martes, 5 de marzo de 2024

CRISIS CLIMÁTICA Y SUS EFECTOS EN LOS COLECTIVOS VULNERABLES – DICTAMEN DEL COMITÉ ECONOMICO Y SOCIAL EUROPEO.

  Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

 

cferreyros@hotmail.com

RESUMEN 

La principal   conclusión y recomendación del Dictamen del CESE, es que la crisis climática ha contribuido a una mayor frecuencia de fenómenos meteorológicos extremos que perjudican gravemente a las comunidades vulnerables de todo el mundo y hacen patente la necesidad acuciante de medidas de adaptación y refuerzo de la resiliencia comunitaria. Esta desastrosa tendencia se está extendiendo a nuevas regiones que no habían registrado antes fenómenos tan rápidos. Es necesario aplicar un enfoque colectivo e integrador, al tiempo que todas las partes interesadas asumen sus responsabilidades. Es preciso reforzar el repertorio de políticas y legislación e intensificar la aplicación de las medidas existentes. En consecuenca, reviste una importancia primordial el estudio de la interrelación entre las repercusiones del cambio climático, los colectivos vulnerables y las desigualdades sociales, así como la comprensión de cómo el cambio climático y la transición hacia la energía verde podrían exacerbar las injusticias sociales y medioambientales existentes, en concreto teniendo en cuenta la posibilidad de que las comunidades marginadas soporten una carga desmesurada por la crisis climática

 A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico: cferreyros@hotmail.com

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European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2024/1565

5.3.2024

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «La crisis climática y sus efectos en los colectivos vulnerables»

(Dictamen de iniciativa)

(C/2024/1565)

Ponente:

Ioannis VARDAKASTANIS

Decisión de la Asamblea

23.2.2023

Base jurídica

Artículo 52, apartado 2, del Reglamento interno

 

Dictamen de iniciativa

Sección competente

Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía

Aprobado en sección

21.11.2023

Aprobado en el pleno

13.12.2023

Pleno n.o

583

Resultado de la votación

(a favor/en contra/abstenciones)

152/00/04

1. Conclusiones y recomendaciones

       1.1. La crisis climática ya ha contribuido a una mayor frecuencia de fenómenos meteorológicos extremos, como tormentas, incendios forestales e inundaciones, que perjudican gravemente a las comunidades vulnerables de todo el mundo y hacen patente la necesidad acuciante de medidas de adaptación y refuerzo de la resiliencia comunitaria. Esta desastrosa tendencia se está extendiendo a nuevas regiones que no habían registrado antes fenómenos tan rápidos. Es necesario aplicar un enfoque colectivo e integrador, al tiempo que todas las partes interesadas asumen sus responsabilidades. Es preciso reforzar el repertorio de políticas y legislación e intensificar la aplicación de las medidas existentes.

 1.2. Si bien se espera que la crisis climática tenga efectos profundamente negativos en todos los países y clases sociales, son los colectivos vulnerables quienes pagarán un precio desmesurado. Las mujeres, los menores, las personas en situación de pobreza o desempleo, las minorías, los inmigrantes y las personas con discapacidad sufrirán enormemente las repercusiones de la crisis climática y pagarán un precio superior al promedio debido a los fracasos de las políticas a escala nacional, europea y mundial.

 1.3. Los colectivos vulnerables están menos preparados para afrontar los obstáculos que la crisis climática opondrá a su nivel de vida en los próximos años y disponen de menos recursos para mitigar el cambio climático y adaptarse a él. Por estos motivos, el ejercicio de sus derechos fundamentales corre un riesgo significativo.

 1.4. Es preciso destacar —en estrecha cooperación con los interlocutores sociales y las organizaciones de la sociedad civil— los aspectos sociales de la transición justa y prestar especial atención a sectores vitales como el turismo y la agricultura.

 1.5. Las cuestiones de justicia, equidad e inclusión son de vital importancia, ya que abrir paso a la era de la energía verde podría acentuar las desigualdades sociales y de ingresos existentes. Iniciativas como el Fondo Social para el Clima de la UE y el Fondo de adaptación al cambio climático (1) son bienvenidas y cruciales, pero deben complementarse con instrumentos adicionales para responder eficazmente a todos los desafíos y demandas de la transición. Es primordial velar por la infancia y las cuestiones de justicia intergeneracional.

 1.6. Ofrecer a los colectivos vulnerables oportunidades para adquirir capacidades valiosas para la economía ecológica es una tarea ingente y un paso esencial para prevenir la pobreza energética.

 1.7. Todo instrumento complementario para hacer frente a los retos y las exigencias de la transición energética reviste una importancia primordial. El Fondo de Cohesión, el Fondo de Transición Justa y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia también pueden contribuir a alcanzar el objetivo ya previsto de afrontar la pobreza energética, pero se necesitan urgentemente más medidas que permitan desarrollar una estrategia política y social global de la UE. La creciente incidencia de las catástrofes relacionadas con las crisis climáticas acentúa la necesidad de potenciar la capacidad de la UE para responder a todas estas emergencias de forma proactiva y no meramente reactiva. El Fondo de adaptación al cambio climático puede convertirse en una herramienta de suma relevancia a este respecto.

 1.8. Reviste una importancia primordial el estudio de la interrelación entre las repercusiones del cambio climático, los colectivos vulnerables y las desigualdades sociales, así como la comprensión de cómo el cambio climático y la transición hacia la energía verde podrían exacerbar las injusticias sociales y medioambientales existentes, en concreto teniendo en cuenta la posibilidad de que las comunidades marginadas soporten una carga desmesurada por la crisis climática. Buen ejemplo de esto sería la investigación de la exposición desproporcionada de las comunidades marginadas a la contaminación atmosférica y los efectos adversos en su salud física y mental de la presencia de instalaciones industriales en sus barrios. Las medidas de apoyo a los grupos vulnerables y a los hogares afectados deben basarse en una visión integral que incluya el uso de instrumentos de política social (2).

2. Observaciones generales

 2.1. Los fracasos de las políticas a escala nacional, europea y mundial, en lo que respecta a la crisis climática, afectan de manera desmesurada a los colectivos vulnerables: los retos que encaran a la hora de adaptarse al cambio climático y atenuar sus efectos son inmensos. El acceso de los colectivos vulnerables a los recursos disponibles para mitigar el cambio climático y adaptarse a él sigue siendo limitado. Cabe analizar la manera desproporcionada con que los fenómenos meteorológicos extremos afectan a las comunidades marginadas, por ejemplo las inundaciones en barrios de bajos ingresos que desembocan en personas desplazadas y en la pérdida de sus medios de subsistencia.

 2.2. La pobreza energética ya ha derivado en un importante problema social a raíz de la crisis del mercado de la energía provocada por la invasión rusa de Ucrania. Los retos sociales que plantea esta crisis causada por circunstancias estratégicas exigen medidas urgentes que los aborden y garanticen la igualdad social, en un contexto de aumento del coste de la vida por la crisis climática y la transición hacia la energía verde. A falta de dichas medidas, es probable que esta situación se convierta en una amenaza grave contra la igualdad social en Europa.

 2.3. Las mujeres, en particular en el Sur Global, se verán profundamente desfavorecidas por la crisis climática. En las regiones en las que las instalaciones de agua, saneamiento e higiene son insuficientes y las mujeres siguen estando a cargo del suministro de agua de sus hogares, la crisis del agua supondrá un lastre añadido más. Además, el acceso de las mujeres al empleo, la estabilidad de los ingresos, el nivel de vida y la seguridad laboral se verán obstaculizados aún más por la perturbación económica que la crisis climática puede causar.

 2.4. Es probable que los agricultores se enfrenten a retos sin precedentes, ya que la desertificación y otras amenazas que conlleva el estrés hídrico se extienden por el Mediterráneo y otras grandes regiones agrícolas de Europa, como son Europa Central y Oriental. La agricultura posiblemente se torne insostenible en grandes áreas del sur de Europa, donde la disminución de las precipitaciones y una gestión no sostenible del agua abocan a una escasez crítica de esta. Sigue sin haber datos suficientes sobre las consecuencias socioeconómicas de los cambios en los patrones de precipitación y del estrés térmico sobre el rendimiento de los cultivos y los medios de subsistencia.

 2.5. Se anticipa asimismo que las personas pobres de las zonas urbanas tengan enormes dificultades para adaptarse a las condiciones de la crisis climática. Al vivir en los barrios menos sostenibles y seguros desde el punto de vista medioambiental de las grandes ciudades, y no contar con las capacidades y los recursos necesarios para hacer frente a estos retos, se verán abocados a una fuerte merma de su nivel de vida. Además, las personas de estos colectivos socialmente vulnerables tienen cerca de un 15 % más de probabilidades de habitar en zonas con el mayor incremento previsto de casos de asma infantil derivados de un aumento de la contaminación del aire con partículas provocado por el clima, así como en zonas en las que se prevé la mayor proporción de superficie inundada por la subida del nivel del mar (3).

 2.6. Las comunidades insulares y costeras se verán especialmente afectadas, ya que la erosión de los suelos y el aumento del nivel del mar pondrán en peligro sus medios de subsistencia y en tela de juicio la sostenibilidad de sus actividades económicas tradicionales; entre ellas se hallan las comunidades que viven en atolones y cerca de arrecifes de coral en los océanos Atlántico, Pacífico e Índico.

 2.7. Las comunidades indígenas, desde el Ártico al Amazonas y desde Indonesia al Congo, deberán probablemente afrontar una enorme presión sobre sus medios de subsistencia como consecuencia del impacto de la crisis climática en el ecosistema y en sus actividades económicas. Es necesario examinar las vulnerabilidades y los efectos específicos del cambio climático en las comunidades indígenas, así como explorar los conocimientos y prácticas tradicionales que contribuyen a la resiliencia al cambio climático.

 2.8. Las personas con discapacidad y las personas mayores posiblemente se enfrenten a retos extraordinarios por la crisis climática, ya que las olas de calor aumentan las tasas de mortalidad entre los grupos vulnerables. Además, el acceso al espacio público se verá afectado por los fenómenos meteorológicos extremos y las emergencias relacionadas con la crisis climática.

 2.9. Puede que esta crisis afecte de manera desproporcionada a algunas de las regiones del mundo cuyas economías siguen dependiendo en gran medida de la agricultura, como Oriente Medio y Norte de África y África subsahariana (4). Dichas economías de base agraria se verán posiblemente perturbadas en vastos territorios, lo que puede acarrear una desestabilización política y un fuerte aumento de las presiones migratorias hacia el Norte Global.

 2.10. En muchos países en los que los colectivos minoritarios se enfrentan a desigualdades políticas y sociales, es posible que la crisis climática agrave las divisiones y disparidades existentes, ya que los grupos dominantes disfrutarán de un acceso preferente a unos recursos comunes en constante disminución. El agravamiento de disputas por el agua ya existentes puede conducir a una mayor desestabilización de regiones que ya sufren conflictos prolongados, como Israel y Palestina, Siria y Libia.

 2.11. Es probable que las personas mayores, debido a su movilidad reducida y a una mayor dependencia de sus hogares, se vean profundamente afectadas por la crisis climática, ya que las olas de calor aumentan las tasas de mortalidad, y que los lugares en que han vivido durante décadas se transformen en focos de la crisis climática. Un ejemplo es el de las personas mayores de los Países Bajos que residen en zonas bajas: son especialmente vulnerables a la subida del nivel del mar y a un mayor riesgo de inundaciones a causa de la crisis climática.

 2.12. Los menores son los menos responsables del cambio climático, si bien serán las generaciones futuras y la juventud quienes padezcan sus efectos. Las cuestiones relativas a la justicia intergeneracional son un aspecto esencial de cualquier intervención política que aborde el impacto de la crisis climática.

 2.13. Los inmigrantes y los refugiados siguen estando entre los colectivos más vulnerables ante la crisis climática, ya que siguen estando insuficientemente protegidos por el Estado de bienestar de sus respectivos países de acogida y con frecuencia residen en los barrios y municipios más vulnerables al cambio climático. Además, los inmigrantes y refugiados disponen de un acceso más limitado a las oportunidades que ofrece la transición energética ecológica.

 2.14. Los desafíos a los que se enfrentan los colectivos vulnerables en las zonas urbanas debido al cambio climático revisten también una trascendencia vital. Es esencial analizar las repercusiones de las olas de calor, del efecto isla de calor urbano y de las inundaciones en las comunidades marginadas de las ciudades, así como explorar estrategias que mejoren la resiliencia urbana y promuevan medidas de adaptación equitativas. Por ejemplo, cabe examinar el impacto del aumento del nivel del mar en las ciudades costeras y el desplazamiento potencial de las comunidades de bajos ingresos que residen en zonas propensas a inundarse.

 2.15. Junto con los colectivos vulnerables, los ecosistemas vulnerables también afrontan retos excepcionales a raíz de la crisis climática y merecen la atención de la comunidad internacional. En muchos casos, los colectivos y las comunidades vulnerables dependen a su vez de ecosistemas vulnerables. Como consecuencia de ello, se enfrentan a unos riesgos agravados, ya sean derivados de las amenazas de la naturaleza o del cambio climático. Las estrategias de adaptación en este contexto también deberán pasar necesariamente por importantes compromisos y decisiones políticas (5).

 2.16. Muchos de los colectivos socialmente vulnerables viven en zonas industriales o urbanas con niveles elevados de contaminación atmosférica. Las comunidades gitanas de la Unión Europea tienen más probabilidades de vivir en zonas en las que los cambios relacionados con el clima posiblemente tengan efectos negativos para la salud. Algunas personas también son más sensibles al impacto físico y mental de la contaminación atmosférica por padecer enfermedades crónicas. Por ejemplo, algunas comunidades étnicas, los colectivos de bajos ingresos, las poblaciones indígenas y los colectivos inmigrantes presentan una mayor incidencia de cardiopatías, asma y enfermedades pulmonares obstructivas crónicas (6).

3. Cambio climático, colectivos vulnerables y transición energética

 3.1. Es probable que los colectivos vulnerables se enfrenten a dificultades significativas en la transición hacia una energía justa y limpia. El aumento del desempleo en determinados sectores debido a esta transición amenaza a colectivos ya de por sí vulnerables al riesgo de perder su trabajo en sectores como la agricultura, el transporte, la construcción y la vivienda. El desempleo derivado de esta transición afectará a las personas que disponen de unas alternativas de empleo limitadas, por ejemplo, debido a que son relativamente mayores o carecen de las competencias profesionales para reciclarse en un nuevo sector.

 3.2. Se está produciendo una importante variación en las prioridades de investigación, que han pasado de explorar los fenómenos climáticos o meteorológicos extremos a examinar la forma en que las personas y los sistemas afrontan su impacto, así como las desigualdades sociales y económicas sistémicas que agravan su grado de exposición y vulnerabilidad. Comprender las diversas maneras en que la transición a una economía verde repercute en las poblaciones, las comunidades y los sistemas es fundamental para diseñar respuestas a medida e intervenciones adaptativas que involucren a un amplio espectro de partes interesadas y distribuyan los costes de la transición de manera justa y equitativa (7).

 3.3. El aumento del coste de la vida vinculado a la transición hacia la energía verde constituye todo un reto que debe abordarse lo antes posible para que la transición energética no sea denostada con fines populistas y oportunistas.

 3.4. Es probable que los hogares y las familias europeos tengan más dificultades para hacer frente al coste de la energía en un mercado en rápida evolución, que también está expuesto a grandes perturbaciones estratégicas. Sigue sin explorarse la oportunidad que brinda la producción de energía renovable propia y la mejora de la eficiencia energética de los edificios para que los hogares y las familias europeas lleguen a ser autosuficientes desde el punto de vista energético.

 3.5. Es preciso estudiar detenidamente las consecuencias de la crisis climática en la salud mental, ya que la crisis repercute directa e indirectamente en la salud mental de las personas, como se ha comprobado en los casos más aterradores de catástrofes naturales. En Estados Unidos se ha creado una nueva disciplina médica, la ecopsicología, para estudiar este fenómeno.

 3.6. La transición energética solo puede tener éxito si sirve al interés público: debe hacerse por y para la ciudadanía. Ello supone que las medidas de redistribución presupuestaria son necesarias, pero no suficientes para hacer frente a la crisis. Unas iniciativas preventivas y estructuradas en todos los niveles de gobernanza son complementos esenciales de los instrumentos de redistribución financiera que no solo pueden paliar, sino también revertir los riesgos asociados a la pobreza energética (8).

 3.7. La transición a la nueva energía puede tener efectos de choque en el mercado laboral y en los sectores de ingresos bajos, como el transporte, la construcción y la vivienda. Siguen siendo elevados los riesgos de desempleo para los colectivos marginados empleados en sectores vulnerables, y las personas inmigrantes y refugiadas tienen también limitaciones para acceder a las oportunidades de la transición energética ecológica. Es muy importante velar por una transición justa y poner a disposición el desarrollo de las capacidades necesarias para la economía ecológica, por ejemplo evaluando las dificultades a que se enfrentan los trabajadores de la construcción al adaptarse a las prácticas de construcción sostenibles y la necesidad de programas de reciclaje profesional.

 3.8. El Comité Económico y Social Europeo (CESE) destaca el papel primordial de la educación y el desarrollo de capacidades a la hora de empoderar a los colectivos vulnerables para que puedan responder al cambio climático. Reviste una importancia crucial la exploración de enfoques innovadores en materia de educación y sensibilización sobre el cambio climático entre las comunidades marginadas y el examen del potencial de los programas de desarrollo de capacidades para mejorar la capacidad de adaptación de los colectivos vulnerables, en particular mediante el estudio de programas participativos de educación sobre el cambio climático en barrios desfavorecidos y su impacto en el aumento de la resiliencia y la capacidad de adaptación.

4. Observaciones específicas

 4.1. Los países de Europa Central y Oriental, incluidos Ucrania y Moldavia, están experimentando una creciente variabilidad estacional, lo que amenaza sus economías, en gran medida agrícolas, y los medios de subsistencia de los pequeños agricultores (9). En países como Polonia y Hungría, las comunidades de bajos ingresos que viven en zonas urbanas sufren a menudo mayores niveles de contaminación atmosférica, que se ven exacerbados por los efectos del cambio climático, como las olas de calor y los cambios en el régimen de precipitaciones. Bielorrusia y Ucrania han registrado un fuerte aumento de los incendios forestales debido a las cambiantes condiciones climáticas, que afectan significativamente a las comunidades rurales y a los hábitats naturales (10).

 4.2. En las regiones más septentrionales de Europa, en particular Groenlandia, las comunidades indígenas ven amenazados sus estilos de vida tradicionales en torno a la caza y la pesca por el rápido derretimiento del permafrost, que pone en riesgo el ecosistema, la economía local y los colectivos vulnerables (11). En el Círculo Ártico, las comunidades indígenas sami del norte de Escandinavia están viendo peligrar sus tradicionales medios de subsistencia, basados en el pastoreo de renos y la pesca, por la subida de las temperaturas y los cambios en los ecosistemas (12).

 4.3. Es probable que la disminución de la calidad del aire como consecuencia de la crisis climática afecte a la salud física y mental de los colectivos vulnerables de las megaciudades de la región de Oriente Medio y Norte de África. Puede que ciudades como El Cairo, Teherán o Estambul se enfrenten a enormes desafíos en un futuro próximo.

 4.4. Los países de Europa sudoriental, especialmente Bulgaria y Rumanía, afrontan episodios sin precedentes de inundaciones y corrimientos de tierras, con un grave impacto en las comunidades de bajos ingresos que carecen de recursos para gestionar las catástrofes (13). Se ha constatado que los países de Europa sudoriental, entre ellos Albania y Macedonia del Norte, son especialmente vulnerables a las olas de calor, las sequías y los incendios forestales debidos al cambio climático, que afectan principalmente a las poblaciones rurales y de edad avanzada (14).

4.5. Los países mediterráneos, como Chipre, España, Grecia, Italia, Malta y Portugal, se enfrentan a un mayor riesgo por el descenso de las precipitaciones y las olas de calor, que los abocan a la desertificación y a la escasez de agua. Dichas condiciones afectan de manera desproporcionada a las comunidades rurales, costeras e insulares, especialmente a las que dependen de la agricultura (15).

 4.6. Los incendios forestales de una magnitud sin precedentes constituyen un reto inmensurable para la seguridad y el bienestar de los colectivos vulnerables en todo el Mediterráneo (16). Los catastróficos incendios forestales del verano de 2022 en el norte de la isla griega de Eubea y del verano de 2023 en el distrito griego de Evros diezmaron todas las actividades económicas de los sectores agrícola y forestal y constituyeron una dolorosa advertencia de los crecientes riesgos a que se enfrentan los colectivos vulnerables de los Estados miembros mediterráneos de la UE.

 4.7. Las comunidades insulares y costeras del Mediterráneo afrontan riesgos considerables debido a las inundaciones y la erosión. Ambos fenómenos suponen también una amenaza terrible para el patrimonio natural y cultural del Mediterráneo (17).

 4.8. En megaciudades como Milán y París, el efecto isla de calor urbano merma las condiciones de vida y la salud de toda la ciudadanía y afecta de manera desproporcionada a las personas con pocos recursos económicos y con problemas de salud. Dichos problemas se ven agravados por la falta de espacios verdes y por cuestiones de calidad de las viviendas (18).

Bruselas, 13 de diciembre de 2023.

El Presidente del Comité Económico y Social Europeo

Oliver RÖPKE


(1)  Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el «Fondo de adaptación al cambio climático financiado por el Fondo de Cohesión y Next Generation EU» (DO C 486 de 21.12.2022, p. 23).

(2)  https://www.eesc.europa.eu/es/our-work/publications-other-work/publications/cost-climate-change-households-and-families-eu

(3)  Agencia de protección del medio ambiente de Estados Unidos (EPA): Climate Change and Social Vulnerability in the United States: A Focus on Six Impacts, Washington DC: Agencia de protección del medio ambiente de Estados Unidos (EPA), 2021.

(4)  UCESA, Climate change and its consequences: The voice of the African citizens, Glasgow, 10 de noviembre de 2021.

(5)  Grupo de Expertos de los Países Menos Adelantados: Considerations Regarding Vulnerable Groups, Communities and Ecosystems in the Context of the National Adaptation Plans, Bonn: Secretaría de las Naciones Unidas sobre el cambio climático, 2018, p. 34; Agencia de protección del medio ambiente de Estados Unidos (EPA): Climate Change Impacts on Air Quality.

(6)  Agencia de protección del medio ambiente de Estados Unidos (EPA): Climate Change Impacts on Air Quality, Washington DC, 2021.

(7)  Grupo de Expertos de los Países Menos Adelantados: Considerations Regarding Vulnerable Groups, Communities and Ecosystems in the Context of the National Adaptation Plans, anexo B.

(8)  Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Abordar la pobreza energética y la resiliencia de la UE: retos desde una perspectiva económica y social» (DO C 486 de 21.12.2022, p. 88).

(9)   Climate change and agriculture in Eastern Europe, 2022.

(10)   Forest Fires and Climate Change in Eastern Europe, 2023.

(11)   Indigenous Adaptation in the Arctic, 2023.

(12)  Forbes y otros, 2022.

(13)  Rasul y Balica, 2023.

(14)  Agencia Europea de Medio Ambiente, 2023.

(15)   Climate change and desertification in Southern Europe, 2023.

(16)  Angela Symons: The Era of «Mega Forest Fires» Has Begun in SpainIs Climate Change to Blame?, Euronews, 27.3.2023.

(17)  Lena Reimann y otros: Mediterranean UNESCO World Heritage at Risk from Coastal Flooding and Erosion Due to Sea-Level RiseNature Communications, volumen 9, n.o 1, 2018.

(18)  Nidhi Singh, Saumya Singh y RK Mall: Urban Ecology and Human Health: Implications of Urban Heat Island, Air Pollution and Climate Change Nexus, Urban Ecology, Elsevier, 2020.


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/1565/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)

lunes, 4 de marzo de 2024

LIBRO BLANCO ¿CÓMO ABORDAR LAS NECESIDADES DE INFRAESTRUCTURA DIGITAL DE EUROPA?

 Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

 

cferreyros@hotmail.com


RESUMEN

El suscrito ha traducido del inglés al castellano la Introduccion del Libro Blanco: "Cómo abordar las necesidades de infraestructura digital de Europacon la ayuda del aplicativo Google Translator. El Libro publicado a fines de febrero  tiene por autores colectivos a la Comisión Europea , Dirección General de Redes de Comunicación, Contenido y Tecnologías (Comisión Europea).

Las necesidades de infraestructuras digitales seguras, eficaces y sostenibles son uno de los cuatro puntos claves o cardinales del Programa de Política de la Década Digital 2030, las mismas que se complementan con: Competencias digitales de los ciudadanos y profesionales, Digitalización de los servicios públicos y Transformación digital de las empresas.

El documento íntegro en lengua inglesa se encuentra en el siguiente enlace: https://op.europa.eu/es/publication-detail/-/publication/b118623e-d178-11ee-b9d9-01aa75ed71a1/language-en/format-PDF/source-308366618

 A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico: cferreyros@hotmail.com

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LIBRO BLANCO ¿Cómo abordar las necesidades de infraestructura digital de Europa?



1. INTRODUCCIÓN

Una infraestructura de red digital de vanguardia es la base de una economía y sociedad digitales florecientes. Las infraestructuras digitales seguras y sostenibles son uno de los cuatro puntos cardinales del Programa de Política de la Década Digital 2030 de la UE, una de las principales prioridades de la actual Comisión. También está en el centro del interés de los ciudadanos, que presentaron varias propuestas relacionadas con lo digital en el contexto de la Conferencia sobre el Futuro de Europa. Sin infraestructuras de redes digitales avanzadas, las aplicaciones no nos harán la vida más fácil y los consumidores se verán privados de los beneficios de las tecnologías avanzadas. Sólo con el mayor rendimiento de dichas infraestructuras, por ejemplo, los médicos podrán atender a los pacientes a distancia de forma rápida y segura, los drones podrán mejorar las cosechas y reducir el uso de agua y pesticidas, mientras que los sensores de temperatura y humedad conectados permitirán obtener información en tiempo real. seguimiento de las condiciones en las que se almacenan y transportan los alimentos frescos hasta el consumidor.

   También hay muchos ejemplos en toda la economía de cómo las empresas necesitan conectividad avanzada e infraestructuras informáticas para el procesamiento de datos más cerca de sus operaciones y de sus clientes, para utilizar o proporcionar aplicaciones y servicios innovadores. Esto es especialmente importante para aplicaciones que requieren procesamiento de datos en tiempo real, como dispositivos de Internet de las cosas (IoT), vehículos autónomos y redes inteligentes, así como para reducir la latencia de aplicaciones relacionadas con mantenimiento predictivo, monitoreo en tiempo real y automatización, lo que lleva a operaciones más eficientes y rentables. Las infraestructuras y servicios de redes digitales avanzados se convertirán en un facilitador clave para tecnologías y servicios digitales transformadores como la Inteligencia Artificial (IA), los mundos virtuales y la Web 4.0, y para abordar desafíos sociales como los de los campos de la energía, el transporte o la atención sanitaria y para apoyar la innovación en las industrias creativas.

La competitividad futura de todos los sectores de la economía europea depende de estas infraestructuras y servicios de redes digitales avanzados, ya que constituyen la base para el crecimiento del PIB mundial entre 1 y 2 billones de euros1 y la transición digital y ecológica de nuestra sociedad y economía. Según muchas fuentes, existe un fuerte vínculo entre el mayor despliegue de banda ancha fija y móvil y el desarrollo económico2. La demanda de conectividad es esencial para estimular la economía. Las velocidades más altas y las nuevas generaciones de redes móviles tienen un impacto positivo en el PIB3. De manera similar, los estudios muestran que una infraestructura troncal resiliente basada en cables submarinos seguros puede impulsar el PIB4. Con las tendencias demográficas actuales, la competitividad de los europeos debe depender de tecnologías que impulsen la productividad, y la infraestructura y los servicios digitales son clave.

Paralelamente, las redes digitales están experimentando una transformación en la que la infraestructura de conectividad está convergiendo con las capacidades de computación en la nube y en el borde. Para aprovechar los beneficios de esta transformación, el sector de las comunicaciones electrónicas necesita expandirse desde el mercado de consumo tradicional de Internet hacia servicios digitales en sectores económicos clave, como el Internet industrial de las cosas (IIoT). Además, el sector de equipamiento también se enfrenta a importantes transformaciones tecnológicas vinculadas a la tendencia hacia el software y las redes basadas en la nube y las arquitecturas abiertas. La convergencia de los ecosistemas de comunicaciones electrónicas y TI brinda oportunidades para servicios innovadores y de menor costo, pero también nuevos riesgos de cuellos de botella y dependencias en el campo de la infraestructura y los servicios en la nube, así como de las principales plataformas de chips5. Por lo tanto, para garantizar la seguridad económica, es de suma importancia que la innovación en este ámbito siga siendo impulsada en la Unión y liderada por su industria. Para lograrlo, en el contexto geopolítico actual, la Unión necesita aprovechar su fortaleza actual en el mercado de suministro de equipos de red, siendo dos de los tres proveedores mundiales europeos.

Desde una perspectiva social, la disponibilidad de una conectividad segura, fiable y de alta calidad para todos y en todas partes de la Unión, incluidas las zonas rurales y remotas, es indispensable6. Las inversiones necesarias son enormes7. Un marco regulatorio moderno que incentive la transición de redes heredadas de cobre a redes de fibra, el desarrollo de 5G y otras redes inalámbricas e infraestructuras basadas en la nube, así como la ampliación de los operadores dentro del mercado único, y que tenga en cuenta tecnologías emergentes como como la comunicación cuántica, es clave para garantizar que Europa tenga la infraestructura informática y de comunicaciones avanzada y segura que necesita. De no ser así, la UE corre el riesgo de no alcanzar sus objetivos digitales para 2030 y quedarse atrás de otras regiones líderes en materia de competitividad y crecimiento económico y los beneficios relacionados para los usuarios.

Por último, los recientes acontecimientos geopolíticos pusieron de relieve la importancia de la seguridad y la resiliencia de las infraestructuras frente a los peligros naturales y provocados por el hombre, así como el papel complementario de las soluciones de conectividad terrestre, satelital y submarina, para una disponibilidad ininterrumpida del servicio en todas las circunstancias. En un panorama de seguridad que cambia rápidamente, un enfoque estratégico a nivel de la Unión en materia de seguridad y resiliencia de las infraestructuras digitales críticas es esencial para la seguridad económica de la UE, basándose en el sólido marco legislativo existente, en particular el NIS2 Directiva8, la Directiva sobre la resiliencia de las entidades críticas9 y la Recomendación del Consejo sobre un enfoque coordinado a nivel de la Unión para reforzar la resiliencia de las infraestructuras críticas10 11. En este contexto, este Libro Blanco identifica desafíos y analiza posibles escenarios para acciones de política pública, como una posible futura Ley de Redes Digitales, que tenga como objetivo incentivar la construcción de las redes digitales del futuro, dominar la transición a nuevas tecnologías y modelos de negocio, satisfacer las necesidades futuras de conectividad de todos los usuarios finales, apuntalar la competitividad de nuestra economía y garantizar infraestructuras seguras y resilientes. y la seguridad económica de la Unión, tal como se refleja en los compromisos comunes de los Estados miembros de la UE en el Programa de Política del Decenio Digital12..

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1 Mundo Conectado: Una evolución en la conectividad más allá de la evolución 5G, McKinsey 2020 disponible en: https://www.mckinsey.com/industries/technology-media-and-telecommunications/our-insights/connected-world-an-evolution-in-connectivity-beyond-the-5g-revolution

2 Cf. “Analyzing the Economic Impacts of Telecommunications” Exploring the Relationship Between Broadband and Economic Growth”, documento de antecedentes preparado para el Informe sobre el desarrollo mundial 2016: Digital Dividends, Michael Minges, 2015; “El ecosistema de Internet de Europa: beneficios socioeconómicos de un equilibrio más justo entre los gigantes tecnológicos y los operadores de telecomunicaciones”, Axon Partners Group, mayo de 2022; Kongaut, Chatchai; Bohlin, Erik (2014): Impacto de la velocidad de la banda ancha en los resultados económicos: un estudio empírico de los países de la OCDE, 25ª Conferencia Regional Europea de la Sociedad Internacional de Telecomunicaciones (ITS): "Innovación disruptiva en las industrias de las TIC: desafíos para las políticas y las empresas europeas" , Bruselas, Bélgica, 22-25 de junio de 2014, Sociedad Internacional de Telecomunicaciones (ITS), Calgary.

3 Específicamente, el impacto básico de la conectividad móvil aumenta alrededor de un 15% cuando las conexiones se actualizan a 3G. Para las conexiones que pasan de 2G a 4G, el impacto aumenta aproximadamente un 25%, según Tecnología móvil: dos décadas impulsando el crecimiento económico (gsmaintelligence.com)

https://copenhageneconomics.com/publication/the-economic-impact-of-the-forthcoming-equiano-subsea-cable-in-portugal/

5 Ciberseguridad de las redes abiertas de acceso por radio, Informe del Grupo de Cooperación NIS, mayo de 2022.

6 Esto también se reconoció en el Programa de Política del Decenio Digital 2030 (Decisión (UE) 2022/2481 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2022, por la que se establece el Programa de Política del Decenio Digital 2030, DO L 323 de 19.12.2022, p. 4.). Según su art. 4(2)(a), para 2030 todos los usuarios finales en una ubicación fija deberían estar cubiertos por una red gigabit hasta el punto de terminación de la red, y todas las áreas pobladas deberían estar cubiertas por redes inalámbricas de alta velocidad de próxima generación con un rendimiento de al menos equivalente a la del 5G, de acuerdo con el principio de neutralidad tecnológica.

https://digital-strategy.ec.europa.eu/en/library/investment-and-funding-needs-digital-decade-connectivity-targets.


lunes, 26 de febrero de 2024

EL FUTURO DE LAS GRANDES TECNOLOGIAS EN EUROPA. ESCENARIOS E IMPLICACIONES POLITICAS.

Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

 

cferreyros@hotmail.com


RESUMEN

Las grandes tecnologías ejercen una influencia sin precedentes en las relaciones de producción y consumo. Europa se enfrenta a una serie de cuestiones que marcan época. ¿Cumplirán los marcos regulatorios? ¿Deberían disolverse las Big Tech o flexibilizarse los estándares? ¿Deberían las autoridades nacionales y supranacionales fomentar empresas alternativas capaces de operar a escala y alcance globales? ¿O deberían los formuladores de políticas priorizar un tejido económico lleno de empresas más pequeñas que sean localmente creativas y dinámicas? Este informe de políticas utiliza un enfoque de escenario para esbozar las implicaciones de las grandes tecnologías para el futuro de Europa para 2040.

El presente Informe, cuyo Resumen ejecutivo ha sido traducido por el suscrito con la ayuda del aplicativo Google Traductor es de la autoría de la  https://op.europa.eu/es/publication-detail/-/publication/db955dcf-af69-11ee-b164-01aa75ed71a1/language-en/format-PDF/source-307457631

A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico:cferreyros@hotmail.com

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RESUMEN EJECUTIVO

Las grandes tecnologías están reconfigurando el mundo. Estas grandes empresas privadas, basadas en la investigación y desarrollo (I+D), ahora ejercen una influencia sin precedentes e incomparable en la producción y relaciones de consumo. Disponen de vastos recursos, alcanzan un alcance granular y ejercen liderazgo informativo en los ecosistemas expansivos y las tecnologías de élite que operan. Han establecido importantes posiciones como intermediarios en los ámbitos sociocultural, político y ámbitos científicos de regiones como Europa. En solo un año, las 5 Big Tech que más han invertido en la I+i duplica con creces la financiación asignada por los 27 miembros de la UE-al programa Horizonte Europa 2021-2027.

En este mundo redefinido, Europa enfrenta una serie de cuestiones que fijan su agenda. Se cumplirá el marco regulatorio? ¿Deberían quebrarse las Big Tech o flexibilizarse los estándares? Deberían las autoridades nacionales y supranacionales fomentar emprendimientos alternativos capaces de operar a escala y alcance global, desafiando así el dominio de Estados Unidos (y China)?

Alternativamente, ¿deberían los formuladores de políticas priorizar un tejido económico lleno de empresas más pequeñas que sean localmente creativas y dinámicas?

Este informe de políticas tiene como objetivo anticipar las implicaciones de las “grandes tecnologías” para el futuro de Europa de aquí a 2040. La exploración profunda adopta el formato de un ejercicio de escenario, centrándose en la política de I+i.

Los cuatro escenarios aquí presentados sirven como vehículos para transportarnos hacia el futuro. Asumimos que las altas tecnologías capitalistas tienen resultados potenciales, y que el camino hacia 2040 estará marcado por múltiples puntos de inflexión en materia demográfica y climática. Estos escenarios se presentan sin hacer referencia a la deseabilidad o probabilidad, pero funcionan explícitamente como estrategias para derivar opciones políticas.

El escenario 1 “Winners Tech All” podría resonar en aquellos que vivieron la década de 2000, ahora se encuentran enfrentados al poder de las Big Tech. Por el contrario, el escenario 2 “Pax Tecnológica” podría ser visto como una extrapolación del período alrededor de 2020, pero de una manera más sólida y negociada de un entorno multipolar. El escenario 3 Visiones de “recombinaciones” prevé la recuperación de una tecnología mixta economía donde las alternativas las Big Tech son viables. Finalmente, el escenario 4, “Liberalismo de armario”, 4 ‘Closet Liberalism’ retrata un entorno de baja obstrucción y amplio campo donde las economías autoorganizadas desde abajo.

Esta acción impulsa a Europa de nuevo al mapa competitivo del mundo.

A lo largo de este ejercicio, partimos de tres principios políticos fundamentales: la necesidad de proteger el pluralismo (por ejemplo, económico y social), para mantener una perspectiva cosmopolita (en los asuntos mundiales) y salvaguardar los bienes naturales comunes (incluidos los recursos terrestres y orbitales).

Con base en estos supuestos y el análisis de escenarios, sacamos tres conclusiones principales:

▪ La UE debe considerar el desarrollo de sus propios actores principales, no puede depender únicamente de regular aquellas con sede en otras geografías;

▪ El Programa Marco de la UE y los presupuestos nacionales de I+i deberían compararse, no sólo en relación con su desempeño pasado, sino también en comparación con el gasto y las estrategias de la Gran tecnología;

▪ Se necesitan inversiones de “gran apuesta” en Europa, junto con más inversiones que generen enfoques serendipias experimentales.

Además de estas posturas políticas generales aplicables a todos los escenarios, describimos perspectivas políticas específicas de cada escenario. Para cada uno de los escenarios mencionados anteriormente, Europa requiere lo siguiente:

1) Supervisión coherente de la competencia y aplicación de la regulación tecnológica en niveles nacional y de la UE;

2) Exención de los gastos de educación e investigación a nivel de Estado miembro del Umbral del 3% de las normas de déficit presupuestario;

3) Una nueva generación de acuerdos bilaterales y multilaterales con el Sur Global para codesarrollar capacidades productivas e infraestructurales;

4) Promoción de puntos críticos de aglomeración y público local relacionado con la innovación.bienes para fomentar un flujo continuo de “pequeñas apuestas”.

ARQUITECTURA DEL ESCENARIO

El trabajo de construcción de dos escenarios se estructura en torno a dos dimensiones: más o menos abierta interacciones internacionales en todos los ámbitos (un continuo de “cierre”/“apertura”) versus

más o menos inclinado hacia grandes economías de escala, alcance y red basadas en I+D (un Continuo “hiperescalado”/“pequeño escalamiento”).


SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA EUROPEO - CONCEPTO RESPONSABLE DE TRATAMIENTO, OBLIGACION DE PUBLICAR, TRATAMIENTO SUCESIVO - BELGICA.

   Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

 

cferreyros@hotmail.com


RESUMEN

Cuestiones prejudiciales (2) (Ver líneas abajo) de la Demandante: Estado Belga, Petición de decisión prejudicial planteada por la Corte de Apelaciones de Bruxelles (Bélgica) contra la Demandada: Autoridad de protección de datos con intervención de LM.

Lengua de procedimiento: francés

Fallo del Tribunal de Justicia (Tercera Sala del 11 de enero de 2024, publicada en el Diario Oficial el 26.2.2024.

1)

El artículo 4, punto 7, del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos),

debe interpretarse en el sentido de que

el servicio u organismo encargado del diario oficial de un Estado miembro, que está obligado, en particular, en virtud de la legislación de ese Estado, a publicar tal como están actos y documentos oficiales preparados por terceros bajo su propia responsabilidad con arreglo a las normas aplicables y presentados posteriormente ante una autoridad judicial que se los remite para su publicación, puede ser calificado, pese a su falta de personalidad jurídica, de «responsable del tratamiento» de los datos personales que figuran en esos actos y documentos, cuando el Derecho nacional de que se trate determine los fines y medios del tratamiento de datos personales efectuado por ese diario oficial.

2)

El artículo 5, apartado 2, del Reglamento 2016/679, en relación con los artículos 4, punto 7, y 26, apartado 1, de este,

debe interpretarse en el sentido de que

el servicio u organismo encargado del diario oficial de un Estado miembro, calificado de «responsable del tratamiento», en el sentido del artículo 4, punto 7, de dicho Reglamento, es el único responsable del cumplimiento de los principios contemplados en el artículo 5, apartado 1, de este en lo que atañe a las operaciones de tratamiento de datos personales que debe realizar en virtud del Derecho nacional, a menos que de ese Derecho se derive la corresponsabilidad con otras entidades respecto de esas operaciones.

A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico:cferreyros@hotmail.com

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European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2024/1501

26.2.2024

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 11 de enero de 2024 (petición de decisión prejudicial planteada por la cour d’appel de Bruxelles — Bélgica) — État belge / Autorité de protection des données

[Asunto C-231/22, (1) État belge (Datos tratados por una publicación oficial)]

(Procedimiento prejudicial - Aproximación de las legislaciones - Protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento General de Protección de Datos) - Reglamento (UE) 2016/679 - Artículo 4, punto 7 - Concepto de «responsable del tratamiento» - Diario oficial de un Estado miembro - Obligación de publicar tal como están los actos de sociedades preparados por estas últimas o sus representantes legales - Artículo 5, apartado 2 - Tratamiento sucesivo, por varias personas o entidades distintas, de los datos personales que figuran en tales actos - Determinación de las responsabilidades)

(C/2024/1501)

Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Cour d’appel de Bruxelles

Partes en el procedimiento principal

Demandante: État belge

Demandada: Autorité de protection des données

con intervención de: LM

Fallo

1)

El artículo 4, punto 7, del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos),

debe interpretarse en el sentido de que

el servicio u organismo encargado del diario oficial de un Estado miembro, que está obligado, en particular, en virtud de la legislación de ese Estado, a publicar tal como están actos y documentos oficiales preparados por terceros bajo su propia responsabilidad con arreglo a las normas aplicables y presentados posteriormente ante una autoridad judicial que se los remite para su publicación, puede ser calificado, pese a su falta de personalidad jurídica, de «responsable del tratamiento» de los datos personales que figuran en esos actos y documentos, cuando el Derecho nacional de que se trate determine los fines y medios del tratamiento de datos personales efectuado por ese diario oficial.

2)

El artículo 5, apartado 2, del Reglamento 2016/679, en relación con los artículos 4, punto 7, y 26, apartado 1, de este,

debe interpretarse en el sentido de que

el servicio u organismo encargado del diario oficial de un Estado miembro, calificado de «responsable del tratamiento», en el sentido del artículo 4, punto 7, de dicho Reglamento, es el único responsable del cumplimiento de los principios contemplados en el artículo 5, apartado 1, de este en lo que atañe a las operaciones de tratamiento de datos personales que debe realizar en virtud del Derecho nacional, a menos que de ese Derecho se derive la corresponsabilidad con otras entidades respecto de esas operaciones.


(1)   DO C 257 de 4.7.2022.


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4.7.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 257/25


Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour d’appel de Bruxelles (Bélgica) el 1 de abril de 2022 — État belge / Autorité de protection des données

(Asunto C-231/22)

(2022/C 257/32)

Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Cour d’appel de Bruxelles

Partes en el procedimiento principal

Demandante: État belge

Demandada: Autorité de protection des données

Cuestiones prejudiciales

1)

Debe interpretarse el artículo 4, punto 7, del Reglamento general de protección de datos personales (1) en el sentido de que tiene la condición de responsable del tratamiento un diario oficial de un Estado miembro, encargado del servicio público de publicar y archivar documentos oficiales, que, en virtud de la normativa nacional aplicable, ha de publicar los actos y documentos oficiales que ordenen organismos públicos terceros, tal como han sido comunicados por esos organismos después de que estos hayan tratado los datos personales contenidos en dichos actos y documentos, y al que el legislador nacional no ha atribuido ninguna facultad de apreciación sobre el contenido de los documentos que se publican o sobre los fines y medios de publicación?

2)

En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión, ¿debe interpretarse el artículo 5, apartado 2, del Reglamento general de protección de datos personales en el sentido de que únicamente el diario oficial en cuestión está obligado a cumplir las obligaciones que incumben al responsable del tratamiento con arreglo a esta disposición, con exclusión de los organismos públicos terceros que han tratado previamente los datos contenidos en los actos y documentos oficiales cuya publicación solicitan, o recaen dichas obligaciones de forma acumulativa sobre cada uno de los sucesivos responsables del tratamiento?


(1)  Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (DO 2016, L 119, p. 1).



ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/1501/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)