martes, 27 de julio de 2021

DICTAMEN DEL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO SOBRE «PROFESIONES LIBERALES 4.0»

 or: Carlos A. FERREYROS SOTO

        Doctor en Derecho
        Université de Montpellier I Francia.
        M. Sc. Institut Agronomique Méditerranéen

        cferreyros@hotmail.com

SINTESIS

Las 1. Conclusiones y recomendaciones del Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre las Profesiones Liberales, toman en cuenta el efecto de la 2. Covid-19, el 3. Manifiesto de Roma concerniente a la Definición de las profesiones liberales, los 4. Retos de la digitalización, los 5. Elementos fundamentales de las profesiones liberales en el marco de la transformación digital, la 6. Digitalización y formación, la 7. Digitalización y marco jurídico de las profesiones, la 8. Digitalización y autorregulación y finalmente, la 9. Aparición de nuevos perfiles de profesiones liberales. 


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Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «Profesiones liberales 4.0»

[Dictamen de iniciativa]

(2021/C 286/03)

Ponente:

Rudolf KOLBE

Decisión del Pleno

20.2.2020

Fundamento jurídico

Artículo 32 del Reglamento interno

 

Dictamen de iniciativa

Sección competente

Sección de Mercado Único, Producción y Consumo

Aprobado en sección

31.3.2021

Aprobado en el pleno

27.4.2021

Pleno n.o

560

Resultado de la votación

(a favor/en contra/abstenciones)

233/0/3

1.   Conclusiones y recomendaciones

       1.1.           Las profesiones liberales ya emplean actualmente con éxito a gran escala aplicaciones digitales y basadas en la inteligencia artificial (IA) en beneficio de sus clientes y contribuyen de forma muy destacada al desarrollo tecnológico de estas, por ejemplo en el ámbito de la ingeniería. Se debe seguir dando a dichas profesiones liberales una mayor participación en el desarrollo y validación de las aplicaciones a fin de garantizar su aplicabilidad práctica y su eficacia.

 

       1.2.           Las aplicaciones digitales no deben verse como competidoras o sustitutas de los servicios de las profesiones liberales. Se trata más bien de medios auxiliares que ya están mejorando y ampliando la prestación de estos servicios.

 

       1.3.           En interés de sus clientes, pacientes o mandantes, las profesiones liberales deben ser capaces de detectar y evaluar los peligros derivados del uso de las tecnologías digitales. Así lo requieren las especiales características de confianza asociadas a la relación profesional, que seguirán constituyendo un elemento fundamental aunque se utilicen canales de comercialización digitales.

 

       1.4.           En el contexto de las aplicaciones digitales, los pacientes, clientes y mandantes deben poder confiar en que las personas que se dedican a una profesión liberal prestan sus servicios con responsabilidad personal, basándose en criterios profesionales y sin depender de intereses externos. Para ello es importante que las normas que regulan la profesión resulten adecuadas y estén adaptadas a la evolución digital.

 

       1.5.           Las profesiones liberales deben garantizar sistemáticamente la protección de datos y defenderla frente a terceros. Para evitar el uso indebido de datos se necesitan infraestructuras digitales seguras en la UE.

 

       1.6.           Las profesiones liberales deben actualizar los contenidos de la formación inicial y continua para garantizar que los profesionales y sus empleados posean unas capacidades de la máxima calidad posible en materia de informática y digitalización. La UE debe acompañar estos procesos mediante programas de financiación al efecto.

 

       1.7.           Las profesiones liberales deben adaptar su autorregulación a la evolución digital y participar activamente en el proceso. Esto puede requerir una ampliación de las normas deontológicas.

 

       1.8.           Debe fomentarse la creación de nuevas profesiones liberales posibilitada por la digitalización, sobre la base de los criterios y principios establecidos en el Manifiesto de Roma.

2.   La COVID-19 y las profesiones liberales

       2.1.           La pandemia ha desencadenado un proceso de digitalización masivo que también afecta a las profesiones liberales. La mayor necesidad de servicios profesionales y las restricciones derivadas de la pandemia han hecho necesaria una fuerte expansión de los servicios digitales. La crisis ha puesto de relieve lo mucho que depende nuestra sociedad de la excelencia de los conocimientos técnicos asociados a las profesiones liberales de importancia sistémica. Como socios clave de los gobiernos a la hora de gestionar las crisis y satisfacer las necesidades básicas de la población, en el futuro las profesiones liberales deben integrarse aún mejor en los sistemas que regulan las relaciones laborales y sus servicios deben garantizarse mediante unas normas profesionales adecuadas adaptadas a la evolución digital. Cabe criticar que muchos autónomos y profesionales liberales no hayan tenido acceso a ayudas estatales durante la pandemia o que su acceso a ellas haya sido insuficiente.

 

       2.2.           La elevada digitalización de los servicios profesionales puede tener un impacto duradero a la hora de mejorar la cobertura incluso en regiones periféricas. Es importante garantizar que la brecha aún excesiva que existe entre las zonas urbanas y rurales en relación con la internet de banda ancha rápida se reduzca lo antes posible y que los servicios digitalizados sean igualmente accesibles para las personas de todas las regiones. Durante la crisis, las profesiones liberales han invertido en digitalización y protección de datos para cumplir su función de prestar servicios en ámbitos clave para la sociedad guiándose por el bien común. Por lo tanto, es importante que en todas las medidas destinadas a revitalizar la economía se incluya también explícitamente a las profesiones liberales como grupo de importancia sistémica.

3.   Manifiesto de Roma — Definición de las profesiones liberales

       3.1.           Las profesiones liberales desempeñan un papel crucial en el desarrollo económico y social de la UE. Forman parte de la amplia gama de profesiones reguladas, que deben disponer de cualificaciones específicas y representan el 22 % de todos los trabajadores en Europa. Ya en 2013, más de una décima parte del valor añadido bruto generado en la UE procedía del sector de las profesiones liberales. La crisis de la COVID-19 ha mostrado con gran claridad la dependencia existencial de nuestra sociedad de los servicios altamente cualificados que prestan las profesiones liberales. Como empleadores y empresas resilientes, las profesiones liberales ofrecen un potencial de empleo significativo. Además, cumplen importantes funciones de interés general. Los servicios que prestan están estrechamente vinculados a las necesidades elementales de los individuos, como la vida, el trabajo, la salud, la seguridad o la propiedad. En este contexto es importante garantizar un acceso democrático a los servicios de las profesiones liberales, por ejemplo en el sector médico, en el marco de los sistemas de seguridad social, o en el ámbito de la justicia mediante la asistencia jurídica gratuita. Las recomendaciones de límites superiores para los honorarios o costes cumplen una función protectora para quienes utilizan los servicios de las profesiones liberales y dependen de dichas orientaciones debido a la asimetría de información.

 

       3.2.           El Comité Económico y Social Europeo ha analizado reiteradamente las profesiones liberales, y en 2014 encargó un estudio exhaustivo titulado The State of Liberal Professions Concerning their Functions and Relevance to European Civil Society («La situación de las profesiones liberales atendiendo a sus funciones y relevancia para la sociedad civil europea») (1). A lo largo de estos trabajos se puso de manifiesto que a escala de la UE no existía un concepto o una definición generalmente aceptados de las profesiones liberales.

 

       3.3.           Esto llevó al CESE a aprobar en diciembre de 2017 el Manifiesto de Roma para definir el concepto de profesión liberal. Para ello pudo aprovechar los trabajos previos de algunas federaciones europeas de profesiones liberales que habían intentado formular conjuntamente una definición europea en forma de Carta de las Profesiones Liberales.

 

       3.4.           El Manifiesto de Roma señala que las profesiones liberales prestan servicios inmateriales (intelectuales) basados en una cualificación o capacitación profesional específica. Estos servicios se caracterizan por un elemento personal y se basan en una relación de confianza. Los miembros de las profesiones liberales ejercen su actividad de manera autónoma y profesionalmente independiente. Se guían por una ética profesional, debiéndose tanto a los intereses concretos de sus clientes como al bien común, y están sujetos a un sistema de organización y supervisión profesional.

 

       3.5.           Esta definición no es exhaustiva, sino que está abierta a nuevos avances tecnológicos y nuevas profesiones. El Manifiesto de Roma observa que estas características son indicativas de las profesiones liberales, pero no tienen necesariamente que concurrir en su totalidad.

4.   Retos de la digitalización

       4.1.           La digitalización de alcance mundial ha desencadenado un proceso de transformación de la sociedad en su conjunto cuyas consecuencias últimas no pueden preverse. La pandemia de COVID-19 contribuirá a acelerar esta tendencia.

 

       4.2.           Los siguientes ejemplos muestran que las aplicaciones y canales de comercialización digitales y el uso de la inteligencia artificial (IA) ya son parte irrenunciable de muchos servicios profesionales y podrán optimizar aún más estos servicios en el futuro. Aún está por ver cómo repercutirá la falta de contacto personal en la especial relación de confianza que existe entre quienes ejercen una profesión liberal y sus clientes, pacientes o mandantes, y hasta qué punto podrá la inteligencia artificial sustituir al llamado «factor humano».

 

          4.2.1.    En el ámbito del asesoramiento jurídico se están extendiendo las tecnologías de cadena de bloques y las llamadas «tecnologías jurídicas» (Legal Techs). Los buzones electrónicos para abogados y las aplicaciones de administración electrónica cambiarán la forma de relacionarse con los órganos jurisdiccionales y administrativos. Las profesiones liberales son ya socios importantes en la puesta en práctica de proyectos de administración electrónica, donde contribuyen significativamente a la simplificación administrativa.

 

          4.2.2.    En el ámbito de la planificación cobra cada vez más importancia la «modelización de información de construcción» (BIM por su sigla inglesa), un método para la planificación, ejecución y gestión en red de edificios, y muchas evaluaciones de seguridad en el ámbito de las infraestructuras se llevan a cabo con la ayuda de la inteligencia artificial.

 

          4.2.3.    En el sector sanitario, las aplicaciones de inteligencia artificial están suponiendo cambios notables en la esfera del diagnóstico médico. A ello hay que añadir los avances en las consultas de telemedicina, las recetas electrónicas y el creciente uso de historias clínicas electrónicas.

 

       4.3.           La digitalización está transformando los canales de comunicación e información. Por una parte, ofrece a los consumidores la posibilidad de informarse antes de utilizar los servicios de un profesional liberal y durante dicha utilización, reduciendo así la asimetría de información que existía hasta ahora. Por otra, existe el riesgo de que el exceso de información no filtrada ni comentada, o la difusión deliberada de información falsa, pueda confundir a los consumidores dando lugar a graves percepciones erróneas y aumentando aún más las asimetrías de información.

 

       4.4.           La digitalización de los servicios profesionales y los sistemas de traducción o reconocimiento de voz basados en la IA harán que estos servicios estén menos ligados a un lugar y un idioma determinados, especialmente en el caso de los servicios de asesoramiento y planificación pero también de los servicios sociales y sanitarios. Esto no debe socavar el principio de país de destino establecido en la Directiva de servicios.

 

       4.5.           La calidad de los datos en las aplicaciones de IA reviste especial importancia en el ámbito de los servicios profesionales. Para que estas aplicaciones puedan utilizarse con éxito en la práctica en ámbitos sensibles es imprescindible que las profesiones liberales participen en su desarrollo técnico y, en particular, en el aseguramiento de la calidad de los datos.

 

       4.6.           Otro aspecto importante en ese sentido es la anonimización o seudonimización de los datos como base para que estos se utilicen de un modo seguro para los clientes. Al mismo tiempo, los avances tecnológicos aumentan el riesgo de ciberdelincuencia, que también amenaza a los servicios ofrecidos por las profesiones liberales.

 

       4.7.           La digitalización facilitará la entrada en el mercado de los nuevos operadores comerciales que ofrecen de forma específica modelos de negocio propios de las profesiones liberales. La Unión Europea y los Estados miembros deben acompañar este proceso con medidas normativas cuando resulte necesario, por ejemplo para regular la relación entre los operadores de las plataformas y las profesiones liberales, así como el acceso a dichas plataformas. Conviene implicar en ello a las autoridades de supervisión o colegios profesionales nacionales. En el ámbito de los servicios farmacéuticos, en los últimos años han surgido grandes farmacias en línea que operan de manera transfronteriza. Es probable que aquellas empresas que ya disponen de conocimientos expertos en materia digital tengan ventaja como nuevos proveedores de servicios.

5.   Elementos fundamentales de las profesiones liberales en el marco de la transformación digital

       5.1.           Entre los miembros de las profesiones liberales y sus clientes, pacientes o mandantes existe una especial relación de confianza, que constituye una característica esencial de los servicios profesionales. La digitalización pone a prueba esta relación de confianza. Así ocurre, por ejemplo, por el hecho de que el contacto personal ya no tenga lugar directamente, sino cada vez más a través de medios tecnológicos como las videoconferencias o los servicios de mensajería electrónica. No obstante, el asesoramiento y atención personales basados en la confianza seguirán constituyendo un elemento fundamental de la prestación de servicios profesionales aunque esta tenga lugar en formato digital.

 

       5.2.           No obstante, a largo plazo cabe preguntarse si las aplicaciones de IA pueden satisfacer los mismos criterios de exigencia que los servicios de asesoramiento humanos. En teoría sería concebible que la relación de confianza entre personas se convirtiese en una relación de confianza entre personas y máquinas, pero en la actualidad las aplicaciones de IA aún están muy lejos de ello: la decisión última debe tomarla una persona (principio de «control humano»). La programación que sirve de base a la IA debe estar centrada en el ser humano, ser transparente y estar principalmente orientada a los intereses de los destinatarios de los servicios, con los mismos criterios en materia de responsabilidad civil. La transparencia de los algoritmos subyacentes también es esencial para que los servicios de IA tengan éxito y gocen de confianza. Dichos algoritmos no deben promover sesgos ni contribuir a la reproducción de prejuicios.

 

       5.3.           La independencia profesional y la responsabilidad personal constituyen una base importante de la relación de confianza antes mencionada. Una característica irrenunciable de las profesiones liberales es que los pacientes, clientes y mandantes pueden confiar en que los profesionales prestan sus servicios con responsabilidad personal, sobre la base de criterios profesionales y sin depender de intereses externos. Precisamente en el ámbito digital, donde los intereses que ejercen su influencia resultan más opacos, la confianza en un asesoramiento profesional independiente cobrará cada vez más importancia.

 

       5.4.           Garantizar la seguridad y la protección de los datos es un elemento fundamental de la prestación de servicios profesionales en la era digital. Las profesiones liberales deben desempeñar un papel clave en ese sentido garantizando a sus clientes o pacientes el uso seguro de las aplicaciones digitales e informándoles sobre posibles peligros. Esto refuerza la relación de confianza con el destinatario del servicio y va ligado al respeto del secreto profesional.

 

       5.5.           Al mismo tiempo se debe señalar que los profesionales liberales no pueden detectar todos los casos de uso indebido de datos, lo que resulta decisivo para posibles cuestiones relacionadas con la responsabilidad civil. Así ocurre, en particular, cuando el uso indebido de los datos se debe a un acceso de terceros a la infraestructura digital disponible en el exterior de la UE. Por ello, la Unión Europea debería promover la creación y el desarrollo de infraestructuras digitales seguras para no quedarnos atrás respecto a competidores de otras regiones del mundo.

6.   Digitalización y formación

       6.1.           La digitalización cambiará las necesidades de formación inicial y continua de las profesiones liberales. Los profesionales que las ejerzan deberán estar dispuestos a un aprendizaje permanente que no solo abarque su ámbito de especialización concreto sino también la adquisición de capacidades digitales en otros terrenos, sujetas a rápidos cambios.

 

       6.2.           A fin de garantizar las bases necesarias para las capacidades digitales, a los profesionales se les deben transmitir las correspondientes destrezas digitales ya durante su formación inicial y, posteriormente, a lo largo de su vida laboral. La Unión Europea debe acompañar estos procesos mediante los correspondientes programas de financiación.

 

       6.3.           La adquisición y desarrollo de las capacidades digitales también incluye a los empleados de los profesionales liberales, cuya formación es responsabilidad de estos últimos.

7.   Digitalización y marco jurídico de las profesiones

       7.1.           Las estrictas exigencias de calidad y seguridad aplicables a la prestación de servicios profesionales están reguladas por ley en muchos países. Su cumplimiento debe garantizarse con independencia de que los servicios se presten o no por medios digitales. Hace muchos años que los marcos jurídicos nacionales para el ejercicio de las profesiones liberales son objeto de tensiones en la UE. Aunque la Comisión Europea confía en que reducir la regulación nacional de las profesiones aumente el crecimiento económico y la competencia, no se tienen en cuenta los costes derivados de la prestación de servicios profesionales deficientes como consecuencia de una insuficiente garantía de calidad en los mercados liberalizados. Por ello, muchos Estados miembros consideran que su normativa reguladora es necesaria y adecuada para garantizar la calidad, especialmente en el ámbito de los servicios profesionales de importancia sistémica.

 

       7.2.           Con la normativa actual será cada vez más difícil regular las nuevas formas digitales de prestación de servicios profesionales, por lo que será necesario adaptar el vigente marco jurídico de las profesiones liberales. Para lograr la flexibilización necesaria habrá que revisar aquellas normas que hayan pasado a ser superfluas como consecuencia de la digitalización. Por otra parte, será más necesario garantizar por ley determinados principios relativos al acceso a las profesiones liberales y a su ejercicio a fin de evitar que la digitalización tenga efectos negativos para los consumidores y los profesionales.

 

       7.3.           Esencialmente, el objetivo será encontrar una relación óptima entre los instrumentos jurídicos vinculantes y los no vinculantes. Debe darse prioridad a la autorregulación profesional. El legislador solo debe adoptar medidas de reglamentación cuando la autorregulación no funcione. En el caso de las profesiones liberales no reguladas debe fomentarse la adopción de normas éticas.

8.   Digitalización y autorregulación

       8.1.           Una característica esencial de las profesiones liberales es la existencia de alguna forma de organización de la profesión, de uno u otro tipo, cuyo desarrollo, no obstante, es variable en los distintos países de la UE.

 

       8.2.           La autorregulación se organiza principalmente a nivel regional y, en ocasiones, local. La digitalización elimina la tradicional dependencia local y lingüística en la prestación de servicios. Esto lleva a preguntarse cómo garantizar eficazmente en el futuro la supervisión de las profesiones. Los órganos de autorregulación de las profesiones deberían abordar esta cuestión en una fase temprana.

 

       8.3.           La digitalización plantea nuevas tareas para los colegios y asociaciones profesionales en el ámbito de las profesiones liberales. Estos organismos pueden ayudar a sus miembros a desarrollar nuevas áreas de negocio digitales o a utilizar los nuevos medios de comunicación.

 

       8.4.           La digitalización requerirá una adaptación de las normas deontológicas desarrolladas en el marco de la autorregulación profesional. Una ética profesional que garantice el cumplimiento de los elementos fundamentales de las profesiones liberales es un requisito importante para evitar que los procesos de digitalización tengan efectos negativos para los consumidores. En ese sentido, las normas deontológicas pueden complementar las disposiciones jurídicas.

9.   Aparición de nuevos perfiles de profesiones liberales

       9.1.           La digitalización puede ampliar los perfiles actuales de las profesiones liberales y reforzar la cooperación interdisciplinar con otras profesiones; asimismo, sobre la base de los criterios establecidos en el Manifiesto de Roma, puede favorecer la aparición de nuevas profesiones liberales en el marco de un sistema abierto y evolutivo.

 

       9.2.           Además, la digitalización reforzará la tendencia existente hacia la comercialización de los servicios profesionales y transformará los perfiles tradicionales de las profesiones liberales.

 

       9.3.           Por ello, la autorregulación, las normas deontológicas y los requisitos legales mínimos desempeñarán un papel importante en el futuro para proteger, mediante enfoques innovadores y flexibles, la faceta del bien común frente a la mera rentabilidad y, por ende, la calidad de los servicios profesionales prestados a los consumidores.

 

Bruselas, 27 de abril de 2021.

La Presidenta del Comité Económico y Social Europeo

Christa SCHWENG


(1)  Estudio The State of Liberal Professions Concerning their Functions and Relevance to European Civil Society, EESC-2014-46-EN, ISBN 978-92-830-2462-6.

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