe en una red de cooperación electoral a nivel europeo. La primera reunión de esta red tuvo lugar el 21 de enero de 2019 y una segunda reunión el 27 de febrero de 2019.

Más información


Francia, Invierno 2019

Carlos FERREYROS

Estudio Jurídico Ferreyros&Ferreyros
Calle Cuarenta 190 – San Isidro
Teléfono: 226 0325
cferreyros@ferreyros-ferreyros.com

lunes, 18 de febrero de 2019

MERCADO ÚNICO DIGITAL: NUEVAS NORMAS EUROPEAS PARA MEJORAR LA EQUIDAD DE LAS PRÁCTICAS COMERCIALES DE LAS PLATAFORMAS EN LÍNEA[1]



Contexto

En los Lineamientos de un reciente artículo que publicara en este mismo Blog sobre TRIBUTACIÓN EQUITATIVA DE LA ECONOMÍA DIGITAL: PROPUESTAS EUROPEAS, afirmaba que la economía digital presenta cuatro características específicas: la no localización de sus actividades, el rol central de las plataformas, la importancia de los efectos de la red y la explotación de los datos, que la distinguen de la economía tradicional, en particular por la creación de cadenas de valor que ellas inducen. Es sobre la segunda de estas características que acaban de pronunciarse el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea.

Las plataformas ofrecen una amplia gama de oportunidades para un acceso rápido y eficiente a los mercados de consumo internacionales, por lo que se han convertido en el punto de entrada para millones de empresas de éxito. Sin embargo, algunos problemas estructurales dan lugar a prácticas comerciales desleales entre las empresas que dependen de las plataformas en línea para llegar a sus clientes y socavan el potencial de innovación de las plataformas.

La Comunicación de la Comisión sobre las plataformas en línea, de mayo de 2016, identificó algunos ámbitos en los que son necesarios más esfuerzos para garantizar un ecosistema de confianza, legítimo y orientado a la innovación en la Unión Europea, UE. Como consecuencia de ello, en abril de 2018 la Comisión presentó una propuesta de Reglamento de la UE sobre equidad y transparencia en el comercio de plataformas en línea,  así como la creación de un Observatorio de la economía de las plataformas en línea. Esta iniciativa responde al compromiso asumido por el  presidente Juncker en su discurso sobre el estado de la Unión de 2017 de garantizar un entorno empresarial equitativo, previsible, sostenible y fiable en la economía en línea.
Acuerdo Político
El 13 de febrero último, el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea alcanzaron un acuerdo político sobre las primeras normas destinadas a crear un entorno empresarial equitativo, transparente y previsible para las empresas y los comerciantes que utilicen las plataformas en línea.
Los comerciantes que venden en línea a través de mercados virtuales, los hoteles que utilizan plataformas de reserva o los desarrolladores de aplicaciones se encuentran entre los que se beneficiarán de las nuevas normas acordadas hoy. El nuevo Reglamento creará un entorno comercial en línea más previsible y transparente, y ofrecerá nuevas posibilidades de resolución de litigios y reclamaciones.
Las nuevas normas se aplicarán al conjunto de la economía de las plataformas en línea (aproximadamente 7 000 plataformas o mercados en línea que operan en la UE) entre las que figuran gigantes mundiales así como empresas emergentes muy pequeñas, pero que cuentan a menudo con un poder de negociación importante con respecto a los usuarios empresariales. Algunas disposiciones también se aplicarán a los motores de búsqueda, especialmente las relativas a la transparencia de las clasificaciones.

Declaraciones

El vicepresidente responsable del mercado único digital, Andrus Ansip, ha afirmado lo siguiente: «El acuerdo de hoy marca un hito importante del mercado único digital que beneficiará a millones de empresas europeas que dependen de las plataformas digitales para llegar a sus clientes. Nuestro objetivo es prohibir algunas de las prácticas más desleales y crear una referencia en materia de transparencia, salvaguardando al mismo tiempo las grandes ventajas de las plataformas en línea tanto para los consumidores como para las empresas».

Elżbieta Bieńkowska, comisaria responsable de Mercado Interior, Industria, Emprendimiento y Pymes, ha declarado lo siguiente: «Nuestras nuevas normas están especialmente concebidas con la mente puesta en los millones de pymes que constituyen la columna vertebral de la economía de la UE. Muchas de ellas no tienen la fuerza de negociación suficiente para iniciar un litigio con una gran plataforma, pero con estas nuevas normas dispondrán de una nueva red de seguridad y ya no deberán preocuparse por ser integradas aleatoriamente en una plataforma o clasificadas de forma no transparente en los resultados de la búsqueda».

La comisaria responsable de la Economía y Sociedad Digitales, Mariya Gabriel, ha añadido: «Nos encontramos ante las primeras normas de este tipo en todo el mundo, y logran un equilibrio adecuado entre el estímulo de la innovación y la protección de nuestros valores europeos. Mejorarán la relación entre las empresas y las plataformas, que será más justa y más transparente y, en última instancia, aportarán grandes ventajas a los consumidores. Seguiremos de cerca la evolución de este ámbito, en particular a través de nuestro Observatorio de las plataformas en línea.»

Excluidos

No obstante, han sido excluidos en el Reglamento (por ahora) los siguientes servicios:
• Publicidad en línea;
• Servicios de pago;
• Optimización para motores de búsqueda;
• Servicios que vinculan el material (hardware) y las aplicaciones (software) que no intervienen en las transacciones directas entre empresas y consumidores;
• Intermediarios que operan únicamente entre empresas (por ejemplo, los intercambios publicitarios en línea);
• Minoristas en línea, como las tiendas de comestibles (supermercados) y los minoristas de marca, en la medida en  que estos minoristas en línea solo venden sus propios productos directamente, sin recurrir a terceros vendedores y no participan en la facilitación de transacciones directas entre estos terceros vendedores y consumidores.

Cifras

Según una encuesta del Eurobarómetro y de la Evaluación de impacto  de la Comisión Europea:
·         Casi la mitad (42 %) de las pequeñas y medianas empresas de la UE reconocen recurrir a los mercados en línea para vender sus productos y servicios.
·         Aproximadamente el 50 % de las empresas europeas que trabajan con plataformas en línea encuentran problemas.
·         Cerca del 38 % de los problemas están vinculados a relaciones contractuales no resueltas;
·         26 % se solucionan, pero con dificultades;
·         Entre 1 270 y 2 350 millones EUR, se pierden directamente en las ventas.

Pequeñas Empresas

Las pequeñas empresas en particular disfrutarán inmediatamente de los siguientes beneficios:

1.    Prohibición de determinadas prácticas desleales

·         Las cuentas no podrán suspenderse de forma repentina y sin justificación. 
Con las nuevas normas, las plataformas digitales ya no podrán suspender o cancelar una cuenta del vendedor sin razones claras, y sin la posibilidad de presentar un recurso de apelación. La plataforma también deberá reincorporar a los vendedores en caso de que la suspensión se produjera por error.
·         Términos claros y comprensibles y un pre-aviso para efectuar cambios.
Los términos y condiciones deberán estar fácilmente accesible y redactados de manera sencilla y comprensible. Cuando se produzcan cambios en tales términos y condiciones, deberán notificarse con una antelación mínima de quince días para que las empresas puedan adaptar su actividad a los mismos. Si los cambios requieren adaptaciones complejas, se aplicarán plazos de pre-aviso más largos. 

2.    Mayor transparencia en las plataformas en línea

  • Clasificación transparente. Los mercados y motores de búsqueda deberán revelar qué parámetros principales utilizan para clasificar los bienes y servicios en su sitio, a fin de ayudar a los vendedores a comprender cómo optimizar su presencia. Las normas tienen por objeto ayudar a los vendedores sin permitir jugar con el sistema de clasificación.
  • Divulgación obligatoria de información sobre una serie de prácticas comerciales.
Algunas plataformas en línea no solo proporcionan el mercado, sino que también actúan como vendedores en el mismo mercado. Según las nuevas normas de transparencia, las plataformas deben divulgar de forma exhaustiva cualquier ventaja que puedan ofrecer a sus propios productos frente a otros. También deben revelar qué datos recopilan y cómo los utilizan y, en particular, cómo comparten tales datos con otros socios comerciales. Cuando se trate de datos personales, serán de aplicación las normas del Reglamento general de protección de datos, RGPD. 

3.    Nuevas vías para la resolución de litigios.
Hoy en día, cuando surgen problemas, los vendedores se quedan a menudo bloqueados sin vías para recurrir o resolver las reclamaciones. Esta situación cambiará con las nuevas normas.

·       Todas las plataformas deberán poner en marcha un sistema interno de tramitación de quejas para auxiliar a los usuarios profesionales o empresas usuarias. Únicamente quedarán exentas de esta obligación las plataformas más pequeñas en términos de personal o volumen de negocios. Y se les exige que informen al público en general cómo funcionan (número de quejas, propósito, tiempo para procesar las quejas y la decisión tomada, etc.). ;
·    Las plataformas tendrán que ofrecer a las empresas más opciones para resolver un problema potencial a través de mediadores. Esto contribuirá a resolver más cuestiones sin tener que recurrir a los tribunales, ahorrando tiempo y dinero a las empresas.

4.    Cumplimiento

·         Las asociaciones empresariales podrán llevar a las plataformas ante los tribunales para poner fin a cualquier incumplimiento de las normas. Esto contribuirá a superar el temor a las represalias y a reducir el coste de los procedimientos judiciales de las empresas individuales, cuando no se cumplan las nuevas normas. Además, los Estados miembros pueden nombrar autoridades públicas con poderes coercitivos, si lo desean, y las empresas pueden dirigirse a dichas autoridades.
·   Las nuevas normas están respaldadas por una evaluación de impacto que incorpora pruebas y puntos de vista de las partes interesadas recopilados durante un ejercicio de investigación que duró dos años.

Próximos pasos

Las nuevas normas se aplicarán doce meses después de su adopción y publicación, y serán objeto de revisión en un plazo de dieciocho meses a partir de esa fecha, a fin de garantizar que siguen el ritmo de un mercado en rápida evolución. La UE también ha creado un Observatorio de las plataformas en línea para supervisar la evolución del mercado y la aplicación efectiva de las normas.

Este Acuerdo Político debiera interesar en Perú a: INDECOPI, Secretaria de Gobierno Electrónico, CEPLAN, Ministerio de la Producción, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Poder Judicial, Mediadores, Dirección General de Transparencia y Acceso a la Información del MINJUS, entre otras.

Francia, Invierno 2019

Carlos FERREYROS

Estudio Jurídico Ferreyros&Ferreyros
Calle Cuarenta 190 – San Isidro
Teléfono: 226 0325
cferreyros@ferreyros-ferreyros.com




[1] Este articulo ha sido adaptado del Comunicado de Prensa publicado en francés y castellano por la Comisión Europea el 14/02/2019 cuyos enlaces son los siguientes: http://europa.eu/rapid/press-release_IP-19-1168_fr.htm y  http://europa.eu/rapid/press-release_IP-19-1168_es.htm