Por: Carlos A. FERREYROS SOTO
Doctor en Derecho
Universidad de Montpellier I Francia.
cferreyros@hotmail.com
RESUMEN
Una digitalización eficiente de la
administración pública aumenta la productividad y la resiliencia del sector
público, eleva la calidad de los servicios públicos, permite reducir costes, y
desbloquea el potencial de las empresas, especialmente de las pequeñas y
medianas empresas. Los servicios públicos deben satisfacer plenamente las
necesidades de sus usuarios, permitiendo su accesibilidad en línea - incluidas
las personas con discapacidad y las personas de avanzada edad - beneficiándose
de herramientas fáciles de comprensión y uso, con altos niveles de seguridad,
privacidad y protección de datos.
En consonancia con el Reglamento (UE)
2021/241 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
cada Estado miembro de la Unión Europea debe dedicar el 20 % de su
asignación a este Mecanismo a la transición digital. El Parlamento europeo
estima que la Comisión debe evaluar y medir adecuadamente los resultados y
beneficios de la digitalización brindados a los ciudadanos y las empresas,
teniendo en cuenta la importancia de una identidad digital segura que
refuerce la privacidad en la interactuación de las personas con las
administraciones y las empresas en todo el mercado único europeo, propone en su
Resolución cuatro ejes para acelerar los servicios públicos mediante la administración
digital:
- Administración electrónica en el mercado único digital
- Papel de la administración electrónica en la promoción de las
empresas, especialmente las pymes
- Contratación pública electrónica y aduanas electrónicas
- Hacia una nueva estrategia de administración electrónica
A fin de acceder a normas similares y estándares
europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en
asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías
sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico:cferreyros@hotmail.com
____________________________________________________
Diario Oficial de la ES
Unión Europea Serie
C
C/2023/444 1.12.2023
P9_TA(2023)0105
Aceleración mediante la administración electrónica de los servicios
públicos digitales que apoyan el funcionamiento del mercado único
Resolución del Parlamento Europeo, de 18 de abril de 2023,
sobre la aceleración mediante la administración electrónica de los servicios
públicos digitales que apoyan el funcionamiento del mercado único
(2022/2036(INI))
(C/2023/444)
El Parlamento Europeo,
— Vista la Comunicación de la
Comisión, de 19 de abril de 2016, titulada «Plan de Acción sobre
Administración Electrónica de la UE 2016-2020: Acelerar la transformación
digital de la administración» (COM(2016)0179),
— Vista su Resolución, de
16 de mayo de 2017, sobre el Plan de Acción sobre Administración
Electrónica de la UE 2016-2020 (1),
— Vista la Declaración de Tallin
sobre administración electrónica, formulada en la reunión ministerial de
6 de octubre de 2017 durante la Presidencia estonia del Consejo
de la Unión Europea,
— Vista la encuesta de las Naciones
Unidas sobre gobierno electrónico 2022,
— Visto el estudio de la
Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) titulado «The
E-Leaders Handbook on the Governance of Digital Government» (Manual de líderes
electrónicos sobre la gobernanza de la administración digital),
— Vista la Declaración de Berlín
sobre la sociedad digital y la administración digital basada en valores, de
8 de diciembre de 2020,
— Visto el Informe Especial del
Tribunal de Cuentas Europeo sobre las acciones de administración electrónica
dirigidas a las empresas,
— Vista la Comunicación de la
Comisión, de 19 de febrero de 2020, titulada «Una Estrategia
Europea de Datos» (COM(2020)0066),
— Vista su Resolución, de
25 de marzo de 2021, sobre una Estrategia Europea de Datos (2),
— Vista la Comunicación de la
Comisión, de 9 de marzo de 2021, titulada «Brújula Digital 2030:
el enfoque de Europa para la Década Digital» (COM(2021)0118),
— Visto el documento de trabajo de
los servicios de la Comisión, de 28 de julio de 2022, titulado
«Digital Economy and Society Index (DESI) 2022» [Índice de la Economía y la
Sociedad Digitales (DESI) 2022] (SWD(2022)0205),
— Vista la Directiva 2014/24/UE del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014,
sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE (3),
— Visto el Reglamento de Ejecución
(UE) 2019/1780 de la Comisión, de 23 de septiembre de 2019, por
el que se establecen formularios normalizados para la publicación de anuncios
en el ámbito de la contratación pública y se deroga el Reglamento de Ejecución
(UE) 2015/1986 («formularios electrónicos») (4),
— Visto el Reglamento (UE) 2018/1724
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de octubre de 2018,
relativo a la creación de una pasarela digital única de acceso
a información, procedimientos y servicios de asistencia y resolución de
problemas y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 1024/2012 (5),
— Vista la Directiva (UE) 2019/1024
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019,
relativa a los datos abiertos y la reutilización de la información del
sector público (6) (en
lo sucesivo, «Directiva sobre datos abiertos»),
— Visto el Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016,
relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al
tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y
por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de
datos) (7),
— Visto el Reglamento (UE) 2021/694
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2021,
por el que se establece el Programa Europa Digital y por el que se deroga la
Decisión (UE) 2015/2240 (8),
— Visto el Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia (9),
— Vista la propuesta de Reglamento
del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se crea el entorno de
ventanilla única de la Unión Europea para las aduanas y se modifica el
Reglamento (UE) n.o 952/2013 (COM(2020)0673),
— Vista la propuesta de Reglamento
del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la gobernanza europea de
datos (Ley de Gobernanza de Datos) (COM(2020)0767),
— Vista la propuesta de Reglamento
del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE)
n.o 910/2014 en lo que respecta al
establecimiento de un Marco para una Identidad Digital Europea (COM(2021)0281),
— Vista la propuesta de Decisión del
Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el programa de
política «Itinerario hacia la Década Digital» para 2030 (COM(2021)0574),
— Vista la propuesta de Reglamento
del Parlamento Europeo y del Consejo sobre normas armonizadas para un acceso
justo a los datos y su utilización (Ley de Datos) (COM(2022)0068),
— Vista la propuesta de Reglamento
del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el Espacio Europeo de Datos
Sanitarios (COM(2022)0197),
— Visto el informe del Centro Común
de Investigación titulado «GovTech Practices in the EU» (Prácticas de
administración electrónica en la UE),
— Visto el informe de investigación
de la Dirección General de Políticas Interiores de la Unión del Parlamento
Europeo titulado «The digital single market and the digitalisation of the
public sector: GovTech and other innovations in public procurement» (El mercado
único digital y la digitalización del sector público: administración
electrónica y otras innovaciones en la contratación pública),
— Visto el informe del Grupo de
Sabios, de marzo de 2022, sobre la reforma de la unión aduanera de la UE,
— Visto el Informe
Especial 04/2021 del Tribunal de Cuentas Europeo, de 30 de marzo
de 2021, titulado «Controles aduaneros: la armonización insuficiente es un
obstáculo para los intereses financieros de la UE»,
— Visto el artículo 54 de su
Reglamento interno,
— Vista la opinión de la Comisión de
Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior,
— Visto el informe de la Comisión de
Mercado Interior y Protección del Consumidor (A9-0065/2023),
A. Considerando que una
digitalización eficiente de la administración pública aumenta la productividad
y la resiliencia del sector público (10),
eleva la calidad de los servicios públicos, permite reducir costes, y
desbloquea el potencial de las empresas, especialmente de las pequeñas y
medianas empresas (pymes), que constituyen la columna vertebral del mercado
único;
B.
Considerando que los servicios públicos deben satisfacer plenamente las
necesidades de sus usuarios, estar accesibles en línea —también para las
personas con discapacidad y las personas de edad avanzada— y beneficiarse de
herramientas fáciles de entender y de utilizar con unos altos niveles de
seguridad, privacidad y protección de datos;
C.
Considerando que, en consonancia con el Reglamento (UE) 2021/241 por el
que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, cada Estado
miembro debe dedicar el 20 % de su asignación en virtud del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia a la transición digital; que la Comisión debe
evaluar y medir adecuadamente los resultados y beneficios de la digitalización
brindados a los ciudadanos y las empresas;
D.
Considerando que una identidad digital segura y que refuerce la
privacidad es importante de cara a que las personas interactúen con las
administraciones y las empresas en todo el mercado único europeo;
E.
Considerando que, a pesar de una tendencia al alza, se calcula que
alrededor del 42 % de los europeos sigue careciendo de las competencias
digitales básicas, por lo que es necesario organizar campañas de información y
formación para los ciudadanos;
F.
Considerando que las medidas digitales adoptadas por los gobiernos
durante la pandemia de COVID-19 para organizar pruebas de diagnóstico, la
vacunación o el registro de viajes han puesto de relieve el papel esencial
para todos del acceso a internet y a los servicios públicos
electrónicos;
G.
Considerando que, en 2019, las adquisiciones públicas de bienes y
servicios representaron alrededor del 12 % del gasto público en la EU-27,
es decir, 774 000 millones EUR;
H.
Considerando que unos datos accesibles e interoperables en la
contratación pública contribuirán también a la lucha contra el fraude y
a la mejora de la transparencia, al rendimiento de la contratación pública
y a la cooperación transfronteriza;
I.
Considerando que unas 250 000 agencias públicas de la Unión gastan
alrededor del 14 % del PIB de la Unión a través de la contratación
pública;
J.
Considerando que el Tribunal de Cuentas Europeo, en su Informe Especial
sobre administración electrónica, recomienda que la Comisión refuerce el marco
de ejecución para animar a los Estados miembros a completar el
despliegue de los servicios de administración electrónica y que formule una
estrategia global para promover eficazmente los servicios de administración
electrónica;
Administración
electrónica en el mercado único digital
1. Hace hincapié en que, al objeto de reforzar
el mercado único, es necesario llevar a cabo una transformación digital
que amplíe la disponibilidad en línea de los servicios públicos; recuerda que
la administración electrónica debe optimizar la prestación de los servicios
públicos y la participación ciudadana, facilitar una administración más abierta
y proporcionar una base asentada en los datos que refuerce la rendición de
cuentas por parte de la administración; recuerda que la administración
electrónica facilita las relaciones con los ciudadanos, las empresas, los
trabajadores y las administraciones, y acoge con agrado el establecimiento de
una identidad digital europea;
2. Hace hincapié en que la transformación
digital debe contribuir a una mejor elaboración de la legislación en todos
los sectores del mercado único, permitiendo una evaluación de las normativas
actual y prevista basada en pruebas y una determinación más eficaz de las
lagunas normativas y los obstáculos injustificados; pide a la Comisión y
a los Estados miembros que saquen partido de la digitalización y ofrezcan
indicadores mensurables del impacto y los resultados de los proyectos, las
normativas y las inversiones;
3. Subraya que la digitalización debe ser parte
integrante e integrada de todas las políticas gubernamentales y
procedimientos administrativos; considera que la administración electrónica
debe ser el principal modo de funcionamiento de los servicios de la administración,
garantizando al mismo tiempo que los servicios públicos sean plenamente
accesibles para todos;
4. Pide a la Comisión y a los Estados
miembros que sigan alentando la colaboración transfronteriza entre las
administraciones públicas, también mediante el aumento de la sensibilización y
premios como los «Sharing and reuse awards» (Premios Compartir y Reutilizar) (11);
5. Cree firmemente que un mayor desarrollo de
los servicios públicos digitales puede contribuir significativamente a la
reducción de las barreras administrativas para los empresarios, especialmente
en el caso de las microempresas y las pequeñas y medianas empresas; pide
a los Estados miembros que redoblen sus esfuerzos destinados
a digitalizar aún más los servicios públicos;
6. Recuerda que, de conformidad con la
Recomendación del Consejo de la OCDE sobre el Gobierno Abierto (2017), la
participación de las partes interesadas en el diseño y la ejecución de las
políticas y los servicios públicos puede mejorar la rendición de cuentas
gubernamental, favorecer el empoderamiento e influencia de los ciudadanos
en las decisiones, construir capacidad cívica, mejorar la base empírica para la
elaboración de políticas públicas, reducir los costos de implementación y
explotar redes y ecosistemas más amplios para innovar en la elaboración de
políticas públicas y en la prestación de servicios públicos;
7. Subraya la necesidad de compartir las mejores
prácticas de la Unión y de otros países en materia de ejecución, aplicación y
seguimiento de las estrategias y planes de administración electrónica; pide
a la Comisión que recopile, analice y publique las mejores prácticas de
administración electrónica de los Estados miembros y de otros países;
8. Considera que los servicios de la
administración digital deben actualizarse de manera continuada a fin de
responder a las necesidades de los usuarios; subraya que la aceptación y
la aplicación de las aportaciones y los comentarios de los usuarios deben ser
parte habitual del modo de trabajo de todas las administraciones;
9. Resalta que la prestación de servicios
públicos digitales implica el uso de datos personales, por lo que pide
a la Comisión y a los Estados miembros que presten especial atención
a la protección de los datos personales de los ciudadanos, especialmente
de los datos sensibles, como los datos médicos y los registros electorales, y
que garanticen que la prestación de servicios públicos digitales cumple
enteramente el Reglamento general de protección de datos; destaca que se
precisan los niveles más elevados de protección de datos de cara
a fomentar la confianza en las instituciones y en los servicios públicos
digitales e impulsar la adopción de estos servicios;
10. Subraya que las administraciones deben
garantizar las normas de ciberseguridad más estrictas a la hora de tratar
datos personales con el fin de proteger a las personas contra el uso
indebido o la filtración de dichos datos, especialmente teniendo en cuenta
las situaciones políticas internacionales cada vez más desestabilizadas
o los ataques selectivos a sitios web gubernamentales; estima que
esto debe incluir la compartimentación y el cifrado de los datos sensibles,
como los datos biométricos;
11. Pide a la Comisión que recopile y
facilite el intercambio de las tecnologías, experiencias, lecciones y mejores
prácticas pertinentes para la administración electrónica durante la pandemia de
COVID-19, en particular en relación con la accesibilidad y la protección de
datos, con el fin de construir instituciones resilientes preparadas para crisis
futuras;
12. Destaca que las soluciones digitales, los
procesos administrativos simplificados y las medidas que se adoptaron y
demostraron ser eficientes durante la crisis de la COVID-19 deben mantenerse
cuando proceda, en particular la posibilidad de completar los procedimientos
administrativos de forma digital;
13. Pone de relieve que la conectividad y una
cobertura estable de internet de banda ancha, especialmente en las islas y en
las zonas rurales, revisten una importancia vital para el desarrollo de la
administración electrónica; pide, por tanto, a la Comisión que asegure la
infraestructura necesaria para el acceso a internet de banda ancha,
incluida la conexión por fibra hasta los hogares, en cooperación con los
Estados miembros; recuerda las obligaciones de todos los Estados miembros en
virtud de la sección de obligaciones de servicio universal (OSU) del Código
Europeo de las Comunicaciones Electrónicas de garantizar el acceso de banda
ancha a todos los hogares; anima a los Estados miembros a que
utilicen la opción de prestar servicios OSU a través de los proveedores de
internet móvil y fija; pide a los Estados miembros que incrementen sus
esfuerzos destinados a proteger su infraestructura, incluidos los cables
submarinos;
14. Señala que sin mejoras en las competencias
digitales y en la alfabetización digital, especialmente de las mujeres, las
personas de edad avanzada, las personas con discapacidad y las comunidades
económicamente desfavorecidas, no puede construirse el mercado único digital
europeo; pide, por tanto, a la Comisión que aplique con decisión el Plan
de Acción de Educación Digital, también publicando las mejores prácticas en los
distintos Estados miembros y en otros países y creando un marco para la
comparación, el seguimiento y la evaluación de los resultados de las políticas
de educación digital en la Unión; subraya la importancia de adaptar los
sistemas educativos y el aprendizaje no formal en los lugares de trabajo
a las necesidades del mercado y de la sociedad;
15. Recuerda que el seguimiento de la
digitalización de los servicios públicos, incluida la administración
electrónica, también debe centrarse en sus efectos sobre los usuarios y en los
cambios a largo plazo en la sociedad, y que la digitalización no debe ser
un objetivo en sí mismo, sino más bien la herramienta para obtener mejores
resultados para los usuarios; señala que la digitalización debe reducir la
burocracia y proporcionar servicios de administración pública más rápidos,
menos exigentes desde el punto de vista financiero y más eficientes;
16. Acoge con agrado los ambiciosos objetivos
digitales establecidos en el programa político para 2030 denominado «Itinerario
hacia la Década Digital», teniendo en cuenta las diferentes condiciones marco
nacionales en los distintos Estados miembros; estima que serán necesarias
consultas y una estrecha cooperación entre los Estados miembros y con las
partes interesadas para alcanzar estos objetivos; pone de relieve la
importancia del informe anual sobre el «Estado de la Década Digital», en
especial teniendo en cuenta la información sobre las políticas, programas
e iniciativas nacionales pertinentes y su repercusión en los usuarios;
17. Considera que la sanidad electrónica tiene un
potencial sin explotar, por lo que se felicita por la intención de la Comisión
de crear un espacio europeo de datos sanitarios; hace hincapié, además, en que
los historiales médicos electrónicos pueden ser extremadamente útiles a la
hora de incentivar la investigación transfronteriza, prestar asistencia
sanitaria transfronteriza y cumplir la promesa a los ciudadanos europeos
de poder acceder a sus datos sanitarios e intercambiarlos a través
de las fronteras; hace hincapié en la necesidad de garantizar el máximo nivel
de protección de datos en este ámbito; opina que es necesario velar por que los
servicios de sanidad electrónica estén dotados de unos altos niveles de
seguridad y que, a tal efecto, esos servicios requieren una supervisión
humana; insta a la Comisión y a los Estados miembros a que midan
adecuadamente los resultados con el fin de ofrecer beneficios a las
personas y crear una base para la comparación y la determinación de las mejores
prácticas;
18. Señala que el objetivo de la justicia en red
es mejorar y simplificar el acceso a la información en el ámbito de la
justicia, así como apoyar la digitalización de los procedimientos judiciales y
extrajudiciales transfronterizos; observa, no obstante, que durante la pandemia
de coronavirus, los consumidores y los empresarios tuvieron un acceso limitado
a los tribunales; opina, por tanto, que la Estrategia y el Plan de Acción
relativos a la Justicia en Red Europea 2019-2023 deben actualizarse con planes
en favor de una mayor digitalización y adaptación a posibles crisis
futuras, a fin de garantizar un acceso a los sistemas de justicia sin
trabas, resiliente y transparente, por ejemplo, a través del sistema de
administración electrónica;
19. Subraya que las soluciones digitales en los
procedimientos jurídicos de ejecución pueden reducir de manera significativa
sus costes y acelerar el proceso; pide a la Comisión que evalúe cómo
pueden reducir las soluciones digitales los costes de los procedimientos de ejecución
para los consumidores;
20. Ve necesario vincular la participación en los
procedimientos de consulta pública al sistema de administración electrónica;
pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen el acceso
al procedimiento de consulta pública a través de servicios públicos
digitales;
21. Señala que las personas están cada vez más
acostumbradas a comprar y prestar servicios en línea, de forma que las
necesidades se satisfagan con solo unos pocos clics; subraya que durante la
pandemia de COVID-19 se produjo un cambio hacia una disponibilidad en línea de
casi todas las actividades, lo que ha modificado las expectativas de las
personas acerca de los servicios públicos, pues esperan ahora que estén
disponibles en línea; considera que el contacto de los ciudadanos con la
administración pública y sus servicios debe responder a sus expectativas y
que los servicios deben procurar ser prácticos y eficientes;
22. Pide a la Comisión que presente
recomendaciones que permitan a las personas hacer un seguimiento de los
procesos administrativos que les conciernan y que colaboren con las partes
interesadas en el diseño y la prestación de servicios de administración electrónica;
23. Observa que un número muy elevado de personas
en Europa utilizan dispositivos móviles y que muchos no disponen de un
ordenador de sobremesa o de un ordenador portátil de tamaño estándar;
destaca que los sitios web y los servicios gubernamentales deben ser plenamente
compatibles con los navegadores móviles y el tamaño limitado de la pantalla de
la mayoría de los dispositivos; toma nota asimismo de que cada vez se tienen
menos impresoras y pide a las administraciones que velen por que los
formularios puedan cumplimentarse, firmarse y presentarse sin necesidad de
imprimirlos;
24. Observa que, ante la falta de copias físicas
de los documentos de la administración, es necesario que las administraciones
proporcionen un almacenamiento seguro en la nube de los documentos oficiales y
garanticen que todos los documentos se conservan mientras exista una base
jurídica para hacerlo y no se borran a menos que así lo hagan los propios
ciudadanos; subraya la necesidad de una vía legal para que las familias accedan
a los documentos oficiales de los miembros de la familia fallecidos,
incluidos los documentos sobre la propiedad, los impuestos y otros registros
vitales;
Papel de la
administración electrónica en la promoción de las empresas, especialmente las
pymes
25. Pone de relieve la importancia de eliminar
las barreras que siguen existiendo en el mercado único y resalta que la mejora
del acceso a la financiación fomentará la entrada y el crecimiento de
empresas innovadoras e impulsará la competencia; considera que la
administración electrónica podría contribuir a acelerar esta transición;
señala asimismo la importancia del acceso en línea transfronterizo a la información,
los procedimientos administrativos y los servicios de asistencia para las
empresas y los consumidores de la Unión; hace hincapié, a este respecto,
en la necesidad de garantizar la interoperabilidad al objeto de evitar la
fragmentación y permitir una prestación ininterrumpida de servicios digitales
en todo el mercado interior de la Unión;
26. Señala que los registros de la propiedad no
están plenamente digitalizados en los Estados miembros y que los datos de los
registros de la propiedad a menudo no se ajustan a la situación real
de los bienes inmuebles, lo que genera problemas con los actos jurídicos; pide
la plena digitalización de los registros de la propiedad tan pronto como sea
posible;
27. Destaca el papel de la administración
electrónica en la expedición de licencias de obra; cree que deben realizarse
avances significativos en la simplificación de las solicitudes de licencias de
obra y en la reducción de los plazos para su expedición en cada fase del
proyecto, desde la licencia de obra hasta la inspección final;
28. Pide a la Comisión que fomente la
interconexión entre los registros mercantiles de todos los Estados miembros al
objeto de facilitar la transparencia y la disponibilidad de información
actualizada y de información financiera sobre las empresas y los titulares
reales;
29. Recuerda que las inversiones sin precedentes
en digitalización, incluida la administración electrónica, atraen
comportamientos ilícitos; pide a la Comisión y a los Estados miembros
que faciliten un acceso transparente y gratuito a los datos, los
contratos, los documentos y las bases de datos públicos, en particular el
acceso gratuito a los registros mercantiles, los estados financieros de
las empresas y la información sobre la titularidad real, lo que contribuiría
a luchar contra la corrupción, incluido el uso indebido de los recursos de
la Unión;
30. Resalta el importante papel que desempeña
GovTech en el desarrollo de innovaciones en materia de administración
electrónica; destaca sus aspectos principales, a saber, unos servicios
públicos centrados en los ciudadanos que sean universalmente accesibles, un
enfoque focalizado en la administración en su conjunto en lo que se refiere
a la transformación de la administración digital, y sistemas de
administración sencillos, eficientes y transparentes; anima a los Estados
miembros a que establezcan programas GovTech para promover la
transparencia, la innovación y los beneficios para los ciudadanos; acoge con
agrado la iniciativa de desarrollar el mercado europeo en GovTech en el marco
del Programa Europa Digital, prestando especial atención a las pymes y las
empresas emergentes;
31. Apoya una mayor automatización de los
servicios administrativos internos y de los servicios entre las
administraciones, los reguladores y las empresas privadas; subraya la necesidad
de que las administraciones creen interfaces de programación de aplicaciones
que permitan la presentación directa de datos a través de medios
automatizados o de otro tipo;
32. Apoya la creación de entornos de pruebas de
la administración con el fin de ensayar nuevas formas de interactuar con los
usuarios y de desarrollar innovaciones en la administración electrónica;
33. Anima a las administraciones a que
se basen más en los datos y a que utilicen los datos disponibles para
predecir mejor las demandas y necesidades de los usuarios y adaptarse
a ellas, en consonancia con el Reglamento general de protección de datos;
34. Recuerda que, en consonancia con el programa
político para 2030 denominado «Itinerario hacia la Década Digital», los Estados
miembros deben alcanzar el objetivo del 100 % en cuanto a la
prestación en línea de servicios públicos clave para los ciudadanos y las
empresas europeos, lo que reducirá considerablemente la carga administrativa
para las empresas e incrementará la calidad y la eficiencia de los
servicios públicos;
Contratación pública
electrónica y aduanas electrónicas
35. Opina que el acceso pleno a los datos de
contratación pública podría mejorar significativamente la probidad pública,
promover la innovación y apoyar los objetivos del mercado único, así como
mejorar la transparencia y la rendición de cuentas en el gasto público; pide
a la Comisión, a este respecto, que considere la posibilidad de
incluir la contratación pública en la lista de «conjuntos de datos de gran
valor» en virtud de la Directiva sobre datos abiertos, respetando al mismo
tiempo las obligaciones jurídicas, incluidos los requisitos de protección de
datos y la confidencialidad de los secretos comerciales; pide a la
Comisión que evalúe la eficiencia de las normas de contratación pública en
términos de su eficiencia temporal y que publique las mejores prácticas
a este respecto;
36. Destaca que uno de los objetivos de la
contratación pública electrónica debe ser simplificar las tareas de los poderes
adjudicadores a la hora de ejecutar los procedimientos de contratación
pública y facilitar la participación de las empresas, aumentando al mismo
tiempo la eficiencia y la rendición de cuentas de la contratación pública;
considera que la interoperabilidad de los sistemas de contratación pública y de
los sistemas de datos abiertos puede ser útil a tal efecto;
37. Destaca la necesidad de mejorar la evaluación
de los resultados, los avances y el impacto de las políticas de datos abiertos;
observa que, desde el punto de vista de la administración, sigue siendo
fundamental apoyar la inversión con el fin de abrir los datos de la
administración sobre la base de una justificación comercial sólida, ofrecer
propuestas de valor claras y presentar los beneficios potenciales de facilitar
el uso de datos abiertos, así como mostrar, utilizando herramientas de
evaluación ex post, cómo pueden llevarse a la práctica dichos
beneficios;
38. Acoge con agrado la iniciativa de la Comisión
de crear un espacio europeo de datos para la contratación pública como piedra
angular de la futura estrategia de datos sobre contratación pública; considera
que la mejora de la publicación de los datos de contratación pública por encima
y por debajo de los umbrales de la Unión, así como la optimización de la
calidad y la armonización de las fuentes y formatos de datos, ayudarán
especialmente a la Comisión en esta tarea;
39. Toma nota de los doce indicadores de
contratación pública en el cuadro de indicadores del mercado único; pide
a la Comisión que determine periódicamente las mejores prácticas con el
fin de elevar la puntuación global de los Estados miembros, también en cuanto
a la contratación pública electrónica y las innovaciones digitales;
destaca la necesidad de medir asimismo los resultados de la digitalización
a una escala mundial, con miras a evaluar de forma adecuada los
avances logrados; pide a la Comisión que mida periódicamente la estrategia
de administración electrónica con arreglo a índices internacionales y que
determine los puntos fuertes y débiles de la Unión;
40. Pide a la Comisión que apoye a los
Estados miembros en la aplicación exhaustiva de los formularios electrónicos
del diario electrónico de licitaciones (TED), en particular animando a los
Estados miembros a utilizar formularios electrónicos para publicar datos
sobre todo el ciclo de contratación pública, incluidos los datos por debajo de
los umbrales de la Unión y más allá del ámbito de cobertura obligatorio;
41. Hace hincapié en que, además del
establecimiento de la infraestructura técnica, las herramientas y las normas
adecuadas, la transición hacia un sistema completo de contratación pública
electrónica requiere inversiones en formación y creación de capacidades para
los compradores públicos;
42. Reconoce la importancia de la contratación
pública de soluciones innovadoras y anima a los Estados miembros
a integrarla en el marco general de la contratación pública electrónica;
pide a los Estados miembros que mejoren la interoperabilidad de los
sistemas de contratación pública, apliquen tecnologías avanzadas en caso
necesario y garanticen el cumplimiento de la legislación futura;
43. Observa que la práctica abusiva de presentar
recursos con el único objetivo de prolongar el procedimiento electrónico de
contratación pública genera inseguridad jurídica y obstaculiza las inversiones
en el mercado único; pide a la Comisión y a los Estados miembros que
evalúen en qué medida se utiliza indebidamente este instrumento jurídico y que
estudien formas de remediarlo, al tiempo que garantizan plenamente el derecho
de recurso;
44. Observa el potencial del código abierto en
favor de la soberanía digital de Europa y la prevención de la dependencia
respecto de proveedores, al permitir que se compartan y reutilicen las
soluciones informáticas; pide a la Comisión y a los Estados miembros
que hagan un seguimiento de los datos sobre el uso de las tecnologías de código
abierto en las administraciones públicas y que los publiquen;
45. Considera que los procedimientos aduaneros
electrónicos desempeñan un papel crucial en la digitalización de los servicios
públicos y que, por lo tanto, son beneficiosos tanto para las empresas que
operan en el mercado único como para los consumidores; opina que los
procedimientos aduaneros electrónicos pueden contribuir al correcto
funcionamiento del mercado único digital, pero también a un intercambio de
datos más eficiente entre las autoridades de los Estados miembros;
46. Acoge con agrado el informe de evaluación
intermedia de la Comisión sobre la aplicación del Reglamento (UE) n.o 952/2013 (12) por
el que se establece el código aduanero de la Unión (CAU); pide a los
Estados miembros que eliminen los riesgos para el despliegue ordenado y
oportuno de los sistemas electrónicos relacionados con la entrada
e importación de mercancías y de los sistemas transeuropeos de tránsito y
exportación, y que implanten e integren íntegramente los sistemas
electrónicos establecidos en el CAU de aquí a 2025;
Hacia una nueva
estrategia de administración electrónica
47. Celebra la iniciativa de la Comisión de crear
espacios europeos de datos en diversos sectores, como la salud, la justicia y
la contratación pública; considera fundamental que estos espacios de datos sean
interoperables para que los consumidores y los empresarios, especialmente las
pymes, puedan desarrollar todo su potencial; señala que la interoperabilidad de
los espacios de datos debe ser el punto de partida de todas las estrategias de
digitalización futuras; acoge con agrado, a este respecto, la propuesta
legislativa de la Comisión, que ha de garantizar la interoperabilidad de los
espacios de datos en el mercado único europeo;
48. Subraya que la administración pública digital
debe ser inclusiva y, por defecto, fácil y plenamente accesible para las
personas con diferentes necesidades, como las personas de edad avanzada, las
personas con discapacidad y las comunidades económicamente desfavorecidas,
entre otras; resalta que las aplicaciones de administración electrónica deben
estar preparadas para el futuro, ser fáciles de entender y contar con
interfaces funcionales y sencillas; pide a los Estados miembros que hagan
todo lo posible para garantizar que nadie se quede atrás; recuerda a los
Estados miembros sus obligaciones en virtud del Acta de Accesibilidad de la
Web, al tiempo que les anima a ir más allá de sus obligaciones mínimas;
49. Hace hincapié en la importancia del principio
«digital por defecto», que significa que las administraciones públicas deben
prestar servicios de forma digital como opción preferida; destaca, al mismo
tiempo, la necesidad de apoyar a aquellos ciudadanos que no pueden
o no quieren completar todos los procedimientos administrativos en línea;
pide a todas las administraciones que garanticen la disponibilidad de
servicios que ayuden a los usuarios a llevar a cabo sus tareas
administrativas pese cualquier posible limitación; subraya que la
administración electrónica no debe redundar en la exclusión de ningún usuario;
50. Subraya que el desarrollo y el uso de la
inteligencia artificial en la administración electrónica pueden entrañar
riesgos y ventajas; resalta que los seres humanos deben seguir ocupando un
lugar central en la toma de decisiones y que han de poder anular o revocar
decisiones automatizadas; observa la frustración de los ciudadanos ante los
errores irresolubles en los formularios de introducción de datos en los sitios
web de las administraciones públicas, lo que imposibilita la presentación de
formularios en línea;
51. Pide a los Estados miembros que velen
por que sus marcos jurídicos respalden y permitan el uso de soluciones
digitales siempre que sea posible, incluido el uso de firmas digitales y la
presentación de copias digitales de documentos en lugar de documentos físicos
originales;
52. Destaca la importancia del desarrollo de unos
servicios públicos digitales que sean respetuosos con el medio ambiente,
sostenibles desde el diseño e interoperables; cree que los servicios de
administración electrónica pueden generar beneficios medioambientales si se
basan en infraestructuras, procesos y programas informáticos sostenibles y
eficientes desde el punto de vista energético;
53. Toma nota de las conclusiones del Informe
Especial del Tribunal de Cuentas Europeo sobre administración electrónica, pero
especialmente de que el Tribunal llegara a la conclusión de que la
Comisión no había evaluado el conocimiento que poseen las empresas sobre los
servicios de administración electrónica disponibles ni analizado las
necesidades en este ámbito, aun cuando se trata de una medida fundamental en la
implantación de los servicios de administración electrónica; pide a la
Comisión que aplique sin demora las recomendaciones del Tribunal;
54. Reconoce que es necesario un análisis de la
aplicación del Plan de Acción sobre Administración Electrónica de la UE
2016-2020 a fin de conocer mejor su eficiencia y sus resultados; pide
a la Comisión que informe al Parlamento sobre la aplicación de dicho Plan;
55. Anima a los Estados miembros a que
hagan un seguimiento de sus acciones políticas y de los objetivos quinquenales
en virtud de la Declaración de Tallin de 2017; alienta asimismo a los
Estados miembros a que aceleren sus esfuerzos para alcanzar los objetivos
que no se han logrado, con el fin de mejorar la acción conjunta y profundizar
el desarrollo digital;
56. Pone de relieve la importancia de la
continuidad de las políticas europeas de administración electrónica; pide
a la Comisión que proponga un nuevo plan de acción a largo plazo para
la administración electrónica basado en datos contrastados, con análisis cuantificados
de costes y beneficios, indicadores y objetivos que ofrezcan resultados para
las personas, y garantizando que la administración pública moderna esté
adaptada a la era digital;
57. Recuerda que el gasto público en la
digitalización de los servicios públicos debe ser eficaz y asegurar el máximo
valor para los usuarios; resalta, a este respecto, que es necesario
supervisar y mejorar los principios de una buena gobernanza financiera, y planificar,
publicar y supervisar el gasto nacional y europeo en digitalización;
58. Hace hincapié en que el mayor número de
interacciones entre los usuarios y las administraciones se produce a nivel
local y regional; considera que debe prestarse especial atención y apoyo
a las administraciones locales, que a menudo carecen de la financiación
necesaria para adoptar plenamente soluciones de administración electrónica;
resalta que este punto debe ser un elemento clave de cualquier futuro plan de
acción para la administración electrónica;
59. Reconoce que la nueva estrategia de
administración electrónica debe aspirar a incorporar el principio de «solo
una vez», que simplificará el contacto con las autoridades públicas al permitir
que las entidades públicas compartan datos entre sí, de modo que la información
solo deba introducirse una vez; subraya que el principio de «solo una vez»
reducirá las cargas administrativas tanto para las personas como para las
empresas, ya que la información ya facilitada podrá reutilizarse y las
autoridades públicas podrán comunicarse entre sí, lo que mejorará la eficiencia
de los procedimientos en general, incluidos los transfronterizos;
60. Toma nota del problema de la falta de
expertos en tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC) en las
administraciones y de la competencia con el sector privado por el personal
formado; pide a la Comisión que lo tenga en cuenta y que ayude a buscar
posibles formas de animar a los profesionales de las TIC a trabajar
para el sector público;
61. Acoge con agrado el trabajo de la Comisión en
la plataforma Joinup y el Marco Europeo de Interoperabilidad; considera que el
intercambio de herramientas y de mejores prácticas y los proyectos de software
conjuntos entre diferentes administraciones pueden reducir los costes y
acelerar la digitalización; subraya que debe revisarse la versión 3 del
Marco Europeo de Interoperabilidad de 2017 y que debe proponerse en breve una
nueva versión 4 de dicho Marco; acoge con agrado los trabajos llevados a cabo
sobre un Marco Europeo de Interoperabilidad para Ciudades y Comunidades
Inteligentes (EIF4SCC);
62. Encarga a su presidenta que transmita la
presente Resolución al Consejo y a la Comisión.
(1) DO C 307 de
30.8.2018, p. 2.
(2) DO C 494 de
8.12.2021, p. 37.
(3) DO L 94 de
28.3.2014, p. 65.
(4) DO L 272 de
25.10.2019, p. 7.
(5) DO L 295 de
21.11.2018, p. 1.
(6) DO L 172 de
26.6.2019, p. 56.
(7) DO L 119 de
4.5.2016, p. 1.
(8) DO L 166 de
11.5.2021, p. 1.
(9) DO L 57 de
18.2.2021, p. 17.
(10) Véase
«The E-Leaders Handbook on the Governance of Digital Government» (Manual de
líderes electrónicos sobre la gobernanza de la administración digital),
21 de diciembre
de 2021: https://www.oecd-ilibrary.org/docserver/ac7f2531-en.pdf?expires=1666604558&id=idcname=ocid194994sum=2918CC03A7580BA51981657D68E9F7AF.
(11) https://ec.europa.eu/isa2/awards_en/
(12) Reglamento
(UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
9 de octubre de 2013, por el que se establece el código aduanero
de la Unión (versión refundida) (DO L 269 de
10.10.2013, p. 1).
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2023/444/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)
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