Por: Carlos A. FERREYROS SOTO
Université de Montpellier I Francia.
Resumen
Teniendo en cuenta -
entre otros - el carácter prioritario que la Unión otorga expresamente a la transición ecológica y a la protección de
la biodiversidad en el marco del Pacto Verde, el objetivo de neutralidad
climática a que se refiere el Reglamento (UE) 2021/1119, así como el proyecto de
una Europa más ecológica y resiliente que esté mejor equipada para hacer frente
a los retos actuales y futuros, también en su acción exterior.
El Consejo Europeo, INVITA a la
Comisión Europea a que (en materia de innovacion, inteligencia artificial, gestión de datos):
h) Mejore las capacidades de anticipación y respuesta del Centro de Coordinación de la Repuesta a Emergencias, en particular estudiando cómo hacer un mejor uso de las innovaciones tecnológicas, especialmente la inteligencia artificial y las fuentes de datos disponibles, para detectar y anticipar los riesgos climáticos extremos.
Si desea mayor información sobre este tema, regulación, obligaciones y oportunidades de desarrollo, consúltenos al correo electrónico: cferreyros@hotmail.com
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Conclusiones del Consejo sobre las acciones de
protección civil frente al cambio climático
(2022/C 322/02)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA
Considerando
lo siguiente:
I. INTRODUCCIÓN
1. RECORDANDO
que los Objetivos de Desarrollo Sostenible establecidos en la Agenda 2030 de
las Naciones Unidas, el Acuerdo de París sobre el Cambio Climático y el Marco
de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030 tienen como
objetivo reducir los riesgos de catástrofes climáticas;
2. VISTO
el artículo 196 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que
fomenta la cooperación entre los Estados miembros para hacer frente a las
catástrofes, y el artículo 222 del TFUE, en virtud del cual la Unión y sus
Estados miembros actúan con espíritu de solidaridad si un Estado es víctima de
una catástrofe;
3. TENIENDO
EN CUENTA el carácter prioritario que la Unión otorga expresamente a la
transición ecológica y a la protección de la biodiversidad en el marco del
Pacto Verde, el objetivo de neutralidad climática a que se refiere el
Reglamento (UE) 2021/1119, así como el proyecto, apoyado por el paquete de
recuperación, de una Europa más ecológica y resiliente que esté mejor equipada
para hacer frente a los retos actuales y futuros, también en su acción
exterior;
4. DESTACANDO
que el Mecanismo de Protección Civil de la Unión (MPCU) creado en 2001 y
reforzado, en particular, en 2013, 2019 y 2021, desempeña un papel cada vez más
importante en la respuesta de Europa a las catástrofes naturales y provocadas
por el hombre, que la reciente modificación del MPCU establece objetivos de
resiliencia en caso de catástrofe sobre la base de situaciones hipotéticas
actuales y prospectivas, y que el MPCU contribuye a la consecución de los
objetivos generales de financiación de la Unión en materia de clima y
biodiversidad;
5. RECORDANDO
las Conclusiones del Consejo del 4 de junio de 2009 sobre la sensibilización en
materia de protección civil, del 30 de noviembre de 2009 sobre un marco
comunitario para la prevención de catástrofes dentro de la UE, y del 3 de octubre
de 2011 sobre el papel de las actividades de voluntariado en la política
social, en las que se hace hincapié en que las actividades de voluntariado
benefician a los voluntarios, a las comunidades y a la sociedad en su conjunto;
la creación del Cuerpo Europeo de Solidaridad en 2018; la importancia de la
sociedad civil y de los ciudadanos para mejorar la seguridad y la resiliencia;
y los compromisos de la Unión para el Año Europeo de la Juventud en 2022;
6. RECORDANDO
las Conclusiones del Consejo del 3 de junio de 2021 tituladas «Forjar una
Europa resiliente al cambio climático – La nueva estrategia de adaptación al
cambio climático de la UE», y del 23 de noviembre de 2021 sobre la mejora de la
preparación, la capacidad de respuesta y la resiliencia ante futuras crisis;
7. OBSERVANDO
que los efectos del cambio climático son evidentes y que los fenómenos extremos
relacionados con el cambio climático son cada vez más frecuentes, intensos y
persistentes, lo que aumenta el riesgo de pérdidas humanas, materiales y
naturales, y subrayando la necesidad de que los Estados miembros adopten
medidas en este ámbito;
8. RECONOCIENDO
las evaluaciones científicas sobre el cambio climático, sus implicaciones y
posibles riesgos en el futuro, así como las opciones de adaptación y mitigación
propuestas por el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio
Climático de las Naciones Unidas;
9. RECONOCIENDO
la vulnerabilidad de las poblaciones y territorios europeos en su diversidad,
en particular en lo que respecta a la cuenca mediterránea, las zonas montañosas
y forestales, las llanuras aluviales, los mares, las costas y los territorios
insulares, los territorios árticos y las regiones ultraperiféricas y las áreas
urbanas;
10. OBSERVANDO
el importante papel de las estrategias macrorregionales de la Unión como uno de
los instrumentos de política exterior para hacer frente a los efectos del
cambio climático y mejorar la resiliencia;
II. EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA
1. REAFIRMA
el principio de solidaridad al abordar los retos que plantea el cambio
climático en la Unión y en todo el mundo;
2. RECUERDA
que la responsabilidad de proteger a los ciudadanos, el medio ambiente y los
bienes, incluido el patrimonio cultural, recae en primera instancia en los
Estados miembros;
3. HACE
HINCAPIÉ en el papel de la participación pública y de los voluntarios, que
contribuye, como ya se ha subrayado en las citadas Conclusiones del 3 de octubre
de 2011, a desarrollar la ciudadanía activa, la democracia y la cohesión social
y, por ende, a aplicar los valores y principios fundamentales de la Unión, así
como la resiliencia en el ámbito de la protección civil;
4. CONSIDERA
que, como consecuencia del cambio climático, los Estados miembros y las
instituciones de la Unión deben estar preparados para hacer frente a
catástrofes a gran escala, multisectoriales y transfronterizas con efectos en
cascada, que pueden producirse de forma simultánea y más frecuente, dentro y
fuera de la Unión, y cuyas consecuencias podrían afectar profundamente a la
vida y las actividades humanas, así como a la biodiversidad;
5. SEÑALA
la necesidad de que la Unión desarrolle un enfoque sistémico más coherente y
proactivo para mejorar la resiliencia frente a las consecuencias del cambio
climático en todas las fases del ciclo de gestión de catástrofes, lo que
incluye la prevención, la preparación, la respuesta y la recuperación;
6. DESTACA
la importancia de compartir y poner en común los conocimientos técnicos y
prácticos y la innovación, así como las enseñanzas extraídas por los Estados
miembros y la Comisión;
7. RECONOCE
que las medidas adoptadas por los Estados miembros y las instituciones europeas
en el contexto de la adaptación a los efectos del cambio climático, con
respecto a la Estrategia de Adaptación al Cambio Climático de la UE, deben
tener como objetivo complementar los esfuerzos de la Unión en el ámbito de la
gestión del riesgo de catástrofes;
8. DESTACA
la importancia de contar, en los Estados miembros, con suficientes capacidades
que puedan desplegarse a escala internacional, con la Reserva Europea de
Protección Civil y con una reserva estratégica europea de capacidades (rescEU)
preparada para responder rápida y eficazmente a catástrofes relacionadas con el
cambio climático cuando la magnitud de una emergencia desborde las
posibilidades de un país de responder por sí mismo;
9. SEÑALA
que el MPCU desempeña un papel importante en la gestión de catástrofes,
refuerza las asociaciones de la Unión y contribuye a una cultura europea de
protección civil;
10. INVITA a
los Estados miembros a que:
a) Tengan en cuenta los
riesgos relacionados con el cambio climático en el ciclo de gestión de
catástrofes, por ejemplo aprovechando las herramientas creadas conjuntamente
por la Comisión y la Agencia Europea de Medio Ambiente, como la plataforma
Climate-ADAPT;
b) Impulsen los trabajos y
la investigación sobre las formas en que los efectos del cambio climático
pueden revisarse e integrarse en sus sistemas de gestión del riesgo de
catástrofes; integren esos trabajos y esa investigación en la evaluación de
riesgos a escala nacional de los Estados miembros, en el desarrollo de la
evaluación de la capacidad de gestión de riesgos y en la mejora de la
planificación de la gestión del riesgo de catástrofes que contempla el artículo
6 de la Decisión 1313/2013/UE relativa a un Mecanismo de Protección Civil de la
Unión;
c) Apoyen y pongan en común
la investigación y la innovación a fin de mejorar las capacidades nacionales en
materia de protección civil en el contexto del cambio climático, especialmente
a través de la Red de Conocimientos sobre Protección Civil de la Unión (en lo
sucesivo, la «Red de Conocimientos») y, en este marco, a través de centros de
excelencia, universidades, comunidades temáticas y de investigadores o centros
de especialización;
d) Fomenten la inversión
en investigación e innovación en el ámbito de la protección civil en el
contexto del cambio climático y movilicen la financiación europea pertinente;
e) Elaboren medidas de
prevención y preparación adecuadas, y garanticen en particular la
disponibilidad de capacidades suficientes destinadas a hacer frente a los
riesgos derivados del cambio climático, como los incendios forestales y las
inundaciones, que constituyen un riesgo cada vez mayor para los ciudadanos de
la Unión;
f) Prosigan,
a este respecto, el desarrollo de las capacidades de la Reserva Europea de
Protección Civil y de rescEU, basándose, entre otras cosas, en las situaciones
hipotéticas actuales y prospectivas que contempla el artículo 10 de la Decisión
n.o 1313/2013/UE, teniendo en cuenta los riesgos
detectados y emergentes y las capacidades y deficiencias generales a escala de
la Unión, en particular en los ámbitos de la extinción de incendios forestales
por medios aéreos, los incidentes químicos, biológicos, radiológicos y
nucleares, la respuesta médica de emergencia, así como el transporte, la
logística y los refugios;
g) Velen por que las
operaciones de protección civil sean más ecológicas y sostenibles en todas las
fases del ciclo de gestión de catástrofes y promuevan la investigación, la
innovación y el intercambio de conocimientos;
h) Tengan en cuenta las
repercusiones sobre el medio ambiente y el cambio climático de la asistencia
prestada a través del MPCU, en particular mediante la puesta en común de
recursos cuando proceda;
i) Apoyen
la preparación y la resiliencia de la población expuesta a riesgos relacionados
con el cambio climático por medio de información, educación, formación y
ejercicios específicos, lo que podrá hacerse a escala nacional y subnacional e
incluso transfronteriza, prestando especial atención a las personas con
vulnerabilidades específicas;
j) Refuercen
las organizaciones de voluntarios como parte integrante de la protección civil;
k) Estudien la posibilidad de
integrar, a este respecto, iniciativas espontáneas en operaciones de
respuesta, según proceda y en coordinación con las autoridades locales;
l) Destaquen
la importancia de la contribución de los ciudadanos a su propia seguridad y
resiliencia y fomenten cualquier iniciativa destinada a valorar, reconocer y
promover su participación activa en acciones voluntarias y dispositivos de
respuesta a las catástrofes, a través de un marco jurídico cuando proceda;
m) Tengan en cuenta el papel especial de la
juventud a este respecto;
n) Promuevan la participación activa de los ciudadanos como agentes
de su propia seguridad y resiliencia o como miembros de estructuras civiles
nacionales o locales que contribuyen a la protección civil, a través de las
tres dimensiones siguientes:
i) alerta: clarificando el papel y las responsabilidades de las distintas instituciones a la hora de emitir alertas específicas dirigidas a las personas afectadas y utilizando las tecnologías modernas de la información y la comunicación;
ii) suministro de información: sensibilizando a la población sobre los riesgos existentes, particularmente en las zonas más expuestas a los efectos del cambio climático, mediante la difusión de información pública y la organización de actividades de formación, incluido de forma voluntaria:
iii) movilización: alentando a las redes de ciudadanos, las asociaciones y los voluntarios que participan en iniciativas de prevención de riesgos, respuesta a catástrofes y formación en primeros auxilios;
o) Tengan en cuenta la
importancia de las emergencias a largo plazo y los riesgos crecientes que
pueden plantear para los sistemas de protección civil tanto a escala nacional
como europea;
p) Tomen en consideración las consecuencias del cambio climático en las acciones internacionales de protección civil, reforzando la cooperación y apoyando la gestión de catástrofes y crisis:
11. INVITA a la Comisión a que:
a) Prosiga la actualización
periódica de la «visión general intersectorial de los riesgos de catástrofes
naturales y causadas por el hombre a las que puede enfrentarse la Unión»
tomando en consideración las consecuencias del cambio climático, sobre la base
de los informes nacionales de evaluación de riesgos de los Estados miembros;
b) Garantice que los efectos
del cambio climático se tengan sistemáticamente en cuenta a lo largo de todo el
ciclo de gestión de catástrofes;
c) Garantice que el MPCU
tenga en cuenta la naturaleza diversa de las catástrofes, de manera reactiva y
adaptable y, siempre que sea posible, proactiva;
d) Refuerce la
disponibilidad de expertos en el ámbito del medio ambiente y del cambio
climático para su despliegue en el marco del MPCU;
e) Fomente la
complementariedad del MPCU con otros mecanismos de gestión de crisis de la
Unión;
f) Apoye
la investigación y la innovación en el ámbito de la protección civil,
concretamente estableciendo un inventario de los conocimientos disponibles y
enriqueciendo la Red de Conocimientos, el Centro de Conocimiento sobre Gestión
del Riesgo de Catástrofes y los centros de excelencia que pudieran crearse en
ese marco, así como los centros que dependen de organizaciones internacionales;
g) Refuerce y adapte los
instrumentos, herramientas y plataformas de apoyo a la gestión de catástrofes y
crisis y a la toma de decisiones en el marco del Sistema Común de Comunicación
e Información de Emergencia, el Observatorio Europeo de la Sequía, el sistema
europeo de alerta de inundaciones y el sistema europeo de información sobre
incendios forestales, así como de Galileo, Copernicus y los programas de
comunicación gubernamental por satélite de la UE;
h) Mejore las capacidades de
anticipación y respuesta del Centro de Coordinación de la Repuesta a
Emergencias, en particular estudiando cómo hacer un mejor uso de las
innovaciones tecnológicas, especialmente la inteligencia artificial y las
fuentes de datos disponibles, para detectar y anticipar los riesgos climáticos
extremos;
i) Impulse
operaciones europeas de protección civil más ecológicas y sostenibles apoyando
la investigación y la innovación, estableciendo una visión general de la
situación actual y elaborando guías de buenas prácticas en este ámbito;
j) Siga
promoviendo la participación de la sociedad civil en la prevención del
cambio climático y la respuesta operativa al mismo, apoyando las contribuciones
de los ciudadanos a su propia seguridad y resiliencia y promoviendo cualquier
iniciativa de respuesta a catástrofes basada en el voluntariado, en
coordinación con las autoridades nacionales o subnacionales, también a través
de premios europeos;
k) Elabore programas de
formación y ejercicios sobre la gestión de catástrofes medioambientales y
climáticas, también en el marco del programa de formación de la UE, y fomente
la disponibilidad de conocimientos especializados con vistas a su utilización
en el marco del MPCU;
l) Estudie la cuestión del cambio climático en las acciones internacionales de protección civil, en particular mediante el fomento del intercambio de experiencias y buenas prácticas con socios, por ejemplo en los Balcanes Occidentales y en el contexto de la política europea de vecindad;
12. INVITA a la Comisión a que informe al Consejo sobre los progresos realizados en el marco de sus informes trienales del MPCU, y pide a los Estados miembros que cooperen con la Comisión en esta tarea.