miércoles, 18 de noviembre de 2020

ANTE PROYECTO DE LEY FRANCES "CONFORTANDO LOS PRINCIPIOS REPUBLICANOS": LIBERTAD DE EXPRESION, INTIMIDAD, PRIVACIDAD Y DATOS PERSONALES.

 

Por: Carlos A. FERREYROS SOTO

Doctor en Derecho Informático e Informática Jurídica

IRETIJ - Université de Montpellier I Francia.

cferreyros@hotmail.com

PROLOGO

El Gobierno de Francia ha publicado este miércoles 18 de noviembre, un Ante Proyecto de Ley "Confortando los Principios Republicanos. Este extenso texto comporta 57 artículos en la versión enviada al Consejo de Estado y será presentado al Consejo de Ministros el próximo 9 de diciembre. Este texto que algunos comentaristas estiman liberticida, afecta a muchas libertades y ámbitos, en particular, sobre la Libertad de Expresión, Intimidad, Privacidad, Datos Personales. El enlace al texto original en francés del Ante Proyecto se encuentra en esta dirección: 

https://www.dalloz-actualite.fr/sites/dalloz-actualite.fr/files/resources/2020/11/projet_de_loi_confortant_les_principes_republicains.pdf

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Dos nuevos delitos

El artículo 4° sancionará con cinco años de prisión por el uso de amenazas, violencia e intimidación contra un funcionario público para obtener la exención o aplicación diferenciada de las normas por motivos de convicciones o creencias.

En reacción al asesinato del maestro de escuela francés Samuel Paty, por un terrorista, en represalia porque éste mostrara a sus estudiantes las caricaturas de Mahoma publicadas por la Revista Charlie Hebdo, en el marco de un debate en clase sobre la libertad de expresión, el artículo 25° del Ante Proyecto crea un nuevo delito de poner en peligro la vida de otras personas al difundir información relacionada con su vida privada o profesional con el objetivo de exponerlo a un riesgo de daño a su integridad o propiedad. La sanción será independiente de la comisión de una infracción. Se trata de una reiteración del delito de provocación.

          Article 25

Après l’article 223-1 du code pénal, il est inséré un article 223-1-1 ainsi rédigé :

« Art. 223-1-1. - Le fait de révéler, diffuser ou transmettre, par quelque moyen que ce soit, des informations relatives à la vie privée, familiale ou professionnelle d’une personne permettant de l’identifier ou de la localiser, dans le but de l’exposer, elle ou les membres de sa famille, à un risque immédiat d’atteinte à la vie ou à l’intégrité physique ou psychique, ou aux biens, est puni de trois ans d’emprisonnement et 45 000 euros d’amende.

« Lorsque les faits sont commis au préjudice d’une personne dépositaire de l’autorité publique ou chargée d’une mission de service public, les peines sont portées à cinq ans d’emprisonnement et 75 000 euros d’amende. »

 

Artículo 25

 

Según el artículo 223-1 del código penal, se inserta un artículo 223-1-1 como sigue:

 

"Art.. 223-1-1. - El hecho de revelar, difundir o transmitir, por cualquier medio, informaciones relativas a la vida privada, familiar o profesional de una persona que permita de identificarla o de localizarla, con el fin de exponerla, ella o miembros de su familia, a un riesgo inmediato de atentado contra su vida o la integridad física, psíquica o los bienes, serán sancionados con tres años de prisión y una multa de 45.000 euros.

 

"Cuando los hechos sean cometidos en perjuicio de una persona depositaria de la autoridad pública o encargado de una misión de servicio público, las penas se incrementan a cinco años de prisión y multa de 75.000 euros. "

Fortalecimiento del control de comunidades y asociaciones

El artículo 2° crea un nuevo procedimiento sumario aplicable en caso de disfuncionamiento de un servicio público local. Si se considera que una decisión de una autoridad local podría "socavar gravemente el principio de neutralidad de los servicios públicos", un Prefecto puede incoar una acción ante la justicia administrativa mediante el procedimiento sumario de suspensión.

El artículo 6° obligará a las asociaciones que soliciten alguna subvención a comprometerse, mediante un "Contrato de Servicio Republicano", a respetar los valores de la República. Su incumplimiento puede entrañar el reembolso de la subvención.

El artículo 8° renueva las reglas para la disolución de asociaciones, en particular, permitiéndoles ser considerados responsables de las acciones de algunos de sus miembros.

Los artículos 9° a 12° refuerzan el control sobre los fondos de las comunidades y asociaciones, en particular aquellas que eximen de impuestos las donaciones.

 Sucesión y matrimonio

En materia de herencia, el artículo 13° apunta a fortalecer la reserva hereditaria sobre los bienes puestos en Francia cuando la herencia está sujeta a una ley extranjera que no reconoce este mecanismo.

El artículo 16° sancionará la expedición de un certificado de virginidad con un año de prisión.

El artículo 17° se dirige contra la obligación de los registradores de estado civil a emprender acciones legales en caso de duda sobre el consentimiento de los futuros esposos.

Escolaridad obligatoria

El artículo 18° establece el principio de educación obligatoria de los menores de 3 a los 16 años. Las excepciones que permiten la instrucción en el hogar se limitarán estrictamente a razones relacionadas únicamente con la situación del niño o su familia.

Se fortalecerán los controles sobre la instrucción a domicilio y los establecimientos no contractuales. Además, a cada niño se le asignará un identificante nacional único (art. 20°).

Control de los lugares de culto

Se modifica la ley de 1905; el Título II tiene como objetivo alentar a las asociaciones religiosas musulmanas a adoptar el estatuto "Ley 1905". Ellas tendrán que hacer constar su "calidad religiosa" cada cinco años por las prefecturas y declarar cualquier donación extranjera de más de 10.000 € (con poder de oposición a la administración). Las asociaciones que permanezcan en el estado de "ley de 1901" deberán transmitir sus cuentas certificadas a la administración anualmente.

Las penas por incitación al odio o la violencia, cometidas en un lugar de culto, se incrementarán a siete años de prisión. Una disposición que tiene como objetivo la predicación del odio. El artículo 47° prevé un nuevo régimen de cierre administrativo temporal de un lugar de culto debido a las teorías que allí se difundirían. El artículo 45° crea una prohibición adicional de presentarse en lugares de culto.

Otras Diversas Disposiciones

El gobierno desea modificar por ordenanza los objetivos de diversidad social en las viviendas sociales y los alojamientos de emergencia (arts. 27° y 28°).

El artículo 3° apunta a endurecer las reglas de la FIJAIT (Archivo de delitos terroristas), en particular para registrar a las personas condenadas por apología del terrorismo.

El artículo 24° fortalecerá el control sobre las federaciones deportivas.

La Sección 26° permitirá el bloqueo de sitios webs espejos ilegales.


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