lunes, 2 de marzo de 2026

POTENCIAR MATERIALES PEMANENTES EN LA ECONOMIA CIRCULAR - DICTAMEN EUROPEO

 Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

cferreyros@ferreyros-ferreyros.com

RESUMEN

El presente Dictamen de iniciativa del Comité Económico y Social Europeo (CESE) sobre «Desarrollar el potencial de los materiales permanentes en la economía circular de la UE» no está ligado a una propuesta legislativa concreta, sino se orienta a futuras políticas de la UE sobre economía circular y materiales.​

Su finalidad es sensibilizar a legisladores, empresas y otras partes interesadas sobre el concepto de «materiales permanentes» definidos como aquellos materiales que pueden reciclarse muchas veces sin perder sus propiedades esenciales y su potencial para la economía circular, especialmente en el ámbito de los envases.​

Las principales recomendaciones del Dictamen son:

  • Reconocer explícitamente el concepto de materiales permanentes y sus características en la legislación de la UE sobre residuos, recursos y economía circular, para que las políticas futuras reflejen su contribución específica a la circularidad.​
  • Reorientar la política de residuos hacia una gestión estratégica de recursos: priorizar la recogida selectiva de alta calidad y el reciclado en circuito cerrado, reduciendo la dependencia de materias primas vírgenes.​
  • Reforzar y armonizar los regímenes de responsabilidad ampliada del productor en todos los Estados miembros, incluyendo tasas ecodiferenciadas (ecomodulación) basadas en criterios claros y transparentes que incentiven materiales altamente reciclables.​
  • Integrar el término «materiales permanentes» en los indicadores y parámetros de medición de la circularidad, a fin de reflejar mejor su aporte a los objetivos de la economía circular de la UE.​
  • Mejorar las tasas de recogida y reciclado, especialmente en Estados miembros con resultados insuficientes, como parte de la estrategia hacia la neutralidad climática y un mercado único circular.​

En consecuencia, el Dictamen el CESE exhorta a los países de la UE a reconocer explícitamente los materiales permanentes (como acero, aluminio y vidrio) en la legislación UE sobre residuos y recursos, para potenciar su rol en la circularidad y los objetivos climáticos.

A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privadas interesadas en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico:cferreyros@ferreyros-ferreyros.com

                        __________________________________________________________



Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2026/869

27.2.2026

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo

Desarrollar el potencial de los materiales permanentes en la economía circular de la UE

(Dictamen de iniciativa)

(C/2026/869)

Ponente:

Andrea MONE (IT-II)

Coponente:

Michal PINTÉR (SK-Cat. 1)

Asesoras

Sophie GRENADE (por el ponente del Grupo II)

Alexandra ŠARINOVÁ (por el coponente de la Cat. 1)

Decisión de la Asamblea

23.1.2025

Base jurídica

Artículo 52, apartado 2, del Reglamento interno

Sección competente

Comisión Consultiva de las Transformaciones Industriales (CCMI)

Aprobado en sección

25.11.2025

Aprobado en el pleno

3.12.2025

Pleno n.o

601

Resultado de la votación

(a favor/en contra/abstenciones)

219/1/5

1.   Conclusiones y recomendaciones

 1.1. El Comité Económico y Social Europeo (CESE) reconoce que los materiales permanentes son fundamentales para la economía circular. En el presente Dictamen, se centra en su uso en los envases y presenta las recomendaciones políticas pertinentes. Los materiales permanentes deben ser objeto de reconocimiento en la legislación de la UE a fin de garantizar que las futuras políticas tengan en cuenta su contribución singular a la circularidad. El CESE considera esencial que el concepto de materiales permanentes y sus características se reconozcan de manera inequívoca en el marco creado por la Unión para los residuos y recursos, y que se formalice su papel a efectos de la economía circular de la Unión.

 

 1.2. El CESE apoya el ambicioso enfoque que está adoptando la Unión para alcanzar el objetivo del 90 % de recogida separada de residuos de envases en todos los Estados miembros de la UE de aquí a 2030, con el respaldo de una financiación específica para infraestructuras avanzadas de recogida, clasificación y reciclado de alta calidad. Resulta esencial intensificar la recogida separada para permitir el reciclado en circuito cerrado y maximizar la retención y el valor de los materiales permanentes.

 

 1.3. El Comité propone reforzar y armonizar los regímenes de responsabilidad ampliada del productor en todos los Estados miembros de la UE para incentivar activamente el uso de materiales altamente reciclables. Para ello, también es necesario garantizar la aplicación de tasas ecomoduladas en función de criterios claros y estructuradas de manera transparente y proporcionada, acotar los ingresos correspondientes para su reinversión en el mismo flujo de materiales a fin de obtener resultados concretos en materia de circularidad, y reconocer otras mejores prácticas en materia de responsabilidad ampliada del productor.

 

 1.4. El CESE señala que es preciso dar prioridad a la financiación destinada a acelerar la inversión en infraestructuras modernas de recogida separada, clasificación y reciclado de los residuos de envases. Debe prestarse especial atención a las regiones con menor rendimiento o capacidad de inversión para garantizar que ningún Estado miembro se quede atrás.

 

 1.5. El CESE recomienda que la Comisión Europea lleve a cabo una evaluación exhaustiva de los comportamientos de los ciudadanos de la UE en materia de reciclado con el fin de detectar deficiencias y determinar cuáles son las mejores prácticas, y que proponga medidas para aumentar la participación de los consumidores en la separación de los residuos de envases como primer paso esencial del reciclado doméstico.

 

 1.6. Asimismo, recomienda velar por que la transición hacia una economía circular sea socialmente sostenible, para lo cual es necesario anticipar el impacto en el mercado laboral en una fase temprana y asegurar el acceso al reciclaje y perfeccionamiento profesionales para apoyar las transiciones entre puestos de trabajo, a fin de garantizar que los trabajadores puedan beneficiarse plenamente de los avances realizados en la economía circular y contribuir a ella.

 

 1.7. El CESE recomienda reforzar el diálogo social a todos los niveles y promover la negociación colectiva, también a nivel de empresa, para garantizar la información, la consulta y la participación de los trabajadores en la transición hacia modelos de negocio circulares, a fin de favorecer el empleo de calidad, la seguridad en el lugar de trabajo y la justicia social.

2.   Observaciones generales y contexto

 2.1. En sus orientaciones políticas para 2024-2029 (1), la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, presenta una visión para aumentar la circularidad y la resiliencia de la economía de la UE. La actual Comisión Europea —y el Consejo Europeo en su Agenda Estratégica 2024-2029 (2)— también priorizan el ayudar a la UE a ser más sostenible y el mantener los recursos dentro de la economía de la UE durante más tiempo. La necesidad de dedicar una mayor atención a los objetivos de la economía circular plantea cuestiones específicas, por ejemplo en lo que respecta a los materiales que mejor se prestan a ser utilizados y mantenidos en el ciclo de producción dentro de dicha economía y a la forma en que se pueden gestionar los recursos de manera sostenible. El presente Dictamen de iniciativa tiene por objeto sensibilizar sobre el concepto de materiales permanentes, presentando a los responsables políticos, los consumidores y otras partes interesadas las principales características y consideraciones relacionadas con este concepto y estimulando el debate interinstitucional a escala de la UE. Además, se estudia la posibilidad de integrar los materiales permanentes en la política y la legislación de la UE, en particular con vistas a la adopción de la Ley de Economía Circular, y se promueve un Reglamento sobre residuos que reconozca las ventajas de estos materiales desde el punto de vista de la reciclabilidad y la circularidad, se centre en la armonización de las políticas de economía circular, incentive los materiales secundarios y promueva el diseño sostenible de los productos.

 

 2.2. Un material permanente puede definirse como «un material cuyas propiedades intrínsecas no se alteran a lo largo de sus ciclos de vida, independientemente del número de veces que se someta a un proceso de reciclado». Esta característica lo distingue de otros materiales que se degradan, cada uno en diferente medida, durante su uso y reciclado. El acero, el vidrio y el aluminio, por el contrario, conservan sus propiedades intrínsecas durante el proceso de reciclado y recuperan sus características originales, lo que permite que sean reciclados repetidamente. Por lo tanto, consideramos que el vidrio, el aluminio y el acero son materiales permanentes y, como tales, los hemos elegido como objeto principal del presente Dictamen que, teniendo en cuenta el papel esencial que desempeñan los materiales permanentes en las aplicaciones industriales, se centra deliberadamente en su uso en los envases, lo que refleja tanto la urgencia como las oportunidades en este ámbito. El sector de los envases se encuentra inmerso en una importante reforma normativa a través del Reglamento sobre los envases y residuos de envases, lo que brinda una ocasión oportuna y estratégica para integrar los materiales permanentes en las políticas de la UE. En el plano de los hogares, los residuos de envases siguen siendo uno de los flujos de residuos más visibles y problemáticos, donde todavía hay margen para potenciar el reciclado. Al centrarse en los envases, el presente Dictamen aborda la parte del sistema en la que se interrumpe la circularidad, es decir, aquella en la que un reciclado de alta calidad es técnicamente posible, pero se ve impedido por limitaciones logísticas y de comportamiento humano. Además, los envases constituyen la principal interfaz entre los consumidores y el uso de los materiales, con lo que ofrecen un elemento estratégico para hacer converger el comportamiento público, las políticas y las inversiones. Llevar al siguiente nivel el reciclado en circuito cerrado de envases de vidrio, acero y aluminio es una forma directa y eficaz de avanzar en los objetivos de circularidad de la UE.

 

 2.3. Los materiales permanentes, como el acero, el aluminio y el vidrio, conservan sus propiedades intrínsecas a lo largo de numerosos ciclos de reciclado sin que estas se degraden. A diferencia de los materiales que se degradan con cada reciclado, los materiales permanentes permiten un reciclado en circuito cerrado, en virtud del cual el material reciclado puede sustituir por completo y en múltiples ocasiones al material virgen para las mismas aplicaciones (o aplicaciones similares). Esta característica intrínseca hace que estos materiales estén perfectamente adaptados a las necesidades de una economía verdaderamente sostenible y circular. El CESE destaca la necesidad de distinguir entre los materiales permanentes y aquellos que se degradan con el tiempo y recomienda integrar el término «materiales permanentes» en las políticas de la UE, la legislación y los parámetros de medición de la circularidad. Resulta esencial reconocer esta categoría y aplicar un enfoque específico a fin de acelerar la consecución de los objetivos de la UE en materia de clima y utilización eficiente de los recursos.

 

 2.4. Los materiales permanentes siguen siendo recursos clave para la economía circular y su reutilización y reciclado continuados pueden generar beneficios y ahorros. La hojalata, un producto plano de acero laminado en frío para aplicaciones de envasado, se produce principalmente a través del procedimiento del horno básico de oxígeno (BOF), con un insumo limitado de chatarra (del 15 al 20 %) debido a los estrictos requisitos de calidad. No obstante, los envases de hojalata recogidos vuelven a entrar sistemáticamente en el ciclo de acero, sustituyen al mineral de hierro y al coque en hornos básicos de oxígeno (BOF) o sirven de chatarra de alta calidad en hornos de arco eléctrico. El reciclado de hojalata genera ahorros significativos de recursos, energía y CO2, manteniendo al mismo tiempo tasas de reciclado superiores al 80 % en varios Estados miembros de la UE (3). En lo que respecta al aluminio, su reciclado permite ahorrar el 95 % de la energía necesaria para la producción primaria, así como emisiones de gases de efecto invernadero (GEI). En 2022, la huella de carbono de la producción mundial de aluminio primario (desde la mina hasta la fundición) se elevó a 15,1 toneladas equivalentes de CO2 por tonelada, mientras que las emisiones de carbono del aluminio reciclado (puerta a puerta) fueron de 0,52 toneladas equivalentes de CO2 por tonelada (4). En cuanto al vidrio, un aumento del 10 % en la proporción de vidrio reciclado (calcín) en el horno reduce el consumo de energía, por término medio, en un 3 % y las emisiones de CO2 en un 5 % (5). La evaluación del ciclo de vida realizado por la Federación Europea de Envases de Vidrio (FEVE) demuestra que cada tonelada de vidrio reciclado representa un ahorro de 670 kg de CO2 (media de la UE, «de la cuna a la cuna»). La fundición del 100 % del calcín permite reducir las emisiones de CO2 en aproximadamente un 58 % en comparación con una producción sin calcín (6).

 

 2.5. Habida cuenta del ampliamente reconocido ahorro de recursos medioambientales, energéticos e hídricos que permite el reciclado de materiales permanentes, debería reconocerse el valor de estos en toda la legislación pertinente de la UE, al igual que el papel fundamental que desempeñan a efectos de los objetivos climáticos y de circularidad de la UE. Un circuito circular y cerrado, en el que los materiales reciclados sustituyen a los recursos vírgenes, contribuye a reducir las emisiones de CO2 procedentes de la producción de aluminio, vidrio y acero. La reducción de la dependencia europea de los recursos primarios, la consecución de la suficiencia en lo que atañe a las materias y la ampliación de las infraestructuras de recogida y clasificación (especialmente en los Estados miembros de la UE con resultados insuficientes) favorecerá la neutralidad climática y permitirá a los materiales permanentes desempeñar un papel fundamental en la consecución de estos objetivos. Estos principios deben afianzarse como pilares que posibilitan el establecimiento de un mercado único circular en la UE y contribuyen al objetivo más amplio de la UE, que consiste en alcanzar la autonomía estratégica, garantizar la resiliencia de sus cadenas de suministro y reducir la dependencia de terceros países para abastecerse de materias primas.

 

 2.6. A pesar del objetivo de la UE de duplicar de aquí a 2030 su tasa de uso circular de materiales, los avances realizados en este sentido han sido mínimos, ya que dicha proporción ha aumentado tan solo en aproximadamente un punto porcentual en más de diez años. En 2023, el material reciclado representó el 11,8 % del material utilizado, es decir un aumento de 1,1 puntos porcentuales con respecto a 2010, lo que demuestra que la UE no está actualmente en disposición de duplicar su tasa de uso circular de materiales antes de 2030 (7). La Agencia Europea de Medio Ambiente recomienda incrementar el reciclado y reducir la dependencia de los recursos primarios con el fin de mejorar la tasa de uso circular de los materiales (8), un objetivo para el cual los materiales permanentes resultan idóneos.

3.   Observaciones específicas: ampliar la economía circular de la UE mediante la utilización de materiales permanentes

 3.1. Dado que la UE aún no va camino de duplicar su tasa de uso circular de los materiales de aquí a 2030, el estancamiento de los parámetros de medición de la circularidad apunta a un reto estructural más profundo. Europa sigue perdiendo valiosos recursos debido al infrarreciclado, la exportación y la eliminación de residuos en vertederos, lo cual compromete sus objetivos en materia de circularidad, clima y competitividad. A falta de un vuelco sistémico a favor de la circularidad, la UE corre el riesgo de perder su posición de liderazgo en el sector de las industrias ecológicas y ver debilitada su resiliencia. Resulta esencial acelerar los flujos de materiales de alto valor en circuito cerrado a fin de garantizar una economía circular de la UE que reporte beneficios medioambientales y estratégicos.

 

 3.2. El CESE recomienda reorientar la política de residuos de la UE hacia una gestión estratégica de los recursos, mantener los materiales en circulación y dar prioridad a un reciclado en circuito cerrado de alta calidad. La definición actual del término «reciclado» en el artículo 3, apartado 17, de la Directiva Marco de los Residuos proporciona un marco general aplicable a todos los materiales. Sin embargo, su aplicación dentro de la «jerarquía de residuos» (artículo 4 de la Directiva) no permite distinguir suficientemente entre los materiales intrínsecamente circulares, es decir, que pueden reciclarse varias veces sin perder su funcionalidad, y aquellos que se degradan con cada ciclo y, en última instancia, se echan a perder. Una actualización de esta jerarquía para reflejar mejor esta distinción respaldaría el objetivo de la UE de permitir una verdadera circularidad mediante múltiples ciclos de reciclado de alta calidad, avanzar en la consecución del objetivo de una economía plenamente circular y mantener las reservas de estos materiales disponibles en todo momento.

 

 3.3. El CESE pide que el concepto de materiales permanentes y las características de estos se definan y reconozcan en el acervo de la UE en materia de residuos y recursos, y que se establezca que estos materiales son más adecuados para alcanzar los objetivos de la economía circular que los materiales que se degradan con cada ciclo de reciclado. Esto ayudará a impulsar las tasas de recogida y reciclado, a reducir la dependencia de las materias primas vírgenes y a promover los circuitos cerrados de reciclado, al mismo tiempo que se eliminan los residuos y se acaba progresivamente con el depósito en vertederos, la incineración y la consiguiente pérdida de recursos.

 

 3.4. El Reglamento sobre los envases y residuos de envases introduce una definición del reciclado de alta calidad orientada al futuro y reconoce su especificidad. La incorporación de una definición similar del reciclado de alta calidad en la Ley de Economía Circular y en la Directiva Marco de los Residuos reforzaría la coherencia legislativa de la UE e incentivaría una recogida y clasificación eficientes de materiales que permitan el reciclado en circuito cerrado. Esto supondría un avance estratégico para promover la conservación de materiales de alta calidad y acelerar la transición circular. El CESE propone incluir la siguiente definición en la Directiva Marco de los Residuos: «“reciclado de alta calidad”: cualquier proceso de reciclado que produzca materiales reciclados que sean de calidad equivalente a los materiales originales, por la preservación de características técnicas, y que se utilicen como sustitutos de materias primas originales para la misma aplicación u otras aplicaciones en las que se conserve la calidad del material reciclado; el material reciclado puede reciclarse varias veces».

 

 3.5. El reciclado de alta calidad de los envases depende de la disponibilidad de sistemas eficientes de recogida separada y clasificación. Para permitir una verdadera circularidad, la UE debe adoptar un enfoque oportuno y ambicioso a fin de alcanzar el objetivo de una recogida separada del 90 % de los residuos de envases en todos los Estados miembros antes de 2030. Esta iniciativa debe contar con el apoyo de una financiación específica de la UE para el desarrollo y el uso de infraestructuras innovadoras de recogida y clasificación, y con inversiones en instalaciones de reciclado de alta calidad, en particular en aquellos Estados miembros de la UE que se enfrentan a dificultades para alcanzar los objetivos de reciclado de la UE. La mejora de la recogida separada en toda la UE es un requisito previo para permitir el reciclado en circuito cerrado y optimizar las reservas de materiales permanentes y su valor. En este contexto, el marco financiero plurianual 2028-2034, a través del Fondo Europeo de Competitividad dedicado a la transición limpia, debe ajustarse a los objetivos de la economía circular con el fin de sacar el máximo partido a los materiales permanentes.

 

 3.6. El éxito de toda política de economía circular, en particular en el sector de los envases, depende también del comportamiento de los consumidores, que desempeñan un papel fundamental al iniciar el proceso de reciclado mediante la correcta separación y eliminación de los residuos de envases en el hogar. Incluso las tecnologías de reciclado más avanzadas dependen de la correcta realización de este primer paso. Es necesario redoblar los esfuerzos, tanto a escala de la UE como de los Estados miembros, para sensibilizar, proporcionar un etiquetado claro y armonizado, y garantizar unos sistemas de recogida intuitivos y accesibles en todos los Estados miembros. El CESE valora positivamente la labor realizada por la Comisión para desarrollar un sistema de etiquetado armonizado a escala de la UE que ayude a los consumidores a tomar decisiones con conocimiento de causa y clasificar correctamente sus residuos, en particular los residuos de envases, lo que constituye una condición esencial para lograr un reciclado de alta calidad y cerrar los ciclos de materiales.

 

 3.7. Los consumidores son fundamentales de cara al reciclado de los residuos domésticos, ya que la separación de los residuos de los envases es el esencial primer paso. Su voluntad de cooperar depende de una información clara, de su sentido de la responsabilidad, de una pedagogía de calidad sobre los principios del reciclado y la circularidad, del etiquetado, de su motivación, de los incentivos y las facilidades que se les ofrezcan y del reconocimiento social de la importancia de la práctica. La industria, el comercio, las autoridades públicas, los legisladores y los medios de comunicación deben contribuir a crear unas condiciones favorables. La Comisión debería investigar las actitudes de la ciudadanía en toda la UE con el fin de detectar lagunas y determinar mejores prácticas con vistas a las estrategias futuras.

 

 3.8. Para liberar el potencial de la economía circular, es necesario que sus principios estén arraigados en el mercado único de la UE. El informe de Enrico Letta de 2024 sobre el futuro del mercado único subraya que un mercado único circular específico es esencial para apoyar la sostenibilidad medioambiental e impulsar la innovación, la competitividad, la resiliencia y el crecimiento. Este informe preconiza explícitamente la creación de dicho mercado único circular. Para realizar esta visión son necesarias medidas políticas, incluida la eliminación de la fragmentación normativa, los obstáculos y las incoherencias a nivel nacional que bloquean la adopción de la circularidad a escala de la UE. La defensa de los principios fundamentales del mercado único mediante la armonización, la simplificación y la eliminación de las cargas administrativas es esencial para los modelos de negocio circulares y un mayor sentimiento de responsabilización con respecto a las prácticas sostenibles. El CESE hace especial hincapié en el papel de la Plataforma Europea de Partes Interesadas de la Economía Circular en la consecución de tales objetivos.

 

 3.9. El CESE reconoce que los regímenes de responsabilidad ampliada del productor han desempeñado un papel decisivo en la consecución de elevadas tasas de recogida y reciclado de materiales permanentes. Sin embargo, en un contexto en el que se presta cada vez más atención a la circularidad y la reciclabilidad, estos regímenes deben evolucionar para convertirse en instrumentos verdaderamente estratégicos que incentiven activamente el uso de materiales permanentes con altos grados de reciclabilidad y un verdadero potencial de circularidad. El artículo 8 bis de la Directiva Marco de los Residuos ya preconiza modular las tasas de responsabilidad ampliada del productor en función de la reciclabilidad; sin embargo, este principio debe reforzarse y aplicarse. Las tasas ecomoduladas no solo deben tener en cuenta la reciclabilidad de un producto, sino también la posibilidad real de recogerlo, clasificarlo y reciclarlo varias veces sin que sus materiales pierdan cualidades, lo que le permite estar en condiciones de sustituir los recursos vírgenes. El CESE recomienda adecuar los incentivos económicos al rendimiento de los materiales y sus resultados en términos de circularidad mediante el establecimiento y la reforma eficaces de los regímenes de responsabilidad ampliada del productor en toda la UE.

 

 3.10. El CESE recomienda que los requisitos mínimos generales para los regímenes de responsabilidad ampliada del productor se armonicen en todos los Estados miembros de la UE y se articulen en torno a los siguientes principios:

— el establecimiento de tasas de responsabilidad ampliada del productor transparentes, proporcionales y no discriminatorias, que cubran los costes netos de recogida, clasificación y reciclado del material de envase específico por el que se paga;

 

— la separación de los ingresos derivados de los regímenes de responsabilidad ampliada del productor para garantizar su reinversión en la recogida y el reciclado del mismo flujo de materiales, evitando subvenciones cruzadas entre materiales; y

 

— la ecomodulación de las tasas de modo que se tengan en cuenta la reciclabilidad real de los envases, su potencial para reciclarse varias veces sin que se pierdan sus propiedades intrínsecas y la tasa de reciclado real de los materiales.

 

 

 3.11. Resultará esencial garantizar un suministro fiable de materias primas secundarias de alta calidad (como, por ejemplo, la chatarra de hierro, la chatarra de materiales no férreos y el calcín) y un mejor acceso a estas materias. El CESE apoya la optimización de los criterios de la UE sobre el fin de la condición de residuo, la mejora de la recogida y la calidad de los datos para los parámetros de sostenibilidad, y la armonización de toda la legislación pertinente de la UE a fin de reforzar la disponibilidad de los materiales secundarios en todo el mercado único de la UE.

 

 3.12. Para lograr un reciclado de alta calidad y la circularidad de los materiales en toda la UE, será necesario realizar inversiones específicas en infraestructuras, en particular para la recogida separada, la clasificación y el reciclado de los residuos de envases. Muchos Estados miembros de la UE se enfrentan a retos estructurales y presupuestarios a la hora de desarrollar estas infraestructuras de modo que puedan cumplirse los objetivos de la UE. El CESE pide que, en el contexto de los instrumentos de financiación pertinentes de la Unión, se preste una mayor atención a las infraestructuras de recogida y clasificación modernas y de alta eficiencia. Debe prestarse especial atención a las regiones con menor rendimiento o capacidad de inversión para garantizar que ningún Estado miembro se quede atrás.

 

 3.13. El CESE subraya que la transición hacia una economía circular basada en materiales permanentes pasa por su sostenibilidad social. Para ello, es preciso situar a los trabajadores y sus derechos en el centro del proceso. A medida que las industrias se adaptan a los modelos de negocio circulares, resulta esencial prever a tiempo las repercusiones en el mercado laboral, en particular mediante políticas prospectivas en materia de capacidades, la cartografía del empleo y la inversión en formación profesional (reciclaje y perfeccionamiento profesionales). Debe garantizarse un acceso basado en los derechos al perfeccionamiento profesional, incluidos los permisos educativos remunerados y las medidas de transición entre puestos de trabajo, a fin de garantizar que los trabajadores puedan beneficiarse plenamente de los avances realizados en la economía circular y contribuir a ella.

 

 3.14. El CESE hace hincapié en el papel clave del diálogo social y pide que el Reglamento sobre los envases y residuos de envases se apoye en un pilar social sólido, no solo para sensibilizar sobre las transiciones a nivel de empresa y supervisarlas, sino también para garantizar que se informe, consulte e implique eficazmente a los trabajadores. En lo que respecta a la aplicación de dicho Reglamento, es de vital importancia garantizar transiciones laborales fluidas, evaluar el impacto de las obligaciones impuestas por la UE, invertir en la creación de empleos de calidad y reforzar la negociación colectiva, la salud y la seguridad, las capacidades y las medidas de protección social. El diálogo social, la negociación colectiva y la participación de los trabajadores a todos los niveles deben reforzarse para garantizar que una mayor circularidad con materiales permanentes contribuya al empleo de calidad, a la salud y la seguridad en el trabajo y a la justicia social. A nivel empresarial y sectorial, los convenios colectivos pueden promover la circularidad incorporando los compromisos de hacer un mayor uso de materias primas secundarias, promover los diseños que faciliten el reciclado y fomentar la recogida y el reciclado de alta calidad.

Bruselas, 3 de diciembre de 2025.

                                                                                             El Presidente

                                                                           del Comité Económico y Social Europeo

Séamus BOLAND


(1)  Comisión Europea, Orientaciones políticas para la próxima Comisión Europea 2024-2029, 18 de julio de 2024.

(2)  Consejo Europeo, Agenda Estratégica 2024-2029 de la Unión, Conclusiones del Consejo Europeo, Bruselas, 27 de junio de 2024.

(3)   Steel Packaging Achieves Highest Recycling Rate on Record — Steel for packaging Europe.

(4)   Facts About Aluminium — Instituto Internacional del Aluminio.

(5)  Federación Europea de Envases de Vidrio (FEVE), Recycling: Why glass always has a happy CO2 ending.

(6)  Federación Europea de Envases de Vidrio (FEVE), Recycling: Why glass always has a happy CO2 ending.

(7)  Agencia Europea de Medio Ambiente (2025), Circular material use rate in Europe.

(8)  Agencia Europea de Medio Ambiente (2025), Circular material use rate in Europe.


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2026/869/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)

No hay comentarios:

Publicar un comentario