lunes, 12 de junio de 2023

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO SOBRE EL ESPACIO EUROPEO DE EDUCACIÓN: CON MIRAS A 2025 Y MÁS ALLÁ.

  Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho
Universidad de Montpellier I Francia.

cferreyros@hotmail.com   

Resumen  

La Resolución del Consejo Europeo sobre el Espacio Europeo de Educación, entre sus declaraciones: REAFIRMA que el Espacio Europeo de Educación solo puede hacerse realidad de aquí a 2025 con un fuerte compromiso político por parte de los Estados miembros y DESTACA la necesidad de que tanto los Estados miembros como la Comisión, dentro de sus respectivas competencias, prosigan sus esfuerzos por adoptar las medidas necesarias para lograr el Espacio Europeo de Educación, con la participación, cuando proceda, de las partes interesadas pertinentes a escala nacional y europea.

SUBRAYA que la educación y la formación en todos los contextos, niveles y formas, son fundamentales para garantizar la cohesión social, la competitividad y el crecimiento sostenible en la Unión Europea y sus Estados miembros, prepararlos para las transiciones ecológica y digital y apoyarlos en el proceso. Especialmente en un momento en el que para los ciudadanos es esencial alcanzar la realización y el bienestar personales, así como adaptarse a los retos de un mundo cambiante y seguir participando en una ciudadanía activa y responsable, DESTACA la importancia de una educación, formación y aprendizaje permanente inclusivos, equitativos y de calidad para todos, tanto niños como adultos.

SUBRAYA que las cinco prioridades estratégicas que figuran en el marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (2021-2030) constituyen la base para el trabajo y para la continuación de la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación, también con vistas a la consecución del Espacio Europeo de Educación.

A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico:cferreyros@hotmail.com

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Resolución del Consejo sobre el Espacio Europeo de Educación: con miras a 2025 y más allá

(2023/C 185/08)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

1.   

 

RECUERDA los antecedentes políticos relativos al Espacio Europeo de Educación que figuran en el anexo de la presente Resolución.

2.   

 

REAFIRMA que el Espacio Europeo de Educación solo puede hacerse realidad de aquí a 2025 con un fuerte compromiso político por parte de los Estados miembros y DESTACA la necesidad de que tanto los Estados miembros como la Comisión, dentro de sus respectivas competencias, prosigan sus esfuerzos por adoptar las medidas necesarias para lograr el Espacio Europeo de Educación, con la participación, cuando proceda, de las partes interesadas pertinentes a escala nacional y europea.

3.   

 

TOMA NOTA de la Comunicación de la Comisión relativa a los avances hacia la consecución del Espacio Europeo de Educación (1).

4.   

 

SUBRAYA que la educación y la formación en todos los contextos, niveles y formas, son fundamentales para garantizar la cohesión social, la competitividad y el crecimiento sostenible en la Unión Europea y sus Estados miembros, prepararlos para las transiciones ecológica y digital y apoyarlos en el proceso. Especialmente en un momento en el que para los ciudadanos es esencial alcanzar la realización y el bienestar personales, así como adaptarse a los retos de un mundo cambiante y seguir participando en una ciudadanía activa y responsable, DESTACA la importancia de una educación, formación y aprendizaje permanente inclusivos, equitativos y de calidad para todos, tanto niños como adultos.

5.   

 

HACE HINCAPIÉ en que el Espacio Europeo de Educación ha de fundamentarse en un enfoque de aprendizaje permanente que englobe los sistemas de educación y formación de un modo integrador y holístico, y abarque la enseñanza, la formación y el aprendizaje en todos los contextos, niveles y formas, ya sean formales, no formales o informales, desde la educación y atención en la primera infancia, pasando por la educación escolar y la formación profesionales, hasta la educación superior y la educación para adultos.

6.   

 

REITERA que debe reforzarse la cooperación intersectorial entre las iniciativas pertinentes de la UE en materia de educación y formación y las de ámbitos de actuación y sectores conexos —en particular, los sectores del empleo, la política social, la investigación, la innovación, el medio ambiente y la juventud y los sectores cultural y creativo—, respetando al mismo tiempo la base jurídica de los respectivos ámbitos de actuación tal como se establece en los Tratados. SUBRAYA la necesidad de coordinación y coherencia de todas las iniciativas de la UE en el ámbito de la educación y la formación, en particular las relativas a las capacidades y competencias.

7.   

 

SEÑALA que la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación es esencial para la cohesión social y el buen funcionamiento del panorama económico en la Unión Europea a fin de garantizar la competitividad a largo plazo de la Unión y el éxito de las transiciones ecológica y digital, y reducir las desigualdades sociales, regionales y económicas. RECONOCE, por tanto, la importante contribución de la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación, en particular en el marco estratégico, para las partes pertinentes del Semestre Europeo.

8.   

 

DESTACA la importancia de fomentar sinergias entre el Espacio Europeo de Educación, el Espacio Europeo de Educación Superior y el Espacio Europeo de Investigación, evitando al mismo tiempo la duplicación de recursos, estructuras e instrumentos, así como aprovechando todo el potencial de las alianzas de universidades europeas en todas sus misiones, en particular apoyando su sostenibilidad y reforzando su dimensión de investigación e innovación, en consonancia con la Recomendación del Consejo, de 5 de abril de 2022, para tender puentes que permitan una cooperación europea eficaz en materia de educación superior (2).

9.   

 

RECONOCE que los valores fundamentales y democráticos de Europa se están viendo amenazados y que la agresión no provocada de Rusia contra Ucrania ha cambiado el panorama geopolítico. CONVIENE en que los esfuerzos conjuntos y la cooperación transnacional en el ámbito de la educación y la formación no solo facilitan y refuerzan las respuestas de la Unión y de los Estados miembros a las necesidades que han surgido como consecuencia de la agresión, sino que también contribuyen a reforzar nuestros valores y principios educativos clave, como la inclusión, la equidad, la libertad académica y la autonomía institucional, así como nuestros valores comunes y nuestra unidad en la Unión.

10.   

 

HACE HINCAPIÉ en que identificar y eliminar los obstáculos que persisten a la movilidad de alumnos y profesorado es clave para la plena consecución del Espacio Europeo de Educación y la creación de una Europa resiliente, segura, sostenible y próspera. La cooperación transnacional refuerza el carácter inclusivo, la equidad, la excelencia, la diversidad, el atractivo y la competitividad mundial de la educación y la formación europeas. CONVIENE, por tanto, en que deben realizarse esfuerzos por hacer realidad el reconocimiento mutuo automático en el ámbito de la educación y la formación. CONVIENE asimismo en que deben fomentarse las posibilidades de movilidad de alumnos y profesores y de que las instituciones de Europa y fuera de ella cooperen entre sí.

11.   

 

TOMA CONSTANCIA de los avances realizados desde 2017 con miras al establecimiento del Espacio Europeo de Educación y de que en toda la UE se ha aplicado una amplia gama de medidas para lograr las prioridades estratégicas del marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (2021-2030). El Espacio Europeo de Educación se está configurando gradualmente a través de diversas iniciativas, de la cooperación y de la creación conjunta.

12.   

 

CONVIENE en que, para el período restante del primer ciclo hasta 2025, será clave centrarse en la aplicación tanto a escala nacional como europea, en el contexto del marco estratégico y en consonancia con las competencias respectivas de cada nivel, así como en un seguimiento que sea riguroso dentro de las estructuras existentes, teniendo debidamente en cuenta las cargas administrativas.

13.   

 

SUBRAYA que las cinco prioridades estratégicas que figuran en el marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (2021-2030) constituyen la base para el trabajo y para la continuación de la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación, también con vistas a la consecución del Espacio Europeo de Educación. CONVIENE en que el proceso de revisión intermedia en curso y el informe completo sobre el Espacio Europeo de Educación que publicará la Comisión Europea en 2025 deben centrarse en esas cinco prioridades estratégicas, incluido un análisis más exhaustivo de los ámbitos específicos enumerados a continuación.

14.   

 RECONOCE que el seguimiento de los objetivos de la UE muestra una tendencia positiva en lo que respecta a varios indicadores de larga data, como el aumento de la participación en la educación infantil y la atención a la primera infancia, una disminución del abandono escolar prematuro y un aumento de la proporción de jóvenes con títulos de nivel terciario. Sin embargo, resulta también evidente que persisten numerosos desafíos, especialmente los efectos del nivel socioeconómico en el rendimiento educativo y el bienestar de los estudiantes. CONVIENE, por tanto, en que para lograr un Espacio Europeo de Educación de aquí a 2025 debe prestarse especial atención a lo siguiente:

aumentar la equidad y la inclusión, así como el éxito de todos en el ámbito de la educación y la formación y la adquisición de competencias clave, incluidas las capacidades básicas, para permitir el pleno desarrollo personal, social, cívico y profesional de todos los ciudadanos europeos;

reforzar la profesión docente y abordar la escasez de profesorado; fomentar el desarrollo profesional, las oportunidades de movilidad, las condiciones de trabajo y el bienestar de los profesores como factores clave para aumentar el atractivo de la profesión;

eliminar los obstáculos a la movilidad que persisten, fomentando al mismo tiempo una movilidad inclusiva, sostenible y equilibrada en la UE, en particular mediante la consecución del reconocimiento mutuo automático en el ámbito de la educación y la formación (3);

fomentar el aprendizaje permanente, en particular el aprendizaje de adultos, el perfeccionamiento y el reciclaje profesionales, haciendo especial hincapié en las capacidades y competencias para las transiciones ecológica y digital.

15.   

 

REFLEXIONARÁ acerca del marco estratégico y considerará la posibilidad de revisar las áreas prioritarias y realizar cualquier otro ajuste necesario de cara al segundo ciclo, que se extiende hasta 2030.

16.   

 

SUBRAYA que el uso fructífero del método abierto de coordinación, basado en el aprendizaje mutuo, el intercambio de mejores prácticas, así como la utilización y, cuando proceda, la mejora de instrumentos de referencia comunes como DigComp y GreenComp resulta fundamental para la consecución del Espacio Europeo de Educación.

17.   

 

RECONOCE que el Learning Lab on Investing in Quality Education and Training (Laboratorio de aprendizaje sobre la inversión en educación y formación de calidad) tiene potencial para ser un instrumento útil para los Estados miembros, que podrá utilizarse con carácter voluntario, para lograr las prioridades estratégicas al proporcionar investigación y ejemplos de buenas prácticas sobre inversiones e intervenciones políticas eficaces, al tiempo que impulsa una elaboración de políticas que tenga en cuenta los datos contrastados.

18.   

 

RECONOCE que la gobernanza reformada y la cooperación reforzada a escala de la UE pueden ayudar a los Estados miembros a hacer frente a los nuevos desafíos y a colaborar más estrechamente para lograr el Espacio Europeo de Educación. RECONOCE asimismo los avances realizados en el refuerzo del Grupo de Alto Nivel sobre Educación y Formación mediante la redefinición de su papel y la creación de la junta de coordinación. TOMA CONSTANCIA de que la nueva estructura de gobernanza ha demostrado su eficiencia y utilidad durante las crisis, como la crisis de la COVID-19 y la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania.

19.   

 

CONVIENE, no obstante, en que son necesarios esfuerzos adicionales que permitan una mejor difusión de los resultados, así como el intercambio de información y conocimientos entre los grupos de trabajo del marco estratégico, las formaciones de los directores generales y el Grupo de Alto Nivel sobre Educación y Formación a fin de garantizar sinergias entre los niveles técnico y político y aprovechar al máximo la cooperación europea.

20.   

 

SUBRAYA la necesidad de un diálogo reforzado y específico entre el Comité de Educación y el Comité de Empleo y, cuando se considere procedente y pertinente, otras partes implicadas en el proceso del Semestre Europeo.

21.   

 

INVITA a los Estados miembros y a la Comisión a que redoblen sus esfuerzos para crear conjuntamente el Espacio Europeo de Educación, en cooperación con otras partes interesadas a escala nacional y europea cuando proceda, en particular los proveedores e instituciones de educación y formación, los investigadores, los interlocutores sociales y la sociedad civil. CONVIENE, a este respecto, en que el Grupo de Alto Nivel debe seguir debatiendo los avances realizados, los retos pendientes y la evolución futura, así como estudiar el informe final sobre el Espacio Europeo de Educación en 2025. INSTA a la junta de coordinación del Grupo de Alto Nivel a que coordine la preparación de un programa de actuación en materia de educación y formación para un período de dieciocho meses, con vistas a su aprobación por el Grupo de Alto Nivel sobre Educación y Formación, que se comunicará al Consejo.

22.   

 

INVITA a la Comisión a que considere la posibilidad de elaborar y presentar, de manera oportuna, una propuesta sobre un Año Europeo de la Docencia.

23.   

 

INVITA a la Comisión a que siga partiendo de las orientaciones del Consejo y de anteriores Conclusiones y Resoluciones del Consejo sobre el Espacio Europeo de Educación como base de su trabajo a la hora de facilitar el proceso de revisión intermedia en 2023 y elaborar el informe completo sobre el Espacio Europeo de Educación de aquí a 2050, también en los trabajos preparatorios que podrían dar lugar a una posible revisión de los objetivos de la UE por parte del Consejo de cara al segundo ciclo que se extiende hasta 2030.

24.   

 

INVITA a la Comisión a que siga llevando a cabo su labor, con el apoyo de los dictámenes del Grupo Permanente sobre Indicadores y Puntos de Referencia, en relación con las propuestas de posibles indicadores u objetivos a escala de la UE en los ámbitos de la inclusión y la igualdad, de la profesión docente y del aprendizaje para la sostenibilidad, y a que informe al Consejo.

25.   

 

ESPERA que la Comisión intensifique sus esfuerzos en consonancia con las prioridades estratégicas acordadas por el Consejo y que abarque la educación y la formación en todos los contextos, niveles y formas, en estrecha colaboración con el Consejo.


(1)  COM(2022) 700 final.

(2)  DO C 160 de 13.4.2022, p. 1.

(3)  Con arreglo a la Recomendación del Consejo, de 26 de noviembre de 2018, relativa a la promoción del reconocimiento mutuo automático de las cualificaciones de educación superior y de educación secundaria postobligatoria, y de los resultados de los períodos de aprendizaje en el extranjero (DO C 444 de 10.12.2018, p. 1).


ANEXO

Antecedentes políticos

Consejo de la Unión Europea

1.

Conclusiones del Consejo sobre la adquisición de una visión del Espacio Europeo de Educación (DO C 195 de 7.6.2018, p. 7).

2.

Recomendación del Consejo, de 26 de noviembre de 2018, relativa a la promoción del reconocimiento mutuo automático de las cualificaciones de educación superior y de educación secundaria postobligatoria, y de los resultados de los períodos de aprendizaje en el extranjero (DO C 444 de 10.12.2018, p. 1).

3.

Resolución del Consejo sobre un mayor desarrollo del Espacio Europeo de Educación para apoyar unos sistemas de educación y formación orientados al futuro (DO C 389 de 18.11.2019, p. 1).

4.

Resolución del Consejo sobre educación y formación en el Semestre Europeo: garantizar debates fundamentados sobre las reformas y las inversiones (DO C 64 de 27.2.2020, p. 1).

5.

Resolución del Consejo relativa a un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación con miras al Espacio Europeo de Educación y más allá (2021-2030) (DO C 66 de 26.2.2021, p. 1).

6.

Resolución del Consejo relativa a la estructura de gobernanza del marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación con miras al Espacio Europeo de Educación y más allá (2021-2030) (DO C 497 de 10.12.2021, p. 1).

7.

Recomendación del Consejo, de 5 de abril de 2022, para tender puentes que permitan una cooperación europea eficaz en materia de educación superior (DO C 160 de 13.4.2022, p. 1).

Comisión Europea

8.

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones relativa a la consecución del Espacio Europeo de Educación de aquí a 2025 [COM(2020) 625 final].

9.

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones relativa a los avances hacia la consecución del Espacio Europeo de Educación [COM(2022) 700 final].

jueves, 25 de mayo de 2023

PARLAMENTO EUROPEO - LEY SOBRE INTELIGENCIA ARTIFICIAL: UN PASO MAS CERCA

   Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho
Universidad de Montpellier I Francia.

cferreyros@hotmail.com   

Resumen  

El presente texto es una traducción del inglés al castellano realizada por el suscrito con la ayuda de Google Traductor sobre una nota de prensa publicada en el sitio web del Parlamento Europeo: https://www.europarl.europa.eu/news/en/press-room/20230505IPR84904/ai-act-a-step-closer-to-the-first-rules-on-artificial-intelligence. Incluye enlaces al texto de ley sobre la IA, entre otros recursos.

El 11 de mayo, el Parlamento Europeo celebró una serie de reuniones que dieron como resultado la adopción del texto de la ley sobre la IA y una resolución que describe los riesgos y las propuestas de modificación del marco de la confidencialidad de los datos entre la UE y los Estados Unidos, actualmente propuestos (" Marco").

La próxima etapa para la adopción de la ley sobre la IA es una votación en el pleno, que se espera tenga lugar a mediados de junio. De prosperar esta votación, como parece probable, la ley entrará en su fase final: los diálogos tripartitos. En la etapa final, la Comisión Europea y el Consejo se unirán en las negociaciones finales y a la confirmación del texto de la ley para su adopción.

La ley prohibiría por completo ciertas prácticas de IA (incluida la vigilancia predictiva y el raspado de imágenes faciales para su uso en bases de datos), impondría límites estrictos al tratamiento de alto riesgo y se establecería una estructura de aplicación, entre otras acciones.

La resolución marco es una formalización de los comentarios emitidos en febrero, señalando los temores que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea lo anule si se adopta en su forma actual. La resolución reciente contiene varias propuestas de cambio y comentarios específicos sobre las deficiencias del Marco. Aunque la resolución no es vinculante para la Comisión Europea, es probable que se tenga en cuenta cuando la Comisión determine si el marco amerita una decisión de adecuación.


A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico:cferreyros@hotmail.com

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Ley AI: un paso más cerca de las primeras reglas sobre Inteligencia Artificial

Nota de prensa

 05-11-2023 - 09:34

·        Una vez aprobadas, serán las primeras reglas del mundo sobre Inteligencia Artificial

·        Los eurodiputados incluyen prohibiciones de vigilancia biométrica, reconocimiento de emociones, sistemas de IA de vigilancia predictiva

·        Regímenes hechos a medida para IA de uso general y modelos básicos como GPT

·        El derecho a presentar quejas sobre los sistemas de IA

        

Para garantizar un desarrollo ético y centrado en el ser humano de la Inteligencia Artificial (IA) en Europa, los eurodiputados aprobaron nuevas normas de transparencia y gestión de riesgos para los sistemas de IA.

 

El jueves, la Comisión de Mercado Interior y la Comisión de Libertades Civiles adoptaron un proyecto de mandato de negociación sobre las primeras normas para la inteligencia artificial con 84 votos a favor, 7 en contra y 12 abstenciones. En sus enmiendas a la propuesta de la Comisión , los eurodiputados pretenden garantizar que los sistemas de IA sean supervisados ​​por personas, sean seguros, transparentes, rastreables, no discriminatorios y respetuosos con el medio ambiente. También quieren tener una definición uniforme de IA diseñada para ser tecnológicamente neutral, de modo que pueda aplicarse a los sistemas de IA de hoy y del mañana.

Enfoque de la IA basado en el riesgo: prácticas prohibidas de la IA

Las reglas siguen un enfoque basado en riesgos y establecen obligaciones para proveedores y usuarios dependiendo del nivel de riesgo que la IA pueda generar. Los sistemas de IA con un nivel inaceptable de riesgo para la seguridad de las personas estarían estrictamente prohibidos, incluidos los sistemas que implementan técnicas subliminales o deliberadamente manipuladoras, explotan las vulnerabilidades de las personas o se utilizan para calificar socialmente (clasificar a las personas en función de su comportamiento social, estatus socioeconómico, personal). características).

Los eurodiputados modificaron sustancialmente la lista para incluir prohibiciones de usos intrusivos y discriminatorios de los sistemas de IA, como:

   · Sistemas de identificación biométrica remota “en tiempo real” en espacios de acceso público;

  • Sistemas de identificación biométrica a distancia “post”, con la única excepción de las fuerzas del orden para la persecución de delitos graves y sólo previa autorización judicial;
  • Sistemas de categorización biométrica que utilizan características sensibles (p. ej., género, raza, etnia, estado de ciudadanía, religión, orientación política);
  • Sistemas policiales predictivos (basados ​​en perfiles, ubicación o conducta delictiva pasada);
  • Sistemas de reconocimiento de emociones en las fuerzas del orden, la gestión de fronteras, el lugar de trabajo y las instituciones educativas; y
  • Raspado indiscriminado de datos biométricos de las redes sociales o imágenes de CCTV para crear bases de datos de reconocimiento facial (violando los derechos humanos y el derecho a la privacidad).

IA de alto riesgo

Los eurodiputados ampliaron la clasificación de áreas de alto riesgo para incluir daños a la salud, la seguridad, los derechos fundamentales o el medio ambiente de las personas. También agregaron a la lista de alto riesgo los sistemas de IA para influir en los votantes en las campañas políticas y en los sistemas de recomendación utilizados por las plataformas de redes sociales (con más de 45 millones de usuarios bajo la Ley de Servicios Digitales ).

IA de uso general: medidas de transparencia

Los eurodiputados incluyeron obligaciones para los proveedores de modelos básicos, un desarrollo nuevo y de rápida evolución en el campo de la IA, que tendrían que garantizar una protección sólida de los derechos fundamentales, la salud y la seguridad y el medio ambiente, la democracia y el estado de derecho. Tendrían que evaluar y mitigar los riesgos, cumplir con los requisitos de diseño, información y ambientales y registrarse en la base de datos de la UE.

 

Los modelos básicos generativos, como GPT, tendrían que cumplir con requisitos de transparencia adicionales, como revelar que el contenido fue generado por IA, diseñar el modelo para evitar que genere contenido ilegal y publicar resúmenes de datos protegidos por derechos de autor utilizados para capacitación.

Apoyar la innovación y proteger los derechos de los ciudadanos

Para impulsar la innovación en IA, los eurodiputados agregaron exenciones a estas reglas para actividades de investigación y componentes de IA proporcionados bajo licencias de código abierto. La nueva ley promueve sandboxes regulatorios, o entornos controlados, establecidos por las autoridades públicas para probar la IA antes de su implementación.

 

Los eurodiputados quieren impulsar el derecho de los ciudadanos a presentar quejas sobre los sistemas de IA y recibir explicaciones de las decisiones basadas en sistemas de IA de alto riesgo que afectan significativamente sus derechos. Los eurodiputados también reformaron el papel de la Oficina de IA de la UE, que se encargaría de monitorear cómo se implementa el reglamento de IA.

Citas

Después de la votación, el coponente Brando Benifei (S&D, Italia) dijo: “Estamos a punto de implementar una legislación histórica que debe resistir el desafío del tiempo. Es fundamental fomentar la confianza de los ciudadanos en el desarrollo de la IA, establecer el camino europeo para hacer frente a los cambios extraordinarios que ya están ocurriendo, así como orientar el debate político sobre la IA a nivel mundial. Estamos seguros de que nuestro texto equilibra la protección de los derechos fundamentales con la necesidad de proporcionar seguridad jurídica a las empresas y estimular la innovación en Europa”.

 

El co-ponente Dragos Tudorache (Renew, Rumania) dijo: “Dado el profundo impacto transformador que la IA tendrá en nuestras sociedades y economías, la Ley de IA es muy probablemente la pieza legislativa más importante en este mandato. Es la primera legislación de este tipo en todo el mundo, lo que significa que la UE puede liderar el camino para hacer que la IA sea confiable, segura y centrada en el ser humano. Hemos trabajado para apoyar la innovación de la IA en Europa y dar a las empresas emergentes, las pymes y la industria espacio para crecer e innovar, al tiempo que protegemos los derechos fundamentales, fortalecemos la supervisión democrática y garantizamos un sistema maduro de gobernanza y aplicación de la IA".

Próximos pasos

Antes de que puedan comenzar las negociaciones con el Consejo sobre la forma final de la ley, este proyecto de mandato de negociación debe ser aprobado por todo el Parlamento, y se espera que se vote durante la sesión del 12 al 15 de junio.

Contactos:

·        Yasmina YAKIMOVA

Oficial de Prensa

(+32) 2 28 42626 (BXL)

(+32) 470 88 10 60

yasmina.yakimova@europarl.europa.eu

@EP_SingleMarket

·        Janne Ojamo

Oficial de Prensa

(+32) 2 284 12 50 (BXL)

(+32) 470 89 21 92

janne.ojamo@europarl.europa.eu

@EP_Justicia

Más información

·   Texto de compromiso

·   Proyectos de informe, enmiendas presentadas en comisión

·   Servicio de Investigación del Parlamento Europeo: Inteligencia Artificial

·   Tren legislativo: la Ley de IA