SIMPLIFICACION ADMINISTRATIVA/SOCIEDAD DE LA INFORMACION/SOCIEDAD DEL CONOCIMIENTO/PERU/ORIENTACIONES ESTRATEGICAS/
A partir de esta afirmación quisiéramos tirar algunas líneas sobre su incidencia en la construcción de la nueva Sociedad de la Información y del Conocimiento.
La aspiración de la administración y el derecho es evolucionar al mismo tiempo que la sociedad, regulándola a medida que ella avanza. Sin embargo, ello no es posible en todos los modelos sociales. En el modelo liberal, gobernado por las leyes del mercado, las ciencias y las técnicas constituyen un sector altamente competitivo en la captación de rentabilidad y concentración de excedentes; además, reaccionan rápidamente a las tendencias que le impone el modelo. Ni la administración ni el derecho tienen la misma vocación, ni tienen el tiempo de conjugar la acción en el modo subjuntivo. La complejidad del derecho o la densidad de los procedimientos administrativos hacen pues que su aplicación o su gestión sean, frecuentemente, difíciles y abstrusas, generando lentitud, inseguridad jurídica, principales fuentes de irregularidad y de informalidad. Ninguna de ellas tiene la misma proactividad o reactividad que el modelo le impone como rol. A menos que sus procesos se integren o concuerden, mejor, no difieran con las necesidades propias del modelo mercantil, en esos casos se sacrifica el derecho o la gestión por el intercambio.
En Perú, desde hace más de veinte años, se han venido dictando una serie de normas relativas a la simplificación administrativa a fin de mantener la flexibilidad, acorde con el modelo social predominante y superar los obstáculos para afirmar éste 1).
Se
trata, fundamentalmente, de conservar lo esencial de la administración:
los principios generales sobre los cuales se basan las funciones que
desarrolla la Administración Pública:
1.
La presunción de veracidad, que rige las relaciones de aquélla con sus
funcionarios y servidores y con el público, y que consiste en suponer
que las personas dicen la verdad. Esta presunción admite prueba en
contrario.
2.
La eliminación de las exigencias y formalidades cuando los costos
económicos que ellas impongan sobre la sociedad, excedan los beneficios
que le reportan.
3.
La desconcentración de los procesos decisorios a través de una clara
distinción entre los niveles de dirección y de los de ejecución.
4. La participación de los ciudadanos en el control de la prestación de los servicios por parte de la Administración Pública, y en la prestación misma de los servicios.2)
Estas
leyes han permitido simplificar el derecho, los procedimientos y los
trámites administrativos, en interés sobre todo de los usuarios y de las
empresas, y de manera general, de la propia administración. Incluso han
ido más allá: han sido generadoras, casi simultáneas, de instrumentos
informáticos para el acopio, acceso, tratamiento y difusión de la
información legislativa o de sus procesos: tener toda la información, de
ser posible, de manera uniforme, y de manera racional o lógica para la
toma de decisiones. Los ejemplos no faltan: el Sistema Peruano de
Información Judicial, SPIJ, dependiente del Ministerio de Justicia y
elaborado con el apoyo técnico y financiero del PNUD, y el Archivo
Digital del Congreso de la República,
con fondos propios; o incluso, los procesos legales, de mesa única o de
módulos de justicia. Más allá de la política de simplificación
administrativa y de procedimientos, lo que realmente está en juego es
mejorar la claridad, la transparencia y la inteligibilidad de los textos
normativos, reduciéndose los procedimientos y trámites administrativos,
hasta encontrarnos, al final, con la incompresible variable tiempo.
Se persiguen varios objetivos:
•
Reducir los trámites demasiado complejos pedidos al usuario suprimiendo
procedimientos no siempre útiles, agrupando servicios en ventanillas
únicas, y desarrollando el uso de las nuevas tecnologías de la
información; mejorar la eficacia de las administraciones, mediante la
supresión de organismos consultivos inútiles, o comisiones inoperantes.
• Clarificar el derecho para disminuir los riesgos contenciosos y establecer una mayor transparencia y seguridad jurídica;
•
Proseguir y desarrollar la codificación del derecho para volverlo más
accesible. Estos primeros objetivos han habilitado a los diferentes
gobiernos peruanos que se han sucedido a lo largo de los últimos veinte
años para tomar medidas en numerosos ámbitos:
•
la simplificación de la creación de las empresas experimentando
procedimientos, o trámites adaptados a las exigencias de la profesión y
al establecimiento y ejercicio de éstas;
• la simplificación de la organización y el funcionamiento de los sistemas de salud, de identidad, electorales;
•
la modernización en los procesos y procedimientos judiciales,
regístrales, notariales, incluyendo certificaciones, micro formas, firma
electrónica, prueba y notificaciones judiciales;
• la mejora en los trámites de la administración pública en general, y a los tele procedimientos: aduanas, industria,…
Sociedad de la Información y del conocimiento y orientaciones estratégicas.
Sin
embargo, aún subsisten muchos factores limitantes relativos a la
simplificación administrativa y legal que nos impiden de acceder a una
nueva forma de organización y de producción de la sociedad peruana en
concordancia con las tendencias de la sociedad de la información y del
conocimiento global, mientras no se resuelva la propuesta de un Proyecto
de sociedad y una estrategia de desarrollo, homogénea, transpartidaria y
consecuente con estos propósitos. Parte de ésta inquietud debería ser
motivada, canalizada, asumida y propuesta por la Oficina de Gobierno Electrónico de la Presidencia
del Consejo de Ministros, en coordinación con los otros Poderes del
Estado y en consenso con la sociedad civil, por algo es el Poder
Ejecutivo.
Mientras tanto, podemos ir avanzando no solo en la
simplificación administrativa, sino también sobre la información y el
conocimiento.
1.
Nos falta identificar, completar, los procesos limitantes o
restrictivos orientados a la simplificación, ergo de racionalización,
particularmente, en aquellos sectores vinculados a las ventajas
comparativas, vocación productiva y agro-extractiva-exportadora de
nuestro país, es decir, nuestra oferta.
2.
Falta igualmente sobrepasar los obstáculos y trabas a las reticencias
personales, individuo o institución, sobre la retención de la
información, a su circulación, o del poder vinculado a su posesión.
3.
Algunas normas sobre la transparencia y de racionalización que han sido
aprobadas son de buen augurio, pero deberían resolverse igualmente las
reticencias de seguridad y defensa a estas prácticas;
4.
O los diferentes puntos críticos generados por la ausencia de la ley
sobre la información, particularmente sobre datos personales o
nominativos, o inclusive sobre la imagen de la persona o de sus bienes,
aún incipientes y fragmentarios.
5.
Deberíamos igualmente proteger o reservar aquella información y
conocimientos sobre la cual disponemos de avances estratégicos, de
demanda internacional.
6.
Incluso debiéramos atacarnos a la enorme tarea embalsada de análisis
sobre el estado de las informaciones y conocimientos existentes en todos
los ámbitos y Poderes del Estado: a fin de evaluar nuestro y
patrimonio, particularmente el inmaterial, su utilidad, pertinencia,
cumplimiento, circulación, protección, término.
7.
Como también del estado de las políticas, regulaciones y normas:
derogadas, abrogadas, suprimidas: implícita o explícitamente; sobre la
vigencia o caducidad de las mismas: total o parcial;
8.
O si su uso o aplicación es fuente de conflicto o generación de
responsabilidad de los Poderes del Estado, entre otros. Ricardo Palma,
decía ya hace más de un siglo, que la profusión de normas en el Perú era
tal, que faltaba una sola: aquella que hiciera cumplir las demás.
El
problema hoy es diferente: no es solo un problema de profusión de
normas, sino informaciones y conocimientos; de ausencia de un Plan
Maestro, una guía que permita adaptarnos, insertarnos de manera rápida y
flexible, de manera activa, colaborativa y horizontal a las nuevas
formas de organización y de producción de la sociedad global. Bajo la
influencia de las nuevas tecnologías vinculadas a la información y al
conocimiento se están delineando las nuevas relaciones de intercambio y
de fuerzas, estableciéndose los nuevos ejes de dominación y de ámbitos
sobre los contenidos (productos o servicios) necesarios a los nuevos
mercados: la aldea global esta en fase de cambio significativo de sus
antiguas relaciones de intercambio y de poder, estar ausente de ella
significa nuestro declive como Estado-Nación. En el Perú, aparte de la
densidad y complejidad de las normas existentes, o de su estado, de las
informaciones y conocimientos que poseemos, como de los recursos y
potencialidades que detentamos, deberíamos ser capaces de identificar
aquellas políticas, regulaciones, normas que podrían servirnos para
afrontar el reto planteado por la Sociedad de la Información
y del Conocimiento. La pista tendríamos que buscarla en los nuevos
patrones de consumo que se están creando como de la evaluación y
adaptación de nuestro aporte, de nuestra oferta en el modelo liberal. La
pregunta es: si quedan todavía suficientes bancos, otros que los
perdidos de oro, plata, guano, caucho, para sentarse al ciego peruano, como
decía Raimondi? ¿O es que en el futuro ya no se necesitaran sentarse los
hombres?.
_________________________________________
1). Ley de Simplificación Administrativa Nº 25035, la R.S. 070-89 PCM, Reglamento de la Ley de Simplificación Administrativa; la Ley
sobre simplificación de procedimientos para obtener los registros
administrativos y las autorizaciones sectoriales para el inicio de
actividades de la empresa, y la Ley Nº 28996, Ley de Eliminación de Sobrecostos, Trabas y Restricciones a la Inversión Privada.
2). Ley de Simplificación Administrativa N° 25035
No hay comentarios:
Publicar un comentario