viernes, 5 de octubre de 2012

Datos Personales y Registro de Donantes




Aparte del tema médico, las Directivas Europeas 95/46/CE, 2002/58 y la Ley 29733 peruana, relativas a la protección de los datos personales y privacidad de la comunicaciones electrónicas, consagran algunos artículos  sobre los derechos y obligaciones a tener presentes en la creación, tratamiento y difusión de registros (bases de datos personales) en las áreas médica, farmacéutica, investigación clínica.

La salvaguarda de la defensa como la seguridad del Estado y la seguridad pública (particularmente, la salud), entre otras,  pueden limitar el alcance de los principios relativos a la calidad de los datos personales, la información del interesado, el derecho de acceso y la publicidad o no de los tratamientos.


Perú busca tener un registro sobre los Donantes de Médula Ósea

Médicos especialistas de Argentina intercambiaron con sus pares peruanos su experiencia en el trasplante de progenitores hematopoyéticos (TPH), conocido como trasplante de médula ósea, con la finalidad de apoyar al Perú en la implementación del registro de donantes y un banco de sangre de cordón umbilical. La reunión fue desarrollada por la Organización Nacional de Donación y Trasplante (ONDT) del Ministerio de Salud.

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