Por: Carlos A. FERREYROS SOTO
Doctor en Derecho
Universidad de Montpellier I Francia.
RESUMEN
Vistos y Considerandos, particularmente la
Decisión, de 10 de marzo de 2022, sobre la constitución, competencias, composición
numérica y duración del mandato de la Comisión Especial sobre Injerencias Extranjeras
en todos los Procesos Democráticos de la Unión Europea, en particular la Desinformación
(INGE 2), y su Decisión, de 14 de febrero de 2023, por la que se modifica la citada
Decisión de 10 de marzo, y se adapta su denominación y competencias,
El Parlamento Europeo resalta que la guerra
de agresión rusa contra Ucrania ha puesto claramente de manifiesto los vínculos
entre los intentos extranjeros de manipulación de la información y las amenazas
a la Unión y sus vecinos inmediatos, los Balcanes Occidentales y los países de la
Asociación Oriental, así como a la seguridad y la estabilidad mundiales;
Subraya la necesidad de desarrollar una estrategia
coordinada contra las injerencias extranjeras a través de la dependencia de la Unión
en sectores estratégicos como la energía, las tecnologías digitales y la salud;
Pide un esfuerzo colectivo resiliente por parte de las instituciones
de la Unión, los Estados miembros, los países socios, la sociedad civil, el mundo
económico y los medios de comunicación independientes a fin de incrementar la concienciación
social e institucional y la inversión en educación sobre la desinformación, la manipulación
de la información;
Tiene en cuenta, las Injerencias mediante las Plataformas en línea; las Infraestructuras
críticas y sectores estratégicos; los Procesos
electorales; el Impacto de las injerencias
en los derechos de las minorías y otros grupos vulnerables; la Financiación encubierta de actividades políticas
por agentes y donantes extranjeros; la Cíberseguridad
y resiliencia frente a cíberataques; la Disuasión, atribución y contramedidas colectivas, incluidas sanciones;
las Injerencias por medio de agentes mundiales
a través de la captación de élites, las diásporas nacionales, las universidades
y actos culturales; la necesidad de reforzar la Vecindad, cooperación mundial y el multilateralismo.
A fin de acceder a normas similares y estándares
europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías,
consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema,
sírvanse comunicar al correo electrónico: cferreyros@hotmail.com
____________________________________________________
Diario Oficial | ES Serie C |
C/2023/1226 | 21.12.2023 |
P9_TA(2023)0219
Injerencias extranjeras en todos los procesos democráticos de la Unión Europea, en particular la desinformación
Resolución del Parlamento Europeo, de 1 de junio de 2023, sobre las injerencias extranjeras en todos los procesos democráticos de la Unión Europea, en particular la desinformación (2022/2075(INI))
(C/2023/1226)
El Parlamento Europeo,
— Vista su Decisión, de 10 de marzo de 2022, sobre la
constitución, competencias, composición numérica y duración del mandato de la
Comisión Especial sobre Injerencias Extranjeras en todos los Procesos
Democráticos de la Unión Europea, en particular la Desinformación (INGE
2) (1), y su Decisión, de 14 de febrero
de 2023, por la que se modifica la citada Decisión de 10 de marzo, y se adapta
su denominación y competencias (2),
— Vista su Resolución, de 9 de marzo de 2022, sobre
las injerencias extranjeras en todos los procesos democráticos de la Unión
Europea, incluida la desinformación (3) (en lo sucesivo, «informe
ING1»),
— Visto el curso dado por la Comisión a las
recomendaciones formuladas por el Parlamento en su Resolución de 9 de marzo de
2022,
— Visto el documento titulado «Una Brújula Estratégica
para la Seguridad y la Defensa — Por una Unión Europea que proteja a sus
ciudadanos, defienda sus valores e intereses y contribuya a la paz y la
seguridad internacionales», aprobado por el Consejo el 21 de marzo de 2022 y
refrendado por el Consejo Europeo el 24 de marzo de 2022,
— Vista su Recomendación, de 23 de noviembre de 2022,
al Consejo, a la Comisión y al vicepresidente de la Comisión / alto
representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad sobre
la nueva estrategia de la Unión para la ampliación (4),
— Vista la Comunicación de la Comisión, de 13 de julio
de 2022, titulada «Informe sobre el Estado de Derecho en 2022 — La situación
del Estado de Derecho en la Unión Europea» (COM(2022)0500),
— Vista su Resolución, de 8 de marzo de 2022, sobre la
reducción del espacio de acción de la sociedad civil en Europa (5),
— Vista su Resolución, de 15 de diciembre de 2022,
sobre las sospechas de corrupción en relación con Qatar y la necesidad de
aumentar la transparencia y la rendición de cuentas en las instituciones
europeas (6),
— Vista su Resolución, de 23 de noviembre de 2016,
sobre la comunicación estratégica de la Unión para contrarrestar la propaganda
de terceros en su contra (7),
— Vista su Recomendación, de 13 de marzo de 2019, a la
vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos
Exteriores y Política de Seguridad y al Consejo de hacer un balance del
seguimiento realizado por el SEAE dos años después del informe del PE sobre la
comunicación estratégica de la Unión para contrarrestar la propaganda en su contra
por parte de terceros (8),
— Vista su Resolución, de 20 de octubre de 2021, sobre
los medios de comunicación europeos en la Década Digital: un plan de acción
para apoyar la recuperación y la transformación (9),
— Vistos los artículos sobre la responsabilidad del
Estado por hechos internacionalmente ilícitos,
— Vista la Carta de los Derechos Fundamentales de la
Unión Europea,
— Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos, en particular su artículo 20,
— Visto el Reglamento (UE) 2021/692 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 28 de abril de 2021, por el que se establece el
programa Ciudadanos, Igualdad, Derechos y Valores y por el que se deroga el
Reglamento (UE) n.o 1381/2013 del Parlamento Europeo y del
Consejo y el Reglamento (UE) n.o 390/2014 del Consejo (10),
— Vista la propuesta de la Comisión, de 27 de abril de
2022, de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la
protección de las personas que realizan actos de participación pública frente a
las demandas judiciales manifiestamente infundadas o abusivas («demandas
estratégicas contra la participación pública») (COM(2022)0177),
— Vista la Comunicación de la Comisión, de 3 de
diciembre de 2020, sobre el Plan de Acción para la Democracia Europea
(COM(2020)0790),
— Vista la propuesta, de 16 de septiembre de 2022, de
Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un
marco común para los servicios de medios de comunicación en el mercado interior
(Ley Europea de Libertad de los Medios de Comunicación) y se modifica la
Directiva 2010/13/UE (COM(2022)0457),
— Visto el informe final de la Conferencia sobre el
Futuro de Europa, y en particular sus propuestas 27 y 37,
— Visto el Código de Buenas Prácticas en materia de
Desinformación reforzado de 2022,
— Visto el Reglamento (UE) 2022/2065 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 19 de octubre de 2022, relativo a un mercado único de
servicios digitales y por el que se modifica la Directiva 2000/31/CE
(Reglamento de Servicios Digitales) (11),
— Vista la Directiva (UE) 2022/2557 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2022, relativa a la resiliencia de
las entidades críticas y por la que se deroga la Directiva 2008/114/CE del
Consejo (12) (Directiva REC),
— Vista la propuesta de la Comisión, de 18 de octubre
de 2022, de Recomendación del Consejo sobre un enfoque coordinado de la Unión
para reforzar la resiliencia de las infraestructuras críticas (COM(2022)0551),
— Vistas la propuesta de la Comisión, de 25 de
noviembre de 2021, de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la
transparencia y la segmentación de la publicidad política (COM(2021)0731) y las
enmiendas a dicha propuesta, adoptadas por el Parlamento el 2 de febrero de
2023 (13),
— Vista la propuesta de la Comisión, de 25 de
noviembre de 2021, de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre el
estatuto y la financiación de los partidos políticos europeos y las fundaciones
políticas europeas (COM(2021)0734),
— Vista la propuesta de la Comisión, de 16 de
diciembre de 2020, de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a
las medidas destinadas a garantizar un elevado nivel común de ciberseguridad y
por la que se deroga la Directiva (UE) 2016/1148 (COM(2020)0823) (Directiva SRI
2),
— Visto el Informe Especial 05/2022 del Tribunal de
Cuentas Europeo (TCE), de 29 de marzo de 2022, titulado «Ciberseguridad de las
instituciones, órganos y organismos de la UE: En general, el nivel de preparación
no es proporcional a las amenazas»,
— Vista la propuesta de la Comisión, de 22 de marzo de
2022, de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se
establecen medidas destinadas a garantizar un elevado nivel común de
ciberseguridad en las instituciones, los órganos y los organismos de la Unión
(COM(2022)0122),
— Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 20 de mayo
de 2021, entre el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la
Comisión Europea sobre un Registro de transparencia obligatorio (14),
— Vista la declaración conjunta, de 5 de diciembre de
2022, del Consejo UE-EE. UU. de Comercio y Tecnología,
— Visto el informe anual del TCE sobre las agencias de
la UE correspondiente al ejercicio 2021,
— Visto el Código europeo de estándares para
organizaciones de verificación independientes, publicado por la European
Fact-Checking Standards Network en agosto de 2022,
— Vistos los artículos 54 y 207 de su Reglamento
interno,
— Visto el informe (intermedio) de la Comisión
Especial sobre Injerencias Extranjeras en Todos los Procesos Democráticos de la
Unión Europea, en particular la Desinformación, y sobre el Refuerzo de la
Integridad, la Transparencia y la Rendición de Cuentas en el Parlamento Europeo
(ING2) (A9-0187/2023),
A. Considerando que, el 9 de marzo de 2022, el
Parlamento aprobó una Resolución en la que formula sus recomendaciones sobre la
base del informe de la primera Comisión Especial sobre Injerencias Extranjeras
en Todos los Procesos Democráticos de la Unión Europea, en particular la
Desinformación; que en este informe, entre otras recomendaciones, se pedía la
adopción de una estrategia coordinada contra la injerencia extranjera; que la
Comisión elaboró un documento en el que daba curso a esas recomendaciones,
sugiriendo, entre otros puntos, que dicha estrategia ya existe de facto en
forma de diferentes tipos de coordinación interinstitucional;
B. Considerando que el Parlamento Europeo es el único
órgano entre las instituciones de la Unión que es elegido de forma directa y
que está a la vanguardia del debate político en la Unión sobre la lucha contra
las injerencias extranjeras, la manipulación de la información y las amenazas
híbridas en nuestras democracias, incluidas las instituciones de la Unión; que
ciertos acontecimientos recientes han puesto de manifiesto que el Parlamento es
objeto de diversas y agresivas campañas de injerencia extranjera;
C. Considerando que la presidenta de la Comisión
anunció en su discurso sobre el estado de la Unión de septiembre de 2022 que la
Comisión presentaría un paquete de Defensa de la Democracia, cuya aprobación
está prevista para el segundo trimestre de 2023; que este paquete incluiría una
propuesta legislativa para proteger las democracias de entidades de terceros
países que ejercen actividades en la Unión que pueden afectar a la opinión
pública y la esfera democrática, una revisión de las acciones en el marco del
Plan de Acción para la Democracia Europea, así como medidas sobre elecciones
seguras y resilientes, que comprenderían, entre otras, medidas en materia de
ciberseguridad de los procesos electorales;
D. Considerando que el Consejo de la Unión Europea, la
Comisión y el Servicio Europeo de Acción Exterior codirigieron un ejercicio
conjunto titulado «EU Integrated Resolve 2022», cuyo objetivo era poner a
prueba la respuesta de la Unión ante campañas híbridas;
E. Considerando que la guerra de agresión de Rusia
contra Ucrania comenzó con una guerra de información cuidadosamente planificada
y ejecutada de manera agresiva, que fue seguida de una invasión militar a gran
escala el 24 de febrero de 2022; que Rusia utiliza una gama de diferentes
métodos de injerencia, integrados en una estrategia más amplia dirigida a
dañar, confundir, asustar, debilitar y dividir a los Estados miembros de la
Unión y su vecindad; que los Estados Unidos y el Reino Unido llevaron a cabo
campañas de comunicación eficaces de prebunking («vacunación»
que predispone a poder refutar información falsa antes de que se difunda) con
anterioridad a la invasión rusa a gran escala de Ucrania, que implicaron un uso
público sin precedentes de la inteligencia fiable de que se disponía a fin de
contrarrestar el relato del Kremlin y arrojar luz sobre la mentiras del
Gobierno ruso y los agentes conexos; que Rusia ha estado llevando a cabo
durante años campañas de desinformación, ciberataques, captaciones de élites y
ataques destinados a reescribir la historia, en un intento de preparar el
terreno sobre el que apuntalar su invasión de Ucrania;
F. Considerando que se espera que los servicios del
Parlamento realicen esfuerzos significativos para dar seguimiento a las
recomendaciones adoptadas el 9 de marzo de 2022, en particular en el marco de
la preparación de las elecciones europeas de 2024; que el grupo de trabajo del
Parlamento sobre desinformación ha recibido el encargo de coordinar el trabajo
de las distintas direcciones generales del Parlamento Europeo y de cooperar con
otras instituciones de la Unión en relación con un conjunto de acciones
emprendidas, en particular, en los siguientes ámbitos: conciencia situacional,
desarrollo de resiliencia, prebunking y contribución a un
espacio de la información sano, y mitigación;
G. Considerando que el Parlamento respalda de forma
proactiva la democracia parlamentaria en un conjunto de países no
pertenecientes a la Unión, también a través de las acciones del Grupo de Apoyo
a la Democracia y Coordinación Electoral; que la vecindad inmediata de la Unión
reviste una especial importancia en este sentido;
H. Considerando que los países en vías de adhesión a
la Unión se enfrentan a problemas derivados de injerencias extranjeras malignas
y campañas de desinformación; que acontecimientos pasados han demostrado que la
no ampliación tiene un coste estratégico enorme; que los Balcanes Occidentales
son una zona de competencia estratégica y geopolítica y que algunos de sus
países son propensos a la desestabilización, lo que supone una amenaza para la seguridad
y la estabilidad de nuestro continente; que terceros países están aprovechando
estas vulnerabilidades, también a través de inversiones estratégicas y campañas
de desinformación; que la estabilidad, la seguridad y la resiliencia
democrática de los países en vías de adhesión están inextricablemente
vinculadas a la propia seguridad, estabilidad y resiliencia democrática de la
Unión;
I. Considerando que el objetivo de esas campañas de
injerencia en los Balcanes Occidentales es influir negativamente en la
creciente orientación euroatlántica y en la estabilidad de cada país en
particular, y cambiar así la orientación de la región en su conjunto; que Rusia
utiliza su influencia en Serbia para tratar de desestabilizar e interferir en
Estados soberanos vecinos: en Bosnia a través de la República Srpska, en
Montenegro a través de los sentimientos proserbios del país y la Iglesia
ortodoxa serbia, y en Kosovo explotando y avivando los conflictos existentes en
el norte de Kosovo; que, por lo tanto, Rusia todavía tiene una influencia
notable en los Balcanes Occidentales, con el poder de interferir en los
intentos regionales de reconciliación, integración y reforma hacia la
democratización;
J. Considerando que iniciativas como el proyecto
RADAR, de la Asociación de Estudios Políticos Transeuropeos (TEPSA, un
consorcio paneuropeo de universidades e institutos de investigación punteros),
financiado por la Unión, tienen por objetivo concienciar a los ciudadanos sobre
la desinformación y aportar una plataforma pública para el debate, y que el
proyecto citado se centra en especial en los jóvenes, a fin de empoderar sus
voces, reforzar su participación en la sociedad civil y mejorar su educación
por lo que respecta al pensamiento crítico y la alfabetización mediática;
K. Considerando que se necesita un enfoque holístico
que abarque nuestras sociedades en su conjunto a la hora de educar y formar a
los ciudadanos europeos de todas las edades, incluida formación específica para
las personas en edad de trabajar y en las escuelas, con el fin de que detecten
y sean resilientes ante posibles operaciones de desinformación y manipulaciones
de información; que debe establecerse una estrategia para mostrar de forma
preventiva a los usuarios de internet vídeos y contenidos sobre las tácticas
que subyacen a la desinformación, que tengan el potencial de hacerlos más
conscientes y resilientes frente a la información errónea y la desinformación y
de aumentar la resiliencia de los grupos de población vulnerables; que la
concienciación pública y el diálogo constante con los medios de comunicación
son fundamentales a este respecto; que el elemento central del éxito de la
comunicación contra la desinformación es la confianza en las instituciones
responsables de la comunicación;
L. Considerando que el antisemitismo contemporáneo
adopta múltiples formas, incluidos el discurso de odio en línea y el
resurgimiento de nuevas teorías conspiratorias, y que la Unión ha establecido,
en el marco de la Estrategia de la UE de lucha contra el antisemitismo y apoyo
a la vida judía (2021-2030), su compromiso en favor un futuro libre de
antisemitismo dentro y fuera de la Unión;
M. Considerando que las organizaciones de la sociedad
civil (OSC) desempeñan un papel esencial de vigilancia, son fundamentales en la
creación de resiliencia democrática desde dentro y en la protección de la
democracia, y respaldan la lucha contra las infracciones del Estado de Derecho,
al tiempo que contribuyen activamente al fomento del Estado de Derecho, la
democracia y los derechos fundamentales sobre el terreno; que, en concreto, las
OSC realizan una labor importante a la hora de detectar y combatir las
injerencias extranjeras en procesos democráticos; que las OSC desempeñan un
papel fundamental en el desarrollo de la autorregulación, lo que permite la
creación de normas de la industria para luchar contra la desinformación, en
particular en ámbitos en los que cualquier acción estatal puede generar
desconfianza; que cuando se refuerza aún más la participación de los ciudadanos
y la sociedad civil en los procesos democráticos, la democracia en su conjunto
se escuda mejor frente al riesgo de injerencias extranjeras;
N. Considerando que las OSC, los grupos de reflexión,
los gabinetes de consultoría, las fundaciones y las propias empresas no son
inmunes a sufrir tales injerencias y, en algunos casos, pueden servir como
vehículo, herramienta o vector de influencia por parte de agentes
malintencionados, incluidos agentes de terceros países, patrocinando o
instigando directamente injerencias extranjeras e influyendo en los
responsables políticos; que la transparencia es clave a la hora de garantizar
que estos agentes no se conviertan ni se utilicen como plataformas de
injerencia extranjera y que, por lo tanto, deben respetarse y examinarse normas
claras sobre su influencia; que algunos Estados miembros de la Unión han
intentado aplicar mecanismos para controlar la financiación gubernamental
extranjera de las OSC, especialmente por parte de Rusia y de China;
O. Considerando que el apoyo de la Unión a las OSC a
través del programa Ciudadanos, Igualdad, Derechos y Valores (CERV) ha
intensificado los esfuerzos para respaldar a las organizaciones de la sociedad
civil, en particular las organizaciones locales más pequeñas, que se enfrentan
a limitaciones especiales; que determinados Estados miembros, a través de los
programas nacionales de recuperación y resiliencia, han proporcionado
financiación para el desarrollo de capacidades de verificación de datos y lucha
contra la desinformación;
P. Considerando que, si bien están disponibles algunos
recursos financieros, incluidos ciertos proyectos exitosos a partir de fondos y
programas de la Unión, la financiación de las OSC y los medios de comunicación
está, por lo general, fragmentada, se basa en proyectos y procede a menudo de
terceros países; que los procedimientos de solicitud de financiación deben ser
transparentes y accesibles; que el Tribunal de Cuentas ha concluido que la
falta de una estrategia coherente de alfabetización mediática en la Unión que incluya
el tratamiento de la desinformación y la fragmentación de las acciones de la
Unión diluye el impacto de los proyectos de alfabetización mediática, y que
muchos de esos proyectos no demostraron una escala y un alcance suficientes;
Q. Considerando que el periodismo basado en hechos
desempeña un papel clave en una sociedad democrática, defendiendo los
principios de veracidad, precisión, imparcialidad, honradez e independencia;
que la libertad de expresión y la libertad de información son derechos fundamentales
garantizados por el Convenio Europeo de Derechos Humanos y reconocidos por la
Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, así como por el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos; que el sensacionalismo de los
medios de comunicación tiene un efecto pernicioso en la fiabilidad de la
información accesible al público y el panorama de los medios de comunicación;
R. Considerando que los denunciantes de
irregularidades, los periodistas, los activistas de las OSC y los defensores de
los derechos humanos se enfrentan cada vez más a intimidaciones, vigilancia
intrusiva y piratería informática, acosos y amenazas, incluidas amenazas
legales y litigios abusivos; que deben contar con el apoyo de la Unión y sus
instituciones; que las demandas estratégicas contra la participación pública,
incluidas las interpuestas por autoridades de terceros países contra nacionales
de la Unión o contra entidades establecidas en la Unión, constituyen una grave
amenaza para la democracia y los derechos fundamentales, como la libertad de
expresión y la libertad de información, ya que constituyen un medio para
impedir a los periodistas y los activistas, así como a agentes de la sociedad
civil en general, manifestarse sobre cuestiones de interés público y para penalizarlos
por ello, y generan así un efecto disuasorio sobre todas las voces críticas
reales o potenciales;
S. Considerando que en la Unión hay casos de
periodistas cuya vida se ve amenazada a consecuencia de sus investigaciones en
asuntos de interés público; que se sospecha que potencias extranjeras
interfieren en la Unión y han desplegado medidas represivas en territorios
dentro de la Unión para silenciar a periodistas que desean informar sobre actos
delictivos y denunciarlos; que, un ejemplo de esa situación es la estrategia de
hostigamiento judicial que está ejerciendo el Reino de Marruecos contra el
periodista español Ignacio Cembrero; que algunos periodistas y defensores de
los derechos humanos a los que se ha concedido asilo en la Unión siguen siendo
objeto de persecuciones, acoso, violencia e intentos de asesinato; que los
Estados miembros deben garantizar su seguridad y que puedan continuar con su
trabajo;
T. Considerando que la disminución de la eficacia de
la manipulación de información maliciosa, y en particular sus efectos sobre el
funcionamiento de los procesos democráticos, constituye una cuestión de interés
público; que la desinformación reduce la capacidad de los ciudadanos para tomar
decisiones informadas y participar libremente en los procesos democráticos; que
esta situación se acentúa aún más con el rápido desarrollo de nuevos tipos de
medios de comunicación; que, según el Media Pluralism Monitor de 2022, ningún
país tiene un riesgo bajo en el indicador de viabilidad de los medios, lo que
refleja las amenazas económicas existentes para el pluralismo de los medios;
que los medios informativos que operan en mercados más pequeños, como los
medios de comunicación locales, regionales y especializados, afrontan desafíos
adicionales ya que cuentan con unos ingresos limitados, y son cada vez menos
viables si utilizan los modelos empresariales comerciales actuales y no pueden
aplicar nuevos modelos de la misma manera en que lo hacen los medios que operan
en mercados más grandes; que, además, algunos Estados miembros, que Rusia
considera su esfera de influencia, están más expuestos a riesgos geopolíticos
derivados de la injerencia del Kremlin en su espacio de información;
U. Considerando que el fomento de la independencia y
el pluralismo de los medios de comunicación y la alfabetización mediática es
una de las propuestas ciudadanas recogidas en el informe final de la
Conferencia sobre el Futuro de Europa, publicado el 9 de mayo de 2022, en el
cual los ciudadanos piden a la Unión concretamente que aborde las amenazas para
la independencia de los medios de comunicación mediante el establecimiento de
unas normas mínimas a escala de la Unión, así como que defienda y apoye unos
medios de comunicación libres, plurales e independientes, que intensifique la lucha
contra la desinformación y la injerencia extranjera y que garantice la
protección de los periodistas; que el informe final de la Conferencia sobre el
Futuro de Europa también contenía llamamientos para crear un organismo de la
Unión encargado de abordar y combatir la desinformación y la injerencia
específicas, mejorar la cooperación de las autoridades nacionales de
ciberseguridad y la legislación y las directrices para las plataformas en línea
y las empresas de redes sociales a fin de abordar las vulnerabilidades en
materia de desinformación;
V. Considerando que la integridad del mercado interior
de los servicios de medios de comunicación puede quedar comprometida y la
polarización de la sociedad fomentada por los proveedores de medios de
comunicación que practican de forma sistemática la desinformación, incluidas la
manipulación de la información y las injerencias por parte de proveedores de
servicios de medios de comunicación controlados por Estados y financiados por
países de fuera de la Unión, como China, Rusia y Turquía; que un entorno
mediático altamente concentrado y controlado por el Gobierno puede conducir a
una autocracia informativa, donde el Estado o agentes extranjeros aliados
malintencionados pueden ejercer fácilmente una influencia mediante la
manipulación de la información;
W. Considerando que China ha invertido casi 3 000 000
000 EUR en empresas europeas de medios de comunicación en los últimos diez
años, sin que haya habido una respuesta adecuada por parte de la Unión y sus
Estados miembros; que el ejemplo de China podría ser seguido por otros Estados
con ideologías políticas autoritarias similares, lo que conlleva riesgos
considerables para la integridad de las democracias europeas y de injerencia de
otros países en los asuntos internos de la Unión; que varios Institutos
Confucio chinos gestionados por el Estado, que difunden propaganda e
interfieren en instituciones académicas, siguen funcionando en la Unión; que
los medios de radiodifusión chinos representan y difunden la ideología del
Partido Comunista Chino; que las cuentas de bots chinos son cada vez más
activas en los medios y las redes sociales y están al servicio de las
necesidades de las autoridades chinas;
X. Considerando que EU DisinfoLab descubrió
recientemente una operación masiva dirigida contra instituciones
internacionales, en particular en Bruselas y Ginebra, y al servicio de los
intereses indios, en la que participaron cientos de medios de comunicación
falsos y docenas de ONG creadas por el Gobierno;
Y. Considerando que solo algunos Estados miembros de
la Unión disponen de mecanismos de control de las inversiones extranjeras en
medios de comunicación; que es de interés público conocer la estructura de
propiedad efectiva de los medios de comunicación;
Z. Considerando que sigue habiendo importantes
deficiencias estructurales que facilitan la manipulación de la información a
través de las plataformas en línea; que el modelo de negocio de las plataformas
en línea se basa en algoritmos que promueven la publicidad y el contenido
extremista y divisorio, de forma que más participación significa más ingresos
publicitarios, y que el impulso a la participación favorece las opiniones
divisorias y extremistas en detrimento de la información basada en los hechos;
que, por lo tanto, las plataformas en línea están diseñadas de una manera que
contribuye a amplificar teorías conspiratorias y la desinformación; que,
además, estas plataformas en línea mundiales han tenido un gran impacto
disruptivo en la viabilidad económica del sector de los medios de comunicación
europeos, puesto que dominan el mercado de la publicidad y, por lo tanto,
repercuten en los modelos de negocio de los medios de comunicación;
AA. Considerando que, a pesar de que el Código de
Buenas Prácticas en materia de Desinformación fue reforzado, persisten muchos
problemas estructurales, como la falta de normas vinculantes y la disposición
por la cual las empresas pueden elegir sus propios compromisos, lo que en
última instancia impide que el Código sea una herramienta exitosa;
AB. Considerando que las tecnologías de inteligencia
artificial (IA), en rápida evolución, podrían tener consecuencias
potencialmente graves que podrían permitir a agentes malintencionados generar y
difundir más contenidos de desinformación, más baratos y a mayor velocidad; que
países de todo el mundo que carecen de recursos para hacer frente a este reto
podrían enfrentarse a efectos especialmente devastadores;
AC. Considerando que la propuesta de la Comisión sobre
la transparencia y la segmentación de la publicidad política pretende abordar
estos problemas estructurales en el contexto de la publicidad política;
AD. Considerando que las plataformas han desarrollado
diversas iniciativas para combatir la desinformación en línea, diseñando
campañas de prebunking para informar a los usuarios de los
peligros de la desinformación mediante advertencias y desmentidos preventivos
en relación con alegaciones falsas realizadas mediante campañas de información
errónea y de desinformación llevadas a cabo por actores malintencionados; que
el efecto de estas iniciativas no puede evaluarse por completo debido a la
ausencia de análisis independientes o institucionalizados por parte de
investigadores que tengan pleno acceso a los datos;
AE. Considerando que la mayoría de los contenidos en
lenguas distintas del inglés no se comprueban todavía, puesto que las
plataformas no emplean aún un número suficiente de revisores y verificadores de
datos capaces de desempeñar su cometido en otras lenguas, en especial en
lenguas minoritarias de países gravemente afectados por la desinformación; que
las plataformas en línea deben garantizar los derechos fundamentales de los
ciudadanos, como la libertad de expresión y la libertad de información;
AF. Considerando que, desde su adquisición por Elon
Musk, Twitter ha introducido una política de crisis en materia de
desinformación con arreglo a la cual la empresa adoptaría medidas contra los
tuits que contuvieran alegaciones falsas y engañosas sobre el uso de la fuerza
y las armas, y respondería dando prioridad a los tuits de cuentas de medios de
comunicación vinculados al Estado e incluiría una nota de advertencia de que el
tuit en cuestión ha violado la política de la empresa de crisis en materia de
desinformación, pero que este enfoque fue cancelado parcialmente el 23 de
noviembre de 2022; que la empresa ha despedido al personal de todos los
departamentos responsables de detectar, clasificar o responder a la
desinformación, incluida la mayoría de los moderadores de contenidos y los
equipos específicos de cada país, y ha restablecido más de 60 000 cuentas que,
según comprobaciones anteriores, habían infringido las normas de la plataforma
al compartir desinformación, colaborar en acosos o abusos o llevar a cabo
estafas; que, desde la adquisición, ha habido un aumento del contenido abusivo
de alrededor del 40 %; que ha habido reiteradas e intolerables suspensiones de
cuentas de periodistas y medios de comunicación sin una justificación concreta;
AG. Considerando que diversos informes de medios de
comunicación sobre documentos internos han suscitado dudas sobre la neutralidad
política de los esfuerzos de la empresa por aplicar sus políticas contra la
injerencia extranjera y la desinformación en las elecciones presidenciales de
los Estados Unidos de 2020, y sobre si esos esfuerzos constituyen también una
forma de injerencia en el debate político y social más amplio en torno a las
elecciones, ya que decenas de correos electrónicos internos revelaron que los
principales partidos de los Estados Unidos utilizaban métodos destinados a
contrarrestar la desinformación y la incitación al odio para controlar al
electorado; que sigue sin estar claro cómo se desarrollará Twitter en un futuro
próximo, debido a las preocupantes declaraciones y decisiones adoptadas por su
nueva alta dirección;
AH. Considerando que la información errónea y la
desinformación en materia sanitaria representa una amenaza grave para la salud
pública, puesto que socava la confianza del público en la ciencia, las
instituciones públicas, las autoridades y el personal médico, además de generar
hostilidad hacia ellos, y fomenta teorías conspirativas; que dicha
desinformación puede poner en peligro la vida cuando disuade a las personas de
seguir tratamientos médicos recomendados, incluidas las vacunas, o promueve
tratamientos falsos; que, durante la pandemia de la COVID-19, el porcentaje de
contenidos relacionados con la COVID-19 que no se abordaron, después de haber
sido verificados y de hallar que consistían en información errónea o en desinformación,
ascendió al 20 % en alemán y español, al 47 % en francés y al 84 % en italiano;
que algunas lenguas minoritarias se han visto aún más afectadas;
AI. Considerando que las redes de bots y cuentas
falsas en las plataformas de redes sociales son utilizadas por agentes
malintencionados para socavar los procesos democráticos; que Meta ha eliminado
dos redes originarias de China y de Rusia por infringir su política contra el
comportamiento no auténtico coordinado; que la red originaria de Rusia estaba integrada
por más de sesenta sitios web que se hacían pasar por sitios web legítimos de
organizaciones de noticias de Europa y publicaban artículos originales que
criticaban a Ucrania, apoyaban a Rusia y argumentaban que las sanciones
occidentales a Rusia eran contraproducentes; que EU DisinfoLab llegó a
conclusiones similares en su investigación Doppelgänger; que estos hechos
representan solo la punta del iceberg y las plataformas en línea deben estar
alerta y mejorar sus políticas de moderación de contenidos;
AJ. Considerando que hay una falta de supervisión
sobre plataformas como Reddit y Telegram, donde la desinformación se difunde
mayormente sin comprobación; que Spotify aloja pódcasts que contienen
información errónea y desinformación, en particular en los que respecta a la
desinformación sobre vacunas; que algunos de ellos tienen hasta once millones
de oyentes por episodio; que la empresa se ha negado a tomar medida alguna
contra las cuentas que difunden estos pódcasts, ya que carece de una política de
desinformación; que la Unión inició varias investigaciones sobre TikTok, en
relación con la transferencia de datos de ciudadanos de la Unión a China y la
publicidad dirigida a menores;
AK. Considerando que el Reglamento de Servicios
Digitales (15) entró en vigor el 16 de
noviembre de 2022 y se aplicará a partir del 17 de febrero de 2024; que dicho
Reglamento armoniza plenamente las normas aplicables a los servicios
intermediarios en el mercado interior y contiene disposiciones específicas
aplicables a las plataformas en línea de muy gran tamaño y a los motores de
búsqueda en línea de muy gran tamaño en lo que atañe a problemas sistémicos
como la desinformación y la manipulación;
AL. Considerando que el Reglamento de Servicios
Digitales establece la obligación de que las plataformas en línea de muy gran
tamaño y los motores de búsqueda de muy gran tamaño lleven a cabo evaluaciones
de riesgos anuales y adopten medidas para mitigar los riesgos derivados del
diseño y el uso de sus servicios; que algunas disposiciones del Reglamento de
Servicios Digitales deben extenderse a las plataformas más pequeñas, en las que
la desinformación sigue propagándose sin obstáculos;
AM. Considerando que el Reglamento de Servicios
Digitales clasifica la desinformación y la manipulación de elecciones como
riesgos sistémicos;
AN. Considerando que los algoritmos diseñados para
favorecer los modelos de negocio de las plataformas desempeñan un papel crucial
en la amplificación de relatos falsos o engañosos, creando filtros burbuja que
limitan o distorsionan la información disponible para los usuarios
individuales; que las plataformas todavía no han hecho lo suficiente para
contrarrestar esta situación; que el desarrollo, los ensayos y el
funcionamiento de los algoritmos todavía adolecen de una falta de
transparencia;
AO. Considerando que las plataformas de redes sociales
se utilizan como herramientas, por ejemplo, para difundir propaganda rusa que
pretende justificar la invasión de Ucrania por parte de Vladímir Putin y
fomentar movimientos políticos antidemocráticos en los Balcanes; que la IA,
mediante el uso malicioso de modelos lingüísticos de gran tamaño, como ChatGPT,
se está convirtiendo en una herramienta cada vez más importante a la hora de
difundir propaganda y desinformación, pero que también será crucial para
descubrir y contrarrestar con mayor eficacia los relatos manipulados; que es
necesario desarrollar tecnologías digitales que respeten los derechos humanos y
el Estado de Derecho;
AP. Considerando que la Comisión ha creado un Centro
Europeo para la Transparencia Algorítmica, que es parte del Centro Común de
Investigación de la Comisión y está integrado principalmente por ingenieros y
expertos en datos que se dedican al estudio de los algoritmos;
AQ. Considerando que los coordinadores de servicios
digitales, que son autoridades independientes nombradas por cada Estado
miembro, desempeñan un papel importante y son responsables de supervisar y
hacer cumplir el Reglamento de Servicios Digitales en los Estados miembros;
AR. Considerando que la adquisición de influencia
sobre infraestructuras críticas de la Unión por parte de empresas extranjeras
entraña un riesgo de dependencia económica, pero también de espionaje y
sabotaje; que navieras chinas han adquirido participaciones mayoritarias o
importantes en más de veinte puertos europeos, por ejemplo, China Merchants
Group en Francia o COSCO en los puertos de El Pireo, Amberes, Bilbao, Génova,
Hamburgo, Róterdam, Valencia y Zeebrugge; que el informe ING1 pedía un marco
reglamentario y de aplicación más sólido para garantizar el bloqueo de las
inversiones extranjeras directas (IED) con efectos perjudiciales para la
seguridad de la Unión;
AS. Considerando que hay agentes extranjeros,
predominantemente China y Rusia, pero también Irán, que están tratando
activamente de infiltrarse en las cadenas de suministro y las infraestructuras
críticas de Europa para robar información o conocimientos especializados
mediante el espionaje, con el objeto de adquirir una ventaja competitiva o
sabotear partes de esas infraestructuras a fin de alterar su funcionamiento;
que ese mismo comportamiento malintencionado va acompañado de proyectos
económicos y de infraestructuras en países candidatos y candidatos potenciales
a la Unión; que una amenaza real cada vez mayor para los ciudadanos europeos
reside en la posibilidad de espionaje y recopilación de información a través de
los electrodomésticos;
AT. Considerando que, en la Unión, la dependencia
energética de Rusia ha dado lugar a enormes dificultades en materia de
seguridad energética después de que Rusia comenzara su guerra de agresión
contra Ucrania; que los proyectos de «capitales corrosivos» por parte de agentes
extranjeros en los Estados miembros, como la central nuclear de Paks en
Hungría, pueden influir en decisiones políticas; que, a pesar de la ocupación
ilegal y la anexión de partes de Ucrania por parte de Rusia en 2014, muchos
países de la Unión aumentaron su dependencia del gas ruso; que algunos de estos
países han reducido recientemente su dependencia a prácticamente el 0 %;
AU. Considerando que los programas de inversión para
el despliegue de la tecnología 5G, como el Mecanismo «Conectar Europa» — Sector
digital, así como el Programa 6G de la Empresa Común para las Redes y los
Servicios Inteligentes, podrían apoyar la soberanía tecnológica y reducirán la
dependencia de proveedores extranjeros en este ámbito mediante la construcción
de infraestructuras seguras de 5G y capacidades de tecnología 6G; que el
desarrollo de infraestructuras tecnológicas críticas para la economía europea
debe reservarse a los fabricantes y desarrolladores europeos o de países
afines;
AV. Considerando que las autoridades nacionales de
algunos Estados miembros han reforzado su enfoque para atajar las amenazas
extranjeras para las infraestructuras críticas, como el espionaje y el
sabotaje;
AW. Considerando que la desinformación y otros tipos
de manipulación de la información vician el debate público en torno a las
elecciones y otros procesos democráticos y pueden impedir la toma de decisiones
informadas por parte de los ciudadanos o desalentarlos por completo de
participar en la política; que la desinformación en las campañas políticas es
una amenaza directa para la competencia política democrática leal; que estos
problemas plantean un reto de cara a las elecciones europeas de 2024;
AX. Considerando que, en vísperas de las elecciones
europeas de 2024, se espera una mayor actividad de injerencia y manipulación de
la información; que las elecciones europeas son fundamentales para el
funcionamiento de los procesos democráticos de la Unión Europea, ya que
promueven su estabilidad y legitimidad; que, por lo tanto, debe defenderse la integridad
democrática de la Unión, en particular evitando la difusión de desinformación y
la influencia extranjera indebida en las elecciones europeas; que la propuesta
sobre la transparencia y la segmentación de la publicidad política podría
contribuir a establecer una prohibición de los promotores de la publicidad
política procedentes de terceros países;
AY. Considerando que unas elecciones libres y justas
son una piedra angular de los países democráticos, y que los procesos
electorales independientes y transparentes son necesarios para fomentar un
entorno electoral competitivo y la confianza de los ciudadanos en la integridad
electoral; que las garantías sistémicas de los procesos electorales están
también arraigadas en los marcos jurídicos e institucionales por los que se
rige la celebración de las elecciones, incluidos los órganos de gestión
electoral; que la calidad y la solidez de estos marcos e instituciones
democráticas son esenciales para la integridad electoral de cualquier país; que
las plataformas sociales en línea son instrumentos fundamentales en la toma de
decisiones electorales;
AZ. Considerando que las injerencias en los procesos
electorales pueden darse de diversas formas, bien directas o indirectas, como,
por ejemplo, mediante operaciones fraudulentas con las papeletas, el bloqueo de
la entrada a los colegios electorales o la coerción física para votar, la
distribución de información distorsionada sobre los candidatos, la manipulación
o los cambios de la fecha de las elecciones, y las campañas de desinformación
en redes sociales;
BA. Considerando que los regímenes autoritarios se han
vuelto más eficaces a la hora de apropiarse de las normas e instituciones que
respaldan las libertades básicas, de eludirlas y de brindar ayuda a otros que
deseen hacer lo mismo; que estos regímenes han avivado y explotado la
polarización, a través de representantes en terceros países y en la Unión, y
han intentado distorsionar la política nacional para promover el odio, la
violencia y el poder desenfrenado; que las injerencias extranjeras en los
procesos electorales a menudo no tienen como objetivo exclusivo influir en
resultados electorales específicos, sino socavar o destruir la confianza a
largo plazo de los ciudadanos en la legitimidad de sus instituciones democráticas,
así como en sus procesos democráticos;
BB. Considerando que la Autoridad para los partidos
políticos europeos y las fundaciones políticas europeas contribuye a la
protección de la integridad de las elecciones europeas;
BC. Considerando que la Red Europea de Cooperación
Electoral desempeña un papel crucial a la hora de garantizar la integridad de
las elecciones en la Unión; que esta red fue establecida por los servicios de
la Comisión con los servicios pertinentes de los Estados miembros;
BD. Considerando que periodistas y expertos siguen
revelando casos de financiación desde fuera de la Unión de actividades
políticas y políticos dentro de la Unión antes y después del 24 de febrero de
2022, lo que pone en riesgo la integridad del funcionamiento democrático de los
Estados miembros de la Unión y requiere una investigación exhaustiva para
exigir responsabilidades a los cómplices; que El País ha
revelado la implicación del Consejo Nacional de Resistencia de Irán en la
financiación de movimientos políticos de extrema derecha en la Unión Europea;
que Rusia e Irán, junto con otros países como Venezuela, comparten el objetivo
común de debilitar los Estados democráticos;
BE. Considerando que los legisladores están negociando
actualmente la propuesta sobre publicidad política, cuyo objetivo es
complementar el Reglamento de Servicios Digitales, abordar la perniciosa
fragmentación que existe actualmente en este ámbito y ayudar a reforzar
nuestras democracias en Europa y nuestros procesos democráticos, permitir a los
ciudadanos tomar una decisión fundada durante unas elecciones o un referéndum a
través de un proceso abierto y proteger a los ciudadanos de la Unión de la
desinformación, las noticias falsas, las técnicas opacas de publicidad política
y las injerencias extranjeras en general; que los legisladores deben llegar a
un acuerdo sobre la propuesta lo antes posible para garantizar que las nuevas
normas estén en vigor antes de las elecciones europeas de 2024;
BF. Considerando que solo en el primer semestre de
2021 se registraron en las instituciones de la Unión tantos ciberataques como
en todo 2020 (16); que los casos de ataques contra
instituciones nacionales y de la Unión han aumentado tras la agresión de Rusia
en Ucrania, como ejemplifica un ciberataque al Parlamento Europeo durante la
sesión plenaria de noviembre de 2022, que cerró el sitio web tras una votación
sobre una resolución para declarar a Rusia como Estado promotor del terrorismo;
BG. Considerando que la Unión ha intensificado de
forma considerable sus esfuerzos e inversiones en materia de capacidades de
ciberseguridad, en particular a través de los programas Horizonte Europa y
Europa Digital; que sigue existiendo la necesidad de una ciberseguridad más
eficaz respaldada por la financiación pertinente; que una infraestructura de
ciberseguridad sólida podría reducir los costes de los ciberincidentes; que en
la evaluación de impacto de la propuesta de ley de ciberresiliencia se estima
que la iniciativa podría dar lugar a una reducción aproximada de los costes de
los incidentes que afectan a las empresas de entre 180 000 000 000 y 290 000
000 000 EUR (17); que la Comisión ha reaccionado
con lentitud a la hora de adoptar medidas contra la piratería informática que
afecta a ciudadanos de la Unión dentro de la Unión con programas espía por
parte de terceros países, incluidas figuras destacadas como jefes de Estado o
comisarios; que actualmente no existe ningún plan de acción en vigor para
evitar la piratería informática de ciudadanos de la Unión llevada a cabo dentro
de la Unión por personas que operan desde fuera de la Unión;
BH. Considerando que el Consejo ha adoptado
recientemente la Directiva SRI 2 para garantizar un elevado nivel común de
ciberseguridad en toda la Unión; que la Directiva SRI 2 ha establecido la red
de organizaciones de enlace nacionales para la gestión de cibercrisis
(CyCLONe), que reforzará la resiliencia de los sistemas de información; que un
nivel adecuado de ciberseguridad solo puede lograrse mediante la cooperación de
múltiples actores de los sectores público y privado; que la Unión todavía se
enfrenta a importantes dependencias en el ámbito de la ciberseguridad;
BI. Considerando que la ciberdefensa de Ucrania
requiere la acción y la cooperación de todos los socios; que las empresas de TI
occidentales han prestado asistencia a Ucrania para detectar vulnerabilidades
en su infraestructura; que existe una falta de capacidades técnicas dentro de
la Unión para detectar vulnerabilidades en sus infraestructuras críticas; que
la cooperación y el intercambio de información con socios específicos, como los
EE. UU., el Reino Unido, Ucrania y Taiwán, son fundamentales para mejorar
nuestra capacidad de atribuir ataques;
BJ. Considerando que en 2021 se creó la Empresa Común
para las Redes y los Servicios Inteligentes con el fin de que los agentes
europeos puedan conformar las normas mundiales para la tecnología 6G; que la
Comisión y las autoridades de los Estados miembros colaboran en la aplicación
de la caja de herramientas cibernéticas 5G en el marco del Grupo de Cooperación
sobre Redes y Sistemas de Información; que el Tribunal de Cuentas Europeo ha
concluido que, desde que se adoptó la caja de herramientas 5G, se ha avanzado
en el refuerzo de la seguridad de las redes 5G y que la mayoría de los Estados
miembros aplican o están en el proceso de aplicar restricciones a los
proveedores de alto riesgo, pero que ninguna de las medidas propuestas son
legalmente vinculantes, lo que significa que la Comisión no tiene poder para
hacer que se cumplan;
BK. Considerando que ha habido casos de terceros
países que transportan migrantes y solicitantes de asilo a la frontera exterior
de la Unión como parte de sus estrategias híbridas de injerencia extranjera con
el fin de cuestionar a la Unión y a sus Estados miembros, como en el caso de
Bielorrusia contra Polonia, Lituania y Letonia en el otoño de 2021; que estos
intentos de injerencia híbrida también adoptan la forma de difusión de
desinformación polarizando las sociedades de la Unión y socavando los valores
europeos y los derechos fundamentales;
BL. Considerando que los migrantes, las minorías y las
diásporas son utilizados frecuentemente por agentes extranjeros que orquestan
campañas de desinformación a fin de explotar y amplificar prejuicios sobre la
migración y avivar así tensiones en las sociedades europeas, como sucede con la
diáspora ucraniana, que es víctima de campañas rusas de desinformación
específicas; que las plataformas desempeñan un papel crucial en la difusión de
dicha información;
BM. Considerando que Europa está presenciando un
número creciente de movimientos antigénero, dirigidos específicamente contra la
salud sexual y reproductiva, los derechos de las mujeres y las personas
LGBTIQ+; que tales movimientos propagan desinformación para revertir los
avances en materia de derechos de las mujeres e igualdad de género; que se ha
informado de que estos movimientos reciben millones de euros de financiación
extranjera, tanto pública como privada, también desde Rusia y los EE. UU;
BN. Considerando que esta instrumentalización de los
migrantes y las minorías en las fronteras exteriores de la Unión pone de
relieve la importancia de contar con un sistema de gestión de fronteras eficaz
e integrado y de aplicar medidas operativas, financieras y diplomáticas para
seguir siendo resilientes;
BO. Considerando que el Parlamento apoya la propuesta
de la Comisión de incluir disposiciones sobre la instrumentalización de los
migrantes en el Código de Fronteras Schengen, lo que permitirá a los Estados
miembros actuar de manera más eficaz y coordinada;
BP. Considerando que las campañas de desinformación y
propaganda rusas también influyen en la formación de opinión indirecta en
Europa, concentrándose en la diáspora de habla rusa en Europa y los países
vecinos; que los Estados miembros deben desempeñar un papel clave a la hora de poner
a disposición de los grupos de población de habla rusa fuentes de noticias
basadas en hechos, a fin de contrarrestar el discurso en favor del Kremlin; que
las campañas de desinformación y propaganda rusas también se han extendido por
numerosos países postsoviéticos, también en Asia Central;
BQ. Considerando que la Fiscalía Federal belga ha
abierto una investigación sobre sospechas de blanqueo de capitales, corrupción
y participación en organizaciones delictivas con origen en terceros países; que
desde el 9 de diciembre de 2022 se han realizado varias detenciones y registros
que afectan a diputados al Parlamento Europeo actuales y antiguos, así como a
personal de la institución; que estas alegaciones deben ir seguidas de medidas
eficaces por parte del Parlamento y las otras instituciones de la Unión que
cierren los vacíos legales relativos a la injerencia extranjera y aumenten la
transparencia y la rendición de cuentas a fin de proteger la integridad de las
instituciones;
BR. Considerando que la confianza en la integridad del
Parlamento y en el Estado de Derecho es fundamental para el funcionamiento de
la democracia europea; que es esencial garantizar que los procesos democráticos
no sean presa de intereses privados y externos y que se respeten plenamente los
derechos de los ciudadanos; que la capacidad de los representantes de grupos de
interés de influir en la toma de decisiones del Parlamento mediante argumentos
es una parte esencial de la democracia europea;
BS. Considerando que el informe ING1 ya destacaba una
grave falta de normas jurídicamente vinculantes y de aplicación en relación con
el registro de grupos de presión de la Unión, y que antiguos políticos y
funcionarios europeos de alto nivel son con frecuencia contratados o elegidos
por empresas nacionales o privadas extranjeras controladas por Estados
autoritarios; que es prácticamente imposible rastrear los grupos de presión
procedentes de fuera de la Unión;
BT. Considerando que la captación de élites por parte
de intereses extranjeros, facilitada por la no restricción de las «puertas
giratorias» entre las instituciones de la Unión, y países autocráticos con un
alto riesgo de injerencia perjudicial para los intereses democráticos de la
Unión sigue representando una forma importante de injerencia extranjera en el
funcionamiento democrático de la Unión Europea y puede considerarse un problema
relacionado con la corrupción;
BU. Considerando que China y Rusia han impuesto
sanciones contra investigadores e instituciones de investigación europeos en razón
de sus escritos o sus posiciones;
BV. Considerando que es necesaria una mayor claridad
en relación con la influencia extranjera ejercida a través de representantes de
intereses a escala de la Unión, en particular en cooperación con las
organizaciones no gubernamentales, consultorías, fundaciones, grupos de
reflexión y empresas privadas; que ello no debe impedir las actividades de
divulgación normales de las embajadas; que el número de empleados de las
embajadas rusas está disminuyendo en Europa, mientras que sigue aumentando en
Budapest, lo que demuestra que Hungría es susceptible de las actividades de
inteligencia rusas;
BW. Considerando que los grupos de presión en nombre
de intereses extranjeros, especialmente cuando afectan a empresas de sectores
estratégicos y a sus gobiernos, pueden abrir la puerta a injerencias
extranjeras en nuestras instituciones; que el Registro de transparencia se
reforzó significativamente tras un acuerdo interinstitucional; que el refuerzo
de los requisitos de transparencia para las OSC, las consultorías, las
fundaciones, los grupos de reflexión y las empresas privadas podría servir para
detectar injerencias extranjeras;
BX. Considerando que se han producido varios casos de
campañas de acoso e intimidación hostil contra diputados al Parlamento Europeo
orquestadas y coordinadas por países extranjeros; que países como Rusia, China
e Irán han impuesto prohibiciones de entrada y sanciones a diputados y órganos
del Parlamento Europeo y de los Parlamentos de los Estados miembros, debido a
sus críticas a las políticas de derechos humanos de sus respectivos Gobiernos;
BY. Considerando que algunos Estados acusan falsamente
a ciudadanos europeos de delitos o crímenes y los retienen en prisión con
vistas a influir en las decisiones de los Estados miembros de la Unión; que
actualmente hay ciudadanos detenidos y condenados sin ningún fundamento en
Irán, entre ellos el ciudadano sueco Ahmadreza Djalali y siete ciudadanos
franceses;
BZ. Considerando que, en marzo de 2022, la Unión
impuso sanciones a los canales de propaganda rusos Russia Today (RT) y Sputnik,
suspendiendo temporalmente su actividad de radiodifusión, así como ordenando a
los proveedores de acceso a internet y a los motores de búsqueda que bloqueasen
el acceso y a los motores de búsqueda que desindexaran sus contenidos; que,
desde la aprobación del noveno paquete de sanciones, operadores de satélites,
como Eutelsat, de Francia, y SES, de Luxemburgo, han dejado de proporcionar
servicios de radiodifusión en la Unión a RT y a Sputnik; que Eutelsat 36B sigue
retransmitiendo programas de Russian Trikolor y NTV plus en los territorios
ucranianos ocupados por Rusia; que SES sigue retransmitiendo RT News en la
India, México y Sudáfrica; que otros operadores de satélites nacionales, como
Hellas Sat e Hispasat, así como canales nacionales húngaros, siguen
retransmitiendo canales de televisión sancionados; que RT France y RT News
todavía están disponibles en línea; que la propaganda rusa es a menudo
amplificada por diversos medios de comunicación internacionales, con un alcance
muy amplio en determinadas regiones del mundo;
CA. Considerando que, en clara contradicción con las
sanciones impuestas por la Unión, Serbia, país candidato a la adhesión a la
Unión, se ha convertido en un refugio seguro para algunas empresas rusas que
intentan evitar o sortear las sanciones impuestas por la Unión, ya que, desde
julio de 2022, Belgrado acoge varias oficinas de RT (anteriormente Russia
Today), que ha puesto en marcha su servicio de noticias en línea en Serbia;
CB. Considerando que la tipificación penal de la
injerencia extranjera apuntaría y estigmatizaría este comportamiento
malintencionado; que actualmente no existe una prohibición general de la
injerencia extranjera en la Unión, lo que significa que los autores pueden
perpetrarla sin temor a ser sancionados, a menos que su conducta equivalga a un
delito existente; que, de conformidad con el artículo 83, apartado 1, párrafo
tercero, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), teniendo en
cuenta de la evolución de la delincuencia, el Consejo puede adoptar una
decisión que determine otros ámbitos delictivos que sean especial gravedad y
tengan una dimensión transfronteriza; que es necesario imponer sanciones y
poner en marcha restricciones a los autores de injerencias extranjeras para
evitar que lleven a cabo acciones en el futuro;
CC. Considerando que la Comisión ha propuesto
armonizar los delitos y las penas en los casos de violación de las sanciones de
la Unión; que algunos Estados miembros han barajado la posibilidad de ampliar
las competencias de la Fiscalía Europea a fin de que se ocupe de esas
violaciones;
CD. Considerando que la Unión ya ha elaborado varios
actos legislativos importantes para combatir la manipulación de la información
y las injerencias extranjeras malintencionadas; que existe el peligro de que
marcos reglamentarios de la Unión para combatir la desinformación puedan ser
copiados y utilizados de forma selectiva por otros países (autoritarios) para
reprimir la libertad de los medios de comunicación y la libertad de expresión;
que no se ha llevado a cabo adecuadamente a nivel de la Unión una evaluación de
la eficacia y el impacto de los instrumentos existentes para reforzar la
resiliencia social; que dicha evaluación mejoraría aún más la orientación de
futuras políticas y herramientas para hacer frente a las injerencias
extranjeras y las amenazas híbridas;
CE. Considerando que, a raíz de su crecimiento
económico y su expansión política en la escena mundial, China está tratando de
maximizar la difusión de su propaganda en el extranjero, difundiendo discursos
positivos sobre el país al tiempo que intenta suprimir las voces críticas; que
China está tomando el control de todos los canales de información de los medios
de comunicación tradicionales en África, que siguen siendo las herramientas más
utilizadas para acceder a la información en ese continente; que Rusia también
está expandiendo sus operaciones de desinformación en África; que el Grupo
Wagner participa directamente en estas operaciones; que estas operaciones
pueden poner en peligro la seguridad de los ciudadanos europeos, así como el
desarrollo de la cooperación con los Estados socios africanos;
CF. Considerando que la Unión está adoptando un papel
de liderazgo en el trabajo en el comité ad hoc de las Naciones
Unidas sobre ciberdelincuencia, en el marco de la Tercera Comisión de las
Naciones Unidas, con el objetivo de salvaguardar los derechos fundamentales y
procesales de los sospechosos;
CG. Considerando que desde la pandemia de COVID-19 ha
aumentado la concienciación general sobre los peligros de la manipulación de la
información y la injerencia en otros países en el mundo; que las Naciones
Unidas han propuesto varias iniciativas para mejorar la gobernanza en el ámbito
digital y aumentar la coherencia entre sus Estados miembros, como el Código de
conducta mundial para promover la integridad de la información pública y el
Pacto Digital Global;
CH. Considerando que representantes de algunas
plataformas y otras partes interesadas han reaccionado positivamente, en los
debates con la Comisión Especial ING2, al establecimiento de normas mundiales,
y en particular, europeas y, cuando sea posible, transatlánticas, con el fin de
combatir la manipulación de la información y las injerencias extranjeras;
CI. Considerando que las misiones y operaciones
exitosas de la política exterior y de seguridad común (PESC) o la política
común de seguridad y defensa (PCSD) y las delegaciones de la Unión en el
extranjero son algunas de las mejores campañas de comunicación estratégica de
la Unión en terceros países;
CJ. Considerando que el Consejo aprobó la Brújula
Estratégica en marzo de 2022; que la Brújula Estratégica establece que, para
2024, todas las misiones y operaciones de la PCSD o la PESC deberán estar
dotadas de suficientes herramientas y recursos de comunicación estratégica para
combatir la manipulación de la información y las injerencias extranjeras; que
se requiere un proceso de modernización y profesionalización en la comunicación
de las misiones, incluido el apoyo a iniciativas para combatir las
vulnerabilidades de desinformación; que el Grupo de Trabajo de Comunicaciones
Estratégicas (StratCom) del Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) ha
intensificado su cooperación con las misiones y operaciones de la PCSD para
ayudarlas a detectar, analizar y comprender las campañas de manipulación de la
información e injerencia extranjeras; Estrategia coordinada de
la UE contra las injerencias extranjeras
1. Resalta
que la guerra de agresión rusa contra Ucrania ha puesto claramente de
manifiesto los vínculos entre los intentos extranjeros de manipulación de la
información y las amenazas a la Unión y sus vecinos inmediatos, los Balcanes
Occidentales y los países de la Asociación Oriental, así como a la seguridad y
la estabilidad mundiales; señala que la guerra a gran escala de Rusia en
Ucrania hizo aún más evidentes los efectos de la injerencia de Rusia en los
procesos democráticos, que comenzó mucho antes de la invasión y se basa en el
revisionismo histórico;
2. Subraya
la necesidad de desarrollar la autonomía estratégica abierta de la Unión con el
fin de limitar las posibilidades de injerencia a través de la dependencia de la
Unión en sectores estratégicos como la energía, las tecnologías digitales y la
salud; apoya los esfuerzos de la Comisión Europea, del Consejo y de otras
instituciones en este sentido, en particular en el marco de REPowerEU y de la
Agenda Digital de la Unión;
3. Toma nota
del curso dado por la Comisión a las primeras recomendaciones adoptadas por el
Parlamento Europeo el 9 de marzo de 2022; reitera, no obstante, su llamamiento
en favor de una estrategia coordinada de la Unión para abordar las injerencias
extranjeras que tenga en cuenta tanto la complejidad como el carácter
multidimensional de las amenazas, basada en un análisis geopolítico articulado
y multipolar; estima que esta estrategia de toda la sociedad debe incluir
medidas para hacer cumplir mejor las disposiciones existentes en materia de
injerencia extranjera, crear un punto central para la investigación y las
respuestas estratégicas a fin de contrarrestar la injerencia extranjera, y
garantizar la financiación de las actividades de desarrollo de capacidades al
objeto de hacer frente a la desinformación y defender los procesos
democráticos; señala que esta estrategia debe reunir y crear sinergias entre
los esfuerzos aislados, las estrategias, los planes de acción, las hojas de
ruta y los proyectos subyacentes y los flujos de financiación; cree que debe establecer
los objetivos estratégicos, los mandatos requeridos y las capacidades
operativas, como el intercambio de información y la atribución técnica en
relación con las amenazas, las herramientas legislativas y diplomáticas, como
nueva legislación, normas, cajas de herramientas, atribución política,
sanciones y otras contramedidas, y los requisitos de creación de capacidades,
como la financiación adicional de las agencias de la Unión y las OSC que
contribuyen a estos esfuerzos con indicadores clave de rendimiento para
garantizar que los resultados obtenidos logran una magnitud y un alcance
suficientes;
4. Acoge con
agrado, a este respecto, el anuncio por parte de la presidenta de la Comisión
de un paquete de Defensa de la Democracia; recuerda las declaraciones de la
Comisión en el sentido de tener muy en cuenta las recomendaciones de las
comisiones INGE e ING2 de que se elabore un paquete de Defensa de la Democracia
sólido junto con legislación para contrarrestar las amenazas híbridas en la
Unión;
5. Pide a la
Comisión y a los Estados miembros que garanticen que todas las medidas
adoptadas para proteger a la Unión frente a la manipulación de la información y
las injerencias extranjeras incluyan salvaguardias sólidas y decididas de los
derechos fundamentales, en particular la libertad de expresión y la libertad de
opinión;
6. Opina que
deben estudiarse detenidamente los esfuerzos por pasar de un enfoque escéptico
en cuanto a los países, que trata todos los intentos de influencia extranjera
de la misma forma con independencia de su país de origen, hacia un enfoque
basado en el riesgo y en criterios objetivos, al igual que la Directiva (UE)
2015/849 (18), y en las lecciones extraídas por
otros países; estima que el enfoque basado en el riesgo actuaría como uno de
los componentes básicos de un enfoque escalonado que informe las políticas y
contramedidas frente a la injerencia extranjera, reduzca la complejidad legal innecesaria
y utilice las capacidades y los recursos limitados, desde el nivel operativo
hasta el político, de manera más eficiente, al tener en cuenta el factor que
más importa al evaluar y responder a la influencia extranjera, a saber, su país
de origen; cree asimismo que este enfoque debe abarcar un conjunto claro de
sanciones potenciales y funcionar, por tanto, como una forma de disuasión
frente a los transgresores y como un recurso frente a agentes malintencionados
emergentes que podrían agregarse a la lista; estima que los criterios
potenciales podrían incluir: a) la participación en actividades de injerencia
extranjera;
b) un programa de robo de propiedad intelectual
dirigido contra la Unión y sus Estados miembros;
c) legislación que obligue a los agentes nacionales no
estatales a participar en actividades de inteligencia;
d) la violación constante de los derechos humanos;
e) una política revisionista hacia el ordenamiento
jurídico internacional existente;
f) la
aplicación extraterritorial de una ideología autoritaria; pide a la Comisión y
al SEAE que propongan recomendaciones específicas para la introducción de este
enfoque y que las dirijan al Consejo para su aprobación;
7. Considera
que la Unión debe mejorar, en colaboración con los Estados miembros, su
comunicación estratégica sobre la lucha y la refutación de la manipulación de
la información, informando ampliamente de las operaciones en curso a medida que
se producen (refutación), en particular en el Sur Global; pide que se refuercen
las capacidades de prebunking de la Unión y que se invierta
más en ellas; recuerda los ejemplos establecidos por Ucrania y Taiwán en la
refutación de la manipulación de la información, también antes de que se
difunda, y la necesidad de aprovechar las lecciones aprendidas de su
experiencia; recuerda igualmente que, para refutar la manipulación de la
información rápidamente, también antes de que se difunda, es preciso un marco
que permita el intercambio rápido de la información facilitada por la sociedad
civil y las empresas privadas; 8. Apoya el llamamiento público realizado en enero de
2023 por la vicepresidenta Věra Jourová en Tallin (19) en favor de ampliar los
canales de comunicación independientes para los hablantes de ruso; pide a la
Comisión y al SEAE que realicen un seguimiento con propuestas y medidas
concretas en consecuencia;
9. Condena el peligroso fenómeno de la desinformación
por contrato, en el que los proveedores ofrecen servicios de desinformación a
agentes gubernamentales y no gubernamentales, por ejemplo, en la red oscura,
detallando listas de servicios y precios; lamenta que este tipo de servicios se
haya utilizado para intentar socavar procesos electorales, entre muchos otros
usos; 10. Pide que se cree una estructura de la Unión con el
cometido de analizar datos estadísticos, coordinar proyectos de investigación y
producir informes a fin de mejorar la conciencia situacional y la compartición
de inteligencia, la atribución y las contramedidas en relación con las amenazas
relativas a la manipulación de la información y las injerencias extranjeras, y
que sirva como punto de referencia y centro de conocimientos especializados
para facilitar e impulsar los intercambios operativos entre las autoridades de
los Estados miembros y las instituciones y las agencias de la Unión; considera
que dicha estructura debe financiarse con cargo al presupuesto de la Unión y
adoptar la forma de un centro para la integridad de la información que colabore
con todas las instituciones de la Unión a la hora de utilizar todas las
herramientas disponibles, al objeto de evitar duplicidades 11. Pide a los Estados miembros que reconozcan que la
injerencia extranjera, incluida la desinformación, es una amenaza para la
seguridad nacional y transfronteriza; pone de relieve la necesidad de que haya
solidaridad entre los Estados miembros para poder luchar de manera eficaz
contra este tipo de actividades; pide que se modifique el artículo 222 del TFUE
con el fin de incorporar en él la injerencia extranjera; 12. Pide a los Parlamentos nacionales de los Estados
miembros de la Unión que consideren la posibilidad de establecer sus propios
órganos parlamentarios encargados de supervisar las medidas de protección de
sus democracias contra la manipulación de la información y la injerencia
extranjera, y que organicen intercambios periódicos sobre estas cuestiones; 13. Observa con interés la conclusión del ejercicio
conjunto titulado «EU Integrated Resolve 2022», que tenía por objeto impulsar
la capacidad de la Unión de respuesta ante una crisis híbrida compleja, de
dimensión tanto interior como exterior; lamenta, no obstante, que el Parlamento
no participara en dicho ejercicio y pide a las demás instituciones de la Unión
que involucren al Parlamento en la estructura de todos los ejercicios de este
tipo; 14. Alienta todos los tipos de cooperación entre los
servicios de las distintas instituciones de la Unión encargados de actividades
operativas en materia de vigilancia de la desinformación y lucha contra ella,
como la existente entre el grupo de trabajo del Parlamento sobre la
desinformación, los servicios de la Comisión y la división StratCom del SEAE,
con su sistema de alerta rápida; se felicita por el compromiso del SEAE y la
Comisión con el Parlamento de actualizarlo periódicamente sobre los
acontecimientos significativos del panorama de amenazas de manipulación de la
información e injerencias extranjeras, especialmente en lo que se refiere a las
elecciones de la Unión; sugiere que se establezca un sistema de alerta rápida
para los diputados al Parlamento Europeo y los diputados de los Parlamentos
nacionales al objeto de contrarrestar la desinformación en las plataformas en
línea y evitar el intercambio de desinformación; 15. Acoge con agrado la facilitación por parte del
SEAE de un Centro de puesta en común y análisis de la información (ISAC) para
desarrollar una metodología y un marco comunes para la recopilación y el
intercambio sistemáticos de información y pruebas sobre amenazas y, en última
instancia, para mejorar la conciencia situacional; destaca los progresos
realizados por el SEAE en relación con un marco analítico y una metodología
comunes sobre la manipulación de la información y la injerencia extranjeras,
tal como se describe en el Plan de Acción para la Democracia Europea, y subraya
cómo un protocolo de código abierto, colaborativo e interoperable, como parte
del ISAC, para apoyar la conciencia situacional puede ayudar a intensificar la
colaboración entre las instituciones, órganos y organismos de la Unión, los
Estados miembros, las plataformas de redes sociales, las agencias de noticias y
los agentes de la sociedad civil; pide que se canalice una financiación
suficiente hacia el desarrollo continuo, la participación de la sociedad y la
creación de capacidades que contribuyan a la adopción generalizada de este
modelo con un alcance y una escala significativos en toda la Unión; 16. Aboga por que un órgano permanente en el
Parlamento Europeo garantice un enfoque transversal a fin de supervisar y
luchar eficazmente contra la injerencia extranjera; Resiliencia 17. Pide un esfuerzo colectivo por parte de las
instituciones de la Unión, los Estados miembros, los países socios, la sociedad
civil, el mundo económico y los medios de comunicación independientes a fin de
incrementar la concienciación social e institucional y la inversión en
educación sobre la desinformación, la manipulación de la información y las
injerencias extranjeras y sobre cómo combatirlas, con un enfoque integral;
18. Destaca que la Unión debe extraer enseñanzas de la
experiencia y los conocimientos de Taiwán, Ucrania y otros Estados en materia
de lucha contra injerencias y agresiones extranjeras, y mantener una estrecha
cooperación con dichos países en este ámbito; toma nota, sin embargo, del
diferente contexto en el que opera Taiwán;
19. Celebra que el Observatorio Europeo de los Medios
de Comunicación Digitales (EDMO), una red independiente para verificadores de
datos, investigadores académicos y otras partes interesadas, pronto tendrá
centros en todos los Estados miembros de la Unión, lo que reforzará su misión
de detección y análisis de campañas de desinformación, información errónea y
otros contenidos elaborados por terceros países con fines propagandísticos
claros, y de organización de actividades de alfabetización mediática y otras
actividades de apoyo a la lucha contra la desinformación; hace hincapié en la
posible necesidad de un marco jurídico en la Unión o en los Estados miembros para
garantizar una verificación de datos de calidad;
20. Reitera su llamamiento a los Estados miembros para
que incluyan la alfabetización mediática y digital, la educación ciudadana, el
respeto de los derechos fundamentales, el pensamiento crítico y el fomento de
la participación pública en los programas de enseñanza escolares y
universitarios, de forma paralela a los esfuerzos generales para concienciar a
los adultos, incluidas las personas mayores, así como esfuerzos para colmar las
brechas digitales debidas a la edad, el género y la situación socioeconómica;
pide una estrategia concertada de la Unión en materia de alfabetización
mediática, con proyectos que generen resultados tangibles de una magnitud
significativa que lleguen a toda la Unión; anima a compartir las directrices de
la Unión sobre alfabetización mediática con los países candidatos, traducidas a
las lenguas nacionales, para abordar la desinformación y promover la
alfabetización digital a través de la educación y la formación; pide a los Estados
miembros, a este respecto, que estudien la elaboración y distribución, dentro
de las instituciones educativas, de materiales educativos dirigidos a
diferentes grupos de edad a partir de los cuales los niños y los jóvenes puedan
aprender cómo informarse adecuadamente y cómo pueden verificar la exactitud de
la información; pide la creación de un observatorio de las influencias
extranjeras y su impacto en la enseñanza superior y la investigación;
21. Destaca la importancia de la memoria histórica y
de la investigación sobre los regímenes totalitarios, como el régimen
soviético, y de un debate público transparente y basado en hechos sobre los
crímenes de estos regímenes, con el fin de reforzar la resiliencia de nuestras
sociedades frente a las distorsiones y manipulaciones de la historia; reitera
la importancia de las OSC, como Memorial, que trabajan en el ámbito de la
memoria histórica, en particular en lo que atañe a la historia europea
reciente, que es blanco de desinformación y revisionismo sistemáticos por parte
de Rusia en sus esfuerzos por justificar su agresión y sus injerencias en
curso;
22. Pide a la Comisión que elabore un paquete eficaz
de Defensa de la Democracia, teniendo en cuenta la experiencia única de la
Conferencia sobre el Futuro de Europa y sus propuestas finales, incluidas las
iniciativas para reforzar nuestra democracia desde dentro, alimentando una
cultura cívica de compromiso democrático y participación activa de los
ciudadanos en todo momento, también fuera de los períodos electorales;
23. Resalta la necesidad de que las administraciones
públicas de todos los niveles dispongan de formación específica para detectar y
combatir las actividades de manipulación de la información e injerencia, y
destaca que esa formación ha de ser sensible al género; reitera el llamamiento
a las instituciones, órganos y organismos de la Unión y a las autoridades
nacionales para que prosigan y refuercen las acciones similares de formación y
conciencia situacional actual, ya que las amenazas híbridas son persistentes y
generalizadas y se centran cada vez más en influir en las políticas y la
legislación de la Unión; pide a las instituciones, órganos y organismos de la
Unión que establezcan una formación interinstitucional para fomentar su
resiliencia global en conjunto;
24. Pide a las instituciones, órganos y organismos de
la Unión y a las autoridades nacionales que adopten un marco de comunicaciones
específico con medidas para detectar con rapidez injerencias extranjeras e
intentos de manipular el espacio informativo a fin de prevenir y combatir esos
intentos; celebra el papel desempeñado por el SEAE, el Centro de Excelencia de
Comunicaciones Estratégicas (StratCom CoE) de la OTAN y el Centro de Excelencia
para la Lucha contra las Amenazas Híbridas (Hybrid CoE) como socios importantes
para el desarrollo de una conciencia situacional mejorada y de respuestas
adicionales para combatir la manipulación de la información y las injerencias
extranjeras;
25. Reitera su llamamiento al SEAE para que amplíe sus
conocimientos especializados sobre comunicación estratégica y diplomacia
pública, lo cual requiere un mandato reforzado y la asignación de más recursos
a su división de Comunicación Estratégica y sus grupos de trabajo en
particular, siguiendo un enfoque basado en el riesgo y teniendo en cuenta la
actual guerra de agresión rusa contra Ucrania, así como la guerra híbrida y la
propaganda procedentes de agentes estatales y no estatales rusos y su impacto
en los países candidatos a la adhesión a la Unión en los Balcanes Occidentales
y en Moldavia y otros países de la Asociación Oriental; subraya que el diálogo
con los ciudadanos es indispensable de cara a incrementar la sensibilización
sobre las prioridades de la política exterior y de seguridad de la Unión;
reconoce y elogia el trabajo realizado en el sitio web y la base de datos
EUvsDisinfo, y pide una mayor ampliación de esta plataforma con una
financiación adecuada;
26. Señala la urgente necesidad de redoblar los
esfuerzos para contrarrestar las campañas maliciosas de manipulación de la
información y de injerencias extranjeras destinadas a limitar las capacidades
de los países candidatos y candidatos potenciales de la Unión para adaptarse
progresivamente a la política exterior y de seguridad común (PESC) de la Unión;
acoge con agrado la contribución del SEAE a la hora de apoyar la capacidad
institucional y la transparencia de la propiedad de los medios de comunicación,
en particular en los Balcanes Occidentales, teniendo en cuenta la frágil
situación en materia de seguridad y el riesgo de efectos indirectos; resalta la
necesidad de contrarrestar de forma proactiva la propaganda de agentes
malintencionados en la región, cuyo objetivo es socavar los intereses y valores
de la Unión;
27. Pide a la Unión y a los Estados miembros que
intensifiquen su apoyo a los esfuerzos de las OSC por contrarrestar la
manipulación de la información y las injerencias extranjeras, pues han
demostrado su eficacia a la hora de concienciar sobre los riesgos asociados a
la información y la desinformación transmitidas por las redes sociales en
particular, así como por medios de comunicación tradicionales, ya que muchas de
esas OSC operan a escala local, más cerca de los objetivos de la
desinformación, por lo que saben mejor cómo comunicarse con los ciudadanos;
considera que las empresas tecnológicas y de medios de comunicación deben
colaborar con las OSC, que son capaces de proporcionar conocimientos
especializados sobre contextos políticos y culturales, con el fin de diseñar
estrategias para mitigar los riesgos de interferencia en los procesos
electorales;
28. Pide que se ponga a disposición de los periodistas
de investigación y de las OSC una financiación suficiente y sostenible, de una
forma clara y transparente, acorde con sus esfuerzos de concienciación, de
exposición a intentos de interferir en procesos democráticos y de
neutralización de su impacto;
29. Pide que se asignen, impulsen y movilicen recursos
públicos para las OSC pertinentes, así como esfuerzos por aumentar la
financiación privada, como facilitar una conferencia de donantes; pide que se
lance una iniciativa conjunta de fondos y programas de la Unión, incluido el
futuro paquete de Defensa de la Democracia, junto con organizaciones
financieras, donantes bilaterales y beneficiarios, a fin de mejorar la
armonización y la cooperación en cuanto a inversiones para la resiliencia
democrática y lucha contra la manipulación de la información y las injerencias
extranjeras, y que este marco de inversión conceda subvenciones específicas,
sobre la base de criterios objetivos, transparentes y controlados, a
verificadores de datos independientes, periodistas de investigación,
académicos, grupos de reflexión y OSC comprometidos con el incremento de la
concienciación situacional (como la investigación y la detección del origen de
la manipulación de la información y la injerencia, el desarrollo de la
cooperación en este ámbito y el desarrollo y la puesta en práctica de métodos y
herramientas de código abierto para abordar el desafío de la manipulación de la
información y las injerencias extranjeras) e incluya medidas para promover la
alfabetización mediática, digital y en materia de información, así como otras
actividades de desarrollo de la resiliencia y apoyo a los defensores de los
derechos humanos mediante convocatorias de propuestas anuales o semestrales que
cubrirían una financiación plurianual a largo plazo;
30. Hace hincapié en que es esencial garantizar a los
denunciantes de irregularidades, los periodistas y otros profesionales de los
medios de comunicación las condiciones necesarias para contribuir a un debate
público abierto, libre, imparcial y justo, que es fundamental para la
democracia y un aspecto clave para ayudar a la sociedad a combatir la
desinformación, la manipulación de la información y la injerencia; hace
hincapié en la necesidad de asegurar los equipos y de un cifrado fuerte, de
código abierto y de extremo a extremo para proteger la confidencialidad y la
integridad de las comunicaciones entre los periodistas y sus fuentes;
31. Acoge con agrado la propuesta sobre las demandas
estratégicas contra la participación pública (20), integrada por una propuesta de
Directiva y una Recomendación, con el fin de mejorar la protección de los
periodistas, los defensores de los derechos humanos y las OSC frente a los
procedimientos judiciales abusivos; celebra asimismo el análisis que efectúa la
Comisión en su Informe sobre el Estado de Derecho en 2022 de las amenazas
existentes para la seguridad de los periodistas en la Unión, así como de las
amenazas legales y los procedimientos judiciales abusivos contra la
participación pública; resalta el auge de la vigilancia con programas espía de
periodistas y OSC en la Unión, como medio de intimidación y acoso; destaca la
necesidad de incluir esta dimensión en la evaluación del Estado de Derecho por
parte de la Comisión;
32. Recuerda que unos servicios de medios de
comunicación independientes, plurales y de calidad constituyen un potente
antídoto contra la manipulación de información y las injerencias extranjeras;
recuerda, a este respecto, la iniciativa «Journalism Trust», creada por
Reporteros sin Fronteras, cuyo objetivo es establecer normas para el sector;
reitera su llamamiento en favor de un programa permanente de la Unión para
medios y revistas de información; considera que la libertad y el pluralismo de
los medios de comunicación también se deben proteger y promover en el entorno
en línea, en particular por lo que respecta a la disponibilidad de contenido
periodístico en las plataformas en línea;
33. Observa la necesidad de garantizar que la lucha
contra la desinformación englobe también a la prensa tradicional y los canales
de noticias; pide, en particular, que los canales de noticias sean más
transparentes en cuanto al perfil de los expertos que invitan a sus platós;
34. Celebra la propuesta de la Comisión de una Ley
Europea de Libertad de los Medios de Comunicación (21), que tiene por objeto crear un
marco común a escala de la Unión para garantizar el pluralismo y la
independencia en el mercado interior de los servicios de medios de comunicación
mediante el establecimiento de disposiciones específicas contra la injerencia
política en las decisiones editoriales y contra la vigilancia, además de
garantizar una financiación adecuada de los servicios de medios de comunicación
públicos y la transparencia en relación con la propiedad de los medios de
comunicación, así como la protección de los contenidos de los medios de
comunicación en línea; insta a que también se pongan en marcha medidas de
protección para los medios de comunicación y sus trabajadores, especialmente cuando
sean blanco de potencias extranjeras que buscan menoscabar el derecho a la
información; destaca que las disposiciones relativas a la vigilancia, en
particular, requieren mejoras sustanciales para garantizar que no legitimen el
uso de programas espía contra las personas, en especial los periodistas, y no
socaven así los derechos fundamentales en vez de reforzarlos;
35. Celebra la propuesta de creación, en el marco de
la propuesta de Ley Europea de Libertad de los Medios de Comunicación, de un
nuevo Comité Europeo de Servicios de Medios de Comunicación que agrupe a las
autoridades nacionales de los medios de comunicación, que desempeñará un papel
significativo en la lucha contra la desinformación, incluidas la manipulación
de la información y las injerencias extranjeras; observa, en particular, que
una de las tareas propuestas del Comité es la coordinación de las medidas
nacionales relativas a la prestación de servicios de medios de comunicación por
proveedores establecidos fuera de la Unión que se dirigen a audiencias de la
Unión y que pueden plantear un riesgo para la seguridad pública; recomienda que
se incluya en este contexto a los países de los Balcanes Occidentales y de la
Asociación Oriental en el mandato del Comité; insta a que el Comité Europeo de
Servicios de Medios de Comunicación sea independiente de la Comisión y de los
Gobiernos de los Estados miembros, tanto en términos de su organización como de
su financiación, de modo que pueda trabajar de forma objetiva y con
independencia política;
36. Acoge con satisfacción, en relación con la Ley de
Libertad de los Medios de Comunicación, las propuestas de un seguimiento
independiente del mercado interior de servicios de medios de comunicación, que
debería incluir datos exhaustivos y análisis cualitativos de la resiliencia de
los mercados de medios de comunicación de los Estados miembros, en particular
en lo que atañe a los riesgos de manipulación de información e injerencia
extranjeras; celebra la propuesta de organizar un diálogo estructurado entre las
plataformas en línea y el sector de los medios de comunicación para hacer un
seguimiento del cumplimiento por parte de las plataformas de iniciativas de
autorregulación; subraya la importancia de garantizar que la Ley de Libertad de
los Medios de Comunicación o cualquier otra legislación actual o futura en
materia de medios de comunicación o tecnología no incluya exenciones especiales
de las normas horizontales de moderación de contenidos que brinden un cheque en
blanco a quienes difunden desinformación;
37. Pide que se establezcan «cláusulas espejo» en
virtud de las cuales la apertura del espacio europeo de información a terceros
países sea proporcional al acceso de los medios de comunicación europeos en
estos países; anima a la Comisión a que desarrolle un sistema reglamentario a
escala de la Unión para impedir que las empresas de medios de comunicación que
estén bajo el control editorial de Gobiernos extranjeros o sean propiedad de
países extranjeros de alto riesgo adquieran empresas europeas de medios de
comunicación; considera que este sistema debe aplicarse principalmente a los
países no democráticos o de alto riesgo en los que no se permite a las
organizaciones europeas de medios de comunicación operar libremente, o se las
presiona para que sesguen su cobertura en favor de los Gobiernos nacionales;
señala que estos esfuerzos deben apoyarse en una base de datos común para
facilitar la prevención o el enjuiciamiento armonizados en toda la Unión;
sugiere que un sistema reglamentario de este tipo podría basarse en los
mecanismos de control de las inversiones extranjeras directas existentes, a fin
de evitar duplicaciones; alienta la inclusión en la Ley de Libertad de los
Medios de Comunicación de las disposiciones relativas a la transparencia sobre
la propiedad de los medios de comunicación contenidas actualmente en las
recomendaciones;
38. Resalta que el aumento del negacionismo del cambio
climático puede vincularse a una aceptación más amplia de las teorías de la
conspiración en el discurso público que se basa en la creación deliberada de
una contrarrealidad y el rechazo de la ciencia, y que abarca ideas falsas sobre
todo tipo de cosas, desde la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania hasta
las vacunas contra la COVID-19; hace hincapié en el papel de los agentes
extranjeros en la difusión de desinformación sobre el cambio climático y la
política climática de la Unión, que está minando el apoyo público y también
está impregnando las narrativas de agentes del interior de la Unión, que
aprovechan esta desinformación climática para sus propios fines políticos;
39. Apoya el llamamiento realizado por destacados
expertos en clima en la 27.a Conferencia de las Partes en la
Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CP 27) para
que las empresas tecnológicas aborden el creciente problema de la
desinformación y, en particular, acepten una definición universal de
información errónea y desinformación sobre el clima que incluya la
tergiversación de pruebas científicas y la promoción de soluciones falsas, se
comprometan con el objetivo de no publicar publicidad alguna que incluya
información errónea y desinformación sobre el clima y blanqueo ecológico, y
compartan la investigación interna sobre la propagación de la información
errónea y la desinformación sobre el clima y el blanqueo ecológico en sus
plataformas;
40. Pide a las plataformas que tomen medidas para
mejorar la transparencia e impedir y prohibir la inserción de publicidad que
fomente la negación del cambio climático y que las apliquen a las teorías de la
conspiración y a la desinformación; reconoce que existe una necesidad urgente
de desmonetizar la propagación de la economía de la desinformación sobre el
cambio climático;
41. Observa con preocupación que muchos de los
amplificadores más potentes del negacionismo del cambio climático y los ataques
a la acción por el clima poseen el estatuto de «verificado» en varias
plataformas de redes sociales, incluido Twitter, lo que les permite difundir
información errónea y desinformación al amparo de ese estatuto privilegiado a
millones de seguidores, y que esos amplificadores suelen estar establecidos
fuera de la Unión; pide a Twitter que aplique controles más estrictos para la
venta de sus «marcas de verificación azules»; Injerencias mediante el
uso de plataformas en línea 42. Recuerda que el modelo de negocio de las plataformas
en línea todavía descansa en la publicidad basada en datos personales y
algoritmos opacos por los que más participación se traduce en más ingresos
publicitarios, y que esta participación se genera utilizando algoritmos que
premian las opiniones polarizadas y extremas en detrimento de la información
basada en los hechos, lo que plantea importantes riesgos de manipulación de los
datos; subraya que el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) (22), el Reglamento de Servicios
Digitales, el Código de Buenas Prácticas en materia de Desinformación y el
próximo Reglamento sobre la transparencia y la segmentación de la publicidad
política establecen salvaguardias adicionales contra las prácticas abusivas y
de manipulación; recuerda su apoyo a todas las medidas dirigidas a prohibir la
microsegmentación de la publicidad política, en especial, pero no solo, la
basada en datos personales sensibles;
43. Pide a la Comisión, a los Estados miembros y a las
empresas tecnológicas que colaboren e inviertan más recursos en el desarrollo
de soluciones normativas y tecnológicas a la desinformación impulsada por la
IA;
44. Lamenta que las plataformas de mayor tamaño, como
Meta, Google, YouTube, TikTok y Twitter, sigan sin hacer lo suficiente para
luchar de forma activa contra la desinformación, e incluso estén despidiendo a
personal a pesar de los llamamientos constantes de los reguladores, de la
sociedad civil e incluso, internamente, del personal de la empresa responsable
de la integridad; recuerda que las plataformas deben disponer de personal
suficiente para garantizar la actualización periódica de las herramientas de
moderación a fin de evitar que contenidos peligrosos eludan su política de
moderación; recuerda que la desinformación y las campañas de injerencia se
basan en gran medida en la coordinación de la desinformación entre plataformas
y en la microsegmentación; lamenta el hecho de que la Unión dependa de empresas
de fuera de la Unión para ayudar a preservar la integridad de las elecciones
europeas; insta, por lo tanto, a todas las plataformas, incluidas las más
pequeñas, a que mejoren su coordinación para identificar mejor las campañas e
impedir su difusión, habida cuenta de que el enfoque de autorregulación del
Código de Buenas Prácticas ha sido insuficiente;
45. Lamenta que las empresas de redes sociales no
estén cumpliendo sus responsabilidades y estén demostrando ser ineficaces a la
hora de detectar información errónea y desinformación en sus plataformas, y que
sean lentas a la hora de eliminarla cuando lo hacen; lamenta que esta inacción
por parte de las plataformas en línea sea un reflejo de la ausencia de normas
vinculantes en el marco reglamentario europeo; recuerda que el modelo de
negocio de las plataformas conlleva que tengan acceso a los datos pertinentes;
lamenta que a menudo solo actúen cuando ciudadanos, investigadores o medios de
comunicación señalan contenidos específicos; pide a las plataformas que den
prioridad a la información basada en hechos procedente de fuentes fiables;
46. Pide a las plataformas que asignen más personal,
recursos y capacidad cualificados para hacer un seguimiento de los contenidos y
comportamientos nocivos en todas las lenguas oficiales de la Unión, las lenguas
locales y los dialectos y moderarlos, y anima a las plataformas a que aumenten
la financiación y mejoren la integración de terceros verificadores de datos
acreditados en todas las lenguas de la Unión; subraya la urgente necesidad de
abordar los contenidos nocivos;
47. Señala que también es sumamente lamentable que las
grandes plataformas tecnológicas no ofrezcan servicios de atención al cliente
de persona a persona en la mayoría de los Estados miembros de la Unión;
48. Denuncia los retrocesos de Twitter en la lucha
contra la desinformación desde el cambio de propiedad; lamenta, en particular,
el hecho de que Twitter haya reducido de forma significativa el personal
responsable de frenar la desinformación, incluido el encargado de la moderación
mundial del contenido, el discurso de odio y el acoso en línea; lamenta
asimismo el restablecimiento reciente de cuentas suspendidas sin una evaluación
adecuada y, en particular, de cuentas violentas de derecha y abiertamente
fascistas, incluidas las que niegan el resultado de las elecciones
presidenciales de 2020 en los Estados Unidos; rechaza enérgicamente la decisión
de Twitter de dejar de aplicar su política contra la desinformación relativa a
la COVID-19;
49. Observa que la guerra de agresión rusa contra
Ucrania ha puesto de manifiesto la falta de puntos de contacto para que las
autoridades puedan notificar la desinformación y los contenidos ilegales; lamenta
que la dirección de Meta haya transferido a menudo la responsabilidad de la
moderación de contenidos al equipo de seguridad con sede en los Estados Unidos;
manifiesta su preocupación por el hecho de que solo haya dos representantes de
Meta en los países bálticos, lo que significa que no hay recursos suficientes
para moderar el contenido, lo que da lugar a errores como la prohibición de
cuentas legítimas;
50. Considera preocupante que grupos de desinformación
sobre cuestiones de salud, extremistas políticos y fundamentalistas religiosos
como los talibanes hayan podido obtener el estatuto de «verificado» con la
marca de verificación mediante una suscripción a «Twitter Blue»; pide a Twitter
que modifique su política para prevenir la suplantación, la falsificación o las
alegaciones engañosas de conocimientos expertos;
51. Recuerda que Twitter ha firmado el Código de
Buenas Prácticas en materia de Desinformación reforzado y que un cambio de
propiedad no debe repercutir en los compromisos contraídos por la plataforma en
virtud de dicho Código; recuerda a Twitter que la empresa debe cumplir todas
las normativas pertinentes de la Unión, incluido el Reglamento de Servicios
Digitales; insta a la Comisión y a las autoridades nacionales competentes a que
garanticen que Twitter se atenga a las normas y reglas europeas e impongan
sanciones adecuadas si las empresas tecnológicas no las cumplen;
52. Pide a las plataformas que faciliten el pleno
acceso, en particular de los investigadores, a los datos que sustentan sus
conclusiones y mantengan un repositorio de eliminaciones para ayudar a los
investigadores en investigaciones futuras, así como a otras empresas
tecnológicas, Gobiernos democráticos y autoridades policiales a la hora de
adoptar medidas adecuadas; pide a la Comisión que vele por que ello tenga lugar
en el marco del Reglamento de Servicios Digitales y del Código de Buenas
Prácticas en materia de Desinformación, y exija a las plataformas que expliquen
por qué consideran que no es técnicamente factible proporcionar acceso a los
datos;
53. Celebra las disposiciones del Reglamento de
Servicios Digitales que exigen a las plataformas en línea de muy gran tamaño y
a los motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño que proporcionen
información sobre los algoritmos, exigiéndoles que expliquen cómo funcionan de
forma que sea posible evaluar su impacto en las elecciones y otros procesos
democráticos y electorales y que adopten las medidas necesarias de mitigación
de riesgos; pide a los firmantes del Código de Buenas Prácticas en materia de
Desinformación que cumplan plenamente sus compromisos; lamenta la falta de
compromisos vinculantes para los firmantes del Código de Buenas Prácticas en
materia de Desinformación; pide la rápida adopción del Código de Buenas Prácticas
como código de conducta en el marco del Reglamento de Servicios Digitales,
incluidas auditorías que evalúen el cumplimiento según lo estipulado en el
artículo 28, y que la Comisión estudie qué nuevas propuestas legislativas o
actualizaciones son necesarias para colmar la brecha de cumplimiento, así como
que se prevea la posibilidad de suspender temporal o permanentemente a las
plataformas que incumplan sistemáticamente sus compromisos en el marco del
Código de Buenas Prácticas;
54. Manifiesta su preocupación por que algunos agentes
cuyos servicios contribuyen de forma significativa a la difusión de
desinformación no sean signatarios del Código de Buenas Prácticas, como Apple,
Amazon, Odysee, Patreon, GoFundMe y Telegram; pide a la Comisión que aliente a las
partes interesadas pertinentes que aún no lo hayan hecho a que firmen y cumplan
plenamente el Código de Buenas Prácticas y participen en su grupo de trabajo;
pide que se establezca un marco jurídico para garantizar un nivel mínimo de
compromisos en materia de lucha contra la desinformación para esos servicios;
manifiesta su preocupación por que Telegram no coopere en absoluto con los
responsables políticos en los países democráticos y sea reticente a trabajar
con las OSC;
55. Celebra que todos los participantes en el
ecosistema de la publicidad en línea se hayan comprometido a controlar y
limitar la inserción de publicidad en cuentas y sitios web que difunden
desinformación o la inserción de publicidad junto a contenidos de
desinformación, así como a limitar la difusión de publicidad que contenga
desinformación, y que este compromiso se extienda también a la publicidad
política; resalta, no obstante, que todavía no se dispone de suficientes datos
para comprobar si las medidas adoptadas están dando resultado; lamenta que este
modelo de negocio y los algoritmos de recomendación que lo sustentan sigan
siendo factores fundamentales para la difusión de desinformación y contenidos
falsos, engañosos e incendiarios; manifiesta su preocupación por la voluntad de
las plataformas de utilizar el pretexto de «empoderar» a los usuarios como
forma de transferirles a ellos la responsabilidad de limitar la inserción de
publicidad en cuentas y sitios web que difunden desinformación; considera que
esta responsabilidad debe recaer en las plataformas, ya que disponen de los
datos y conocimientos especializados pertinentes, siempre que sus acciones
sigan siendo transparentes y los datos se pongan a disposición de los
investigadores; manifiesta su preocupación por la falta de transparencia del
mercado de las herramientas de protección de marca que abordan los riesgos
relacionados con la imagen, ya que a menudo dichas herramientas utilizan
algoritmos que se ha visto que etiquetan de forma errónea medios de noticias
legítimos y fiables;
56. Manifiesta su preocupación por el uso de vídeos
creados usando videojuegos para difundir desinformación sobre la invasión rusa
de Ucrania y otros conflictos armados; pide a los medios de comunicación que
estén más vigilantes sobre esos contenidos y desarrollen medios eficaces de
eliminarlos de sus plataformas; se muestra preocupado por el hecho de que las
empresas de vídeo y juegos en línea establecidas en Rusia, incluidas las que
producen juegos para móviles, sigan operando libremente en los mercados
europeos y puedan utilizarse para difundir desinformación y propaganda;
57. Pide una rápida adopción del Código de Buenas
Prácticas en materia de Desinformación como código de conducta en el marco del
mecanismo de corregulación del Reglamento de Servicios Digitales, teniendo
presente que su éxito dependerá de una ejecución estricta en el caso de los
firmantes con un desempeño deficiente mediante auditorías obligatorias con
arreglo al artículo 28 de dicho Reglamento; pide la armonización de los distintos
mecanismos de recurso de los usuarios y de los compromisos en materia de exceso
o defecto de moderación;
58. Recuerda que las autoridades estatales tienen
cuentas en las plataformas de redes sociales, incluidas las cuentas utilizadas
con fines policiales y para hacer un seguimiento de las tendencias de
desinformación; observa que, siempre que esas cuentas no interactúen con otros
usuarios, deben identificarse como seguras y no ser eliminadas por las
plataformas;
59. Pide que personas o entidades jurídicas puedan
demandar a las plataformas por inacción si no eliminan la información errónea o
la desinformación, en particular cuando sean el objeto de la misma;
60. Apoya la creación de agencias de calificación de
plataformas independientes para informar al público sobre las prácticas de las
plataformas, de modo que las personas puedan hacer una elección informada
cuando se registran para utilizarlas; Infraestructuras
críticas y sectores estratégicos 61. Celebra la recientemente acordada Directiva REC,
la recomendación del Consejo de reforzar las infraestructuras críticas y la
Directiva SRI 2; acoge con satisfacción su ampliación a las infraestructuras
críticas en el ámbito de la producción, transformación y distribución de
alimentos; cree que los ataques recientes, como el sabotaje de infraestructuras
críticas y los crecientes ciberataques, demuestran la necesidad de evaluar la
legislación existente una vez aplicada en los Estados miembros, y pide a la
Comisión que presente, en caso necesario, propuestas adicionales reforzadas que
incluyan el refuerzo de la resiliencia de las organizaciones de la sociedad
civil consagradas a luchar contra las injerencias extranjeras y la
desinformación; pide además a todos los Estados miembros que actualicen con
prontitud sus estrategias de seguridad nacional y realicen pruebas de
resistencia de sus infraestructuras críticas para detectar puntos débiles;
reitera su recomendación de que se amplíe la lista de entidades críticas para
incluir la infraestructura digital electoral y los sistemas educativos;
62. Manifiesta su preocupación por la dependencia de
la Unión de agentes y tecnologías extranjeros en cadenas de suministro e
infraestructuras críticas; señala las vulnerabilidades derivadas del uso de las
inversiones extranjeras directas como herramienta de geopolítica; reitera su
llamamiento a la Comisión para que desarrolle una legislación ambiciosa y
vinculante sobre la cadena de suministro de las TIC que incluya factores de
riesgo no técnicos, siguiendo la propuesta del Consejo, así como un marco
reglamentario más fuerte para el Reglamento para el control de las inversiones
extranjeras directas (23); considera que un marco
reglamentario más fuerte, que prevea directrices para una mayor armonización de
las prácticas nacionales de control de las inversiones extranjeras directas, ha
de incluir la prevención de la adquisición de empresas críticas de sectores
esenciales o de empresas de medios de comunicación por partes extranjeras que
se encuentren bajo el control directo o indirecto de países de alto riesgo, y
que se debe considerar la inclusión de las inversiones en el extranjero en el
ámbito del instrumento; insta a los Estados miembros a que establezcan
registros de transparencia de la propiedad; considera que la Comisión, bajo la
supervisión del Consejo, debe poder bloquear las inversiones extranjeras
directas que puedan ser perjudiciales para proyectos o programas de la Unión u
otros intereses de la Unión o que sean contrarias a ellos; subraya que, en los
Balcanes Occidentales, las inversiones de este tipo podrían empujar a los
países a trampas de endeudamiento, desestabilizando aún más la región;
63. Observa que, a pesar de estos mecanismos de
control de las inversiones extranjeras directas, se han concedido contratos a
empresas chinas como Nuctech en infraestructuras críticas europeas, lo que
conlleva riesgos para la seguridad; pide, por consiguiente, al Consejo y a la
Comisión que excluyan el uso de equipos y programas informáticos de fabricantes
con sede en países de alto riesgo, en particular China y Rusia, como TikTok,
ByteDance, Huawei, ZTE, Kaspersky, NtechLab o Nuctech; pide a los sectores
esenciales y otros sectores sensibles que excluyan el uso de equipos y
programas informáticos de países de alto riesgo que puedan utilizarse para
amenazar la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de datos y
servicios; recuerda que cualquier programa informático que funcione en circuito
cerrado sigue siendo vulnerable cuando se efectúan controles rutinarios o
cuando se actualiza; considera que la aplicación TikTok, propiedad del grupo
chino ByteDance, incumple el marco europeo sobre la privacidad de los datos, lo
que la hace de ella un riesgo potencial y una fuente de desinformación
respaldada por China; celebra la decisión de las instituciones de la Unión de
restringir el uso de TikTok en dispositivos corporativos; recomienda que se
prohíba el uso de TikTok en todos los niveles de gobierno nacional y en las
instituciones de la Unión;
64. Resalta la necesidad de establecer y desarrollar
alianzas tecnológicas con socios democráticos para impulsar la autonomía
estratégica y reducir la dependencia de la Unión de agentes extranjeros de alto
riesgo y de sus tecnologías, así como para reforzar las capacidades
industriales de Europa en ámbitos tecnológicos clave, como la inteligencia
artificial, los semiconductores, la nube y otras tecnologías punta;
65. Manifiesta su preocupación ante las vulnerabilidades
y los crecientes ataques de que son objeto los cables y tuberías submarinos,
señalando en particular el sabotaje del gasoducto Nord Stream en septiembre de
2022; cree que las inversiones extranjeras directas en cables y tuberías
submarinos generan un riesgo adicional para la seguridad; acoge con
satisfacción la Estrategia de Seguridad Marítima de la Unión Europea (AESM) y
pide a la Comisión que informe al Parlamento sobre los progresos realizados
para mejorar la comprensión y la resiliencia de la protección de las
infraestructuras submarinas, mejorar la coordinación y el intercambio de
información, hacer avanzar las capacidades de seguimiento junto con la
industria, reforzar los mecanismos de respuesta e integrar esta cuestión en
todos los aspectos de la acción exterior;
66. Manifiesta su preocupación por las revelaciones
sobre cómo las élites políticas de los Estados miembros de la Unión, por
ejemplo en Alemania, han promovido la agenda de Gazprom y expresado un apoyo
constante al suministro de gas procedente de Rusia; observa con preocupación la
repercusión en los procesos de toma de decisiones de los esfuerzos de presión
de Estados y agentes empresariales extranjeros con interés en que se prosiga la
producción y el uso de combustibles fósiles en la Unión; recuerda a este
respecto las conclusiones formuladas en el informe ING1; celebra la propuesta
REPowerEU de la Comisión para transformar el sistema energético de la Unión,
poniendo fin a su dependencia de los combustibles fósiles de Rusia; insta a los
Estados miembros de la Unión y a la Comisión a que suspendan todas las
importaciones de combustibles fósiles a la Unión procedentes de regímenes
autocráticos y a que avancen hacia una soberanía energética sostenible;
67. Manifiesta su preocupación por los estrechos lazos
existentes entre Rusia y Hungría, país sobre el que Rusia ejerce su influencia
a través del sector energético; lamenta que Hungría no haya adoptado medidas
significativas para reducir su dependencia energética de Rusia; cree que es
necesario hacer más por garantizar una autonomía estratégica abierta en el
sector energético; pide que se acelere el despliegue de las energías
renovables, pero minimizando cualquier aumento de la dependencia de China;
68. Celebra la recientemente propuesta Ley Europea de
Materias Primas Fundamentales (24); considera que el acto propuesto
es esencial para asegurar las cadenas de suministro europeas necesarias para
hacer de la Ley Europea de Chips (25) un éxito; hace hincapié en
la necesidad de seguir buscando acuerdos de comercio con democracias afines
para garantizar el suministro de recursos estratégicos; Injerencias durante los
procesos electorales 69. Celebra el trabajo realizado por la APPF a este
respecto, en especial a la hora de impedir y combatir los pagos financieros
prohibidos desde países no pertenecientes a la Unión al sistema político
europeo; pide a la Comisión y a los colegisladores que mejoren la caja de
herramientas de la APPF y hagan posible el rastreo efectivo de las donaciones
hasta el último pagador, evitando así la elusión de la prohibición mediante el
uso de intermediarios, en especial otorgando a la APPF el mandato de recabar
información directamente de las entidades bancarias de los donantes, y
proporcionando un sistema de notificaciones automáticas de transacciones
sospechosas de las unidades de inteligencia financiera de los Estados miembros
a la APPF; pide asimismo a los Estados miembros que refuercen las garantías
jurídicas para impedir que partidos nacionales miembros de los partidos
políticos europeos reciban pagos de procedencia no europea a escala nacional
para utilizarlos después como contribuciones a los partidos políticos europeos
y las fundaciones políticas europeas; acoge asimismo con satisfacción los
contactos operativos que la APPF ya ha establecido con las instituciones y
agencias competentes de la Unión, así como con los Estados miembros, para
contrarrestar eficazmente los intentos de utilizar datos personales con fines
electorales; pide a los Estados miembros que mejoren aún más la cooperación con
la APPF poniendo a disposición y en funcionamiento puntos de contacto
especializados en las autoridades competentes para la protección de los datos y
para la ciberseguridad electoral;
70. Celebra las iniciativas adoptadas en el marco de
la Red Europea de Cooperación Electoral, incluidos los planes conjuntos de
resiliencia; pide a la Comisión que propicie la plena participación del
Parlamento en las actividades de la red, así como de la APPF; considera que se
deben establecer redes similares con los Parlamentos nacionales en los Estados miembros;
considera asimismo que los Parlamentos de los Estados miembros y las
autoridades electorales deben informar mejor al público sobre los riesgos de
injerencias en los procesos electorales nacionales; pide a la Comisión que
elabore un código de buenas prácticas en las redes sociales aplicable a los
representantes públicos y a las autoridades, destinado a establecer normas de
conducta comunes, teniendo en cuenta que los políticos y los gobiernos a veces
recurren a la desinformación para fomentar la hostilidad ideológica;
71. Observa que el Parlamento Europeo ha establecido
una estrategia para las elecciones europeas de 2024 que incluye una especial
atención a prevenir y atajar la manipulación de la información antes de las
elecciones sin interferir en el debate político o en debates sociales más
amplios, respetando plenamente la independencia del mandato de los diputados;
resalta que dicha estrategia debe basarse en un refuerzo de las medidas del
Parlamento ya existentes, incluidas las que tienen que ver con su grupo de
trabajo sobre desinformación, y pide, por lo tanto, la asignación de recursos
adicionales para aplicar las distintas medidas;
72. Destaca la suma importancia de proteger la
seguridad, la resiliencia y la fiabilidad de la infraestructura electoral,
incluidos, entre otros, los sistemas informáticos, las máquinas y equipos de
votación, las redes y procedimientos de las oficinas electorales. las bases de
datos de registro de votantes y las instalaciones de almacenamiento; subraya
que las tecnologías de la información y la comunicación son cada vez más
frecuentes en la gestión electoral y en los procesos democráticos; observa que,
para responder de manera eficaz a los retos electorales emergentes, los órganos
de gestión electoral deben adoptar nuevos patrones de trabajo que mejoren su
capacidad para prevenir riesgos y demostrar resiliencia, también en un entorno
digital complejo; pide que se dote a los Gobiernos locales y de los Estados
miembros de la Unión de un conjunto de servicios y herramientas para luchar
contra la manipulación de la información y las injerencias por parte de agentes
extranjeros; señala que, cuando se celebran elecciones, las papeletas deben
tener un rastro documental verificable y estar sujetas a auditorías
independientes para garantizar la precisión de los resultados; destaca el papel
fundamental de la observación de elecciones y de los observadores electorales
independientes; Financiación encubierta
de actividades políticas por agentes y donantes extranjeros 73. Reitera su preocupación por las constantes
revelaciones de financiación masiva rusa de políticos, partidos políticos y
antiguos políticos y funcionarios en una serie de países democráticos, con el
propósito de interferir y conseguir influencia en sus procesos internos;
expresa su preocupación por las conexiones de Rusia con varios partidos
políticos y políticos de la Unión y su amplia injerencia en movimientos
secesionistas en los territorios europeos y en la Unión, como en Cataluña,
donde se insta a las autoridades pertinentes a que lleven a cabo una
investigación exhaustiva, y sugiere que el Centro Europeo de Excelencia para la
Lucha contra las Amenazas Híbridas, situado en Helsinki, lleve a cabo un
estudio de este caso concreto;
74. Toma nota de que la Red Europea de Cooperación
Electoral está catalogando la financiación extranjera en los Estados miembros
de la Unión y manifiesta su interés en que se le informe de estos trabajos;
pide que se prohíba la financiación extranjera procedente de países no
pertenecientes a la Unión; pide a la red que determine normas comunes de la
Unión en materia de campañas políticas y financiación de partidos políticos,
incluida la procedente de terceros países, en particular las normas para colmar
las lagunas detectadas en las recomendaciones del informe ING1 aprobado el 9 de
marzo de 2022, que se aplicarían a las leyes electorales nacionales de todos
los Estados miembros, incluidos los mecanismos de cumplimiento; pide a los
Estados miembros que aborden con carácter urgente la cuestión de las donaciones
procedentes de terceros países a partidos políticos nacionales, con el fin de
colmar las lagunas existentes en su legislación;
75. Toma nota de las negociaciones legislativas en
curso sobre el estatuto y la financiación de los partidos políticos europeos y
las fundaciones políticas europeas; espera que esas negociaciones refuercen el
mandato de la APPF, en particular en la garantía de que las transacciones
financieras procedentes de países no pertenecientes a la Unión al sistema político
europeo sean limitadas y transparentes y estén sujetas a controles más
estrictos, y den lugar a un marco actualizado que refuerce el papel de los
partidos políticos de la Unión en la esfera democrática europea y frene las
injerencias de potencias extranjeras; reitera la necesidad de un enfoque
equilibrado y proporcionado que permita a los partidos políticos de terceros
países afines, incluidos los países del Consejo de Europa, siempre que tengan
plenos derechos de representación, participar mediante la adhesión y las
contribuciones, mejorando al mismo tiempo la transparencia de la financiación y
la toma de decisiones y limitando simultáneamente el riesgo de injerencia de
entidades extranjeras no democráticas o Estados de alto riesgo;
76. Recuerda que la APPF debe disponer de los recursos
necesarios, en particular recursos humanos e informáticos, para desempeñar sus
misiones actuales y cualquier nueva misión que le encomiende la legislación,
que solo podrá llevar a cabo de forma eficaz con el personal adicional
apropiado;
77. Toma nota del trabajo legislativo en curso sobre
la transparencia y la segmentación de la publicidad política; destaca la
importancia de esta propuesta de Reglamento, que frenará las técnicas opacas de
publicidad política y subraya la necesidad de que los colegisladores la adopten
a su debido tiempo antes de las elecciones europeas de 2024; recuerda, a este
respecto, su deseo de que se prohíba la adquisición de anuncios por agentes de
fuera de la Unión y el Espacio Económico Europeo (EEE) y de que se garantice la
transparencia y la no discriminación, también mediante el etiquetado adecuado,
en relación con la compra de publicidad política en línea por agentes del
interior de la Unión; resalta la necesidad de que los partidos políticos europeos
puedan hacer campaña en línea y en toda la Unión antes de las elecciones
europeas, al tiempo que se limita el riesgo de injerencias extranjeras; Ciberseguridad y
resiliencia frente a ciberataques relacionados con procesos democráticos 78. Manifiesta su preocupación por el grave incremento
de los ciberataques, en particular el reciente ataque distribuido de denegación
de servicio contra el sitio web del Parlamento Europeo el 23 de noviembre de
2022, cuya autoría fue reivindicada por un grupo de hackers afines
al Kremlin, y el posible hackeo a tres diputados al Parlamento y más de
cincuenta funcionarios de la Comisión con el programa Pegasus; pide, por lo
tanto, que se refuercen las capacidades de resiliencia y protección de las
instituciones de la Unión en el ámbito digital, en particular con vistas a las
elecciones al Parlamento Europeo;
79. Celebra el acuerdo sobre la Directiva SRI 2 y
considera que aborda la cuestión de la coordinación entre los Estados miembros;
pide a los Estados miembros que mejoren su cooperación y compartan las mejores
prácticas en el seno del Grupo de Cooperación SRI, en especial en materia de
ciberseguridad para las elecciones; pide que las infraestructuras electorales
se consideren infraestructuras críticas; considera necesaria legislación
adicional para proteger de forma efectiva la seguridad de la cadena europea de
suministro de TIC de proveedores de riesgo y contra el robo de propiedad
intelectual por medios cibernéticos;
80. Acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión
de nuevas normas para implantar una ciberseguridad y una seguridad de la
información comunes a todas las instituciones, órganos y organismos de la
Unión; celebra, de conformidad con el Informe Especial del TCE de marzo de
2022, la creación de un nuevo comité interinstitucional de ciberseguridad, la
potenciación de las capacidades de ciberseguridad y el fomento de evaluaciones
periódicas de madurez y de una mejor «ciberhigiene»; resalta la necesidad de
una coordinación eficiente, oportuna y estrecha entre las instituciones,
órganos y organismos de la Unión a través de las estructuras existentes, como
el Equipo de respuesta a emergencias informáticas de las instituciones, órganos
y organismos de la Unión Europea (CERT-UE) y la Agencia de la Unión Europea para
la Ciberseguridad (ENISA); cree que esas estructuras deben reforzarse y que es
necesaria una coordinación más eficiente; pide a esos órganos y organismos y a
la Comisión que informen periódicamente al Parlamento de sus futuras
conclusiones y hallazgos en materia de ciberseguridad y seguridad de la
información en la Unión; pide una auditoría completa de ciberseguridad para
determinar si las instituciones, órganos y organismos de la Unión tienen
suficiente control sobre la seguridad de sus sistemas y dispositivos de TIC,
incluida una evaluación de riesgo, vulnerabilidad y amenazas, basada en pruebas
de intrusión, que deberá realizar un tercero externo acreditado y verificado,
cuando esta normativa entre en vigor y con carácter anual posteriormente, teniendo
debidamente en cuenta los requisitos de seguridad de la información de las
instituciones; cree que los riesgos y vulnerabilidades notificados deben
mitigarse en el marco de las actualizaciones de ciberseguridad y que las
recomendaciones de la evaluación aplicarse mediante las correspondientes
políticas de ciberseguridad;
81. Pide a la Comisión y a la ENISA que cartografíen
los órganos, agencias y otras organizaciones europeas existentes y previstas en
materia de ciberseguridad y propongan soluciones a posibles lagunas;
82. Pide al Consejo, a la Comisión y al SEAE que
refuercen los controles relacionados con la informática de los canales de
comunicación estratégica (por ejemplo, los canales militares en tiempos de
guerra y las misiones de la PCSD);
83. Reconoce que, en materia de ciberataques, la
prevención es necesaria pero no suficiente; considera que una respuesta
orientada de forma precisa es clave para contrarrestar los ciberataques; cree
que la Unión debe luchar contra los ciberataques considerando los siguientes
aspectos: a) la necesidad de una mayor capacidad de respuesta a
los ciberataques y una mayor resiliencia frente a ellos;
b) la necesidad de flexibilidad en situaciones
críticas, respetando al mismo tiempo el Estado de Derecho y los derechos
fundamentales;
c) la necesidad de normativas comunes para garantizar
una coordinación eficiente, por lo que pide a los Estados miembros que aceleren
la aplicación de la Directiva relativa a la resiliencia de las entidades
críticas y la Directiva SRI 2;
d) la necesidad de compartir información entre Estados
miembros y dentro de ellos, en particular por lo que respecta a las
vulnerabilidades de seguridad, teniendo en cuenta al mismo tiempo la necesidad
de ocultar el nivel crítico de protección en el intercambio público de
información;
e) la necesidad de investigación e inversión en nuevas
tecnologías que aumenten la ciberresiliencia;
f) la necesidad de propiciar la participación de
agentes como OSC, el sector privado y otros socios de un modo seguro y sostenible;
g) pide a los Estados miembros que adopten una actitud
más proactiva y amplíen sus capacidades en el ciberespacio sobre la base de los
enfoques de «compromiso persistente» y «defensa proactiva», en estrecha
coordinación entre los Estados miembros y en consulta con los homólogos de la
Unión pertinentes; Impacto de las
injerencias en los derechos de las minorías y otros grupos vulnerables 84. Recuerda que las injerencias extranjeras suelen
estar vinculadas a objetivos políticos contrarios a la Unión y sus valores
democráticos, y encubren violaciones flagrantes de los derechos humanos,
restringen los derechos de las mujeres y las comunidades LGBTIQ+ y fomentan el
odio hacia las minorías, los migrantes y las personas más vulnerables;
85. Lamenta la instrumentalización política de la
cuestión migratoria y el uso que se hace de ella en las campañas de
desinformación; pide que se garantice una gestión eficiente de las fronteras
exteriores de la Unión dentro de la plena observancia de los derechos fundamentales;
86. Lamenta que la comunidad LGBTIQ+ siga siendo
objetivo de las injerencias extranjeras y las campañas de desinformación;
manifiesta su preocupación por la situación de la comunidad LGBTIQ+ en varios
Estados miembros de la Unión, como Eslovaquia, Hungría y Polonia, y la
desinformación difundida por medios de comunicación estatales y organizaciones
de ultraderecha al respecto; lamenta que la desinformación y el discurso de
odio contra las personas LGBTIQ+ fueran el principal motivo del asesinato de dos
jóvenes en Eslovaquia en octubre de 2022; pide la elaboración de programas a
largo plazo en apoyo de organizaciones de base locales e iniciativas ciudadanas
para ayudar a desarrollar la resistencia de la población frente al extremismo
de derechas;
87. Manifiesta su preocupación por los intentos de la
desinformación rusa de socavar el apoyo de la sociedad europea a los refugiados
ucranianos; pide a las instituciones, órganos y organismos de la Unión y a las
autoridades nacionales que hagan un seguimiento de la desinformación rusa sobre
los refugiados ucranianos y la guerra en Ucrania y la refuten;
88. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que
refuercen las asociaciones con ONG y organizaciones internacionales que
trabajan sobre el terreno para vigilar el trabajo infantil y frenar la difusión
de desinformación al respecto (por ejemplo, niños en conflictos armados);
89. Reitera su petición de un sistema para compartir
de forma fácil material en lenguas regionales y minoritarias; celebra a este
respecto el apoyo de la Comisión a la acción piloto denominada «European
Language Equality (ELE)» (Igualdad lingüística europea); considera que se deben
adoptar medidas adicionales para garantizar una respuesta eficaz a las
injerencias que tienen por objeto a minorías; pide asimismo a la Unión y a los
Estados miembros que garanticen un sistema de verificación de datos accesible
para luchar contra la desinformación y proporcionar acceso a la información en
todos los formatos posibles para las personas con discapacidad;
90. Reitera la necesidad de una acción específica,
mediante un marco jurídico armonizado de la Unión, contra la propagación de la
desinformación y el discurso del odio en cuestiones relacionadas con el género,
las personas LGBTIQ+, los romaníes, otras minorías, los inmigrantes y los
refugiados, las personas con discapacidad y las comunidades religiosas; reitera
su petición a la Comisión de que elabore y aplique estrategias para dificultar
la financiación de grupos, movimientos y personas contrarios a la igualdad de
género que difunden de forma activa desinformación o participan en la
manipulación de información sobre las personas LGBTIQ+, los derechos de las
mujeres, las minorías, los refugiados, las personas con discapacidad y asuntos
que les conciernen, con el fin de dividir a la sociedad;
91. Lamenta que los derechos de las mujeres estén
siendo objetivo específico de desinformación, en particular de desinformación
sobre cuestiones de salud, y con injerencias extranjeras; pide que se
investiguen exhaustivamente las fuentes de financiación de las campañas de
desinformación sobre cuestiones de género; reitera su petición de que se creen
sistemas de alerta temprana a través de los cuales puedan notificarse e
identificarse las campañas de desinformación sobre cuestiones de género;
92. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que
desarrollen medidas para fortalecer los medios de comunicación en lengua rusa
independientes que sean de fácil acceso para las comunidades rusohablantes;
pide asimismo a la Comisión y a los Estados miembros que apoyen a líderes de
opinión independientes para contrarrestar las injerencias de la propaganda de
terceros países sobre minorías en Europa; Injerencias por medio de
agentes mundiales a través de la captación de élites, las diásporas nacionales,
las universidades y actos culturales 93. Denuncia con la máxima firmeza los supuestos
intentos de países extranjeros, incluidos Marruecos y Qatar, de influir en
diputados, antiguos diputados y personal del Parlamento Europeo por medio de
actos de corrupción, lo que constituye una injerencia extranjera grave en los
procesos democráticos de la Unión; subraya la necesidad de intensificar los
esfuerzos para mejorar la transparencia y la integridad de las instituciones de
la Unión y luchar contra la corrupción, la manipulación, la influencia y las
campañas de injerencia; reitera su petición de unas normas de transparencia y
una ética actualizadas, la determinación de cómo se asignan los fondos
extranjeros a las actividades de representación de intereses relacionadas con
la Unión, incluida la financiación de las organizaciones sin ánimo de lucro, y
una regulación y seguimiento adecuados de los grupos de amistad; reitera la
necesidad de suspender de inmediato todo el trabajo en expedientes legislativos
relativos a Marruecos y Qatar, así como las credenciales de acceso de
representantes de intereses de los dos países, hasta que las investigaciones
judiciales proporcionen la información pertinente y una aclaración y se evalúe
qué expedientes han podido verse comprometidos como consecuencia de estas
injerencias extranjeras;
94. Acoge con satisfacción la prórroga y la
actualización del mandato de la Comisión Especial ING2, y espera que esta
elabore un informe de repercusión que identifique las deficiencias de las
normas del Parlamento Europeo en materia de transparencia, ética, integridad y
corrupción y que presente propuestas de reformas para luchar eficazmente contra
la corrupción y otros medios utilizados por agentes extranjeros para influir en
los procesos de toma de decisiones europeos, teniendo en cuenta que cualquier
posible requisito reforzado de divulgación debe sopesarse con la necesidad de
proteger a determinadas personas y grupos vulnerables;
95. Lamenta que las recomendaciones del informe ING1
sobre la introducción de normas de transparencia más estrictas, el análisis de
la financiación extranjera de actividades de presión relacionadas con la Unión
y la garantía de que quede registrada para poder reconocer la financiación
procedente de Gobiernos extranjeros, todavía no hayan sido aplicadas;
96. Recuerda los compromisos contraídos por la
presidenta de la Comisión en su discurso sobre el estado de la Unión acerca de
la necesidad de actualizar el marco legislativo de la Unión para luchar contra
la corrupción; considera que dicha actualización debe centrarse, en particular,
en las cuestiones de la captación de élites por parte de intereses extranjeros,
las puertas giratorias y el tráfico de influencias, a fin de impedir que
agentes extranjeros interfieran en el sistema político de la Unión; pide
también a la Comisión que endurezca sus normas para prevenir dicha captación
por Gobiernos autocráticos o de alto riesgo o de entidades bajo su control y
que aborde la cuestión de la captación de élites en los informes anuales sobre
el Estado de Derecho; recuerda las peticiones reiteradas del Parlamento de que
se establezca un nuevo régimen de sanciones permanente contra las personas y
entidades responsables de corrupción a gran escala;
97. Toma nota de la sentencia de 22 de noviembre de
2022 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto C-37/2013 (26), que invalida una disposición de
la quinta Directiva contra el blanqueo de capitales (27) por la cual los Estados
miembros debían garantizar que la información sobre la titularidad real de las
empresas fuera accesible en todos los casos a cualquier miembro del público en
general; subraya que los registros de información relativa a la titularidad
real constituyen una herramienta esencial para que las organizaciones de la
sociedad civil, los investigadores y los periodistas detecten supuestos casos
de corrupción e intereses comerciales ilícitos y que restringir el acceso a
esos registros socava gravemente el futuro seguimiento de la titularidad
efectiva por el público general; considera que esta invalidación limita el
trabajo de una amplia gama de profesionales que luchan contra la corrupción y
el blanqueo de capitales; pide a la Comisión que encuentre formas adecuadas de
garantizar que la información relativa a la titularidad real de las empresas
sea accesible al público en general; pide a la Comisión que proponga medidas en
el marco de la Directiva contra el blanqueo de capitales con vistas a limitar
el uso del dinero en efectivo para desalentar el uso del dinero ilegal y
prevenir así la corrupción; lamenta que algunos Estados miembros hayan
considerado la sentencia como un pretexto para suspender por completo el acceso
al registro;
98. Opina que los datos sobre injerencias extranjeras
ejercidas a través de representantes de intereses a escala de la Unión deben
gozar de una amplia difusión y presentarse con claridad; celebra los cambios
introducidos a este respecto por el Acuerdo Interinstitucional de 20 de mayo de
2021 sobre un Registro de transparencia obligatorio (28); recomienda, no obstante, que se
incluya en el Registro de transparencia de la Unión una sección consagrada a
las injerencias extranjeras o que se cree un registro específico a tal fin;
considera que el Registro de transparencia de la Unión debe incluir una lista
de países de alto riesgo; recomienda que se refuercen los requisitos y los
incentivos para que las potencias extranjeras se registren; considera que es
necesario mejorar los requisitos de registro y divulgación para las OSC, las
consultorías, las agencias, las fundaciones, los grupos de reflexión y las
empresas privadas que reciben financiación extranjera;
99. Pide a la secretaría del Registro de transparencia
de la Unión que prohíba cualquier entidad con relaciones directas o indirectas
con el Gobierno de Rusia, de conformidad con la Decisión del Consejo, de 3 de
junio de 2022, relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia
que desestabilizan la situación en Ucrania (29); pide que se apliquen las mismas
medidas a Bielorrusia;
100. Reitera su preocupación por las asociaciones
entre universidades y entidades chinas, incluidos los Institutos Confucio, pero
sobre todo por las instalaciones de investigación vinculadas con el complejo
militar chino, y el riesgo que pueden suponer para la libertad de cátedra y la
protección de la propiedad intelectual; manifiesta su preocupación por el reciente
descubrimiento (30) de que un número
considerable de investigadores europeos que trabajan en inteligencia
artificial, tecnologías cuánticas, circuitos integrados, investigación
espacial, investigación sobre nuevos materiales, neurociencia y biotecnología
están siendo financiados directamente por la República Popular China; reitera
su petición a las autoridades de los Estados miembros y a los institutos de investigación
para que revisen dichas asociaciones y, cuando supuestos casos de espionaje o
injerencia resulten confirmados, adopten medidas para que se respete y
salvaguarde la soberanía política y económica europea, incluida la denegación
de financiación o la retirada de las licencias de los institutos asociados;
reitera que la libertad de cátedra es un valor fundamental de toda sociedad
democrática; insta a los Estados miembros a que hagan un mejor uso de los
mecanismos existentes para proteger los conocimientos científicos, industriales
y técnicos y a que los extiendan a las humanidades y las ciencias sociales;
pide una mayor transparencia en la financiación de las actividades de
investigación y el apoyo financiero que reciben, en particular mediante el establecimiento
de procedimientos de diligencia debida para evaluar si la financiación
extranjera de proyectos supone una amenaza para la seguridad;
101. Subraya que China está tratando de combinar la
investigación científica civil y militar dentro del marco del programa de
integración civil-militar; exige el fin inmediato de la cooperación existente
con instituciones de investigación directamente financiadas por el Ejército
chino, o que tengan vínculos con él, y que se haga balance de qué conocimientos
científicos podrían haber pasado al lado chino; acoge favorablemente la
publicación de las directrices de la Comisión para hacer frente a las
injerencias extranjeras en materia de desarrollo e investigación, pero sugiere
la aplicación de medidas proporcionadas a las instituciones académicas y de
investigación y que se vele por una mayor transparencia en las asociaciones
extranjeras; manifiesta su preocupación por la Ley china de inteligencia
nacional que exige a los investigadores chinos en universidades occidentales
que compartan sus conocimientos con el Estado y por el recurso por parte de
China al espionaje como medio de obtener conocimientos para lograr sus
objetivos económicos y militares; pide compromisos obligatorios de una mayor
diligencia y cumplimiento en el marco de la cooperación académica con
universidades e investigadores chinos y que cualquier cooperación con
universidades chinas esté sujeta a una evaluación exhaustiva del riesgo para la
seguridad;
102. Manifiesta su preocupación por las actividades en
curso de Russkiy Dom (Casa Rusa), financiadas por la agencia federal rusa
sancionada por la Unión Rossotrudnichestvo, cuyos proyectos engañosos difunden
desinformación, propaganda y la agenda del Kremlin entre la sociedad civil de
la Unión;
103. Celebra la publicación por la Comisión de un
conjunto de herramientas para mitigar las injerencias extranjeras en la
investigación y la innovación a fin de ayudar a las universidades y organismos
de investigación europeos a detectar y prevenir injerencias extranjeras al
tiempo que se mantiene la apertura a las asociaciones; pide a la Comisión que
incluya a las instituciones académicas y de investigación en el paquete de
Defensa de la Democracia; pide a la Comisión y a los Estados miembros que sigan
coordinando las acciones en este ámbito, en particular para reforzar el papel
de los responsables de ética y seguridad en las instituciones de educación
superior; pide a la Comisión que siga desarrollando directrices para una
investigación de confianza y la seguridad de los conocimientos con el fin de
apoyar la integridad de la colaboración internacional en materia de
investigación de las organizaciones europeas; recalca el potencial de un
registro o base de datos de posibles agentes durmientes o extranjeros de Estados
de alto riesgo en universidades y organizaciones de investigación europeas;
104. Manifiesta su preocupación por los últimos
informes relativos al establecimiento de comisarías de policía chinas en la
Unión; pide a los Estados miembros y a las autoridades de la Unión que
investiguen la supuesta existencia de estas comisarías de policía y que adopten
medidas coordinadas contra cualquier actividad ilegal relacionada con el
Departamento de Trabajo del Frente Unido de China en Europa; reitera que dichas
comisarías constituyen una amenaza para la seguridad nacional de los Estados
miembros afectados y de la Unión en general, por lo que deben prohibirse; pide
a los Estados miembros que los cierren de forma inmediata; condena la práctica
de amenazar a las personas que viven en la Unión Europea, en particular la
diáspora china y los grupos de disidentes políticos, así como el
encarcelamiento de sus familiares en China con el fin de coaccionar a las
personas que viven en el extranjero para que regresen a China;
105. Manifiesta su preocupación por las acusaciones de
operaciones policiales ilegales en suelo extranjero que evitan la cooperación
policial y judicial bilateral oficial; pide a la Comisión que examine las
denominadas comisarías de policía chinas en la Unión, que supuestamente han
convencido a miles de fugitivos sospechosos de que regresen a China, y que
adopte las medidas adecuadas a este respecto; exige a las autoridades chinas y
a las embajadas chinas en los Estados miembros de la Unión que se adhieran a los
procedimientos internacionales estándar;
106. Denuncia los indicios de injerencias turcas y de
persecución de activistas políticos, líderes de la oposición y minorías dentro
de la Unión; condena la nueva propuesta de Ley sobre desinformación de Turquía,
que supone una amenaza a la libertad de expresión en el país;
107. Lamenta la difusión de desinformación y el uso
opresivo de internet por parte del régimen iraní para esconder las graves
violaciones de los derechos humanos, la violencia contra los manifestantes y
los abusos de poder; se muestra preocupado por las injerencias de
organizaciones islamistas inspiradas por Estados extranjeros;
108. Manifiesta su preocupación por las crecientes
actividades de influencia de agencias de inteligencia de Estados extranjeros
autoritarios en la Unión, especialmente en Bruselas; reitera su llamamiento a
las autoridades nacionales para que revisen y actualicen sus marcos de lucha
contra el espionaje; acoge con satisfacción, a este respecto, la modernización
anunciada por el Gobierno belga del marco de lucha contra el espionaje y pide
más capacidad para que el Centro de Inteligencia y de Situación de la Unión
Europea (Intcen) lleve a cabo su mandato de contrainteligencia e intensifique
la cooperación con las autoridades nacionales; pide a las autoridades de
inmigración que se muestren más vigilantes al examinar al personal de empresas
extranjeras, como TASS y COSCO, procedentes de países de alto riesgo, cuando
soliciten visados de trabajo; pide además a las autoridades de inmigración que
refuercen la cooperación para dificultar el viaje de agentes de inteligencia
extranjeros que utilizan identidades falsas;
109. Manifiesta su profunda preocupación por la
reciente investigación de The New York Times que acusaba al
Movimiento Imperial Ruso, un grupo supremacista, de haber organizado una
campaña para enviar cartas bomba a ciudadanos españoles prominentes a finales
de 2022, con la ayuda del GRU, el servicio de inteligencia militar ruso;
advierte sobre el riesgo de espionaje en aeropuertos franceses, como los de
Estrasburgo, Burdeos, Brest, Quimper y Toulouse, que han recurrido a la empresa
de equipos china Nuctech, vinculada con el régimen chino y su complejo
industrial militar, para el control de equipajes; subraya que Nuctech está
presente en veintiséis de los veintisiete Estados miembros de la Unión, y
recuerda que Lituania, los Estados Unidos y Canadá han vetado a la empresa en
su contratación pública;
110. Pide a los partidos políticos europeos que
desarrollen una respuesta fuerte frente a las campañas de discurso de odio y
acoso contra diputados al Parlamento; pide a la administración del Parlamento
que elabore un procedimiento institucionalizado aplicable cuando se produzcan
esas campañas contra representantes elegidos de la Unión; Disuasión, atribución y
contramedidas colectivas, incluidas sanciones 111. Celebra las sanciones a escala de la Unión y la
capacidad de los responsables políticos de la Unión para actuar con rapidez y
restringir temporalmente la radiodifusión de determinados canales de propaganda
tras la guerra de agresión injustificada e ilegal de Rusia contra Ucrania, y
resalta la necesidad de velar por que la aplicación de dichas sanciones sea
coherente y a que no se eludan; acoge con satisfacción el alineamiento de
determinados países candidatos y candidatos potenciales a la adhesión a la
Unión con estas medidas; pide a la Comisión que coopere más estrechamente con
los Estados miembros a la hora de imponer y aplicar las sanciones; celebra la
sentencia del Tribunal General de 27 de julio de 2022 en el asunto T-125/22 RT
France (31), en la que el Tribunal rechaza el
argumento de RT de que la prohibición de radiodifusión es ilegal y mantiene, en
consecuencia, la prohibición de difundir contenidos impuesta a RT France; pide
a la Comisión y al Consejo que incluyan la radiodifusión por satélite en los
paquetes de sanciones contra Rusia y a la «agencia de noticias» InfoRos afiliada
al GRU, según se afirma en su Resolución de mayo de 2022 (32) y que incluyan a todos los
propagandistas destacados del Kremlin en las listas de las personas sancionadas
de la Unión; lamenta que estos canales sigan pudiendo propagar sus narrativas
bajo seudónimos falsos o a través de otros canales en la Unión; condena
enérgicamente la apertura de una oficina de RT (anteriormente Russia Today) en
Belgrado y la puesta en marcha de su servicio de noticias en línea en serbio,
permitiendo así a este agente malintencionado propagar su desinformación en
toda la región; insta, en este contexto, a las autoridades serbias a que se
atengan a la Decisión del Consejo sobre la suspensión de las actividades de
radiodifusión de Sputnik y RT;
112. Acoge con satisfacción la propuesta de Directiva
por la que se definen las infracciones y sanciones penales por la vulneración
de las medidas restrictivas de la Unión (COM(2022)0684) y pide a la Comisión
que evalúe la posibilidad de que la Fiscalía Europea se encargue de velar por
la investigación y el enjuiciamiento coherentes y uniformes de dichos delitos
en toda la Unión; pide que se asignen más recursos al Intcen para ayudar a informar
y hacer cumplir las sanciones de la Unión, así como para mejorar el intercambio
de información forense y coordinar más eficazmente la política de atribución;
113. Manifiesta su preocupación por el aumento de la
manipulación de los sistemas de identificación automática (SIA) para alterar
los datos del GPS y manipular la posición de buques, lo que permite a
determinados agentes eludir las sanciones; pide a la Comisión que imponga
protocolos de seguridad de los SIA más estrictos y pide la inclusión de la
tecnología de falsificación de SIA dentro del régimen de control de las
exportaciones de doble uso de la Unión;
114. Reitera su petición de que se impongan costes a
los autores de injerencias extranjeras sobre la base de una sólida capacidad de
atribución; toma nota de la reflexión en curso sobre la base de las
Conclusiones del Consejo de junio de 2022 para la preparación de una caja de
herramientas que complemente el conjunto de instrumentos de la Unión contra las
amenazas híbridas y el conjunto de ciberinstrumentos, destinada específicamente
a las actividades de manipulación de información e injerencia por parte de
agentes extranjeros; observa que la introducción de la caja de herramientas
para las actividades de manipulación de información e injerencia por parte de
agentes extranjeros se esperaba para el otoño de 2022; cree firmemente que esta
caja de herramientas debe incluir un régimen de sanciones específico para las
actividades de manipulación de información e injerencia por parte de agentes extranjeros
y medidas para reforzar la capacidad de atribución de las instituciones
europeas y los Gobiernos nacionales; señala que estas medidas deben incluir
directrices para las sanciones nacionales contra las actividades de
manipulación de información e injerencia por parte de agentes extranjeros y ser
aplicadas por los Estados miembros de manera coordinada; pide a los Estados
miembros que debatan sobre la posibilidad de votar por mayoría cualificada al
sancionar a Estados de alto riesgo; observa que el valor añadido del conjunto
de instrumentos contra las amenazas híbridas y del conjunto de instrumentos
contra la manipulación de información y la injerencia por parte de agentes
extranjeros, respecto al conjunto de ciberinstrumentos, radicará en el acuerdo
de normas de comportamiento estatal responsable que ofrezcan una interpretación
mejorada de qué constituye una violación de los principios del Derecho
internacional, como la soberanía y la no injerencia en los asuntos interiores
de un Estado miembro;
115. Reitera la importancia de la capacidad de la
Unión para defenderse a sí misma frente a los ataques de desinformación y para
contrarrestar la injerencia extranjera; pide, a este respecto, una financiación
suficiente y que se aborden las posibles lagunas legislativas y de inversión;
pide a los Estados miembros que actualicen, en caso necesario, sus marcos
jurídicos para introducir una base jurídica que sancione las injerencias
extranjeras de países de alto riesgo; acoge con satisfacción la introducción de
esta base jurídica en el proyecto de Código Penal belga, que permitirá una
mejor protección de las instituciones europeas en su territorio;
116. Pide a los Estados miembros y a la Comisión que
consideren cómo contrarrestar la desinformación procedente de agentes
individuales dentro de la Unión, como influentes en las redes sociales,
políticos que promueven la desinformación en nombre de Estados de alto riesgo,
etc.; resalta la posible necesidad de desarrollar un régimen de sanciones
contra autores de manipulación de información e injerencias extranjeras dentro
de la Unión; Vecindad, cooperación
mundial y multilateralismo 117. Manifiesta su preocupación por los intentos de
Rusia, que han encontrado eco en otros canales de comunicación, entre ellos
medios de comunicación chinos y Al Jazeera, de manipular el discurso en torno a
la seguridad alimentaria y energética mundial, culpando a Occidente de la
elevación de los precios de los alimentos debido a sus sanciones a Rusia; hace
hincapié en que esas narrativas manipuladas han cobrado un impulso
considerable, principalmente en el hemisferio Sur y en algunos países
candidatos y candidatos potenciales; recuerda que Rusia es la única responsable
de la alteración de la producción y el comercio agrícolas de Ucrania como
resultado de su guerra de agresión contra este país; pide, por lo tanto, al
SEAE que adopte medidas adicionales para contrarrestar la difusión de
narrativas manipuladas en el hemisferio Sur, propagadas por Rusia y China,
entre otras cosas reforzando los instrumentos y recursos de su división
StratCom y de sus misiones y operaciones de la PCSD o la PESC, y mediante una
mayor cooperación y coordinación con los Estados Unidos y otros socios afines;
considera que la Unión debe colaborar estrechamente con Ucrania para
contrarrestar las narrativas manipuladas procedentes de Rusia; pide, por lo
tanto, a las instituciones de la Unión que presten apoyo a la labor diplomática
de Ucrania en el Sur Global; pide una cooperación más estrecha con las
organizaciones regionales del Sur Global, como la Unión Africana y la ASEAN,
para intercambiar buenas prácticas en la lucha contra la manipulación de
información e injerencia por parte de agentes extranjeros;
118. Recuerda que muchas campañas de manipulación de
información y propaganda de patrocinio estatal se dirigen contra países que
toman decisiones estratégicas sobre sus procesos de reforma democrática y su
orientación proeuropea; destaca la importancia de una comunicación proactiva,
eficaz y transparente, y pide una cooperación más estrecha en materia de
comunicación estratégica con las organizaciones y países socios, para
contrarrestar la manipulación de información e injerencia por parte de agentes
extranjeros en los países candidatos y en zonas importantes desde el punto de
vista estratégico, como los Balcanes Occidentales y los países de la Asociación
Oriental; considera que la Unión debe colaborar más con los Estados Unidos en
relación con los países vecinos con el fin de construir sociedades democráticas
resilientes; recuerda que la estabilidad de estos países es una cuestión de paz
y seguridad;
119. Pide, por lo tanto, medidas estratégicas y
proactivas para contrarrestar las amenazas híbridas y evitar las injerencias de
terceros países en los procesos políticos y electorales y otros procesos
democráticos de los países candidatos a la adhesión; pide que se realicen
esfuerzos para aumentar la resiliencia de estos países frente a las campañas de
manipulación de información e injerencia por parte de agentes extranjeros y
animar a los países candidatos y candidatos potenciales a que adopten medidas
decisivas para hacer frente a la desinformación manipuladora, la propaganda
malintencionada y otras amenazas híbridas;
120. Lamenta la falta de progresos en el proceso de ampliación
en los Balcanes Occidentales y su lento ritmo, lo que ha dado lugar a una caída
del apoyo a la Unión y a la frustración entre la población de la región;
condena la continuación de los intentos rusos por ejercer influencia en los
Balcanes Occidentales, lo que debe entenderse como parte de una estrategia más
amplia para promover el autoritarismo en Europa; observa, además, que el
mensaje prorruso se está difundiendo a través de medios de comunicación de
propiedad serbia y húngara en los Balcanes Occidentales; manifiesta su
preocupación por las recientes conclusiones de que Serbia es el país más
vulnerable a la influencia extranjera malintencionada en los Balcanes
Occidentales, en particular de Rusia y China, y por el hecho de que Serbia aún
no haya aplicado sanciones contra Rusia y no se haya alineado con la política
exterior de la Unión;
121. Pide a la Comisión que, en su futura evaluación
del RGPD, aclare si este Reglamento afecta al intercambio de información para
luchar contra la manipulación de la información entre agentes públicos,
privados y académicos en la Unión y en cooperación con socios afines, y que
aclare asimismo de qué manera lo hace;
122. Cree que la estrategia Global Gateway será una
importante herramienta política para intensificar el compromiso positivo y las
relaciones de la Unión con socios del Sur Global y para responder a la
influencia china a través de su iniciativa de la Franja y la Ruta, así como de
otros países no pertenecientes a la Unión, como Rusia e Irán, así como generar
confianza en otros países de fuera de la Unión e impulsar la confianza en los
países candidatos para reforzar la imagen de la Unión frente a Rusia y China;
considera que esto debe abordarse como un proyecto geopolítico que realice
inversiones estratégicas sobre la base de las necesidades de Europa para la
transición digital y ecológica, a través de una estrecha conexión con la Ley de
Materias Primas Fundamentales y la Ley de Chips, y pide a la Comisión que
aclare las prioridades de la iniciativa Global Gateway; considera de suma
importancia actuar como «Equipo Europa» al aplicar la estrategia, garantizar un
control democrático adecuado, la plena participación del Parlamento y una
acción coordinada entre las instituciones de la Unión y los Estados miembros y
con el sector privado europeo; pide a la Comisión y al SEAE que mantengan una
estrecha cooperación y coordinación con otras iniciativas de conectividad en
las que intervengan socios afines, como los Estados Unidos, Japón, Corea del
Sur y Taiwán, para garantizar la salvaguardia de los derechos fundamentales;
123. Apoya firmemente la labor realizada por la
División de Comunicación Estratégica, Grupos Especiales y Análisis de la
Información del SEAE y sus grupos especiales geográficos; considera que debe
prestarse más atención a definir el panorama de las amenazas en el contexto de
los agentes relacionados con las autoridades chinas, así como en la vecindad
oriental y meridional de la Unión y en zonas más alejadas; acoge con
satisfacción, en este contexto, el trabajo del SEAE para mejorar las
capacidades de las delegaciones de la Unión y de las misiones y operaciones de
la PCSD para responder a la manipulación de información e injerencia por parte
de agentes extranjeros, en estrecha cooperación con los socios internacionales;
cree, no obstante, que se deben asignar más recursos para reforzar su trabajo,
tanto en la sede del SEAE como sobre el terreno; pide un mayor desarrollo de
capacidades, incluida formación adaptada para el personal de la PCSD, un refuerzo
del intercambio de conocimientos y la coordinación con otras misiones,
operaciones y delegaciones de la Unión, una mejor colaboración con los medios
de comunicación y la sociedad locales y una comunicación proactiva y reactiva
en las lenguas locales;
124. Celebra los mecanismos de cooperación
establecidos con los Estados Unidos, así como la cooperación en curso entre la
Unión y los Estados Unidos en el marco del Consejo de Comercio y Tecnología
(CCT); observa con interés la Declaración conjunta que siguió a la reunión del
CCT del 5 de diciembre de 2022, en la que se afirma en particular que el grupo
de trabajo 5 (Gobernanza de datos y plataformas tecnológicas) y el grupo de
trabajo 6 (Uso indebido de la tecnología que representa una amenaza para la seguridad
y los derechos humanos) se están coordinando para comprender y abordar la
difusión de información manipulada e injerencias rusas, en especial en el
contexto de la agresión de Rusia contra Ucrania, y su repercusión en países de
fuera de la Unión, en particular de África y América Latina; celebra el
compromiso de la Comisión de informar periódicamente al Parlamento del trabajo
del CCT, y pide que se prosigan los esfuerzos por abordar los desafíos comunes
en estos ámbitos; pide, además, a la Comisión y al SEAE que intensifiquen el
trabajo con los Estados Unidos en materia de intercambio de mejores prácticas y
conocimientos operativos, así como de desarrollo de definiciones y enfoques
comunes;
125. Considera que iniciativas como el CCT y el
Mecanismo de Respuesta Rápida del G7 constituirán importantes plataformas de
cooperación entre socios afines para el desarrollo de herramientas y el
intercambio de mejores prácticas para luchar contra la manipulación de
información e injerencia por parte de agentes extranjeros; pide a la Unión que
lidere esas iniciativas de cooperación a fin de asegurarse de que se elaboren
unas normas mundiales acordes con los valores europeos; pide a la Comisión y al
SEAE que incluyan regularmente al Parlamento, a través de su administración, en
los debates con socios afines y que determinen los ámbitos en los que el apoyo
del Parlamento podría aportar valor añadido al proceso; pide una
intensificación de la cooperación con socios democráticos, como los Estados
Unidos, y la promoción de la cooperación académica con el fin de evitar que
China domine la inteligencia artificial (IA);
126. Pide un contacto directo y reforzado entre las
comisiones parlamentarias especializadas en relaciones transatlánticas a través
del Diálogo Transatlántico de Legisladores;
127. Acoge con satisfacción el Código de conducta
mundial de las Naciones Unidas; insta al SEAE a que siga participando
estrechamente en el proceso y a que convenza a otros Estados miembros de las
Naciones Unidas de la importancia de una conciencia común sobre los retos
mundiales y la necesidad de una intensa cooperación; cree que el Código no solo
debe centrarse en las plataformas, sino también contemplar otros agentes
estatales y no estatales; pide a las plataformas que asignen más recursos y
capacidades al seguimiento de los contenidos nocivos en lenguas o dialectos
locales; pide a las plataformas que incluyan enfoques para mitigar los riesgos
de la IA y otras tecnologías; reitera la necesidad de salvaguardar los derechos
fundamentales en el Código; considera que un cambio en el Derecho internacional
es extremadamente difícil de hacer, por lo que propone que la Unión trabaje en
estrecha cooperación con los socios afines para desarrollar respuestas
internacionales a la manipulación de información e injerencia por parte de
agentes extranjeros;
128. Manifiesta su preocupación por la salvaguarda de
los derechos fundamentales en el proceso de redacción de una convención
internacional sobre ciberdelincuencia en el marco de las Naciones Unidas; pide
a la Comisión y al SEAE que garanticen la defensa de las normas, los derechos y
los valores europeos en el proceso, entre otras vías promoviendo el Convenio de
Budapest como norma mundial; recuerda el peligro de que los procesos de lucha
contra la desinformación se utilicen como pretexto para reprimir la libertad de
los medios de comunicación;
129. Recuerda que todos los esfuerzos para luchar
contra las injerencias extranjeras deben hacer todo lo posible para respetar a
las OSC, las sentencias vigentes del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el
Tribunal de Justicia Europeo, así como la Carta de los Derechos Fundamentales
de la Unión Europea, y no deben utilizarse de manera abusiva para justificar y
legitimar políticas restrictivas, una preocupación que también se extiende a
los Estados miembros; pide una aplicación más rigurosa de los criterios para
suspender o revocar acuerdos con países no pertenecientes a la Unión, como en
el caso de las violaciones de derechos humanos, ya que la actual aplicación de
esos criterios expone a la Unión a injerencias extranjeras;
130. Condena los intentos de empresas militares
privadas, como el grupo Wagner y otros grupos armados, milicias y agentes
subsidiarios, como los «kadirovitas» y los Lobos Nocturnos, de influir en los
procesos democráticos de varios países en todo el mundo; condena los recientes
mensajes de amenaza y de intimidación enviados al Parlamento Europeo por el
grupo Wagner; pide al Consejo y a los Estados miembros que incluyan las
empresas militares privadas rusas en la lista de terroristas de la Unión; pide
al SEAE que cree una iniciativa con socios afines para combatir los grupos no
estatales malintencionados, como el grupo Wagner; hace hincapié en que los
conjuntos de herramientas de la Unión existentes deben incluir respuestas,
tales como sanciones, a la financiación o la cooperación de Estados no
pertenecientes a la Unión con empresas militares privadas en regiones
vulnerables;
131. Resalta la importancia de una cooperación
estrecha y constante con los países de la Asociación Oriental, en particular
Ucrania y otros países candidatos, para el fortalecimiento de la resiliencia y
la lucha contra los ataques híbridos; considera que esta posible cooperación en
materia de información podría adoptar un «formato Ramstein» análogo al del
Grupo de Contacto para la Defensa de Ucrania y reunir a expertos en medios de
comunicación de Ucrania, la Unión y otros países para analizar las lecciones
aprendidas sobre la resiliencia de Ucrania frente a la guerra informativa rusa
y desarrollar operaciones conjuntas; anima a la Unión y a sus Estados miembros
a que, además, intensifiquen la cooperación con Taiwán en la lucha contra las
campañas de desinformación y las operaciones de injerencia;
132. Pide a la Comisión y al SEAE que intensifiquen la
cooperación con otros socios afines para el desarrollo de mecanismos tendentes
a combatir la injerencia en elecciones, por ejemplo con las autoridades
electorales de Taiwán, Canadá, Australia y Brasil; pide una mayor cooperación
con la OTAN para el fortalecimiento de la resiliencia en los Estados miembros
de la Unión y la OTAN; pide a las delegaciones de la Unión y a las embajadas de
los Estados miembros en terceros países que supervisen y cataloguen
constantemente las técnicas y los agentes de la desinformación en los
respectivos países en los que tienen su sede, para lo que deben obtener los
recursos necesarios, y que ayuden a los países socios a desarrollar y
fortalecer sus infraestructuras electorales críticas, y establezcan normas
ambiciosas que ofrezcan una interpretación reforzada del Derecho internacional
existente; considera necesario llevar a cabo formaciones actualizadas para
funcionarios y diplomáticos de la Unión en materia de manipulación de
información e injerencia por parte de agentes extranjeros;
133. Reitera su recomendación de establecer centros
regionales de comunicación estratégica fuera de la Unión, puestos en marcha por
el SEAE y con suficiente financiación; cree que estos centros multilingües
deben reforzar la voz de la Unión en las regiones prioritarias (es decir, los
Balcanes Occidentales, la región indopacífica, la región de Oriente Próximo y
África del Norte, América Latina y África Occidental y Oriental), mejorar su
comunicación con los medios de comunicación regionales y refutar la
manipulación de la información y las campañas de desinformación de patrocinio
extranjero dirigidas contra valores e intereses de la Unión; subraya que las
actividades de los centros también deben prestar apoyo a las delegaciones de la
Unión y las misiones diplomáticas de los Estados miembros, ofrecer sinergias
con los proveedores de servicios de medios de comunicación de la Unión
presentes en estas regiones y priorizar la colaboración con medios de
comunicación locales e influentes de opinión;
134. Pide al SEAE y a los Estados miembros que sigan
trabajando estrechamente con socios afines para el establecimiento de normas
comunes de comportamiento estatal responsable y definiciones comunes, y el
desarrollo de herramientas y legislación a fin de combatir la manipulación de
información e injerencia por parte de agentes extranjeros; pide al SEAE que
refuerce la cooperación multilateral y de múltiples partes interesadas con
países no pertenecientes a la Unión, la sociedad civil y la industria para
luchar contra la manipulación de información e injerencia por parte de agentes
extranjeros mediante asociaciones afines y diálogos y foros diplomáticos
internacionales, velando al tiempo por que se salvaguarden los derechos fundamentales
al elaborar los instrumentos para luchar contra esa manipulación e injerencia;
lamenta que algunos Estados miembros de la Unión todavía no hayan cubierto los
puestos vacantes para expertos nacionales del Centro de Excelencia para la
Lucha contra las Amenazas Híbridas; pide a los Estados miembros que nombren a
representantes y expertos nacionales para este Centro de Excelencia;
135. Resalta la importancia de la diplomacia y las
misiones parlamentarias para amplificar los esfuerzos de refutación de la Unión
y sus intereses estratégicos y comunicar de manera eficaz con los países no
pertenecientes a la Unión, en especial en África y la región de Oriente Próximo
y África del Norte; destaca el gran valor de las iniciativas adoptadas por el
Parlamento y sus servicios en apoyo de la democracia parlamentaria en países no
pertenecientes a la Unión mediante el refuerzo del funcionamiento democrático
de los Parlamentos, el diálogo y la mediación parlamentarios, la observación de
elecciones y la participación en debates con la sociedad civil;
136. Subraya el potencial de la Unión para contribuir
a establecer una comunidad mundial de verificadores de datos y unas normas de
calidad mundiales para la verificación de datos inspiradas en el Código europeo
de normas para organizaciones independientes de verificación de datos;
considera, además, necesario que la Unión apoye los esfuerzos de verificación
de datos en países candidatos;
137. Acoge con satisfacción el apoyo canalizado a
través de la Dotación Europea para la Democracia, pero cree que la Unión debe
adoptar más medidas para apoyar el periodismo independiente en zonas en las que
influyen agentes extranjeros malintencionados, como Rusia y China, y para
proporcionar apoyo estratégico y financiación estructural a las ONG locales,
las organizaciones de la sociedad civil, los verificadores de datos y los
medios de comunicación radicados fuera de la Unión, también en los países de
alto riesgo y en los países candidatos; reitera, por lo tanto, su petición de
que se cree un fondo europeo para medios de comunicación democráticos a fin de
apoyar el periodismo independiente en los países de la vecindad europea y los
países candidatos; observa que muchos periodistas ucranianos han llegado a la
Unión junto con un creciente número de refugiados de guerra y pide un apoyo
adaptado para el entorno mediático ucraniano, que se ha visto gravemente
perjudicado por la invasión rusa; pide al SEAE que incluya la dimensión
parlamentaria en sus iniciativas de divulgación y desarrollo de las capacidades
en los países socios para apoyar a las OSC y a los medios de comunicación
independientes;
138. Considera que la Unión se ha convertido en un
importante centro de noticias independientes de Rusia y Bielorrusia, ya que
estos países han erradicado los medios de comunicación independientes dentro de
sus territorios; considera que los medios de comunicación independientes pueden
contribuir a contrarrestar la desinformación difundida por el Kremlin y, a
largo plazo, a hacer de Rusia un país más democrático y en paz con sus vecinos;
pide, por lo tanto, a la Comisión que desarrolle un enfoque estructurado a
largo plazo que incluya el establecimiento de una política suficientemente
financiada que proporcione un apoyo básico a largo plazo a los medios de
comunicación independientes rusos y bielorrusos y al periodismo en el exilio;
139. Pide a la Comisión y al SEAE que abandonen su
enfoque neutral en cuanto a países y adopten un enfoque centrado en los Estados
de alto riesgo, y que no vacilen en identificar y nombrar en los foros
internacionales, como las Naciones Unidas, a los países que han intentado
llevar a cabo injerencias extranjeras, a fin de que otros países tomen
conciencia de los riesgos que entraña este problema; 140. Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al
Consejo y a la Comisión. |
(1) Textos Aprobados, P9_TA(2022)0070.
(2) Textos Aprobados, P9_TA(2023)0030.
(3) DO C 347 de 9.9.2022, p. 61.
(4) Textos Aprobados, P9_TA(2022)0406.
(5) DO C 347 de 9.9.2022, p. 2.
(6) Textos Aprobados, P9_TA(2022)0448.
(7) DO C 224 de 27.6.2018, p. 58.
(8) DO C 23 de 21.1.2021, p. 152.
(9) DO C 184 de 5.5.2022, p. 71.
(10) DO L 156 de 5.5.2021, p. 1.
(11) DO L 277 de 27.10.2022, p. 1.
(12) DO L 333 de 27.12.2022, p. 164.
(13) Textos Aprobados, P9_TA(2023)0027.
(14) DO L 207 de 11.6.2021, p. 1.
(15) Reglamento (UE) 2022/2065 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de octubre de 2022, relativo a un mercado único de servicios digitales y por el que se modifica la Directiva 2000/31/CE (Reglamento de Servicios Digitales) (DO L 277 de 27.10.2022, p. 1).
(16) Informe de análisis de impacto que acompaña al documento Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la seguridad de la información en las instituciones, órganos y organismos de la Unión (SWD(2022)0066). https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/PDF/?uri=CELEX:52022SC0066.
(17) Resumen del informe de la evaluación de impacto que acompaña a la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los requisitos horizontales de ciberseguridad para los productos con elementos digitales y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1020 (SWD(2022)0282).
(18) Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, y por la que se modifica el Reglamento (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, y se derogan la Directiva 2005/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 2006/70/CE de la Comisión (DO L 141 de 5.6.2015, p. 73).
(19) Discurso de la vicepresidenta Jourová sobre la defensa de los valores de la UE en tiempo de guerra.
(20) Propuesta de Directiva relativa a la protección de las personas que realizan actos de participación pública frente a las demandas judiciales manifiestamente infundadas o abusivas («demandas estratégicas contra la participación pública») (COM(2022)0177).
(21) Propuesta de Reglamento por el que se establece un marco común para los servicios de medios de comunicación en el mercado interior (Ley Europea de Libertad de los Medios de Comunicación) y se modifica la Directiva 2010/13/UE (COM(2022)0457).
(22) Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (DO L 119 de 4.5.2016, p. 1).
(23) Reglamento (UE) 2019/452 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2019, por el que se establece un marco para el control de las inversiones extranjeras directas en la Unión (DO L 79 I de 21.3.2019, p. 1).
(24) Propuesta de Reglamento por el que se establece un marco para garantizar el suministro seguro y sostenible de materias primas fundamentales y se modifican los Reglamentos (UE) 168/2013, (UE) 2018/858, (UE) 2018/1724 y (UE) 2019/1020 (COM(2023)0160).
(25) Propuesta de Reglamento por el que se establece un marco de medidas para reforzar el ecosistema europeo de semiconductores (Ley de Chips) (COM(2022)0046).
(26) Sentencia de 22 de noviembre de 2022, Luxembourg Business Registers, C-37/20, ECLI:EU:C:2022:912.
(27) Directiva (UE) 2018/843 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva (UE) 2015/849 relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo, y por la que se modifican las Directivas 2009/138/CE y 2013/36/UE (DO L 156 de 19.6.2018, p. 43).
(28) Acuerdo Interinstitucional, de 20 de mayo de 2021, entre el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea sobre un Registro de transparencia obligatorio (DO L 207 de 11.6.2021, p. 1).
(29) Decisión (PESC) 2022/884 del Consejo de 3 de junio de 2022 por la que se modifica la Decisión 2014/512/PESC relativa a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (DO L 153 de 3.6.2022, p. 128).
(30) Estudio titulado «How to Do Trusted Research: China-Specific Guidelines for European Stakeholders» (Cómo hacer una investigación de confianza: orientaciones específicas sobre China para partes interesadas europeas), publicado en septiembre de 2022.
(31) Sentencia de 27 de julio de 2022, RT France/Consejo, T-125/22, ECLI:EU:T:2022:483.
(32) Resolución del Parlamento Europeo, de 19 de mayo de 2022, sobre las consecuencias sociales y económicas para la Unión de la guerra librada por Rusia en Ucrania: refuerzo de la capacidad de actuación de la Unión (DO C 479 de 16.12.2022, p. 75).
ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2023/1226/oj
ISSN 1977-0928 (electronic edition)
No hay comentarios:
Publicar un comentario