martes, 7 de noviembre de 2023

EUROPA: MATERIAS PRIMAS CRITICAS

 Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

 

cferreyros@hotmail.com


RESUMEN

Las materias primas críticas desempeñan un papel clave en la actual transición energética debido a sus propiedades únicas y a su importancia en numerosas tecnologías de energía limpia.

Este artículo aporta algunas de las claves de la Comisión Europea para entender mejor cuál es la situación actual de estos recursos y qué desafíos se nos plantean en el medio y largo plazo.

Para hacer frente a estos desafíos la Comisión Europea ha creado una Quinta Lista para 2023 de gran importancia para su economía y de alto riesgo asociado a su suministro. Algunas de estas materias pueden ser suministradas por el Perú, de allí su importancia.

A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico:cferreyros@hotmail.com

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Materias primas críticas


 Las materias primas son cruciales para la economía europea. Forman una base industrial fuerte, produciendo una amplia gama de productos y aplicaciones utilizados en la vida cotidiana y las tecnologías modernas. El acceso fiable y sin trabas a determinadas materias primas es una preocupación cada vez mayor dentro de la UE y en todo el mundo. Para hacer frente a este desafío, la Comisión Europea ha creado una lista de materias primas críticas para la UE, que está sujeta a una revisión y actualización periódicas. Los CRM combinan materias primas de gran importancia para la economía de la UE y de alto riesgo asociados a su suministro.

Por qué las materias primas críticas son importantes

·        Enlace a la industria: las materias primas no energéticas están vinculadas a todas las industrias en todas las etapas de la cadena de suministro

·        La tecnología moderna: el progreso tecnológico y la calidad de vida dependen del acceso a un número creciente de materias primas. Por ejemplo, un teléfono inteligente puede contener hasta 50 tipos diferentes de metales, todos los cuales contribuyen a su pequeño tamaño, peso ligero y funcionalidad.

·        Medio ambiente: las materias primas están estrechamente vinculadas a las tecnologías limpias. Son insustituibles en paneles solares, turbinas eólicas, vehículos eléctricos e iluminación energéticamente eficiente.

Qué hace la Comisión

·        Primera lista de CRMs: en 2011, se publicó una lista de 14 CRM en la Comunicación sobre materias primas. La lista de materias primas fundamentales se estableció como acción prioritaria de la iniciativa «materias primas primas» de la UE de 2008. La Comisión se compromete a actualizar la lista al menos cada tres años para reflejar la producción, el mercado y la evolución tecnológica.

·        Segunda lista de CRMs: en 2014, se publicó una primera lista revisada de 20 CRM en la comunicación sobre la lista de materias primas críticas 2014.

·        Tercera lista de CRMs: en 2017, se publicó una tercera lista de 27 CRM en la comunicación sobre la lista de materias primas críticas 2017, basada en una metodología refinada.

·        Cuarta lista de CRMs: en 2020, se publicó una cuarta lista de 30 CRM en la comunicación sobre materias primas críticas

·        Metodología sobre las materias primas fundamentales: en julio de 2017, la Comisión publicó una metodología revisada para establecer la lista de la UE de materias primas críticas. Las directrices sintetizadas se basan en la metodología utilizada para las listas de CRM en 2011 y 2014. También integran las mejoras metodológicas identificadas por la Comisión en el proyecto «evaluación de la metodología de la lista de materias primas críticas», en ámbitos como las aplicaciones de fabricación, el comercio, la sustitución y el reciclado. La evaluación de 2020 sigue la misma metodología que en 2017. Puede encontrarse información adicional sobre la metodología en el informe de antecedentes (PDF, 7 MB) publicado en septiembre de 2020.

·        Informe sobre las materias primas fundamentales y la economía circular: en enero de 2018, la Comisión publicó un informe en el que destacaba el potencial de un uso más circular de las materias primas fundamentales en nuestra economía. Al revisar sectores importantes para las materias primas fundamentales, describe las políticas pertinentes de la UE, se refiere a iniciativas clave, presenta y proporciona fuentes de datos, identifica buenas prácticas e indica posibles medidas adicionales.

·        Informe del CCI sobre ciencia para las políticas: «Recuperación de materias primas críticas y otras materias primas procedentes de residuos mineros y vertederos — Situación de las prácticas existentes» — en mayo de 2019, la Comisión publicó un informe. Muestra las prácticas existentes para recuperar materias primas críticas y otras materias primas de residuos extractivos y vertederos. El informe describe los procesos tecnológicos para la recuperación de diferentes materiales de la minería de relaves y desechos industriales, así como las mejores prácticas para mejorar la base de conocimientos sobre la disponibilidad de materiales secundarios. Además, proporciona estimaciones potenciales de recuperación de ciertos materiales y describe los requisitos previos para las prácticas de recuperación a mayor escala que en la actualidad.

·       Informe sobre las materias primas para las tecnologías y los sectores estratégicos: en septiembre de 2020, la Comisión presentó este informe prospectivo. En concreto, estima las necesidades materiales de tecnologías en crecimiento, como las tecnologías de energía limpia (fotovoltaica, eólica, almacenamiento), la movilidad eléctrica y las tecnologías digitales (TIC, robótica, impresión 3D) sobre la base de los escenarios de neutralidad climática de la UE para 2050 y otras previsiones. Proporciona una perspectiva para 2030 y 2050 de la demanda material para estos sectores e identifica los riesgos de oferta y los cuellos de botella en diferentes niveles de las cadenas de suministro. Alianza Europea de Materias Primas La Comunicación de 2020 sobre materias primas críticas anuncia el lanzamiento de una alianza industrial dedicada a garantizar un suministro sostenible de materias primas en Europa. Al reunir a todas las partes interesadas pertinentes a lo largo de las cadenas de valor estratégicas y los ecosistemas industriales, la alianza se centrará inicialmente en las necesidades más acuciantes, a saber, aumentar la resiliencia de la UE en los elementos de tierras raras y las cadenas de valor imán permanentes. Esto es vital para los ecosistemas industriales clave de la UE, como la automoción, las energías renovables, la defensa y el sector aeroespacial. Posteriormente, la alianza se ampliará para hacer frente a otras necesidades críticas de materias primas y metales básicos, incluidos los proyectos que apoyan la economía circular y abordan el Pacto Verde de la UE. Habrá un proceso impulsado por la industria liderado por EIT RawMaterials uya tarea será identificar oportunidades, barreras y crear casos de inversión relevantes con las partes interesadas y los socios de la industria. EIT RawMaterials publicará detalles de cómo unirse a la alianza.

La lista de CRMs debería ayudar

·        reforzar la competitividad de la industria europea en consonancia con la estrategia industrial renovada para Europa

·        estimular la producción de materias primas fundamentales mediante la mejora de las nuevas actividades mineras y de reciclado en la UE

·        fomentar el uso eficiente y el reciclado de materias primas críticas, un ámbito prioritario del plan de acción de la UE para la economía circular

·        aumentar la sensibilización sobre los posibles riesgos de suministro de materias primas y las oportunidades conexas entre los países, las empresas y los inversores de la UE

·        negociar acuerdos comerciales, desafiar las medidas de distorsión del comercio, desarrollar acciones de investigación e innovación y aplicar el «agenda de desarrollo sostenible y sus objetivos de desarrollo sostenible para 2030»

La metodología para identificar CRMs

La Comisión lleva a cabo una evaluación de la criticidad a escala de la UE sobre una amplia gama de materias primas no energéticas y no agrícolas. La evaluación de criticidad 2020 se llevó a cabo para 66 materiales candidatos (63 materiales individuales y 3 grupos de materiales: elementos pesados de tierras raras, elementos de tierras raras ligeras, metales del grupo de platino, que ascienden a 83 materiales en total). En 2011, se evaluaron 41 materiales, 54 materiales fueron evaluados en 2014 y 78 en 2017.

Los principales parámetros utilizados para determinar la criticidad del material para la UE son:

·        Importancia económica: tiene como objetivo proporcionar información sobre la importancia de un material para la economía de la UE en términos de aplicaciones de uso final y el valor añadido (VA) de los sectores manufactureros de la UE correspondientes a la NACE rev.2 (nivel de 2 dígitos). La importancia económica se corrige mediante el índice de sustitución (SIEI) relacionado con el rendimiento técnico y de costes de los sustitutos para aplicaciones individuales.

·        Riesgo de suministro: refleja el riesgo de una interrupción en el suministro del material en la UE. Se basa en la concentración de la oferta primaria de los países productores de materias primas, teniendo en cuenta su desempeño en la gobernanza y los aspectos comerciales. Dependiendo de la dependencia de las importaciones de la UE, se tienen en cuenta proporcionalmente los dos conjuntos de países productores: los proveedores mundiales y los países de los que la UE obtiene las materias primas. SR se mide en la fase de «cuello de botella» del material (extracción o transformación), que presenta el mayor riesgo de suministro para la UE. La sustitución y el reciclado se consideran medidas de reducción del riesgo.

Quinta lista 2023 de materias primas críticas para la UE

En 2023, se publicó una quinta lista de 34 materias primas fundamentales en el anexo II de la propuesta de Reglamento COM(2023) basada en el estudio sobre las materias primas críticas para la UE 2023 — Informe final

La evaluación examinó 70 materias primas candidatas, compuestas por 67 materiales individuales y tres grupos de materiales: diez elementos pesados (HREEs) y cinco ligeros (LREE) de tierras raras, y cinco metales del grupo de platino (PGM). Se evaluaron cuatro nuevos materiales: neón, kryptón, xenón y madera en rollo. El metal de titanio se ha evaluado además del titanio. El aluminio y la bauxita se han fusionado por razones de consistencia. El cobre y el níquel no cumplen los umbrales de CRM, pero se incluyen en la lista de CRM como ateriales de r aw m grágicas en consonancia con la Ley de materias primas críticas.

Bauxita

Carbón de coque

Litio

Fósforo

Antimonio

Feldespato

Elementos de tierras raras ligeras

Escandio

Arsénico

Fluorspa

Magnesio

Metal de silicio

Barito

Galio

Manganeso

Estroncio

Berilio

Germanio

Grafito natural

Tántalo

Bismuto

Hafnio

Niobio

Metal de titanio

Boro/borato

Helio

Metales del grupo platino

Tungsteno

Cobalto

Elementos pesados de tierras raras

Roca de fosfato

Vanadio

 

 

Cobre

Níquel

Un informe prospectivo de la UE complementa la evaluación de la criticidad con una perspectiva prospectiva centrada en tecnologías y sectores estratégicos seleccionados. En 2023, un segundo estudio prospectivo evalúa 15 tecnologías mapeadas a 5 sectores estratégicos. La actualización del estudio ofrece una imagen actual de la demanda de materiales de las tecnologías en 2030 y 2050, y proporciona una imagen más completa de las tecnologías necesarias para alcanzar los objetivos estratégicos de la UE. El estudio también sirvió como evidencia de apoyo en el desarrollo de la Ley de Materias Primas Críticas y la lista de tratadosgic r aw m aterials.

Consulte el sitio web del proyecto SCRREEN para obtener más información sobre cada materia prima crítica: Fichas informativas sobrematerias primas del proyecto SCRREEN

Principales productores mundiales y nacionales de CRM

La industria y la economía de la UE dependen de los mercados internacionales para facilitar el acceso a muchas materias primas importantes, ya que son producidas y suministradas por terceros países. Aunque la producción nacional de determinadas materias primas críticas existe en la UE, en particular el hafnio, en la mayoría de los casos la UE depende de las importaciones procedentes de terceros países.

El suministro de muchas materias primas críticas está altamente concentrado. Por ejemplo, China proporciona el 100 % del suministro de la UE de elementos pesados de tierras raras (REE), Turquía proporciona el 99 % del suministro de boro de la UE y Sudáfrica proporciona el 71 % de las necesidades de platino de la UE y una proporción aún mayor del grupo de platino metales iridio, rodio y rutenio.

Los riesgos asociados a la concentración de la producción se ven agravados en muchos casos por bajas tasas de sustitución y reciclado.

Ley de Materias Primas Críticas

La propuesta de la Comisión de una Ley de materias primas críticas es una respuesta global a los riesgos de interrupción del suministro de materias primas críticas y a las vulnerabilidades estructurales de las cadenas de suministro de materias primas críticas de la UE. Por lo tanto, la Ley de materias primas críticas garantizará el acceso de la UE a un suministro seguro y sostenible de materias primas fundamentales, permitiendo a Europa cumplir sus objetivos climáticos y digitales, manteniendo la competitividad industrial de la UE y garantizando el buen funcionamiento del mercado único.

Enlaces relevantes

·        Sitio web de la Alianza Europea de Materias PrimasElementos de tierras raras, imanes permanentes y motores página web

·         

·        Comunicación — Resiliencia de las materias primas críticas: Trazando un camino hacia una mayor sostenibilidad y seguridad, septiembre de 2020

·        Informe final: Estudio sobre la lista de materias primas críticas de la UE, septiembre de 2020 (PDF, 7 MB)

·        Fichas informativas sobre materias primas críticas, septiembre de 2020 (PDF, 21 MB)

·        Fichas informativas sobre materias primas no críticas, septiembre de 2020 (PDF, 15 MB)

·        Informe prospectivo: Materias primas críticas para tecnologías y sectores estratégicos, septiembre de 2020

·        Estudio sobre la revisión de la lista de materias primas críticas 2017

·        Fichas informativas sobre materias primas críticas 2017

·        Fichas informativas sobre materias primas no críticas de 2017

·        Resúmenes ejecutivos: lista de materias primas críticas 2017 (627 KB)

·        Informe sobre las materias primas fundamentales para la UE 2014 (1 MB)

·        Anexo al informe sobre las materias primas críticas para la UE 2014 (577 kB)

·        Perfiles de materiales críticos 2014 (4 MB)

·        Perfiles de materiales no críticos 2014 (2 MB)

·        Estudio sobre materias primas críticas a nivel de la UE 2014 (10 MB)

·        Informe sobre materias primas críticas 2010 (2 MB)

·        Informe sobre el taller trilateral EE.UU.-Japón-UE sobre materias primas críticas 2013 (725 kB)

Contacto

GROW-I1@ec.europa.eu

 

lunes, 6 de noviembre de 2023

DECLARACIÓN EUROPEA SOBRE LOS DERECHOS Y PRINCIPIOS DIGITALES PARA LA DÉCADA DIGITAL

 Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

 

cferreyros@hotmail.com


RESUMEN 

El Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión proclaman solemnemente la siguiente Declaración conjunta sobre los Derechos y Principios Digitales para la Década Digital. La Declaración consta de un Preámbulo y seis Capítulos: I. Una transformación digital centrada en las personas; II Solidaridad e inclusión; III Libertad de elección; IV Participación en el espacio público digital; V Seguridad, protección y empoderamiento y VI Sostenibilidad.

Mediante esta Declaración, el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión aspira a promover una vía europea para la transformación digital basada en los valores europeos y los derechos fundamentales de la UE, que sitúe a las personas en el centro, reafirme los derechos humanos universales y beneficie a todas las personas, empresas y a la sociedad en su conjunto.

A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico:cferreyros@hotmail.com

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Declaración Europea sobre los Derechos y Principios Digitales para la Década Digital

(2023/C 23/01)

El Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión proclaman solemnemente la siguiente Declaración conjunta sobre los Derechos y Principios Digitales para la Década Digital

Preámbulo

Considerando lo siguiente:

(1) Tal como se consagra en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea, la Unión Europea (UE) es una «unión de valores» que se fundamenta en el respeto de la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías. Además, según la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, la UE está fundada sobre los valores indivisibles y universales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad y la solidaridad. La Carta también reafirma los derechos que emanan, en particular, de las obligaciones internacionales comunes a los Estados miembros.

(2) La transformación digital afecta a todos los aspectos de la vida de las personas. Brinda grandes oportunidades para una mejor calidad de vida, el crecimiento económico y la sostenibilidad.

(3) Al mismo tiempo, la transformación digital presenta nuevos desafíos para nuestras sociedades democráticas, nuestras economías y para las personas. Con la aceleración de la transformación digital, ha llegado el momento de que la UE exprese cómo han de aplicarse en el mundo digital sus valores y sus derechos fundamentales que se aplican fuera de línea. La transformación digital no debe implicar un retroceso en los derechos. Lo que es ilegal fuera de línea, es ilegal en línea. La presente Declaración se entiende sin perjuicio de las «políticas fuera de línea», como tener acceso fuera de línea a servicios públicos esenciales.

(4) El Parlamento ha pedido en varias ocasiones el establecimiento de principios éticos que guíen el enfoque de la UE con respecto a la transformación digital, y que se garantice el pleno respeto de derechos fundamentales como la protección de datos, el derecho a la privacidad, la ausencia de discriminación, la igualdad de género, y de principios como la protección de los consumidores, la neutralidad tecnológica y de la red, la fiabilidad y la inclusividad. También ha pedido que se refuerce la protección de los derechos de los usuarios en el entorno digital, así como de los derechos de los trabajadores y el derecho a la desconexión (1).

(5) A partir de iniciativas previas como la «Declaración de Tallin sobre la administración electrónica» y la «Declaración de Berlín sobre la sociedad digital y el gobierno digital basado en valores», los Estados miembros, mediante la «Declaración de Lisboa: democracia digital con propósito», reclamaron un modelo de transformación digital que refuerce la dimensión humana del ecosistema digital y tenga como núcleo el mercado único digital. Los Estados miembros han reclamado un modelo de transformación digital que garantice la contribución de la tecnología a la acción por el clima y la protección del medio ambiente.

(6) La visión de la UE sobre la transformación digital sitúa a las personas en el centro, empodera a los ciudadanos e incentiva a las empresas innovadoras. La Decisión sobre el programa de política «Itinerario hacia la Década Digital» para 2030 establece las metas digitales concretas basadas en cuatro puntos cardinales: capacidades digitales, infraestructuras digitales, digitalización de las empresas y de los servicios públicos. La vía de la Unión para la transformación digital de nuestras sociedades y nuestra economía abarca en particular la soberanía digital de manera abierta, el respeto de los derechos fundamentales, el Estado de Derecho y la democracia, la inclusión, la accesibilidad, la igualdad, la sostenibilidad, la resiliencia, la seguridad, la mejora de la calidad de vida, la disponibilidad de servicios y el respeto de los derechos y aspiraciones de todas las personas. Debe contribuir a una economía y una sociedad dinámicas, eficientes en el uso de los recursos y justas en la UE.

(7) La presente Declaración expone las intenciones y compromisos políticos comunes y recuerda los derechos más importantes en el contexto de la transformación digital. La Declaración debe asimismo guiar a los responsables de las políticas cuando reflexionen sobre su concepción de la transformación digital: situar a las personas en el centro de la transformación digital; respaldar la solidaridad y la integración, mediante la conectividad, la educación, la formación y las capacidades digitales, unas condiciones de trabajo justas y equitativas, así como el acceso a los servicios públicos digitales en línea; recordar la importancia de la libertad de elección en la interacción con los algoritmos y los sistemas de inteligencia artificial, así como en un entorno digital equitativo; fomentar la participación en el espacio público digital; aumentar la seguridad, protección y empoderamiento en el entorno digital, en particular de los niños y jóvenes, al tiempo que se garantiza la privacidad y el control individual de los datos; promover la sostenibilidad. Los distintos capítulos de la presente Declaración deben constituir un marco de referencia integral y no deben leerse de forma aislada. 

(8) La presente Declaración debe también servir de referencia a las empresas y otros agentes pertinentes a la hora de desarrollar e implantar nuevas tecnologías. A este respecto, es importante promover la investigación y la innovación. Asimismo, debe prestarse especial atención a las pymes y las empresas emergentes. 

(9) Conviene reforzar el funcionamiento democrático de la sociedad y la economía digitales, en pleno respeto del Estado de Derecho, los recursos efectivos y el cumplimiento de la ley. La presente Declaración no afecta a los límites legales aplicables al ejercicio de derechos, a fin de conciliarlos con el ejercicio de otros derechos, ni a las restricciones necesarias y proporcionadas en aras del interés público.

(10) La presente Declaración se basa en el Derecho primario de la UE, en particular el Tratado de la Unión Europea, el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, así como en el Derecho derivado y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Se basa también en el pilar europeo de derechos sociales y lo complementa. Tiene carácter declarativo y, por tanto, no afecta al contenido de las normas jurídicas ni a su aplicación. 

(11) La UE debe promover la Declaración en sus relaciones con otras organizaciones internacionales y terceros países, en particular reflejando estos derechos y principios en sus relaciones comerciales, a fin de que sus principios guíen a los socios internacionales hacia una transformación digital que, en todo el mundo, sitúe a las personas y sus derechos humanos universales en el centro. La Declaración debe servir especialmente de referencia para las actividades en el contexto de las organizaciones internacionales, como la realización de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, así como el enfoque multilateral de la gobernanza de internet. 

(12) La promoción y aplicación de la Declaración son un compromiso político y una responsabilidad compartidos por la UE y sus Estados miembros dentro de sus respectivas competencias, en consonancia con el Derecho de la UE. La Comisión informará periódicamente al Parlamento y al Consejo de los progresos realizados. Los Estados miembros y la Comisión deben tener en cuenta los principios y derechos digitales establecidos en la presente Declaración cuando cooperen para alcanzar los objetivos generales que figuran en la Decisión sobre el programa de política «Itinerario hacia la Década Digital» para 2030.

Declaración sobre los Derechos y Principios Digitales para la Década Digital

Aspiramos a promover una vía europea para la transformación digital basada en los valores europeos y los derechos fundamentales de la UE, que sitúe a las personas en el centro, reafirme los derechos humanos universales y beneficie a todas las personas, empresas y a la sociedad en su conjunto.

Por consiguiente, declaramos lo siguiente:

CAPÍTULO I Una transformación digital centrada en las personas

1. Las personas constituyen el núcleo de la transformación digital de la Unión Europea. La tecnología debe servir y beneficiar a todas las personas que viven en la UE y empoderarlas para que cumplan sus aspiraciones, en total seguridad y respetando plenamente sus derechos fundamentales.

Nos comprometemos a:

a) fortalecer el marco democrático para una transformación digital que beneficie a todas las personas y mejore las vidas de todas las personas que viven en la UE;

 

b) adoptar las medidas necesarias para que los valores de la UE y los derechos de los ciudadanos reconocidos por el Derecho de la Unión se respeten tanto en línea como fuera de línea;

 

c) fomentar y garantizar una acción responsable y diligente por parte de todos los agentes digitales, públicos y privados, en el entorno digital;

 

d) promover activamente esta visión de la transformación digital, también en nuestras relaciones internacionales.

CAPÍTULO II Solidaridad e inclusión

2. La tecnología debe utilizarse para unir a las personas, no para dividirlas. La transformación digital debería contribuir a una sociedad y una economía equitativas e inclusivas en la UE.

Nos comprometemos a:

a) asegurarnos de que el diseño, el desarrollo, el despliegue y el uso de soluciones tecnológicas respeten los derechos fundamentales, permitan su ejercicio y promuevan la solidaridad y la inclusión;

 

b) llevar a cabo una transformación digital que no deje a nadie atrás. Debe beneficiar a todos, lograr el equilibrio de género e incluir, en particular, a las personas de edad avanzada, las personas que viven en zonas rurales, las personas con discapacidad o marginadas, vulnerables o privadas de derechos, y quienes actúen en su nombre. También debe promover la diversidad cultural y lingüística;

 

c) desarrollar marcos adecuados para que todos los agentes del mercado que se beneficien de la transformación digital asuman sus responsabilidades sociales y hagan una contribución justa y proporcionada a los costes de los bienes, servicios e infraestructuras públicos, en beneficio de todas las personas que viven en la UE.

Conectividad

3. Toda persona, con independencia del lugar de la UE en que se encuentre, debería tener acceso a una conectividad digital asequible y de alta velocidad.

Nos comprometemos a:

a) velar por que, en cualquier lugar de la UE, todas las personas, también aquellas con bajos ingresos, tengan acceso a una conectividad de alta calidad y dispongan de acceso a internet;

 

b) proteger y promover una internet neutral y abierta en la que no se bloqueen ni degraden injustificadamente los contenidos, los servicios ni las aplicaciones.

Educación, formación y capacidades digitales

4. Toda persona tiene derecho a la educación, la formación y el aprendizaje permanente y debería poder adquirir todas las capacidades digitales básicas y avanzadas.

Nos comprometemos a:

a) promover una educación y una formación digitales de alta calidad, también con vistas a colmar la brecha digital de género;

 

b) apoyar los esfuerzos que permiten a todos los estudiantes y docentes adquirir y compartir las capacidades y competencias digitales necesarias para una participación activa en la economía, la sociedad y los procesos democráticos, en particular la alfabetización mediática y el pensamiento crítico;

 

c) promover y respaldar los esfuerzos por dotar de conectividad, infraestructuras y herramientas digitales a todas las instituciones de educación y formación;

 

d) brindar a toda persona la posibilidad de adaptarse a los cambios provocados por la digitalización del trabajo mediante el perfeccionamiento y el reciclaje profesionales.

Condiciones de trabajo justas y equitativas

5. Toda persona tiene derecho a unas condiciones de trabajo equitativas, justas, saludables y seguras, así como a una protección adecuada en el entorno digital y en el puesto de trabajo físico, con independencia de su situación laboral y de la modalidad o la duración del empleo.

 

 

6. Las organizaciones sindicales y patronales desempeñan un papel importante en la transformación digital, en particular en lo relativo a la definición de unas condiciones de trabajo justas y equitativas, también en lo que respecta al empleo de herramientas digitales en el trabajo.

Nos comprometemos a:

a) velar por que toda persona pueda desconectar y beneficiarse de salvaguardias para asegurar el equilibrio entre vida privada y vida laboral en un entorno digital;

 

b) garantizar que las herramientas digitales no supongan ningún tipo de riesgo para la salud física y mental de los trabajadores en el entorno de trabajo;

 

c) garantizar el respeto de los derechos fundamentales de los trabajadores en el entorno digital, incluidos su derecho a la privacidad, el derecho de asociación, el derecho de negociación y acción colectiva, así como la protección frente a una vigilancia ilegal e injustificada;

 

d) garantizar que el uso de la inteligencia artificial en el lugar de trabajo sea transparente y siga un enfoque basado en los riesgos, y que se adopten las medidas de prevención correspondientes para mantener un entorno de trabajo seguro y saludable;

 

e) garantizar, en particular, que las decisiones importantes que afecten a los trabajadores cuenten con supervisión humana y que, en general, se los informe de que están interactuando con sistemas de inteligencia artificial.

Servicios públicos digitales en línea

7. Toda persona debe tener acceso en línea a los servicios públicos esenciales de la UE. No debe pedirse a nadie que facilite datos con más frecuencia de la necesaria al acceder a los servicios públicos digitales y utilizarlos.

Nos comprometemos a:

a) velar por que se ofrezca a las personas que viven en la UE la posibilidad de una identidad digital accesible, voluntaria, segura y fiable que proporcione acceso a una amplia gama de servicios en línea;

 

b) garantizar una accesibilidad y una reutilización a gran escala de la información del sector público;

 

c) facilitar y apoyar en toda la Unión un acceso fluido, seguro e interoperable a servicios públicos digitales diseñados para satisfacer eficazmente las necesidades de las personas, en particular servicios sanitarios y asistenciales digitales, especialmente el acceso a los historiales médicos electrónicos.


CAPÍTULO III Libertad de elección

Interacciones con algoritmos y sistemas de inteligencia artificial

8. La inteligencia artificial debe ser un instrumento al servicio de las personas y su fin último debe ser aumentar el bienestar humano.

9. Toda persona debería estar empoderada para beneficiarse de las ventajas de los sistemas algorítmicos y de inteligencia artificial, especialmente a fin de tomar sus propias decisiones en el entorno digital con conocimiento de causa, así como estar protegida frente a los riesgos y daños a su salud, su seguridad y sus derechos fundamentales.

Nos comprometemos a:

a) promover sistemas de inteligencia artificial centrados en el ser humano, fiables y éticos a lo largo de todo su desarrollo, despliegue y uso, en consonancia con los valores de la UE;

 

b) velar por un nivel adecuado de transparencia en el uso de los algoritmos y la inteligencia artificial y por que las personas estén informadas y capacitadas para utilizarlos cuando interactúen con ellos;

 

c) velar por que los sistemas algorítmicos se basen en conjuntos de datos adecuados para evitar la discriminación y permitir la supervisión humana de todos los resultados que afecten a la seguridad y los derechos fundamentales de las personas;

 

d) garantizar que las tecnologías como la inteligencia artificial no se utilicen para anticiparse a las decisiones de las personas en ámbitos como, por ejemplo, la salud, la educación, el empleo y la vida privada;

 

e) proporcionar salvaguardias y adoptar las medidas adecuadas, en particular promoviendo normas fiables, para que la inteligencia artificial y los sistemas digitales sean seguros y se utilicen en todo momento con pleno respeto de los derechos fundamentales de las personas;

 

f) adoptar medidas para garantizar que la investigación en inteligencia artificial respete las normas éticas más estrictas y la legislación pertinente de la UE.

Un entorno digital justo

10. Toda persona debería poder elegir de manera efectiva y libre qué servicios digitales utiliza sobre la base de información objetiva, transparente, fácilmente accesible y fiable.

11. Toda persona debería tener la posibilidad de competir en condiciones equitativas e innovar en el entorno digital. Esto también debería beneficiar a las empresas, incluidas las pymes.

Nos comprometemos a:

a) velar por un entorno digital seguro y protegido, basado en la competencia leal, en el que los derechos fundamentales estén protegidos, los derechos de los usuarios y la protección de los consumidores en el mercado único digital estén garantizados y las responsabilidades de las plataformas, especialmente los grandes operadores y los guardianes de acceso, estén bien definidas;

 

b) promover la interoperabilidad, la transparencia, las tecnologías y normas abiertas como forma de reforzar aún más la confianza en la tecnología, así como la capacidad de los consumidores para tomar decisiones autónomas y con conocimiento de causa.

CAPÍTULO IV Participación en el espacio público digital

12. Toda persona debería tener acceso a un entorno digital fiable, diverso y multilingüe. El acceso a contenidos diversos contribuye a un debate público plural y a la participación efectiva en la democracia de manera no discriminatoria. 

13. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión y de información, así como a la libertad de reunión y de asociación en el entorno digital. 

14. Toda persona debería poder acceder a la información sobre quién posee o controla los servicios de comunicación que utiliza. 

15. Las plataformas en línea, en particular las plataformas en línea de muy gran tamaño, deberían apoyar el debate democrático libre en línea. Dado el papel de sus servicios en la configuración de la opinión y el discurso públicos, las plataformas en línea de muy gran tamaño deberían mitigar los riesgos derivados del funcionamiento y el uso de sus servicios, incluidos los relacionados con campañas de desinformación e información errónea, y proteger la libertad de expresión.

Nos comprometemos a:

a) seguir salvaguardando todos los derechos fundamentales en línea, en particular la libertad de expresión y de información, incluida la libertad y pluralismo de los medios de comunicación;

 

b) apoyar el desarrollo y el mejor uso de las tecnologías digitales para fomentar la implicación de las personas y la participación democrática;

 

c) adoptar medidas proporcionadas para combatir todas las formas de contenidos ilegales, respetando plenamente los derechos fundamentales, incluido el derecho a la libertad de expresión y de información, sin establecer ninguna obligación general de supervisión o censura;

 

d) crear un entorno digital en el que las personas estén protegidas contra la desinformación, la manipulación de la información y otras formas de contenidos nocivos, incluidos el acoso y la violencia de género;

 

e) apoyar el acceso efectivo a contenidos digitales que reflejen la diversidad cultural y lingüística de la UE;

 

f) capacitar a las personas para que puedan tomar decisiones concretas con libertad y limitar la explotación de las vulnerabilidades y los sesgos, en particular a través de la publicidad personalizada.

CAPÍTULO V Seguridad, protección y empoderamiento

Un entorno digital protegido y seguro 

16. Toda persona debería tener acceso a tecnologías, productos y servicios digitales diseñados para estar protegidos, ser seguros y proteger la privacidad, lo que se traduce en altos niveles de confidencialidad, integridad, disponibilidad y autenticidad de la información tratada.

Nos comprometemos a:

a) adoptar nuevas medidas para promover la trazabilidad de los productos y garantizar que en el mercado único digital solo se comercialicen productos seguros que se ajusten a la legislación de la UE;

 

b) proteger los intereses de las personas, las empresas y las instituciones públicas frente a los riesgos de ciberseguridad y la ciberdelincuencia, especialmente frente a la violación de la seguridad de los datos personales, como la usurpación o la manipulación de identidad. Esto incluye requisitos de ciberseguridad para los productos conectados que se comercialicen en el mercado único;

 

c) combatir y responsabilizar a quienes traten de socavar, en la UE, la seguridad en línea y la integridad del entorno digital o fomenten la violencia y el odio por medios digitales.

Privacidad y control individual de los datos

17. Toda persona tiene derecho a la privacidad y a la protección de sus datos personales. Este último derecho incluye el control por parte de las personas de cómo se utilizan sus datos personales y con quién se comparten.

18. Toda persona tiene derecho a la confidencialidad de sus comunicaciones y de la información contenida en sus dispositivos electrónicos, y a no ser objeto de vigilancia en línea y seguimiento generalizado ilegales ni de medidas de interceptación. 

19. Toda persona debería poder determinar su legado digital y decidir lo que debe hacerse tras su muerte con sus cuentas personales y la información que le concierna.

Nos comprometemos a:

a) garantizar que todas las personas tengan un control efectivo de sus datos personales y no personales, de conformidad con la normativa de la UE en materia de protección de datos y la legislación pertinente de la UE;

 

b) velar efectivamente por que las personas tengan la posibilidad de transferir con facilidad sus datos personales y no personales entre distintos servicios digitales en línea con derecho a la portabilidad de los datos;

 

c) proteger eficazmente las comunicaciones contra el acceso no autorizado de terceros;

 

d) prohibir la identificación ilegal y la conservación ilícita de registros de actividades.

Protección y empoderamiento de los niños y jóvenes en el entorno digital 

20. Debería empoderarse a los niños y los jóvenes para que puedan tomar decisiones seguras y con conocimiento de causa y expresar su creatividad en el entorno digital. 

21. Los materiales y servicios adaptados a cada edad deberían mejorar las experiencias, el bienestar y la participación de niños y jóvenes en el entorno digital.

22. Debe prestarse especial atención al derecho de los niños y los jóvenes a ser protegidos frente a todo tipo de delincuencia cometida o facilitada a través de tecnologías digitales.

Nos comprometemos a:

a) brindar oportunidades a todos los niños y los jóvenes para que adquieran las competencias y capacidades necesarias, en particular la alfabetización mediática y el pensamiento crítico, de modo que naveguen y participen en el entorno digital de manera activa y segura y tomen decisiones con conocimiento de causa;

 

b) promover experiencias positivas para niños y jóvenes en un entorno digital seguro y adaptado a su edad;

 

c) proteger a todos los niños y todos los jóvenes frente a los contenidos dañinos e ilegales, la explotación, la manipulación y el abuso en línea, y evitar que el espacio digital se utilice para cometer o facilitar delitos;

 

d) proteger a todos los niños y todos los jóvenes frente al seguimiento, la elaboración de perfiles y la segmentación ilegales, en particular con fines comerciales;

 

e) implicar a los niños y los jóvenes en el desarrollo de políticas digitales que les afecten.

CAPÍTULO VI Sostenibilidad

23. Para evitar que se cause un perjuicio significativo al medio ambiente y promover la economía circular, los productos y servicios digitales deberían diseñarse, producirse, utilizarse, repararse, reciclarse y eliminarse de manera que se atenúen sus efectos negativos en el medio ambiente y en la sociedad y se evite la obsolescencia programada.

24. Toda persona debería tener acceso a información precisa y fácil de entender sobre los efectos ambientales, el consumo de energía, la reparabilidad y vida útil de los productos y servicios digitales, que le permita tomar decisiones responsables.

Nos comprometemos a:

a) apoyar el desarrollo y la utilización de tecnologías digitales sostenibles que tengan un mínimo impacto negativo ambiental y social;

 

b) incentivar alternativas para los consumidores y modelos de negocio que sean sostenibles, y fomentar un comportamiento sostenible y responsable por parte de las empresas a lo largo de las cadenas de valor mundiales de productos y servicios digitales, también con vistas a luchar contra el trabajo forzoso;

 

c) promover el desarrollo, la implantación y el uso activo de tecnologías digitales innovadoras con efectos positivos en el medio ambiente y el clima, con el fin de acelerar la transición ecológica;

 

d) promover normas y etiquetas de sostenibilidad aplicables a los productos y servicios digitales.


(1)  2020/2216(INI); 2020/2018(INL); 2020/2019(INL); 2020/2022(INI); 2020/2012(INL); 2020/2014(INL); 2020/2015(INI); 2020/2017(INI); 2019/2186(INI); 2019/2181(INL); 2022/2266(INI).


viernes, 3 de noviembre de 2023

INFORME SOBRE DERECHOS DE PROPIEDAD DE LAS PLANTAS - CPVO AGENCIA EUROPEA

  Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

 

cferreyros@hotmail.com


RESUMEN


La presente Introducción traducida al castellano por el suscrito con la ayuda del aplicativo Google Traductor corresponde a la publicada en inglés este año por la Community Plants Variety Office sobre el Informe 
"Derechos de propiedad intelectual de las plantas - Análisis de los derechos de propiedad intelectual relacionadoscon la innovación relacionada con las plantas: Derechos y patentes de obtencionesvegetales - Cómo funciona"  preparado por el Sr. Martin Ekvad en nombre de Växtnoden, proyecto de la Real Sociedad Sueca. Academia de Silvicultura y Agricultura.

La CPVO es una agencia de la Unión Europea que gestiona el sistema de derechos de obtenciones vegetales de la Unión Europea que cubre los 27 Estados miembros. El autor del Informe Martin Ekvad fue presidente de la Community Plants Variety Office, OCVV durante 10 años (2011-2022). Anteriormente fue Jefe del Servicio Jurídico de la OCVV. También ha trabajado como abogado en el despacho de abogados Linklaters en Bruselas y en el despacho de abogados Magnusson Whalin en Estocolmo.

El objetivo principal de este informe es resaltar el papel de los derechos de propiedad intelectual de las plantas en el fitomejoramiento. Partes del estudio explican el panorama jurídico, pero la intención también es presentar equilibrios y opciones y así estimular futuros debates.

El informe explica algunos aspectos horizontales de las patentes y los derechos de variedades vegetales en relación con las innovaciones relacionadas con las plantas. El informe también examina con mayor detalle lo que se puede proteger mediante patentes y derechos de obtenciones vegetales, y su alcance de protección. Estos aspectos se plantean a menudo en el debate público, pero con demasiada frecuencia surgen malentendidos.

La Real Academia Sueca de Silvicultura y Agricultura (KLSA) es un lugar de encuentro independiente donde se centran los diálogos sobre cuestiones importantes que afectan a las industrias verdes. El fitomejoramiento ha sido clave para el éxito en el desarrollo de cultivos para la producción sostenible de alimentos, tanto en términos de aumento de la producción como para lograr la mejor adaptación posible a las realidades agrícolas actuales. Con el tiempo se ha vuelto cada vez más importante contar con herramientas que de manera rápida, eficiente y precisa resulten en cultivos sustentables tanto para el presente como para el futuro.

A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico:cferreyros@hotmail.com

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