lunes, 24 de abril de 2023

COMUNICACION CONJUNTA RELATIVA A LA AGENDA DE LA UNION EUROPEA SOBRE LA GOBERNANZA INTERNACIONAL DE LOS OCEANOS. - DICTAMEN DEL COMITE ECONOMICO Y SOCIAL EUROPEO.

Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho
Universidad de Montpellier I Francia.

cferreyros@hotmail.com

Resumen

El 21 de abril de 2023, el Diario Oficial de la Unión Europea publicó el Dictamen del Comité Económico y Social Europeo (CESE) sobre la «Agenda de la Unión Europea sobre la Gobernanza Internacional de los Océanos».

Entre sus Conclusiones y Recomendaciones, el CESE acoge con satisfacción la designación de zonas marinas protegidas, apoya la consecución de la neutralidad en carbono y el desplazamiento sostenible de buques. Asi mismo, apoya el papel de la Unión Europea como actor legislativo y su función de refuerzo de redes y asociaciones a escala mundial, abordando el papel de la investigación y la innovación.

Recibe satisfactoriamente el enfoque de «tolerancia cero» con la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada y las capturas accesorias, y anima a la UE a apoyar a los operadores para lograr la conservación y gestión sostenibles de la pesca industrial y artesanal sostenible de bajo impacto, la acuicultura y alguicultura para garantizar la sostenibilidad medioambiental, social y económica de las regiones.

Cuanto a la minería en aguas profundas ésta necesita aún resultados científicos sólidos para evaluar su impacto a largo plazo en el medio ambiente. El CESE acoge favorablemente la adopción por parte de la Comisión del enfoque preventivo y pide que la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos conceda moratorias respecto de las concesiones de licencias de minería.

A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesadas en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico : cferreyros@hotmail.com

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Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Establecer el rumbo para un planeta azul sostenible. Comunicación Conjunta relativa a la Agenda de la UE de Gobernanza Internacional de los Océanos»

[ÚNETE (2022) 28 final]

(2023/C 140/11)

Poniente:

Stefano PALMIERI

Consulta

Comisión Europea, 25.11.2022

Base juridica

Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Decisión de la Asamblea

15.6.2022

Sección competente

Sección de Relaciones Exteriores

Aprobado en sección

20.12.2022

Aprobacion en pleno

24.1.2023

Pleno n. o

575

Resultado de la votación

(un favor/en contra/abstenciones)

184/0/1

1.    Conclusiones y recomendaciones

1.1. La gobernanza de los océanos no debe preferir simplemente una «cuestión del mar». El medio marino constituye un sistema complejo en cuanto a los sectores, la legislación, las partes vinculadas a diferentes escalas (local, regional y mundial) y sus dimensiones. Está interrelacionado con actividades, políticas y acciones en tierra y exige que las decisiones estén respaldadas por conocimientos con un enfoque transdisciplinario integrado y diplomacia científica. El Comité Económico y Social Europeo (CESE) valora positivamente la propuesta de crear un Grupo Intergubernamental de Expertos sobre Sostenibilidad Oceánica.

1.2. El CESE acoge con satisfacción la designación de zonas marinas protegidas, apoya la consecución de la neutralidad en carbono y el desplazamiento sostenible de buques.

1.3. Las decisiones y las necesidades necesitan coherencia entre las diferentes políticas y acuerdos, con una evaluación transparente de su viabilidad en relación con su impacto. El CESE apoya el papel de la Unión Europea (UE) como actor legislativo y su función de refuerzo de redes y asociaciones a escala mundial, abordando el papel de la investigación y la innovación.

1.4. El CESE pide que se adopten medidas desincentivadoras de carácter económico ante la utilización de pabellones de conveniencia (por ejemplo, la creación de un fondo específico constituido mediante fianzas para el desguace de buques) y propone ampliar el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono, de Modo que incluye el gran número de contaminantes que conservan el ecosistema marino.

1.5. El CESE acoge con satisfacción el enfoque de «tolerancia cero» con la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) y las capturas accesorios, y anima a la UE a apoyar a los operadores honrados para lograr la conservación y gestión sostenibles de la pesca. El CESE pide a la Comisión que apoye la pesca industrial y artesanal sostenible de bajo impacto, y la acuicultura y alguicultura de «impacto cero» para garantizar la sostenibilidad medioambiental, social y económica de las regiones.

1.6. La minería en aguas profundas aún necesita resultados científicos sólidos para evaluar su impacto a largo plazo en el medio ambiente. El CESE acoge favorablemente la adopción por parte de la Comisión del enfoque preventivo y pide que la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos conceda moratorias respecto de las concesiones de licencias de minería. El CESE pide la creación de paneles de científicos internacionales independientes que respalden con conocimientos las decisiones y las intervenciones.

1.7. Los efectos de la munición sin explotar, los contaminantes emergentes y las catástrofes naturales pueden transformar el uso del espacio marítimo y las situaciones económicas y geopolíticas que conlleva. El CESE acoge con satisfacción los esfuerzos de la Comisión por abordar estos retos.

1.8. La seguridad y la protección en el mar son fundamentales. Es necesario un relevo capacidades generacionales de y tecnologías, acompañado de unas condiciones de vida y de trabajo dignas. El CESE también pide a los Estados miembros que ratifiquen el Convenio n. o 188/2007 ( 1 ) de la Organización Internacional del Trabajo y que garantiza una transposición eficaz del mismo a sus respectivas legislaciones ( 2 ) . El CESE acoge favorablemente la Directiva (UE) 2017/159 del Consejo ( 3 )y pide que se amplíe el ámbito de aplicación del procedimiento de transposición para mejorar las condiciones de vida y de trabajo y proteger la salud y la seguridad de los trabajadores del sector de la pesca marítima.

1.9. El CESE reitera la importancia de que las regiones ultraperiféricas ( 4 ) , por sus características geográficas, asuman un papel clave en el marco de la gobernanza de los océanos, algo que se define en el documento COM(2022) 198 final ( 5 ) pero no se menciona en absoluto en el documento JOIN(2022) 28 final.

1.10. En aras de una gobernanza internacional de los océanos nueva y reforzada, promovida por la UE, el CESE aboga por la participación transparente y efectiva de las distintas partes encontradas en todas las fases de este proceso, desde la consulta y el diseño conjunto de los planes hasta su aplicación y evaluación final, para el desarrollo de un apoyo a las políticas basadas en el conocimiento, así como para su comunicación y difusión. Podrían adoptarse nuevas formas de estructuras organizativas para hacer frente a la complejidad de los retos.

1.11. El CESE pide que se difunda ampliamente el conocimiento del Derecho del mar entre los ciudadanos de la UE. Se necesita una legislación internacional que regule diferentes límites de competencia (fronteras marítimas, zonas económicas, la protección de los recursos marinos, la definición de «puerto seguro», etc.) y, en particular, que aclare las obligaciones internacionales en materia de auxilio y salvamento marítimo, y que codifique los conceptos de «peligro» y «métodos de búsqueda y salvamento» ( 6 ) . El CESE pide que esta normativa se aplique adecuadamente y reafirme el principio fundamental de que todo ser humano que se encuentre en una situación de peligro en el mar debe ser rescatado y trasladado a un puerto seguro sin que medie vacilación ni condición alguna.

1.12. Debido a la importancia geopolítica y medioambiental del Ártico, el CESE valora positivamente el compromiso de la UE de aplicar plenamente el Acuerdo para impedir la pesca no reglamentada en alta mar en el Océano Ártico central , los esfuerzos por designar zonas marinas protegidas (ZMP) en el mismo y la prohibicion de las actividades de extraccion de hidrocarburos ( 7 ) .

1.13. El CESE observa falta de ambición en las inversiones previstas destinadas a abordar los desafíos de la gobernanza de los océanos, por lo que pide que se crea un Fondo de los Océanos adecuado para apoyar la resolución de los problemas marítimos.

2. Observaciones generales sobre el marco de referencia

2.1. Uno de los principales desafíos para las cuestiones marinas y marítimas es la coherencia entre las acciones a distintos niveles (mundial, nacional, regional y local) y entre sectores. La presencia de muchas demandas que compiten entre sí puede poner en peligro las explosiones y reducir poderosa su repercusión.

2.2. La gobernanza de los océanos exige que las decisiones estén respaldadas por conocimientos. El impacto de los seres humanos en el medio marino no se limita a las actividades en el mar (minería, pesca, transporte), sino que incluye también acciones en tierra que producen contaminación a mayor escala (residuos, plaguicidas, antibióticos, fosfatos, plásticos , explosivos, etc.). Por lo tanto, es fundamental integrar los océanos no solo en el ODS 14, sino también en los objetivos que abordan la producción industrial y el comportamiento colectivo. Un ecosistema marino sano y productivo requiere un enfoque más integrado que incluye aspectos más allá de las cuestiones marinas y marítimas.

2.3. En los últimos años, al manifestarse una complejidad en muchos contextos, se han desarrollado nuevos modos de gobernanza , impulsados ​​principalmente por la ciencia del mercado y de las redes. Los sistemas complejos son difíciles de controlar y su dinámica no pueden predecirse fácilmente a largo plazo. Los océanos constituyen un sistema complejo en el que la enorme discrepancia de las normas entre zonas costeras y marinas y los conflictos a escala de los gobiernos nacionales y del sector privado parecen indicar que podría ser necesario adoptar una diplomacia científicarenovada para hacer frente a los desafíos. El CESE reconoce la necesidad de desarrollar herramientas de gestión adecuadas a los fines perseguidos e interfaces políticas como iniciativas para integrar las diferentes dimensiones interconectadas.

2.4. El CESE apoya el papel de la UE como actor legislativo y su de refuerzo de redes y asociaciones a escala mundial, abordando el papel de la función de la investigación y la innovación , aportando soluciones y orientaciones y promoviendo iniciativas específicas.

3. Evaluación de la Comunicación de la Comisión

Nos centraremos en los cuatro puntos de la propuesta: 1) Mejorar el marco de gobernanza internacional de los océanos; 2) Hacia la sostenibilidad de los océanos de aquí a 2030; 3) Garantizar la protección y la seguridad en el mar; 4) Desarrollo de conocimientos sobre los océanos .

3.1.Mejorar el marco de gobernanza internacional de los oceanos

3.1.1. El CESE valora positivamente el compromiso de la Comisión de apoyar las normas internacionales más estrictas en relación con la transparencia, la buena gobernanza y la inclusión de las partes visitadas en las organizaciones internacionales, como la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos y la Organización Mundial del Comercio (OMC).

3.1.2. El CESE reafirma el papel de la UE en el ámbito legislativo, también a través de la diplomacia científica y el refuerzo de redes y asociaciones a escala mundial. En particular, el Comité hace uso de la necesidad de aplicar un sistema de seguimiento y adopción de las medidas adecuadas. Se acoge con satisfacción la designación de zonas marinas protegidas (ZMP) y «Otras Medidas Efectivas de Conservación Basadas en Áreas» (OMEC), con un objetivo del 30 % para 2030, siempre que se reconozca su importancia para el funcionamiento del sistema oceánico y la adopción de explotación se basa en el análisis de la eficiencia y la eficacia de cada zona específica, teniendo en cuenta los costes, las responsabilidades, los plazos y el seguimiento.

3.1.3. El CESE señala que, a pesar de algunos avances tecnológicos en los últimos años, se ha informado de que los efectos a largo plazo de la explotación minera en aguas profundas siguen siendo visibles, y que el ecosistema aún está en proceso de recuperación en las zonas de extraccion desde hace muchas decadas ( 8 ). El CESE acoge favorablemente la adopción del enfoque preventivo y pide que la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos conceda moratorias respecto de las concesiones de licencias de minería. El CESE pide a la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos que crea un panel científico internacional independiente que incorpore decisiones políticas bien definidas un análisis basado en el conocimiento. El CESE también propone que se promuevan inversiones en investigación y desarrollo para encontrar soluciones alternativas a los materiales extraídos del fondo marino.

3.1.4. La pesca costera artesanal y la acuicultura son factores vitales para la supervivencia de muchas comunidades costeras y para la conservación de su patrimonio cultural. El sector pesquero, en general, y la pesca tradicional y artesanal, en particular, pagaron el precio más elevado por la crisis económica, razón por la cual este sector necesita actualmente una estrategia específica para recuperar una posición sólida en el mercado ( 9 ). El CESE pide adecuadamente para reforzar estas actividades, diversificar las fuentes de ingresos de las comunidades locales (por ejemplo, el turismo costero y las actividades recreativas acuáticas), apoyar la reorientación de las carreras profesionales, ayudar a las regiones locales económicamente deprimidas y contribuir a la sostenibilidad medioambiental ( 10 ) .

3.1.5. El CESE acoge con satisfacción el enfoque de «tolerancia cero» con la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada y anima a la UE a apoyar a los operadores honrados en la conservación y gestión sostenible de la pesca. El Comité reafirma el papel de la UE en los diálogos en materia de pesca con países no pertenecientes a la UE para promover el cumplimiento de las obligaciones internacionales. En este contexto, el CESE reconoce que los acuerdos de colaboración de pesca sostenible constituyen una contribución relevante para crear un marco sólido con una serie de países socios no pertenecientes a la UE.

3.1.6. El Ártico se enfrenta a cambios drásticos que pueden poner en riesgo el medio ambiente y el equilibrio geopolítico. El CESE valora positivamente el compromiso de la UE de aplicar completamente el Acuerdo para impedir la pesca no reglamentada en alta mar en el Océano Ártico central , los esfuerzos por designar ZMP en el mismo y la prohibición de las actividades de extracción de hidrocarburos ( 11 ) .

3.1.7. El CESE reconoce las dificultades para aplicar acciones en zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional , hace hincapié en la necesidad de garantizar la coherencia entre las diferentes asociaciones y acuerdos y apoya los esfuerzos de la UE en las negociaciones en curso sobre un Tratado de Alta Mar .

3.2.Hacia la sostenibilidad de los océanos de aquí a 2030

3.2.1. El CESE acoge con satisfacción los compromisos y los esfuerzos para lograr la neutralidad en carbono de aquí a 2050. La UE desempeña un papel importante en la Organización Marítima Internacional (OMI) en un proceso legislativo y operativo mundial destinado a descarbonizar el sector marítimo y pesquero .

3.2.2. El CESE reconoce el reto de luchar contra la contaminación marina. La interconexión de las diferentes fuentes de contaminación, incluidas las de origen terrestre, junto con la diversidad de las partes interesadas y los límites legislativos, hacen que el marco sea más complejo. El Comité subraya la necesidad de abordar la diversidad de contaminantes y promover eficazmente. El CESE subraya la necesidad de coherencia y de tener en cuenta aspectos más allá de la gobernanza de los océanos (por ejemplo, los abordados en la Estrategia «Contaminación Cero», la Estrategia sobre Biodiversidad y la Estrategia «De la Granja a la Mesa» ( 12 ) ) que tienen una fuerte repercusión en la contaminación marina ( 13 ).

3.2.3. La munición sin explotar incluye tanto explosivos convencionales como armas químicas arrojados al mar. Las amenazas innegables derivadas de la munición sin explotar en el mar han sido subestimadas en el pasado. El problema exige una estrategia urgente, ya que la demanda de espacio marino por parte de los sectores económicos está aumentando y la mayoría de las municiones se ven afectadas por la corrosión y la fuga de productos tóxicos, cancerígenos, mutágenos y teratogénicos. Las intervenciones de detección, seguimiento y mitigación son necesarias con conocimientos conjuntos y apoyo tecnológico europeos ( 14 ) .

3.2.4. El CESE valora positivamente los esfuerzos de la Comisión por reducir el impacto medioambiental de las municiones desechadas, y señala que los riesgos no se limitan a la munición sin explotar de las dos guerras mundiales, sino que también proceden de otros conflictos (por ejemplo, los de los Balcanes y el de Ucrania), y no se limitan a la posible toxicidad de las sustancias filtradas, sino también a la detonación accidental oa la autodetonación.

3.2.5. El CESE reconoce el impacto medioambiental de algunas artes de pesca en el ecosistema y señala que el coste de muchas de las soluciones propuestas es insostenible o que sus efectos son insignificantes en el plano mundial. El CESE pide que se introduzcan nuevas tecnologías o materiales para mitigar este problema, junto con medidas de compensación y campañas específicas para sensibilizar a los pescadores sobre las oportunidades que se presentan ( 15 ) .

3.2.6. La sobreexplotación de las poblaciones de peces y las capturas accesorios se consideran auténticos problemas a escala mundial. La actividad del sector pesquero afecta en gran medida a muchas especies, por lo que se considera justificado el temor de que esto suponga una amenaza para la sostenibilidad de algunas especies y ponga en riesgo el equilibrio de todo el ecosistema marino. Por otra parte, las actividades de los pescadores locales constituyen un aspecto importante de las culturas de los territorios y de la economía sostenible, requieren alimentos saludables a los ciudadanos en un proceso sostenible desde un punto de vista medioambiental, social y económico. La presión antropogénica sobre las poblaciones de peces puede reducirse mediante el fomento de una acuicultura de impacto cero(incluida la alguicultura).

3.2.6.1. Sobre la base de estos aspectos, el CESE pide:

a) controles y sanciones más estrictos para la pesca INDNR;

b) un control y una regulación del sector pesquero de modo que se acabe con la sobreexplotación de las poblaciones de peces y las capturas accesorios y se promueva la sostenibilidad efectiva de este sector;

c) la promoción y el apoyo a la acuicultura y alguicultura de impacto cero, incluidos los aspectos de la alimentación y el consumo de energía;

d) la concesión de una compensación económica a los trabajadores durante las fases de transición hacia una transformación de las tecnologías y los sistemas de producción.

3.2.7. El transporte marítimo representa más del 90 % de las mercancías comercializadas en el mundo, por lo que constituye la columna vertebral de la economía mundial. Los buques oceánicos pueden tener un impacto como fuente importante de contaminación también al final de su vida útil. Los armadores de países de renta alta a menudo ocultan la verdadera identidad de los buques registrándolos en paraísos fiscales, también para evitar las normas ambientales. En este contexto, los esfuerzos internacionales y regionales no han logrado eliminar estos comportamientos ( 16 ) . Los pabellones de conveniencia siguen utilizándose como último pabellón, incluso por parte de los países de la UE, para eludir las normas y ahorrar dinero. El CESE propone que se considere eldesguace de buques como una fuente importante de contaminación marina y pide a la UE que a) actúe para disponer de una normativa vinculante más estricta; b) lleve a cabo una actividad de seguimiento para evitar que se eludan las normas de protección del medio ambiente, yc) adopte medidas desincentivadoras de carácter económico ante la utilización de pabellones de conveniencia, por ejemplo la creación de un fondo específico constituido mediante fianzas — a lo largo de la vida útil de los buques—, con el fin de garantizar el respeto de las normas válidas de la UE en materia de medio ambiente y protección de la seguridad, también en aguas situadas más allá de la jurisdicción de la UE.

3.3.Garantizar la proteccion y la seguridad en el mar

3.3.1. El CESE felicita a la UE por reforzar su papel como proveedor de seguridad marítima dentro y fuera de sus fronteras. El CESE invita a la UE a identificar posibles zonas marítimas de interés , vistos los recientes acontecimientos geopolíticos, ya procederá en las prioridades emergentes.

3.3.2. El CESE acoge con satisfacción los esfuerzos de la UE por promover y aplicar toda medida destinada a aumentar la seguridad en el mar . El Comité invita a la UE a ampliar la lista de sectores con actividades en el mar que pueden poner en peligro el medio ambiente y la salud humana, entre ellos el turismo, el desguace y la construcción de buques, la energía y la acuicultura. El CESE también pide que se insista en la modernización de tecnologías (por ejemplo, la propulsión no contaminante) , espacios de trabajo y condiciones laborales en la diversidad de la logística que enmarca las actividades marinas y marítimas (por ejemplo, astilleros, puertos, embarcaciones , etc.).

3.3.3. El CESE recomienda que se garantice la coherencia reglamentaria entre las medidas relativas a la conservación de los ecosistemas marinos y las normas que rigen la seguridad y las condiciones de trabajo en el mar mediante evaluaciones de impacto sobre: ​​i) el empleo, ii) los salarios , iii) las tecnologías, iv) unas condiciones dignas de vida y trabajo yv) la formación de los trabajadores. También pide una mejor coordinación entre los distintos servicios de las administraciones públicas a todos los niveles, a efectos de la gestión integrada del espacio marino ( 17 ) .

3.3.4. El CESE pide a los Estados miembros que ratifiquen el Convenio n. o 188 de la Organización Internacional del Trabajo , poniendo a disposición los medios necesarios para su correcta transposición a las legislaciones nacionales y su aplicación. El CESE acoge favorablemente la Directiva (UE) 2017/159 del Consejo ( 18 ) y pide que se empiece a trabajar en la ampliación de su ámbito de aplicación para abarcar también los efectos acumulativos de los efectos a largo plazo en la salud humana. Además, señala la necesidad de que la UE adopte una legislación verdaderamente ambiciosa en materia de sostenibilidad empresarial y trabajo forzoso ( 19 ) .

3.3.5. El CESE considera esencial desarrollar principios generales y directrices prácticas para unos servicios justos relativos al trabajo en estos sectores, por ejemplo: a) orientaciones suficientes y adecuadas para los propietarios de buques pesqueros y los servicios (transfronterizos) relativos al mercado de trabajo; b) contratos estándar para los servicios (transfronterizos) relativos al mercado de trabajo en el sector pesquero; c) orientaciones suficientes y adecuadas para los pescadores que buscan empleo a bordo de buques pesqueros (extranjeros); yd) mecanismos de presentación de quejas ( 20 ) .

3.3.6. La necesidad de una amplia difusión del conocimiento del Derecho del mar y su aplicación efectiva son elementos vinculados al conocimiento de los mares y océanos ya la seguridad marítima. Se necesita una legislación internacional que regule diferentes límites de competencia (fronteras marítimas, zonas económicas, la protección de los recursos marinos, la definición de «puerto seguro», etc.) y, en particular, que aclare las obligaciones internacionales en materia de auxilio y salvamento marítimo, y que codifique los conceptos de «peligro» y «métodos de búsqueda y salvamento».

3.3.7. Las catástrofes naturales (inundaciones, tsunamis, fenómenos extremos) pueden afectar al medio marino y provocar riesgos indirectos para las actividades y la salud humana. El CESE subraya la necesidad de abordar las catástrofes naturales como posibles fuentes de riesgos para el medio ambiente y para las actividades en el mar en general.

3.4.Desarrollo de conocimientos sobre los oceanos

3.4.1. El CESE reconoce la complejidad del sistema oceánico por sus variables ambientales interconectadas y la diversidad de las partes interesadas, la legislación, las capacidades culturales y las locales. El CESE pide una participación efectiva y transparente de diferentes disciplinas y expertos (ciencia de datos, redes y complejidad, psicología, sociología, economía) en el desarrollo de un apoyo a las políticas basadas en el conocimiento (tal como se propone para el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre Sostenibilidad Oceánica — IPOS).

3.4.2. Los conocimientos y las prácticas demuestran la existencia de nuevos modos de gobernanzapara hacer frente a los retos que plantea la complejidad con estructuras autoorganizadoras, en las que se ha desarrollado con éxito la organización descentralizada. El CESE pide que las buenas y los modelos se extiendan al sector público ya todos los sectores de la economía azul, incluidos aquellos que puedan generar crecimiento y nuevos puestos de trabajo (por ejemplo, el turismo o el buceo). La reserva de fondos para una economía azul sostenible debe garantizar beneficios sociales y económicos para las generaciones presentes y futuras, restaurar y preservar la diversidad, la productividad, la resiliencia y el valor intrínseco de los ecosistemas marinos, y promover tecnologías limpias, fuentes de energía renovable y reciclado ( 21 ) .

3.4.3. La sociedad civil y las partes interesadas locales deberán participar en todas las fases del proceso, desde la consulta y el diseño conjunto de los planos hasta la aplicación y la evaluación final. El conocimiento de los océanos es fundamental para generar una transformación social hacia la sostenibilidad integrada del sistema. Las estructuras y procesos organizativos deben dar prioridad a la dimensión social y al apoyo científico a una sostenibilidad integrada, mejorando y financiando medidas para promover y apoyar el diálogo social, aumentar la seguridad, mejorar las condiciones de trabajo, crear puestos de trabajo de calidad, desarrollar las capacidades de los trabajadores y garantizar el «relevo generacional» ( 22 ) .

3.4.4. El CESE elogia la práctica de la UE de intercambiar datos marinos y observaciones oceánicas. Reconoce la importancia de los servicios marinos y su impacto en la economía, así como los costos de las infraestructuras marinas, que requieren ingentes inversiones de fondos nacionales. El Comité observa que la modelización de la complejidad del ecosistema marino sigue teniendo dificultades para comprender el ecosistema y su relación con las actividades humanas. El CESE pide a la UE que promueva la reutilización de los datos y el acceso abierto a los mismos, y que financie enfoques innovadores para reducir los costes de las observaciones y proporcione una evaluación eficaz del buen estado medioambiental ( 23 ) .

3.4.5. El CESE subraya la necesidad de adoptar una metodología científica para abordar la diplomacia científica y las negociaciones. El Comité pide que se creen cursos de formación para usuarios finales y directivos, también a nivel local, al objeto de lograr una sostenibilidad eficaz y la viabilidad de las acciones.

4. Cuestiones criticas

4.1. El concepto de gobernanza se asocia a una amplia variedad de fenómenos diferentes, desde procesos de toma de decisiones hasta instrumentos políticos. La amplitud del concepto de gobernanza puede haber contribuido a su enorme popularidad y, muy probablemente, a que se abuse de él. Los océanos no conocen límites políticos y también están vinculados al uso del suelo. Cada país no puede resolver solo los desafíos que se plantean, por lo que se requiere un enfoque transnacional con un reparto viable y eficaz de los esfuerzos y las responsabilidades, adoptando sistemas diseñados conjuntamente, planes de acción conjuntos e intervención que vinculan los esfuerzos locales a marcos regionales globales. No es posible adoptar un único modo de gobernanza que proporcione estructuras organizativas para diferentes dimensiones. En este contexto,

4.2. La continua demanda de espacio marino por parte de la economía está aumentando la complejidad del sistema oceánico en términos de variables ambientales interconectadas. La diversidad de las partes interesadas, la legislación, las culturas y las localidades forman parte integrante del diseño y la ejecución de medidas que pueden ser sostenibles en las dimensiones medioambiental, económica y social. El CESE aboga por la adopción transparente de una metodología científica que incluya diferentes disciplinas (ciencia de datos, redes y complejidad, psicología, sociología, economía, etc.) para el desarrollo de un apoyo a la gobernanza de los océanos basado en el conocimiento.

4.3. Una cuestión de vital importancia para el futuro de muchos sectores que realizan actividades en el mar es el «relevo generacional». Algunos aspectos que parecen lejanos de la gobernanza contribuyen indirectamente al éxito de una gestión eficaz de las actividades en el mar. Muchas iniciativas destinadas a facilitar la modernización de las tecnologías, la formación profesional y la mejora de las condiciones de trabajo son útiles, pero también necesitan medidas de acompañamiento y un rendimiento aceptable del capital invertido ( 24 ) .

4.4. Las actividades sostenibles siguen siendo el principal objetivo de una gobernanza fructífera de los océanos, y todos los sectores deben ser capaces de lograrlo. El CESE pide que se financien las medidas destinadas a mejorar la seguridad y las condiciones de trabajo, por ejemplo en los alrededores de la formación, los servicios de asesoramiento, la promoción del capital humano, el diálogo social, la salud y la seguridad. El CESE insta a los colegisladores a que den prioridad a la dimensión social en la adopción de estructuras y procesos organizativos (es decir, la gobernanza) mediante el refuerzo y la financiación de medidas para promover y apoyar el diálogo social, la seguridad, las condiciones de trabajo y las capacidades.

4.5. El CESE observa falta de ambición en las inversiones previstas destinadas a abordar los retos de la gobernanza de los océanos. La lucha contra las fuentes de contaminación, las intervenciones de mitigación y la gestión de las actividades en el mar en todos los sectores requieren esfuerzos financieros adecuados, acciones estructurales y la participación de la sociedad civil. El CESE valora positivamente los esfuerzos encaminados a reducir las emisiones de los gases de efecto invernadero ya incentivar las prácticas más eficientes y la innovación ( 25 ), lo que puede contribuir tanto a la ambición de descarbonizar el sector del transporte marítimo como a la creación de un Fondo de los Océanos que contribuye a la resolución de los retos marítimos. El CESE también pide que se amplíe el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono de modo que incluye aspectos ambientales y sociales.

4.6. Las regiones ultraperiféricas, por sus características geográficas, pueden desempeñar un papel fundamental para aprovechar todas las oportunidades en el ámbito de los océanos, los mares y los recursos marinos, oportunidades a las que hay que dar prioridad ya que albergan un gran potencial para impulsar las economías, crear puestos de trabajo de calidad y garantizar el bienestar de las personas ( 26 ). Por todo ello, el CESE considera que debe reforzarse el papel específico que las regiones ultraperiféricas pueden desempeñar en la puesta en práctica de la gobernanza de los océanos, en particular en lo que se refiere a: a) la misión «Restaurar nuestro océano y nuestras aguas de aquí a 2030»; b) la recopilación y el seguimiento de datos pesqueros; c) la lucha contra la pesca ilegal e indiscriminada y el apoyo a la pesca sostenible; yd) el intercambio de conocimientos sobre la ordenación del espacio marítimo ( 27 ) .

4.7. El conocimiento de los océanos ha contribuido a comunicar sobre los retos marinos y puede ayudar a promover soluciones. Los plásticos han recibido una atención considerable en los medios de comunicación y por parte de los políticos, pero son tan solo uno de los diversos retos para los mares y océanos. A menudo se ignoran los vínculos entre los desafíos marinos y el uso del suelo y el comportamiento de los consumidores. El CESE aboga por una comunicación más completa y transparente sobre los océanos, que también establece un vínculo entre la legislación y las explosiones tanto en el mar como en tierra. Se espera que esto allane el camino para la transformación de la producción industrial y la creación de nuevas tecnologías y puestos de trabajo más centrados en la sostenibilidad medioambiental.

4.8. La reciente guerra en Ucrania ha modificado la situación y ha surgido la atención política sobre emergencias imprevistas (suministro de energía, inflación). Los desafíos inesperados —como la seguridad de los gasoductos Nord Stream y las municiones desechadas en el mar Negro, así como la importancia estratégica geopolítica del Ártico— requieren esfuerzos adicionales para adoptar medidas conjuntas adecuadas. Pese a que la guerra también ha afectado al número de migrantes en la ruta de los Balcanes Occidentales, la presión sigue siendo elevada en las travesías por las rutas del Mediterráneo, lo que supone una sobrecarga para las capacidades de acogidas de algunos países de la UE y exponen a las personas al riesgo de incidentes. El CESE pide a la UE que redoble sus esfuerzos de financiación de iniciativas para apoyar la seguridad en el mar,

Bruselas, 24 de enero de 2023.

La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo

Christa SCHWENG

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( 1 )Convenio n. o 188/2007 de la OIT sobre el trabajo en la pesca.

( 2 )Actualmente 167 Estados no han ratificado el Convenio n. o 188, entre ellos diecinueve Estados miembros de UE entre los que se encuentran importantes países costeros, como Alemania, Chipre, España, Finlandia, Grecia, Irlanda, Italia, Letonia, Malta y Suecia.

( 3 )Directiva (UE) 2017/159 del Consejo, de 19 de diciembre de 2016, por la que se aplica el Acuerdo relativo a la aplicación del Convenio sobre el trabajo en la pesca de 2007 de la Organización Internacional del Trabajo, celebrado el 21 de mayo de 2012 entre la Confederación General de Cooperativas Agrarias de la Unión Europea (Cogeca), la Federación Europea de Trabajadores del Transporte (ETF) y la Asociación de las Organizaciones Nacionales de Empresas Pesqueras de la Unión Europea (Europêche) ( DO L 25 de 31.1.2017, pág. 12 ).

( 4 )Las nueve regiones ultraperiféricas (RUP) son islas, archipiélagos y un territorio continental (la Guayana Francesa). Están situados en el Atlántico Occidental, la cuenca del Caribe, la selva amazónica y el Océano Índico y son las siguientes: Guayana Francesa, Guadalupe, Martinica, San Martín, Reunión y Mayotte (Francia), Azores y Madeira (Portugal) y Canarias ( España).

( 5 )COM(2022)198 final: Dar prioridad a las personas, asegurar el crecimiento sostenible e inclusivo y liberar el potencial de las regiones ultraperiféricas de la UE.

( 6 )Convenio internacional sobre búsqueda y salvamento marítimo, de 29 de abril de 1979, Hamburgo (Alemania); Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 10 de diciembre de 1982, Montego Bay (Jamaica); Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, de 25 de mayo de 1980.

( 7 )Comunicación conjunta de la Comisión Europea y del Servicio Europeo de Acción Exterior [JOIN(2021) 27 final] — «Un compromiso más firme de la UE para un Ártico pacífico, sostenible y próspero».

( 8 )Véase https://www.jpi-oceans.eu/en/ecological-aspects-deep-sea-mining

( 9 )Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Dimensión social de la pesca» (dictamen exploratorio) ( DO C 14 de 15.1.2020, p. 67 ).

( 10 )https://oceans-and-fisheries.ec.europa.eu/publications/communication-commission-towards-strong-and-sustainable-eu-algae-sector_en

( 11 )Comunicación conjunta JOIN(2021) 27 final — «Un compromiso más firme de la UE para un Ártico pacífico, sostenible y próspero».

( 12 )Directiva 2005/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, relativa a la contaminación procedente de buques y la introducción de sanciones para las infracciones ( DO L 255 de 30.9.2005, p. 11 ); Directiva (UE) 2019/883 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, relativa a las instalaciones portuarias receptoras a efectos de la entrega de desechos generados por buques, por la que se modifica la Directiva 2010/65/UE y se deroga la Directiva 2000/59/CE ( DO L 151 de 7.6.2019, p. 116 ).

( 13 )Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales (2011); Principios rectores sobre las empresas y los derechos humanos (2011).

( 14 )Véase https://www.jpi-oceans.eu/en/munition-sea

( 15 )Véanse las Directrices voluntarias sobre el marcado de los artes de pesca de la FAO y los trabajos realizados por las organizaciones regionales de gestión de las actividades pesqueras y los convenios marítimos regionales.

( 16 )Véase Wan et al. : Política Marina , 2021.

( 17 )Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Dimensión social de la pesca» (dictamen exploratorio) ( DO C 14 de 15.1.2020, p. 67 ).

( 18 )Directiva (UE) 2017/159 del Consejo, de 19 de diciembre de 2016, por la que se aplica el Acuerdo relativo a la aplicación del Convenio sobre el trabajo en la pesca de 2007 de la Organización Internacional del Trabajo, celebrado el 21 de mayo de 2012 entre la Confederación General de Cooperativas Agrarias de la Unión Europea (Cogeca), la Federación Europea de Trabajadores del Transporte (ETF) y la Asociación de las Organizaciones Nacionales de Empresas Pesqueras de la Unión Europea (Europêche) ( DO L 25 de 31.1.2017, pág. 12 ).

( 19 )Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Dimensión social de la pesca» (dictamen exploratorio) ( DO C 14 de 15.1.2020, p. 67 ); Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad y por la que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937 [COM(2022) 71 final]; Propuesta de Reglamento de la Comisión Europea por el que se prohíben en el mercado de la Unión los productos realizados con trabajo forzoso [COM(2022) 453 final].

( 20 )Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Dimensión social de la pesca» (dictamen exploratorio) ( DO C 14 de 15.1.2020, p. 67 ).

( 21 )Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca y por el que se deroga el Reglamento (UE) n. o 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo [COM(2018) 390 final — 2018/0210 (COD)] ( DO C 110 de 22.3.2019, p. 104 ).

( 22 )Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca y por el que se deroga el Reglamento (UE) n. o 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo [COM(2018) 390 final — 2018/0210 (COD)] ( DO C 110 de 22.3.2019, p. 104 ).

( 23 )https://jpi-oceans.eu/en/science-good-environmental-status

( 24 )Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Dimensión social de la pesca» (dictamen exploratorio) ( DO C 14 de 15.1.2020, p. 67 ).

( 25 ) Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica la Directiva 2003/87/CE, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Unión , la Decisión (UE) 2015/1814, relativa al establecimiento y funcionamiento de una reserva de estabilidad del mercado en el marco del régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Unión,y el Reglamento (UE) 2015/757 [COM(2021) 551 final — 2021/0211 (COD)] y sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Decisión (UE) 2015/1814 en lo relativo a la cantidad de derechos de emisión de gases de efecto invernadero que deben incorporarse a la reserva de estabilidad en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de la Unión hasta 2030 [COM(2021) 571 final — 2021/0202 ( contra reembolso)] (DO C 152 de 6.4.2022, p. 175 ); Dictamen del CDR sobre el tema «Hacer que el RCDE y el MAFC funcionen para las ciudades y regiones de la UE», ( DO C 301 de 5.8.2022, p. 116 ), y la Revisión del régimen de comercio de derechos de emisión (RCDE), aprobado por el Parlamento Europeo el 22.6.2022.

( 26 )Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Los beneficios que representan las regiones ultraperiféricas (RUP) para la UE» (dictamen exploratorio) ( DO C 194 de 12.5.2022, p. 44 ).

( 27 )COM(2022) 198 final.



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