viernes, 15 de diciembre de 2023

TECNOLOGÍAS CRÍTICAS PARA LA SEGURIDAD Y LA DEFENSA: SITUACIÓN Y DESAFÍOS FUTUROS - RESOLUCION DEL PARLAMENTO EUROPEO.

   Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

 

cferreyros@hotmail.com

RESUMEN 

Vistos y Considerando que un sector de la defensa fuerte, sostenible, tecnológicamente avanzado y competitivo es crucial para las capacidades de seguridad y defensa de Europa y, por tanto, para su prosperidad y para la provisión de apoyo a sus aliados y amigos; la Guerra entre Rusia y Ucrania; la necesidad urgente de crear un mercado europeo de equipamiento de defensa; el suministro continuo, sostenible y estable de materias primas, tecnologías y componentes fundamentales es vital para el sector europeo de la defensa; la diferente estructuración del sector de la defensa en cada Estado miembro; la disponibilidad de algunas tecnologías del sector civil para su uso en el sector crítico de la defensa y la opción de un doble uso si se eliminaran obstáculos; finalmente, considerando que el intercambio de datos es fundamental para analizar las lagunas estratégicas y aprovechar el potencial de progreso tecnológico, garantizándose la protección de la propiedad intelectual y los datos comerciales sensibles:

Acoge, con satisfacción, entre otras propuestas derivadas de los Vistos y Considerandos,  la hoja de ruta de la Comisión para las tecnologías críticas para la seguridad y la defensa; hace hincapié en la necesidad de una mayor participación de la UE en la coordinación y la facilitación del desarrollo de las tecnologías relacionadas con la seguridad y la defensa, que deben ser, en la mayor medida posible, compatibles con los objetivos del Pacto Verde Europeo, sin reducir la eficacia operativa; subraya que la competitividad tecnológica mundial de la Unión depende en gran medida de la I+D, la innovación y de la capacidad para transferir y desplegar nuevas tecnologías e impartir formación rápidamente. 

La Resolución del Parlamento Europeo, de 9 de mayo de 2023, fue publicada el 15 de diciembre de 2023.

 A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico : cferreyros@hotmail.com

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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2023/1059

15.12.2023

P9_TA(2023)0131

Tecnologías críticas para la seguridad y la defensa

Resolución del Parlamento Europeo, de 9 de mayo de 2023, sobre las tecnologías críticas para la seguridad y la defensa: situación y desafíos futuros (2022/2079(INI))

(C/2023/1059)

El Parlamento Europeo,

— Visto el Fondo Europeo de Defensa 2021-2027, con su presupuesto específico para tecnologías disruptivas emergentes,

 

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 15 de febrero de 2022, titulada «Hoja de ruta sobre tecnologías críticas para la seguridad y la defensa» (COM(2022)0061),

 

— Visto el documento de trabajo de los servicios de la Comisión, de 10 de noviembre de 2022, titulado «Primer informe de situación relativo a la aplicación del Plan de acción sobre las sinergias entre las industrias civil, de la defensa y espacial» (SWD(2022)0362),

 

— Vista su Resolución, de 7 de junio de 2022, sobre la Hoja de ruta del SEAE sobre cambio climático y defensa (1),

 

— Vista la opinión de la Comisión de Asuntos Exteriores,

 

— Visto el artículo 54 de su Reglamento interno,

 

— Visto el informe de la Comisión de Industria, Investigación y Energía (A9-0120/2023),

 

A. Considerando que un sector de la defensa fuerte, sostenible, tecnológicamente avanzado y competitivo es crucial para las capacidades de seguridad y defensa de Europa y, por tanto, para su prosperidad y para la provisión de apoyo a sus aliados y amigos;

 

B. Considerando que la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania ha demostrado que Europa necesita con urgencia invertir en sus tecnologías de defensa y seguridad, y en particular en la producción de munición, a una escala que refleje las necesidades del campo de batalla moderno, sobre la base de la coordinación conjunta, la contratación pública y la inversión en investigación y desarrollo, también en el ámbito de la ciberseguridad, y de una manera eficaz y colaborativa; que los Estados miembros han establecido un objetivo del 35 % para las inversiones en defensa colaborativa, pero han mostrado una voluntad política escasa, e incluso cada vez menor, para alcanzar este objetivo, al situarse en el 11 % en 2020, y en un mínimo histórico del 8 % en 2021; que algunos Estados miembros se han comprometido a apoyar a Ucrania mucho más que otros, tanto en términos financieros como militares;

 

C. Considerando que existe una necesidad urgente de crear un verdadero mercado europeo de equipamiento de defensa, entre otras vías, mediante la consolidación de las capacidades industriales, la reducción de la duplicación y la fragmentación y, al mismo tiempo, la adaptación de la base industrial del mercado, y en concreto, de sus cadenas de suministro y su mano de obra cualificada, al nuevo entorno de seguridad en Europa, lo que exige un incremento rápido de las capacidades de producción;

 

D. Considerando que un suministro continuo, sostenible y estable de materias primas, tecnologías y componentes fundamentales es vital para el sector europeo de la defensa;

 

E. Considerando que las tecnologías de vanguardia y el capital humano correspondiente, en particular las tecnologías y capacidades digitales, en rápida evolución, son factores cada vez más importantes para sostener y reforzar las industrias de seguridad y defensa europeas;

 

F. Considerando que el sector de la defensa se estructura de forma diferente en cada Estado miembro;

 

G. Considerando que la fragmentación del sector europeo de la defensa y la duplicación de esfuerzos en el mercado europeo de la defensa conducen a un uso ineficiente de los recursos económicos y a una reducción de las capacidades de defensa, y deben evitarse; que estos procesos dan lugar a pérdidas colectivas de 25 000 000 000 a 100 000 000 000 EUR, según la Comisión;

 

H. Considerando que algunas tecnologías críticas que podrían estar disponibles para su uso en el sector de la defensa proceden del sector civil y podrían optar a un doble uso si se eliminaran obstáculos;

 

I. Considerando que la investigación y la innovación abiertas en las que participan el mundo académico, la empresa privada y el sector público tienen el potencial de acelerar el desarrollo de las tecnologías de vanguardia de Europa, que tienen el potencial de abordar la fragmentación del mercado, siempre que se garantice la interoperabilidad;

 

J. Considerando que el aumento de la participación de las pequeñas y medianas empresas (pymes) refuerza la competitividad del sector de la seguridad y la defensa;

 

K. Considerando que, al abordar la necesidad de un apoyo estructurado a la innovación y al progreso tecnológico, se debe tener en cuenta que la innovación se deriva esencialmente de la competencia y del espíritu de investigación, y no de la planificación burocrática;

 

L. Considerando que, entre 2017 y 2020, los Estados miembros participantes en la Agencia Europea de Defensa (AED) dedicaron más de 25 000 000 000 EUR a la investigación y el desarrollo (I+D) en materia de defensa, de los cuales solo una pequeña parte se ha gastado de manera colaborativa;

 

M. Considerando que el acceso a la financiación para las industrias de la seguridad y la defensa no debe restringirse mediante reglamentos de la Unión;

 

N. Considerando que el intercambio de datos es fundamental para analizar las lagunas estratégicas y aprovechar el potencial de progreso tecnológico, si bien que debe garantizarse la protección de la propiedad intelectual y los datos comerciales sensibles;

 

O. Considerando que la cooperación con socios estratégicos fuera de la UE, especialmente con los aliados de la OTAN, pero también con socios mundiales con ideas afines, es clave para mejorar la innovación y el progreso tecnológico;

 1. Acoge con satisfacción la hoja de ruta de la Comisión para las tecnologías críticas para la seguridad y la defensa; hace hincapié en la necesidad de una mayor participación de la UE en la coordinación y la facilitación del desarrollo de las tecnologías relacionadas con la seguridad y la defensa, que deben ser, en la mayor medida posible, compatibles con los objetivos del Pacto Verde Europeo, sin reducir la eficacia operativa; subraya que la competitividad tecnológica mundial de la Unión depende en gran medida de la I+D, la innovación y de la capacidad para transferir y desplegar nuevas tecnologías e impartir formación rápidamente;

 

 2. Reconoce la necesidad urgente, destacada en la hoja de ruta, de identificar tecnologías críticas para la seguridad y la defensa de la Unión, manteniendo al mismo tiempo la flexibilidad necesaria para el desarrollo y la aplicación de tecnologías innovadoras y disruptivas; subraya que la propuesta de un enfoque estratégico coordinado a escala de la Unión en materia de tecnologías críticas para la seguridad y la defensa, que debe adoptarse desde un principio, es el camino adecuado para avanzar;

 

 3. Acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión para superar la división actual entre investigación en materia civil, de defensa y seguridad, desarrollo e innovación; pide a la Comisión que conecte mejor los programas e instrumentos de la Unión en materia civil, de defensa y seguridad con las partes interesadas pertinentes, en particular en el ámbito de la innovación; aboga por una inversión mejor dirigida a la investigación y el desarrollo comunes; subraya que el fomento de la investigación y la innovación en materia de defensa y seguridad no debe darse a expensas de proyectos civiles;

 

 4. Lamenta que el gasto combinado en investigación y tecnología en materia de defensa de los Estados miembros en 2020 representara únicamente el 1,2 % de su gasto total en defensa, muy por debajo del criterio de referencia del 2 % acordado en el marco de la AED;

 

 5. Subraya que el empeoramiento de la situación de la seguridad en Europa, especialmente en los países con fronteras exteriores de la UE, tras la guerra de agresión ilegal, no provocada e injustificada de Rusia contra Ucrania exige un esfuerzo más firme y mejor coordinado por parte de la UE y sus Estados miembros para invertir en tecnologías críticas de seguridad y defensa, incluida la producción de munición, y, en la mayor medida posible, adquirir tales tecnologías, así como para establecer un mercado europeo de equipos de defensa; expresa su preocupación ante la posibilidad de que la creciente demanda mundial de sistemas de armas convencionales en el contexto de la guerra en Ucrania ejerza un efecto negativo en las inversiones en el desarrollo de nuevas tecnologías;

 

 6. Acoge con satisfacción la creación por parte de la Comisión de un Observatorio de Tecnologías Críticas; pide a la Comisión que integre plenamente las conclusiones del Observatorio en su informe clasificado destinado a los Estados miembros sobre las tecnologías críticas y los riesgos asociados a las dependencias estratégicas que afectan a la seguridad, el espacio y la defensa; hace hincapié en que debe garantizarse la protección de la propiedad intelectual y los datos comerciales sensibles; subraya la necesidad de que la Comisión, en colaboración con la AED, coordine, promueva y facilite adicionalmente la cooperación y la puesta en común de recursos entre los Estados miembros con el fin de abordar las lagunas tecnológicas presentes y futuras, reducir la duplicación de proyectos y aumentar la eficacia y la eficiencia del gasto; pide a la Comisión que mantenga debidamente informado al Parlamento Europeo sobre los principales resultados de este Observatorio;

 

 7. Pide a la Comisión que anime a los Estados miembros a revisar todos los programas e instrumentos de la política de defensa, con arreglo al enfoque de la Revisión anual coordinada de la defensa, haciendo especial hincapié en las tecnologías críticas, a comprobar si tales programas e instrumentos siguen siendo adecuados para su propósito, y a resumir sus conclusiones y compartirlas con los demás Estados miembros cuando sea posible y pertinente; aboga por una revisión exhaustiva de las iniciativas de defensa pertinentes, como el plan de desarrollo de capacidades, con el fin de actualizarlas a la luz de las disposiciones incluidas en la Brújula Estratégica para la Seguridad y la Defensa y el análisis de deficiencias desarrollado por la AED; sugiere que la Agencia Europea de Defensa ocupa una posición adecuada para velar por la coherencia de las actividades de innovación de los agentes europeos en el sector de la defensa; pide, a este respecto, que se refuerce su papel a la hora de prestar apoyo, coordinar sugerencias, incluida una evaluación estratégica de los resultados, y presentar soluciones para respaldar proyectos conjuntos de I+D y contratación pública;

 

 8. Dirige un llamamiento a la AED para que incluya el concepto de tecnologías críticas en su procedimiento de Revisión anual coordinada de la defensa;

 

 9. Observa que hay riesgo de dependencia en relación con el suministro de materiales críticos y de que resulten sobrecargadas las cadenas de suministro, lo que puede afectar a la capacidad de la Unión para seguir siendo competitiva en el ámbito de las tecnologías críticas para la seguridad y la defensa; pide a la Comisión que promueva la circularidad y evalúe la manera de fomentar la investigación sobre nuevos materiales para las tecnologías críticas en la Ley de materias primas fundamentales, a fin de minimizar la dependencia de la UE con respecto a países no pertenecientes a la Unión;

 

 10. Señala el peligro de una dependencia excesiva respecto a las materias primas no procedentes de la UE, y recomienda que se redoblen los esfuerzos para evitarlo;

 

 11. Acoge con satisfacción la creación de un régimen de innovación en materia de defensa de la Unión y el trabajo en curso sobre diversas herramientas relacionadas con la defensa y las tecnologías nuevas y de doble uso, con el fin de ayudar a las empresas emergentes innovadoras y a las pymes a superar los grandes obstáculos tecnológicos, administrativos, financieros, reglamentarios y de entrada en el mercado; pide a la Comisión que anime a los Estados miembros, como usuarios finales, a integrar las redes de innovación transfronterizas en sus cadenas de suministro de tecnología de defensa; subraya que estas iniciativas deben perseguir la mejora de las capacidades militares y procurar un elevado nivel de independencia tecnológica de la UE; invita a la Comisión a considerar debidamente las sensibilidades específicas de seguridad y defensa al establecer iniciativas en el marco del régimen de innovación en materia de defensa de la UE; pide a la Comisión que colabore estrechamente con el Centro de Innovación en materia de Defensa establecido en la AED;

 

 12. Pide a la Comisión que examine las directivas de contratación pública de la Unión con respecto a las barreras para las empresas emergentes y las pequeñas empresas, especialmente en el ámbito de la innovación, en el que el riesgo de que un proyecto fracase es superior, y que anime a los Estados miembros a evitar tales barreras en su aplicación;

 

 13. Subraya la constante necesidad de una estrecha coordinación con socios asociados y afines, como los Estados Unidos y la OTAN; acoge con satisfacción el compromiso de la Comisión y del vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR) de explorar la cooperación UE-EE. en el contexto del Consejo de Comercio y Tecnología UE-EE.; acoge favorablemente además el compromiso de la Comisión y del vicepresidente/alto representante de explorar las interacciones mutuamente acordadas y beneficiosas entre las iniciativas de la UE y de la OTAN centradas en las nuevas tecnologías; subraya, sin embargo, la necesidad de que la UE construya una autonomía estratégica abierta, haciendo especial hincapié en la inversión en tecnologías europeas;

 

 14. Considera con preocupación la falta de inversión en nuevas tecnologías disruptivas en los sectores de la defensa y la seguridad, a pesar de la existencia del Reglamento sobre el Fondo Europeo de Defensa (2) (FED); pide a la Comisión que aclare las directrices y reglamentos estratégicos para fomentar la inversión en la industria de la defensa, y que establezca las herramientas y medidas de cooperación necesarias para animar a las industrias de la defensa y la seguridad a invertir más en innovación tecnológica en materia de tecnologías críticas para la seguridad y la defensa, además de producir los sistemas de armamento existentes, de plena conformidad con el Derecho internacional y el marco legislativo de la UE, y con arreglo al desarrollo de estos instrumentos;

 

 15. Subraya el importante papel de las pymes y las empresas emergentes en la innovación y el desarrollo, y pide que se incluyan en determinados programas e instrumentos en el marco de la futura ejecución de la hoja de ruta sobre tecnologías críticas para la seguridad y la defensa;

 

 16. Subraya la necesidad de una cooperación más estrecha entre los Estados miembros en materia de desarrollo de capacidades para impulsar la innovación en tecnologías críticas para la seguridad y la defensa; pide a los órganos pertinentes de la Unión que prioricen proyectos conjuntos para la innovación financiada y cofinanciada por la Unión en tecnologías críticas para la seguridad y la defensa, y que actúen como catalizadores y aceleradores para animar decididamente a los Estados miembros a coordinar con eficacia sus programas de desarrollo de capacidades; pide asimismo a la Comisión y a los Estados miembros que consideren la posibilidad de establecer un mecanismo de la UE con el fin de mancomunar los recursos nacionales para la I+D en materia de defensa y seguridad, con la sólida participación del Parlamento, en su caso, en su implantación;

 

 17. Hace hincapié en que la innovación y el desarrollo financiados y cofinanciados por la Unión en tecnologías de defensa críticas y disruptivas deben conducir a un mayor grado de interoperabilidad y a la adquisición común de equipos de defensa por parte de los Estados miembros una vez que las tecnologías desarrolladas hayan alcanzado un nivel adecuado de madurez tecnológica; subraya la importancia equivalente de evitar la duplicación de proyectos a escala de la UE, e incide en la relevancia de minimizar los solapamientos y duplicaciones existentes; pide que la Comisión defina el nivel adecuado de madurez tecnológica en cooperación con los Estados miembros, en consonancia con el entorno moderno en materia de seguridad y las exigencias del campo de batalla moderno; destaca la necesidad de procurar una mayor armonización entre los diversos programas de investigación e innovación de la UE, con el fin de fomentar el desarrollo de tecnologías críticas en Europa, teniendo en cuenta al mismo tiempo la posibilidad de dar un doble uso a las tecnologías existentes;

 

 18. Toma nota de los esfuerzos de la Comisión por apoyar la adquisición conjunta de tecnologías de seguridad y defensa por parte de los Estados miembros, como la propuesta de Reglamento por el que se establece el refuerzo de la industria europea de defensa mediante la Ley de adquisición común;

 

 19. Destaca la necesidad de una estrecha cooperación entre las distintas partes interesadas, como el mundo académico y los sectores público y privado, a fin de utilizar las mejores prácticas en materia de tecnologías de seguridad y defensa; pide a la Comisión que examine el potencial de utilizar modelos de «hélice múltiple» para la innovación;

 

 20. Expresa su preocupación por el insuficiente nivel de financiación de la defensa y la seguridad con cargo a los fondos de la UE, y lamenta que la tasa de colaboración de los Estados miembros en materia de contratación pública en el ámbito de la defensa haya registrado un nivel mínimo sin precedentes; lamenta asimismo que el presupuesto del FED se haya reducido en aproximadamente un 40 % con respecto a la propuesta de la Comisión para el marco financiero plurianual (MFP) 2021-2027, y que el presupuesto del programa de movilidad militar se haya recortado en un 75 %; destaca que el MFP actual no podrá proporcionar recursos financieros suficientes para impulsar la colaboración en materia de defensa de la UE hasta alcanzar un nivel apropiado, ya que la situación presente en materia de seguridad exige un salto cualitativo; insta a los Estados miembros a que consideren la posibilidad de poner en común partes considerables de sus crecientes presupuestos nacionales de defensa a nivel de la Unión para reponer conjuntamente las existencias de municiones agotadas y comprar conjuntamente sistemas de armas, incluidos los más complejos y caros, como aviones de combate, buques de guerra y carros de combate principales; pide a la Comisión que avance en el desarrollo de los regímenes de financiación existentes y sus alternativas con el fin de aumentar la financiación de tecnologías críticas para la seguridad y la defensa en el marco del actual MFP, teniendo en cuenta las necesidades reales de inversión industrial;

 

 21. Subraya que la normativa de la UE, que puede afectar al acceso de las industrias europeas de seguridad y defensa a la financiación, debe ser coherente con los esfuerzos de la Unión por facilitar el acceso suficiente del sector europeo de la defensa a la financiación y la inversión públicas y privadas;

 

 22. Hace hincapié en la necesidad de un mejor uso dual de las tecnologías civiles existentes, así como de un enriquecimiento mutuo entre la innovación civil, la militar y la de doble uso en el ámbito de las tecnologías críticas para la seguridad y la defensa, y destaca el correspondiente potencial de fomentar la cooperación entre los programas de la UE; subraya la necesidad de mejorar las redes de intercambio de conocimientos para las tecnologías existentes y las nuevas, de manera que los usuarios finales y los inversores potenciales estén en condiciones de hacer un mejor uso de las tecnologías ya presentes en el mercado o invertir en tecnologías emergentes de alto potencial;

 

 23. Alienta la innovación basada en una mayor eficiencia en el uso de los recursos, el desarrollo de nuevos materiales, la promoción de materias primas secundarias y una contratación pública conjunta más sostenible, así como el uso de soluciones tecnológicas sostenibles desde el punto de vista medioambiental; pide a la Comisión que estudie, en cooperación con la AED, el camino a seguir en materia de tecnologías sostenibles de seguridad y defensa y cómo podrían beneficiarse la resiliencia de la Unión y sus industrias de seguridad y defensa en consonancia con la Hoja de ruta sobre cambio climático y defensa de la Unión y su Resolución, de 7 de junio de 2022, sobre el mismo tema, en particular reduciendo la dependencia de las industrias de seguridad y defensa de la Unión respecto a los combustibles fósiles, y evaluando su vulnerabilidad al cambio climático y la correspondiente necesidad de adaptación al mismo;

 

 24. Subraya la necesidad de aumentar las inversiones en la defensa «ecológica», dedicando una mayor proporción de la I+D financiada por la UE a combustibles y sistemas de propulsión neutros en carbono para vehículos militares, y en particular, para futuros grandes sistemas de armamento desarrollados en los marcos pertinentes de la Unión; invita a la Comisión y a los Estados miembros a considerar las huellas energéticas, de carbono y medioambientales a partir de la fase de diseño al invertir los fondos pertinentes de la UE; recuerda que las acciones de I+D en el marco del FED pueden mejorar la eficiencia, reducir las huellas de carbono y procurar buenas prácticas sostenibles; aboga por un mecanismo que incentive la I+D para las tecnologías sostenibles en materia de defensa y seguridad; acoge con satisfacción el presupuesto dedicado a la resiliencia energética y la transición medioambiental en el primer programa de trabajo anual, pero señala que esta partida representa únicamente el 11 % del presupuesto total anual del FED;

 

 25. Destaca que la guerra de Rusia contra Ucrania ha demostrado reiteradamente la eficacia de las tecnologías disruptivas, que a menudo tienen un coste relativamente bajo, pero ejercen un poderoso impacto en el campo de batalla contra grandes sistemas y formaciones armamentísticos; pide a la Comisión que lleve a cabo un estudio en cooperación con el Gobierno de Ucrania y los socios de la OTAN sobre las lecciones extraídas de la guerra en Ucrania en relación con las tecnologías críticas para la seguridad y la defensa; subraya la necesidad de abordar con una mentalidad abierta la evaluación tecnológica, e incide en la ineludible necesidad de extraer las conclusiones correctas de la mayor guerra en Europa desde la Segunda Guerra Mundial;

 

 26. Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.



(1)   DO C 493 de 27.12.2022, p. 19.

(2)  Reglamento (UE) 2021/697 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo de Defensa y por el que se deroga el Reglamento (UE) 2018/1092 (DO L 170 de 12.5.2021, p. 149).


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2023/1059/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)

jueves, 14 de diciembre de 2023

BANCO DE PRUEBAS DE INNOVACION ABIERTA PARA IMPULSAR LA INDUSTRIA DE LA NANOMEDICINA EUROPEA.

  Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

 

cferreyros@hotmail.com

RESUMEN 

La nanotecnología se usa cada vez más para el desarrollo de dispositivos sanitarios. Como con todas las innovaciones tecnológicas para las que se encuentran aplicaciones en este sector, es necesario evaluar cuidadosamente los posibles riesgos y beneficios. El proyecto SAFE-N-MEDTECH, financiado con fondos europeos, desarrollará una plataforma de acceso libre para proporcionar los conocimientos, las redes y los servicios necesarios para el desarrollo de dispositivos médicos y de diagnóstico basados en la nanotecnología. La plataforma SAFE-N-MEDTECH se enviará a empresas y laboratorios y ofrecerá un enfoque integrado para evaluar la cualificación, la regulación, la biocompatibilidad y las propiedades de los nanomateriales. La puesta en práctica de la plataforma acelerará la transición al mercado de las tecnologías médicas basadas en la nanotecnología.

A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico : cferreyros@hotmail.com

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Un banco de pruebas de innovación abierta que impulsa la industria de la nanomedicina europea

El equipo del proyecto SAFE-N-MEDTECH, financiado con fondos europeos, está diseñando una plataforma de acceso abierto para fomentar el desarrollo de los productos sanitarios basados en nanotecnología de próxima generación.


© metamorworks, Shutterstock

El rápido desarrollo de la nanotecnología promete impulsar una de las revoluciones tecnológicas clave de los próximos años. No cabe duda de que el sector sanitario está experimentando un crecimiento en la innovación y la aplicación de la nanotecnología. Los investigadores observan su potencial en todos los ámbitos médicos, desde la oncología hasta la cardiología, desde la medicina regenerativa hasta la odontología. 

Sin embargo, la nanomedicina afronta los mismos obstáculos que todas las tecnologías emergentes padecen en sus comienzos. Estos incluyen transitar por las normativas (y, a veces, la falta de ellas), administrar los costes y recursos, atraer y desarrollar talento y experiencia, y asegurar el respaldo de los organismos públicos para ayudar a trasladar una gran idea a un producto viable y exitoso. Aquí es donde entra en juego el proyecto SAFE-N-MEDTECH (Safety testing in the life cycle of nanotechnology-enabled medical technologies for health). Su objetivo principal es proporcionar una gran variedad de técnicas, servicios clínicos, legales y de apoyo a aquellas empresas, especialmente a las pymes, que serán el pilar fundamental de un sector de la nanomedicina europea diverso y de vanguardia. 

Los treinta y cuatro socios del proyecto, coordinados por el Departamento de Salud del Gobierno vasco en Gipuzkoa (España), trabajan juntos en la creación de una plataforma para un banco de pruebas de innovación abierta que será un punto de entrada único para las empresas e instituciones que deseen comercializar tecnologías médicas basadas en nanotecnología. La atención se centra en el ciclo de desarrollo completo de un producto, desde su concepción hasta las pruebas, la evaluación, la ampliación, la aprobación normativa y, finalmente, la explotación comercial.

Los beneficios de un banco de pruebas de innovación abierta para la nanomedicina

Diez meses después de que comenzara el proyecto, llegó la pandemia de COVID-19. El consorcio se dio cuenta rápidamente del potencial de la nanotecnología para desarrollar nuevos tratamientos innovadores contra la COVID-19 y pandemias futuras. También descubrieron que podían actuar como un eje para coordinar y apoyar tales iniciativas y así ayudar a combatir el virus. Es por esto que, en noviembre de 2020, el consorcio abrió una convocatoria para brindar apoyo a las empresas que estuvieran desarrollando innovaciones de prevención, diagnóstico o tratamiento basadas en nanotecnología aplicada a productos sanitarios y diagnóstico «in vitro». En particular, el proyecto pretendía respaldar los conceptos que tuvieran una base científica y tecnológica sólida, un nivel de madurez tecnológica suficiente (cuatro a cinco) y una vía de desarrollo clara. Este es solo un ejemplo de cómo un banco de pruebas de innovación abierta puede impulsar un nuevo sector tecnológico prometedor. Su naturaleza de acceso abierto y el apoyo centralizado que brinda pueden derivar en innovaciones y avances clave que beneficiarían a toda la sociedad.

Palabras clave

SAFE-N-MEDTECH, nanotecnología, nanomedicina, banco de pruebas de innovación abierta, COVID-19


miércoles, 13 de diciembre de 2023

TENDENCIAS EN EL USO DE LA IA EN LA CIENCIA. UN ANALISIS BIBLIOMETRICO.

  Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

 

cferreyros@hotmail.com

RESUMEN 

Este artículo proporciona nuevos conocimientos sobre el papel de la Inteligencia Artificial en la investigación científica en diversos ámbitos de la ciencia. Es evidente que la IA aplicada a la ciencia y la investigación ha crecido a un ritmo significativo en los últimos años, con China a la cabeza, seguida de la UE y Estados Unidos. De hecho, el desempeño de la UE resulta muy heterogéneo entre sus Estados miembros. Si las tendencias actuales persisten aumentará significativamente la probabilidad de que futuros descubrimientos científicos sean impulsados ​​principalmente por aplicaciones y herramientas de IA.

No seguir el ritmo del desarrollo y la adopción de la IA en la ciencia plantea importantes desafíos para la UE, incluida la necesidad de abordar las preocupaciones sobre la autonomía estratégica, las tendencias en el trabajo científico y el mercado laboral y, más ampliamente, la productividad y el crecimiento.

Se inserta el enlace del íntegro del contenido de la publicación en inglés: https://op.europa.eu/en/publication-detail/-/publication/2458267c-08df-11ee-b12e-01aa75ed71a1/language-en/format-PDF/source-287594552

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martes, 12 de diciembre de 2023

SEGURIDAD, SOSTENIBILIDAD Y PROTECCIÓN PARA LA INDUSTRIA EUROPEA DEL PROCESAMIENTO DE MINERALES.

   Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

 

cferreyros@hotmail.com

RESUMEN 

El acceso seguro a materias primas es esencial para el éxito económico de Europa a largo plazo. La creciente demanda y la vulnerabilidad de las cadenas de suministro ante perturbaciones han llevado a la Comisión Europea a crear una lista de Materias Primas Fundamentales (MPF) para la Unión Europea (UE), que se revisa y actualiza de forma regular.

La seguridad, sostenibilidad y protección para la industria europea incluyen materias primas estratégicas cuyo riesgo de abastecimiento es elevado. Algunos de los Proyectos de investigación ofrecen soluciones tecnológicas concretas para el procesamiento de materiales. Se incluye el enlace al artículo en castellano, figurando en el mismo otros conducentes a diferentes proyectos: https://cordis.europa.eu/article/id/436347-safety-sustainability-and-security-for-europe-s-mineral-processing-industry/es

 A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico : cferreyros@hotmail.com

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Seguridad, sostenibilidad y protección para la industria europea del procesamiento de minerales

 
© senarce, Shutterstock

Las MPF incluyen todas las materias primas que tienen una gran importancia para la economía de la UE y cuyo suministro entraña un riesgo elevado. Por ello, en este Results Pack se presentan proyectos financiados con fondos europeos que encabezan la investigación para mejorar la transformación de estas materias primas y aumentar su sostenibilidad. El objetivo de la Ley Europea de Materias Primas Fundamentales, propuesta por la Comisión Europea, es garantizar el suministro futuro de la UE de MPF necesarias para tecnologías como las energías renovables y las baterías, apoyando la autosuficiencia de la UE en la extracción, procesamiento y reciclaje de los treinta y cuatro metales y minerales fundamentales enumerados. Estas tecnologías desempeñan un papel esencial en la transición ecológica de Europa, cuya meta es que Europa sea el primer continente en lograr la neutralidad climática de aquí a 2050. Además, contribuirán a la puesta en marcha del Pacto Verde Europeo.

La investigación de la Unión Europea en el punto de mira

Los 12 proyectos que se presentan en este Results Pack ofrecen soluciones tecnológicas concretas para el procesamiento de minerales, que son fruto de la labor de proyectos de investigación e innovación financiados por Horizonte 2020, y que abarcan una amplia variedad de MPF. Entre estas MPF figuran los elementos de tierras raras, necesarios para fabricar productos de consumo de alta tecnología como, por ejemplo, teléfonos móviles, discos duros de ordenador, vehículos eléctricos e híbridos y monitores y televisores de pantalla plana. La investigación demuestra asimismo cómo la innovación tecnológica permite recuperar y reutilizar estas materias primas y flujos secundarios que, de otro modo, se descartarían como residuos.

Lograr la seguridad del suministro de MPF

El proyecto NEMO contribuye a la economía circular en el sector de la construcción al demostrar el potencial de utilización de residuos mineros en productos de hormigón, así como la recuperación de metales adicionales a partir de residuos sulfurosos. La producción de aluminio genera una enorme cantidad de residuos de bauxita. En el proyecto RemovAL se transformaron en nuevos productos, como sustrato para la construcción de carreteras y áridos para la edificación. Muchos elementos de tierras raras son difíciles de separar de sus yacimientos rocosos, por lo que la optimización del método de extracción es fundamental. En el proyecto SecREEts se extrajeron elementos de tierras raras de la fosforita, que se emplea en la producción de fertilizantes. Mediante el uso de los flujos residuales del acero, en CHROMIC se extrae cromo para utilizarlo en el sector de la alta tecnología. Los nuevos métodos ideados en el marco del proyecto FineFuture separan partículas minerales de tan solo 20 µm para que no se desechen. En PLATIRUS se trabajó para posibilitar la recuperación de metales del grupo del platino valiosos de la minería y los residuos electrónicos en cantidad suficiente para, de este modo, cerrar la brecha de suministro hasta en un 30 %, lo que haría a Europa más competitiva. Uno de los elementos más caros en el mercado es el escandio y su suministro se ha limitado a importaciones desde Asia y Rusia. En el proyecto SCALE se pretende establecer una cadena de suministro cerrada para este valioso metal, que se usa en aplicaciones de impresión 3D e iluminación de alta intensidad. En CROCODILE se creó un sistema metalúrgico comercial pionero basado en tecnologías hidrometalúrgicas y electroquímicas avanzadas, que permiten extraer cobalto metálico de distintos flujos de residuos, como pilas gastadas y catalizadores. En SUSMAGPRO se desarrollaron y probaron tecnologías industriales para extraer neodimio, un metal de tierras raras, a partir de objetos desechados que contienen imanes permanentes. El equipo de ION4RAW fue pionera en una forma más eficiente y ecológica de extraer MPF como cobalto, germanio y metales del grupo del platino como recursos primarios. En SisAl Pilot se trabajó para sustituir materiales ricos en carbono por fuentes secundarias de aluminio, como chatarra al final de su vida útil, y flujos secundarios de producción en la fabricación de silicio. TARANTULA tenía como objetivo recuperar metales refractarios como el wolframio, el niobio y el tántalo, que son un grupo de elementos metálicos muy resistentes al calor y al desgaste, a partir de residuos de baja calidad mediante el desarrollo de un conjunto de procesos metalúrgicos ecológicos, escalables y rentables.


NANOTURBINA FABRICADA CON MATERIAL DE ADN.

 Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

 

cferreyros@hotmail.com

RESUMEN 

Los motores rotativos desempeñan un papel clave en la transducción de energía (conversión de un tipo de energía en otro), desde molinos de viento a macroescala hasta turbinas a nanoescala, como la ATP sintasa (enzima responsable de la síntesis de una molécula, que equivale a la moneda de cambio de energía del metabolismo celular: el adenosíntrifosfato o ATP. El ATP está compuesto por una ribosa, una adenina y tres grupos fosfato) en las células.

A pesar de nuestra capacidad para construir motores a muchas escalas, el desarrollo de turbinas sintéticas funcionales a nanoescala sigue siendo un desafío.

A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico : cferreyros@hotmail.com

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Una nanoturbina fabricada con material de ADN

Investigadores de la Unión Europea han utilizado la tecnología de la papiroflexia de ADN (o DNA en inglés) para diseñar minúsculas turbinas que nos permiten vislumbrar las nanomáquinas del futuro.

Energía iconENERGÍA

Los motores rotativos desempeñan un papel importante en la conversión de un tipo de energía en otro. Su uso en máquinas como los molinos de viento o los aviones ha contribuido a dar forma al mundo tal como lo conocemos. En nuestro cuerpo, el trabajo de conversión de energía lo realizan nanoturbinas como la proteína trifosfato de adenosina sintasa que se encuentra en nuestras células. Aunque a lo largo de la historia la humanidad ha logrado construir motores rotativos de muy diversos tamaños a macroescala, la capacidad de reproducir los sofisticados motores biológicos de la naturaleza a nanoescala ha seguido siendo un reto. Una nueva investigación respaldada por los proyectos LoopingDNA y DNA ORIGAMI MOTORS, financiados con fondos europeos, señala ahora el camino para hacerlo realidad. La investigación fue llevada a cabo por un equipo internacional que consiguió demostrar experimentalmente nanoturbinas de papiroflexia de ADN diseñadas de forma racional con tres palas quirales. Los hallazgos se publicaron en la revista «Nature Nanotechnology». «Nuestra nanoturbina tiene un rotor de veinticinco nanómetros de diámetro fabricado a partir de material de ADN con palas configuradas en sentido diestro o zurdo para controlar el sentido de giro —explica el autor principal del estudio, el doctor Xin Shi, coordinador del proyecto LoopingDNA de la Universidad Tecnológica de Delft (Países Bajos), en una nota de prensa publicada en EurekAlert! —. Para funcionar, esta estructura se acopla a un fuerte flujo de agua, controlado por un campo eléctrico o una diferencia de concentración salina, a partir de un nanoporo (una diminuta abertura), en una fina membrana. Usamos nuestra turbina para impulsar una barra rígida hasta veinte revoluciones por segundo».

Depende de la sal

¿Qué afecta a la rotación de la nanoturbina de papiroflexia de ADN? El secreto reside en la concentración de sodio en una solución. La turbina girará en el sentido de las agujas del reloj o en sentido contrario, dependiendo de la concentración de iones Na+ de la solución. «Esta característica particular, exclusiva de la escala nanométrica, es el resultado de la intrincada interacción entre iones, agua y ADN», se informa en la nota de prensa. Las nanoturbinas artificiales funcionan de forma autónoma en condiciones fisiológicas y, así convierten la energía de potenciales electroquímicos abundantes de forma natural en trabajo mecánico. Esta capacidad abre el camino a muchas aplicaciones nuevas. Por ejemplo, algún día los científicos podrán utilizar la papiroflexia de ADN para construir nanomáquinas que administren fármacos a tipos específicos de células del cuerpo humano. Basándose en su trabajo anterior sobre nanorrotores accionados por flujo, que también contó con el apoyo de LoopingDNA Bottom up biophysics approach to resolve the looping structure of chromosomes) y DNA ORIGAMI MOTORS (Constructing and powering nanoscale DNA origami motors), los investigadores han creado una turbina cuyo diseño y funcionamiento controlan totalmente. El doctor Shi destaca la importancia de este logro: «Hemos desvelado los principios fundamentales para propulsar un nanorrotor utilizando agua y sal en nanoporos. El gran avance de este año, impulsado por el diseño racional, marca la siguiente fase de nuestro viaje. Los principios fundamentales de nuestro anterior artículo, combinados con las innovaciones de este, sientan las bases para el futuro de las máquinas transmembrana biomiméticas, con el potencial de aprovechar la energía de los gradientes salinos, una fuente de energía vital empleada por los motores biológicos». Para más información, consulte: Proyecto LoopingDNA Proyecto DNA ORIGAMI MOTORS

Palabras clave

LoopingDNA, DNA ORIGAMI MOTORS, papiroflexia de ADN, energía, motor, turbina, nanoescala, nanoturbina

lunes, 11 de diciembre de 2023

MARCO JURIDICO EUROPEO PARA LA IA EN CINCO PREGUNTAS.

  Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

 

cferreyros@hotmail.com

RESUMEN 

El equipo editorial de la plataforma Vie Publique, publicó en francés un artículo sobre “Inteligencia artificial: el marco jurídico europeo para la IA en 5 preguntas”, cuya última modificación data del  día de hoy, 11 de diciembre de 2023.

El íntegro del artículo original en francés se encuentra en el siguiente enlace: https://www.vie-publique.fr/questions-reponses/292157-intelligence-artificielle-le-cadre-juridique-europeen-de-lia, y fue traducido al castellano por el suscrito con la ayuda del aplicativo Google Translate.

Las cinco preguntas absueltas son las siguientes:

1 ¿Existe legislación europea sobre IA?

2 ¿Cuál es la definición de inteligencia artificial que ofrece la propuesta de reglamento sobre IA

3 ¿Qué prácticas de IA están prohibidas por el reglamento propuesto?

4 ¿Cómo apoyará la innovación el Reglamento sobre IA propuesto?

5 ¿Cómo tiene en cuenta la UE la cuestión y los desafíos de la inteligencia artificial?

A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico : cferreyros@hotmail.com

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“INTELIGENCIA ARTIFICIAL: EL MARCO JURÍDICO EUROPEO PARA LA IA EN 5 PREGUNTAS”

 

Con el despliegue de ChatGPT y, más recientemente, de Gemini, la Unión Europea (UE) pondrá en marcha un reglamento sobre inteligencia artificial (IA) para regular su desarrollo, entre la necesidad de prevenir los peligros vinculados a esta tecnología y el deseo de no quedarse atrás. El punto en cinco preguntas con la plataforma Vie-publique.

1 ¿Existe legislación europea sobre IA?

Actualmente no hay ningún Reglamento promulgado que aborde específicamente la cuestión de la IA en la UE.

En este contexto político, en 2021 la Comisión presentó una propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial. El 8 de diciembre de 2023, el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea alcanzaron un acuerdo sobre este texto que será la primera ley sobre inteligencia artificial del mundo. Esta propuesta de marco regulatorio persigue los siguientes objetivos:

  • Velar porque los sistemas de IA comercializados sean seguros y respeten la legislación vigente sobre derechos fundamentales, valores de la UE, el Estado de Derecho, pero también sostenibilidad medioambiental;
  • garantizar la seguridad jurídica para facilitar las inversiones y la innovación en el ámbito de la IA;
  • fortalecer la gobernanza y la aplicación efectiva de la legislación existente en materia de requisitos de seguridad aplicables a los sistemas de IA y de derechos fundamentales;
  • facilitar el desarrollo de un mercado único para aplicaciones de IA legales y seguras y evitar la fragmentación del mercado.

Más específicamente, la propuesta de reglamento establece:

  • la prohibición de ciertas prácticas;
  • requisitos específicos aplicables a sistemas de IA de alto riesgo;
  • reglas armonizadas en materia de transparencia aplicables a:
    • los sistemas de IA destinados a interactuar con personas;
    • los sistemas de reconocimiento de emociones y de categorización biométrica;
    • los sistemas de IA generativa utilizados para generar o manipular imágenes o contenido de audio o vídeo.

Este enfoque debe tener en cuenta los resultados benéficos sobre los planes sociales y ambientales que la IA puede aportar, pero también los nuevos riesgos o consecuencias negativas que esta tecnología puede generar.

Se garantiza la coherencia con la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, pero también con el derecho derivado de la UE en materia de protección de datos, de protección del consumidor, de no discriminación e igualdad entre mujeres y hombres. La propuesta complementa la ley de no discriminación existente al proporcionar requisitos que apuntan a minimizar el riesgo de discriminación algorítmica, acompañados de obligaciones en materia de ensayos, gestión de riesgos, la documentación y el control humano durante todo el ciclo de vida de los sistemas de IA.

El texto aprobado por el Parlamento y los Estados miembros ahora tendrá que ser adoptado formalmente por el Parlamento y el Consejo para ser integrado a la legislación de la UE. La Comisión de Mercado Interior y Libertades Civiles del Parlamento votará sobre el acuerdo en una sesión futura.

2 ¿Cuál es la definición de inteligencia artificial que ofrece la propuesta de reglamento sobre IA?

Un sistema de inteligencia artificial es un programa informático (software) que se desarrolla utilizando una o más de las siguientes técnicas:

  • enfoques de aprendizaje automático, incluido el aprendizaje supervisado, el aprendizaje no supervisado y el aprendizaje por refuerzo, utilizando una amplia variedad de métodos, incluido el aprendizaje profundo;
  • enfoques basados ​​en la lógica y los conocimientos, incluida la representación de conocimientos, la programación inductiva (lógica), las bases de conocimiento, los motores de inferencia y de deducción, el razonamiento (simbólico) y los sistemas expertos;
  • enfoques estadísticos, estimación bayesiana, métodos de búsqueda y optimización.

Un sistema de IA de este tipo puede, para un conjunto determinado de objetivos definidos por el hombre, generar resultados tales como contenidos, predicciones, recomendaciones o decisiones que influyan en los entornos con los que interactúa.

La propuesta de reglamento sobre IA también define:

  • un sistema de identificación biométrica remota como "un sistema de IA destinado a identificar a personas físicas de forma remota comparando los datos biométricos de una persona con los contenidos en una base de datos de referencia, y sin que el usuario del sistema de IA no sepa de antemano si la persona será presente y podrá ser identificada.
  • un sistema de identificación biométrica remota en tiempo real como "un sistema de identificación biométrica remota en el que la adquisición de datos biométricos, su comparación y su identificación se realizan sin retrasos significativos. Esto incluye no sólo la identificación instantánea, sino también con un ligero retraso para evitar cualquier elusión de las normas.

3 ¿Qué prácticas de IA están prohibidas por el reglamento propuesto?

La propuesta de Reglamento sobre la IA prohíbe las prácticas siguientes de inteligencia artificial:

  • sistema de inteligencia artificial que utiliza técnicas subliminales por debajo del umbral de conciencia de una persona para alterar sustancialmente su comportamiento y de manera a causar un daño físico o psicológico (manipulación del comportamiento humano para eludir el libre albedrío);
  • sistema de IA que aproveche las eventuales vulnerabilidades debidas a la edad o discapacidad para alterar sustancialmente su comportamiento y de tal manera que cause daño físico o psicológico;
  • sistemas de inteligencia artificial destinados a evaluar o establecer una clasificación de la confiabilidad de las personas en función de su comportamiento social o características personales y que pueden resultar un trato dañino injustificado o desproporcionado de las personas en ciertos contextos. El acuerdo alcanzado entre el Parlamento y los Estados miembros especifica la prohibición de los sistemas de categorización biométrica que utilicen características sensibles (opiniones políticas, religiosas, filosóficas, orientación sexual, etc.) y de clasificación social basada en el comportamiento social o características personales;
  • reconocimiento de emociones en la sede laboral y en las instituciones educativas;
  • sistemas de identificación biométrica remota "en tiempo real" en espacios de acceso público para fines represivos, salvo en los siguientes casos:
  • búsqueda específica de víctimas potenciales específicas de delitos (niños desaparecidos, trata, explotación sexual);
  • prevención de una amenaza específica, sustancial e inminente a la vida o la seguridad de las personas o prevención de un ataque terrorista;
  • identificación, localización o enjuiciamiento de los autores o sospechosos de determinadas infracciones penales punibles con una pena máxima de al menos tres años.

El uso de sistemas de identificación biométrica debe:

  • tener en cuenta la situación que dio lugar al uso del sistema y la gravedad o la amplitud del daño en caso de no uso;
  • tener en cuenta las consecuencias para los derechos y libertades de todas las personas afectadas (gravedad, probabilidad, magnitud);
  • estar sujeto a una autorización previa otorgada por una autoridad judicial o administrativa competente.

El anexo III del reglamento propuesto ofrece una lista de sistemas de IA de alto riesgo. Los eurodiputados incluyeron en el reglamento una evaluación de impacto obligatoria sobre los derechos fundamentales, aplicable también al sector bancario y de seguros. Los sistemas de inteligencia artificial utilizados para influir en el resultado de las elecciones y el comportamiento de los votantes se clasifican como de alto riesgo.

Los ciudadanos tendrán derecho a:

  • presentar quejas sobre sistemas de IA;
  • recibir explicaciones sobre decisiones basadas en sistemas de IA de alto riesgo que tengan una incidencia sobre sus derechos.

El incumplimiento de las normas puede dar lugar a multas que oscilan, según el tamaño de la empresa y la infracción, entre 7,5 millones de euros o el 1,5% de la facturación (CA) y 35 millones de euros o el 7% de la facturación global.

4 ¿Cómo apoyará la innovación el Reglamento sobre IA propuesto?

Los sistemas de inteligencia artificial están experimentando una rápida evolución que requiere el establecimiento de nuevas formas de control regulatorio y un espacio seguro para la experimentación. La propuesta de  reglamento debe garantizar la innovación responsable y la integración de garantías  y de medidas de mitigación de riesgos apropiados. Para garantizar un marco jurídico propicio a la innovación, los Estados miembros deberían establecer "zonas de pruebas reglamentarias" de IA para facilitar la innovación bajo un estricto control regulatorio antes de comercializarlas o ponerlas en servicio.

El objetivo es:

  • favorecer la innovación mediante la creación de un entorno controlado para la experimentación en la fase de desarrollo con el fin de garantizar la conformidad de los sistemas de IA innovadores con la propuesta de reglamento;
  • reforzar la seguridad jurídica para los innovadores, así como el control y la comprensión de las posibilidades, los riesgos emergentes y las consecuencias del uso de la IA;
  • acelerar el acceso al mercado eliminando barreras para las pequeñas y medianas empresas (PYME) y las jóvenes empresas.

5 ¿Cómo tiene en cuenta la UE la cuestión y los desafíos de la inteligencia artificial?

La UE no esperó a que la propuesta de reglamento sobre IA se interesara por esta cuestión y sus desafíos.

En 2017, el Consejo Europeo subrayó  la necesidad de expresar un sentido de urgencia frente a las tendencias emergentes, incluida la IA [Reunión del Consejo Europeo (19 de octubre de 2017) – Conclusiones].

En 2018, la Comisión presenta un primer plan coordinado sobre inteligencia artificial (Comunicación de la Comisión). Se trata de un compromiso común destinado a reforzar el potencial europeo para ser competitivo a escala mundial, en particular a través de estrategias nacionales de los Estados miembros.

En sus conclusiones de 2019 sobre el Plan Coordinado, el Consejo de la UE subraya la necesidad de garantizar el pleno respeto de los derechos de los ciudadanos europeos. El Consejo demanda que la legislación vigente sea objeto de una revisión [Inteligencia artificial b) Conclusiones sobre el plan coordinado en el ámbito de la inteligencia artificial - Adopción].

El Parlamento Europeo ha trabajado en varias resoluciones relacionadas con la IA en diversas áreas:

  • aspectos éticos [2020/2012(INL)];
  • régimen de responsabilidad civil (resolución del Parlamento Europeo de 20 de octubre de 2020);
  • derechos de propiedad intelectual (resolución del Parlamento Europeo del 20 de octubre de 2020);
  • derecho penal y su utilización por las autoridades policiales y judiciales en casos penales [2020/2016(INI)];
  • educación, cultura y audiovisual [2020/2017(INI)].

Estos textos contienen recomendaciones para la Comisión, pero también propuestas legislativas sobre los diferentes temas tratados.

El 19 de febrero de 2020, la Comisión publicó un Libro Blanco sobre la Inteligencia Artificial que reafirma el doble objetivo europeo de promover la adopción de la IA y tener en cuenta los riesgos asociados a determinados usos de esta tecnología.

En 2020, el Consejo Europeo pide a la Comisión de "presentar una definición clara y objetiva de los sistemas de inteligencia artificial de alto riesgo" [Reunión extraordinaria del Consejo Europeo (1-2 de octubre de 2020) - Conclusiones].

En unas conclusiones publicadas en octubre de 2020, el Consejo de la UE recuerda que "si bien las tecnologías digitales, incluida la IA, presentan oportunidades y beneficios cada vez mayores, su diseño, desarrollo, implementación y uso abusivo también podrían plantear riesgos para los derechos fundamentales, la democracia y el Estado de derecho” [Conclusiones de la Presidencia – La Carta de los Derechos Fundamentales en el contexto de la inteligencia artificial y el cambio digital].

En abril de 2021, la Comisión presentó medidas sobre IA:

  • una comunicación sobre la promoción de un enfoque europeo;
  • una revisión del plan coordinado en materia de inteligencia artificial;

una propuesta de marco regulatorio sobre IA y un análisis