jueves, 5 de diciembre de 2024

PAQUETE DE CONECTIVIDAD SOBRE REDES E INFRAESTRUCTURAS DIGITALES - DICTAMEN DEL COMITE ECONOMICO Y SOCIAL EUROPEO

 Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

cferreyros@hotmail.com

RESUMEN

El Dictamen del Comité Económico y Social Europeo, CESE se manifiesta sobre un paquete de recursos para impulsar la conectividad de las redes y las infraestructuras digitales presentado en la Unión Europea. El paquete de conexión presentado por la Comisión Europea tiene como objetivo principal reforzar la posición de Europa en el entorno digital, mejorar la competitividad de su economía y proporcionar a los ciudadanos y empresas europeas acceso a infraestructuras digitales avanzadas, seguras y eficientes.


Los objetivos específicos de la propuesta se refieren a: Fomentar la innovación en infraestructura digital, Mejorar la seguridad de las redes y sistemas digitales, Incrementar la resiliencia de la infraestructura digital europea, Aumentar y ampliar las velocidades en gigabit de forma más rápida y eficiente, Mejorar la infraestructura de conectividad de nueva generación, Avanzar hacia un verdadero mercado único digital en la Unión Europea, Reforzar la coordinación en gobernanza y financiación de infraestructuras críticas, como cables submarinos, Desarrollar un ecosistema de infraestructuras digitales interoperables en computación cuántica, de proximidad, de alto rendimiento y en la nube, y en gestión avanzada de datos, y Armonizar las normas en materiales de conexión para apuntalar los servicios transeuropeos.


Entre las Conclusiones y Recomendaciones del Dictamen, el CESE destaca la importancia de la economía digital para la economía de la UE y los beneficios de la interconectividad para los hogares, el transporte público, la salud y las relaciones personales. En el nuevo contexto tecnológico y de mercado, es esencial equilibrar las condiciones de competencia entre todos los agentes del ecosistema digital y garantizar que los consumidores estén protegidos de la misma manera, independientemente del proveedor. Entre las propuestas del CESE figuran Mejorar la armonización de la conectividad en Europa, Impulsar la inversión de capital riesgo, Invertir en infraestructuras de apoyo al uso de la inteligencia artificial y Asegurar la infraestructura crítica de Europa, particularmente de la cíberseguridad para entidades reguladas.

 A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico: cferreyros@hotmail.com

 ____________________________________________________________

European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2024/6865

28.11.2024

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo

Paquete de conectividad sobre redes e infraestructuras digitales

(Dictamen de iniciativa)

(C/2024/6865)

Ponente:

Isabel CAÑO AGUILAR

Coponente:

Maurizio MENSI

Asesores

Sergio SANTILLÁN (por la ponente)

Federico MARINI BALESTRA (por el coponente)

Decisión de la Asamblea

15.2.2024

Base jurídica

Artículo 52, apartado 2, del Reglamento interno

Sección competente

Transportes, Energía, Infraestructuras y Sociedad de la Información

Aprobado en sección

18.7.2024

Aprobado en el pleno

18.9.2024

Pleno n.o

590

Resultado de la votación

(a favor/en contra/abstenciones)

169/0/0

1.   Conclusiones y recomendaciones

1.1. El CESE destaca la importancia de la economía digital para la economía de la UE y los beneficios de la interconectividad para los hogares, el transporte público, la salud y las relaciones personales.

 

1.2. La UE ha adoptado nuevos Reglamentos sobre la economía digital y también ha adaptado su política industrial. Sin embargo, son necesarias nuevas decisiones a fin de promover un sector que resulta clave para el progreso social y económico. El Libro Blanco sobre la gestión de las necesidades de infraestructura digital de Europa debe servir para alcanzar este objetivo. En el nuevo contexto tecnológico y de mercado, es esencial igualar las condiciones de competencia entre todos los agentes del ecosistema digital y garantizar que los consumidores estén protegidos de la misma manera, independientemente del proveedor.

 

1.3. La UE se enfrenta a múltiples retos:

—   en el ámbito de la tecnología;

 

—  en lo que respecta a la inversión, ya que requiere una inversión sustancial y coordinada de más de 200 000 millones EUR de los sectores público y privado;

 

—  en pro de un mercado único más integrado en el ámbito de las telecomunicaciones;

 

—   en lo que respecta a la necesidad de superar un enfoque fragmentado de la gestión del espectro radioeléctrico;

 

—   en cuanto al establecimiento de un marco normativo que garantice la igualdad de condiciones para los operadores digitales;

 

—  a fin de superar la dependencia excesiva de grandes proveedores procedentes de terceros países;

 

—  en lo que respecta a la necesidad de mejorar la innovación y las capacidades industriales en toda la cadena de valor de las telecomunicaciones;

 

—  en el ámbito de la sostenibilidad;

 

—  en cuanto a la seguridad y resiliencia de las redes de comunicación, incluidos los cables submarinos.

 1.4.  La fragmentación se deriva no solo de que las autoridades de ejecución sean distintas, sino también de las diferencias entre los Estados miembros en la transposición de las Directivas, por lo que el CESE propone:

—  priorizar los Reglamentos como instrumento legislativo, cuando sea posible;

 

—   aplicar el principio de autoridad única previsto en las normas europeas;

 

—   acelerar el proceso de certificación, que actualmente puede demorarse doce o incluso veinticuatro meses;

 

— aplicar el principio del país de origen en lugar del régimen de autorización general nacional;

 

—  publicar directrices adecuadas sobre la calificación y la normativa aplicable en virtud del Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas;

 

—   fijar un plazo realista para la desconexión del cobre;

 

—   acelerar la implantación de la red de próxima generación;

 

—   armonizar la normativa aplicable a los recursos de numeración.

1.5.  El CESE aboga por la creación de operadores fuertes en la economía de mercado que promuevan el empleo y el diálogo social en consonancia con los valores europeos.

 

1.6.  El camino que hay que seguir: propuestas del CESE

—   Conectividad. Mejorar la armonización del espectro en Europa.

 

—   Impulsar la inversión de capital riesgo.

 

— Invertir en infraestructuras que puedan apoyar un uso más amplio de la inteligencia artificial

 

— Asegurar la infraestructura crítica de Europa: ciberseguridad para entidades reguladas.

 2.   Introducción

2.1.  Las tecnologías digitales tienen un profundo impacto en la competitividad de la economía de la UE, al impulsar la eficiencia y la innovación.

 

2.2.  La interconectividad favorece a la ciudadanía en varios aspectos, como:

—   unos lugares de trabajo más seguros y con mayor eficiencia energética;

 

—   un transporte público más barato y limpio;

 

—   la posibilidad de aumentar la eficiencia de los sistemas sanitarios, bancarios, tributarios y de seguridad social, así como de usar la inteligencia artificial de modo más generalizado.

 2.3. Para conservar el liderazgo industrial, la UE necesita alcanzar un papel de liderazgo en tecnologías digitales clave «verticales», desde la inteligencia artificial hasta la computación cuántica, la microelectrónica y la realidad virtual, y desplegar infraestructuras digitales, desde la ciberseguridad y el 5G hasta la computación en la nube y los datos.

 

2.4. En la legislatura que termina se han publicado nuevos Reglamentos, como el Reglamento de Servicios Digitales, el Reglamento de Mercados Digitales, la Ley de Inteligencia Artificial, el Reglamento de Datos y el Reglamento de Gobernanza de Datos. Además de la normativa, la UE también actualizó su política industrial en 2021 con el objetivo de organizar los pilares digital y ecológico por medio de varias iniciativas y, en particular, a través de los proyectos importantes de interés común europeo. Hasta la fecha, estos proyectos no han tenido el impacto esperado.

 

2.5. Los objetivos de la Década Digital para 2030 comprenden:

—  conectividad: gigabits para todos;

 

— semiconductores de vanguardia: duplicar la cuota de la UE en la producción mundial;

 

—   datos industriales, computación periférica y en la nube: diez mil nodos de proximidad con un alto grado de seguridad y neutros desde el punto de vista climático;

 

— tecnología de la información: primer ordenador con aceleración cuántica.

 3.   Retos para la UE

 3.1. La Comisión Europea y los agentes de la economía digital coinciden en señalar los múltiples retos que la Unión debe superar:

 

3.1.1. Retos tecnológicos: la rápida evolución de las tecnologías informáticas y de comunicaciones está dando lugar a nuevos modelos de negocio y aplicaciones en red, que exigen un aumento exponencial continuo del volumen de tratamiento, almacenamiento y transmisión de datos, pero también de la capacidad tecnológica.

 

3.1.2. Necesidades de inversión: Europa precisa una inversión sustancial y coordinada de más de 200 000 millones EUR de los sectores público y privado para garantizar el despliegue de redes digitales de alta capacidad, lo que contribuirá al cumplimiento de los objetivos establecidos en el Programa Estratégico de la Década Digital para 2030. Además, conseguir que los principales operadores de telecomunicaciones se transformen en proveedores de redes y servicios en nube requerirá importantes capacidades de inversión adicionales. Es necesaria una estrategia de inversión prudente que tenga en cuenta la ubicación y la densidad de población. También debe abordarse la necesidad de mantenimiento y mejora de la infraestructura. La vida útil de los cables submarinos es de veinticinco años, pero no existe ninguna estrategia para una gestión proactiva del ciclo de vida.

 

3.1.3. El marco normativo de la UE ha desempeñado un papel fundamental en la promoción de la liberalización y la inversión durante los últimos veinticinco años. A este respecto, la UE y los Estados miembros deben mejorar su capacidad de apoyo a la colaboración horizontal y la investigación en la evolución tecnológica y acelerar los procedimientos, mediante una regulación más flexible y unos procedimientos más racionalizados.

 

3.1.4. La extensión de servicios móviles y de fibra baratos e innovadores de que goza la UE es mucho mayor que la de otros agentes. El marco normativo vigente, basado en la escalera de inversión y en la cláusula de extinción normativa, debe mantenerse y completarse cuando sea necesario para tener en cuenta los nuevos servicios y agentes. Habida cuenta del desarrollo de los servicios de máquina a máquina, deben superarse las posibles diferencias entre los planes de numeración y los regímenes de autorización nacionales, a ser posible mediante el establecimiento de regímenes paneuropeos ad hoc para estos servicios de naturaleza intrínsecamente transnacional. Es fundamental que los escenarios políticos y normativos expuestos por la Comisión en el Libro Blanco se apliquen rápidamente a través de acciones concretas destinadas a apoyar las inversiones necesarias para alcanzar los objetivos de la Década Digital de la UE y a mantenerse al día con las demás economías mundiales principales, asegurándose de que los consumidores europeos no se queden rezagados en términos de disponibilidad y calidad de los servicios.

 

3.1.5. Enfoque fragmentado de la gestión del espectro radioeléctrico: los intentos del pasado de coordinar mejor en la UE la gestión del espectro no alcanzaron todos sus objetivos y, en paralelo, se han observado discrepancias y retrasos en los plazos de asignación de espectro radioeléctrico y en la implantación de la infraestructura de red en los distintos Estados miembros. A este respecto, el CESE acoge favorablemente la propuesta de la Comisión de armonizar mejor la liberación y concesión de licencias del espectro radioeléctrico para los servicios móviles.

 

3.1.6. Desigualdad en las condiciones de competencia: en la actualidad, en el nuevo contexto tecnológico y de mercado, es esencial igualar las condiciones de competencia entre todos los agentes del ecosistema digital y garantizar el mismo grado de protección de los consumidores, independientemente del proveedor. El marco regulador vigente de la UE para las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas no refleja la convergencia entre los proveedores de servicios en la nube y de telecomunicaciones y no garantiza derechos y obligaciones equivalentes para todos los agentes y usuarios finales de las redes digitales, tanto públicos como privados. El Libro Blanco describe acertadamente un ecosistema en el que las fronteras entre las funciones de los distintos agentes se están volviendo cada vez más difusas y se caracterizan por un abanico de relaciones diferentes. Por lo tanto, ya no está justificado un trato normativo asimétrico para los proveedores de comunicaciones electrónicas «tradicionales», por una parte, y los proveedores de servicios en la nube o digitales, por otra. Esto es aún más cierto en un contexto en el que los mercados y servicios digitales están muy concentrados, y unas pocas grandes plataformas de automatización de la comunicación (plataformas en línea de muy gran tamaño o guardianes de acceso) tienen un poder de mercado significativo y afianzado y suministran contenidos o aplicaciones «indispensables» a los usuarios finales.

El CESE valora positivamente que la Comisión declare en el Libro Blanco que «la base estable de cualquier futura regulación debe ser la Declaración Europea sobre los Derechos Digitales», confirmando así su compromiso de «desarrollar marcos adecuados para que todos los agentes del mercado que se beneficien de la transformación digital asuman sus responsabilidades sociales y contribuyan de forma justa y proporcionada a los costes de los bienes, servicios e infraestructuras públicos, en beneficio de todas las personas que viven en la UE».

 

3.1.7. Los centros basados en la nube de los grandes agentes están frecuentemente conectados con redes que, con arreglo a la normativa vigente, pueden no haber sido clasificadas ni como públicas ni privadas y, por tanto, adolecer de inseguridad normativa.


3.1.8. Necesidad de aumentar la innovación y las capacidades industriales en toda la cadena de valor de las telecomunicaciones: para garantizar la seguridad económica de sus infraestructuras de red, la UE podría impulsar un entorno de cooperación multidisciplinar y mejorar el acceso a la financiación por parte de los agentes de la UE, fomentando una cooperación más estrecha entre las estrategias de inversión públicas y privadas.

 

3.1.9. Sostenibilidad: el sector de las tecnologías de la información y de la comunicación representa entre el 7 % y el 9 % del consumo mundial de electricidad, cerca del 3 % de las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero y un volumen creciente de residuos electrónicos. Los beneficios de la tecnología digital, si esta se utiliza adecuadamente, puede compensar sus emisiones y contribuir a reducir las que se producen a escala mundial, pero esto exige nuevas inversiones por parte de los operadores.

 

3.1.10. Seguridad: en un entorno geopolítico cada vez más marcado por las tensiones y los conflictos, la ciberseguridad y la seguridad y resiliencia de las infraestructuras críticas deberían fundamentarse en proveedores fiables, en el desarrollo de normas de seguridad para la conectividad de extremo a extremo y en un mayor grado de resiliencia e integración en todos los niveles, es decir, en las redes terrestres y no terrestres, las redes básicas y de acceso y también en las infraestructuras de cables submarinos.

4.   Necesidad de un mercado único digital

4.1. El CESE no cree que sea necesario introducir cambios de gran calado en el marco de regulación de las telecomunicaciones. El modelo actual sigue siendo adecuado para abrir los mercados y evitar su concentración, habitualmente perjudicial para los clientes en términos de precios e innovación.

 

4.2. Además de promover la competencia en el sector de la banda ultra ancha, el marco normativo debe centrarse en abordar nuevas cuestiones, como el tratamiento normativo de los servicios de máquina a máquina o del internet de las cosas que tengan naturaleza transnacional.

 

4.3. En algunos casos, podría ser necesario garantizar el acceso a los enlaces que conectan los centros de datos o la interconexión entre dichos enlaces con el fin de reducir el coste de la creación de nuevos centros de datos en la nube, que pueden convertirse en el próximo cuello de botella. La posible regulación de estas redes debe seguir el procedimiento «tradicional» de tres fases, que permite a las autoridades nacionales de regulación, bajo la supervisión de la Comisión Europea, establecer requisitos en nuevos mercados.

5.   Para competir en los mercados mundiales en términos de soberanía digital y tecnológica, la UE necesita puestos de trabajo de alta calidad

5.1. Desde 2015 se ha observado un cambio importante en los tipos de empleo en el sector de las telecomunicaciones. La transición en los tipos de empleo debe llevarse a cabo en cooperación con las partes interesadas locales, garantizando oportunidades de reciclaje profesional y un número de efectivos suficiente para mejorar el futuro del sector de las infraestructuras de redes digitales.

 

5.2. El principio de «mismo servicio, misma norma» podría utilizarse para establecer un nuevo marco para todos los agentes digitales mediante la racionalización de las normas, la ampliación del ámbito de aplicación del marco actual y la aplicación de las mismas normas a servicios análogos, garantizando así derechos y obligaciones equivalentes para todos los agentes y usuarios finales de las redes digitales.

 

5.3. El CESE anima a que los operadores que inviertan en nuevas redes puedan beneficiarse de un contrato de arrendamiento como parte del Reglamento que les obliga a compartir sus redes con otros operadores. Es importante garantizar un reparto equitativo de los costes entre los operadores.

 

5.4. El CESE aboga por la creación de operadores fuertes en la economía de mercado que promuevan el empleo y el diálogo social en consonancia con los valores europeos.

6. Armonizar las normas, reformar la gobernanza, simplificar los informes

6.1. La fragmentación se deriva no solo de que la aplicación corresponda a diferentes autoridades, sino también de las diferencias existentes entre los Estados miembros en la transposición de las Directivas. Existen, incluso, diferencias de criterio dentro de un mismo Estado miembro cuando las competencias están compartidas entre diferentes entes regionales, lo que da lugar a un laberinto normativo que obliga a la contratación de expertos legales y demora la toma de decisiones.

 

6.2. Por ende, esta situación requiere:

 

 6.2.1. Priorizar los Reglamentos como instrumento legislativo en la medida de lo posible.

 

6.2.2. Aplicar el principio de autoridad única previsto en las normas europeas.

 

6.2.3. Acelerar el proceso de certificación, que actualmente puede demorarse doce o incluso veinticuatro meses. Armonizar, en la medida de lo posible, las normas y los costes relativos a la asignación del espectro. Algunos Estados miembros han asignado frecuencias a los operadores a costes muy elevados, lo que puede ralentizar las inversiones en las nuevas redes.


6.2.4. Aplicar, con respecto a los servicios específicos, más virtuales y típicamente transnacionales (por ejemplo, los servicios de máquina a máquina y los del internet de las cosas), el principio del país de origen en lugar del régimen de autorización general nacional.

 

6.2.5. Publicar directrices sobre la calificación y la normativa aplicables en virtud del Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas a los servicios o redes privados de comunicaciones electrónicas y a los servicios electrónicos independientes de la numeración que siguen dependiendo de un número de teléfono para identificar al usuario final.

 

6.2.6.  Fijar un plazo realista para la desconexión del cobre, habida cuenta también de las diferentes situaciones en los Estados miembros, tanto en términos geográficos y de población como en cuanto a la longitud del último tramo, con la consecuencia de que en algunas zonas puede tener sentido permitir durante más tiempo el uso de tecnologías híbridas, como la fibra hasta la acera (FTTC), la vectorización u otras.

 

6.2.7. Acelerar el despliegue de la red de próxima generación impone un conjunto de obligaciones horizontales (simétricas) a todas las partes interesadas propietarias de infraestructuras civiles que puedan utilizarse para la instalación de cables y antenas.


6.2.8. Armonizar la normativa aplicable a los recursos de numeración que, como consecuencia de la digitalización y la virtualización de los servicios y las redes, los usuarios profesionales utilizan cada vez más a través de las fronteras.

7.   Actuación futura

7.1.  Conectividad. Reforzar la armonización del espectro en Europa:

—   Los Estados miembros y la Comisión deben mejorar la coordinación de las decisiones vinculantes a escala europea para aumentar el impacto de la inversión privada.

 

—   Implantar de manera uniforme una ambiciosa Ley de la Infraestructura de Gigabit en toda la UE con fácil acceso a la infraestructura pública y un punto de contacto único en cada Estado miembro.

 

—  Publicar orientaciones inequívocas sobre la conformidad de los servicios especializados en el marco del Reglamento sobre la internet abierta.

 7.2.  Liberar la inversión de capital riesgo:

 

7.2.1. Acelerar la creación de vehículos de inversión en fase avanzada; posibilitar la transición hacia un conjunto de normas de la UE para todos los mercados nacionales de capitales, respaldada por una mayor cooperación entre los entes locales y las autoridades de la UE.

 

7.3.   Aumentar la investigación sobre redes inteligentes y reducir la latencia:

 

7.3.1. Los productos sanitarios y los diagnósticos a distancia son muy vulnerables a la latencia en las redes digitales. La capacidad de mejorar los diagnósticos sanitarios en zonas remotas y las opciones de asistencia mediante inteligencia artificial en este ámbito depende en gran medida de una infraestructura de redes digitales rápida y fiable.

 

7.3.2. Las redes inteligentes pueden reducir las emisiones, crear lugares de trabajo y hogares más eficientes desde el punto de vista energético y proporcionar una forma dinámica de garantizar un transporte público más eficiente desde el punto de vista de la carga.

 

7.3.3. Seguir el principio de «solo una vez» aprobado por la Comisión e informar a una única autoridad designada.

 

7.4.  Economía de los datos:

— Aclarar que las empresas están sujetas a una única autoridad competente principal en virtud del Reglamento de Datos.

 

— Reconocer la primacía del Reglamento de Datos como marco de regulación del intercambio de datos entre las empresas y la administración pública a efectos de estadísticas oficiales de la UE.

 

—   En el ámbito de la asistencia sanitaria, garantizar un marco armonizado para los datos sanitarios, la protección de datos y la privacidad y también la armonización y la coherencia entre el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y el futuro espacio europeo de datos sanitarios (EEDS).

7.5. Asegurar la infraestructura crítica de Europa: ciberseguridad para entidades reguladas:

— Publicar orientaciones que aclaren la interacción entre la Directiva sobre Ciberseguridad (SRI 2) y el Reglamento de Ciberresiliencia en lo que respecta a los servicios de tratamiento de datos a distancia.

 

— Seguir el principio de «solo una vez» aprobado por la Comisión e informar a una única autoridad designada.

 

—  Consolidar las entidades de ciberseguridad para mejorar la eficiencia operativa y sustentar mejor la resiliencia de las infraestructuras críticas, como las redes de energía.

 

—  Acordar un calendario claro para la elaboración y la aprobación de los esquemas europeos de certificación y velar por que estos se estructuren exclusivamente en torno a procedimientos técnicos de salvaguardia de la ciberseguridad.

7.6. Armonizar los protocolos de comunicación de los programas informáticos.

 

 7.7. Establecer algunos requisitos básicos para todos los programas informáticos de comunicación, por ejemplo que todas las transferencias de datos deben estar cifradas.

 

  7.8.      Contratación pública de servicios digitales:

 

7.8.1. Convertir la Directiva sobre contratación pública en un Reglamento y promover criterios armonizados de adjudicación de contratos, valorando la ciberseguridad y la sostenibilidad por igual que el coste. En el corto plazo, emitir directrices con arreglo a la Directiva para la adquisición de programas informáticos.

Bruselas, 18 de septiembre de 2024.

El Presidente

del Comité Económico y Social Europeo

                                                Oliver RÖPKE


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/6865/oj

DICTAMEN SOBRE INFRAESTRUCTURAS, NECESIDADES DE DESARROLLO, USO Y LIMITES DEL HIDROGENO - COMITE ECONOMICO Y SOCIAL EUROPEO

  Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

cferreyros@hotmail.com

RESUMEN

El hidrógeno renovable e hipocarbónico, definido en el Reglamento Delegado (UE) 2023/1184 de la Comisión y el paquete de medidas sobre los mercados del hidrógeno y de los gases descarbonizados, deberá utilizarse junto con la electrificación. Esto es válido para los procesos de producción difíciles de electrificar como en las industrias siderúrgica, química y cementera y para los combustibles sostenibles para los sectores de la aviación, el transporte pesado y el transporte marítimo.

Entre las Conclusiones y Recomendaciones del Dictamen, y acorde con los criterios de financiación del Banco Europeo del Hidrógeno, particularmente el hidrógeno renovable, debería poder optar a financiación pública. No obstante, el CESE reconoce que, especialmente en la fase de transición, deberán utilizarse otras formas de hidrógeno y gases renovables e hipocarbónicos

El CESE reconoce igualmente la importancia de una implantación rápida del hidrógeno renovable e hipocarbónico para el futuro sistema energético y para el bienestar económico y social de la UE, lo que incluye su competitividad respecto de otras regiones económicas.

Debido a los importantes retos que plantea la creación de la oferta, la demanda y las infraestructuras, el uso del hidrógeno debe, en un primer momento, dirigirse a sectores difíciles de electrificar y como medio de almacenamiento de energía. El CESE reconoce tanto la importancia de contar con una infraestructura de gasoductos para una implantación rápida del hidrógeno renovable e hipocarbónico como el rol de los gestores de redes de gas que puedan explotar redes de hidrógeno propiciando sinergias en términos de conocimientos técnicos y trabajadores cualificados.

 A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico: cferreyros@hotmail.com

 ____________________________________________________________

European flag

Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2024/6863

28.11.2024

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo

Hidrógeno: infraestructuras, necesidades de desarrollo, financiación, uso y límites

(dictamen de iniciativa)

(C/2024/6863)

Ponente:

Thomas KATTNIG

Asesor

Joel TÖLGYES (por el ponente del Grupo II)

 

 

Decisión de la Asamblea

18.1.2024

Base jurídica

Artículo 52, apartado 2, del Reglamento interno

Sección competente

Transportes, Energía, Infraestructuras y Sociedad de la Información

Aprobado en sección

18.7.2024

Aprobado en el pleno

18.9.2024

Pleno n.o

590

Resultado de la votación

(a favor/en contra/abstenciones)

171/0/2

1. Conclusiones y recomendaciones

 1.1. El CESE reconoce la importancia de una implantación rápida del hidrógeno renovable e hipocarbónico para el futuro sistema energético y para el bienestar económico y social de la UE, lo que incluye su competitividad respecto de otras regiones económicas. Debido a los importantes retos que plantea la creación de la oferta, la demanda y las infraestructuras, el uso del hidrógeno debe, en un primer momento, dirigirse a sectores difíciles de electrificar y como medio de almacenamiento de energía.

 

 1.2. A la luz de los objetivos climáticos de la UE y en consonancia con los criterios de financiación del Banco Europeo del Hidrógeno, ante todo el hidrógeno renovable, tal como se define en el Reglamento Delegado (UE) 2023/1184 de la Comisión (1), debería poder optar a financiación pública. No obstante, el CESE reconoce que, especialmente en la fase de transición, deberán utilizarse otras formas de hidrógeno y gases renovables e hipocarbónicos, tal como se definen en el paquete de medidas sobre los mercados del hidrógeno y de los gases descarbonizados.

 

 1.3. Además de garantizar criterios ecológicos, los sistemas de certificación también deben asegurar que se cumplen unas normas sociales, entre las que deben figurar unas condiciones de trabajo justas y seguras y el respeto de los derechos laborales, sociales y sindicales. Un organismo central de la UE debe implantar los sistemas de certificación y verificación, los cuales no deben sustituirse por la participación de las empresas en regímenes voluntarios de certificación.

 

 1.4. El CESE reconoce la importancia de contar con una infraestructura de gasoductos para una implantación rápida del hidrógeno renovable e hipocarbónico. Habida cuenta de que la construcción de una infraestructura de transporte acarreará costes significativos, el CESE subraya la importancia de una asignación eficiente de los recursos. Esto requerirá una planificación inteligente e integrada, en particular transfronteriza, y un régimen regulador que permita las inversiones en la infraestructura que sean precisas, promoviendo al mismo tiempo la sostenibilidad medioambiental del sistema energético en su conjunto y protegiendo a los usuarios de la red frente a las tarifas excesivas de acceso.

 

 1.5. El CESE reconoce que permitir que los gestores de redes de gas exploten redes de hidrógeno podría propiciar sinergias en términos de conocimientos técnicos y trabajadores cualificados. Sin embargo, esto significa que las personas actualmente en plantilla tendrán que recibir una formación adecuada y que deberá retenerse la mano de obra ofreciendo buenas condiciones de trabajo. Entre otras cosas, los gestores de redes deben estar vinculados por convenios colectivos reglados, y deben mejorarse las condiciones laborales para atraer mano de obra cualificada. El CESE pide un diálogo social eficaz y resolutivo en el sector del gas, tanto a escala europea como nacional.

 

 1.6. A la luz del aumento de las tarifas de la red de gas debido a la descarbonización del sistema energético y a la consiguiente disminución del uso de dicha red, es indudable que deben evitarse cargas adicionales para los usuarios de la red de gas en forma de subvenciones cruzadas de las redes de hidrógeno. Esto reviste especial importancia, ya que los futuros usuarios de la infraestructura de la red de hidrógeno (es decir, sectores industriales específicos) difieren considerablemente de los actuales usuarios de la red de gas (industria, pymes y hogares). Por lo tanto, es importante aplicar el principio del usuario-pagador en la medida de lo posible y garantizar así que la infraestructura de hidrógeno sea financiada sobre todo por los usuarios de la misma, incluidos los que introduzcan hidrógeno renovable e hipocarbónico en la red.

 

 1.7. En las primeras fases del despliegue de la infraestructura de hidrógeno en particular, la financiación pública podría complementar la financiación basada en los pagos de los usuarios a través de tarifas de red. Concretamente, la financiación pública podría ayudar a repartir los costes de red a lo largo del tiempo. Sin embargo, es fundamental que dicha financiación se sitúe en un nivel adecuado, sobre la base de consideraciones de rentabilidad, y que se respete en buena medida el principio del usuario-pagador. Los usuarios subsiguientes de la red deben asumir una parte adecuada de los costes de desarrollo de la infraestructura. Deben evitarse los instrumentos financieros que llevan al sector público a asumir riesgos excesivos mientras se privatizan los beneficios del uso de la infraestructura de la red de gas. Además, los gasoductos de interés común europeo deben financiarse, al menos en parte, con recursos financieros comunes. Por lo tanto, debe ampliarse el apoyo concedido, por ejemplo el otorgado actualmente a través de la lista de PIC. En cualquier caso, el apoyo financiero público debe estar vinculado a condicionalidades socioecológicas.

2. Contexto general

 2.1. Hasta cierto punto, el hidrógeno renovable e hipocarbónico, tal como se define en el Reglamento Delegado (UE) 2023/1184 de la Comisión y en el paquete de medidas sobre los mercados del hidrógeno y de los gases descarbonizados, deberá utilizarse junto con la electrificación. Esto es válido, por ejemplo, para los procesos de producción difíciles de electrificar —como en las industrias siderúrgica, química y cementera—, en los que se necesita hidrógeno renovable e hipocarbónico como factor de producción, y para los combustibles sostenibles para los sectores de la aviación, el transporte pesado y el transporte marítimo. La conversión del sector de la electricidad en una fuente de generación de electricidad renovable también requerirá, en las circunstancias actuales, el uso de hidrógeno renovable. A fin de cuentas, la generación de electricidad renovable es volátil, por lo que el hidrógeno renovable puede desempeñar un papel en el almacenamiento estacional de electricidad.

 

 2.2. La seguridad del suministro en el sistema energético, las decisiones de producción y localización y, por tanto, el empleo dependen del éxito del aumento de la producción y la distribución en Europa. A este respecto, el CESE también se remite a su Dictamen sobre el Banco Europeo del Hidrógeno.

 

 2.3. El aumento del hidrógeno conlleva muchas incertidumbres tanto en el lado de la oferta como en el de la demanda. Estas incertidumbres son interdependientes y no solo existen dentro de la UE, sino en todo el mundo. De aquí a 2050, la capacidad de electrolisis instalada a escala mundial tendrá que aumentar a 6 000-8 000 veces la capacidad instalada actual, mientras que, al mismo tiempo, la capacidad de generación de electricidad renovable tendrá que multiplicarse por diez.

 

 2.4. Las importaciones de hidrógeno también plantean dudas sobre la posibilidad de evitar la dependencia de determinados terceros países en particular, así como sobre las condiciones de trabajo y producción y el impacto en la seguridad energética en esos países.

 

 2.5. Las regiones con mayor potencial de producción de hidrógeno difieren de las regiones con mayor demanda de hidrógeno. Así pues, tanto la oferta (incluidas las importaciones) como la demanda de hidrógeno dependen en gran medida de las futuras infraestructuras de hidrógeno. Dentro de la UE, predomina el transporte a través de las redes de hidrógeno, lo que puede implicar la conversión de gasoductos existentes para el transporte de hidrógeno o la construcción de otros nuevos. El CESE ha señalado la importancia de las infraestructuras energéticas transfronterizas en su Dictamen TEN/823. Además, la oferta y la demanda también pueden diferir en cuanto al momento de producción y al tiempo de uso. Por consiguiente, la creación de infraestructuras de hidrógeno también debe incluir la creación de instalaciones de almacenamiento.

 

 2.6. En la actualidad, la infraestructura energética se financia a menudo mediante tasas de utilización. Según el acuerdo tripartito sobre el paquete del mercado interior del gas (2), este será también el caso de las redes de hidrógeno futuras: los costes de inversión, explotación y mantenimiento correrán a cargo de los usuarios de la red. La ventaja de esta forma de financiación es, pues, que, si está bien concebida, refleja el uso efectivo.

 

 2.7. Sin embargo, la distribución a lo largo del tiempo de los costes de financiación de las redes de hidrógeno plantea problemas. Inicialmente, un pequeño número de usuarios afrontará costes elevados, lo que no brinda unas condiciones propicias para la implantación de la producción y el uso del hidrógeno.

 

 2.8. Además, la inversión en la transformación ecológica, por ejemplo en infraestructuras energéticas o electrolizadores, se enfrenta actualmente a condiciones difíciles. Desde que los bancos centrales elevaron los tipos de interés como reacción a la subida de la inflación, los costes de capital han ido en aumento.

 

 2.9. En su último informe, el Tribunal de Cuentas Europeo (3) señala que los objetivos de la Comisión Europea para la producción y el uso de hidrógeno renovable de aquí a 2030 son demasiado ambiciosos. Los auditores piden a la Comisión que actualice su Estrategia para el Hidrógeno y, en particular, recomiendan, tras una comprobación de la situación real, tomar decisiones estratégicas sobre el camino a seguir sin crear nuevas dependencias estratégicas; establecer una hoja de ruta de la UE y hacer un seguimiento de los avances; obtener datos fiables de financiación nacional y evaluar en consecuencia la idoneidad de los mecanismos de financiación de la UE; realizar un seguimiento de los procesos de concesión de autorizaciones en los Estados miembros; y tomar una decisión clara sobre las acciones de apoyo y coordinación con la industria del hidrógeno y para ella. El CESE acoge favorablemente este informe y considera que confirma sus reflexiones sobre la creación del mercado del hidrógeno. Debe reforzarse toda la cadena de valor, así como garantizar las inversiones necesarias. Además, hay que dar prioridad al hidrógeno en los sectores en los que se necesita con más urgencia, ya que no habrá tanto hidrógeno disponible como preveía inicialmente la Comisión.

3. Observaciones generales

 3.1. En opinión del CESE, es sumamente importante llevar a cabo una implantación rápida del hidrógeno. Para ello, es necesario acelerar la fabricación de electrolizadores, producir la electricidad limpia necesaria, disponer de una infraestructura adecuada, distribuir de manera justa los costes asociados y utilizar de forma eficiente los recursos financieros, así como el propio hidrógeno.

 

 3.2. La limitada disponibilidad y los ya importantes retos que plantea la creación de la oferta, la demanda y la infraestructura hacen necesario un enfoque eficiente en cuanto a costes y en el uso de los recursos. Esto implica que, en primera instancia, el uso del hidrógeno debe orientarse a ámbitos difíciles de electrificar.

 

 3.3. Para alcanzar los objetivos climáticos, el CESE considera que el hidrógeno utilizado debe ser principalmente renovable, tal como se define en el Reglamento Delegado (UE) 2023/1184 de la Comisión y en el paquete de medidas sobre los mercados del hidrógeno y de los gases descarbonizados. Al mismo tiempo, el CESE reconoce que existen otros procesos de producción de hidrógeno hipocarbónico que serán necesarios para su uso durante la fase de transición, ya que es muy probable que la demanda de hidrógeno supere a la oferta durante dicha fase. Por consiguiente, el CESE anima a evaluar la financiación pública de otros procesos de producción hipocarbónicos en ese momento. En cualquier caso, la financiación pública solo debe concederse a procesos de producción con una intensidad global de emisiones (incluidas las emisiones indirectas) que sea comparable a la de la producción de hidrógeno renovable. Dado que la futura demanda de hidrógeno se cubrirá en parte con las importaciones, la prioridad de utilizar hidrógeno renovable también debe extenderse al hidrógeno importado.

 

 3.4. El CESE considera que, a la hora de importar hidrógeno y de celebrar los acuerdos con terceros países necesarios a tal efecto, deben respetarse los valores europeos. Deben garantizarse unas condiciones de trabajo justas y seguras sobre el terreno y el respeto de los derechos laborales, sociales y sindicales. Además, deben considerarse las realidades geográficas (por ejemplo, las capacidades de producción y exportación de un país) y los objetivos de la autonomía estratégica de la UE.

 

 3.5. Una forma de hacer cumplir las normas climáticas, medioambientales y de protección de los trabajadores en relación con el hidrógeno podría ser la introducción de garantías de origen socioecológicas específicas para el hidrógeno. Resulta importante que dichas garantías incluyan requisitos obligatorios para evitar abusos y velar por que el hidrógeno certificado como «renovable» cumpla efectivamente los criterios sociales y ecológicos que se definan. Si bien la DFER III contiene ahora normas claras sobre la clasificación del hidrógeno renovable, el procedimiento para las importaciones sigue sin estar claro. En opinión del CESE, es importante que las garantías de origen reflejen el uso real de la electricidad renovable para producir hidrógeno, que exista una proximidad física y temporal entre la producción de electricidad y la producción de hidrógeno y que otros ámbitos de aplicación de la electricidad renovable no se vean desplazados. El CESE considera que la UE debería, en la medida de lo posible, marcar el camino con normas claras y uniformes para convertirse en líder mundial. Un organismo central de la UE debe aplicar a las importaciones los sistemas de certificación y verificación, los cuales no deben sustituirse por la participación de las empresas en regímenes voluntarios de certificación.

 

 3.6. El hidrógeno también desempeñará un papel importante en la estabilización del futuro sistema eléctrico. Aunque la producción de electricidad renovable a menudo dará lugar a un exceso de electricidad, dependiendo de las condiciones meteorológicas y de la estación, el hidrógeno podrá utilizarse como almacenamiento en tales casos. Además, la producción de hidrógeno también puede utilizarse para estabilizar la red eléctrica, como se señala en el Dictamen TEN/827. Esto puede limitar la necesidad de ampliar la red eléctrica y reducir los costes de la ampliación.

 

 3.7. La conversión de la infraestructura de la red de gas existente y la expansión de la infraestructura de hidrógeno conllevan importantes costes de inversión. Con el fin de minimizar los costes económicos, debe adoptarse un enfoque eficiente en cuanto a costes y en el uso de los recursos. Esto requerirá una planificación inteligente e integrada, también a través de las fronteras (véase el Dictamen TEN/823); dicha planificación debe coordinarse con otros planes estratégicos pertinentes, como las estrategias de descarbonización industrial y la planificación urbanística centrada en la energía, y siempre debe estar sujeta a una evaluación coste-beneficio.

 

 3.8. Con el fin de aumentar la aceptación de la creación de infraestructuras de hidrógeno, incluidos los electrolizadores y el incremento de las capacidades de generación, el CESE hace hincapié en la importancia de una participación ciudadana efectiva, como se señala en el Dictamen TEN/827.

 

 3.9. Al igual que las redes de electricidad y gas, las redes de hidrógeno conforman un monopolio natural que otorga a los gestores de redes un poder monopolístico que les permitiría imponer tasas excesivas a los usuarios. Por lo tanto, es necesaria una regulación que garantice un elevado nivel de seguridad del suministro y una compensación adecuada para los gestores de redes y que permita las inversiones en la infraestructura que sean precisas, promoviendo al mismo tiempo la sostenibilidad medioambiental del sistema energético en su conjunto. Además, debe proteger a los usuarios de la red frente a las tarifas excesivas y garantizar que las actividades de los gestores de redes sean eficientes en términos de costes, asegurando así la asequibilidad, algo que recientemente ha reiterado el Tribunal de Cuentas Europeo (4).

 

 3.10. Si en el futuro las redes de hidrógeno son gestionadas por empresas que ya explotan redes de gas, esto podría propiciar sinergias que aporten beneficios en caso de disponerse de conocimientos técnicos y de trabajadores debidamente cualificados. Sin embargo, esto significa que las personas actualmente en plantilla tendrán que recibir una formación adecuada y que deberá retenerse la mano de obra ofreciendo buenas condiciones de trabajo. Entre otras cosas, los gestores de redes deben estar sujetos a convenios colectivos reglados (véase el Dictamen TEN/827). Además, para encontrar mano de obra cualificada se requieren condiciones de trabajo atractivas y de alta calidad, lo que podría conseguirse introduciendo medidas destinadas a mejorar la igualdad de género y a asegurar la calidad en materia de seguridad y salud, garantizando el cumplimiento de la normativa laboral y creando consejos de trabajadores. El diálogo social de la UE es un importante catalizador en ese sentido, que la Declaración de Val Duchesse pretende reforzar. Las actuaciones en el ámbito de las asociaciones sociales refuerzan la economía y la cohesión social. Por ello, el CESE pide un diálogo social eficaz y significativo en el sector del gas, tanto a escala europea como nacional.

 

 3.11. Sin embargo, junto con los beneficios de las sinergias, esta doble operación puede dar lugar a una subvención cruzada, de tal forma que los costes de explotación y mantenimiento se sufraguen con la financiación de la red de gas. El proyecto de diálogo tripartito relativo al Reglamento sobre el mercado interior del gas permitiría tales subvenciones cruzadas en determinadas circunstancias. Esto resulta problemático porque los grupos de usuarios de las infraestructuras del hidrógeno son muy diferentes de los de las infraestructuras del gas: las pequeñas empresas y los hogares no utilizarán hidrógeno en el futuro y, sin embargo, si se producen subvenciones cruzadas, contribuirían a los costes de las infraestructuras del hidrógeno. En los próximos años, los usuarios de la red de gas afrontarán en cualquier caso un aumento de las tarifas de acceso a la red, ya que la reducción del tamaño de las redes de gas y la eliminación progresiva del gas harán que los costes de la infraestructura asociada corran a cargo de un número cada vez menor de usuarios. Esta tendencia, que también es preocupante desde el punto de vista de la protección de los consumidores, es especialmente problemática para los usuarios que se enfrentan a barreras de salida (por ejemplo, inquilinos u hogares con bajos ingresos que no pueden permitirse sustituir su sistema de calefacción). Por lo tanto, es importante aplicar el principio del usuario-pagador en la medida de lo posible y garantizar así que la infraestructura de hidrógeno sea financiada sobre todo por los usuarios de la misma. Esto requerirá la estricta separación normativa de los activos fijos.

 

 3.12. El principio del usuario-pagador significa asimismo que no solo los consumidores, sino también quienes alimentan la red, deben financiar las infraestructuras, ya que en la fase actual de implantación del hidrógeno es evidente que tanto los proveedores como los consumidores de hidrógeno dependen de ellas. En opinión del CESE, la distribución muy desigual de los costes de la red eléctrica entre proveedores y consumidores de toda la UE debería considerarse un ejemplo negativo, como se señala en los Dictámenes TEN/823 y TEN/827. Por lo tanto, las tarifas por el uso de la red deben aplicarse no solo al consumo, sino también a la alimentación, teniendo en cuenta un equilibrio acorde con el principio del usuario-pagador.

 

 3.13. La financiación (parcial) de la puesta en marcha —en especial en las primeras fases de la implantación de la infraestructura de hidrógeno— con cargo a los ingresos fiscales también puede formar parte de una solución integral y ayudar a repartir los costes de la red a lo largo del tiempo. Este apoyo podría reflejar el interés económico general de ampliar la infraestructura de hidrógeno. Sin embargo, es fundamental que dicha financiación se sitúe en un nivel adecuado, sobre la base de consideraciones de rentabilidad, y que se respete en buena medida el principio del usuario-pagador. Deben evitarse los instrumentos financieros que llevan al sector público a asumir riesgos excesivos mientras se privatizan los beneficios que genera el uso de la infraestructura de la red de gas. La financiación pública debe ir acompañada de un rendimiento adecuado de la inversión para las autoridades públicas.

 

 3.14. El aumento considerable de los gastos de capital, debido a la subida de los tipos de interés, ha ralentizado la transición energética, en particular las inversiones que requiere el sector del hidrógeno. En este sentido, el Banco Central Europeo (BCE) tiene la posibilidad de intervenir, ya que el apoyo a la transición energética en la zona del euro y en toda la UE entra en el ámbito de sus competencias. El BCE dispone de un plan de préstamos ecológicos diferenciados, un instrumento que puede ser eficaz para promover la transición energética y, al mismo tiempo, alcanzar su objetivo principal de la estabilidad de los precios. Este instrumento puede adoptar la forma de una versión más ecológica del ya exitoso instrumento denominado «operación de financiación a plazo más largo (OFPML) con objetivo específico» (5), como propuso la Red de Bancos Centrales y Supervisores para la Transformación Ecológica del Sistema Financiero y se estudió en la revisión de la estrategia del BCE. El instrumento permite al BCE ofrecer a los bancos, como principal canal de concesión de préstamos en Europa, financiación a largo plazo en condiciones atractivas y, por tanto, estimula que se concedan préstamos bancarios a la economía real. Por consiguiente, el CESE alienta los esfuerzos en el seno del BCE para desarrollar un instrumento de OFPML con objetivo específico ecológico que apoye la transición energética, sin perjuicio del objetivo principal de la estabilidad de los precios.

 

 3.15. Dado que la regulación y la financiación de las redes de hidrógeno tienen efectos significativos en términos de redistribución y macroeconomía, las partes interesadas pertinentes deben participar en un proceso democrático para definir dicha regulación y financiación. Dado que las redes de gas a menudo se convertirán en redes de hidrógeno, es imperativo que participen los representantes de los usuarios de la red de gas, como los interlocutores sociales. El mayor hincapié en los códigos de red, como se expone en el contexto del paquete sobre el mercado interior del gas, debe estudiarse con ojo crítico, ya que no involucra en grado suficiente a las partes interesadas y otorga una facultad de decisión excesiva a los gestores de redes y a la Comisión. El proceso actualmente aplicado en el sector del gas natural también debe preverse en el sector del hidrógeno, lo que puede lograrse facultando a las autoridades reguladoras nacionales de la energía para que supervisen el mercado emergente del hidrógeno y revisen las tarifas del hidrógeno desde la perspectiva del interés de los consumidores finales.

 

 3.16. El CESE considera importante que la carga financiera del desarrollo de infraestructuras de hidrógeno esté equilibrada a escala regional. Por consiguiente, resulta fundamental, en primer lugar, que los agentes de tránsito asuman una parte adecuada de los costes de la infraestructura de gasoductos. Además, los gasoductos de interés común europeo también deben financiarse, al menos en parte, con recursos financieros comunes. Por lo tanto, debe ampliarse el apoyo concedido, por ejemplo el otorgado actualmente a través de la lista de PIC. Asimismo, la financiación debe facilitarse en una fase temprana del desarrollo de los proyectos con el fin de aumentar las posibilidades de obtener financiación en el mercado. A este respecto, deben respetarse las condiciones socioecológicas. Además de la necesidad de cumplir los criterios de sostenibilidad, el CESE se remite a las observaciones formuladas en el punto 3.9.

Bruselas, 18 de septiembre de 2024.

El Presidente

del Comité Económico y Social Europeo

Oliver RÖPKE


(1)  Reglamento Delegado (UE) 2023/1184 de la Comisión de 10 de febrero de 2023 por el que se completa la Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo estableciendo una metodología común de la Unión en la que se definan normas detalladas para la producción de carburantes líquidos y gaseosos renovables de origen no biológico (DO L 157 de 20.6.2023, p. 11).

(2)  Véanse el acuerdo provisional relativo al Reglamento sobre el mercado interior del gas y el acuerdo provisional relativo a la Directiva sobre el mercado interior del gas.

(3)   La política industrial de la UE en el ámbito del hidrógeno renovable – El marco jurídico está preparado en su mayor parte: ha llegado el momento de comprobar la situación real , informe especial 11/2024 del Tribunal de Cuentas Europeo.

(4)   Sigue habiendo fugas en el suministro de gas de la UE , ECA News, 24 de junio de 2024.

(5)   Targeting a sustainable recovery with Green TLTROs: Green, Targeted and Long-Term Refinancing Operations , por Jens van ‘t Klooster y Rens van Tilburg, Positive Money Europe & Sustainable Finance Lab, septiembre de 2020.


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2024/6863/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)


martes, 3 de diciembre de 2024

INFORMES SOBRE PROYECTO CEREBRO HUMANO E INICIATIVAS SOBRE GRAFENO - COMISION EUROPEA.

 Doctor en Derecho

Universidad de Montpellier I Francia.

cferreyros@hotmail.com

RESUMEN

La Comisión Europea ha publicado dos informes sobre los logros decenales del Proyecto Cerebro Humano y las iniciativas europeas emblemáticas sobre el grafeno.

El Proyecto Cerebro Humano abrió nuevas perspectivas en el estudio del cerebro, dando lugar a un nuevo paradigma para la neurociencia digital y generando importantes avances en la investigación neurológica básica, la medicina del cerebro, la Inteligencia Artificial y la informática, incluso a través de la creación de atlas digitales del cerebro.

El Proyecto Graphene Flagship ha demostrado el potencial del grafeno sentando las bases para su uso en implantes de ordenador cerebral basados en grafeno que pueden ayudar a reducir los síntomas de la enfermedad de Parkinson, sistemas de deshielo para ayudar a los aviones a volar con seguridad y baterías y paneles solares más eficientes.

Cabe precisar que el grafeno tiene una estructura de átomos de carbono muy densa, pero cuyas propiedades de resistencia son doscientas (200) veces más fuerte que el acero, y cien (100) veces mayores en conductividad que el cobre, han provocado el desarrollo acelerado de estudios y experimentos en Japón, China y USA a fin de mejorar los rendimientos en los ecosistemas digitales.

Aun no se ha alcanzado una fase de masiva industrialización que podría beneficiar a estas economías pero a futuro podría ser nefasto para los paises productores de acero y cobre, particularmente en este último, por los efectos que ella tendría en las economías de Chile, Perú y Congo, cuyas contribuciones al PIB en 2020 eran de 26.0, 11.9 y 4.5% respectivamente.

La presente comunicación es una traducción automática facilitada por el servicio eTranslation de la Comisión Europea para ayudar a comprender esta página. Si desea leer la versión original, acceda a la página fuente. En el texto adjunto se incluyen los enlaces a los respectivos informes.

A fin de acceder a normas similares y estándares europeos, las empresas, organizaciones públicas y privados interesados en asesorías, consultorías, capacitaciones, estudios, evaluaciones, auditorías sobre el tema, sírvanse comunicar al correo electrónico: cferreyros@hotmail.com

 ____________________________________________________________

 Configurar el futuro digital de Europa

La Comisión Europea ha publicado dos informes sobre los logros decenales del Proyecto Cerebro Humano y las iniciativas europeas emblemáticas sobre el grafeno

Digibyte | Publicación 02 octubre 2024

La Comisión Europea ha publicado informes sobre los logros decenales del Proyecto Cerebro Humano y las iniciativas europeas emblemáticas sobre el grafeno.


AdobeStock 590979937 © Userba011d64_201

Se han publicado dos informes sobre el Proyecto Cerebro Humano y las iniciativas emblemáticas del grafeno que ofrecen una visión general de los principales logros científicos, tecnológicos e industriales en dos importantes campos tecnológicos.

Ambos fueron lanzados por la Comisión en 2013 como iniciativas emblemáticas de tecnologías futuras y emergentes (FET), con un presupuesto combinado de 1 200 millones EUR y con el objetivo general de movilizar a investigadores, académicos, la industria y los programas nacionales para hacer frente a los principales retos de la ciencia y la tecnología.

Los informes muestran algunos de los muchos logros de estas dos iniciativas de una década de duración. El Graphene Flagship ha demostrado el potencial del grafeno, que consiste en una sola capa de átomos de carbono y tiene muchas propiedades altamente útiles, así como de otros nuevos materiales 2D. Ha sentado las bases, por ejemplo, para implantes de ordenador cerebral basados en grafeno que pueden ayudar a reducir los síntomas de la enfermedad de Parkinson, sistemas de deshielo para ayudar a los aviones a volar con seguridad y baterías y paneles solares más eficientes. La iniciativa emblemática del grafeno también ha creado un ecosistema floreciente en la UE, basado en colaboraciones en profundidad entre más de 200 socios científicos e industriales. El proyecto ha lanzado las carreras de alrededor de 1.000 estudiantes de doctorado y postdoctorado, ha creado 20 spin-offs y ha traído más de 100 productos al mercado.

El Proyecto Cerebro Humano, reunió a más de 500 científicos, ingenieros y médicos de toda Europa para desentrañar los misterios del cerebro humano. El Proyecto Cerebro Humano abrió nuevas perspectivas en el estudio del cerebro. Dio lugar a un nuevo paradigma para la neurociencia digital y generó importantes avances en la investigación neurológica básica, la medicina del cerebro, la IA y la informática, incluso a través de la creación de atlas digitales del cerebro. A su vez, sus conocimientos también se están retroalimentando en tecnologías de vanguardia, desde la IA inspirada en el cerebro y la computación neuromórfica hasta la robótica cognitiva. El proyecto también entregó EBRAINS, una infraestructura digital de investigación abierta que continuará su impacto transformador en la investigación del cerebro humano. Con más de 10.000 usuarios de más de 1.500 institutos de investigación y médicos en todo el mundo, EBRAINS está listo para ser la fuente de muchos más descubrimientos innovadores.

Ambos informes no solo describen los principales logros de las iniciativas, sino que también evalúan cómo contribuyeron a los objetivos estratégicos de la UE y a la visibilidad de la investigación europea en estos ámbitos. Destacan lo que pueden lograr equipos dedicados de investigadores de toda Europa que trabajen juntos durante un período de diez años.

Más información:

·        Graphene Flagship 10 años de evaluación (informe)

·        Proyecto Cerebro Humano 10 años de evaluación (informe)