Por: Carlos A. FERREYROS SOTO
Doctor en Derecho
Universidad de Montpellier I Francia.
cferreyros@ferreyros-ferreyros.com
Resumen
El 28 de febrero último publiqué un articulo comparativo a propósito de la inminente vigencia, a finales de marzo de 2025, del Nuevo Reglamento de la Ley N° 29733 de Protección de Datos Personales, aprobado por el D.S. N° 016-2024-JUS, sobre el alcance de las nociones Oficial de Protección de Datos Personales y la del Delegado de Protección de Datos Personales, utilizada por su referente, el Reglamento (UE) 2016/67/CE de Protección de Datos Personales europeo. El enlace a ese artículo obre en: https://derecho-ntic.blogspot.com/2025/02/jkk.html
Sobre la base de esa comparación he elaborado un Tip más didáctico sobre la definición del Oficial de Datos Personales en el Nuevo Reglamento: su perfil, designación y responsables de la misma, según se trate de una entidad pública o de una empresa. Conforme a un cronograma de designación para ésta última, acorde con su facturación anual, las funciones del Oficial, y particularmente su rol en los incidentes de seguridad, el rango de infracción atribuible y la eventual multa en caso de no designación.
A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico:cferreyros@ferreyros-ferreyros.com
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