Por: Carlos A. FERREYROS SOTO
Doctor en Derecho
Universidad de Montpellier I Francia.
cferreyros@ferreyros-ferreyros.com
RESUMEN
La presente nota jurídica-económica resulta de una primera
vertiente: el Resumen del documento de Eurofound relacionado con los “Conceptos fundamentales para analizar los impactos del cambio
tecnológico”, que examina la relación entre inteligencia artificial, tecnología y el concepto
de división del trabajo, en su doble variante automatización y digitalización,
destacando sus efectos sobre la organización, supervisión y valoración de la
actividad laboral. El análisis combina perspectivas económicas, sociológicas y
laborales para evidenciar que la división del trabajo también implica
relaciones de poder.
La segunda vertiente, resulta del análisis de fuentes europeas sobre
como la inteligencia artificial puede a través de la división del trabajo transformar la organización y funciones del trabajo en
la administración de justicia, acelerando la gestión de expedientes, la
búsqueda jurídica, la transcripción y la elaboración de modelos. Estas
herramientas permiten que jueces y funcionarios concentren sus esfuerzos en el
análisis y la decisión. Sin embargo, la automatización, digitalización no
elimina necesariamente el trabajo humano, sino que modifica la organización y funciones.
También puede generar mayor carga laboral, dependencia tecnológica y pérdida de
autonomía profesional. Los errores o sesgos de los datos pueden reproducirse vía
la gestión algorítmica; dependencia de proveedores privados que pueden limitar
el control institucional sobre los sistemas utilizados. Por ello, la IA debe
servir como soporte sin sustituir el razonamiento ni la decisión judicial.
Su aplicación debe respetar el debido proceso, la igualdad, la defensa, la
protección de datos y la transparencia. El desafío consiste en utilizar la
tecnología IA para mejorar la justicia, manteniendo siempre el control humano sobre la producción,
la independencia judicial y la responsabilidad jurídica.
En conclusión, la incorporación de IA modifica la división
del trabajo vía la composición técnica, de valor y orgánica del trabajo
judicial, al incrementar la dependencia de infraestructura, datos y proveedores
tecnológicos. Sus beneficios no deben medirse únicamente por la eficiencia,
rentabilidad social, sino también por su compatibilidad con la independencia
judicial, el debido proceso, la igualdad, la motivación, la transparencia, la
explicabilidad, la protección de datos y la supervisión humana efectiva. El
desafío central consiste en asegurar que la tecnología fortalezca, y no
sustituya ni subordine, la función jurisdiccional.
A fin de acceder a normas similares y estándares
europeos, las empresas, organizaciones públicas y privadas interesadas en
asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías
sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico:cferreyros@ferreyros-ferreyros.com
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A. Resumen del ítem 1. Conceptos fundamentales para analizar los
impactos del cambio tecnológico: División del trabajo del Estudio: “AI, ALGORITHMIC MANAGEMENT AND THE TRANSFORMATION OF
SOCIETY, WORK AND EMPLOYMENT – EXPLORING THE CONCEPTS. EUROFUND”.
Autores: Sara Riso, Cesira
Urzì Brancati, Dragoș Adăscăliței and Eleonora Peruffo (Eurofound).
·
Definiciones
Adam
Smith.- Fragmentación de la
producción en tareas especializadas asignadas a diferentes trabajadores. Desde
la:
- Perspectiva técnica: Organización de insumos
aumentan la producción y eficiencia
- Perspectiva sociológica: Establecimiento de
estructuras de coordinación duraderas entre los individuos.
Emile
Durkheim.- La misma
Fragmentación: trabajadores
unidos por cooperación y dependencia mutua.
Karl
Marx.- Las estructuras de coordinación no son neutrales, la división del
trabajo conlleva también una configuración específica de poder y jerarquía.
Harry
Braverman. Sobre la base de las ideas de Marx, desarrolló posteriormente: la fragmentación y asignación de tareas funcionaron históricamente como
mecanismos de control gerencial, moldeando la autonomía, el conocimiento y la
dependencia de los trabajadores dentro del proceso laboral. Desde esta
perspectiva, la división del trabajo institucionaliza asimetrías de autoridad
entre quienes diseñan, supervisan y optimizan el trabajo y quienes lo ejecutan.
Kellogg K.C. «Dimensión de poder» cobra especial
relevancia en las formas contemporáneas de gestión algorítmica, donde la
coordinación se automatiza y formaliza cada vez más mediante sistemas digitales
que, simultáneamente, organizan las tareas y ejercen una vigilancia y un
control continuos sobre el desempeño de los trabajadores
·
Relaciones entre División del trabajo y Tecnologías
La relación entre la división del trabajo y la tecnología
es fundamental e interdependiente. Por un lado, las nuevas tecnologías
reconfiguran la organización del trabajo, alterando las tareas, las
competencias requeridas y las condiciones laborales y de empleo. Por otro, el
acto mismo de descomponer tareas o procesos complejos en tareas o sub-tareas
más simples genera oportunidades para identificar problemas y desarrollar
soluciones técnicas. Automatización y Digitalización
- La automatización ilustra esta interdependencia. Ella transformó
aún más la división del trabajo al reducir el papel del trabajo manual
rutinario y abrir espacio para nuevas formas de especialización
Con el tiempo,
este ciclo de retroalimentación entre la automatización y la reorganización de
las tareas ha sido una fuerza central en la reconfiguración de las economías.
Con el auge de la
IA, las características de la automatización están evolucionando de maneras que
prolongan los patrones históricos de larga data fragmentación de tareas, pero
que difieren en cuanto al tipo de actividad y al modo de control que se
automatiza
La automatización impulsada por la IA se
aparta de los modelos anteriores al formalizar y delegar funciones de
interpretación y toma de decisiones que antes estaban estrechamente vinculadas
a la supervisión humana. Si bien esta transformación puede adoptar diversas
formas según el sector, resulta especialmente visible en la manufactura
contemporánea, sobre todo en entornos de producción altamente estandarizados
y de gran intensidad de capital, como el ensamblaje de automóviles y
electrónica, la fabricación de semiconductores y la producción farmacéutica.
Los recientes
avances en IA extienden sus efectos no solo a reemplazar las capacidades
humanas sino a una gama más amplia de tareas cognitivas, analíticas y creativas.
La IA generativa y las tecnologías colaborativas ofrecen herramientas para la
creatividad, el análisis, el apoyo a la toma de decisiones y la interacción,
con el potencial de ampliar - en lugar de reemplazar - la experiencia humana.
Esta forma de
aumento de capacidades altera la división del trabajo al redefinir roles y
competencias necesarias, creando equipos humano-máquina en los que el valor
surge de la complementariedad.
- La Digitalización. La IA también transforma la
división del trabajo mediante la digitalización, definida como el uso
de sensores y dispositivos de representación para traducir partes del
proceso de producción físico en información digital, y viceversa.
Lo que distingue
a la IA en este contexto es su capacidad mejorada para analizar grandes
volúmenes de información digitalizada, aprender de ella y actuar en
consecuencia en tiempo real, impulsando así otras aplicaciones tecnológicas
- como el Internet de las Cosas y la realidad virtual y aumentada - e
integrándose con ellas.
La digitalización también diluye las
fronteras tradicionales entre los espacios de producción y consumo dentro de
entornos mediados digitalmente. Los consumidores y clientes se convierten
en productores de datos cuyas interacciones alimentan sistemas algorítmicos,
mientras que los trabajadores también generan datos a través de procesos
laborales basados en aplicaciones que rastrean movimientos, asignan tareas y
evalúan rendimientos.
Por tanto, la
división del trabajo ya no se limita a la planta de producción o a la
oficina, sino que está integrada en ecosistemas digitales que conectan la
producción, el consumo y la vida cotidiana. Si bien la actividad humana
siempre ha sido fundamental para la producción, lo que distingue a las economías
digitales es la captura sistemática de comportamientos rutinarios - tanto
dentro como fuera del ámbito laboral - en forma de datos que pueden
reincorporarse a procesos de generación de valor. Esto plantea nuevas
interrogantes sobre la creación de valor, la propiedad de los datos y la
distribución de beneficios en economías donde actividades rutinarias ajenas al
trabajo pasan a formar parte del proceso productivo.
La digitalización se relaciona con una
transformación más amplia - y sienta las bases para ella - hacia la plataformización
del trabajo y la sociedad. Las plataformas digitales - sistemas basados en
software accesibles a través de Internet que combinan una infraestructura de “back-end” (servidores, bases de datos)
con interfaces orientadas al usuario (sitios web o aplicaciones) - median cada
vez más en las interacciones económicas y sociales. Estas plataformas permiten
a los usuarios comunicarse, intercambiar información y realizar transacciones
en ámbitos que van desde el transporte y el comercio minorista hasta la
comunicación, el entretenimiento e incluso los servicios públicos. La base de
esta intermediación es la monitorización continua y los datos resultantes, los
cuales se procesan e introducen en los algoritmos de las plataformas para
gestionar las interacciones y optimizar tanto los objetivos de la plataforma
como la experiencia del usuario. Al hacerlo, las plataformas y los sistemas
algorítmicos convierten las actividades cotidianas en fuentes de extracción de
datos y creación de valor.
Esto resulta
especialmente evidente en el ámbito laboral, donde los datos recopilados
mediante la supervisión digital de los trabajadores sirven de base para la
gestión algorítmica: un proceso en el que los algoritmos supervisan,
asignan y disciplinan la actividad laboral.
La gestión
algorítmica comprende: la programación, el seguimiento de la productividad y la
evaluación del desempeño que se están integrando en las herramientas de
organización del trabajo.
Al asumir
funciones que antes desempeñaban supervisores o gerentes, los sistemas
algorítmicos desvanecen la línea divisoria entre la coordinación técnica - la
asignación, programación y optimización de tareas en tiempo real - y la
regulación institucional, entendida esta última como el establecimiento, la
aplicación y la modificación de las normas que rigen el acceso al trabajo, la
evaluación y la remuneración. Con ello, también transforman la división del
trabajo, aunque de manera desigual.
- Aplicación
de los conceptos de división del trabajo a la Administración de Justicia
con Inteligencia Artificial IA.
La incorporación de Inteligencia Artificial en la administración de
justicia puede analizarse, desde la perspectiva de división del trabajo, como una
transformación de los medios de trabajo, de la organización de las tareas
jurídicas y de la relación entre trabajo humano y tecnología.
La IA no sustituye automáticamente al trabajo judicial, pero puede
modificar profundamente su división interna, su intensidad, sus competencias y
la distribución del poder dentro de la institución.
El concepto de
división del trabajo analizado por A. Smith, E. Durkheim, K. Marx y H.
Braverman, distingue tres elementos:
- Composición técnica del
capital: relación material entre medios de producción y fuerza de trabajo.
- Composición de valor del
capital: relación económica entre capital constante y capital variable.
- Composición orgánica del
capital: expresión de valor de una determinada estructura técnica.
En la administración de justicia, estos conceptos deben aplicarse con una
precisión adicional: los tribunales y órganos jurisdiccionales no funcionan
como empresas orientadas directamente a la obtención de ganancias, excedentes
sino como un servicio que garantiza la protección efectiva de los derechos y
libertades de las personas mediante decisiones oportunas, independientes,
imparciales, fundamentadas y adoptadas conforme al Derecho.
Sin embargo, la administración de justicia, si se organiza en base a
inversiones, presupuestos, tecnologías, trabajo asalariado, cooperación externa
y criterios de productividad, rentabilidad social. Por ello, los conceptos económicos
pueden utilizarse como instrumento críticos para analizar la transformación
tecnológica del quehacer judicial. Veamos cómo se desagregan estos conceptos y
como se relacionan.
1. Composición técnica del capital judicial
En este ámbito, la composición técnica se refiere a la relación entre los
medios tecnológicos utilizados por la justicia y el trabajo humano que
interviene en los procedimientos.
Los medios de producción o medios técnicos
incluirían:
- Computadoras y Sistemas de
gestión electrónica de expedientes.
- Bases de datos doctrinales,
jurisprudenciales, legislativas.
- Herramientas de búsqueda
jurídica mediante IA.
- Sistemas de Gestión de
Expedientes judiciales
- Sistemas de desarrollo,
edición y transcripción automática de audiencias.
- Programas informáticos de pseudonimización,
anonimización de resoluciones.
- Plataformas de notificación,
firma y certificación electrónica.
- Modelos generativos para la redacción
de borradores.
- Herramientas de derivación
aleatoria, clasificación y priorización de expedientes, según ámbitos,
instancias.
- Infraestructura de
computación, almacenamiento, normalización y ciberseguridad.
- Sistemas de análisis para la
gestión de cargas procesales.
La fuerza de trabajo estaría integrada
por:
- Jueces y magistrados.
- Fiscales.
- Secretarios judiciales.
- Relatores y asistentes
jurídicos.
- Personal administrativo.
- Técnicos informáticos.
- Traductores e intérpretes.
- Peritos.
- Abogados y defensores
públicos.
La composición técnica aumentaría cuando una institución utiliza más
infraestructura digital y sistemas automatizados por cada trabajador. Por
ejemplo, una Sala que antes requería diez funcionarios para revisar, clasificar
y derivar expedientes podría utilizar una plataforma de IA que automatice y
digitalice una parte de esas operaciones y dejar esas funciones bajo la
supervisión de N funcionarios
especializados.
No se trata solamente de atribuir computadoras, telefonía y sistemas. Debe
evaluarse el quantum del proceso judicial que queda estructurado por
sistemas técnicos y cuánto depende todavía de la intervención humana.
2. División del trabajo judicial antes y después de la IA
La IA puede
reorganizar la división del trabajo en varias fases.
|
Fase del trabajo judicial |
Organización tradicional |
Organización con IA |
|
Recepción |
Registro
manual y revisión inicial |
Captura
digital, extracción automática de datos y clasificación |
|
Investigación |
Búsqueda
manual en normas y jurisprudencia |
Búsqueda
semántica y generación de referencias |
|
Gestión del
expediente |
Lectura,
ordenamiento y seguimiento manual |
Alertas,
categorización y detección de plazos |
|
Audiencias |
Transcripción
realizada por personal |
Transcripción
automática con revisión humana |
|
Redacción |
Elaboración
íntegra por juez o funcionario |
Borradores
asistidos por IA |
|
Anonimización |
Revisión
manual de nombres y datos |
Detección
automática de información personal |
|
Gestión
institucional |
Estadísticas
elaboradas posteriormente |
Analítica
predictiva y tableros de control |
|
Decisión |
Valoración
jurídica y probatoria humana |
Apoyo
informativo, sin sustitución de la decisión judicial |
La IA puede generar una división del trabajo más especializada. Algunas
tareas rutinarias se desplazarían hacia sistemas automatizados, mientras que el
personal humano se concentraría en la interpretación jurídica, valoración
probatoria, argumentación jurídica, audiencia de las partes y la toma de decisiones.
Sin embargo,
también puede producir una nueva división de trabajo entre:
- Quienes diseñan, elaboran y
controlan algoritmos, sistemas.
- Quienes introducen, validan
y corrigen datos.
- Quienes utilizan las
recomendaciones algorítmicas.
- Quienes adoptan las
decisiones jurídicamente vinculantes.
- Quienes quedan sometidos a
decisiones o clasificaciones producidas por el sistema.
Desde una perspectiva crítica, esta última división puede generar una
transferencia de conocimiento y autoridad desde los operadores jurídicos hacia proveedores
tecnológicos, equipos de datos y empresas colaboradoras.
3. Composición de valor del capital
La composición
de valor se expresa mediante la relación entre:
- Capital constante: recursos destinados a
tecnología, infraestructura, licencias, servidores, mantenimiento, bases
de datos, ciberseguridad y contratación de proveedores tecnológicos.
- Capital variable: recursos destinados al
trabajo humano, como remuneraciones de jueces, funcionarios, técnicos,
auxiliares y demás trabajadores.
Un sistema judicial que invierte poco en tecnología y depende de gran
cantidad de personal tendrá una composición de valor relativamente menor. En
cambio, una administración de justicia que invierte grandes recursos en
plataformas de IA, infraestructura informática y servicios tecnológicos,
reduciendo proporcionalmente el gasto en tareas administrativas o rutinarias, ostentará
una composición de valor más elevada.
La relación entre inversión tecnológica y trabajo humano aumenta
considerablemente. Esto indica una transformación económica de la organización
judicial, aunque no necesariamente una reducción absoluta del presupuesto ni
del número total de trabajadores.
La inversión tecnológica puede incluso aumentar el gasto total. Lo que
cambia es la proporción entre recursos destinados al trabajo humano directo y
recursos destinados a sistemas técnicos.
4. Composición orgánica del capital judicial
La composición orgánica no es simplemente el resultado contable de dividir
el gasto tecnológico entre el gasto en personal. Desde la perspectiva económica,
expresa la relación de valor en cuanto ella se encuentra determinada por una
transformación material del proceso de trabajo.
En la
administración de justicia, habría un aumento
de la composición orgánica sí:
- Se
incorporan sistemas de IA que reorganizan materialmente el trabajo, sus
procesos, y consecuentemente, la organización y funciones de la institución
y de su fuerza laboral.
- Se estandarizan
tareas y procesos, reduciendo tiempos y movimientos necesarios para
realizarlos.
- Aumenta la
inversión en infraestructura técnica, datos, automatización y
digitalización.
- Se
desplazan funciones rutinarias de la fuerza laboral humana hacia sistemas
automatizados.
- Se
requiere una mayor cantidad de capital tecnológico para sostener cada unidad
de trabajo judicial.
No obstante, debe advertirse que la relación no siempre es lineal. La IA
puede reducir ciertas funciones administrativas, pero aumentar otras, como:
- Supervisión algorítmica.
- Auditoría de datos.
- Validación de resultados.
- Gestión de riesgos.
- Seguridad informática.
- Protección de datos.
- Explicación de decisiones.
- Atención de reclamaciones.
- Control de
sesgos.
Por ello, la automatización de una tarea no implica necesariamente la
eliminación del trabajo. En muchos casos, transforma el trabajo manifiesto en
trabajo de supervisión, control y corrección.
5. Efectos del trabajo judicial
a. Sustitución parcial
La IA puede
sustituir tareas repetitivas, como:
- Organizar, clasificar y
distribuir escritos.
- Extraer nombres, fechas,
referencias procesales.
- Detectar documentos
incompletos.
- Desarrollo, edición y transcripción
automática de audiencias.
- Elaborar resúmenes.
- Identificar normas, precedentes
jurisprudenciales.
- Generar borradores y modelos
de documentos.
- Gestión de expedientes.
En estos
ámbitos, disminuye el tiempo de trabajo humano directo.
b. Complementariedad
La IA también puede complementar el trabajo de jueces y funcionarios. Un
sistema puede presentar jurisprudencia relevante, detectar contradicciones o
sugerir una estructura de resolución, mientras la decisión continúa dependiendo
de la valoración humana.
El Consejo de Europa sostiene que la IA puede mejorar la eficiencia y
calidad del trabajo judicial, pero debe respetar los derechos fundamentales, la
no discriminación, la seguridad, la transparencia y el control por parte del
usuario.
c. Intensificación del trabajo
La automatización y digitalización pueden generar
expectativas de mayor productividad, rentabilidad social. Si una herramienta
permite revisar más expedientes en menos tiempo, la institución puede aumentar
la carga de trabajo asignada a jueces y funcionarios y satisfacer la demanda de
administración judicial.
Así, la IA
puede producir:
- Más expedientes revisados gestionados
por trabajador.
- Menores tiempos de
respuesta.
- Mayor vigilancia de
indicadores de desempeño.
- Disponibilidad permanente de
información.
- Reducción de los tiempos de
descanso o deliberación.
- Mayor presión para aceptar
las recomendaciones del sistema.
Desde una lectura económica, esto puede entenderse como una intensificación
del trabajo: la tecnología aumenta la capacidad productiva, pero sus beneficios
no se distribuyen necesariamente en forma de menor carga laboral, ello
dependerá de otras variables jurídicas y socio-económicas
d. Descalificación y recalificación
Algunas
funciones pueden perder contenido profesional - descalificación - cuando el
trabajador se limita a validar resultados generados por la máquina. El
funcionario deja de investigar, analizar o redactar íntegramente y pasa a
corregir, supervisar y aprobar.
Este proceso
puede ser ambivalente:
- Descalificación, cuando el trabajador
pierde autonomía y conocimiento sustantivo.
- Recalificación, cuando debe adquirir
competencias en datos, auditoría, tecnología, argumentación y control de
sistemas.
¿La cuestión
central es quién conserva el control sobre el proceso de trabajo: el juez y la
institución judicial, y/o el proveedor tecnológico y sus modelos?
6. La IA como medio de producción jurídico
Desde esta perspectiva, la IA se convierte en un medio de producción
jurídico al participar en la producción de documentos, análisis,
clasificaciones y propuestas que intervienen en el proceso judicial.
Sin embargo, existe una diferencia esencial respecto de una empresa: la
justicia no produce únicamente bienes intercambiables, produce servicios vía decisiones
públicas que afectan derechos, libertades, patrimonio, relaciones familiares y
responsabilidades jurídicas.
Por ello, la eficiencia tecnológica no puede ser el único criterio de evaluación.
La incorporación de IA debe ser equilibrada con:
- Independencia judicial.
- Debido proceso.
- Igualdad de medios.
- Derecho de defensa.
- Protección de datos
personales.
- Motivación de las
decisiones.
- Posibilidad de impugnación.
- Explicabilidad y trazabilidad.
- Supervisión humana efectiva.
Sobre ello, el Consejo de la Unión Europea ha señalado que la IA puede
apoyar la toma de decisiones en procesos judiciales, pero no debe sustituirla;
la decisión final debe seguir siendo una actividad dirigida por seres humanos.
7. Riesgo de una nueva subordinación tecnológica
La aplicación
de los conceptos de división del trabajo permite identificar un posible
desplazamiento de la subordinación:
- Antes, el trabajo judicial estaba subordinado principalmente a normas,
jerarquías administrativas y cargas procesales.
- Con la IA, puede quedar también subordinado a
arquitecturas tecnológicas, bases de datos, métricas, interfaces y modelos
privados.
Esto puede producir
varias formas de dependencia:
Dependencia de proveedores
Si una empresa controla el modelo, los datos de entrenamiento o los
criterios de funcionamiento, la institución puede perder capacidad de control
sobre una parte esencial del proceso judicial.
Dependencia de los datos
Los sistemas reproducen los patrones presentes en los datos. Si la
información histórica contiene desigualdades, errores o sesgos, la
automatización puede ampliarlos.
Dependencia de la recomendación
Aunque el sistema solo formule una sugerencia, los operadores pueden
asumirla como objetivamente correcta. Esto se conoce como riesgo de
automatización o de deferencia tecnológica.
Opacidad
Si no es
posible explicar cómo se obtuvo una clasificación, recomendación o resultado,
se debilitan la motivación de las decisiones y la posibilidad de contradicción.
La Carta Ética de la
Comisión Europea para
la Eficacia de la Justicia, CEPEJ, exige
que la IA judicial respete los derechos fundamentales, evite la discriminación,
utilice datos de calidad y seguridad, sea transparente y permanezca bajo
control del usuario.
Conclusión
En la administración de justicia, la composición técnica del capital
se manifiesta en la relación entre sistemas de IA, infraestructura digital y
trabajo humano judicial. La composición de valor expresa la proporción
entre el gasto en tecnología y el gasto en personal. La composición orgánica
aparece cuando el aumento de la inversión tecnológica transforma materialmente
la organización del trabajo y reduce la participación relativa del trabajo
humano directo en determinadas funciones.
Sí bien la IA puede aumentar la productividad, rentabilidad social, reducir
tareas repetitivas y mejorar la gestión judicial también puede intensificar el
trabajo, descalificar profesionales y técnicos, alterar la organización y funciones
de la administración y de su fuerza laboral, delegar poder en proveedores
tecnológicos y trasladar decisiones relevantes hacia sistemas opacos.
Por ello, desde una perspectiva económica, organizacional y funcional, la
cuestión no es únicamente si la IA reemplazará jueces o funcionarios, la
cuestión es quién controla los medios tecnológicos de producción jurídica, cómo
se distribuyen los beneficios generados por la automatización y digitalización;
y si la tecnología utilizada para fortalecer la independencia y la calidad de
la administración de justicia no se convertirá en un sistema de procesamiento
acelerado, de expedientes con las mismas fallas que los sistemas actuales.
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